3. Al hablar de diferencias debemos extraer lo más
importante de cada tipo de contratación a lo cual
el contrato informático se ve en convenciones o
negocios jurídicos, en el cual las partes manifiestan
su voluntad de constituir, reglar, transmitir,
modificar o extinguir un vínculo jurídico
relacionado a un objeto informático, o también
podemos decir que son todas aquellas operaciones
jurídicas que por medio de las cuales se crean,
modifican o extinguen relaciones u obligaciones
sobre bienes o servicios informáticos a diferencia
de los contratos electrónicos que son convenciones
o negocios jurídicos, en la cual las partes
manifiestan su voluntad de constituir, reglar,
transmitir, modificar y extinguir un vínculo
jurídico a través de medios electrónicos o
informáticos.
4. Diferencias
a) Contrato informático, será todo
contrato que tenga como objeto un
bien o un servicio informático.
b) Los contratos informáticos se
refieren al "fondo" de la
contratación.
c) Los contratos informáticos están
referidos a bienes o servicios
informáticos.
a) Contrato eléctrinico se entiende
a todo aquel contrato que se haya
realizado por ese medio, lo cual
no sólo se limita a Internet sino a
tecnologias anteriores o
posteriores aun en desarrollo.
b) Los contratos electrónicos se
refieren a la "forma" de la
contratación.
c)Los contratos electrónicos no
están limitados por su objeto, sino
por el medio que se emplea para
realizar dicho contrato.
5. Ejemplos
Contratación Electrónica:
Contratación Directa u Online, es aquella
modalidad de comercio en Internet en el que la
oferta, aceptación entrega y el pago se hace en línea
(En la Red). Ejemplos de este tipo puede ser la
compra de música a través de internet, compra de
un programa de ordenador o alguna aplicación par
aun dispositivo móvil.
Contratación Indirecta u Off Line, es aquella
modalidad de comercio en Internet donde la oferta
y la aceptación se hace en la red, pero la entrega
y/o el pago se produce fuera de la red.
6. Ejemplos
Contratación Informática:
HARDWARE: Entre los primeros se encuentran por
ejemplo el de mantenimiento de ordenadores o
computadoras, el de creación de un ordenador con
una configuración determinada, así como todo
aquello que tenga que ver con el desarrollo o puesta
en funcionamiento de ese hardware.
SOFTWARE: En cuanto al software, se encuentran
los contratos de hosting o alojamiento de páginas
Web, el de compra de dominios, el desarrollo de
página web, contratos de compraventa de dominios,
contrato de compraventa on-line, además de los de
protección de datos personales.
7. 2. ¿A QUÉ SE DENOMINAN CONTRATOS DE ADHESIÓN
O MASIVOS? ¿QUÉ RELACIÓN TIENE LA
CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA POR INTERNET CON
LOS LLAMADOS CONTRATOS DE ADHESIÓN?
8. Se llama contrato de adhesión aquel en el que las
cláusulas son previamente determinadas y propuestas
por uno solo de los contratantes, de modo que el otro
no tiene el poder de introducirle modificaciones y si no
quiere aceptarlas debe renunciar a estipular el contrato,
lo que introduce una limitación a la libertad contractual
y se resuelve en una imposición del contenido
contractual ("o tomar, o dejar"). La falta de
negociación y de discusión, así como también de
participación en la determinación del contenido del
contrato, que es propia de la adhesión, implica una
situación de disparidad económica y de inferioridad
psíquica para el contratante débil, por lo que el
contrato de adhesión llega a contraponerse al contrato
que puede llamarse paritario (y que constituye la
regla), en el que la posibilidad otorgada a cada uno de
los contratantes de concurrir o de influir sobre la
determinación o sobre la elección del contenido del
contrato es un síntoma de paridad económica y
psíquica y traduce en términos jurídicos esta paridad.
9. Se encuentra una relación entre la
contratación informática y el contrato
de adhesión en la cual ambos
contratos se dan en clausulas en la
cual la otra parte simplemente se
adhiere a ellas. La contratación
electrónica vía Internet mediante los
conocidos e-mail o correos
electrónicos para la negociación, y
que el contrato se perfeccionara de
esta manera en su integridad.
10. 3. ¿A QUÉ SE DENOMINAN CLÁUSULAS
ABUSIVAS EN TELECTONTRATACIÓN?
