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LA DEONTOLOGIA
UNIDAD V
Ejercicio Legal de la Ingenieria
Argenis Gil
SAIA FEBRERO 2015
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE INGENIERIA
ESCUELA DE TELECOMUNICACIONES
DEONTOLOGIA
La deontología se refiere a los deberes que cada profesional tiene
consigo mismo y con los demás.
 Deontología (del griego δέον "debido" + λόγος "Tratado"; término introducido
por Jeremy Bentham en su Deontology or the Science of Morality/Deontología o la ciencia de
la moralidad, en 1889) hace referencia a la rama de la ética cuyo objeto de estudio son
aquellos fundamentos del deber y las normas morales. Se refiere a un conjunto
ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una
determinada materia. La deontología es conocida también bajo el nombre de "teoría
del deber" y, al lado de la axiología, es una de las dos ramas principales de la ética
normativa
Deontología profesional: hace referencia al conjunto de principios y reglas
éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan
los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su
actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién
determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en
los códigos deontológicos. A día de hoy, prácticamente todas las profesiones
han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una
deontología profesional periodística, de una deontología profesional médica,
deontología profesional de los abogados, deontología profesional contable etc.
DEONTOLOGIA
Normas deontológicas: Son escritas y deben ser conocidas
por el profesional. Están por tanto codificadas por un código
de conducta profesional. Son normas que tratan de orientar a
un colectivo profesional, Pero necesitan de la razón de cada
uno. Es el profesional el que se responsabiliza de su actividad
profesional individual. Son prescriptivas, pero interiorizadas.
No son coactivas. Admiten cierto tipo de sanciones de las
normas deontológicas:
• Llamada de atención
• Sanciones de carácter económico
• Inhabilitación, e incluso despido
• Garantizar una disciplina interna, desde y para los
profesionales.
• Preservar el prestigio de los profesionales.
CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS
La capacidad cultural de codificar normas de conducta.
Se remonta al surgimiento de las grandes civilizaciones
de la Antigüedad.
La existencia de una actividad profesional que se plantee
las normas morales propias de esa actividad.
CARACTERÍSTICAS
Sentido Amplio: Conjunto de todas las normas legales,
estatutarias y convencionales, además de los principios y costumbre
tenidos como de general aceptación en la profesión. Es decir, la
deontología engloba todas las normas. Entre los legales estarían
los estatutos profesionales y los convenios colectivos de trabajo.
Sentido Estricto: Conjunto sistemático de normas, usos,
principios y deberes que no van a estar respaldados por ninguna
sanción legal, sino por una aceptación voluntaria de unos
profesionales. Reglas del buen hacer profesional o normas que
pueden someter a determinados profesionales.
Una característica fundamental de la deontología profesional es
que tiene un fuerte componente de autorregulación, entendida en
un sentido colectivo. Se trata de una interiorización de las normas
propias de la profesión.
DEONTOLOGIA
CLASIFICACIÓN DE DEONTOLOGÍA
Deontología Médica: Conducta médica en relación con la sociedad, los enfermos, los colegas y auxiliares de medicina y res- pecto de la
experimentación científica, las consultas, las juntas médicas, la eugenesia.
Deontología Gremial: Aspectos económicos, sociales, laborales de los miembros de la profesión médica.
Deontología Médica Universitaria: Derechos y obligaciones de docentes y alumnos de la carrera médica de pregrado y de posgrado, las
normas que se deben de seguir en hospitales, escuelas, salas, cátedras.
Deontología Médica Jurídica: Cuestiones de moral médica que tienen correlación en las leyes vigentes del país.
Deontología informativa: También por Francisco Vázquez: Conjunto de normas profesionales mínimas y clarividentes que regulan la
conciencia profesional del informador basadas en la veracidad y en la responsabilidad profesional con un cierto sentido utópico de aspirar a
lo deseable como mejor. Exige un constante proyecto de perfeccionamiento profesional.
Deontología Contable: es una asignatura de naturaleza teórico práctico que busca desarrollar las capacidades de comprensión sobre la
naturaleza de la Deontología Contable y permite que el estudiante valore el comportamiento humano del profesional Contador Público en
sus aspectos Ético-Moral y Legal; vale decir la ética como elemento consustancial del quehacer profesional así como los aspectos legales que
rigen el quehacer del Contador Público. Por estas razones se le considera como un curso en formación HUMANÍSTICO PROFESIONAL,
orientado a formar una sólida escala de valores en los estudiantes de tan noble profesión.
DEONTOLOGIA
IMPORTANCIA DE LA DEONTOLOGIA
Porque no se puede vivir sin moral, es decir, sin una
regla moral a que se sometan nuestras acciones. Es
ella la base de nuestras relaciones con Dios y la vía
por donde discurren nuestras relaciones entre los
hombres.
