El documento describe el procedimiento para enjuiciar al Presidente de Venezuela. Según el Código Orgánico Procesal Penal, el Fiscal General debe presentar una querella ante el Tribunal Supremo de Justicia explicando los motivos para enjuiciar al Presidente. Luego, el Tribunal convoca a una audiencia pública dentro de 30 días para que ambas partes presenten sus alegatos. Si la querella es aceptada, el Tribunal solicita autorización a la Asamblea Nacional para iniciar el enjuiciamiento formal siguiendo el procedimiento ordinario.