El documento presenta una introducción al amparo en Guatemala, explicando que es una garantía constitucional que protege los derechos de las personas. Luego describe brevemente el amparo provisional y la facultad del juzgador para concederlo. A continuación, establece los objetivos generales e específicos del documento, que son indagar sobre el amparo en Guatemala. Finalmente, realiza una extensa revisión histórica de los antecedentes del amparo en diferentes culturas y países a lo largo de la historia.
Este documento presenta un resumen de la acción procesal. Explica que la acción se refiere al conjunto de ritos y formalidades para iniciar y proseguir un proceso legal. Define la acción como el medio para pedir lo que se debe en juicio. Clasifica las acciones desde las perspectivas civilista y procesal moderna, e introduce conceptos como la acumulación de acciones, sus modalidades y su tratamiento procesal.
Este documento presenta un resumen de los principales delitos contra la vida contenidos en el Código Penal peruano. Explica brevemente el homicidio, homicidio calificado, parricidio, feminicidio, homicidio por emoción violenta, infanticidio, homicidio piadoso, instigación al suicidio y sicariato. Define cada delito, indicando su tipo penal, tipicidad objetiva y subjetiva. El documento tiene como objetivo brindar una introducción general a estos delitos contra la vida.
Este documento define conceptos clave del derecho procesal civil como la acción, jurisdicción, competencia y proceso. Resume que la acción es un derecho subjetivo que genera una obligación para el juez de resolver la demanda. Explica las diferentes teorías sobre la naturaleza de la acción. Define la jurisdicción como la potestad del estado de aplicar la ley a casos concretos mediante sentencias. Distingue entre jurisdicción ordinaria y especializada. Finalmente, introduce la noción de competencia para determinar qué juez conoce cada caso.
El documento proporciona un resumen histórico del juicio de amparo en México. Explica que aunque existían algunas protecciones de derechos individuales en culturas y sistemas legales antiguos como Roma y la época colonial española en México, el juicio de amparo moderno emergió en el siglo XIX después de las luchas por las reformas liberales. La constitución mexicana de 1857 reconoció formalmente el juicio de amparo para proteger los derechos constitucionales.
El documento discute varios temas relacionados con las obligaciones jurídicas. Primero, define las obligaciones como vínculos que obligan a una o más personas a dar, hacer o no hacer algo para otra u otras personas. Luego, explica que las obligaciones pueden surgir de contratos, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos o la ley. Por último, clasifica las obligaciones en contractuales, cuasicontractuales, delictuales, cuasidelictuales y aquellas que surgen directamente de la ley.
El documento describe los principales procesos constitucionales en derecho procesal constitucional. Explica que este derecho estudia los órganos encargados de la defensa de la constitución y las garantías procesales. Luego define procesos como el amparo, hábeas corpus, hábeas data, acción de inconstitucionalidad y procesos colectivos, describiendo sus objetivos y clasificaciones.
Los medios de impugnación son recursos legales que permiten a las partes de un proceso penal combatir las resoluciones del juez que consideren perjudiciales. Estos incluyen recursos ordinarios como la apelación y recursos extraordinarios como la declaración de inocencia o el amparo directo. Los medios de impugnación tienen el objetivo de atacar jurídicamente una resolución o acto del juez dentro del proceso penal.
Este documento resume los capítulos 29-31 y 33-36 de una antología semestral sobre derecho procesal de la Universidad de Zamora. Se describe el papel del juzgador en el proceso legal y las diversas clasificaciones de jueces. También se explica la organización de los tribunales comunes en el estado de Michoacán de México y los órganos judiciales federales. Por último, se analizan los auxiliares del juzgador como secretarios, abogados y defensores.
Este documento presenta un resumen de la acción procesal. Explica que la acción se refiere al conjunto de ritos y formalidades para iniciar y proseguir un proceso legal. Define la acción como el medio para pedir lo que se debe en juicio. Clasifica las acciones desde las perspectivas civilista y procesal moderna, e introduce conceptos como la acumulación de acciones, sus modalidades y su tratamiento procesal.
Este documento presenta un resumen de los principales delitos contra la vida contenidos en el Código Penal peruano. Explica brevemente el homicidio, homicidio calificado, parricidio, feminicidio, homicidio por emoción violenta, infanticidio, homicidio piadoso, instigación al suicidio y sicariato. Define cada delito, indicando su tipo penal, tipicidad objetiva y subjetiva. El documento tiene como objetivo brindar una introducción general a estos delitos contra la vida.
Este documento define conceptos clave del derecho procesal civil como la acción, jurisdicción, competencia y proceso. Resume que la acción es un derecho subjetivo que genera una obligación para el juez de resolver la demanda. Explica las diferentes teorías sobre la naturaleza de la acción. Define la jurisdicción como la potestad del estado de aplicar la ley a casos concretos mediante sentencias. Distingue entre jurisdicción ordinaria y especializada. Finalmente, introduce la noción de competencia para determinar qué juez conoce cada caso.
El documento proporciona un resumen histórico del juicio de amparo en México. Explica que aunque existían algunas protecciones de derechos individuales en culturas y sistemas legales antiguos como Roma y la época colonial española en México, el juicio de amparo moderno emergió en el siglo XIX después de las luchas por las reformas liberales. La constitución mexicana de 1857 reconoció formalmente el juicio de amparo para proteger los derechos constitucionales.
El documento discute varios temas relacionados con las obligaciones jurídicas. Primero, define las obligaciones como vínculos que obligan a una o más personas a dar, hacer o no hacer algo para otra u otras personas. Luego, explica que las obligaciones pueden surgir de contratos, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos o la ley. Por último, clasifica las obligaciones en contractuales, cuasicontractuales, delictuales, cuasidelictuales y aquellas que surgen directamente de la ley.
El documento describe los principales procesos constitucionales en derecho procesal constitucional. Explica que este derecho estudia los órganos encargados de la defensa de la constitución y las garantías procesales. Luego define procesos como el amparo, hábeas corpus, hábeas data, acción de inconstitucionalidad y procesos colectivos, describiendo sus objetivos y clasificaciones.
Los medios de impugnación son recursos legales que permiten a las partes de un proceso penal combatir las resoluciones del juez que consideren perjudiciales. Estos incluyen recursos ordinarios como la apelación y recursos extraordinarios como la declaración de inocencia o el amparo directo. Los medios de impugnación tienen el objetivo de atacar jurídicamente una resolución o acto del juez dentro del proceso penal.
Este documento resume los capítulos 29-31 y 33-36 de una antología semestral sobre derecho procesal de la Universidad de Zamora. Se describe el papel del juzgador en el proceso legal y las diversas clasificaciones de jueces. También se explica la organización de los tribunales comunes en el estado de Michoacán de México y los órganos judiciales federales. Por último, se analizan los auxiliares del juzgador como secretarios, abogados y defensores.
La teoría del caso es la estrategia más importante para organizar el desempeño en el proceso penal. Debe presentarse de manera sencilla, lógica, creíble y realista, sustentada en el principio de legalidad. La teoría del caso incluye los hechos relevantes, su encuadramiento jurídico y las pruebas que los sustentan. Se presenta en el alegato de apertura para captar el interés de los jueces y dar una visión objetiva de lo que se demostrará en el juicio.
Este documento describe la naturaleza y principios de la Acción de Protección como garantía constitucional en el Ecuador. Explica que la Acción de Protección es un proceso especial creado para proteger los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de manera directa y eficaz. También establece los requisitos, procedencia e improcedencia de la Acción de Protección, así como la competencia de los jueces y las características de un proceso sencillo, rápido y eficaz.
Este documento trata sobre la tipicidad subjetiva en el derecho penal, en particular sobre el dolo y la culpa. Explica que el dolo se refiere a la voluntad del autor dirigida a realizar el tipo penal, mientras que la culpa se da cuando se viola un deber de cuidado y se produce un resultado previsible. También define los diferentes tipos de dolo y culpa, y analiza conceptos como la atipicidad, el error de tipo y las modalidades del error.
Derecho Procesal Civil.
Unidad 5. Emplazamiento y sus Efectos.
http://www.apuntesdederechoprocesalcivil.blogspot.mx/2013/10/unidad-5-emplazamiento-y-sus-efectos.html
Este documento describe la prueba documental en el derecho procesal civil mexicano. Explica que los documentos pueden ser públicos o privados, y proporciona ejemplos de cada tipo. También detalla los procedimientos para anunciar y presentar pruebas documentales en un juicio, incluida la necesidad de relacionar cada documento con los hechos relevantes del caso. El documento concluye que los documentos públicos tienen un valor probatorio pleno y no pueden ser impugnados.