La deontología es de sumo interés para el mundo
profesional, y en concreto, para profesiones que
comparten una elevada responsabilidad social
(médicos, abogados, , contadores, docentes,
terapeutas, psicólogos.)
La deontología busca un equilibrio entre un
determinado estilo moral ( lo que antes
denominábamos ethos o carácter moral) y un alto
nivel de profesionalismo técnico-científico.
Esta doble dimensión ha de tratarse con armonía y
equilibrio para una mayor dignificación de la
profesión.
Principios Básicos:
Conciencia moral: Al desarrollarse la actividad del profesional de la contaduría pública
en un medio social está obligado a cumplir estrictamente normas y preceptos que
regulen su conducta.
Equidad y justicia: El contador público ha de proceder en todas sus actuaciones
profesionales y personales con equidad y justicia que además de asegurar la pacífica
convivencia de los mismos o en sus relaciones interpersonales garantizan y aseguran la
prudencia, la armonía la sensatez y la sabiduría .
Independencia: El contador público no puede aceptar ninguna situación hecho o
circunstancia que imponga condiciones o amenacen la libre adopción de sus decisiones
y el libre ejercicio de su práctica profesional; en consecuencia deben preservar su libertad
de criterio como un tesoro de valor imponderable, pues de lo contrario será esclavo de
mezquinos compromisos que desviaran sus actos del camino de la rectitud y de la
corrección.
Responsabilidad: La responsabilidad moral garantiza el cumplimiento cabal, justo y
oportuno de los compromisos, deberes y obligaciones, es un principio básico esencial,
para que el contador público de cumplimiento a sus deberes sin ser apremiado y obligado
por medio de requerimientos o sanciones.
Objetividad: este principio es aplicable a todas las opiniones que emita el contador
público fundamentalmente en relación con su dictamen sobre los estados financieros. La
objetividad exige imparcialidad.
Veracidad y lealtad: la veracidad es reflejo de la realidad. Por ello el contador hace
constar todos los datos importantes de que tenga conocimiento en relación con la
situación financiera de la empresa o con los resultados con sus clientes.
Confidencialidad: las relaciones de confianza entre un contador público y su cliente
deben ser respetadas. En consecuencia el Contador público Autorizado no informa a
nadie asuntos de su cliente, ni usara esto para su beneficio personal o de terceros, a
menos que tenga la obligación legal de hacerlo. Asimismo debe garantizar que el personal
bajo su control, respete y cumpla fielmente el principio básico de la confidencialidad.
FUNCIONES DE LOS CÓDIGOS
DEONTOLÓGICOS
En la práctica, los códigos de ética profesional en
nuestro país, son elaborados por los Colegios
Profesionales que, tal como los define la ley, “son
corporaciones de derecho público, amparadas por la
ley y reconocidas por el Estado, con personalidad
jurídica propia y plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines, entre los que se
encuentra la ordenación del ejercicio de las
profesiones”.
DEONTOLOGIA
Las normas de este código señalan:
El contador público debe desarrollar su labor con diligencia, cuidado y
eficiencia de acuerdo con las normas técnicas profesionales, promulgadas
o aceptadas por el colegio de contadores públicos de Nicaragua.
El contador público autorizado tiene el deber permanente de mantener
sus conocimientos y capacidad profesional a un nivel adecuado para
asegurar que los usuarios de sus servicios reciban el beneficio de una
trabajo competente basado en un programa de educación profesional
continua.
Deberán mantener relaciones con alto grado social entre quienes se
desenvuelven dentro de la misma profesión.
El contador público autorizado tiene la obligación de pertenecer a las
asociaciones profesionales que coadyuven al desarrollo y progreso de la
contaduría público.
Todo contador Público tiene la responsabilidad de cultivar en sus colegas
en forma creciente: La honestidad, sinceridad, lealtad, Buena fe,
confidencialidad, colaboración y ayuda.
CONCLUSIONES
Es menester que tengamos en nuestras actividades diarias
como directriz principal la moral y la ética. En nuestra
área profesional ya sea la administración, contabilidad,
informática, medicina, etc. Debemos indiscutiblemente
manejarnos no sólo con parámetros académicos, sino que
imperativamente nuestro actuar deberá basarse en la
deontología, ya que las repercusiones se manifestarán no
sólo en la parte económica, sino también en la social y
sobre todo en la legal. Si queremos que nuestro país
cambie y exista en él: justicia, orden, paz y equidad,
primero debemos cambiar nuestro comportamiento
interno, alimentándolo diariamente de valores y virtudes,
pues nuestras decisiones, conducta y comportamiento
tendrán repercusiones a corto, mediano o largo plazo
que pueden afectar la imagen de la empresa y por lo
tanto su supervivencia.