11. Las cláusulas abusivas son aquellas donde el
consumidor o el usuario no tiene margen o espacio
de negociación, es decir vienen impuestas, lo que
implica que aquél ni las consiente expresamente ni
puede modificar sus características, colisionan con
las normas de la buena fe perjudicando al
consumidor o usuario y generan un desequilibrio
relevante a favor de la parte que las ha impuesto y
en contra del consumidor o usuario.
Aunque las cláusulas abusivas se encuentran en la
mayoría de los casos en contratos celebrados con
consumidores o usuarios, pueden darse igualmente
en cualquier tipo de negociación contractual, por
ejemplo entre empresarios o profesionales, donde
una de las partes no ha tenido su margen de
negociación, es decir, no ha podido arbitrar,
defender o exponer sus intereses precontractuales
que han devenido en el contrato posteriormente
celebrado.
12. Ejemplos
• Querer cobrar al consumidor intereses de demora por
retraso sin que exista contrapartida para el profesional
en similares circunstancias.
• Obligar a firmar declaraciones de recepción o de
conformidad sobre hechos ficticios. Ejemplo: “al
cliente se la entrega el terminal en el momento de la
firma del contrato y sus anexos” siendo una
contratación vía internet.
13. 4. ¿A QUÉ SE DENOMINAN VICIOS DEL
CONSENTIMIENTO? ¿CÓMO SE PRODUCEN
ÉSTOS EN LA TELECONTRATACIÓN?
14. Son los hechos capaces de provocar la alteración
del consentimiento y, por lo tanto, la nulidad del acto jurídico.
Son vicios del consentimiento: el error, el dolo y la violencia.
Son las anormalidades del consentimiento que ocasionan la
anulación del acto jurídico a favor de la parte que ha sido
víctima de ella, y consiste en el error, la violencia, el dolo, la
violencia y en ciertos casos la lesión.
En todo contrato, incluso en los solemnes o reales, el
consentimiento vaya solo, o acompañado de otro elemento,
debe siempre: existir y reunir ciertas cualidades de
inteligencia y de libertad, en ausencia de las cuales se le
considera viciado. Si el consentimiento está absolutamente
destruido por una causa cualquiera, ninguna existencia tiene
el contrato: nada se ha hecho, lo que existe no es sino una vana
apariencia, un mero hecho: el acto jurídico es inexistente. Si el
consentimiento se ha dado realmente, pero bajo la influencia
de una causa que lo priva de su libertad, está viciado; el acto
jurídico existe; pero es anulable.
15. 5. ¿QUÉ ES EL OUTSOURCING EN
MATERIA DE CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA?
16. La traducción al castellano del neologismo inglés
outsourcing viene a ser la externalización de
determinadas áreas funcionales. Por tanto, aplicado
con carácter general, no es un concepto nuevo puesto
que responde al acto mediante el cual una
organización contrata a un tercero para que realice un
trabajo en el que está especializado, con los objetivos
de reducir costos y / o evitar a la organización la
adquisición de una infraestructura propia que le
permita la correcta ejecución del trabajo.
Outsourcing o Tercerización (también llamada
subcontratación) es una técnica innovadora de
administración, que consiste en la transferencia a
terceros de ciertos procesos complementarios que no
forman parte del giro principal del negocio,
permitiendo la concentración de los esfuerzos en las
actividades esenciales a fin de obtener competitividad
y resultados tangibles.
17. Esta técnica se fundamenta en un proceso de
gestión que implica cambios estructurales de
la empresa en aspectos fundamentales tales
como la cultura, procedimientos, sistemas,
controles y tecnología cuyo objetivo es
obtener mejores resultados concentrando
todos los esfuerzos y energía de la empresa en
la actividad principal.
También podemos definirlo como la
subcontratación de servicios que busca
agilizar y economizar los procesos
productivos para el cumplimiento eficiente de
los objetos sociales de las instituciones, de
modo que las empresas se centren en lo que
les es propio.
18. En cuanto al outsourcing informático, el
mismo es el más utilizado por las
compañías de todo el mundo, ya que de
esta manera encomiendan a profesionales
capacitados en sistemas el desarrollo de
un área que por lo general requiere de
mucha inversión en materia de recursos
humanos, tiempo y dinero, que las
empresas no pueden ni quieren
afrontar. Por ello es importante tener muy
en cuenta este nuevo tipo de contratación,
que por sus numerosas ventajas se ha
popularizado entre las empresas que han
hecho el esfuerzo de modernizarse para
adaptarse a las exigencias de un mercado
cada vez más competitivo.