El documento habla sobre la interpretación de los actos jurídicos. Explica que la interpretación busca determinar el contenido y alcance de un acto jurídico cuando hay partes ambiguas o poco claras. También discute diferentes teorías sobre la naturaleza jurídica de la interpretación y métodos como la teleológica y sistemática. Finalmente, analiza cómo el Código Civil Peruano aborda la interpretación de actos jurídicos.
Las 3 oraciones resumen lo siguiente:
1) El documento describe los principios que rigen el procedimiento administrativo en Perú según la Ley N° 27444, incluyendo principios como legalidad, debido proceso, imparcialidad e informalidad.
2) Se explican principios como participación ciudadana, predictibilidad, eficacia y verdad material que buscan proteger los derechos de los ciudadanos en los procesos administrativos.
3) También se describen principios como ejercicio legítimo del poder, responsabilidad y acceso permanente que regulan el comport
Las garantías constitucionales son los derechos establecidos en la constitución para proteger a las personas. Existen garantías normativas, institucionales, de políticas públicas y jurisdiccionales. Las garantías normativas incluyen principios como la supremacía de la constitución y la obligación reparatoria. Las garantías institucionales involucran mecanismos como el control de constitucionalidad. Y las garantías jurisdiccionales proveen instrumentos legales para tutelar los derechos constitucionales.
Los derechos pueden ser reales o personales. Los derechos reales confieren a su titular el derecho de disfrutar directamente de los bienes sin intervención de otra persona e incluyen derechos de goce y disfrute como las servidumbres y derechos de garantía como la hipoteca. Los derechos personales implican una relación entre dos personas donde una puede exigir una prestación de la otra.
Este documento presenta las normas generales sobre la prueba en procesos judiciales según la legislación panameña. Define la prueba y explica los principios, etapas y tipos de prueba permitidos. También establece las reglas para la proposición, admisión, rechazo y valoración de pruebas. Finalmente, detalla los procedimientos para asegurar la cadena de custodia y conservación de pruebas materiales.
El documento resume las principales etapas del nuevo Código Procesal Penal en Perú:
1) La etapa de investigación preparatoria dirigida por el fiscal para reunir pruebas de cargo y descargo.
2) La etapa intermedia ante el juez de investigación para decidir la acusación o archivo.
3) La etapa de juzgamiento ante un juez unipersonal o colegiado. El nuevo código establece un debido proceso penal respetuoso de los derechos humanos.
La confirmación es un acto por el que se sanea a uno anterior que adolece de alguna causal de nulidad relativa. De esta manera, el acto saneado queda librado de todo riesgo futuro de impugnabilidad, resultando plenamente valido.
Este documento resume los principales derechos reales pretorianos del derecho romano como la enfiteusis, la superficie y el ius in agro vectigali. Explica que estos derechos tuvieron su origen en la protección del pretor y que subsistían por sí mismos. Describe las características y extinción de cada uno de estos derechos reales pretorianos, así como del derecho real de hipoteca, incluyendo sus características, pluralidad, acreedores privilegiados y fuentes de extinción.
ENJ-300 La Defensa en el Proceso Penal: Módulo II: Los Sujetos ProcesalesENJ
Este documento presenta una introducción a los sujetos procesales en el proceso penal, definiendo e identificando a cada uno de los sujetos (el imputado, el defensor, la víctima, el ministerio público, el juez) y describiendo sus roles y derechos. Explica conceptos como el imputado, la defensa técnica, las garantías procesales del imputado, las funciones del ministerio público y sus auxiliares, y los derechos y posibles roles de la víctima como querellante o actor civil.
La pretensión es la declaración de voluntad petitoria dirigida a un órgano jurisdiccional sobre un bien de la vida. Consta de elementos subjetivos como el demandante y demandado, y elementos objetivos como el petitorio y la causa petendi. La resistencia del demandado no define el objeto del proceso pero puede ampliar el debate si alega excepciones.
Este documento presenta una introducción a la teoría general del proceso. Define conceptos fundamentales como proceso, acción, jurisdicción y litigio. Explica diferentes formas de resolver litigios como la autotutela, autocomposición, heterocomposición, arbitraje y proceso jurisdiccional. También distingue entre derecho procesal como una ciencia autónoma y sus diversas ramas.
El documento describe el procedimiento agrario en México. Este proceso jurídico se utiliza para resolver disputas relacionadas con la legislación agraria. Incluye etapas como la presentación de la demanda, la notificación a las partes, la contestación de la demanda, la presentación de pruebas, y la resolución final del tribunal agrario. El procedimiento garantiza el debido proceso y protege los derechos de actores, demandados y terceros involucrados en litigios agrarios.
Este documento define y explica conceptos relacionados con la servidumbre en el derecho. Explica que la servidumbre es un gravamen impuesto sobre un predio en beneficio de otro predio de distinto dueño. Describe los diferentes tipos de servidumbres según su origen, ejercicio, señales de existencia y la carga que imponen. También explica los requisitos y formas de constituir una servidumbre.
La sucesión puede ser a título universal o particular, inter vivos o mortis causa, y onerosa o gratuita. La herencia es la sucesión a título universal por causa de muerte, mientras que el legado es la sucesión a título particular por causa de muerte. Existen tres tipos de sucesiones: testamentaria, cuando se designan herederos a través de un testamento; legítima, cuando la ley designa herederos por falta de testamento; y mixta, cuando coexiste la voluntad del testador y la ley.
El documento resume las principales ramas y contenido del Derecho Civil venezolano. Explica que el Derecho Civil regula las relaciones entre personas y patrimoniales, públicas y privadas. Señala que el Código Civil contiene normas que rigen estas relaciones y está conformado por tres libros que cubren temas como personas, bienes, propiedad, sucesiones, obligaciones y donaciones.
El documento contiene definiciones de varios términos relacionados a la anatomía y fisiología digestiva. Explica conceptos como acalasia, amilasa salival, arcada, ascitis y bilirrubina entre otros.
La teoría del caso es la estrategia más importante para organizar el desempeño en el proceso penal. Debe presentarse de manera sencilla, lógica, creíble y realista, sustentada en el principio de legalidad. La teoría del caso incluye los hechos relevantes, su encuadramiento jurídico y las pruebas que los sustentan. Se presenta en el alegato de apertura para captar el interés de los jueces y dar una visión objetiva de lo que se demostrará en el juicio.
Este documento describe la naturaleza y principios de la Acción de Protección como garantía constitucional en el Ecuador. Explica que la Acción de Protección es un proceso especial creado para proteger los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de manera directa y eficaz. También establece los requisitos, procedencia e improcedencia de la Acción de Protección, así como la competencia de los jueces y las características de un proceso sencillo, rápido y eficaz.
Este documento trata sobre la tipicidad subjetiva en el derecho penal, en particular sobre el dolo y la culpa. Explica que el dolo se refiere a la voluntad del autor dirigida a realizar el tipo penal, mientras que la culpa se da cuando se viola un deber de cuidado y se produce un resultado previsible. También define los diferentes tipos de dolo y culpa, y analiza conceptos como la atipicidad, el error de tipo y las modalidades del error.
Derecho Procesal Civil.
Unidad 5. Emplazamiento y sus Efectos.
http://www.apuntesdederechoprocesalcivil.blogspot.mx/2013/10/unidad-5-emplazamiento-y-sus-efectos.html
Este documento describe la prueba documental en el derecho procesal civil mexicano. Explica que los documentos pueden ser públicos o privados, y proporciona ejemplos de cada tipo. También detalla los procedimientos para anunciar y presentar pruebas documentales en un juicio, incluida la necesidad de relacionar cada documento con los hechos relevantes del caso. El documento concluye que los documentos públicos tienen un valor probatorio pleno y no pueden ser impugnados.
El documento habla sobre la interpretación de los actos jurídicos. Explica que la interpretación busca determinar el contenido y alcance de un acto jurídico cuando hay partes ambiguas o poco claras. También discute diferentes teorías sobre la naturaleza jurídica de la interpretación y métodos como la teleológica y sistemática. Finalmente, analiza cómo el Código Civil Peruano aborda la interpretación de actos jurídicos.
Las 3 oraciones resumen lo siguiente:
1) El documento describe los principios que rigen el procedimiento administrativo en Perú según la Ley N° 27444, incluyendo principios como legalidad, debido proceso, imparcialidad e informalidad.
