VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Derecho Procesal Penal II
Arvelo, Dancimar
Junio 2016
LAS FALTAS
Libro Tercero
Códigos de Policía
Ordenanzas de Convivencia Ciudadana
Aunque ya se rige por
Las faltas no responden
a las condiciones actuales
Procedimiento por Falta
Este procedimiento se establece ante el Juez de
Juicio Unipersonal, por ser las penas contempladas
menores de 4 años en su límite máximo
En este caso no procede la admisión de los
hechos y no procede la apelación.
No cabe recurso alguno contra la decisión
(387) y se permite la defensa material; es
pues optativa, facultativa, la presencia del ius
puniendis, del defensor (389
Puede ser el Fiscal Ministerio Público, o
el intendente de la prefectura previa
solicitud de la víctima si la hubiere.
El funcionario actuante o la persona legitimada, con el auxilio
de la policía, citará a juicio al contraventor, con expresión del
tribunal y del plazo dentro del cual deberá comparecer.
. Presente el contraventor, manifestará si admite su
culpabilidad o si solicita el enjuiciamiento. En este último
caso, deberá expresar cuáles son los medios de prueba que
no pueda incorporar por su cuenta al debate y cuál el
auxilio público que necesita para ello.
El funcionario que
haya tenido
conocimiento de
la falta, o aquel
que la ley designe
para perseguirla,
solicitará el
enjuiciamiento
indicando lo
siguiente
1. Identificación del imputado y su domicilio o
residencia;
2. Descripción resumida del hecho imputado,
indicando tiempo y lugar;
3. Disposición legal infringida;
4. Señalamiento de los datos pertinentes,
agregando los documentos y los objetos
entregados por el infractor o que se incautaron;
5. Identificación y firma del solicitante.
Procedimiento por Falta
I: De las Faltas que se Refieren a Armas o a
Materias Explosivas
. En caso contrario, el tribunal llamará
inmediatamente a juicio al imputado y al
solicitante; en el mismo acto librará las
órdenes necesarias para incorporar en el
debate los medios de prueba cuya
producción dependa de la fuerza pública
Si el contraventor admite su culpabilidad y no
fueren necesarias otras diligencias, el tribunal
dictará la decisión que corresponda.
El tribunal oirá brevemente a los comparecientes y apreciará los
elementos de convicción presentados, absolviendo o condenando
en consecuencia no se incorporan medios de prueba durante el
debate, el tribunal decidirá sobre la base de los elementos
acompañados con la solicitud.
Las partes comparecerán a la audiencia con
todos los medios probatorios que pretendan
hacer valer.
VII: De las Faltas Referentes a Peligros Comunes
Fundamento Legal COPP
Referencias Bibliografía
• Código Penal
• Código Procesal Penal Venezolano

Dancimar

  • 1.
    VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTADDE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Derecho Procesal Penal II Arvelo, Dancimar Junio 2016
  • 2.
    LAS FALTAS Libro Tercero Códigosde Policía Ordenanzas de Convivencia Ciudadana Aunque ya se rige por Las faltas no responden a las condiciones actuales
  • 3.
    Procedimiento por Falta Esteprocedimiento se establece ante el Juez de Juicio Unipersonal, por ser las penas contempladas menores de 4 años en su límite máximo En este caso no procede la admisión de los hechos y no procede la apelación. No cabe recurso alguno contra la decisión (387) y se permite la defensa material; es pues optativa, facultativa, la presencia del ius puniendis, del defensor (389 Puede ser el Fiscal Ministerio Público, o el intendente de la prefectura previa solicitud de la víctima si la hubiere. El funcionario actuante o la persona legitimada, con el auxilio de la policía, citará a juicio al contraventor, con expresión del tribunal y del plazo dentro del cual deberá comparecer. . Presente el contraventor, manifestará si admite su culpabilidad o si solicita el enjuiciamiento. En este último caso, deberá expresar cuáles son los medios de prueba que no pueda incorporar por su cuenta al debate y cuál el auxilio público que necesita para ello. El funcionario que haya tenido conocimiento de la falta, o aquel que la ley designe para perseguirla, solicitará el enjuiciamiento indicando lo siguiente 1. Identificación del imputado y su domicilio o residencia; 2. Descripción resumida del hecho imputado, indicando tiempo y lugar; 3. Disposición legal infringida; 4. Señalamiento de los datos pertinentes, agregando los documentos y los objetos entregados por el infractor o que se incautaron; 5. Identificación y firma del solicitante.
  • 4.
    Procedimiento por Falta I:De las Faltas que se Refieren a Armas o a Materias Explosivas . En caso contrario, el tribunal llamará inmediatamente a juicio al imputado y al solicitante; en el mismo acto librará las órdenes necesarias para incorporar en el debate los medios de prueba cuya producción dependa de la fuerza pública Si el contraventor admite su culpabilidad y no fueren necesarias otras diligencias, el tribunal dictará la decisión que corresponda. El tribunal oirá brevemente a los comparecientes y apreciará los elementos de convicción presentados, absolviendo o condenando en consecuencia no se incorporan medios de prueba durante el debate, el tribunal decidirá sobre la base de los elementos acompañados con la solicitud. Las partes comparecerán a la audiencia con todos los medios probatorios que pretendan hacer valer. VII: De las Faltas Referentes a Peligros Comunes Fundamento Legal COPP
  • 5.
    Referencias Bibliografía • CódigoPenal • Código Procesal Penal Venezolano