El Convenio de La Haya de 1961 estableció el uso de la apostilla para abolir el requisito de legalización diplomática o consular de documentos públicos extranjeros. La apostilla es una certificación emitida por el gobierno que avala un documento público y verifica su autenticidad internacional. Colombia ratificó este convenio en 2001 para facilitar el reconocimiento de documentos públicos tanto que salen como que llegan al país.
El siguiente mapa conceptual trata sobre la letra de cambio, cuales son sus características, estructura, las personas que intervienen en su realización y por ultimo las acciones judiciales que se pueden presentar a la hora de qu no sea pagada dicha letra.
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Resolución (Decreto) Número 441-08 que Aprueba el Convenio sobre la Eliminaci...consultorialegaldominicana
Resolución (Decreto) Número 441-08 que Aprueba el Convenio sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, del 15 de Octubre de 1961.
Convención de Viena 1961 (Relaciones Diplomáticas).pdflauratolasilvia
La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, adoptada en 1961, establece las normas internacionales que rigen las relaciones diplomáticas entre los Estados. Sus 53 artículos abarcan desde la acreditación de los diplomáticos hasta la inmunidad diplomática y la terminación de misiones diplomáticas. Es un herramienta fundamental para el funcionamiento efectivo de la diplomacia a nivel mundial.
La pronunciación de la palabra "apostilla" puede variar, pero la mayoría de los Estados Unidos las oficinas de apostilla lo pronuncian " “ă pŏs tēēl”".Apostilla es también derivada de una palabra francesa que significa certificación.
1. CONVENIO DE LA HAYALA APOSTILLA LEYDI JOHANNA CALVO C. Docente: Enrique Quintero V.
2. CELEBRACION: Celebrado en LA HAYA el 05 de octubre de 1961 pero entró en vigor el 24 de enero de 1965. La ciudad se encuentra localizada en el oeste del país, en la provincia de Holanda Meridional, de la cual es capital.
3. RATIFICACIÓN: Fue ratificado en Colombia el 30 de enero del 2001. EN QUÉ CONSISTE? Abolir el requisito de legalización diplomática o consular a los documentos públicos extranjeros
4. ¿QUÉ ES LA APOSTILLA? La apostilla es una certificación mediante la cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, avala un documento público expedido en Colombia y que va a surtir efectos legales en el exterior, ante un país que hace parte de esta Convención.
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6. CUAL ES EL FIN? El fin de la apostilla es certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente; es decir, verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se anexa a los documentos o que se plasma sobre el mismo que la autoridad competente expide con el modelo formulado por la convención y podrá ser redactada en el idioma oficial de la autoridad que lo emite.
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8. APLICACIÓN Su aplicación consiste en los documentos públicos que van a surtir efectos en Colombia y los que salen de Colombia y que van a surtir efectos en un país que ha firmado el convenio.
9. NO APLICACIÓN La presente Convención no se aplicará a: a) Los documentos ejecutados por agentes diplomáticos o consulares: b) Los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
10. La Convención será renovada tácitamente cada cinco años. La denuncia deberá ser notificada al Ministerio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos por lo menos seis meses antes de la expiración del plazo de cinco años. La denuncia puede limitarse a ciertos territorios a los que se aplica la Convención. La denuncia sólo tendrá efecto en relación con el Estado que la ha notificado. La Convención seguirá vigente para todos los otros estados contratantes. RENOVACION
11. LEGALIZACION DE DOCUMENTOS PÚBLICOS ART. 259 Y 260 C.P.C Certificación que expide el Ministerio de Relaciones Exteriores en la que avala la firma del Cónsul colombiano en documentos públicos otorgados en países que NO hacen parte de la Convención de la Haya sobre Abolición de la apostilla. Igualmente avala la firma de funcionarios públicos colombianos en los documentos que van a surtir efectos en los países que no hacen parte de dicha Convención.
12. Consiste en la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.