2) Se explican principios como participación ciudadana, predictibilidad, eficacia y verdad material que buscan proteger los derechos de los ciudadanos en los procesos administrativos.
3) También se describen principios como ejercicio legítimo del poder, responsabilidad y acceso permanente que regulan el comport
Las garantías constitucionales son los derechos establecidos en la constitución para proteger a las personas. Existen garantías normativas, institucionales, de políticas públicas y jurisdiccionales. Las garantías normativas incluyen principios como la supremacía de la constitución y la obligación reparatoria. Las garantías institucionales involucran mecanismos como el control de constitucionalidad. Y las garantías jurisdiccionales proveen instrumentos legales para tutelar los derechos constitucionales.
Los derechos pueden ser reales o personales. Los derechos reales confieren a su titular el derecho de disfrutar directamente de los bienes sin intervención de otra persona e incluyen derechos de goce y disfrute como las servidumbres y derechos de garantía como la hipoteca. Los derechos personales implican una relación entre dos personas donde una puede exigir una prestación de la otra.
Este documento presenta las normas generales sobre la prueba en procesos judiciales según la legislación panameña. Define la prueba y explica los principios, etapas y tipos de prueba permitidos. También establece las reglas para la proposición, admisión, rechazo y valoración de pruebas. Finalmente, detalla los procedimientos para asegurar la cadena de custodia y conservación de pruebas materiales.
El documento resume las principales etapas del nuevo Código Procesal Penal en Perú:
1) La etapa de investigación preparatoria dirigida por el fiscal para reunir pruebas de cargo y descargo.
2) La etapa intermedia ante el juez de investigación para decidir la acusación o archivo.
3) La etapa de juzgamiento ante un juez unipersonal o colegiado. El nuevo código establece un debido proceso penal respetuoso de los derechos humanos.
La confirmación es un acto por el que se sanea a uno anterior que adolece de alguna causal de nulidad relativa. De esta manera, el acto saneado queda librado de todo riesgo futuro de impugnabilidad, resultando plenamente valido.
Este documento resume los principales derechos reales pretorianos del derecho romano como la enfiteusis, la superficie y el ius in agro vectigali. Explica que estos derechos tuvieron su origen en la protección del pretor y que subsistían por sí mismos. Describe las características y extinción de cada uno de estos derechos reales pretorianos, así como del derecho real de hipoteca, incluyendo sus características, pluralidad, acreedores privilegiados y fuentes de extinción.
ENJ-300 La Defensa en el Proceso Penal: Módulo II: Los Sujetos ProcesalesENJ
Este documento presenta una introducción a los sujetos procesales en el proceso penal, definiendo e identificando a cada uno de los sujetos (el imputado, el defensor, la víctima, el ministerio público, el juez) y describiendo sus roles y derechos. Explica conceptos como el imputado, la defensa técnica, las garantías procesales del imputado, las funciones del ministerio público y sus auxiliares, y los derechos y posibles roles de la víctima como querellante o actor civil.
La pretensión es la declaración de voluntad petitoria dirigida a un órgano jurisdiccional sobre un bien de la vida. Consta de elementos subjetivos como el demandante y demandado, y elementos objetivos como el petitorio y la causa petendi. La resistencia del demandado no define el objeto del proceso pero puede ampliar el debate si alega excepciones.
Este documento presenta una introducción a la teoría general del proceso. Define conceptos fundamentales como proceso, acción, jurisdicción y litigio. Explica diferentes formas de resolver litigios como la autotutela, autocomposición, heterocomposición, arbitraje y proceso jurisdiccional. También distingue entre derecho procesal como una ciencia autónoma y sus diversas ramas.
El documento describe el procedimiento agrario en México. Este proceso jurídico se utiliza para resolver disputas relacionadas con la legislación agraria. Incluye etapas como la presentación de la demanda, la notificación a las partes, la contestación de la demanda, la presentación de pruebas, y la resolución final del tribunal agrario. El procedimiento garantiza el debido proceso y protege los derechos de actores, demandados y terceros involucrados en litigios agrarios.
Este documento define y explica conceptos relacionados con la servidumbre en el derecho. Explica que la servidumbre es un gravamen impuesto sobre un predio en beneficio de otro predio de distinto dueño. Describe los diferentes tipos de servidumbres según su origen, ejercicio, señales de existencia y la carga que imponen. También explica los requisitos y formas de constituir una servidumbre.
La sucesión puede ser a título universal o particular, inter vivos o mortis causa, y onerosa o gratuita. La herencia es la sucesión a título universal por causa de muerte, mientras que el legado es la sucesión a título particular por causa de muerte. Existen tres tipos de sucesiones: testamentaria, cuando se designan herederos a través de un testamento; legítima, cuando la ley designa herederos por falta de testamento; y mixta, cuando coexiste la voluntad del testador y la ley.
El documento resume las principales ramas y contenido del Derecho Civil venezolano. Explica que el Derecho Civil regula las relaciones entre personas y patrimoniales, públicas y privadas. Señala que el Código Civil contiene normas que rigen estas relaciones y está conformado por tres libros que cubren temas como personas, bienes, propiedad, sucesiones, obligaciones y donaciones.
El documento contiene definiciones de varios términos relacionados a la anatomía y fisiología digestiva. Explica conceptos como acalasia, amilasa salival, arcada, ascitis y bilirrubina entre otros.
The document provides information about an entrepreneur and their experience including three meaningful startups and corporate finance roles. It then discusses the services provided by Stirling Mercantile including mid-market financings, early-stage VC financings, mergers and acquisitions, and valuations. Information is also provided on sources of financing for companies including equity, debt, and grants. Diagrams outline the financing map and what happens when equity investors are brought in.
Established in the 2015 , we “A.J. Enterprises” are the renowned manufacturer of a qualitative range of Stainless Steel and Glass Railing, Stainless Steel Gate, Stainless Steel Door and many more.
SAP Successfactors Presales Champions programVigram V
This certificate of attendance acknowledges that Vigram Vinayagamoorthy attended training from September 21-25, 2015 on the SAP Successfactors Partner Presales Champion Program in Bangalore, India. The certificate is signed by Norman Ernst, Lead of Partner Enablement for Asia Pacific Japan, and Mark Shapcott, Vice President of Partner Development, Expansion and Innovation for Asia Pacific Japan.
El documento describe el sistema educativo en Irlanda. Los estudiantes comienzan la secundaria a los 12 años y toman exámenes al final de cada ciclo. El cuarto año incluye un año de transición opcional antes del ciclo superior de dos años que concluye con el examen de graduación. Los estudiantes pueden asistir a escuelas públicas o privadas religiosas o laicas con internado o de día. Las escuelas privadas ofrecen una educación personalizada mientras que las públicas son parcial o totalmente financiadas por
Melvay Allen William is a Malaysian civil engineer who graduated from Universiti Teknologi Malaysia in 2016. He has experience in structural design, AutoCAD, construction planning, and field work from internships. His final year project focused on repairing high-strength concrete columns using pre-tensioned steel strapping. Additionally, he held leadership roles like organizing university competitions and serving as the president of a student organization. He is seeking a job paying between RM 2,200 to RM 2,500 monthly.
Rupa Chandran R successfully completed the Big Data with SAP HANA Vora open online course offered through openSAP, scoring 109 out of a possible 180 points. The three-week course held from September 6 to October 5, 2016 covered SAP HANA Vora overview, data modeling, and development. It comprised weekly assignments and a final exam requiring approximately 2-3 hours of learning effort per week.
Las computadoras del futuro probablemente serán más pequeñas, portátiles, sin cables ni contraseñas. Se controlarán mediante gestos, voz y reconocimiento facial. Tendrán interfaces más naturales y permitirán interactuar con ellas de forma intuitiva.
Este documento describe diferentes tipos de hipótesis, variables y su operacionalización en el marco de una investigación. Define hipótesis nula, de trabajo, conceptual, alternativa, estadística y causal. Explica tipos de variables como dependiente e independiente y cómo operacionalizarlas a través de indicadores. Finalmente, introduce el marco de referencia y su función de ubicar la investigación en un contexto teórico.
Digital transformation sweet spot: Business operationsMarcel Santilli
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Your enterprise can digitally transform by gaining insights from your data to improve the experience for your customers.
Enterprises need to make over all aspects of their business, because today’s customers expect frictionless experiences — and because new competitors launched with the latest technologies can change and respond to customers faster than mature companies.
