Este documento resume varios tipos de convenios laborales, incluyendo sus ámbitos, cláusulas, procedimientos para resolver discrepancias, y regulaciones sobre tiempo de trabajo, vacaciones, permisos y periodos de prueba. En particular, describe los convenios de la hostelería y el comercio, así como los procesos establecidos para la negociación, prórroga y denuncia de los convenios colectivos.
Contrato colectivo de trabajo es un convenio laboral
celebrado entre los sindicatos de trabajadores y los
empleadores que forman parte de una empresa o un sector
laboral.
Contrato colectivo de trabajo es un convenio laboral
celebrado entre los sindicatos de trabajadores y los
empleadores que forman parte de una empresa o un sector
laboral.
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
3. Convenio de la Hostelería
• Ámbito personal y territorial.
• Ámbito funcional.
• Vigencia del convenio.
• Legitimación, denuncia y prórroga.
• Condiciones más beneficiosas.
• Unidad de convenio.
• Contratación.
4. Convenio del Comercio
• Ámbito funcional.
• Ámbito territorial.
• Ámbito temporal.
• Prórroga.
• Condiciones más
beneficiosas.
• Vinculación a la totalidad.
5. •El convenio fue acordado entre la Asociación
Provincial de Constructores y Promotores de
Granada y por otro lado las organizaciones
sindicales Unión General de Trabajadores y
Comisiones Obreras.
• ÁMBITO PERSONAL
• ÁMBITO FUNCIONAL
• ÁMBITO TERRITORIAL
• ÁMBITO TEMPORAL
1.Determinación de las partes que lo
conciertan:
6. PROCEDIMIENTOS PARA SOLVENTAR LAS
DISCREPANCIAS QUE PUEDAN SURGIR EN LA
NEGOCIACIÓN PARA LA NO APLICACIÓN DE LAS
CONDICIONES DE TRABAJO:
Los planteamientos deben de hacerse por escrito y habrá
ciertos plazos que habrá que cumplir
FORMA Y CONDICIONES DE DENUNCIA DEL
CONVENIO:
debe ser algo formal
7. • DESIGNACIÓN DE UNA COMISIÓN
PARITARIA:
• Debe estar formada por 12 miembros, de
la parte sindical y 6 de la empresarial
• Los acuerdos deben ser por unanimidad
8. TIEMPO DE TRABAJO
• CONVENIO HOSTELERIA
• Jornada laboral: 40 horas semanales con dos días de
descanso ininterrumpido.
• Fiestas.
• Permisos y licencias (maternidad, fallecimiento,
traslado…)
9. • Excedencias: Hay dos tipos:
• Especiales de 6 a 24 meses
• Especiales por cargo público o sindical
• Vacaciones
10. El periodo de prueba
• La regulación del período de prueba está descrita en
el artículo 14 del ET
• Los límites de duración se establecen en el Convenio
Colectivo
• La duración depende del tipo del contrato, de la
titulación de los trabajadores y etc..
• Si se trata de un contrato de
trabajo por tiempo indefinido
de apoyo a los emprendedores,
como excepción a la norma
general,la duración del período
de prueba será de un año en
todo caso.
11. • ES OPTATIVO PERO TIENE QUE SER ESCRITO.
• Tiempo fijo <1: duración no podrá superar 1/5 parte
del tiempo y no podrá superar 2 meses.
• Empresario y trabajador tienen obligaciones y
derechos
• Forma parte del contrato del trabajo
• incapacidad temporal, maternidad, y adopción,
interrumpen el cómputo del mismo siempre que se
produzca acuerdo entre ambas partes.
12. Características
• Durante el periodo el trabajador y el empresario
pueden extinguir la relación laboral sin necesidad de
preaviso
• No se genera la indemnización por despido
• Cuando el contrato sea verbal se entiende que el
período de prueba es de dos meses.
13. VACACIONES
• “El período de vacaciones anuales retribuidas, no
sustituibles por compensación económica, será el
pactado en convenio colectivo o contrato individual. En
ningún caso la duración será inferior a treinta días
naturales.”
• POR ACUERDO
• POR NO ACUERDO: Juzgados de lo social
14. Todos los permisos retribuidos
• Por matrimonio.
• De carácter personal.
• Por motivos familiares.
• Por maternidad/paternidad.