Este documento presenta una lista de verificación de requisitos sanitarios para autorizar un predio pecuario productor de animales para consumo humano. La lista contiene 24 requisitos agrupados en 4 categorías: requisitos sanitarios, plan de saneamiento, buenas prácticas de uso de medicamentos veterinarios y alimentación animal, y bienestar animal y personal. El inspector verificó que el predio cumplía con el 87% de los requisitos y fue autorizado.
Este documento establece lineamientos para clasificar y prescribir productos farmacéuticos veterinarios en México según el riesgo de sus ingredientes activos. Define criterios para clasificar los ingredientes en tres grupos de riesgo creciente, siendo el Grupo I de venta restringida sólo con receta médica veterinaria cuantificada. El objetivo es evitar riesgos a la salud animal y pública por el uso inadecuado de estos productos.
Este documento reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne. Establece la clasificación de los mataderos en Clase I, II y III, y define los requisitos mínimos para cada clase con respecto a su capacidad, áreas, dependencias y equipos. También define términos clave relacionados con el sacrificio de animales, procesamiento y comercialización de carne para
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-194-SSA1-2004, la cual establece las especificaciones sanitarias para establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de animales para consumo humano, así como las especificaciones para los productos derivados. La norma fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Incluye definiciones clave, referencias a otras normas, y detalles sobre el objetivo, al
Medicamentos y ejercicio profesional veterinarioalcdelja
Presentación sobre requisitos legales para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, en relación con los medicamentos veterinarios. 3/11/2016
Este documento establece medidas sanitarias para prevenir, controlar y erradicar la tuberculosis bovina en Colombia. Define zonas de erradicación y zonas indemnes de la enfermedad. Describe métodos de diagnóstico como la prueba de tuberculina. Establece que predios con animales positivos serán cuarentenados y sus animales solo podrán ser movilizados para sacrificio supervisado, con el fin de controlar la enfermedad.
Este documento establece el reglamento oficial de inspección veterinaria de productos de origen animal en Uruguay. Define términos clave como establecimiento habilitado, de faena, industrializador, depósito, inspección veterinaria oficial, y productos comestibles y no comestibles. También especifica los requisitos para la habilitación, aprobación, ampliación o modificación de establecimientos de faena e industrialización, incluyendo la presentación de solicitudes, planos y memorias descriptivas.
Este documento establece y regula un plan sanitario avícola en España. Se requiere que las explotaciones avícolas obtengan una autorización sanitaria de las autoridades autonómicas antes de operar. Las explotaciones deben cumplir con requisitos de instalación y funcionamiento, y mantener registros sanitarios. También se establecen requisitos sanitarios para el movimiento de aves de corral dentro del país y para su sacrificio, incluyendo inspecciones y certificados sanitarios.
Pedro Espino recomienda :Requisitos sanitarios productos hidrobiologicosDr. Pedro Espino Vargas
1) El documento establece los requisitos sanitarios para la exportación de productos hidrobiológicos. 2) Describe el procedimiento para obtener la Certificación Oficial Sanitaria para la exportación, el cual incluye presentar documentación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior. 3) Detalla los requisitos sanitarios para la certificación de productos de la pesca y la acuicultura destinados a la Unión Europea.
Este documento establece lineamientos para clasificar y prescribir productos farmacéuticos veterinarios en México según el riesgo de sus ingredientes activos. Define criterios para clasificar los ingredientes en tres grupos de riesgo creciente, siendo el Grupo I de venta restringida sólo con receta médica veterinaria cuantificada. El objetivo es evitar riesgos a la salud animal y pública por el uso inadecuado de estos productos.
Este documento reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne. Establece la clasificación de los mataderos en Clase I, II y III, y define los requisitos mínimos para cada clase con respecto a su capacidad, áreas, dependencias y equipos. También define términos clave relacionados con el sacrificio de animales, procesamiento y comercialización de carne para
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-194-SSA1-2004, la cual establece las especificaciones sanitarias para establecimientos dedicados al sacrificio y faenado de animales para consumo humano, así como las especificaciones para los productos derivados. La norma fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario y publicada en el Diario Oficial de la Federación. Incluye definiciones clave, referencias a otras normas, y detalles sobre el objetivo, al
Medicamentos y ejercicio profesional veterinarioalcdelja
Presentación sobre requisitos legales para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, en relación con los medicamentos veterinarios. 3/11/2016
Este documento establece medidas sanitarias para prevenir, controlar y erradicar la tuberculosis bovina en Colombia. Define zonas de erradicación y zonas indemnes de la enfermedad. Describe métodos de diagnóstico como la prueba de tuberculina. Establece que predios con animales positivos serán cuarentenados y sus animales solo podrán ser movilizados para sacrificio supervisado, con el fin de controlar la enfermedad.