Start with the fact that your enterprise has valuable assets that start-ups don’t — your customers. Fostering loyalty among these customers requires improving their interaction with not only your products and services, but also sales, billing, support and shipping operations. Successful companies count on digital technologies to transform the total customer experience. As consumers, we’ve come to expect digitally enabled products as the new normal. But what’s the next step for your enterprise? Find ways to translate into their business lives what people love and expect as consumers.
Enterprises can learn from the digital leaders who look for ways that apps and data can be added to products to create new value over time. Digital leaders use what they learn from the data to reshape core operations to drive the enterprise forward. What’s considered a core operation varies from industry to industry, but the common characteristic is that core operations make up a sizable portion of the enterprise budget. Gaining even a modest amount of efficiency through digital transformation can significantly impact the bottom line. Data also can be used to predict mechanical failure and to schedule preventive maintenance to avoid business disruptions.
Digital transformation begins with data. So how can your enterprise gain insights from your data to improve the experience for your customers?
This document provides an overview of ClearCase fundamentals including typical developer workflow, roles, views, version control concepts, branching and merging. It introduces software configuration management (SCM) and the ClearCase tool, then covers setting up a workspace, checking files in and out, and integrating changes through merging branches. Key tasks demonstrated include configuring views, working with versions and branches, and using the version tree browser and merge manager to merge changes.
Diana Cremeans has over 25 years of experience in nursing, clinical education, case management, and leadership. She currently works as the Lead Case Manager at Select Medical/Cleveland Clinic Acute Inpatient Rehabilitation Hospital, where she oversees social workers and case managers. She also teaches as an adjunct instructor at Lorain County Community College. Previously, she held several director and manager roles involving clinical operations, case management, and nursing education at various hospitals and care facilities.
Este documento describe las garantías constitucionales de amparo y exhibición personal en Guatemala. Explica que el amparo es un proceso constitucional que protege los derechos fundamentales, mientras que la exhibición personal garantiza la libertad personal frente a detenciones arbitrarias. También analiza los orígenes históricos de estas garantías y cómo se implementan en la legislación guatemalteca actual.
El documento resume conceptos clave del Derecho Romano. Define el Derecho Romano como el conjunto de disposiciones jurídicas que regulaban la sociedad romana desde su fundación hasta la época de Justiniano. Explica que el Derecho Romano pasó por cuatro etapas históricas: de la fundación de Roma a la Ley de las XII Tablas, de la Ley de las XII Tablas a la República, del Imperio a Alejandro Severo, y de Alejandro Severo a Justiniano. También define términos como costumbre,
Este documento presenta una introducción al sistema acusatorio mexicano y a los derechos humanos y garantías en el proceso penal. Explica los fundamentos teóricos de los derechos humanos en el sistema acusatorio, la diferencia entre derechos humanos y garantías, y los derechos que protegen a imputados, víctimas y ofendidos en las distintas etapas del proceso penal según la Constitución y leyes mexicanas. También clasifica los derechos humanos del imputado reconocidos en la Constitución y analiza
Este documento consiste en la explicación del proceso constitucional Habeas Corpus, que garantiza el Derecho a la Libertad. Este trabajo consta de la definición, historia,cuando se utiliza y en que se diferencia con las otras garantias.
Los documentos describen el estado de derecho y la democracia constitucional. El estado de derecho garantiza el imperio de las leyes y los derechos humanos, y la democracia constitucional distribuye el poder político entre instituciones y somete a los gobernantes al control de los ciudadanos a través de la constitución.
El documento habla sobre el estado de derecho y la democracia constitucional. Explica que el estado tiene el deber de proteger el bien común y los derechos humanos, y que en un estado de derecho democrático el poder está separado y sujeto al control de las leyes y la constitución para evitar abusos.
El documento discute la naturaleza del fuero constitucional en México. Explica que el fuero otorga inmunidad a ciertos servidores públicos de alto rango contra procesos penales sin primero quitarles el fuero a través de un procedimiento. También protege a legisladores de responsabilidad por sus opiniones expresadas como parte de su trabajo. El propósito del fuero es proteger las funciones gubernamentales clave y mantener el equilibrio entre los poderes del estado, no proteger a las personas de los funcionarios. Sin embargo, en la práct
El documento trata sobre los derechos humanos y su clasificación en tres generaciones. Explica que los derechos humanos protegen la dignidad humana y son inherentes a todas las personas. Se dividen en derechos civiles y políticos de primera generación, derechos económicos, sociales y culturales de segunda generación, y derechos de solidaridad y autodeterminación de tercera generación. También habla sobre la salud pública y la legislación en salud.
El documento trata sobre los derechos humanos y su clasificación en tres generaciones. Explica que los derechos humanos protegen la dignidad humana y son inherentes a todas las personas. Se dividen en derechos civiles y políticos de primera generación, derechos económicos, sociales y culturales de segunda generación, y derechos de solidaridad y autodeterminación de tercera generación. También habla sobre la salud pública y la legislación en salud.
El documento trata sobre la legislación en salud y los derechos humanos. Define los derechos humanos como libertades e instituciones que garantizan una vida digna para todas las personas de forma independiente a factores como estatus o nacionalidad. Explica que los derechos humanos se dividen en tres generaciones: derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y de los pueblos o de solidaridad. También habla sobre la clasificación de derechos positivos y negativos, y define conceptos como persona, sujeto de
El documento trata sobre la legislación en salud y los derechos humanos. Define los derechos humanos como libertades e instituciones que garantizan una vida digna para todas las personas de forma independiente a factores como estatus o nacionalidad. Explica que los derechos humanos se dividen en tres generaciones: derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y de los pueblos. También habla sobre la clasificación de derechos positivos y negativos, y define conceptos como persona, sujeto de derecho y cosa.
El documento describe los principios fundamentales del estado de derecho, incluyendo que el poder del estado está subordinado al orden jurídico y la constitución, que garantiza la seguridad jurídica y los derechos humanos. Surge en oposición al absolutismo para limitar el poder del gobernante y someterlo a la ley.
Este documento resume los aspectos más importantes relacionados con el ejercicio y defensa de los derechos subjetivos en el Derecho Romano. Explica que los derechos podían ser ejercidos por los sujetos sui iuris de forma individual o colectiva, y que existían límites y reglas para su ejercicio. También describe los mecanismos de defensa de los derechos, incluyendo la acción y diferentes tipos de acciones, así como ejemplos de defensa del propio derecho ante ataques ajenos como en casos de incendio, nau
El documento describe los elementos que conforman el poder público en una sociedad, incluyendo la dominación, competencia y legitimidad. Explica que el poder público se divide en tres ramas: legislativa, ejecutiva y judicial. Cada rama tiene funciones específicas designadas para garantizar el buen funcionamiento del Estado y proteger los derechos de los ciudadanos.
Individuos privados de la libertad por orden judicial y violación de los dere...Joaquín Carreón
El documento discute los derechos humanos de las personas privadas de libertad y las violaciones a esos derechos en los centros penitenciarios de México. Argumenta que aunque las personas hayan cometido delitos, siguen siendo seres humanos con derechos fundamentales. Sin embargo, las condiciones en muchas prisiones mexicanas niegan esos derechos y tratan a los reclusos como animales en lugar de personas. El Estado mexicano ha fallado en su deber de proteger los derechos de todos los ciudadanos, incluso los encarcelados.
Este documento describe los principales mecanismos de protección ciudadana en Colombia. Estos incluyen la acción de tutela para proteger derechos constitucionales vulnerados, el derecho de petición para solicitar información a autoridades, el habeas corpus para proteger la libertad personal y el habeas data para conocer y rectificar información personal. También describe las instituciones involucradas como las personerías municipales y la defensoría del pueblo.
Unidad 1 material personas sem2 2014 (1)Maria Del Mar
Este documento presenta la teoría de los derechos subjetivos, incluyendo su definición, clasificación y elementos constitutivos. Explica que los derechos subjetivos son facultades que permiten a las personas satisfacer sus necesidades e intereses a través de la protección jurídica. Además, clasifica los derechos subjetivos en públicos y privados, absolutos y relativos, y patrimoniales y extrapatrimoniales. Finalmente, analiza conceptos como el derecho objetivo, la relación jurídica y los estados y situaciones
Este documento trata sobre la libertad como un derecho constitucional inherente al ser humano. Explica que los derechos humanos son derechos fundamentales que toda persona tiene por el solo hecho de ser humana. Luego discute la protección de la persona como un principio rector de la constitución, garantizando la libertad física y moral. Finalmente, cita el artículo 44 de la constitución, el cual establece varias garantías para proteger la inviolabilidad de la libertad personal.
