1. Derecho de las Obligaciones
Rama del Derecho Civil que se centra
en el estudio de la obligación jurídica.
Además, es un vinculo jurídico entre
dos partes determinadas. Abarca:
Origen y Evolución
¿Qué es?
El trueque o cambio bajo sus
diferentes formas.
Se crean acciones para proteger el hecho
nuevo de que una persona se comprometa a
concederle a otra el uso de una casa.
Legalizado en el sistema de
indemnización pecuniaria o composición.
Relación Obligatoria
Relación personal entre personas en situación de reciprocidad (parte acreedora y parte deudora).
Estructura
Artículos 1.133 al 1.282
Código Civil de Venezuela
Elemento Subjetivo Elemento Objetivo
Deudor
Sujeto pasivo.
Acreedor
Sujeto activo.
La prestación (dar,
hacer o no hacer).
Era el único negocio que bastaba
para satisfacer sus necesidades.
Y la otra persona a pagar por ello
un cánon o renta periódica,
siendo esta el arrendamiento.
La situación del delincuente vino a coincidir
con aquella que quien había contratado con
una deuda: obligación nacida de contrato y
obligación nacida de delito.
El derecho de los contratos.
El derecho de daños o de la
responsabilidad civil.
Porque su patrimonio va a
recaer la acción del
acreedor en caso de
incumplimiento.
Si el deudor incumple la
obligación el mismo puede
acudir ante el órgano
jurisdiccional.
La Prestación
Cosa o servicio que un contratante da o promete a otro.
Es exigido por una autoridad.
Puede dividirse en dos grandes categorías:
Prestación
Positiva
Dar una cosa o
ejecutar un hecho.
Prestación
Negativa
Abstenerse de
un hecho.
Pensiones, son prestaciones económicas
de devengo periódico y de duración
vitalicia o hasta alcanzar una edad
determinada.
Subsidios, prestaciones de devengo
periódico y de duración temporal.
Indemnizaciones, prestaciones
económicas abonables por una sola vez.
Otras prestaciones, como las prestaciones
por desempleo y la protección familiar de
carácter no económico.
Clases Requisitos Elemento Jurídico
Posibilidad: No podrán ser objeto de
contrato cosas o servicios imposibles.
Licitud: Pueden ser objeto del contrato
los servicios que no sean contrarios a
las leyes y las costumbres.
Determinación: Sólo existe obligación
cuando el deudor sabe a que está
obligado y el acreedor sobre lo que
puede reclamar.
Sujeto acreedor (activo): puede exigir el
cumplimiento.
Sujeto deudor (pasivo): persona que se
encuentra constreñida a realizar
determinada activad/prestación.
Objeto.
Causa-fuente: Debe existir una fuente
para que exista una obligación. Ej. de
fuentes pueden ser: contratos;
Fuentes de las Obligaciones
Es el origen del
Fundamento o principio de algo.
Siendo las fuentes de las obligaciones un hecho jurídico que tiñe de relevancia a las obligaciones.
I Etapa: Desde la promulgación del primer
Código Venezolano en 1.862 hasta el
Código Civil de 1.922
II Etapa: Análisis de la clasificación
contemplada en el Código Civil 1.942 hasta
nuestros días.
Clasificación de las Fuentes
de las Obligaciones en el
Código Civil Venezolano
Clasificación de las Fuentes
Clásicas
Código Civil de
Venezuela
Modernas
Romana
Pothier
Código de
Napoleón
Plantol
Josserand
Savatier
Códigos Zuiso e
Italiano