El documento presenta información sobre el consentimiento informado en el ámbito de la salud. Explica que este es un proceso de comunicación entre profesionales de salud y pacientes donde estos últimos aceptan, niegan o revocan de forma voluntaria una intervención médica. Señala también que este debe cumplir con ciertas condiciones como que el paciente disponga de suficiente información, la comprenda y sea libre de decidir. Finalmente, resalta la importancia de respetar la confidencialidad de la información médica de acuerdo a
1. El documento describe la historia y sustento ético, legal y médico del consentimiento informado.
2. Explica que el consentimiento informado es un derecho del paciente y una obligación legal y ética para los médicos.
3. Detalla las características que debe tener el documento de consentimiento informado.
Este documento describe el concepto de consentimiento informado en la medicina. 1) Tradicionalmente, la relación médico-paciente era asimétrica y paternalista, pero ahora se basa más en el diálogo y la autonomía del paciente. 2) El consentimiento informado es un derecho fundamental del paciente y un deber de los médicos según el Código de Núremberg. 3) El consentimiento informado implica que el paciente decide aceptar o rechazar un procedimiento médico de manera voluntaria después de recibir información clara, completa
Este documento describe los principios del consentimiento informado en el Perú. En 3 oraciones o menos:
1) El consentimiento informado es un derecho de los pacientes que busca maximizar los beneficios de la atención médica mediante la aplicación de la ciencia y la tecnología de una manera informada y voluntaria. 2) La ley peruana reconoce este derecho y establece que los médicos deben proporcionar información completa a los pacientes para que puedan tomar decisiones sobre su tratamiento de manera competente y libre de coerción.
El consentimiento informado es un proceso de comunicación entre el profesional de la salud y el paciente donde se entrega información adecuada, comprensible y suficiente sobre un procedimiento médico para que el paciente pueda tomar una decisión libre. El consentimiento informado respeta la autonomía del paciente, promueve su participación en el cuidado de la salud y optimiza la relación médico-paciente. Para ser válido, el consentimiento informado requiere información, voluntariedad y competencia del paciente.
El documento trata sobre el derecho a la información de los pacientes. Brinda información sobre el consentimiento informado, la confidencialidad de los datos médicos, y la responsabilidad de los profesionales de la salud de proporcionar información a los pacientes de manera clara, oportuna y veraz para que puedan tomar decisiones sobre su tratamiento.
El documento trata sobre el derecho a la información de los pacientes. Brinda información sobre el consentimiento informado, la confidencialidad de la historia clínica, y los tipos y requisitos de la información que debe proporcionar el personal de enfermería a los pacientes. Explica que la enfermera tiene la obligación de brindar información científica y sobre el tratamiento al paciente para que pueda tomar decisiones autónomas sobre su salud.
El documento habla sobre el consentimiento informado en enfermería. Explica que este proceso implica darle información al paciente sobre su estado de salud y tratamientos posibles para que pueda tomar decisiones de manera autónoma. También discute los diferentes enfoques en la relación profesional-paciente y el marco legal que rige este tema en Colombia. Finalmente, analiza aspectos como la información que se debe proporcionar y posibles excepciones al consentimiento informado.
El documento describe el consentimiento informado, incluyendo su historia, componentes básicos, marco legal y elementos del documento de consentimiento. El consentimiento informado es el proceso mediante el cual los pacientes reciben información sobre un tratamiento y deciden voluntariamente si desean someterse al mismo.
1. El documento describe la historia y sustento ético, legal y médico del consentimiento informado.
2. Explica que el consentimiento informado es un derecho del paciente y una obligación legal y ética para los médicos.
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Este documento describe el concepto de consentimiento informado en la medicina. 1) Tradicionalmente, la relación médico-paciente era asimétrica y paternalista, pero ahora se basa más en el diálogo y la autonomía del paciente. 2) El consentimiento informado es un derecho fundamental del paciente y un deber de los médicos según el Código de Núremberg. 3) El consentimiento informado implica que el paciente decide aceptar o rechazar un procedimiento médico de manera voluntaria después de recibir información clara, completa
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1) El consentimiento informado es un derecho de los pacientes que busca maximizar los beneficios de la atención médica mediante la aplicación de la ciencia y la tecnología de una manera informada y voluntaria. 2) La ley peruana reconoce este derecho y establece que los médicos deben proporcionar información completa a los pacientes para que puedan tomar decisiones sobre su tratamiento de manera competente y libre de coerción.
