SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
UUnniivveerrssiiddaadd LLaattiinnaa ddee PPaannaammáá 
FFaaccuullttaadd ddee DDeerreecchhoo yy CCiieenncciiaass PPoollííttiiccaass 
CCeennttrroo ddee EEssttuuddiiooss ddee PPoossttggrraaddoo 
Maestría en Derecho Procesal con Énfasis en Principios del Debido Proceso y Tutela Judicial 
Materia: Enjuiciamiento Penal 
Catedrática: CARLOS E. HERRERA RUIZ 
TTEEMMAA:: 
LLaa PPrruueebbaa yy MMeeddiiooss ddee PPrruueebbaa 
Presentado por: Aldeano, Edwin 
Sánchez, Antonio 
2014
Conceptos 
PRUEBA: DEMOSTRACIÓN DE LA VERDAD, DE UNA AFIRMACIÓN DE LA 
EXISTENCIA DE UNA COSA O DE LA REALIDAD DE UN HECHO. 
MEDIOS DE PRUEBA: “ LOS DIVERSOS ELEMENTOS QUE, AUTORIZADOS 
POR LEY, SIRVEN PARA DEMOSTRAR LA VERACIDAD O FALSEDAD DE LOS 
HECHOS CONTROVERTIDOS EN JUICIO” .
DE LOS ACTOS DE PRUEBA 
Producción: La producción de la prueba consiste en la declaración de voluntad llevada a cabo por 
el sujeto de la prueba y encaminada a aportar al proceso convicción. 
Asunción: Es la fase del acto de prueba en la que el juzgador percibe sensorialmente la práctica 
del medio de prueba; es decir , asume el dato que aquel le proporciona. Entre esta fase y la 
que hemos denominado practica del medio de prueba no hay una distinción temporal, sino 
subjetiva, puesto que en la mayor parte de los medios de prueba práctica del mismo es 
coetánea con la asunción. 
Valoración: Debemos entender el análisis crítico del acervo probatorio hecho por el juez, 
conforme al sistema de la libre convicción racional. 
Obtenido de la obra de Tiberio Ospina “ La Prueba en Materia Penal “
Principios Rectores de la Prueba 
 Eficacia Legal y Jurídica de la Prueba: Este principio se enfoca en 
la necesidad vital de la prueba para la demostración de los hechos 
en el proceso. El funcionario jurisdiccional tiene el deber de decidir 
el proceso y hacerlo de acuerdo con el ordenamiento positivo. 
 Licitud y Respeto de la Persona: Significa que tanto el testimonio, 
como la confesión, los dictámenes periciales deben ser 
espontáneos o naturales y las demás personas que las formulan no 
deben ver coaccionadas sus facultades o su conciencia por 
ningún medio ya sea físico o psicológico. 
 Publicidad de la Prueba: Significa que debe permitírsele a las 
partes conocerlas, intervenir en sus prácticas, objetarlas y 
analizarlas. Y el examen y conclusión sobre la prueba también 
deben ser conocidas por las partes 
 Originalidad de la Prueba: Significa que la prueba en lo posible 
debe referirse directamente al hecho por probar.
Sistemas de Valorización de las Pruebas 
 Sistema de Libre Convicción: En este sistema se otorga absoluta libertad al Juez; éste puede apreciar con 
entera libertad las pruebas e incluso apartarse de ellas, dictando la sentencia conforme a lo que le dicta 
su conciencia o íntima convicción. Como consecuencia de esto, el sistema no exige al Juez que exprese 
las razones por las cuales concede o no eficacia a una prueba. 
 Sistema de la Prueba Legal: En este sistema, la Ley índica, por anticipado, el valor o grado de eficacia que 
tiene cada medio probatorio. El Juez no tiene libertad de apreciación, sino que, ante determinada prueba 
le deberá atribuir el valor o eficacia que índica la ley. Este sistema también suele ser denominado prueba 
"tasadas" o "tarifadas". 
 Sana Critica: Conforme a este sistema, el Juez tiene libertad para apreciar el valor o grado de eficacia de 
las pruebas producidas. 
 Pero; el sistema no autoriza al Juez a valorar arbitrariamente, sino que por el contrario, le exige que 
determine el valor de las pruebas haciendo un análisis razonado de ellas, siguiendo las reglas de la lógica, 
de lo que le dicta su experiencia, el buen sentido y el entendimiento humano. Y como consecuencia de 
ésto, le exige al Juez que funde sus sentencias y exprese las razones por las cuales concede o no eficacia 
probatoria a una prueba.
Derecho Comparado 
Similitudes del Sistema Penal Acusatorio entre 
Panamá y Costa Rica 
En ambas legislación existe elementos comunes a los procesos como: 
1. Libertad Probatoria: Costa Rica (artículo 182) Panamá (artículo 376). 
2. Respeto a los Derechos Humanos: Costa Rica (artículo 181) Panamá 
(artículo 17, 377 y 381). 
3. Valorización de la Prueba: Costa Rica (artículo 184) Panamá (artículo 
380). 
4. Uso de medio tecnológicos en la recepción de Pruebas: Costa Rica 
(artículo 212) Panamá (artículo 393). 
5. Anticipo de pruebas: Costa Rica (artículo 293) Panamá (artículo 279).
Derecho Comparado 
Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de 
Panamá y Costa Rica 
COSTA RICA 
ARTICULO 355.- Prueba para mejor proveer Excepcionalmente, el tribunal 
podrá ordenar, de oficio o a petición de parte, la recepción de cualquier 
