3. Es un acto de comunicación procesal emanado del
despacho o corporación judicial que, según su
naturaleza, se encuentra dirigido a dar información a
las partes de un litigio, a terceros interesados con las
resultas del mismo, o a la comunidad en general,
para que conozcan de la existencia del proceso o de
los actos que en el mismo se adelantan, con el fin de
que puedan intervenir o realizar algún acto procesal
autorizado por la ley.
ELAVISO
4. - Se dan en varios eventos:
- como medio de publicidad general
- como medio de notificación específica.
- como trámite de un recurso o de acumulación de proceso
- Lugares donde se publican
- En secretaria del despacho
- En secretaria del despacho y página web
- En página web obligatoriamente
- En página web con opción de utilizar otro mecanismo
- En periódico de amplia circulación
Novedades del CPACA
5. 1.- Aviso que informa la admisión de la demanda contra un acto
administrativo en que pueda estar interesada la comunidad. Art. 171
numeral 5 literal b de la Ley 1437/11
2.- Aviso que informa la existencia del proceso especial de nulidad por
inconstitucionalidad. Art. 184 numeral 4 literal b de la Ley 1437/11
3.- Aviso que informa la existencia del trámite de control inmediato
de legalidad de actos. Art.185 numeral 2 de la Ley 1437/11,
4-. Avisos que notifican la admisión de la demanda electoral Art. 277
de la ley 1437 de 2011 numeral 1 literales b, c y d
5.-Aviso que informa sobre el sorteo de acumulación de procesos
electorales. Art.282 inc. 5 de la Ley 1437/11,
6- Aviso de la expedición de copias, para su retiro, con el fin de surtir
el trámite del recurso de queja (Art. 245 de la Ley 1437/11, 378 y 108
del CPC)
AVISOS PREVISTOS EN EL CPACA
7. 1- AVISO QUE INFORMA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA CONTRA
UN ACTO ADMINISTRATIVO EN QUE PUEDA ESTAR
INTERESADA LA COMUNIDAD
- Debe ser ordenado por el Juez (a) o Magistrado(a) Ponente en el proveído
que admita la demanda.
- Se dirige a toda la comunidad
- Finalidad: que todas las personas conozcan la existencia de demanda para
que puedan ejercer las facultades previstas en el 223 del CPACA.
Art. 171 num. 5
8. Modo de Publicación (art. 171 num 5)
-Debe ser publicado a través del sitio web de la Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo.
Como en este momento no se ha implementado dicha página, deberá
realizarse a través del espacio web creado en la página de Rama Judicial
(parágrafo del artículo 171)
-No obstante, si el Juez(a) o Magistrado (a) Ponente lo considera
necesario podrá realizarse también por otro medio de difusión masivo.
-No se establece término de fijación
9. 2- AVISO QUE INFORMA LA EXISTENCIA DEL PROCESO DE
NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD
- Se realiza por el secretario una vez se haya admitido alguna demanda de
nulidad por inconstitucionalidad, (requiere orden del funcionario en el auto
admisorio)
- Se dirige a toda la comunidad
- Finalidad: Que todas las personas conozcan la existencia de esta demanda y
puedan ejercer las facultades previstas en el 223 del CPACA.
Art. 184 num. 4 Lit. b
10. Modo de Publicación (Art. 184 num. 1 Lit. b)
- Debe fijarse en la secretaría del Despacho
- También debe ser publicado a través del sitio web de la Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo.
Como en este momento no se ha implementado dicha página, deberá
realizarse a través del espacio web creado en la página de Rama Judicial
(aplicación analógica del parágrafo del artículo 171)
-Término: diez (10) días,
- Finalidad: Que cualquier ciudadano pueda intervenir para COADYUVAR
- No obstante, si el Juez(a) o Magistrado (a) Ponente lo considera necesario
podrá realizarse también por otro medio de difusión masivo.
11. 3 AVISO QUE INFORMA LA EXISTENCIA DEL TRÁMITE DE
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DE ACTOS.
- Deberá ser realizado por el Secretario(a)
- Debe mediar orden del Magistrado Ponente, una vez le sea repartido el
proceso.
- Se dirige a toda la comunidad
- Finalidad: Que las personas conozcan la existencia de la demanda para que
puedan intervenir por escrito para defender o impugnar la legalidad del acto.
