El documento habla sobre el capital social en las sociedades. Explica que el capital social es el fondo común con el que la sociedad comienza sus actividades y ofrece garantía a terceros. Debe estar fijado en el contrato social y expresado en moneda corriente. El capital social cumple funciones de garantía, organización y productividad. Los socios realizan aportes que pueden ser de capital o prestaciones accesorias. Se establecen reglas sobre la mora en los aportes, valuación de aportes, infracapitalización y responsabilidad de
Este documento define una sociedad anónima y describe sus características principales. En resumen:
1) Una sociedad anónima es una sociedad de capitales con responsabilidad limitada cuyo capital está representado en acciones negociables, separando la propiedad de la administración.
2) Las características incluyen que es una sociedad capitalista basada en aportes de capital, con división del capital en acciones negociables y responsabilidad limitada de los socios. Está regida por tres órganos: asamblea general de socios, ór
Este documento describe los principios legales que rigen las sociedades civiles en México. Estas se constituyen mediante un contrato donde los socios combinan sus recursos para lograr un fin económico común y dividen ganancias y pérdidas. La asamblea es el órgano supremo que toma decisiones obligatorias por mayoría de votos. Los administradores gestionan la sociedad y deben rendir cuentas cuando la mayoría de socios lo pida.
Este documento presenta el programa del Curso de Sociedades de la Unidad III sobre Sociedades de Personas y EIRL. Se revisarán conceptos sobre sociedades colectivas civiles y comerciales, sociedades de responsabilidad limitada y empresas individuales de responsabilidad limitada a lo largo de 4 clases. El programa incluye definiciones, características y aspectos generales de estas formas societarias.
La sociedad de responsabilidad limitada en México se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se constituye entre socios que solo están obligados al pago de sus aportaciones. La sociedad tiene personalidad jurídica propia y se representa a través de administradores. Las asambleas de socios toman las decisiones más importantes de la sociedad y los administradores gestionan la operación diaria.
El documento describe los aspectos fundamentales de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) en Argentina. Explica que una S.R.L. tiene socios con responsabilidad limitada y participaciones iguales e indivisibles. También cubre temas como la administración, transferencia de participaciones, exclusión de socios, y más.
Este documento describe las características y regulaciones de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en Perú. Define que los socios no superan los 20 y no responden personalmente por las deudas de la sociedad. La administración está a cargo de uno o más gerentes que representan a la sociedad. También establece reglas sobre la transmisión de participaciones sociales, la exclusión de socios, y las estipulaciones que debe incluir el pacto social.
Este documento resume las principales características de las cuatro formas societarias más comunes en Colombia: la Sociedad Anónima (S.A.), la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) y la Sociedad Comanditaria. Describe aspectos como su constitución, número de socios/accionistas, formación del capital, responsabilidad de los propietarios y requisitos de revisor fiscal para cada tipo de sociedad.
El documento describe las características de las sociedades civiles, asociaciones civiles y mercantiles. Explica que una sociedad es un grupo de personas que se unen para alcanzar fines comunes, mientras que una asociación es un grupo que se reúne para un fin no económico. También describe los tipos de responsabilidad de los socios, como la responsabilidad subsidiaria, solidaria e ilimitada, y los conceptos de capital social, aportaciones de los socios y patrimonio social.
Este documento define una sociedad anónima y describe sus características principales. En resumen:
1) Una sociedad anónima es una sociedad de capitales con responsabilidad limitada cuyo capital está representado en acciones negociables, separando la propiedad de la administración.
2) Las características incluyen que es una sociedad capitalista basada en aportes de capital, con división del capital en acciones negociables y responsabilidad limitada de los socios. Está regida por tres órganos: asamblea general de socios, ór
Este documento describe los principios legales que rigen las sociedades civiles en México. Estas se constituyen mediante un contrato donde los socios combinan sus recursos para lograr un fin económico común y dividen ganancias y pérdidas. La asamblea es el órgano supremo que toma decisiones obligatorias por mayoría de votos. Los administradores gestionan la sociedad y deben rendir cuentas cuando la mayoría de socios lo pida.
Este documento presenta el programa del Curso de Sociedades de la Unidad III sobre Sociedades de Personas y EIRL. Se revisarán conceptos sobre sociedades colectivas civiles y comerciales, sociedades de responsabilidad limitada y empresas individuales de responsabilidad limitada a lo largo de 4 clases. El programa incluye definiciones, características y aspectos generales de estas formas societarias.
