El documento describe el procedimiento especial por faltas en Venezuela. Explica que las faltas son conductas antijurídicas de menor gravedad que no constituyen delitos. Detalla que la competencia para conocer y tramitar los procedimientos especiales por faltas se encuentra en el Código Penal y en las disposiciones transitorias del Código Procesal Penal anterior. Estas disposiciones transitorias establecen el trámite a seguir, que incluye la solicitud de enjuiciamiento, citación a juicio, audiencia, decisión y pos