Artículo 185 Num. 2
12. - Se fija en la secretaría del Despacho o de la Corporación
- Adicionalmente en el sitio web de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, con la misma aclaración que respecto del aviso anterior en
cuanto al sitio en donde se debe publicar. (Sitio web Rama Judicial)
- Término: diez (10) días.
Forma de la publicación Artículo 185 Num. 2
14. Art. 277 Lit. b) y c)
4. AVISO QUE NOTIFICA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA ELECTORAL
CUANDO SE PRETENDA LA NULIDAD DE ELECCIÓN POR CAUSALES 5 Y 8
DEL 275 O SE TRATE DE UNA ELECCIÓN UNIPERSONAL
- Característica: medio subsidiario a la notificación personal ordenada en el literal a)
- No requiere de orden especial, solo que se presenten las siguientes
circunstancias:
-Que no se pueda realizar la notificación personal de que trata el literal a)
-El demandante manifieste que ignora la dirección de notificación del demandado.
-Medio: a través de aviso publicado en dos (2) Periódicos de amplia circulación en el
territorio de la respectiva circunscripción electoral.
-Igualmente, se debe remitir copia del aviso por correo certificado a la dirección
indicada para el demandado y a la que figure en el directorio telefónico del lugar
15. Art. 277 Lit. b) y c)
- Contenido del aviso:
-fecha y hora de la providencia notificada,
-demandante,
-demandado,
-naturaleza del proceso
-advertencia de que la notificación se considera surtida en el término de cinco (5)
días contados a partir del día siguiente al de su publicación.
-En el mismo aviso se informará a la comunidad de la existencia del proceso para
que cualquier ciudadano con interés, en el mismo término anterior, pueda intervenir
impugnando o coadyuvando la demanda o defendiendo el acto demandado.
-Constancias en el expediente:
-Copia de la página de los periódicos donde aparece publicado el aviso.
-Constancia del envío del aviso a la dirección informada del demandado o la del
directorio telefónico
16. Art. 277 Lit. d)
5. AVISO QUE NOTIFICA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA ELECTORAL
CUANDO SE PRETENDA LA NULIDAD DE ELECCIÓN POR VOTO POPULAR A
CARGOS DE CORPORACIONES PÚBLICAS (se entenderán demandados todos los
ciudadanos elegidos por los actos cuya nulidad se pretende)
-En medio de control electoral por las causales 1,2,3,4,6 y 7 del artículo 275
del CPACA (causales no subjetivas respecto del candidato)
- En el auto admisorio de la demanda se ordena publicar aviso como
medio de Notificación del dicha providencia
-Medio: a través de dos (2) Periódicos de amplia circulación en el territorio de
la respectiva circunscripción electoral.
17. Art. 277 Lit. d)
Característica: No es medio subsidiario a la notificación personal, sino que es la
forma principal de notificación en este caso
No requiere de orden especial del funcionario
-Igualmente, se debe remitir copia del aviso por correo certificado a la dirección
indicada para los demandados y a las que figuren en el directorio telefónico del lugar
18. Art. 277 Lit. b) y c)
- Contenido del aviso:
-fecha y hora de la providencia notificada,
-demandante,
-demandado,
-naturaleza del proceso
-advertencia de que la notificación se considera surtida en el término de cinco (5)
días contados a partir del día siguiente al de su publicación.
-En el mismo aviso se informará a la comunidad de la existencia del proceso para
que cualquier ciudadano con interés, en el mismo término anterior, pueda intervenir
impugnando o coadyuvando la demanda o defendiendo el acto demandado.
-Constancias en el expediente:
-Copia de la página de los periódicos donde aparece publicado el aviso.
-Constancia del envío del aviso a la dirección informada del demandado o la del
directorio telefónico
20. Art. 282 inciso 5
6. AVISO POR MEDIO DEL CUAL SE INFORMA SOBRE EL SORTEO DE
ACUMULACIÓN DE PROCESOS ELECTORALES
-En el auto que ordena la acumulación, se dispondrá la fijación del aviso
-Medio: físicamente en la secretaría del juzgado
-Término: 1 día
-Finalidad: Convocar a las partes para la diligencia de sorteo de magistrado
ponente o del juez de los procesos acumulados.
-La diligencia se realiza al día siguiente de la desfijación del aviso.