El documento describe varios tipos de referéndum contemplados en la Constitución venezolana y propuestos por la Comisión de Revisión Constitucional, incluyendo el referéndum consultivo, el referéndum revocatorio y el referéndum aprobatorio. Explica que el referéndum consultivo permitiría someter decisiones del ejecutivo o autoridades estatales y municipales a consulta popular, mientras que el referéndum revocatorio permitiría evaluar la gestión de funcionarios electos. Finalmente, el referéndum aprobatorio
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
1. INTRODUCCIÓN
La acción de amparo es una garantía constitucional cuya función esencial es
proteger a las personas contra las amenazas de violaciones a sus derechos o
restaura el imperio de los mismos cuando la violación hubiere ocurrido. En
Guatemala esta garantía constitucional se encuentra contemplada en la
Constitución Política de la República de Guatemala y en la Ley de Amparo,
Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en virtud de esta normativa legal
las personas tienen la facultad de acudir a esta institución como medio de
protección de los derechos que se pretendan.
Dentro de esta institución se ha regulado la figura del amparo provisional, cuya
función radica en que mientras se obtiene la sentencia definitiva del amparo,
el amparo provisional, sirve para preservar la materia de fondo que debe
resolverse en el proceso de amparo, paralizando el desenvolvimiento
dinámico del acto reclamado, no cabe duda, que se trata de una disposición o
instrumento tendiente a preservar una situación fáctica o jurídica, o asegurar
expectativas futuras. Conlleva todas las características que lo asimilan a la
naturaleza de una medida o providencia cautelar.
La legislación guatemalteca dota al juzgador la facultad de conceder o no
el otorgamiento del amparo provisional, en la Ley de Amparo, Exhibición
Personal y de Constitucionalidad establece en qué casos se debe decretar
de oficio la suspensión provisional y también establece que el juzgador lo
decretará “cuando a su juicio las circunstancias lo hagan aconsejable”.
2. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Indagar e investigar acerca del amparo y sus diferentes contextos dentro
del marco jurídico de Guatemala.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Reconocer la naturaleza jurídica que el Amparo tiene en su aplicación para
la protección.
Utilizar los procesos para conocer detalladamente su uso y utilización.
Observar la historia para el aumento de léxico en base al amparo y su
utilización para ejercer un derecho jurídico en nuestro país.
3. AMPARO
Institución de carácter político que tiene por objeto proteger, bajo las formas
tutelares de un procedimiento judicial, las garantías que la Constitución otorga, o
mantener y conservar el equilibrio entre los diversos poderes que gobiernan La
Nación, en cuanto por causa de las invasiones de éstos, se ven ofendidos o
agraviados los derechos de los individuos.
A través del término amparo se puede referir resguardo, protección, defensa, y
también denominar a aquello, persona o cosa, que nos brinda tal amparo.
La protección o amparo puede ser otorgado por una cosa, tal es el caso de una
vivienda la cual asume el rol de protección contra las inclemencias del tiempo,
aunque también el amparo puede ser ofrecido por una persona, tal es el caso de
aquellos que se dedican a recoger animales de la calle, generalmente, se dirá de
ellos que le ofrecen amparo a los animales que vagan por la calle y que carecen
de un lugar donde vivir y alimentarse.
HISTORIA DEL AMPARO
Desde la época primitiva el ser humano ha vivido agrupado en familias, tribus,
hordas o clanes; debido a su naturaleza no ha vivido en un estado aislado. En
esta comunidad ha existido el director representante de la voluntad colectiva, el
denominado jefe. Esta autoridad ha sido indispensable para evitar la anarquía.
Primitivamente la autoridad era entregada a quien poseía mayor fuerza, ya sea
física o moral, es decir a los mejores cazadores, ancianos o sacerdotes. Los
directivos han gozado de ciertas prerrogativas que las que han sido medio para
realizar un abuso de poder por parte de ellos. Dicho abuso de poder ha
conducido a la arbitrariedad por parte de las autoridades que han conllevado
a la oposición colectiva.
4. “En toda sociedad humana hay una autoridad de hecho o de derecho. Ante esa
autoridad hay acatamiento voluntario o forzado de grupo sometido,
pero la inconveniente realización de actos abusivos engendra malestar y
oposición. La reacción frente a la arbitrariedad puede privar al jefe de su
potestad y variar la titularidad del poder. Esta fenomenología es
enteramente natural y propia de lo humano por lo que basta una simple
reflexión para derivarla, independientemente de que es constatable en
cualquier comunidad primitiva, de aquellas que se han conservado en
todos los confines del orbe.”
En la Edad Antigua no existía ningún instrumento protector de las garantías
individuales, ya que la esclavitud hacía imposible la existencia de los derechos
fundamentales.
El antiguo Egipto se encontraba sometido a un gobernante, el faraón, cuyo
origen se consideraba divino. Históricamente esta autoridad estaba revestida de
poderes casi irrestrictos. Fue hasta el final del imperio antiguo que se
produjo una sublevación por parte de los campesinos, constatando de esta
forma que la arbitrariedad de la autoridad no puede rebasar límites sin que
exista una reacción de oposición de los gobernados.
El denominado Código de Hammurabí, descubierto por una delegación francesa
en Babilonia en 1901, representa la existencia de un estado de derecho, en
virtud que el monarcas se encontraba sujeto a reglas jurídicas y su voluntad ya
no es suprema. Por lo que constituye un elemento importante en el estudio sobre
los antecedentes históricos del amparo.
En las leyes de Manu, en la antigua cultura hindú, se puede establecer que el
poder de coacción era entregado al rey, sin embargo éste no lo ejercía en
forma irrestricta, ya que se encontraba sujeto a las normas que establecían estas
5. leyes. El monarca hindú no era omnímodo y requería de sus colaboradores, en
virtud que eran sus consultores.
Durante la cultura hebrea el poder de los gobernantes se encontraba limitado por
dios, existiendo al mismo tiempo derechos de los gobernados, pese a esta
situación cuando los gobernantes se extralimitaban no eran sancionados, ya que
estos eran los encargados de valorizar su propia conducta.
En la antigua Grecia, la polis no reconoció derechos fundamentales de los
individuos que los facultara para oponerse a las arbitrariedades de las
autoridades por lo tanto el individuo carecía de defensa alguna frente al poder
público.
En Roma era posible acusar a los funcionarios cuando cesaban sus funciones.
Surge aquí una institución jurídica de carácter pretoriano, la cual es
considerada un antecedente de cualquier medio de preservación de los
derechos humanos en general, denominada homo libero exhibiendo en la cual el
pretor concedía a favor del particular en cuyo perjuicio se verificaba un acto que
lo privaba de su libertad y contra el Individuo que lo ejecutaba, pero no se
puede considerar un antecedente del amparo actual porque se daba contra los
actos de particulares y no contra actos de autoridad, se considera más el
origen del habeas corpus. A diferencia de el interccesio, institución romana, que
si se puede considerar un precedente del amparo actual, ya que ésta tendía
a prevenir los abusos de poder de los funcionarios públicos, a los ciudadanos
oprimidos o perjudicados por un mandato de los magistrados se les
concedía el derecho de reclamar auxilio.
En la edad media, que se encuentra dividida en tres períodos, invasiones,
feudal y municipal, no existe antecedente del amparo.
6. Ya en España el privilegio general consagraba derechos fundamentales del
individuo susceptibles de ser oponibles frente a las arbitrariedades del poder
público, el cual es un antecedente de las actuales garantías de orden
constitucional en virtud que consistía en una concesión de derechos del
gobernante a favor de sus gobernados; en él se instituyeron los denominados
procesos forales, que eran verdaderos medios de protección de los derechos
otorgados, en especial de manifestación de las personas por el cual, si alguno
había sido preso sin hallarse en flagrante delito o sin instancia de parte legítima,
o contra ley o fuero, o si a los tres días de la prisión no se le
comunicaba la demanda por más que pesase sobre él, acusación o sentencia
capital, debía ser puesto en libertad por espacio de veinticuatro horas, en virtud
de lo que se llamaba la vía privilegiada. Y el jurisfirma con el cual el justicia
podía avocarse el conocimiento de cualquier causa invocada ante otro tribunal,
garantizado de los efectos de la condena impuesta por éste, los bienes de los
que recurría a asistencia. Estos procesos como establece Burgoa, constituyen
verdaderos medios de protección o preservación de los derechos estatuidos en
el privilegio general puesto que el primero de ellos tutela la libertad personal
contra actos de autoridades y el segundo, porque constituye un verdadero control
de legalidad de los actos de tribunales inferiores. En Inglaterra las libertades
ciudadanas alcanzaron gran desenvolvimiento, y su sistema constituye el
antecedente nítido de los medios de control constitucional y del derecho de
libertad. El common law en Inglaterra se desenvolvió y formó sobre los dos
principios de seguridad personal y de la propiedad. Con el common law
marcaba un límite a la autoridad real, el cual no podía ser traspasado.