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  • 1. LA DEONTOLOGIA UNIDAD V Ejercicio Legal de la Ingenieria Argenis Gil SAIA FEBRERO 2015 UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA DE TELECOMUNICACIONES
  • 2. DEONTOLOGIA La deontología se refiere a los deberes que cada profesional tiene consigo mismo y con los demás.  Deontología (del griego δέον "debido" + λόγος "Tratado"; término introducido por Jeremy Bentham en su Deontology or the Science of Morality/Deontología o la ciencia de la moralidad, en 1889) hace referencia a la rama de la ética cuyo objeto de estudio son aquellos fundamentos del deber y las normas morales. Se refiere a un conjunto ordenado de deberes y obligaciones morales que tienen los profesionales de una determinada materia. La deontología es conocida también bajo el nombre de "teoría del deber" y, al lado de la axiología, es una de las dos ramas principales de la ética normativa Deontología profesional: hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo, suele ser el propio colectivo profesional quién determina dichas normas y, a su vez, se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos. A día de hoy, prácticamente todas las profesiones han desarrollado sus propios códigos y, en este sentido, puede hablarse de una deontología profesional periodística, de una deontología profesional médica, deontología profesional de los abogados, deontología profesional contable etc.
  • 3. DEONTOLOGIA Normas deontológicas: Son escritas y deben ser conocidas por el profesional. Están por tanto codificadas por un código de conducta profesional. Son normas que tratan de orientar a un colectivo profesional, Pero necesitan de la razón de cada uno. Es el profesional el que se responsabiliza de su actividad profesional individual. Son prescriptivas, pero interiorizadas. No son coactivas. Admiten cierto tipo de sanciones de las normas deontológicas: • Llamada de atención • Sanciones de carácter económico • Inhabilitación, e incluso despido • Garantizar una disciplina interna, desde y para los profesionales. • Preservar el prestigio de los profesionales. CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS La capacidad cultural de codificar normas de conducta. Se remonta al surgimiento de las grandes civilizaciones de la Antigüedad. La existencia de una actividad profesional que se plantee las normas morales propias de esa actividad. CARACTERÍSTICAS Sentido Amplio: Conjunto de todas las normas legales, estatutarias y convencionales, además de los principios y costumbre tenidos como de general aceptación en la profesión. Es decir, la deontología engloba todas las normas. Entre los legales estarían los estatutos profesionales y los convenios colectivos de trabajo. Sentido Estricto: Conjunto sistemático de normas, usos, principios y deberes que no van a estar respaldados por ninguna sanción legal, sino por una aceptación voluntaria de unos profesionales. Reglas del buen hacer profesional o normas que pueden someter a determinados profesionales. Una característica fundamental de la deontología profesional es que tiene un fuerte componente de autorregulación, entendida en un sentido colectivo. Se trata de una interiorización de las normas propias de la profesión.
  • 4. DEONTOLOGIA CLASIFICACIÓN DE DEONTOLOGÍA Deontología Médica: Conducta médica en relación con la sociedad, los enfermos, los colegas y auxiliares de medicina y res- pecto de la experimentación científica, las consultas, las juntas médicas, la eugenesia. Deontología Gremial: Aspectos económicos, sociales, laborales de los miembros de la profesión médica. Deontología Médica Universitaria: Derechos y obligaciones de docentes y alumnos de la carrera médica de pregrado y de posgrado, las normas que se deben de seguir en hospitales, escuelas, salas, cátedras. Deontología Médica Jurídica: Cuestiones de moral médica que tienen correlación en las leyes vigentes del país. Deontología informativa: También por Francisco Vázquez: Conjunto de normas profesionales mínimas y clarividentes que regulan la conciencia profesional del informador basadas en la veracidad y en la responsabilidad profesional con un cierto sentido utópico de aspirar a lo deseable como mejor. Exige un constante proyecto de perfeccionamiento profesional. Deontología Contable: es una asignatura de naturaleza teórico práctico que busca desarrollar las capacidades de comprensión sobre la naturaleza de la Deontología Contable y permite que el estudiante valore el comportamiento humano del profesional Contador Público en sus aspectos Ético-Moral y Legal; vale decir la ética como elemento consustancial del quehacer profesional así como los aspectos legales que rigen el quehacer del Contador Público. Por estas razones se le considera como un curso en formación HUMANÍSTICO PROFESIONAL, orientado a formar una sólida escala de valores en los estudiantes de tan noble profesión.