21. Art. 245 CPACA en armonía con el 378 del CPC
7. AVISO PARA RETIRO DE COPIAS CON EL FIN DE DAR CURSO AL
RECURSO DE QUEJA
-No requiere auto que así lo ordene
-Medio: físicamente en la secretaría del juzgado de conformidad con el
artículo 108 del CPC (110 DEL CGP)
-Término: 1 día
-Finalidad: Anunciar a la parte interesada la expedición de las copias para
que las retire y se surta el trámite del recurso de queja
-El interesado dispone de tres días, contados desde el día siguiente de la
fijación del aviso para retirar las copias, so pena de declararse precluído el
término para su retiro.
23. ES UN CONCEPTO JURÍDICO QUE GIRA EN TORNO A
DOS ACEPCIONES RELACIONADAS ENTRE SÍ.
A- Es un término dentro del cual un sujeto procesal o un tercero ajeno al
proceso, puede realizar un acto procesal. (Ejm. Término de traslado de
la demanda)
B- Es un medio de publicidad para que un sujeto procesal o un tercero
ajeno al proceso, conozca de alguna circunstancia del mismo y pueda
ejercer un acto para el cual está facultado (lista de traslado)
TRASLADO
24. A- Por orden del juez
B- Directamente por secretaría sin auto que lo
ordene
CLASES DE TRASLADOS
26. 1) TRASLADO DE LA DEMANDA
› Término: 30 días que comienzan a correr una vez vencido el término común de 25 días contados a partir de la
última notificación (art. 199). Este término puede ser ampliado hasta por 30 días más contados a partir del
vencimiento del término inicial si la parte demandada decide aportar prueba pericial con la contestación de la
demanda y así se manifiesta dentro del término de traslado inicial.(art. 175)
› Regulación: ART. 172 CPACA
› FINALIDAD: CONTESTAR LA DEMANDA, PROPONER EXCEPCIONES, SOLICITAR PRUEBAS,
LLAMAR EN GARANTÍA O PRESENTAR DEMANDA DE RECONVENCIÓN
2. TRASLADO DE LAADMISIÓN DE LA REFORMA DE LA
DEMANDA
TÉRMINO : 15 días contador a partir del día siguiente a la notificación por estado del auto que la admite o 30
días si en ella se incluyen nuevos demandados, los cuales inician su cómputo de conformidad con los artículos
199 y 200
REGULACIÓN ART. 173 LEY 1437/11
FINALIDAD:PONER EN CONOCIMIENTO LA REFORMAA LA PARTE DEMANDADA PARA QUE
PUEDA CONTESTARLA, PROPONER EXCEPCIONES, SOLICITAR PRUEBAS, LLAMAR EN
GARANTÍA O PRESENTAR DEMANDA DE RECONVENCIÓN, PERO SOLO RESPECTO DE LO QUE
FUE OBJETO DE REFORMA
Por orden del juez
27. 3. TRASLADO DE LAADMISIÓN DE LA DEMANDA DE
RECONVENCIÓN
TÉRMINO : 30 días contados a partir del día siguiente de la notificación por estado del auto que la admite.
REGULACIÓN ART. 177 LEY 1437/11
FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO LAADMISIÓN DE LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN A UNO O
VARIOS DE LOS DEMANDANTES PARA QUE PUEDA CONTESTARLA, PROPONER EXCEPCIONES, SOLICITAR
PRUEBAS, LLAMAR EN GARANTÍA
4. TRASLADO DE LA DEMANDA DE NULIDAD POR
INCONSTITUCIONALIDAD.
TÉRMINO : 10 DÍAS contados a partir del día siguiente de la notificación personal
REGULACIÓN ART. 184 num 4 lit a) LEY 1437/11
FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO LAADMISIÓN DE LA DEMANDA PARA QUE LA ENTIDAD O
AUTORIDAD QUE PROFIRIÓ EL ACTO Y LAS PERSONAS QUE SEGÚN LA DEMANDA O LOS ACTOS
ACUSADOS TENGAN INTERÉS DIRECTO EN EL RESULTADO, PUEDAN CONTESTARLA, PROPONER
EXCEPCIONES, Y SOLICITAR PRUEBAS, ASÍ COMO PARA QUE EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION
RINDA CONCEPTO OBLIGATORIO.