Este documento establece el reglamento oficial de inspección veterinaria de productos de origen animal en Uruguay. Define términos clave como establecimiento habilitado, de faena, industrializador, depósito, inspección veterinaria oficial, y productos comestibles y no comestibles. También especifica los requisitos para la habilitación, aprobación, ampliación o modificación de establecimientos de faena e industrialización, incluyendo la presentación de solicitudes, planos y memorias descriptivas.
Este documento establece y regula un plan sanitario avícola en España. Se requiere que las explotaciones avícolas obtengan una autorización sanitaria de las autoridades autonómicas antes de operar. Las explotaciones deben cumplir con requisitos de instalación y funcionamiento, y mantener registros sanitarios. También se establecen requisitos sanitarios para el movimiento de aves de corral dentro del país y para su sacrificio, incluyendo inspecciones y certificados sanitarios.
Pedro Espino recomienda :Requisitos sanitarios productos hidrobiologicosDr. Pedro Espino Vargas
1) El documento establece los requisitos sanitarios para la exportación de productos hidrobiológicos. 2) Describe el procedimiento para obtener la Certificación Oficial Sanitaria para la exportación, el cual incluye presentar documentación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior. 3) Detalla los requisitos sanitarios para la certificación de productos de la pesca y la acuicultura destinados a la Unión Europea.
Reglamento general de alimentos VenezuelaAlonso Arroyo
Este documento establece el Reglamento General de Alimentos de Venezuela. Asigna al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social la responsabilidad de regular todo lo relacionado con la higiene de la alimentación, incluyendo la autorización de alimentos, el establecimiento de condiciones, la inspección de establecimientos y el registro de alimentos. También establece normas detalladas sobre los alimentos permitidos, las condiciones de establecimientos, utensilios, personal e inspección.
Este documento establece las condiciones sanitarias para la producción, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y venta de alimentos en Perú. Define los requisitos de higiene para establecimientos de alimentos, incluyendo el diseño e instalaciones sanitarias de edificios. También especifica los requisitos para el agua potable, vapor, hielo, eliminación de desechos y más, con el objetivo de proteger la salud pública y garantizar la inocuidad de los alimentos.
La Decisión 436 establece la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola con el objetivo de armonizar los requisitos y procedimientos para el registro y control de plaguicidas en los países del Acuerdo Andino. La decisión designa a las autoridades competentes a nivel nacional y subregional, y establece requisitos para el registro de fabricantes, importadores y otros involucrados con plaguicidas. También determina procedimientos para permisos especiales de investigación, experimentación y emergencias fit
Este reglamento establece las disposiciones sanitarias para la cría de cerdos en granjas porcinas. Incluye capítulos sobre autorizaciones sanitarias de construcción y funcionamiento, registro de granjas, manejo y control sanitario, derechos de tramitación, infracciones y sanciones. Detalla requisitos para la obtención de permisos, bioseguridad, responsabilidades del personal a cargo y prohibiciones para proteger la salud pública.
Este documento presenta el nuevo Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos expedido por la Ministra de Salud Pública. El reglamento establece los procedimientos para la obtención del Registro Sanitario de productos alimenticios nacionales y extranjeros, así como los requisitos y tipos de alimentos sujetos a registro y control sanitario. Además, determina las competencias de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria en materia de registro, vigilancia y control de alimentos.
La Decisión 436 establece la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola con el objetivo de armonizar los requisitos y procedimientos para el registro y control de plaguicidas en los países del Acuerdo Andino. La decisión designa a las autoridades competentes a nivel nacional y subregional responsables por el registro y control de plaguicidas. Además, establece los requisitos para el registro de fabricantes, importadores, y otros; los procedimientos y requisitos para el registro nacional de pl
Este documento establece el protocolo de inspección veterinaria en mataderos de aves del Distrito Metropolitano de Granada. Describe los requisitos para la recepción de aves en el matadero, incluyendo la documentación requerida como la Guía de Origen y Sanidad Pecuaria, el Certificado Sanitario y la Información de Cadena Alimentaria. También detalla los controles de inspección ante-mortem, el sacrificio, la inspección post-mortem y los protocolos de higiene y documentación. El objetivo es armonizar las
El documento establece las buenas prácticas ganaderas para la producción de ganado bovino y bufalino destinado al consumo humano. Entre las buenas prácticas se incluyen: 1) registrar los predios ganaderos ante el ICA, 2) contar con instalaciones adecuadas que cumplan con normas de bienestar animal y bioseguridad, y 3) llevar registros de trazabilidad de cada animal.
