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1. Análisis Comparativo de la LOTTT y LOPCYMAT
La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
(Lopcymat), y la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras
(LOTTT), son herramientas entregadas a los trabajadores para la consolidación de
una cultura preventiva en los procesos de trabajo.
En diversas organizaciones laborales, movimientos obreros y sindicales,
especialistas en salud ocupacional, entre otros, son beneficiados principalmente
pensando en los problemas que afectan a los trabajadores y presentan
propuestas de mejora en las condiciones y medio ambiente de trabajo.
El derecho laboral venezolano, tal y como se le conoce, nace a partir de la
promulgación de la primera Ley del Trabajo del 23 de julio de 1928, que permitió
superar las disposiciones del Código Civil sobre arrendamiento de servicios que
regía las relaciones laborales, y se afianza con la promulgación de la Ley del
Trabajo del 16 de julio de 1936, que estableció un conjunto sustantivo de normas
para regular los derechos y obligaciones derivados del hecho social del trabajo.
Años después nació la LOTTT pensando en un mejor y mayor bienestar para los
trabajadores.
Son muchas las modificaciones y beneficios para los trabajadores que
establecen estas leyes; como a continuación se presentan en las prestaciones
sociales, anteriormente ha sido honrado por la Revolución junto al pueblo obrero
legislador y el cual ahora pasará a ser regulado a través de la aplicación del
Artículo 141, Capítulo 3, de la nueva LOTTT. Hoy en día se indica que
adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patrona
depositará a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año,
acumulativos hasta treinta días de salario (Artículo 142, parágrafo b).
Anteriormente hasta ahora el depósito de este beneficio se realizaba en un
fideicomiso individual en una cuenta que se abría en alguna entidad bancaria. La
LOTTT establece que este mecanismo continuará si así lo decide el trabajador y
trabajadora, pero el nuevo instrumento presenta una alternativa con el respaldo
del sistema bancario público nacional, que le retribuirá intereses de acuerdo a la
tasa pasiva determinada por el Banco Central de Venezuela (Artículo 147).
2. Otros Artículos de relevancia en el ámbito de la salud en el trabajo, podemos
mencionar el siguiente Artículo 43 de la LOTTT, por ejemplo, se establece que
todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones
de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados, y son responsables por
los accidentes laborales ocurridos y enfermedades ocupacionales acontecidas a
los trabajadores y las trabajadoras.
Asimismo, en su Artículo 44 se indica que los patronos o patronas deben
garantizar que los Delegados y Delegadas de Prevención dispongan de facilidades
para el cumplimiento de sus funciones, lo cual no se cumplía las condiciones
dignas y seguras a los trabajadores en los procesos de trabajo.
Siguiendo con el análisis de la LOTT, es resaltante destacar en su Artículo
105 se entienden como otros beneficios para el trabajador en el ámbito social, más
no de carácter remunerativo, los servicios de los centros de educación inicial, el
cumplimiento del beneficio de alimentación para los trabajadores y las
trabajadoras a través de servicios de comedores, cupones, dinero, tarjetas
electrónicas de alimentación y demás modalidades previstas por la ley que regula
la material, los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos, las
provisiones de ropa de trabajo, las provisiones de útiles escolares y de juguetes, el
otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación, formación o de
especialización, el pago de gastos funerarios, entre otros.
Los beneficios sociales no serán considerados como salario, salvo que en las
convenciones colectivas o contratos individuales de trabajo, se hubiere estipulado
lo contrario.
La LOPCYMATpromueve la implementación del Régimen de Seguridad
y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social,
abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de
enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención,
rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones
dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades
ocupacionales y accidentes de trabajo.
Por otra parte la LOPCYMAT no es una ley aislada, está enmarcada en la
Constitución de la República y vinculada con otras leyes, como la Ley Orgánica
del Sistema de Seguridad Social, la Ley Orgánica del Trabajo, la Ley Programa de
Alimentación para los Trabajadores, la Ley Orgánica para la Protección del Niño y
Adolescente, la Ley del Seguro Social y el Artículo 12 del Convenio 81 de la
Organización Internacional del Trabajo.
3. Aspira garantizar a los trabajadores condiciones y prevención, salud,
seguridad y bienestar en el trabajo. Cualquier organización, sea esta una sociedad
civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir con lo
establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la
obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios
trabajadores con su patrono.
Sus beneficios para los trabajadores, entre ellos establecen en su (Art. 68,
Reglamento de la LOPCYMAT). La constitución del Comité de Seguridad y Salud
Laboral se realizará, por primera y única vez, mediante un acuerdo formal
celebrado en una reunión de los Delegados o Delegadas de Prevención y los
representantes del patrono o patrona. (Art. 69, Reglamento de la LOPCYMAT). El
Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales llevará un Registro
Nacional de Comité de Seguridad y Salud Laboral. El Comité de Seguridad y
Salud Laboral deberá inscribirse ante este Registro dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes a su constitución. La inscripción tendrá una vigencia de dos (2)
años renovable. En el caso de los Comités de Seguridad y Salud Laborales de
intermediarios y contratistas la vigencia será por el tiempo que dure la obra,
siempre que no exceda de los dos (2) años indicados anteriormente.
Esto con sentido de hacer partícipe al trabajador en toda eventualidad que
se genere en la empresa u organización para la ejecución de cualquier toma de
decisiones en el ámbito de seguridad y prevención de higiene y salud laboral.
Otros de estos Artículos podeos señalar el 53 donde encontramos todos los
derechos de los trabajadores como el ser informados al inicio de su actividad, de
las condiciones en que ésta se va a desarrollar.
Recibir formación teórica y práctica en la prevención de accidentes de trabajo y
enfermedades ocupacionales.
Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro
inminente que ponga en riesgo su vida.
Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo.
Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por
razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral.
Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos.
Participar activamente en los programas de recreación, utilización del tiempo libre,
descanso y turismo social.
4. Expresar libremente sus ideas y opiniones, y organizarse para la defensa del
derecho a la vida, a la salud y a la seguridad en el trabajo.
Ser protegidos del despido o cualquier otro tipo de sanción por haber hecho uso
de los derechos consagrados en esta Ley y normas concordantes.
Al cumplir con la LOPCYMAT, el trabajador tiene menos posibilidades de
enfermarse o accidentarse. Un individuo que se enferma y pide reposo, pierde su
mayor recurso de interrelación con la sociedad: el trabajo. Resulta difícil pensar en
alguna persona que jamás haya trabajado o que no necesite trabajar. Desde el
inicio de los tiempos, el ser humano trabaja para formar parte de la sociedad. De
manera que al cumplir toda la normativa garantizamos la posibilidad de que el
trabajador se mantenga sano y activo que aporta a la sociedad.
Un individuo que se haya enfermedado o lesionado en un centro de trabajo,
probablemente reciba una indemnización producto de la responsabilidad del
patrono. No obstante, difícilmente podrá conseguir empleo en otro centro de
trabajo luego de discapacitarse. De manera que pierde su posibilidad más
importante de interrelacionarse en la sociedad: la posibilidad de seguir trabajando.
Estos aspectos aquí contenidos, encierran la importancia que tiene el tema
laboral para todas las empresas mercantiles o no, asociaciones, cooperativas y
cualquier otra modalidad que implique subordinación, por cuanto las normas son
de carácter obligatorio y los plazos establecidos para el cumplimiento de los
deberes se extinguieron. No obstante la imposición de cumplimento persiste, aún
con las sanciones establecidas en la LOPCYMAT, lo cual antes no se cumplía de
tal modo.