La sociedad de responsabilidad limitada en México se rige por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Se constituye entre socios que solo están obligados al pago de sus aportaciones. La sociedad tiene personalidad jurídica propia y se representa a través de administradores. Las asambleas de socios toman las decisiones más importantes de la sociedad y los administradores gestionan la operación diaria.
El documento describe los aspectos fundamentales de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) en Argentina. Explica que una S.R.L. tiene socios con responsabilidad limitada y participaciones iguales e indivisibles. También cubre temas como la administración, transferencia de participaciones, exclusión de socios, y más.
Este documento describe las características y regulaciones de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en Perú. Define que los socios no superan los 20 y no responden personalmente por las deudas de la sociedad. La administración está a cargo de uno o más gerentes que representan a la sociedad. También establece reglas sobre la transmisión de participaciones sociales, la exclusión de socios, y las estipulaciones que debe incluir el pacto social.
Este documento resume las principales características de las cuatro formas societarias más comunes en Colombia: la Sociedad Anónima (S.A.), la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), la Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) y la Sociedad Comanditaria. Describe aspectos como su constitución, número de socios/accionistas, formación del capital, responsabilidad de los propietarios y requisitos de revisor fiscal para cada tipo de sociedad.
El documento describe las características de las sociedades civiles, asociaciones civiles y mercantiles. Explica que una sociedad es un grupo de personas que se unen para alcanzar fines comunes, mientras que una asociación es un grupo que se reúne para un fin no económico. También describe los tipos de responsabilidad de los socios, como la responsabilidad subsidiaria, solidaria e ilimitada, y los conceptos de capital social, aportaciones de los socios y patrimonio social.
Este documento describe diferentes tipos de sociedades en Ecuador, incluyendo sociedades en nombre colectivo, sociedades en comandita simple, y sociedades de responsabilidad limitada. Define cada tipo de sociedad, sus requisitos de constitución, estructura de capital, administración, derechos y responsabilidades de los socios. Además, explica conceptos contables básicos relacionados con las aportaciones de capital, retiros de socios y distribución de utilidades.
Una sociedad de hecho es una asociación entre dos o más personas para realizar una actividad económica sin constituirse formalmente como sociedad. Las sociedades de hecho no tienen personalidad jurídica y los derechos y obligaciones adquiridos por la sociedad recaen en los socios de manera solidaria e ilimitada. Las sociedades de hecho se caracterizan por su existencia precaria y su representación promiscua, y no pueden registrar bienes a su nombre.
La organización de una compañía limitada requiere la constitución de un contrato entre dos o más socios que establezca la razón social, el objeto, la duración y las formas de deliberación. Los socios aportan capital en efectivo o en especie y asumen responsabilidades limitadas al valor de sus aportaciones. La junta general de socios es el órgano máximo de decisión que designa administradores para la gestión ordinaria bajo principios de diligencia y sometimiento a las resoluciones sociales.
cia_ltda._diapositiva corregida con minuta 2.0.pptxAnnahir1
Este documento describe las características y requisitos de una compañía de responsabilidad limitada según la legislación ecuatoriana. Explica que este tipo de compañía tiene entre 1 y 15 socios con responsabilidad limitada a sus aportaciones. Se requiere un capital mínimo de $400 USD y la razón social debe incluir "Compañía Limitada". Detalla los pasos para constituirla, incluyendo reservar el nombre, elaborar la escritura, inscribirla y obtener el RUC. Finalmente, resume los derechos, obligaciones y estructura
El documento resume la legislación comercial aplicable a las sociedades anónimas en Colombia. Explica que estas sociedades se constituyen mediante escritura pública, deben tener una razón social y un mínimo de 5 socios. La administración recae en la asamblea general de accionistas que elige la junta directiva, el representante legal y el revisor fiscal. Las decisiones se toman por mayoría de votos en la asamblea.
El documento describe las características de una sociedad de responsabilidad limitada. Estas incluyen que los socios solo son responsables hasta el monto de sus aportaciones, el capital se divide en partes sociales no negociables, y el capital mínimo debe ser de al menos $3,000 pesos mexicanos. También describe los órganos de la sociedad como la asamblea de socios, administración, y consejo de vigilancia.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley General de Sociedades de Perú. Describe las modalidades de constitución de sociedades, los requisitos de pluralidad de socios, la adquisición de personalidad jurídica, la validez de convenios entre socios, los requisitos de denominación o razón social, el objeto social, los alcances de la representación de la sociedad, los actos que no obligan a la sociedad, la duración y el domicilio de la sociedad, los requisitos de los aportes de los socios
La sociedad de responsabilidad limitada es una unión de dos o más socios cuya responsabilidad por las deudas de la empresa se limita al capital aportado. Se constituye mediante escritura pública que establece el capital social dividido en cuotas, el objeto social, la administración y otros aspectos.