prueba, si en el curso de la audiencia surgen hechos o circunstancias 
nuevas, que requieran su esclarecimiento. (Panamá artículo 348) 
ARTICULO 320.- Admisión de prueba para el juicio El tribunal del 
procedimiento intermedio admitirá la prueba pertinente para la correcta 
solución del caso, y ordenará de oficio la que resulte esencial. Rechazará 
la que considere evidentemente abundante o innecesaria. 
De oficio podrá ordenar que se reciba prueba en el debate, sólo cuando 
sea manifiesta la negligencia de alguna de las partes y su fuente resida 
en las actuaciones ya realizadas. 
Contra lo resuelto sólo procede recurso de revocatoria, sin perjuicio de 
reiterar la solicitud de recibo de prueba inadmitida, como prueba para 
mejor resolver, ante el tribunal de juicio. (Panamá artículo 347)
Derecho Comparado 
Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de 
Panamá y Costa Rica 
 COSTA RICA 
ARTICULO 193.- Allanamiento y registro de morada Cuando el registro deba 
efectuarse en un lugar habitado, en sus dependencias, casa de negocio u 
oficina, el allanamiento y registro será realizado personalmente por el juez y 
deberá iniciarlo entre las seis y las dieciocho horas. (Panamá artículo 293) 
ARTICULO 194.- Allanamiento de otros locales El allanamiento de locales públicos, 
establecimientos de reunión o recreo mientras estén abiertos al público y no 
estén destinados a habitación, será acordado por el juez, quien podrá delegar 
la realización de la diligencia en funcionarios del Ministerio Públiico o de la 
policía judicial. No regirán las limitaciones horarias establecidas en el artículo 
anterior. 
En estos casos, deberá avisarse a las personas encargadas de los locales, salvo 
que sea perjudicial para la investigación. (Panamá artículos 294 y 295)
Derecho Comparado 
Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de 
Panamá y Costa Rica 
COSTA RICA: 
ARTICULO 198.- Orden de secuestro El juez, el Ministerio Público y la policía 
podrán disponer que sean recogidos y conservados los objetos relacionados con 
el delito, los sujetos a confiscación y aquellos que puedan servir como medios de 
prueba; para ello, cuando sea necesario, ordenarán su secuestro. En los casos 
urgentes, esta medida podrá delegarse en un funcionario de la policía judicial. 
(Panamá artículo 259) 
ARTICULO 188.- Inspección corporal Cuando sea necesario, el juez o el fiscal 
encargado de la investigación podrá ordenar la inspección corporal del imputado 
y, en tal caso cuidará que se respete su pudor. 
Con la misma limitación, podrá disponer igual medida respecto de otra persona, 
en los casos de sospecha grave y fundada o de absoluta necesidad. 
Si es preciso, la inspección podrá practicarse con el auxilio de peritos. Al acto 
sólo podrá asistir una persona de confianza del examinado, quien será advertido 
previamente de tal derecho. (Panamá artículo 312)
Derecho Comparado 
Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de 
Panamá y Costa Rica 
COSTA RICA: 
ARTICULO 210.- Aprehensión inmediata El tribunal podrá ordenar la 
aprehensión de un testigo cuando haya temor fundado de que se 
oculte o se fugue. Esta medida durará el tiempo indispensable para 
recibir la declaración y no podrá exceder de veinticuatro horas. 
El Ministerio Público podrá ordenar la aprehensión del testigo por el 
plazo máximo de seis horas, para gestionar la orden judicial. (Panamá 
artículo 387)
Derecho Comparado 
Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de 
Panamá y Costa Rica 
COSTA RICA: 
ARTICULO 189.- Requisa El juez, el fiscal o la policía podrán realizar la requisa personal, 
siempre que haya motivos suficientes para presumir que alguien oculta pertenencias 
entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo objetos relacionados con el delito. 
Antes de proceder a la requisa, deberá advertir a la persona acerca de la sospecha y 
del objeto buscado, invitándola a exhibirlo. 
La advertencia e inspección se realizará en presencia de un testigo, que no deberá 
tener vinculación con la policía. Las requisas se practicarán separadamente, 
respetando el pudor de las personas. Las requisas de mujeres las harán otras mujeres. 
Se elaborará un acta, que podrá ser incorporada al juicio por lectura. (Panamá artículo 
325) 
ARTICULO 190.- Registro de vehículos El juez, el fiscal o la policía podrán registrar un 
vehículo, siempre que haya motivos suficientes para presumir que una persona oculta 
en él objetos relacionados con el delito. En lo que sea aplicable, se realizará el mismo 
procedimiento y se cumplirá con las mismas formalidades previstas para la requisa de 
personas. (Panamá artículos 325 vs 294)
Antonio power point prueba y medios de prueba

