1. Apuntes de civil obligaciones
LOS DERECHOS SUBJETIVOS
Los derechos subjetivos son las facultades y potestades jurídicas inherentes de las
personas por razón de la naturaleza, contrato y otra causa admisible en derecho.
Art 1495 C.C Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con
otra a dar, hacer o no hacer algunas cosas. Cada parte puede ser de una o de muchas
personas
Requisitos para obligarse art 1502
Definición de obligación: El vínculo jurídico nace entre dos o más individuos cuando
estos se obligan entre sí generando ciertos efectos. Así se puede ver, por ejemplo, en un
contrato de préstamo en el cual entre el deudor y el acreedor se genera un vínculo
jurídico.
Elementos:
Dar: Hacer una transferencia de la propiedad plena o desmembrada.
De hacer: Imponer una acción de un hecho positivo Ej.:(la prestación de un
servicio, la entrega de algún objeto).
No hacer: una abstención (Abstenerse hacer algo).
ACEPCIONES DE LAS OBLIGACIONES:
1. Vinculo jurídico:
2. Derecho crediticio o personal:
3. Deuda:
ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN
1. UNA PERSONA O SUJETO ACTIVO QUE SE LLAMA : ACREEDOR
2. 2. UNA PERSONA O SUJETO PASIVO LLAMADO: DEUDOR
3. 3. LA PRESTACIÓN: DAR, HACER, NO HACER
1502 Cc
1053 Y Ss
Error
Fuerza
Dolo
Objeto Licito
Objeto Ilicito
Causa Licita
Causa Ilicita
Obligaciones Civiles
Obligaciones Naturales