El documento proporciona información sobre diferentes tipos de sociedades mercantiles, incluyendo sus características, responsabilidades de los socios, y procesos de constitución. Se definen y comparan las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, en nombre colectivo, en comandita simple, y en comandita por acciones.
El documento describe las características fundamentales de las sociedades mercantiles en México. Explica los tipos de sociedades reconocidas legalmente, los requisitos para su constitución como personalidad jurídica, y los pasos del proceso de liquidación al disolverse una sociedad.
Este documento describe los elementos y proceso de constitución de una sociedad de acuerdo a la legislación peruana. Define una sociedad como un acuerdo de voluntades de personas con un interés común para realizar actividades económicas. Explica que la constitución de una sociedad requiere aportes, un pacto social en escritura pública, la inscripción en un registro y la publicación de su denominación o razón social.
Este documento define las sociedades civiles y describe sus características principales. Una sociedad civil es un contrato entre dos o más personas para compartir dinero, bienes o industria con el objetivo de repartir ganancias. Existen dos tipos: ordinarias, donde los socios responden ilimitadamente por las deudas, y de responsabilidad limitada, donde la responsabilidad está limitada a las aportaciones. Las sociedades civiles se rigen por la ley de sociedades y su normativa.
Este documento trata sobre la formación del capital social y los títulos de las sociedades de capital, en particular acciones y participaciones. Explica que el capital social se forma mediante aportaciones de los socios, que pueden ser dinerarias o no dinerarias. Las aportaciones no dinerarias requieren más requisitos como una valoración por un experto independiente. También habla sobre las diferentes clases de aportaciones y las prestaciones accesorias. Finalmente, analiza las diferencias entre acciones en sociedades anónimas y participaciones en sociedades limitadas
Este documento resume los tipos de sindicatos de accionistas, incluyendo sindicatos de mando, defensa y bloqueo. También describe conceptos clave como denominación social, razón social, duración de la sociedad, patrimonio social, principios del capital social, aportes, responsabilidad de nuevos socios, nulidad del pacto social y acuerdos societarios, beneficios y pérdidas, y reparto de utilidades.
El documento describe las características fundamentales de las personas y las personas jurídicas. Indica que toda persona humana puede tener derechos y obligaciones, y que en Argentina el Código Civil reconoce la existencia de las personas desde la concepción. También explica que las personas jurídicas tienen una personalidad jurídica propia y capacidad para actuar como sujetos de derecho, naciendo por un acto jurídico y pudiendo requerir publicidad e inscripción en un registro público.
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitadaMariano1205
La sociedad de responsabilidad limitada es una sociedad mercantil donde el capital social está dividido en cuotas de diferente o igual valor representadas por títulos, y donde la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. Los socios solo están obligados a cubrir al ente social el monto de su aportación. Los socios tienen derechos como participar en las utilidades proporcionalmente a su aporte y tener preferencia para adquirir cuotas de otros socios.
Este documento describe los procesos de disolución y liquidación de una sociedad mercantil. Explica que una disolución puede ser parcial o total, y que una disolución total da como resultado la liquidación del patrimonio de la sociedad. También detalla las causas y efectos de una disolución total, el proceso de liquidación y las responsabilidades de los liquidadores.
Este documento describe diferentes tipos de sociedades en Ecuador, incluyendo sociedades en nombre colectivo, sociedades en comandita simple, y sociedades de responsabilidad limitada. Define cada tipo de sociedad, sus requisitos de constitución, estructura de capital, administración, derechos y responsabilidades de los socios. Además, explica conceptos contables básicos relacionados con las aportaciones de capital, retiros de socios y distribución de utilidades.
Una sociedad de hecho es una asociación entre dos o más personas para realizar una actividad económica sin constituirse formalmente como sociedad. Las sociedades de hecho no tienen personalidad jurídica y los derechos y obligaciones adquiridos por la sociedad recaen en los socios de manera solidaria e ilimitada. Las sociedades de hecho se caracterizan por su existencia precaria y su representación promiscua, y no pueden registrar bienes a su nombre.