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

ENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del CasoENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del CasoENJ
 
Cuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebasCuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebasivonnp2015
 
ENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal Dominicano
ENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal DominicanoENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal Dominicano
ENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal DominicanoENJ
 
Jurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competenciaJurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competenciaisais alfaro
 
Presentación Principios del Juicio Oral
Presentación Principios del Juicio OralPresentación Principios del Juicio Oral
Presentación Principios del Juicio OralENJ
 
ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...
ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...
ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...ENJ
 
Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)mirtaderecho
 
ENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del Defensor
ENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del DefensorENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del Defensor
ENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del DefensorENJ
 
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los RecursosENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los RecursosENJ
 
FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESO
FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESOFORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESO
FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESONelson Zelada Mendoza
 
Etapa de-juicio-oral
Etapa de-juicio-oralEtapa de-juicio-oral
Etapa de-juicio-oralMiguelPrez110
 
Procedimiento probatorio j.
Procedimiento probatorio j.Procedimiento probatorio j.
Procedimiento probatorio j.JereMartin
 
Tramite del proceso de conocimiento
Tramite del proceso de conocimientoTramite del proceso de conocimiento
Tramite del proceso de conocimientoGlenda Alarico
 
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y ObjecionesENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y ObjecionesENJ
 
Medios de prueba cpc
Medios de prueba cpcMedios de prueba cpc
Medios de prueba cpcDennis Zelaya
 

La actualidad más candente (20)

ENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del CasoENJ-2-300 Teoría del Caso
ENJ-2-300 Teoría del Caso
 
El proceso penal
El proceso penalEl proceso penal
El proceso penal
 
Cuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebasCuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebas
 
ENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal Dominicano
ENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal DominicanoENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal Dominicano
ENJ-300: Los Principios Generales del Proceso Penal Dominicano
 
Jurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competenciaJurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competencia
 
Presentación Principios del Juicio Oral
Presentación Principios del Juicio OralPresentación Principios del Juicio Oral
Presentación Principios del Juicio Oral
 
Sujetos procesales
Sujetos procesales Sujetos procesales
Sujetos procesales
 
Derecho penal ii primera parte
Derecho penal ii primera parteDerecho penal ii primera parte
Derecho penal ii primera parte
 
ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...
ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...
ENJ-300 Módulo I: Los Principios del Juicio Oral / curso La Defensa en el Pro...
 
Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)Litigación oral (teoría del caso)
Litigación oral (teoría del caso)
 
ENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del Defensor
ENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del DefensorENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del Defensor
ENJ-100 La defensa material y defensa técnica - Curso Ética del Defensor
 
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los RecursosENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
ENJ-300 Recurso de Oposición/ curso Fundamentación de los Recursos
 
La inversión de la carga de la prueba
La inversión de la carga de la pruebaLa inversión de la carga de la prueba
La inversión de la carga de la prueba
 
FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESO
FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESOFORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESO
FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÒN DE UN PROCESO
 
Etapa de-juicio-oral
Etapa de-juicio-oralEtapa de-juicio-oral
Etapa de-juicio-oral
 
Procedimiento probatorio j.
Procedimiento probatorio j.Procedimiento probatorio j.
Procedimiento probatorio j.
 
Tramite del proceso de conocimiento
Tramite del proceso de conocimientoTramite del proceso de conocimiento
Tramite del proceso de conocimiento
 
3derecho procesal civil_i
3derecho procesal civil_i3derecho procesal civil_i
3derecho procesal civil_i
 
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y ObjecionesENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
ENJ-300 Interrogatorio Directo, el Contra y Objeciones
 
Medios de prueba cpc
Medios de prueba cpcMedios de prueba cpc
Medios de prueba cpc
 

Destacado

96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...
96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...
96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...Yorman Alfonzo
 
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezma
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel LedezmaProcedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezma
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezmamaestriaderecho
 
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio y Yalitza Quintero
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza QuinteroAlegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio y Yalitza Quinteromaestriaderecho
 
Métodos alternos de resolución de conflictos
Métodos alternos de resolución de conflictosMétodos alternos de resolución de conflictos
Métodos alternos de resolución de conflictosmaestriaderecho
 
Procedimientos simplificado y directo
Procedimientos simplificado y directo  Procedimientos simplificado y directo
Procedimientos simplificado y directo maestriaderecho
 
Juicio ante el jurado de conciencia
Juicio ante el jurado de concienciaJuicio ante el jurado de conciencia
Juicio ante el jurado de concienciamaestriaderecho
 
El fin de la prueba
El fin de la pruebaEl fin de la prueba
El fin de la pruebaeric prado
 
Principios del Sistema Acusatorio Ncpp
Principios del Sistema Acusatorio   NcppPrincipios del Sistema Acusatorio   Ncpp
Principios del Sistema Acusatorio Ncppconferenciasonline
 
Principios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesalesPrincipios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesalesSandra Milena Oviedo
 
ESQUEMA PROBATORIO
ESQUEMA PROBATORIOESQUEMA PROBATORIO
ESQUEMA PROBATORIOgavillan3
 
La prueba.Mapa Conceptual. Derecho Probatorio
La prueba.Mapa Conceptual. Derecho ProbatorioLa prueba.Mapa Conceptual. Derecho Probatorio
La prueba.Mapa Conceptual. Derecho Probatoriojohast67
 

Destacado (15)

96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...
96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...
96852841 principios-fundamentales-del-regimen-probatorio-del-proceso-penal-ve...
 
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezma
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel LedezmaProcedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezma
Procedimientos especiales Luis Carlos Zapata y Marixel Ledezma
 
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio y Yalitza Quintero
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza QuinteroAlegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio  y Yalitza Quintero
Alegatos de apertura y de conclusion Idaira Julio y Yalitza Quintero
 
Métodos alternos de resolución de conflictos
Métodos alternos de resolución de conflictosMétodos alternos de resolución de conflictos
Métodos alternos de resolución de conflictos
 
MEDIOS PROBATORIOS
MEDIOS PROBATORIOSMEDIOS PROBATORIOS
MEDIOS PROBATORIOS
 
Procedimientos simplificado y directo
Procedimientos simplificado y directo  Procedimientos simplificado y directo
Procedimientos simplificado y directo
 
Juicio ante el jurado de conciencia
Juicio ante el jurado de concienciaJuicio ante el jurado de conciencia
Juicio ante el jurado de conciencia
 
El fin de la prueba
El fin de la pruebaEl fin de la prueba
El fin de la prueba
 
Principios del Sistema Acusatorio Ncpp
Principios del Sistema Acusatorio   NcppPrincipios del Sistema Acusatorio   Ncpp
Principios del Sistema Acusatorio Ncpp
 
Principios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesalesPrincipios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesales
 
Antecedentes del derecho laboral
Antecedentes del derecho laboralAntecedentes del derecho laboral
Antecedentes del derecho laboral
 
