1. Nombre: Johnny M. Del Carmen Batista.
Matricula: 15-MISN-6-064.
Sección: 1113(IS).
Tema: Electiva (IV) Inf. Forense, Ley 53-07.
UNIVERSIDAD DOMINICANA O&M
ANÁLISIS DE SISTEMAS
2. INFORMÁTICA FORENSE
Tal como explican los expertos, la informática forense es una ciencia que consiste en la
adquisición, preservación, consecución y presentación de datos que han sido
procesados electrónicamente con anterioridad y que han sido guardados en un medio
de almacenamiento físico.
3. INFORMÁTICA FORENSE
La Informática Forense se encarga además de analizar sistemas informáticos en busca
de evidencia que colabore a llevar adelante una causa judicial o una negociación
extrajudicial. Es la aplicación de técnicas y herramientas de hardware y software para
determinar datos potenciales o relevantes.
4. INFORMÁTICA FORENSE
Es por ello que en la recuperación de información nos enfrentamos con información que
no es accesible por medios convencionales, ya sea por problemas de funcionamiento
del dispositivo que lo contiene, ya sea porque se borraron o corrompieron las
estructuras administrativas de software del sistema de archivos. La información se
perdió por un problema de fallo de la tecnología de hard y/o soft o bien por un error
humano.
5. INFORMÁTICA FORENSE
El usuario nos indica su versión de los hechos y a menudo encontramos sobre la falla
original otras que el usuario o sus prestadores técnicos agregaron en un intento de
recuperación. Así es que debemos figurarnos a partir del análisis del medio qué ocurrió
desde el momento en que todo funcionaba bien y la información era accesible.
6. INFORMÁTICA FORENSE
La informática forense apela a nuestra máxima aptitud dado que enfrentamos desde
casos en que el dispositivo fue borrado, golpeado y dañado físicamente hasta ligeras
alteraciones de información que pueden constituir un crimen.
Este servicio es de utilidad a empresas que llevan adelante juicios laborales con sus
empleados, o con sus asociados por conflictos de intereses, a estudios jurídicos que
necesitan recabar información ya sea para presentarla frente a un tribunal o bien para
negociar con las partes un acuerdo extrajudicial de resarcimiento, renuncia, etc. Es de
utilidad a los organismos judiciales y policiales que buscan evidencias de todo tipo de
crímenes. Es un componente indispensable en litigios civiles.
7. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
Como lo indica su primer artículo: Objeto de la Ley. La presente ley tiene por objeto la
protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información y
comunicación y su contenido, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos
contra éstos o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de
dichas tecnologías en perjuicio de personas física o morales, en los términos previstos
en esta ley.
8. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
En los últimos 30 años los avances en el mundo informático y tecnológico han sido
muchos y nuestro país no ha escapado a esta realidad. Pero esos avances trajeron
consigo nuevas formas de delinquir para las cuales nuestro Código Penal Dominicano,
pieza legislativa de origen napoleónico, no aportaba ni sanciones ni soluciones ni mucho
menos definiciones.
9. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
No es hasta el año 2007 con la Ley 53-07 contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología
que tenemos un marco jurídico para enfrentar esta situación. Donde se pueden
mencionar en primer lugar el atentado contra la vida de la persona, sancionado con las
mismas penas del homicidio intencional o no, es decir de 3 a 20 años.
El mismo se define como el atentado contra la vida, o la provocación de la muerte de
una persona utilizando sistemas de carácter electrónico, informático, telemático o de
telecomunicaciones. Podríamos incluir a manera de ejemplo situaciones como el acoso
cibernético cuya víctima se quite la vida a causa de dicha actuación.
10. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
La ley 53-03, contempla además la estafa que es realizada a través del empleo de
medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones, muy popular y
vigente en nuestro país en estos últimos días, la cual se sancionará con la pena de 3
meses a 7 años de prisión y multa de 10 a 500 salarios mínimos, es decir una sanción
mayor a la estafa común contenida en el Código Penal Dominicano.
11. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
También es sancionado el chantaje realizado a través del uso de sistemas electrónicos,
informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones, o de sus componentes, y/o con el
propósito de obtener fondos, valores, la firma, entrega de algún documento, sean
digitales o no, o de un código de acceso o algún otro componente de los sistemas de
información, se sancionará con la pena de 1 a 5 años de prisión y multa de 10 a 200
salarios mínimos.
12. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
Se sanciona además la difamación e injuria pública cometidas a través de medios
electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se
sancionarán con la pena de 3 meses a un 1 año de prisión y multa de 5 a 500 salarios
mínimos.
13. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
Finalmente la ley 53-07 castiga el atentado sexual contra un niño, niña, adolescente,
incapacitado o enajenado mental, mediante la utilización de un sistema de información o
cualquiera de sus componentes con penas de 3 a 10 años de prisión y multa desde 5 a
200 salarios mínimos y la pornografía infantil la cual es definida como producción,
difusión, venta y cualquier tipo de comercialización de imágenes y representaciones de
un niño, niña o adolescente con carácter pornográfico se sanciona con penas de 2 a 4
años de prisión y multa de 10 a 500 salarios mínimos.
14. LEY NO. 53-07 SOBRE CRÍMENES Y DELITOS DE ALTA
TECNOLOGÍA
En definitiva la integridad de los sistemas de información y sus componentes, la
información o los datos, que se almacenan o transmiten a través de éstos, las
transacciones y acuerdos comerciales o de cualquiera otra índole que se llevan a cabo
por su medio y la confidencialidad de éstos, son todos bienes jurídicos protegidos.