La organización de una compañía limitada requiere la constitución de un contrato entre dos o más socios que establezca la razón social, el objeto, la duración y las formas de deliberación. Los socios aportan capital en efectivo o en especie y asumen responsabilidades limitadas al valor de sus aportaciones. La junta general de socios es el órgano máximo de decisión que designa administradores para la gestión ordinaria bajo principios de diligencia y sometimiento a las resoluciones sociales.
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Este documento describe las características y requisitos de una compañía de responsabilidad limitada según la legislación ecuatoriana. Explica que este tipo de compañía tiene entre 1 y 15 socios con responsabilidad limitada a sus aportaciones. Se requiere un capital mínimo de $400 USD y la razón social debe incluir "Compañía Limitada". Detalla los pasos para constituirla, incluyendo reservar el nombre, elaborar la escritura, inscribirla y obtener el RUC. Finalmente, resume los derechos, obligaciones y estructura
El documento resume la legislación comercial aplicable a las sociedades anónimas en Colombia. Explica que estas sociedades se constituyen mediante escritura pública, deben tener una razón social y un mínimo de 5 socios. La administración recae en la asamblea general de accionistas que elige la junta directiva, el representante legal y el revisor fiscal. Las decisiones se toman por mayoría de votos en la asamblea.
El documento describe las características de una sociedad de responsabilidad limitada. Estas incluyen que los socios solo son responsables hasta el monto de sus aportaciones, el capital se divide en partes sociales no negociables, y el capital mínimo debe ser de al menos $3,000 pesos mexicanos. También describe los órganos de la sociedad como la asamblea de socios, administración, y consejo de vigilancia.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley General de Sociedades de Perú. Describe las modalidades de constitución de sociedades, los requisitos de pluralidad de socios, la adquisición de personalidad jurídica, la validez de convenios entre socios, los requisitos de denominación o razón social, el objeto social, los alcances de la representación de la sociedad, los actos que no obligan a la sociedad, la duración y el domicilio de la sociedad, los requisitos de los aportes de los socios
La sociedad de responsabilidad limitada es una unión de dos o más socios cuya responsabilidad por las deudas de la empresa se limita al capital aportado. Se constituye mediante escritura pública que establece el capital social dividido en cuotas, el objeto social, la administración y otros aspectos.
El documento proporciona información sobre diferentes tipos de sociedades mercantiles, incluyendo sus características, responsabilidades de los socios, y procesos de constitución. Se definen y comparan las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, en nombre colectivo, en comandita simple, y en comandita por acciones.
El documento describe las características fundamentales de las sociedades mercantiles en México. Explica los tipos de sociedades reconocidas legalmente, los requisitos para su constitución como personalidad jurídica, y los pasos del proceso de liquidación al disolverse una sociedad.
Este documento describe los elementos y proceso de constitución de una sociedad de acuerdo a la legislación peruana. Define una sociedad como un acuerdo de voluntades de personas con un interés común para realizar actividades económicas. Explica que la constitución de una sociedad requiere aportes, un pacto social en escritura pública, la inscripción en un registro y la publicación de su denominación o razón social.
Este documento define las sociedades civiles y describe sus características principales. Una sociedad civil es un contrato entre dos o más personas para compartir dinero, bienes o industria con el objetivo de repartir ganancias. Existen dos tipos: ordinarias, donde los socios responden ilimitadamente por las deudas, y de responsabilidad limitada, donde la responsabilidad está limitada a las aportaciones. Las sociedades civiles se rigen por la ley de sociedades y su normativa.
Este documento trata sobre la formación del capital social y los títulos de las sociedades de capital, en particular acciones y participaciones. Explica que el capital social se forma mediante aportaciones de los socios, que pueden ser dinerarias o no dinerarias. Las aportaciones no dinerarias requieren más requisitos como una valoración por un experto independiente. También habla sobre las diferentes clases de aportaciones y las prestaciones accesorias. Finalmente, analiza las diferencias entre acciones en sociedades anónimas y participaciones en sociedades limitadas
Este documento resume los tipos de sindicatos de accionistas, incluyendo sindicatos de mando, defensa y bloqueo. También describe conceptos clave como denominación social, razón social, duración de la sociedad, patrimonio social, principios del capital social, aportes, responsabilidad de nuevos socios, nulidad del pacto social y acuerdos societarios, beneficios y pérdidas, y reparto de utilidades.