Los barones ingleses obligaron al rey Juan Sin Tierra a otorgar a su favor la
magna charta, a principios del siglo XIII, ésta es la base de los derechos políticos
de Inglaterra y a la vez consisten en el origen de varias garantías
constitucionales acogidas en casi todas las constituciones modernas. El precepto
más importante es el número 46 que contiene una verdadera garantía de
legalidad al establecer que ningún hombre libre podía ser arrestado, expulsado o
7. privado de sus propiedades, si no es a través de un juicio. Al crearse el
parlamento el monarca impuso otro estatuto legal que consolidó las
disposiciones de la carta magna, se trata de la petition of rights, otorgada por
Carlos I. En 1679 el parlamento elevó a la categoría de ley un procedimiento de
origen consuetudinario que permitía someter a los jueces el examen de las
órdenes de prisión ejecutadas y la calificación de la legalidad de sus causas,
declarando el cuerpo legislativo que el writ of hábeas corpus no puede ser
negado, sino que debe ser concedido a todo hombre que sea arrestado o
detenido en prisión o de otra manera atacado en su libertad personal, por orden
del rey, de su consejo privado o de cualquier otra autoridad. Por lo que algunos
autores establecen que es fácil concluir que el writ of hábeas corpus es otro
antecedente directo del amparo en su concepción actual, como institución
jurídica controladora de la actividad del poder público.
Con la revolución francesa, surge en forma inmediata la constitución, de la que
se obtuvo como resultado la declaración de los derechos del hombre y del
ciudadano formulada en 1789, que es “uno de los documentos más
trascendentales en la historia del mundo, y que instituyó la democracia como
sistema de gobierno, depositó la soberanía en la Nación e implantó un
régimen democrático, liberal, individual, republicano; reconociéndose al
individuo la totalidad de derechos existentes en todos los órdenes de la vida
ciudadana"3
. Pero a pesar de la consignación de tales principios en la
constitución, las violaciones a los derechos individuales y los atropellos de toda
clase fueron frecuentes, sin que existiera medio de evitarlos o prevenirlos.
Por tal razón el político y jurista francés, el Abate Sieyés, ideó la creación de un
organismo de control y garantía que conocería de todas las quejas que se
presentaran por violación de las normas fundamentales, al cual dio el nombre
de jurado constitucional. Con Napoleón en el poder, constituye otro antecedente
legítimo del amparo, que supera a todos los anteriores, que fue la creación
de un organismo superior de derecho, exclusivamente dedicado a velar por
8. la intangibilidad de los derechos ciudadanos y por el imperio de la lega lidad
contra los actos de las autoridades que los violen o pretendan violar.
Estados Unidos heredó del sistema jurídico tradicional inglés, además del
habeas corpus, el denominado juicio constitucional, el cual tiene por objeto
proteger la constitución y demás cuerpos legislativos, como lo son las leyes
federales y los tratados internacionales, una de las características de este
juicio es que se divide en varios recursos procesales, a diferencia de nuestra
institución de amparo que es unitaria. Estos recursos procesales son el writ of
error, el writ of injuction, el writ of mandamus y e el writ of certiorari. El writ of
error es una especie de apelación que se interpone contra la sentencia definitiva
de un juez que no se ha aplicado las leyes supremas del país a una disposición
legal que se contraponga. El conocimiento de este recurso corresponde al
superior jerárquico del juez a quo. El writ of injuction, es el mandamiento que el
actor solicita del juez para que impida y suspenda la ejecución de cualquier acto
ilícito por un particular o una autoridad, indistintamente, o sea que desempeña
la misma función que el incidente de de suspensión y el juicio del amparo en el
sistema mexicano, pero en materia civil exclusivamente. El writ of certiorari,
que se reduce a cerciorarse de la validez de los procedimientos seguidos ante un
tribunal de justicia, o sobre la imputación de su validez porque no se hayan
cumplido las formas esenciales de las leyes del procedimiento, o en su caso de
que se alegue falta de jurisdicción del tribunal correspondiente; o sea que se
limita a examinar la validez de los procedimientos admitidos por el tribunal
inferior; por lo que esta modalidad corresponde al juicio de amparo y recurso de
casación en la parte que se relaciona con la violación de las leyes del
procedimiento.
“La cultura helénica, con toda su gloria, no exhibió antecedentes del amparo.
Las principales ciudades estado eran polares en sus manifestaciones legislativas;
Esparta denotaba, con su estratificación social –ilotas o siervos, periecos o clase
media y espartanos propiamente dichos o clase aristocrática- una absoluta
jerarquización social que imposibilitaba la existencia de limitaciones al poder
9. público; Atenas cuna de la democracia, creó algunos controles del poder, aunque
demasiado tenues: Durante el siglo de Pericles surgieron los “nomotetes” o
“custodios de las leyes” que estaban facultados para impugnar la idoneidad de la
legislación desde el punto de vista social, económico o político, existiendo
también La Asamblea, encargada de verificar la indispensable concordancia entre
la ley y la práctica consuetudinaria y denunciar si esta última se infringía. El
Areópago fue un tribunal que revisaba el proceder de las autoridades de la polis.
Pero siendo la griega una cultura convencida de que el individuo solo encontraba
plenitud sirviendo a la ciudad estado, resulta explicable que no existieran
derechos a favor del gobernado frente al poder público. Ni aún los pensadores
más luminosos, como Platón, concibieron limitaciones para los gobernantes;
precisamente este filósofo llegó a sostener que las virtudes y la sabiduría de
estos era el único freno de su conducta pública. Aristóteles, en seguimiento a su
maestro, afirmaba que el único medio de control de los actos de los gobernantes
era el raciocinio de aquellos, justificando, con claridad, la existencia de la
esclavitud de las clases sociales."
ANTECEDENTES HISTÓRICOS EN GUATEMALA
El amparo en Guatemala, tiene sus orígenes en el derecho hispano,
concretamente en la Constitución de México de 1917 y en la de la República
española (1931). Los derechos fundamentales protegidos por este tipo de leyes
son generalmente los de la igualdad ante la ley, sin discriminación por razones de
género, edad, raza o credo. En México, el amparo funciona de una manera muy
amplia.
En la Constitución de la República de 1879, decretada por la Asamblea Nacional
Constituyente el 11 de diciembre de 1879, no se encontraba regulado el amparo,
sin embargo en esa constitución, se puede encontrar el primer antecedente de una
regulación para hacer valer los derechos individuales, ya que la misma, en el
Artículo 34 reconocía el derecho de hábeas corpus o sea la exhibición personal.
10. La garantía de Hábeas Corpus fue reglamentada por el Decreto Legislativo
número 354 del 3 de abril de 1897.
En la primera reforma a la Constitución de 1879, decretada el 20 de octubre de
1885, se dispuso en el Artículo 17 que cualquier ciudadano puede acusar a los
funcionarios por los actos con los que infrinjan la Constitución o las leyes. El
amparo fue reconocido como “derecho”, hasta en las reformas realizadas a la
citada Constitución, el 11 de marzo de 1921, la que de forma breve establecía en
su Artículo 6º.: “El Artículo 34 queda reformado así: Artículo 34: “La Constitución
reconoce el derecho de amparo. Una ley constitucional anexa, desarrollará esta
garantía".
