El documento define el contrato como un acuerdo de voluntades entre dos o más partes con capacidad para obligarse mutuamente. Explica que las partes de un contrato pueden ser personas físicas o jurídicas y que la función de un contrato es originar efectos jurídicos. Además, clasifica los contratos en consensuales, solemnes y reales dependiendo de sus requisitos de validez en cuanto a la forma.