ESQUEMA PROBATORIO
ESQUEMA PROBATORIOESQUEMA PROBATORIO
ESQUEMA PROBATORIO
 
La prueba.Mapa Conceptual. Derecho Probatorio
La prueba.Mapa Conceptual. Derecho ProbatorioLa prueba.Mapa Conceptual. Derecho Probatorio
La prueba.Mapa Conceptual. Derecho Probatorio
 
Regimen probatorio
Regimen probatorioRegimen probatorio
Regimen probatorio
 
PRUEBAS LABORAL
PRUEBAS LABORALPRUEBAS LABORAL
PRUEBAS LABORAL
 

Similar a Antonio power point prueba y medios de prueba

Derecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira LamedaDerecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira Lamedaomaira lameda
 
Monografia wilfred barreto - régimen probatorio
Monografia  wilfred barreto -  régimen probatorioMonografia  wilfred barreto -  régimen probatorio
Monografia wilfred barreto - régimen probatorioadriana leon
 
ACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONES
ACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONESACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONES
ACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONESlismar perdomo
 
Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...Vidicney
 
Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1taly0202
 
Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.
Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.
Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.Tania Ibarra Perea
 
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspeccionesAcusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspeccioneslina hernandez
 
Hunder la criminalistica y el aspecto legal
Hunder la criminalistica y el aspecto legalHunder la criminalistica y el aspecto legal
Hunder la criminalistica y el aspecto legalHUNDER PLY duarte ruiz
 
La experticia en venezuela
La experticia en venezuelaLa experticia en venezuela
La experticia en venezuelauft
 
Audiencia de inicio o de vinculacion
Audiencia de inicio o de vinculacionAudiencia de inicio o de vinculacion
Audiencia de inicio o de vinculacionJesus Cortez
 
Recurso de Revisión
Recurso de RevisiónRecurso de Revisión
Recurso de Revisiónnnfbol
 
Fases del proceso penal venezolano
Fases del proceso penal venezolanoFases del proceso penal venezolano
Fases del proceso penal venezolanoJenifferAle
 
Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...
Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...
Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...HermiletSnchez
 
Nuevo Sistema de Justicia Penal
Nuevo Sistema de Justicia PenalNuevo Sistema de Justicia Penal
Nuevo Sistema de Justicia Penalmurillonet
 
Presentacion galo purizaga
Presentacion galo purizagaPresentacion galo purizaga
Presentacion galo purizagaGALOPURIZAGA24
 
Presentacion fiscalia general del estado galo purizaga
Presentacion fiscalia general del estado galo purizagaPresentacion fiscalia general del estado galo purizaga
Presentacion fiscalia general del estado galo purizagaGALOPURIZAGA24
 

Similar a Antonio power point prueba y medios de prueba (20)

Derecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira LamedaDerecho Procesal penal Omaira Lameda
Derecho Procesal penal Omaira Lameda
 
Monografia wilfred barreto - régimen probatorio
Monografia  wilfred barreto -  régimen probatorioMonografia  wilfred barreto -  régimen probatorio
Monografia wilfred barreto - régimen probatorio
 
ACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONES
ACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONESACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONES
ACUSACION FISCAL, REGIMEN PROBATORIO, LAS INSPECCIONES
 
Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...Trabajo de investigacion...
Trabajo de investigacion...
 
La acusacion erika_d.
La acusacion erika_d.La acusacion erika_d.
La acusacion erika_d.
 
Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1
 
Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.
Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.
Sistema de justicia penal en méxico, ensayo.
 
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspeccionesAcusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
 
Hunder la criminalistica y el aspecto legal
Hunder la criminalistica y el aspecto legalHunder la criminalistica y el aspecto legal
Hunder la criminalistica y el aspecto legal
 
La experticia en venezuela
La experticia en venezuelaLa experticia en venezuela
La experticia en venezuela
 
Audiencia de inicio o de vinculacion
Audiencia de inicio o de vinculacionAudiencia de inicio o de vinculacion
Audiencia de inicio o de vinculacion
 
Recurso de Revisión
Recurso de RevisiónRecurso de Revisión
Recurso de Revisión
 
Cuadro comparativo
Cuadro comparativoCuadro comparativo
Cuadro comparativo
 
Fases del proceso penal venezolano
Fases del proceso penal venezolanoFases del proceso penal venezolano
Fases del proceso penal venezolano
 
Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...
Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...
Copia de universidad fermin toro vicerrectorado academico facultad de ciencia...
 