Por orden del juez
28. 5. TRASLADO SOLICITUD INTERVENCIÓN CON FORMULACIÓN
NUEVOS CARGOS O PARA QUE LAANULACIÓN SE EXTIENDA
A OTRAS DISPOSICIONES DELACTO ACUSADO EN PROCESOS
DE SIMPLE NULIDAD – COADYUVANCIA –
TÉRMINO : 15 días a partir del día siguiente a la notificación del auto que admita la intervención
REGULACIÓN ART. 223 LEY 1437/11
FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO LA INTERVENCIÓN DEL COADYUVANTE A LA PARTE
DEMANDADA
6. TRASLADO DE LA DEMANDA DEL LITISCONSORTE
FACULTATIVO Y DEL INTERVINIENTE AD-EXCLUDENDUM
TÉRMINO : 30 días contados a partir de la notificación del auto que admita la intervención
REGULACIÓN art. 224 en consonancia con el 172 ley 1437/11
FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO LA DEMANDA FORMULADAA LAS PARTES EN EL
PROCESO PARA QUE PUEDAN . CONTESTARLA, PROPONER EXCEPCIONES, SOLICITAR
PRUEBAS, LLAMAR EN GARANTÍA, FORMULAR DEMANDA DE RECONVENCIÓN.
Por orden del juez
29. 7. TRASLADO DE LA DEMANDA DE CONTENIDO
ELECTORAL
TÉRMINO : 15 días contados a partir del dia siguiente del vencimiento de los tres días siguientes a la notificación personal
o a la surtida mediante aviso
REGULACIÓN: artículo 277 lit c y f y 279 ley 1437/11
FINALIDAD:QUE EL DEMANDADO CONTESTE LA DEMANDA, PROPONGA EXCEPCIONES, PIDA PRUEBAS.
8. TRASLADO DEL ESCRITO DE SOLICITUD DE MEDIDAS
CAUTELARES PRESENTADA CON LA DEMANDA
TÉRMINO : 5 días contados a partir del día siguiente a la notificación personal del auto que ordena el traslado
REGULACIÓN: artículo 233 ley 1437/11
FINALIDAD:PONER EN CONOCIMIENTO LA SOLICITUD A LA PARTE CONTRARIA
Por orden del juez
30. 9. TRASLADO DEL RECURSO EXTRAORDINARIO DE
UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA PARA SU
SUSTENTACIÓN
TÉRMINO : 20 días a partir de la notificación por estado de la providencia que lo concede.
REGULACIÓN: artículo 261 ley 1437/11
FINALIDAD:QUE EL RECURRENTE SUSTENTE SU RECURSO
10. TRASLADO DE LAADMISIÓN DEL RECURSO
EXTRAORDINARIO DE UNIFICACIÓN DE
JURISPRUDENCIA
TÉRMINO : 15 días contados a partir del día siguiente a la notificación respectiva de la providencia
REGULACIÓN: artículo 266 ley 1437/11
FINALIDAD:PONER EN CONOCIMIENTO LAADMISIÓN DEL RECURSO AL OPOSITOR Y MIN.
PÚBLICO SI ESTE NO FUERE EL RECURRENTE
Por orden del juez
31. 11. TRASLADO DE LA SOLICITUD PARA EXTENSIÓN DE
JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO A
TERCEROS
TÉRMINO : común de 30 días contados a partir del día siguiente al de la última notificación de la admisión de la solicitud
REGULACIÓN: artículo 269 ley 1437/11, modificado por el art. 616 del CGP
FINALIDAD: QUE LAADMINISTRACIÓN Y LAAGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURIDICA DEL ESTADO
DEMANDADA EJERZA SU DERECHO A LA DEFENSAAPORTANDO PRUEBAS
12.TRASLADO DE LA SOLIICTUD DE FIJACIÓN DE
INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA POR
IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO DE LA
SENTENCIA QUE ORDENA EL REINTEGRO
TÉRMINO : 10 días contados a partir del día siguiente a la notificación del auto respectivo
REGULACIÓN: artículo 189 ley 1437/11
FINALIDAD: QUE EL DEMANDANTE PUEDA OPONERSE Y PEDIR PRUEBAS O ACEPTAR LA SUMA ESTIMADA
POR LA DEMANDADA EN LA SOLICITUD
Por orden del juez
32. 13. TRASLADO EN CASO DE TRÁMITE CUANDO SE
REPRODUCE ACTO ANULADO.
TÉRMINO : No establece término, se surte con la notificación de la providencia que dispone el traslado (hasta
audiencia)
REGULACIÓN: art. 239 ley 1437/11
FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL Y
NULIDAD DEL ACTO REPRODUCIDO Y DE LA SUSPENSIÓN INMEDIATA ORDENADA EN LA
PROVIDENCIA, ASÍ COMO DAR A CONOCER LA FECHA DE LAAUDIENCIA DE QUE TRATA LA
NORMA.