El documento describe las características fundamentales de las personas y las personas jurídicas. Indica que toda persona humana puede tener derechos y obligaciones, y que en Argentina el Código Civil reconoce la existencia de las personas desde la concepción. También explica que las personas jurídicas tienen una personalidad jurídica propia y capacidad para actuar como sujetos de derecho, naciendo por un acto jurídico y pudiendo requerir publicidad e inscripción en un registro público.
Marclo legal. sociedad de responsabilidad limitadaMariano1205
La sociedad de responsabilidad limitada es una sociedad mercantil donde el capital social está dividido en cuotas de diferente o igual valor representadas por títulos, y donde la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. Los socios solo están obligados a cubrir al ente social el monto de su aportación. Los socios tienen derechos como participar en las utilidades proporcionalmente a su aporte y tener preferencia para adquirir cuotas de otros socios.
Este documento describe los procesos de disolución y liquidación de una sociedad mercantil. Explica que una disolución puede ser parcial o total, y que una disolución total da como resultado la liquidación del patrimonio de la sociedad. También detalla las causas y efectos de una disolución total, el proceso de liquidación y las responsabilidades de los liquidadores.
Investigacion: Declaracion de singapur.pdfMdsZayra
Se presenta la Declaracion de Singapur, esta se relaciona con la integridad de la investigacion y su importancia en las diferentes organizaciones habaladas por la SUNEDU y el CONCYTEC en el Peru, ya que muchos investigadores han surgido en los ultimos tiempos y con el mundo de la virtualidad podemos aparecer en todos lados como autores principales, este modelo tiene sus bases al mismo modo que los pricipios eticos de cualquier invetigacion en el peru.
La integridad de la investigación es sustancial para su aporte y valor
independientemente del modo y la forma de organizar la investigación existen
principios y responsabilidades que todo profesional debe ejecutar con el fin de
mantenerla. La Declaración de Singapur sobre la Integridad en la
Investigación fue elaborada en el marco de la segunda
Conferencia Mundial sobre Integridad en la Investigación,
21‐24 de julio de 2010, en Singapur, como una guía global
para la conducta responsable en la investigación.
Principios: Honestidad en todos los aspectos de la investigación
Responsabilidad en la ejecución de la investigación
Cortesía profesional e imparcialidad en las relaciones
laborales
Buena gestión de la investigación en nombre de otros
Responsabilidades: 1. Integridad: Los investigadores deberían hacerse responsables de la honradez de sus
investigaciones.
2. Cumplimiento de las normas: Los investigadores deberían tener conocimiento de las normas y
políticas relacionadas con la investigación y cumplirlas.
3. Métodos de investigación: Los investigadores deberían aplicar métodos adecuados, basar sus
conclusiones en un análisis crítico de la evidencia e informar sus resultados e interpretaciones de
manera completa y objetiva.
4. Documentación de la investigación: Los investigadores deberían mantener una documentación
clara y precisa de toda la investigación, de manera que otros puedan verificar y reproducir sus
trabajos.
5. Resultados de la investigación: Los investigadores deberían compartir datos y resultados de forma
abierta y sin demora, apenas hayan establecido la prioridad sobre su uso y la propiedad sobre ellos.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
2. Concepto
• El fondo común inicial con el que la
sociedad comenzará sus actividades, sin el
cual no puede hablarse de “Sociedad”;
• Garantía con la que cuentan los terceros
para el cobro de sus acreencias;
• Suma delos aportes de los Socios.
2
3. Concepto
• Debe estar fijado en el Contrato Social;
• Es un dato “estático”;
• Existen montos mínimos;
• Debe ser correlativo con el objeto social;
• Expresado en moneda corriente;
• Atributo de la personalidad.
3
4. Función del Capital
• Garantía: cifra de responsabilidad frente
a 3º;
• Organización: parámetro de derechos y
obligaciones de los socios y de su situación
frente a los 3ºs;
• Productividad: fondo patrimonial para
la obtención de beneficios, mediante una
determinada actividad empresarial.
4
5. Momentos del Capital
• Suscripción: al momento del
contrato. Es la indicación del monto
al que el Socio se compromete;
• Integración: es el “pago” efectivo de
los mismos. Puede ser total o parcial.