Probatorio MARIA SILVA
Probatorio MARIA SILVAProbatorio MARIA SILVA
Probatorio MARIA SILVA
 
Probatorio MARIA SILVA
Probatorio MARIA SILVAProbatorio MARIA SILVA
Probatorio MARIA SILVA
 
Nuevo Sistema de Justicia Penal
Nuevo Sistema de Justicia PenalNuevo Sistema de Justicia Penal
Nuevo Sistema de Justicia Penal
 
Presentacion galo purizaga
Presentacion galo purizagaPresentacion galo purizaga
Presentacion galo purizaga
 
Presentacion fiscalia general del estado galo purizaga
Presentacion fiscalia general del estado galo purizagaPresentacion fiscalia general del estado galo purizaga
Presentacion fiscalia general del estado galo purizaga
 

Último

OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONantuanetrojas17
 
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En GuatemalaQue Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemalamarielaalvarado2310
 
S01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIAL
S01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIALS01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIAL
S01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIALVanessaHuamanMiguel
 
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion docente aip.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion docente aip.pdfRESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion docente aip.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion docente aip.pdfCarlosAntonioBalbuen1
 
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOSEL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOSssuserc68fc9
 
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion educacion peru.pdfRESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion educacion peru.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdfCarlosAntonioBalbuen1
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxSUHAVICTORIAASENCIOH
 
Cuadro comparativo de la materia introducción al derecho
Cuadro comparativo de la materia introducción al derechoCuadro comparativo de la materia introducción al derecho
Cuadro comparativo de la materia introducción al derechonorbennypuello
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...olmedorolando67
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaJaimeMamani32
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley46058406
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel20minutos
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...LUISMANUELCHARRISTOR
 
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUsilvanaballadares2
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.pptdincellterrerojhonso
 
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasImputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasLuis Fernando Cantoral Benavides
 
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptxLeoHernandezMuoz
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVILRosildaToralvaCamacl1
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Paco Medina Pmc
 

Último (20)

OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACIONOBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
OBLIGACIONES PARTE (1) Y SUBCLASIFICACION
 
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En GuatemalaQue Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
Que Es El Desarrollo Sostenible En Guatemala
 
S01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIAL
S01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIALS01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIAL
S01.s2 - Material.pdf UTP DERECHO PPT OFICIAL
 
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion docente aip.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion docente aip.pdfRESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion docente aip.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion docente aip.pdf
 
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOSEL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
 
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion educacion peru.pdfRESOLUCIÓN DIRECTORAL  de sancion educacion peru.pdf
RESOLUCIÓN DIRECTORAL de sancion educacion peru.pdf
 
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptxPPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
PPT 06 CONSTITUCION Y DERECHOS HUMANOS.pptx
 
Cuadro comparativo de la materia introducción al derecho
Cuadro comparativo de la materia introducción al derechoCuadro comparativo de la materia introducción al derecho
Cuadro comparativo de la materia introducción al derecho
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
 
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERUACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURIDICO EN EL PERU
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armasImputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
Imputación Fiscal a Raúl Uría por el caso tráfico ilícito de armas
 
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
2.1.2 (DECISIONES ETICAS EN LA INVESTIGACION CIENTIFICA).pptx
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
 
es una rama de las matemáticas que consi
es una rama de las matemáticas que consies una rama de las matemáticas que consi
es una rama de las matemáticas que consi
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
 