En el año 1927, fue reformada nuevamente la Constitución del año 1879, y su
Artículo 13 modificó el citado Artículo 34, el que quedó así: “Las declaraciones,
derechos y garantías que expresa la Constitución, no excluyen otros derechos y
garantías individuales no consignados; pero que nacen del principio de soberanía
del pueblo y de la forma republicana de gobierno. Toda persona tiene derecho a
pedir amparo en los casos y para los efectos siguientes: 1º. Para que se le
mantenga o restituya en el goce de los derechos y garantías que la Constitución
establece; 2º. Para que en casos concretos se declare que una ley, un reglamento
o cualquier disposición de la autoridad no le es aplicable. . .” En la Constitución de
la República de Guatemala, decretada por la Asamblea Constituyente el 11 de
marzo de 1,945, en el Artículo 51 reconoció el amparo de la siguiente manera:
“Toda persona tiene derecho de pedir amparo en los casos y para los efectos
siguientes: a) Para que se le mantenga o restituya en el goce de los derechos y
garantías que la Constitución establece; b) Para que, en casos concretos, se
declare que una ley, un reglamento o cualquier disposición de la autoridad, no le
es aplicable. Toda persona ilegalmente presa, detenida o cohibida de cualquier
modo en el goce de su libertad individual, o que sufriere vejámenes aún en su
prisión legal, tiene derecho a pedir su inmediata exhibición, ya sea con el fin de
que se le restituya en su libertad, se le exonere de los vejámenes, o se haga cesar
11. la coacción a que estuviere sujeta. Si el tribunal decretare la libertad de la persona
ilegalmente recluida, ésta quedará libre en el mismo acto y lugar. Cuando así se
solicite o el juez o tribunal lo juzgue pertinente, la exhibición a que se alude en
este inciso, de practicará en el lugar en donde se encuentre el detenido, vejado o
coaccionado, sin previo aviso ni notificación alguna a las partes.” En el Artículo
164 se refiere al Tribunal de Amparo y lo enmarca dentro de los de jurisdicción
privativa.
Del artículo transcrito, se deduce que la Constitución de 1945, regulaba dentro del
amparo, tanto la inconstitucionalidad como la exhibición personal, instituciones
que en la actualidad son reguladas todas en forma individual.
Después de haberse derogado la Constitución de 1945, en las constituciones de la
República de 1956 y 1965 se mantuvo la institución del amparo, considerándola
siempre como “recurso”. En la Constitución de 1965, se reguló de manera amplía
lo relativo a la exhibición personal, el amparo y la inconstitucionalidad; en cuanto
al amparo, se mencionaban cuatro casos de procedencia del mismo y se
establecieron otros casos de improcedencia.
Cuando ocupaba la presidencia Carlos Castillo Armas se emitió la Constitución
que entró en vigencia el 1º de marzo de 1956, cuyo capítulo II del título IV, trataba
del Amparo. La Constitución de la República de Guatemala decretada por la
Asamblea Constituyente, el 15 de septiembre de 1965, reguló lo relativo al amparo
y al Hábeas Corpus, y el Artículo 84 estableció que una ley constitucional regularía
la forma y requisitos de su ejercicio y determinaría los tribunales ante los cuales
debía interponerse.
La Asamblea Nacional Legislativa emitió el 12 de mayo de 1928 la primera Ley de
Amparo, por medio del Decreto 1539, esta ley fue una ley ordinaria, no obstante
que la primera inquietud de 1921 había sido la de regular el Amparo con una ley
constitucional. Por decreto número 8 de la Asamblea Nacional Constituyente de la
12. República de Guatemala, del 20 de abril de 1966, se emitió la ley Constitucional
de Amparo, Hábeas Corpus y de Constitucionalidad, que se mantuvo vigente
hasta su derogatoria por el Decreto Número 1-86 de la Asamblea Nacional
Constituyente del 8 de enero de 1986. La Constitución de 1985, en el título VI,
dedicado a las Garantías Constitucionales, y defensa del orden constitucional, en
el capítulo II, el Artículo 265, instituye el amparo.
EL AMPARO EN EL SISTEMA JURÍDICO EN GUATEMALA
El Artículo 265 de la Constitución Política de la República de Guatemala, instituye
el amparo, como un medio protector de los derechos de todas las personas,
indicando que no hay ámbito que no sea susceptible de amparo, y procederá
siempre que los actos, resoluciones, disposiciones o leyes de autoridad lleven
implícitos una amenaza, restricción o violación a los derechos que la constitución y
las Leyes garantizan.
EL PROCESO DE AMPARO EN GUATEMALA
Se llama acción de amparo a la acción judicial que puede iniciar una persona para
solicitar a la justicia la protección de urgente ("sumaria") de cualquiera de sus
derechos individuales cuyo ejercicio le fuese desconocido o estuviese por serlo -
en forma ilegal o arbitraria- ya fuese por una autoridad pública o por un particular.
La acción de amparo sólo puede iniciarse cuando no existe otro camino legal para
hacer valer el derecho violado o amenazado.
Corresponde iniciar una acción de amparo cuando el ejercicio de un derecho
reconocido por la Constitución, por un tratado internacional o por una ley, se vea
amenazado, restringido o alterado -en forma actual o inminente- por un acto o una
omisión de una autoridad pública o hasta de un particular.
13. No incluye la defensa de la libertad física o ambulatoria, que es protegida por otra
acción: el hábeas corpus.
La acción de amparo fue incluida en la Constitución Nacional por la reforma de
1994. Se encuentra legislada en el orden nacional por la ley 16.986.
FINALIDAD DEL AMPARO
El amparo como institución fue creado con una finalidad específica, es decir, su
origen apareja un particular aspecto teleológico.
Principios rectores:
El amparo se rige por sus propias normas y por los principios generales del
derecho, en lo que se refiere a la justicia constitucional, rigen los principios
procesales y los doctrinarios, que a continuación se relacionan:
Principios procesales:
Estos principios se encuentran detallados en los Artículos 5, 6 y 7 de la Ley de
Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad:
Principios doctrinarios:
1 Iniciativa o instancia de parte:
Para exigir justicia constitucional, es preciso que la persona, sea esta individual o
jurídica, que se considere afectada en sus derechos constitucionales, deberá
reclamar en la forma prevista en el Artículo 21 de la ley de la materia. Para que
opere el poder judicial encargado del control de la legalidad de los actos de
autoridad, no puede actuar de oficio sin petición preliminar; principio que tiene
sustento legal en el Artículo 6 de la Ley de Emparo, Exhibición Personal y de
Constitucionalidad, al establecer que en todo proceso relativo a la justicia
constitucional la iniciación del trámite es rogada.
14. 2 Existencia de agravio:
Para que el agravio pueda ser causa generadora del amparo, necesita ser
personal; es decir, que recaiga en una persona determinada, bien sea física o
moral. Todos aquellos daños o perjuicios en que pueda manifestarse el agravio,
que no afecten a una persona determinada, no pueden considerarse como
agravios desde el punto de vista constitucional; por lo tanto, no originan la
procedencia del amparo.
3 Agravio personal y directo:
El agravio personal y directo es una situación muy particular del amparo. Se
entiende por agravio la ofensa o perjuicio que se hace a uno en sus derechos e
intereses; sólo puede requerir amparo quien tiene con el derecho amenazado o
violado una relación directa, por lo que no resulta viable otorgar amparo si el acto
reclamado no perjudica o afecta los intereses del postulante del amparo.
4 Definitividad en el amparo:
Este principio obliga a que el amparo se interponga posteriormente a cualquier
recurso ordinario, administrativo o judicial establecidos legalmente en contra del
acto reclamado.
5 Principio de estricto derecho:
Este principio tiene relación con el principio de la congruencia, impone una norma
de conducta al órgano de control y se rige sobre la base general de que el tribunal
de amparo no tiene libertad para apreciar todos los posibles aspectos
inconstitucionales del acto reclamado, sino que debe limitar su función a resolver
únicamente aquellos actos reclamados, a título de conceptos de violación y que se
hayan hecho valer en la petición de amparo.
6 Relatividad de la sentencia:
La sentencia de amparo no produce efectos erga omnes, sino que se limita a
amparar únicamente al reclamante en el caso controvertido, obligando al
15. acatamiento del fallo. Este principio implica que, el efecto de la sentencia que
conceda la protección constitucional solicitada se constriña exclusivamente al
solicitante, por lo que quien no haya sido expresamente amparado, por medio de
la sentencia, no puede beneficiarse con la misma.
