Este documento establece las regulaciones para los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. De acuerdo con la resolución, todas las empresas públicas o privadas con más de 10 empleados deben formar un Comité Paritario de Salud Ocupacional compuesto por un número igual de representantes de los trabajadores y la administración. El comité se reunirá mensualmente para promover la salud y seguridad de los trabajadores y proponer medidas preventivas.
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOJudith Arroyave
Diapositivas sencillas en la cual podemos aprender de lo que es, como conformarlo y como darle vida al Comité paritario de Seguridad y salud en el trabajo.
COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOJudith Arroyave
Diapositivas sencillas en la cual podemos aprender de lo que es, como conformarlo y como darle vida al Comité paritario de Seguridad y salud en el trabajo.
El siguiente es una postura sobre la forma como ha evolucionado el sistema de SST en Colombia, y cómo es actualmente el anterior. Posterior a ellos se plantean una serie de interrogantes con el fin de hacer reflexionar al lector.
El siguiente es una postura sobre la forma como ha evolucionado el sistema de SST en Colombia, y cómo es actualmente el anterior. Posterior a ellos se plantean una serie de interrogantes con el fin de hacer reflexionar al lector.
HERRAMIENTAS DE GESTION DE COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE.pptxAlvarolopez745079
CAPACITACION COMITE PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA OMITES CONSTITUIDOS DENTRO DE UNA EMPRESA CUALQUIERA SEA EL RUBRO DE ESTA FOMENTA EL TRABAJO EN EQUIPO DEL COMITE
2. O
B
Reglamentar la organización y
J funcionamiento de los Comités de
Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
E en los lugares de trabajo.
T
O
3. Toda institución pública o privada que tengan
O a su servicio más de diez (10) trabajadores,
está en la obligación de conformar el Comité
B Paritario de Salud Ocupacional. En ese
sentido, la expresión trabajadores incluye a
L todos aquellos que tengan vínculo laboral con
I la empresa.
G
A
4. O
B
L
I
G Todos los trabajadores deben participar en
votación libre en la elección de sus
A representantes.
5. C
O
N
F
O
Estar conformada por igual número de
R
representantes por parte de la
M
administración e igual número de
A representantes por parte de los
C trabajadores, de allí su denominación de
I paritario.
Ó
N
6. C
O
N
F
O
R
M
El empleador debe nombrar sus
A representantes.
C
I
Ó
N
7. C
O
N
F
O
R
M Todos los trabajadores deben participar en
A votación libre en la elección de sus
representantes.
C
I
Ó
N
8. C
O
N
F
O
R
N° REPRESENTANTES REPRESENTANTES
M TRABAJADORES TRABAJADORES DEL EMPLEADOR
A 10 A 49 1 1
50 A 499 2 2
C
500 A 999 4 4
I MÁS DE 1000 4 4
Ó
N
El periodo de los miembros es de 2 Años.
9. R Se reunirá por lo menos una vez al mes en
local de la empresa y durante el horario de
E trabajo.
U
N
I
O
N
E
S
10. R
Se reunirá extraordinariamente en caso de
E accidente grave o riesgo inminente.
U
N
I
O
N
E
S
11. R
El quórum esta constituido por la mitad más
E uno de sus miembros.
U
N
I
O
N
E
S
12. R El empleador designa el presidente de los
representantes que el designa y el comité en
E pleno elige el secretario de la totalidad de
los miembros.
U
N
I
O
N
E
S
13. M
I
El Comité Paritario de Salud Ocupacional
S es el organismo que debe velar por la
promoción y vigilancia de las normas y
I reglamentos de salud ocupacional
Ó (medicina, higiene, medio ambiente
laboral y seguridad industrial) dentro de
N la empresa, minimizando los riesgos
profesionales.
14. F
Proponer a la empresa medidas preventivas y
U actividades relacionadas con la salud en el
N trabajo.
C
I
O
N
E
S
15. F
Proponer actividades de capacitación en Salud
U Ocupacional dirigidos a todos los niveles de la
empresa.
N
C
I
O
N
E
S
16. F Deben realizar estudios de las sugerencias de
U los trabajadores y entorno de trabajo, análisis
de riesgos presentados y proporción de
N medidas especificas para corregirlos o
prevenirlos.
C
I
O
N
E
S
17. F
Vigilar el cumplimiento de las actividades del
U programa de salud ocupacional.
N
C
I
O
N
E
S
18. F Colaborar en el análisis de las causas de los
accidentes de trabajo y enfermedades
U profesionales.
N
C
I
O
N
E
S
19. F
Visitar los lugares de trabajo e inspeccionar los
U ambientes, maquina, equipos, aparatos y
procesos productivos.
N
C
I
O
N
E
S
20. F
Estudiar las sugerencias que presenten los
U trabajadores.
N
C
I
O
N
E
S
21. Presidir y orientar las reuniones.
P Determinar el lugar de las
F
R reuniones.
U
E Convocar por escrito a los
N miembros a reunión.
S
C D
I Preparar los temas a tratar.
I E
D Tramitar ante la administración
O L de la empresa las
E recomendaciones aprobadas al
N
N igual que informar de las
E actividades a desarrollar.
T Velar por la buena marcha del
S
E comité.
22. S Verificar la asistencia a
F reuniones.
E
U
C
N
R
C D Tomar nota de los temas
E tratados, elaborar el acta de
I E cada reunión y someterla a
T
O L discusión y aprobación.
A
N
R Llevar el archivo y suministrar la
E
I información que se requiera.
S
@
23. O
Propiciar la conformación del
B comité garantizando la libertad y
E
L oportunidad en las votaciones.
M
I
P Designar sus representantes.
G
D L Designar al presidente.
A
E E
C Proporcionar los medios
L A
I necesarios.
D
O Estudiar las recomendaciones y
O
N determinar la adopción de
R medidas.
E
S
24. O T
B R Elegir libremente a sus
representantes.
L A
I D B Informar al comité de las
G E A situaciones de riesgo que se
presenten manifestando sus
A J sugerencias para el
C L A mejoramiento.
I O D
Cumplir con las normas de
O S O Medicina, Higiene y seguridad
N R industrial en el trabajo.
E E
S S
25. D
I Sesiones
Empleadores en el
conjuntas.
S mismo lugar.
Adopción de
P Contratistas.
medidas de común
O O acuerdo.
T S
R I
A C
S I Ministerio
O Vigilancia y de Trabajo y
control. Seguridad
N Social.
E
S