LA METODOLOGÍA DEL DERECHO O TÉCNICA JURÍDICA.pptx
Coip en relacion a la seguridad de los activos de los sistemas de información y comunicación
1. UNIVERSIDAD REGIONALAUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
EXTENSIÓN SANTO DOMINGO
FACULTAD: DIRECCION DE EMPRESAS.
CARRERA: ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Y NEGOCIOS.
NIVEL: SÉPTIMO
MATERIA: COMERCIO ELECTRÓNICO
TEMA: COIP EN RELACION A LA SEGURIDAD DE LOS ACTIVOS
DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
AUTORES: ANTONY DAMIÁN CASTILLO CARRIÓN
DOCENTE: OMAR SAMANIEGO
2. Análisis
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) es utilizado en la aplicación del proceso
legal a personas que por azares de la vida se someten a un proceso penal en calidad de
víctima o procesado. En lo que respecta a la seguridad de los activos de los sistemas de
información y comunicación las sanciones se expresan en los siguientes artículos:
Artículo 229: La persona que revelen información registrada, a través de un sistema
electrónico de manera voluntaria la violación del secreto, será sancionada con pena
privativa de libertad de uno a tres años.
Artículos (230-234): La persona que sin orden judicial previa intercepte cualquier dato
informático en su origen. La persona que diseñe o envíe mensajes, que induzca a una
persona a ingresar a una dirección o sitio de internet diferente a la que quiere acceder.
La persona que a través de cualquier medio copie o comercialice información
contenida en un dispositivo electrónico.
La persona que modifique el funcionamiento de programa para procurarse la
transferencia no consentida de un activo patrimonial de otra persona.
La persona que sin autorización acceda en todo o en parte a un sistema informático
para explotar ilegítimamente el acceso logrado.
La persona que destruya o inutilice información clasificada de conformidad con la Ley,
será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
La persona que destruya o cause mal funcionamiento o suprima datos informáticos.