5
6. Capital y Patrimonio
• Al momento fundacional, son lo mismo;
• El Capital es un monto estático colocado
en el contrato constitutivo;
• El Patrimonio es el conjunto de derechos
y obligaciones de valor pecuniario
pertenecientes a la sociedad
6
7. Principios ordenadores del Capital
• De determinación del Capital Social:
incorporado al contrato como elemento esencial
no tipificante;
• De Invariabilidad: salvo decisión expresa del
órgano de gobierno y modificación del contrato
constitutivo;
• De intangibilidad: se busca mantener la relación
entre el Patrimonio y el Valor Nominal del
capital;
7
8. Principios ordenadores del Capital –
Cont.
• De correspondencia: necesaria
correspondencia del Capital a los bienes
efectivos que constituyen el Patrimonio
(El P no puede ser menor al K);
• De realidad: los capitales no pueden ser
ficticios;
• Exigencia de Capital mínimo: en caso de
S.A art. 186
8
9. Aportes
9
Obligaciones que se
realizan con el objeto
de ser aplicadas a la
producción o
intercambio de
bienes o servicios
Otorga
calidad de
socio
Obligaciones
Dar Hacer
No Hacer
Lícito
y Serio
10. 10
Obligaciones de
Hacer
No se
incorpora al
Capital Social
Prestación
Sucesiva y
continuada
No ofrece
garantías
contra terceros
Socio
Industrial
No se admite en
Sociedades donde los
socios gozan de
responsabilidad limitada
No es
susceptible de
Ejecución
forzada
11. 11
Obligaciones de Dar
Puede ser
Sumas de
Dinero
Bienes susceptibles
de Ejecución
Forzada
Solo en SRL , SCA y SA
Derechos,
Créditos contra
terceros, bienes
inmateriales
12. Aporte
• Puede hacerse en propiedad, usufructo,
locación, habitación, u otros derechos que
no impliquen el cambio en de titularidad
del bien aportado;
• El aporte de uso y goce solo es válido en
Sociedades por partes de interés s/art.
45LGS
12
13. Mora en el aporte – Art. 37 LGS
• Se produce por el mero vencimiento del plazo
pactado para la integración;
• Se deben resarcir los daños generados por la
mora, más intereses;
• Si no se pacto un plazo para la integración se
cuenta desde la inscripción de la Sociedad;
• No afecta la validez de la existencia de la
sociedad;
• Prescripción de la acción: 5 años
13
14. Exclusión de Socio por Mora
• Decisión adoptada por la misma mayoría exigida
para la reforma del contrato social, salvo
estipulación en contrario en contrato;
• No vota el socio a excluir;
• Puede ser solicitada judicialmente;
• Se puede pedir en caso de incumplimiento total
o parcial;
14
15. Mora en Sociedades por Acciones–
Arts. 192y 193 LGS
• Se suspenden los derechos inherentes a las acciones
en mora;
• Se puede disponer en estatuto, que los derechos de
suscripción de las acciones en mora sean vendidos
en remate público o por agente de bolsa;
• El suscriptor en mora debe pagar los gastos del
remate más intereses moratorios;
• Se puede establecer la caducidad de derechos, previa
intimación a integrar en un plazo de 30 días con
pérdida de las sumas abonadas, sin perjuicio de la
potestad de la sociedad de ejecutar el contrato de
suscripción
15
16. Aporte de Bienes Registrables –
art.38LGS
• Se realiza una inscripción preventiva a nombre
de la Sociedad en Formación;
• Una vez inscripta se realiza la inscripción
definitiva;
• Pueden ser: inmuebles, automotores, buques,
aeronaves, caballos, derechos intelectuales,
acciones, marcas y patentes, entre otros.
• Se admite para las sociedades irregulares (art.
23 LGS)
16
17. Aporte de Derechos – Art. 40 LGS
• Deben estar debidamente instrumentados;
• No deben ser litigiosos;
• Pueden ser: derechos intelectuales, bienes
inmateriales, patentes de invención, marcas y
diseños industriales, concesiones
administrativas, beneficios por servicios
realizados;
• Se excluye: el crédito, la clientela, el nombre
comercial, el fondo de comercio;
• La forma de instrumentarse deberá estarse al
derecho a aportar.
17
18. Aporte de Créditos – Art. 41LGS
• La sociedad es cesionaria por la sola
constancia en el contrato social;
• El aportante responde por la existencia y
legitimidad del crédito, pero no de la
solvencia del deudor;
• Si al vencimiento no es cobrado, el aportante
tendrá 30 días para aportar la suma de
dinero equivalente;
• Los títulos valores se somenten a la
naturaleza de los mismos.