14. TRASLADO DEL CONFLICTO DE COMPETENCIA
TÉRMINO : 3 días a partir del día siguiente a la notificación del auto que ordena correr traslado.
REGULACIÓN ART. 158 LEY 1437/11
FINALIDAD: PRESENTACIÓN ALEGATOS POR LAS PARTES
Por orden del juez
33. 15. TRASLADO DEL DICTAMEN Y DE LAS ACLARACIONES Y
COMPLEMENTACIONES CUANDO SEA EL JUEZ EL QUE LO
DECRETE
TÉRMINO : Hasta 10 días contados a partir del día siguiente a la notificación del auto que así lo dispone
REGULACIÓN: art. 222 ley 1437/11
FINALIDAD: LAS PARTES CONOZCAN Y PUEDAN CONTROVERTIR LAS ACLARACIONES Y
COMPLEMENTACIONES RENDIDAS POR EL PERITO
16. TRASLADO DEL ESCRITO DE TACHA DE FALSEDAD O
COTEJO
› Término: 3 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a
regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en secretaría. Si se corre
traslado en audiencia, no requiere la fijación en lista, aunque el término deba correr en días diferentes.
› Regulación: artículo 289 y 290 del C.P.C. y 269 y 270 del CGP
› FINALIDAD:PONER EN CONOCIMIENTO LOS ARGUMENTOS EXPUESTOS POR EL IMPUGANTE Y
POSIBILIDAD DE SOLICITAR PRUEBAS.
Por orden del juez
34. 17. TRASLADO DE LA OFERTA DE REVOCATORIA DIRECTA
TÉRMINO: Término Judicial, contado a partir del día siguiente a la notificación del auto que así lo dispone
REGULACIÓN: art. 95 ley 1437/11
FINALIDAD: QUE LA PARTE DEMANDANTE MANIFIESTE SI ACEPTA LA OFERTA DE
REVOCATORIA.
18) TRASLADO AL MINISTERIO PUBLICO PARA QUE RINDA
CONCEPTO EN TRÁMITE DE CONTROL INMEDIATO DE
LEGALIDAD.
TÉRMINO : una vez expirado el término de la publicación del aviso de que trata la norma o vencido el periodo
probatorio, si fuere procedente, se pasa el asunto por 10 días al Ministerio Público.
REGULACIÓN: artículo 185 num 5 ley 1437/11
FINALIDAD: QUE EL MINISTERIO PUBLICO RINDA CONCEPTO
Por orden del juez
35. 19. TRASLADO DE LA OBJECIÓN REALIZADA AL JURAMENTO
ESTIMATORIO.
TÉRMINO: Cinco (5) días, contado a partir del día siguiente a la notificación del auto que así lo dispone
REGULACIÓN: art. 206 ley 1564/12 (CGP)
FINALIDAD: QUE LA PARTE QUE HIZO LA ESTIMACIÓN SE PRONUNCIE RESPECTO DE LA
OBJECIÓN APORTANDO O SOLICITANDO PRUEBAS PERTINENTES.
Por orden del juez
37. 1) TRASLADO DE LAS EXCEPCIONES
› Término: 3 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a
regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente al de la fijación de la lista de traslado en secretaría.
› Regulación: ART. 175 CPACA
› FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO AL DEMANDANTE LAS EXCEPCIONES PROPUESTAS
PARA QUE PUEDA PRONUNCIARSE SOBRE ELLAS Y SOLICITAR PRUEBAS.
2) TRASLADO DEL DICTAMEN APORTADO CON LA
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
› Término: No hay término (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este
empiece a regir). Queda a disposición del demandante hasta que lo pueda controvertir (en la audiencia inicial)
› Regulación: ART. 175 CPACA pár. 3 del CPACA.
› FINALIDAD:PONER EN CONOCIMIENTO EL DICTAMEN PRACTICADO
Traslado sin orden del Juez.
38. 3) TRASLADO AL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN PARA
RENDIR CONCPETO EN NULIDAD POR
INCONSTITUCIONALIDAD
› Término: 10 días se surte con la entrega del expediente una vez se hayan practicado las pruebas o no existan
pruebas que practicar
› Regulación: artículo 184 numeral 6° ley 1437/11
› FINALIDAD: ES QUE SE RINDA CONCEPTO.