Antonio power point prueba y medios de prueba

  • 1. UUnniivveerrssiiddaadd LLaattiinnaa ddee PPaannaammáá FFaaccuullttaadd ddee DDeerreecchhoo yy CCiieenncciiaass PPoollííttiiccaass CCeennttrroo ddee EEssttuuddiiooss ddee PPoossttggrraaddoo Maestría en Derecho Procesal con Énfasis en Principios del Debido Proceso y Tutela Judicial Materia: Enjuiciamiento Penal Catedrática: CARLOS E. HERRERA RUIZ TTEEMMAA:: LLaa PPrruueebbaa yy MMeeddiiooss ddee PPrruueebbaa Presentado por: Aldeano, Edwin Sánchez, Antonio 2014
  • 2. Conceptos PRUEBA: DEMOSTRACIÓN DE LA VERDAD, DE UNA AFIRMACIÓN DE LA EXISTENCIA DE UNA COSA O DE LA REALIDAD DE UN HECHO. MEDIOS DE PRUEBA: “ LOS DIVERSOS ELEMENTOS QUE, AUTORIZADOS POR LEY, SIRVEN PARA DEMOSTRAR LA VERACIDAD O FALSEDAD DE LOS HECHOS CONTROVERTIDOS EN JUICIO” .
  • 3. DE LOS ACTOS DE PRUEBA Producción: La producción de la prueba consiste en la declaración de voluntad llevada a cabo por el sujeto de la prueba y encaminada a aportar al proceso convicción. Asunción: Es la fase del acto de prueba en la que el juzgador percibe sensorialmente la práctica del medio de prueba; es decir , asume el dato que aquel le proporciona. Entre esta fase y la que hemos denominado practica del medio de prueba no hay una distinción temporal, sino subjetiva, puesto que en la mayor parte de los medios de prueba práctica del mismo es coetánea con la asunción. Valoración: Debemos entender el análisis crítico del acervo probatorio hecho por el juez, conforme al sistema de la libre convicción racional. Obtenido de la obra de Tiberio Ospina “ La Prueba en Materia Penal “
  • 4. Principios Rectores de la Prueba  Eficacia Legal y Jurídica de la Prueba: Este principio se enfoca en la necesidad vital de la prueba para la demostración de los hechos en el proceso. El funcionario jurisdiccional tiene el deber de decidir el proceso y hacerlo de acuerdo con el ordenamiento positivo.  Licitud y Respeto de la Persona: Significa que tanto el testimonio, como la confesión, los dictámenes periciales deben ser espontáneos o naturales y las demás personas que las formulan no deben ver coaccionadas sus facultades o su conciencia por ningún medio ya sea físico o psicológico.  Publicidad de la Prueba: Significa que debe permitírsele a las partes conocerlas, intervenir en sus prácticas, objetarlas y analizarlas. Y el examen y conclusión sobre la prueba también deben ser conocidas por las partes  Originalidad de la Prueba: Significa que la prueba en lo posible debe referirse directamente al hecho por probar.
  • 5. Sistemas de Valorización de las Pruebas  Sistema de Libre Convicción: En este sistema se otorga absoluta libertad al Juez; éste puede apreciar con entera libertad las pruebas e incluso apartarse de ellas, dictando la sentencia conforme a lo que le dicta su conciencia o íntima convicción. Como consecuencia de esto, el sistema no exige al Juez que exprese las razones por las cuales concede o no eficacia a una prueba.  Sistema de la Prueba Legal: En este sistema, la Ley índica, por anticipado, el valor o grado de eficacia que tiene cada medio probatorio. El Juez no tiene libertad de apreciación, sino que, ante determinada prueba le deberá atribuir el valor o eficacia que índica la ley. Este sistema también suele ser denominado prueba "tasadas" o "tarifadas".  Sana Critica: Conforme a este sistema, el Juez tiene libertad para apreciar el valor o grado de eficacia de las pruebas producidas.  Pero; el sistema no autoriza al Juez a valorar arbitrariamente, sino que por el contrario, le exige que determine el valor de las pruebas haciendo un análisis razonado de ellas, siguiendo las reglas de la lógica, de lo que le dicta su experiencia, el buen sentido y el entendimiento humano. Y como consecuencia de ésto, le exige al Juez que funde sus sentencias y exprese las razones por las cuales concede o no eficacia probatoria a una prueba.
  • 6. Derecho Comparado Similitudes del Sistema Penal Acusatorio entre Panamá y Costa Rica En ambas legislación existe elementos comunes a los procesos como: 1. Libertad Probatoria: Costa Rica (artículo 182) Panamá (artículo 376). 2. Respeto a los Derechos Humanos: Costa Rica (artículo 181) Panamá (artículo 17, 377 y 381). 3. Valorización de la Prueba: Costa Rica (artículo 184) Panamá (artículo 380). 4. Uso de medio tecnológicos en la recepción de Pruebas: Costa Rica (artículo 212) Panamá (artículo 393). 5. Anticipo de pruebas: Costa Rica (artículo 293) Panamá (artículo 279).