El consentimiento informado es un proceso de comunicación entre el profesional de la salud y el paciente donde se entrega información adecuada, comprensible y suficiente sobre un procedimiento médico para que el paciente pueda tomar una decisión libre. El consentimiento informado respeta la autonomía del paciente, promueve su participación en el cuidado de la salud y optimiza la relación médico-paciente. Para ser válido, el consentimiento informado requiere información, voluntariedad y competencia del paciente.
El documento trata sobre el derecho a la información de los pacientes. Brinda información sobre el consentimiento informado, la confidencialidad de los datos médicos, y la responsabilidad de los profesionales de la salud de proporcionar información a los pacientes de manera clara, oportuna y veraz para que puedan tomar decisiones sobre su tratamiento.
El documento trata sobre el derecho a la información de los pacientes. Brinda información sobre el consentimiento informado, la confidencialidad de la historia clínica, y los tipos y requisitos de la información que debe proporcionar el personal de enfermería a los pacientes. Explica que la enfermera tiene la obligación de brindar información científica y sobre el tratamiento al paciente para que pueda tomar decisiones autónomas sobre su salud.
El documento habla sobre el consentimiento informado en enfermería. Explica que este proceso implica darle información al paciente sobre su estado de salud y tratamientos posibles para que pueda tomar decisiones de manera autónoma. También discute los diferentes enfoques en la relación profesional-paciente y el marco legal que rige este tema en Colombia. Finalmente, analiza aspectos como la información que se debe proporcionar y posibles excepciones al consentimiento informado.
El documento describe el consentimiento informado, incluyendo su historia, componentes básicos, marco legal y elementos del documento de consentimiento. El consentimiento informado es el proceso mediante el cual los pacientes reciben información sobre un tratamiento y deciden voluntariamente si desean someterse al mismo.
1. El documento discute el consentimiento informado, reconociendo la autonomía del paciente y su derecho a decidir sobre los procedimientos médicos. 2. Se explica que el consentimiento informado es un requisito ético y legal para los médicos, con raíces en el Código de Núremberg. 3. Se describen los elementos que deben incluirse en el proceso de consentimiento informado como informar al paciente sobre los riesgos, beneficios y alternativas.
Este documento discute la importancia de la confidencialidad del paciente en el contexto médico. Resalta que la información del paciente es confidencial y sólo puede ser revelada con el consentimiento del paciente o para prevenir un daño inminente. También enfatiza la necesidad de comunicación entre médicos que atienden al mismo paciente de manera confidencial. Finalmente, destaca la necesidad de proteger la privacidad de los pacientes con VIH/SIDA debido al estigma asociado con la enfermedad.
M3 u1 - sistemas de informacion en salud - derechos del pacienteJosefina Centeno
El documento describe los sistemas de información en salud en Argentina. Estos incluyen registros nacionales de establecimientos de salud, profesionales, inmunizaciones, y programas nacionales de salud. También cubre la historia clínica del paciente, el consentimiento informado, las directivas anticipadas, y el uso creciente de la telemedicina y los datos masivos en la e-salud y la m-salud.
El documento trata sobre el consentimiento informado en el ámbito de la atención en salud. Explica que el consentimiento informado es un proceso de comunicación entre el médico y el paciente donde el médico revela información relevante sobre tratamientos y riesgos para que el paciente pueda tomar una decisión autónoma. El consentimiento debe ser libre de vicios como engaño, fuerza u otras influencias para ser válido desde el punto de vista legal.
3. bases para la prevencion de conflictos derivados del acto medico (dr. vale...Norma Alvarez
El documento describe la génesis de los conflictos derivados del acto médico a través de la historia, identificando las bases del acto médico y las obligaciones profesionales del médico. También define qué constituye un error médico y los factores que pueden deteriorar la relación médico-paciente. Finalmente, presenta la Carta de los Derechos Generales de los Pacientes en México, la cual establece 8 derechos básicos de los pacientes para recibir una atención médica de calidad.
