El documento habla sobre la contratación electrónica y los contratos de adhesión en el contexto de los contratos informáticos. Explica que los contratos electrónicos pueden referirse a bienes y servicios informáticos y que son válidos siempre que sean lícitos y no requieran una forma específica incompatible con los medios electrónicos. También define los contratos de adhesión como aquellos donde una parte no participa en la discusión de las cláusulas y solo acepta las condiciones preestablecidas, lo que tiene relación con algunos