  • 7. Derecho Comparado Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de Panamá y Costa Rica COSTA RICA ARTICULO 355.- Prueba para mejor proveer Excepcionalmente, el tribunal podrá ordenar, de oficio o a petición de parte, la recepción de cualquier prueba, si en el curso de la audiencia surgen hechos o circunstancias nuevas, que requieran su esclarecimiento. (Panamá artículo 348) ARTICULO 320.- Admisión de prueba para el juicio El tribunal del procedimiento intermedio admitirá la prueba pertinente para la correcta solución del caso, y ordenará de oficio la que resulte esencial. Rechazará la que considere evidentemente abundante o innecesaria. De oficio podrá ordenar que se reciba prueba en el debate, sólo cuando sea manifiesta la negligencia de alguna de las partes y su fuente resida en las actuaciones ya realizadas. Contra lo resuelto sólo procede recurso de revocatoria, sin perjuicio de reiterar la solicitud de recibo de prueba inadmitida, como prueba para mejor resolver, ante el tribunal de juicio. (Panamá artículo 347)
  • 8. Derecho Comparado Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de Panamá y Costa Rica  COSTA RICA ARTICULO 193.- Allanamiento y registro de morada Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado, en sus dependencias, casa de negocio u oficina, el allanamiento y registro será realizado personalmente por el juez y deberá iniciarlo entre las seis y las dieciocho horas. (Panamá artículo 293) ARTICULO 194.- Allanamiento de otros locales El allanamiento de locales públicos, establecimientos de reunión o recreo mientras estén abiertos al público y no estén destinados a habitación, será acordado por el juez, quien podrá delegar la realización de la diligencia en funcionarios del Ministerio Públiico o de la policía judicial. No regirán las limitaciones horarias establecidas en el artículo anterior. En estos casos, deberá avisarse a las personas encargadas de los locales, salvo que sea perjudicial para la investigación. (Panamá artículos 294 y 295)
  • 9. Derecho Comparado Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de Panamá y Costa Rica COSTA RICA: ARTICULO 198.- Orden de secuestro El juez, el Ministerio Público y la policía podrán disponer que sean recogidos y conservados los objetos relacionados con el delito, los sujetos a confiscación y aquellos que puedan servir como medios de prueba; para ello, cuando sea necesario, ordenarán su secuestro. En los casos urgentes, esta medida podrá delegarse en un funcionario de la policía judicial. (Panamá artículo 259) ARTICULO 188.- Inspección corporal Cuando sea necesario, el juez o el fiscal encargado de la investigación podrá ordenar la inspección corporal del imputado y, en tal caso cuidará que se respete su pudor. Con la misma limitación, podrá disponer igual medida respecto de otra persona, en los casos de sospecha grave y fundada o de absoluta necesidad. Si es preciso, la inspección podrá practicarse con el auxilio de peritos. Al acto sólo podrá asistir una persona de confianza del examinado, quien será advertido previamente de tal derecho. (Panamá artículo 312)
  • 10. Derecho Comparado Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de Panamá y Costa Rica COSTA RICA: ARTICULO 210.- Aprehensión inmediata El tribunal podrá ordenar la aprehensión de un testigo cuando haya temor fundado de que se oculte o se fugue. Esta medida durará el tiempo indispensable para recibir la declaración y no podrá exceder de veinticuatro horas. El Ministerio Público podrá ordenar la aprehensión del testigo por el plazo máximo de seis horas, para gestionar la orden judicial. (Panamá artículo 387)
  • 11. Derecho Comparado Diferencias del Sistema Penal Acusatorio de Panamá y Costa Rica COSTA RICA: ARTICULO 189.- Requisa El juez, el fiscal o la policía podrán realizar la requisa personal, siempre que haya motivos suficientes para presumir que alguien oculta pertenencias entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo objetos relacionados con el delito. Antes de proceder a la requisa, deberá advertir a la persona acerca de la sospecha y del objeto buscado, invitándola a exhibirlo. La advertencia e inspección se realizará en presencia de un testigo, que no deberá tener vinculación con la policía. Las requisas se practicarán separadamente, respetando el pudor de las personas. Las requisas de mujeres las harán otras mujeres. Se elaborará un acta, que podrá ser incorporada al juicio por lectura. (Panamá artículo 325) ARTICULO 190.- Registro de vehículos El juez, el fiscal o la policía podrán registrar un vehículo, siempre que haya motivos suficientes para presumir que una persona oculta en él objetos relacionados con el delito. En lo que sea aplicable, se realizará el mismo procedimiento y se cumplirá con las mismas formalidades previstas para la requisa de personas. (Panamá artículos 325 vs 294)