  • 5. DEONTOLOGIA IMPORTANCIA DE LA DEONTOLOGIA Porque no se puede vivir sin moral, es decir, sin una regla moral a que se sometan nuestras acciones. Es ella la base de nuestras relaciones con Dios y la vía por donde discurren nuestras relaciones entre los hombres. La deontología es de sumo interés para el mundo profesional, y en concreto, para profesiones que comparten una elevada responsabilidad social (médicos, abogados, , contadores, docentes, terapeutas, psicólogos.) La deontología busca un equilibrio entre un determinado estilo moral ( lo que antes denominábamos ethos o carácter moral) y un alto nivel de profesionalismo técnico-científico. Esta doble dimensión ha de tratarse con armonía y equilibrio para una mayor dignificación de la profesión. Principios Básicos: Conciencia moral: Al desarrollarse la actividad del profesional de la contaduría pública en un medio social está obligado a cumplir estrictamente normas y preceptos que regulen su conducta. Equidad y justicia: El contador público ha de proceder en todas sus actuaciones profesionales y personales con equidad y justicia que además de asegurar la pacífica convivencia de los mismos o en sus relaciones interpersonales garantizan y aseguran la prudencia, la armonía la sensatez y la sabiduría . Independencia: El contador público no puede aceptar ninguna situación hecho o circunstancia que imponga condiciones o amenacen la libre adopción de sus decisiones y el libre ejercicio de su práctica profesional; en consecuencia deben preservar su libertad de criterio como un tesoro de valor imponderable, pues de lo contrario será esclavo de mezquinos compromisos que desviaran sus actos del camino de la rectitud y de la corrección. Responsabilidad: La responsabilidad moral garantiza el cumplimiento cabal, justo y oportuno de los compromisos, deberes y obligaciones, es un principio básico esencial, para que el contador público de cumplimiento a sus deberes sin ser apremiado y obligado por medio de requerimientos o sanciones. Objetividad: este principio es aplicable a todas las opiniones que emita el contador público fundamentalmente en relación con su dictamen sobre los estados financieros. La objetividad exige imparcialidad. Veracidad y lealtad: la veracidad es reflejo de la realidad. Por ello el contador hace constar todos los datos importantes de que tenga conocimiento en relación con la situación financiera de la empresa o con los resultados con sus clientes. Confidencialidad: las relaciones de confianza entre un contador público y su cliente deben ser respetadas. En consecuencia el Contador público Autorizado no informa a nadie asuntos de su cliente, ni usara esto para su beneficio personal o de terceros, a menos que tenga la obligación legal de hacerlo. Asimismo debe garantizar que el personal bajo su control, respete y cumpla fielmente el principio básico de la confidencialidad. FUNCIONES DE LOS CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS En la práctica, los códigos de ética profesional en nuestro país, son elaborados por los Colegios Profesionales que, tal como los define la ley, “son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentra la ordenación del ejercicio de las profesiones”.
  • 6. DEONTOLOGIA Las normas de este código señalan: El contador público debe desarrollar su labor con diligencia, cuidado y eficiencia de acuerdo con las normas técnicas profesionales, promulgadas o aceptadas por el colegio de contadores públicos de Nicaragua. El contador público autorizado tiene el deber permanente de mantener sus conocimientos y capacidad profesional a un nivel adecuado para asegurar que los usuarios de sus servicios reciban el beneficio de una trabajo competente basado en un programa de educación profesional continua. Deberán mantener relaciones con alto grado social entre quienes se desenvuelven dentro de la misma profesión. El contador público autorizado tiene la obligación de pertenecer a las asociaciones profesionales que coadyuven al desarrollo y progreso de la contaduría público. Todo contador Público tiene la responsabilidad de cultivar en sus colegas en forma creciente: La honestidad, sinceridad, lealtad, Buena fe, confidencialidad, colaboración y ayuda. CONCLUSIONES Es menester que tengamos en nuestras actividades diarias como directriz principal la moral y la ética. En nuestra área profesional ya sea la administración, contabilidad, informática, medicina, etc. Debemos indiscutiblemente manejarnos no sólo con parámetros académicos, sino que imperativamente nuestro actuar deberá basarse en la deontología, ya que las repercusiones se manifestarán no sólo en la parte económica, sino también en la social y sobre todo en la legal. Si queremos que nuestro país cambie y exista en él: justicia, orden, paz y equidad, primero debemos cambiar nuestro comportamiento interno, alimentándolo diariamente de valores y virtudes, pues nuestras decisiones, conducta y comportamiento tendrán repercusiones a corto, mediano o largo plazo que pueden afectar la imagen de la empresa y por lo tanto su supervivencia.