El documento describe los sistemas de información en salud en Argentina. Estos incluyen registros nacionales de establecimientos de salud, profesionales, inmunizaciones, y programas nacionales de salud. También cubre la historia clínica del paciente, el consentimiento informado, las directivas anticipadas, y el uso creciente de la telemedicina y los datos masivos en la e-salud y la m-salud.
El documento describe los sistemas de información en salud en Argentina. Incluye tres niveles: individuo (historia clínica), prestador (registros nacionales y programas de salud), y ministerios de salud (estadísticas e información). También cubre temas como consentimiento informado, directivas anticipadas, características de la historia clínica, y-salud y m-salud.
La Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud (HIPAA) establece protecciones a la privacidad de la información médica de los pacientes. La información solo puede divulgarse sin consentimiento en casos de emergencia o investigación policial. La telemedicina está sujeta a HIPAA y requiere el consentimiento informado del paciente y medidas de seguridad para proteger los datos médicos. Divulgar información médica sin permiso o exponer la identidad de un paciente en redes sociales viola la ley HIPAA.
El documento habla sobre la bioética clínica y el consentimiento informado. Describe la relación respetuosa entre el personal médico y el paciente, la necesidad de obtener consentimiento informado por escrito antes de procedimientos con riesgo, y la elaboración de un expediente clínico completo. También menciona los derechos generales de los médicos y pacientes.
El documento habla sobre el consentimiento informado en el ámbito clínico y de investigación. El consentimiento informado es un proceso continuo mediante el cual el personal de salud informa al paciente sobre la naturaleza de su enfermedad o procedimiento, riesgos y beneficios, y alternativas, para que el paciente pueda decidir libre y voluntariamente si acepta o no el tratamiento propuesto. El propósito es habilitar al paciente para que tome una decisión racional sobre su tratamiento médico. En la investigación, el consentimiento informado requ
El documento habla sobre el consentimiento informado, el cual es una obligación legal y ética en la relación médico-paciente. El consentimiento informado es un proceso comunicativo entre el profesional médico y el paciente donde toman decisiones sobre cómo abordar un problema de salud. Se requiere informar detalladamente al paciente sobre los procedimientos, riesgos y obtener su autorización de forma libre y responsable.
Este documento presenta los objetivos y normativa del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable de Argentina, el cual busca mejorar la salud sexual y reproductiva de la población, reducir la morbilidad y mortalidad materna e infantil, prevenir embarazos no deseados, y garantizar el acceso a la información y servicios de salud reproductiva. También establece las leyes que regulan la reproducción asistida médicamente y los derechos de los pacientes en relación con su salud y tratamientos médicos.
El documento describe el consentimiento informado como un derecho del paciente y una forma de tomar decisiones médicas de manera más autónoma. Históricamente, los médicos tomaban las decisiones sin involucrar al paciente, pero ahora se reconoce que el paciente debe participar y decidir de acuerdo a sus propios valores. El consentimiento informado implica que el paciente reciba información adecuada, comprenda la información, decida libremente y tenga capacidad para tomar la decisión.
El documento describe los conceptos de autonomía y consentimiento informado. La autonomía se basa en la libertad y responsabilidad del paciente para tomar sus propias decisiones médicas. El consentimiento informado es un proceso mediante el cual el paciente participa en decisiones sobre su atención médica después de recibir toda la información relevante de manera comprensible. Se requiere consentimiento informado para cualquier intervención médica que afecte al paciente.
El documento habla sobre el consentimiento informado en ética médica. Explica que el consentimiento informado es una declaración escrita y firmada por el médico y paciente donde el paciente acepta voluntariamente un procedimiento médico luego de recibir información completa sobre los beneficios, riesgos y alternativas. También describe los diferentes tipos de consentimiento como el expreso, tácito e implícito.
Este documento trata sobre el consentimiento informado y aspectos jurídicos y éticos relacionados. En menos de 3 oraciones:
Explica los principios éticos universales como el respeto a la vida humana, la beneficencia, la confidencialidad y la autonomía del paciente. También cubre la normativa legal y ética sobre el consentimiento informado, incluyendo el derecho del paciente a rechazar tratamientos y la importancia de documentar este proceso por escrito. Finalmente, analiza consideraciones jurídicas como la responsabilidad profesional
El documento describe la evolución histórica del concepto de consentimiento informado en el ámbito médico, desde sus orígenes en el Código de Nuremberg de 1947 hasta declaraciones más recientes. Explica los principios éticos que sustentan el consentimiento informado y sus características, incluyendo que debe ser voluntario, comprendido e informado. También define el proceso de consentimiento informado y los aspectos que deben incluirse en los formularios de consentimiento.