18
19. Aporte de Bienes Gravados – art.43
LGS
• Los bienes gravados se aportan por el
valor con deducción del gravamen;
• Se debe especificar monto y
naturaleza del gravamen;
• En caso de hipotecas, se debe contar
con el consentimiento del acreedor y
la sociedad se hace cargo de la misma.
19
20. Garantía de evicción – art. 46 LGS
La evicción autoriza la exclusión
del socio, sin perjuicio de su
responsabilidad por los daños
ocasionados. Si no es excluido,
deberá el valor del bien y la
indemnización de los daños
ocasionados.
20
21. Reemplazo del Bien – art. 47 LGS
El socio responsable de la evicción
podrá evitar la exclusión si
reemplaza el bien cuando fuere
sustituible por otro de igual
especie y calidad, sin perjuicio de
su obligación de indemnizar los
daños ocasionados.
21
22. Valuación de Aportes
• El valor se determina por convención entre
partes;
• Títulos Cotizables: se puede fijar el valor dela
cotización de la fecha del aporte o el día anterior
o hasta el del último día de cotización si se
registrare alguna dentro de los 3 meses;
• Para aquellos títulos valores que no tengan
sistema de cotización se les aplica el
procedimiento de valuación de los aportes en
especie.
22
23. Valuación de aportes en especie
• Sociedades de Personas: el método se debe
explicitar en el contrato constitutivo;
• SCS y SRL: indicación en el contrato de los
antecedentes que justifican la valuación.
Sobrevaluación: art. 150 LGS. Diferencias:
art. 52 LGS.
• SCA y SA: la valuación debe ser autorizada
por la autoridad de contralor.
23
24. Prestaciones Accesoria – art. 50 LGS
• Integran el Patrimonio de la sociedad, pero no el
Capital;
• No acrecenta el aporte del socio;
• Puede ser: prestaciones personales, asistencia
técnica, obligaciones de “no hacer”;
• NO DINERARIA
• Son importantes en SRL, SCA y SA;
• Se deben determinar en el contrato: naturaleza,
duración, modalidad y sanciones por
incumplimiento;
24
25. Prestaciones Accesoria – art. 50 LGS
• Admiten ser gratuitas o con retribución;
• En SRL cuando sea conexa a una cuota parte,
para su transferencia, salvo disposición en
contrario, deberá contar con la aprobación de la
mayoría necesaria para la modificación del
contrato social;
• En S.A. deberán ser nominativas y se necesita la
conformidad del directorio;
• Ojo! LCT
25
26. Infracapitalización
Es necesario la existencia de un
adecuado fondeo para la empresa
explotada por la sociedad, de modo
que su insolvencia no perjudique a los
acreedores.
Implica la transferencia del riesgo de la
empresa a lo acreedores.
26
27. Infracapitalización nominal o formal
• los socios suministran recursos en cantidad
suficiente pero bajo un concepto distinto al del
aporte;
• Los socios recurren a créditos o préstamos
generados por ellos mismos. Estos no integran el
Capital. En caso de liquidación, al ser acreedores
pueden pretender recuperar los recursos
aportados.
27
28. Infracapitalización real o material
El capital propio de la sociedad no es
suficiente para satisfacer, de acuerdo al
tipo y dimensión de la actividad
económica efectiva o propuesta, las
necesidades financieras de mediano y
largo plazo no susceptibles de ser
normalmente cubierto por créditos de
terceros.
28
29. Infracapitalización – art. 54 LGS
El daño ocurrido a la sociedad por dolo o culpa de
socios o de quienes no siéndolo la controlen
constituye a sus autores en la obligación
solidaria de indemnizar sin que puedan alegar
compensación con el lucro que su actuación
haya proporcionado en otros negocios.
El socio o controlante que aplicará los fondos o
efectos de la sociedad a uso o negocio de cuenta
propia o de tercero está obligado a traer a la
sociedad las ganancias resultantes siendo las
pérdidas de su cuenta exclusiva.
29
30. Art. 54 LGS – cont.
La actuación de la sociedad que encubra la
consecución de fines extrasocietarios constituya
un mero recurso para violar la ley, el orden
público o la buena fe o para frustrar derechos de
terceros, se imputará directamente a los socios o
a los controlantes que la hicieron posible,
quienes responderán solidaria e ilimitadamente
por los perjuicios causados.
30