7 Libertad en la apreciación de la prueba:
Conforme este principio, el tribunal tiene la facultad de apreciar la prueba de
acuerdo a su propio análisis doctrinal y jurisprudencial. Conforme lo establecido en
el Artículo 42 de la ley de la materia, al pronunciar sentencia, el tribunal de amparo
debe examinar los hechos, analizar las pruebas y actuaciones y todo aquello que
formal, real y objetivamente resulte pertinente
NATURALEZA JURÍDICA DEL AMPARO
La naturaleza jurídica del Amparo, respecto a los elementos que integran su
definición, ya ha quedado establecida, concluyendo que el Amparo es un proceso
de rango constitucional; sin embargo, también es importante referir en cuanto a su
campo de acción. Lamentablemente, el Amparo ha sido utilizado en muchas
ocasiones como un medio retardatorio de los procesos en el ámbito judicial, así
también para la ejecución del acto considerado como agraviante, en lo que
concierne a otros sujetos pasivos del Amparo, ya que muchas veces se promueve
sin fundamento legal o doctrinario, cuya pretensión es que a través de esta vía
constitucional se revisen los procesos judiciales (circunstancia que no es dable
porque constituiría una tercera instancia) o se revierta, sin que exista violación a
derecho alguno, la decisión del sujeto contra quien se acude en Amparo,
desnaturalizándose por completo la finalidad de esta institución.
En el medio forense guatemalteco, se ha establecido que el Amparo garantiza la
protección de derechos fundamentales de la persona frente al poder público y
otras entidades de las reguladas en el artículo 9º de la Ley de Amparo, Exhibición
Personal y de Constitucionalidad, en el entendido que es factible hacer uso de
16. esta garantía constitucional en caso de concurrir los presupuestos de pérdida del
ejercicio de tales derechos o se sufra amenaza en cuanto a la pérdida de éstos.
Dicha función garantista no está proyectada como un medio de revisión de lo
actuado por la autoridad impugnada, cuando la parte recurrente invoca simples
argumentos de inconformidad contra el acto reclamado.
Con relación a la naturaleza del Amparo, la Corte de Constitucionalidad ha
considerado que: “Por su naturaleza extraordinaria y subsidiaria el amparo no
debe utilizarse como medio de impugnación a lo resuelto por los tribunales
ordinarios, cuando se ha tenido la oportunidad legal de hacer valer todos los
medios de defensa que la ley otorga en garantía del debido proceso y la autoridad
impugnada ha actuado en el uso de sus facultades legales.
TIPOS DE AMPARO
Existen en la doctrina varias clasificaciones sobre el amparo, el Doctor Edmundo
Vásquez Martínez, clasifica el amparo con base a la realidad jurídica constitucional
guatemalteca y a lo que establece la ley de la materia y atendiendo al objeto del
amparo, de la siguiente manera:
� Amparo para que se mantenga o restituya el goce de un derecho fundamental,
con exclusión de la libertad y la integridad de las personas que se tutelan por
medio de la exhibición personal.
� Amparo para que se declare que un acto de autoridad no obliga, por ser
contrario a cualquiera de los derechos fundamentales.
� Amparo para que se declare la inaplicabilidad de actos no meramente
legislativos del Congreso de la República.
� Amparo por abuso de poder o exceso en las facultades legales
17. � Amparo por exigencias en lo administrativo, no razonables o ilegales.
� Amparo por falta de resolución en lo administrativo ya sea por no resolver en el
término legal o de no haber tal término, en el de treinta días, una vez agotado el
procedimiento.
� Amparo en materia electoral
� Amparo contra las infracciones de procedimientos de la Corte Suprema de
Justicia, siempre que no se hubiere dictado sentencia definitiva, y que no proceda
otro recurso, o si agotado éste, subsistiere la transgresión.
A mi juicio se estima que el amparo independientemente de que se inicia con una
acción en base al derecho de acción que tienen las personas, para que se discuta
y se resuelva por los órganos competentes, debe resolverse por medio de un
proceso y con la intervención de tribunales específicos para su trámite; posee su
propia legislación, es decir, que la regulación es especializada, tiene plazos y
requisitos para su tramitación y además el amparo no forma instancia, tampoco
procede para modificar las resoluciones de los órganos jurisdiccionales. De lo
anterior se establece que el amparo se dilucida a través de un proceso regulado
por la Constitución Política de la República de Guatemala y por una ley específica
como el medio procesal idóneo para la defensa de los derechos fundamentales de
los guatemaltecos cuando se encuentren afectados, por haberse transgredido
normas supremas que contienen principios, derechos y garantías de todo
ciudadano que deben respetarse.
SUJETOS PROCESALES DEL AMPARO
“Desde el punto de vista jurídico se refiere a los sujetos de derecho, es decir, a los
que son susceptibles de adquirir derechos y obligaciones. Así, en el contrato las
18. partes son sus creadoras, son las que intervienen en su celebración y las que se
benefician o perjudican con sus efectos.”
En sentido procesal, “[p]artes son los sujetos que reclaman una decisión
jurisdiccional respecto a la pretensión que en el proceso se debate.”
Según Cipriano Gómez Lara, existen dos tipos de partes (procesalmente
hablando): partes formales y partes materiales.
Respecto de estas últimas, afirma que: “Si se alude a la parte, afirmando que es
aquella que en nombre propio solicita la actuación de la ley, se hace referencia al
mero aspecto material […]”
Las partes en sentido formal lo pueden ser las propias partes en sentido material
[…], pero son, además, partes formales aquellos sujetos del proceso que, sin
verse afectada concretamente y de forma particular su esfera jurídica por la
resolución jurisdiccional que resuelve la controversia o conflicto, cuenten con
atribuciones conferidas por la ley para impulsar la actividad procesal con objeto de
obtener la resolución jurisdiccional que vendrá a afectar la esfera jurídica de otras
personas.
FUNDAMENTO JURÍDICO DEL AMPARO EN GUATEMALA
En la doctrina, ha sido objeto de discusión, por parte de diversos juristas, en
relación a, si la petición de amparo debe ser considerada como un recurso, un
juicio, un proceso o una acción. Al respecto, cabe mencionar que es esta última
denominación la que prevalece ya que, tanto la Constitución Política de la
República de Guatemala, en el Artículo 272 literal b), como la ley de Amparo,
Exhibición Personal y de Constitucionalidad, en el Artículo 163, literal b), lo
contemplan como una acción. En efecto, el amparo es una acción, ya que a través
del planteamiento del mismo, damos inicio a todo un asunto de jurisdicción
constitucional, el que se rige por sus propias normas y principios.
19. CONCLUSIONES
El amparo provisional es la institución por medio de la cual se ordena la suspensión
de la resolución, acto o procedimiento reclamado en la acción de amparo,
decretada por un tribunal de amparo de oficio o a petición de parte, hasta que
no se emita la sentencia correspondiente a la acción de amparo.
La función del amparo provisional es mantener o preservar la materia definitiva
del proceso de amparo, inmovilizando el acto, resolución o proceso reclamado
vulnerante, en virtud que mientras la justicia constitucional cumple con todo el
procedimiento formal y resuelve definitivamente la pretensión de amparo
sometida a su consideración, el instrumento procesal utilizado para restarle
dinámica o propensión al acto, resolución o proceso reclamado en forma transitoria
es el amparo provisional.
No es posible aceptar que la suspensión anticipe provisionalmente algunos
efectos de la protección definitiva, es decir del otorgamiento del amparo, ya que
esto equivaldría a su pre-estimación, lo que es ajeno a la suspensión; además
la suspensión no es una providencia constitutiva sino mantenedora o
conservadora de una situación ya existente y consecuencias.
20. RECOMENDACIONES
Es necesario que todos los juzgadores que conocen del proceso de amparo
tengan conocimientos técnicos en cuanto a los principios que sustentan el
mismo, para poder fallar de forma más consciente sin que las resoluciones
emitidas por éstos cause algún daño irreparable a las partes o a terceros.
Es necesario que el juzgador al momento de considerar el otorgamiento de una
amparo provisional prevenga los efectos provocados por éste, si este llegara a
ser revocado.
Al momento de otorgar el amparo provisional el juzgador deberá estar consciente
de los fines que persigue esta institución jurídica, ya que el fin del mismo es de
naturaleza temporal, y en ningún momento se debe considerar como definitiva,
ya que este fin únicamente es alcanzado por la sentencia de proceso de la
acción de amparo.
El tribunal que emite la resolución del proceso de amparo no debe considerar en
ningún caso decretar con lugar el mismo basado en el otorgamiento anterior del
amparo provisional, independientemente de los efectos que éste pudo causar.
Cuando el tribunal de amparo pronuncie un fallo revocando el amparo
provisional, en el que se ha ordenado la realización de un pago, es necesario
que ordene la devolución del mismo al amparista. Protegiendo de esta forma el
patrimonio del demandado y evitando iniciar un proceso judicial dilatorio.