1. Ashley Y. Torres Agosto 22 SOFI 3067 L03
845- 11- 8944 Prof. Josefina Rodríguez Beltrán
Código de Ética
El Código de Ética establece lo que es bueno, malo, permitido o deseado respecto a una
acción o decisión. Los códigos de ética permiten a las empresas incorporar e implementar a
través de declaraciones de principios y valores, fundamentos morales y éticos de carácter
universal, dentro de la vida diaria de una organización. El código de ética en una empresa, debe
surgir como una parte integral de la cultura organizacional. Esta cultura organizacional
determina los patrones, valores, símbolos, lenguaje, historias y prácticas de la empresa, los
cuales se ven reflejados en la forma en que sus directores, gerentes o administradores la
conducen, y cómo los colaboradores se desempeñan en la misma. El código de ética es un
documento que recoge todos los elementos anteriormente enunciados y que permite a la
organización contar con lineamientos claros que establecen pautas de conducta que deben
respetarse tanto por los directivos y dueños, como por los trabajadores de una empresa en sus
acciones diarias. Los trabajadores tienen una serie de derechos garantizados por instrumentos
internacionales de derechos humanos y laborales y mediante la legislación laboral nacional. En
muchos lugares, estos derechos no son respetados o aplicados, por diversas razones. Los códigos
son, por tanto, otra forma de articular estos derechos. Los diversos códigos tratan sobre los
derechos laborales de distinta manera. Algunos son más firmes que otros a la hora de proteger
los derechos de los trabajadores.
Ejemplo de un Código de Ética
1. Aceptar completa responsabilidad por su trabajo.
2. Moderar los intereses del ingeniero del software, el empresario, el cliente y los usuarios
con los del bienestar público.
3. Dar el visto bueno al software sólo si se tiene fundada creencia de que es seguro, cumple
las especificaciones, ha pasado las pruebas pertinentes y no disminuye la calidad de la
vida, disminuye la confidencialidad o daña al medio ambiente. El efecto último del
trabajo debiera ser el bienestar público.
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4. Mostrar a las personas o autoridades correspondientes cualquier peligro real o potencial
para el usuario, la sociedad o el medio ambiente, que consideren, de manera razonable,
que esté asociado con el software, o documentos relacionados.
5. Cooperar en las materias relacionadas con las preocupaciones graves causadas por el
software, su instalación, mantenimiento, soporte o documentación.
6. Ser justo y veraz en todas las afirmaciones, especialmente en las que sean públicas,
relativas al software o documentos relacionados, métodos y herramientas.
7. Considerar las cuestiones de discapacidades físicas, asignación de recursos, desventajas
económicas y otros factores que puedan disminuir el acceso a los beneficios del software.
8. Estar dispuesto a donar las capacidades profesionales para buenas causas y contribuir a
la educación del público en general con respecto a esta disciplina.
9. Promover máxima calidad, costo aceptable, y un plazo razonable, garantizando que
quedan claros los compromisos significativos al respecto, y que los aceptan el empresario
y el cliente, y que están disponibles para consideración por el usuario y el público en
general.
10. Garantizar objetivos adecuados y alcanzables para cualquier proyecto en el que trabajen o
lo vayan a hacer.
11. Identificar, definir, y examinar temas éticos, económicos, culturales, legales y
medioambientales relacionados con cualquier proyecto.
Otro ejemplo de un Código de Ética:
Trabajo infantil:
· Edad mínima: 15, ó superior si la legislación local impone una edad mínima superior; ó 14 si el
país figura entre los que pueden aplicar exenciones en base al
Convenio No. 138 de la OIT.
· Corrección y apoyo adecuado a los niños que abandonen el mundo laboral.
· No se empleará a niños o jóvenes para trabajar durante las horas de la jornada escolar ni se les
expondrá a condiciones peligrosas
Trabajo forzoso:
· Prohibido. No se exigirán depósitos ni se retendrán los documentos de identidad de los
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trabajadores.
Acoso o abuso:
· No se aplicarán castigos corporales, coerción mental o física, ni agresión verbal.
· Abstenerse de comportamiento sexualmente coercitivo, abusivo.
Seguridad e Higiene
· Se requiere un medio ambiente de trabajo sano y seguro.
· Nombramiento de representantes y establecimiento de un sistema para proteger la seguridad e
Higiene de los trabajadores.
· Cuartos de baños limpios, agua potable y formación regular.
· Los dormitorios, cuando se provean, deben ser limpios y seguros.
Libertad de asociación
· Respeto del derecho a formar y afiliarse a sindicatos y a las negociaciones colectivas.
· Si los sindicatos están restringidos por la ley, facilitar formas paralelas de alcanzar los mismos
objetivos.
· No discriminación hacia los representantes sindicales.
· Los sindicatos han de poder llegar a los trabajadores en el lugar de trabajo.
No discriminación
· No discriminación en la contratación, compensación, formación, promoción, terminación o
jubilación en base a la raza, casta, origen nacional, religión, sexo, orientación sexual, pertenencia
a un sindicato o afiliación política.
· No interferencia con el ejercicio y la práctica.
Jornada laboral
· Jornada semanal regular, 48 horas semanales o el límite legal, si fuese inferior
· Horas extraordinarias: máximo de 12 horas semanales; no podrán exigirse salvo en
circunstancias excepcionales y a corto plazo.
· Un día libre de cada siete.
Salarios y beneficios
· Salario mínimo: legal o aplicable en la industria;este ha de cubrir las necesidades básicas y
aportar unos ingresos extra módicos.
· Pago de horas extraordinarias: deben remunerarse con una bonificación,ya que son horas no
obligatorias.
· Beneficios: no se harán deducciones como medida disciplinaria. La composición de salarios y
beneficios deberá estar clara y regularmente detallada. Los salarios y beneficios se abonarán en
efectivo o mediante cheque. No hacer contratos a destajo. No contratar falsos aprendices.