La ley regula los derechos de los pacientes y usuarios en materia de autonomía e información. Reconoce el derecho a recibir información sobre su salud y a dar su consentimiento informado a cualquier tratamiento. También regula la historia clínica de los pacientes y el derecho a acceder a sus datos médicos. Su objetivo es proteger la dignidad de las personas y respetar su autonomía en el ámbito sanitario.
Este documento resume información sobre el aparato digestivo y trastornos relacionados. Habla sobre enfermedades como la úlcera péptica y el reflujo gastroesofágico, sus causas que incluyen la infección por Helicobacter pylori y el uso de antiinflamatorios no esteroideos. Explica los mecanismos de secreción ácida gástrica y su regulación, así como tratamientos como los antagonistas del receptor H2 de histamina, los inhibidores de la bomba de protones y los antiácidos para redu
I. El documento trata sobre las virosis cutáneas como el herpes simple, la varicela y el herpes zoster. Describe sus aspectos epidemiológicos, etiopatogénicos, clínicos y tratamientos.
II. Explica que el herpes simple es causado por los virus HSV-1 y HSV-2, que permanecen de forma latente en los ganglios neurales y pueden reactivarse, causando lesiones cutáneas.
III. La varicela es producida por el virus VZV, que causa la enfer
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El documento habla sobre el consentimiento informado en ética médica. Explica que el consentimiento informado es una declaración escrita y firmada por el médico y paciente donde el paciente acepta voluntariamente un procedimiento médico luego de recibir información completa sobre los beneficios, riesgos y alternativas. También describe los diferentes tipos de consentimiento como el expreso, tácito e implícito.
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La ley regula los derechos de los pacientes y usuarios en materia de autonomía e información. Reconoce el derecho a recibir información sobre su salud y a dar su consentimiento informado a cualquier tratamiento. También regula la historia clínica de los pacientes y el derecho a acceder a sus datos médicos. Su objetivo es proteger la dignidad de las personas y respetar su autonomía en el ámbito sanitario.
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Sesión realizada por una EIR de Pediatría sobre aspectos clave de la valoración nutricional del paciente pediátrico en Oncología, y con tres mensajes para llevarse a casa:
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- En los hospitales hay pocos dietistas que trabajen exclusivamente en la unidad de Oncología Pediátrica, y esto puede repercutir en mayores gastos sanitarios, peor estado general de los pacientes y menor supervivencia.
Pòster presentat per la pediatra de BSA Sofía Benítez al 70 Congrés de la Sociedad Española de Pediatría, celebrat a Còrdoba del 6 al 8 de juny de 2024.
2. CONSENTIMIENTO INFORMADO
DEFINICIÓN: “Proceso de comunicación y deliberación, que forma parte
de la relación de un profesional de la salud y un paciente capaz, por el
cual una persona autónoma, de forma voluntaria, acepta, niega o revoca
una intervención de salud”.
Acuerdo Ministerial 5316.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
3. MARCO LEGAL
En la Resolución 13437 de 1991 se determinó el establecimiento de los
Comités Hospitalarios de Ética y el Decálogo de los Derechos del
paciente
El consentimiento Informado se realiza de forma verbal, y constando
como documento escrito garantiza que el paciente ha sido informado.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
4. OBJETIVOS
Reconocer y
respetar el
derecho de
autonomía
paciente.