4) TRASLADO MEDIDAS CAUTELARES CUANDO SE PROPONEN
EN EL TRANSCURSO DEL PROCESO Y POR FUERA DE
DILIGENCIA O AUDIENCIA
› Término: 5 días. (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a
regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en secretaría
› Regulación: inciso 3° del art. 233 de la ley 1437/11 y el art 108 del C.P.C.
› FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO A LA PARTE DEMANDADA LA MEDIDA SOLICITA
Traslado sin orden del Juez.
39. 5) TRASLADO DEL RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO
FUERA DE AUDIENCIA (auto emitido por escrito)
› Término: 2 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a
regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en secretaría
› Regulación: art. 242 de la ley 1437/11 y el art 349 del C.P.C.
› FINALIDAD: PONER EN CONOCIEMIENTO EL RECURSO FORMULADO
6) TRASLADO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO
INTERPUESTO FUERA DE AUDIENCIA (auto emitido por escrito)
› Término: 3 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a
regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en secretaría
› Regulación: art. 244 de la ley 1437/11
› FINALIDAD: PONER EN CONOCIEMIENTO LA SUSTENTANCION DEL RECURSO FORMULADO
Traslado sin orden del Juez.
40. 7) TRASLADO ESPECIAL AL MINISTERIO PÚBLICO PARA RENDIR
CONCEPTO EN TRÁMITE DE APELACIÓN DE SENTENCIA
› Término: 10 días, corre a partir del vencimiento del término que tienen las partes para alegar – No hay lugar al
retiro del expediente-
› Regulación: art. 247 num, 4 del cpaca modificado por el art. 623 DEL CGP
› FINALIDAD: QUE EL MINISTERIO PÚBLICO RINDA CONCEPTO
8) TRASLADO DEL RECURSO DE QUEJA
› Término: 2 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a
regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en secretaría
› Regulación: art. 245 del cpaca y 378 del C.P.C.
› FINALIDAD: QUE EL NO RECURRENTE PUEDA PRONUNCIARSE FRENTE AL RECURSO
Traslado sin orden del Juez.
41. 9) TRASLADO DEL RECURSO DE SÚPLICA
› Término: 2 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este
empiece a regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en
secretaría
› Regulación: art. 246 de la ley 1437/11
› FINALIDAD:PONER EN CONOCIEMIEN TO EL RECURSO FORMULADO
10) TRASLADO DE LA LIQUIDACIÓN DE COSTAS
› Término: 3 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este
empiece a regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en
secretaría
› Regulación: NUMERAL 4º DEL ART. 393 DEL C.P.C. en armonía con el 188 del CPACA
› FINALIDAD: QUE LAS PARTES PUEDAN OBJETAR LA LIQUIDACIÓN
Traslado sin orden del Juez.
42. Traslado sin orden del Juez.
11) TRASLADO DEL ESCRITO DE OBJECIÓN A LA
LIQUIDACIÓN DE COSTAS
Término: 2 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este
empiece a regir) Inicia cómputo a partir del día siguiente de la fijación de la lista de traslado en secretaría
Regulación: NUMERAL 6º DEL ART. 393 DEL C.P.C. 188 DEL CPACA
FINALIDAD: PONER EN CONOCIMIENTO LA OBJECIÓN PRESENTADA
12) TRASLADO DEL ESCRITO DE RECUSACIÓN DEL
PERITO DESIGNADO POR EL JUEZ
Término: hasta la fecha señalada para la diligencia de posesión (se debe aplicar lo dispuesto en el
artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este empiece a regir)
Regulación: ULTIMO INCICO ART. 219 CPACA en armonía con el Inciso 2 del artículo 235 DEL
C.P.C.
FINALIDAD: el perito y la otra parte podrán solicitar pruebas relacionadas con la recusación
43. Traslado sin orden del Juez.
13) TRASLADO DEL DICTAMEN APORTADO DENTRO DEL
TRASLADO DE LA OBJECIÓN AL JURAMENTO ESTIMATORIO.
Término: 3 días (se debe aplicar lo dispuesto en el artículo 108 del CPC y 110 del CGP cuando este
empiece a regir). Queda a disposición de la parte que hizo la objeción hasta que lo pueda controvertir (en
la audiencia respectiva)
Regulación: ART. 175 CPACA pár. 3 del CPACA.
FINALIDAD:PONER EN CONOCIMIENTO EL DICTAMEN APORTADO