Comparte
responsabilidades
y asume riesgos
Optimizar la
relación equipo
medico paciente
Fortalecer la
seguridad de la
atención del
paciente
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
6. 1. Disponer de información
suficiente
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
7. 2. Comprender la información
adecuadamente
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
8. 3. Estar libre para decidir de
acuerdo con sus propios valores
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
9. 4. Ser capaz de tomar la decisión en
cuestión
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
10. CUANDO SE APLICA EL CONSENTIMIENTO INFORMADO
• Procedimientos diagnósticos
• Procedimientos terapéuticos o preventivos
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
11. CUANDO SE DEBE DEJAR EL
CONSENTIMIENTO INFORMADO
ESCRITO
De manera obligatoria, se dejará constancia por escrito de la
autorización del paciente para efectuarse un procedimiento médico, en
los siguientes casos:
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
18. g. Prueba de VIH
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
19. Consentimiento informado escrito y notariado
Lay Orgánica de Donación y Trasplante de órganos, Tejidos y Células, artículo 33, literal c.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
h. En caso de donante vivo y trasplante de
órganos
20. i. Transfusiones de sangre
Ley Orgánica de Salud del Ecuador, artículo 77
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
23. Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
a) Representante
legal, tutor o curador
b) Si no existe
representante legal
c) Pacientes en fase
terminal (Guía de
Práctica Clínica de
Cuidados Paliativos)
25. Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
a) Suscrito por el padre o madre, tutor o curador
b) Padres menores de edad emancipados
c) Padres menores de edad no emancipados
d) Cuando no exista una representación legal
definida
e) Información a menores de edad En los casos
de niños/as mayores de 12 años y adolescentes
26. 3. Cuando No se requiere contar
con un consentimiento
informado suscrito
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
27. Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
a) Situaciones de Emergencia.
b) Cuando exista la imposibilidad de informar al paciente o que el
paciente no pueda comunicarse o contactar a familiares.
c) La actuación del médico quedará fundamentada por escrito en la
historia clínica.
d) Tratamientos exigidos por ley:
-en las pandemias
-epidemias.
e) Cuando se requiera realizar un procedimiento inesperado
f) Intervenciones de riesgo mínimo.
28. CONFIDENCIALIDAD
REGLAMENTO DE INFORMACION CONFIDENCIAL EN SISTEMA NACIONAL
DE SALUD
Acuerdo Ministerial 5216 Registro Oficial Suplemento 427 de 29-ene.-
2015
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
30. Art. 2.- Confidencialidad.- Es la cualidad o
propiedad de la información que asegura
un acceso restringido a la misma, solo por
parte de las personas autorizadas para ello.
Implica el conjunto de acciones que
garantizan la seguridad en el manejo de
esa información.
Art. 5.- Seguridad en el manejo de la
información.- Es el conjunto sistematizado
de medidas preventivas y reactivas que
buscan resguardar y proteger la
información para mantener su condición
de confidencial, así como su integridad y
disponibilidad. Inicia desde el momento
mismo de la generación de la información y
trasciende hasta el evento de la muerte de
la persona.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
35. CONSTITUCIÓN DE LA REÚBLICA DEL ECUADOR
Art. 362: “La atención de salud como servicio público se prestará a través
de las entidades estatales, privadas, autónomas, comunitarias y aquellas
que ejerzan las medicinas ancestrales alternativas y complementarias. Los
servicios de salud serán seguros, de calidad y calidez, y garantizarán el
consentimiento informado, el acceso a la información y la
confidencialidad de la información de los pacientes”.
LEY DE DERECHOS Y AMPARO AL PACIENTE
Art. 6: “Derecho a decidir.- Todo paciente tiene derecho a elegir si acepta o
declina el tratamiento médico. En ambas circunstancias, el centro de salud
deberá informarle sobre las consecuencias de su decisión”.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
36. Ley Orgánica de Salud
Art. 7: “Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación
con la salud, los siguientes derechos:
e) Ser oportunamente informada sobre las alternativas de tratamiento,
productos y servicios en los procesos relacionados con su salud, así como en
usos, efectos, costos y calidad; a recibir consejería y asesoría de personal
capacitado antes y después de los procedimientos establecidos en los
protocolos médicos. Los integrantes de los pueblos indígenas, de ser el caso,
serán informados en su lengua materna.
h) Ejercer la autonomía de su voluntad a través del consentimiento por
escrito y tomar decisiones respecto a su estado de salud y procedimientos de
diagnóstico y tratamiento, salvo en los casos de urgencia, emergencia o riesgo
para la vida de las personas y para la salud pública”.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo
37. Código de la Niñez y Adolescencia
Art. 60.- Derecho a ser consultados.- Los niños, niñas y
adolescentes tienen derecho a ser consultados en todos los
asuntos que les afecten. Esta opinión se tendrá en cuenta en la
medida de su edad y madurez.
Dra. Nelly Margarita Salazar Mayo