Este documento resume las principales regulaciones de los Estados Unidos relacionadas con los residuos de plaguicidas en alimentos importados, incluidos los niveles máximos de tolerancia establecidos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos y las acciones de la Administración de Alimentos y Medicamentos. También proporciona enlaces a bases de datos sobre tolerancias de residuos de plaguicidas y alertas de importación del FDA que deben monitorearse para garantizar el cumplimiento de los alimentos peruanos exportados, como los pimientos
La Directiva 98/58/CE establece normas mínimas para la protección de los animales en las explotaciones ganaderas en la Unión Europea. Define los requisitos para el cuidado y bienestar de los animales, incluyendo inspecciones regulares, registro de tratamientos médicos, libertad de movimiento adecuada, edificios y equipos seguros, alimentación y agua apropiadas, y la prohibición de procedimientos de cría que causen sufrimiento. También exige que el personal tenga la capacitación necesaria y que los animales
El Decreto 1500 de 2007 establece el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la carne y productos cárnicos en Colombia. Define requisitos sanitarios que deben cumplir todas las fases de producción, procesamiento, transporte, comercialización y expendio de carne. Asimismo, establece las responsabilidades de los establecimientos cárnicos, el registro y autorización sanitaria de estas empresas y las medidas de inspección y sanciones aplicables.
Este documento establece los requisitos sanitarios y de inocuidad que deben cumplir los predios de producción primaria de ganado bovino y bufalino destinado para el consumo humano en Colombia. Se reglamentan aspectos como la inscripción de predios, la evaluación de las condiciones sanitarias, y los estándares que deben cumplir en términos de instalaciones, manejo de animales, uso de medicamentos veterinarios y control de plagas. El objetivo general es asegurar que la producción primaria cu
Requisitos sanitarios y de inocuidad en la producciòn de carne de ganado bovi...Ektwr1982
Estas resoluciones establecen los requisitos sanitarios para las granjas y predios de producción primaria de ganado bovino, bufalino y porcino destinados para consumo humano. Entre los requisitos se incluyen la inscripción de los predios ante el ICA, contar con instalaciones e higiene adecuadas, implementar planes de saneamiento, bioseguridad y trazabilidad de los animales, así como aplicar buenas prácticas en el uso de medicamentos, alimentación, bienestar animal y capacitación del personal.
Este decreto supremo aprueba el reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola con el objetivo de prevenir y proteger la salud humana y el ambiente. El SENASA es la autoridad competente encargada de registrar y autorizar el uso de plaguicidas, así como establecer los procedimientos y sanciones relacionadas con su comercialización y uso. El reglamento describe los requisitos para el registro, importación, almacenamiento y disposición final de plaguicidas, así como las atribuciones del SENASA
Reglamento de Registro y control sanitario de alimentos procesados 4871stefanny ochoa
Este documento establece las regulaciones para el registro y control sanitario de alimentos procesados en Ecuador. Designa a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria como la entidad responsable de otorgar, suspender o cancelar los certificados de registro sanitario para alimentos procesados. También exime del requisito de registro a ciertos alimentos sin procesar o mínimamente procesados, pero los somete a control y vigilancia sanitaria. Finalmente, establece las responsabilidades de los titulares de registros sanitarios de mant
Este decreto modifica el Decreto 3249 de 2006 para establecer nuevos requisitos para la fabricación y comercialización de suplementos dietarios en Colombia. Entre los cambios se incluyen: 1) establecer límites máximos permisibles para vitaminas, minerales y oligoelementos en los suplementos; 2) prohibir ingredientes que representen riesgos para la salud; 3) aceptar sólo ingredientes aprobados por agencias regulatorias internacionales; y 4) requerir certificados de buenas prácticas de manufactura para plantas productor
Este documento presenta una lista de verificación para evaluar los requisitos sanitarios y de inocuidad necesarios para obtener la autorización sanitaria en predios pecuarios productores de animales para consumo humano. Contiene secciones sobre información general del predio y propietario, ubicación, especies presentes, requisitos sanitarios, planes de saneamiento, buenas prácticas de uso de medicamentos veterinarios y alimentación animal, bienestar animal y personal. El inspector diligencia la lista para calificar el cumplimiento de cada requisito.
Este documento proporciona recomendaciones para el buen uso de productos farmacéuticos veterinarios. Establece que los médicos veterinarios son responsables de prescribir y administrar dichos productos siguiendo las indicaciones correctas. También cubre temas como la clasificación de principios activos, el registro e identificación de animales tratados, y consideraciones para la preparación de alimentos medicados y el desecho adecuado de envases.
Buenas prácticas en el uso de medicamentos - Aura María Pulido.pdfRicardo Rusinque
Este documento presenta las buenas prácticas en el uso de medicamentos veterinarios en la producción animal. Explica que los medicamentos veterinarios son una herramienta fundamental para el tratamiento de animales enfermos cuando son usados de forma apropiada, pero pueden ser una amenaza cuando se usan de manera inapropiada. Además, destaca la importancia de seguir las normas y regulaciones existentes, realizar diagnósticos precisos, y promover la prevención de enfermedades y el uso racional de medicamentos para garantizar el bienestar animal.
Este documento presenta un plan de bioseguridad para una ganadería en la provincia de Loja, Ecuador. Explica factores clave como infraestructura, agua, limpieza, control de plagas, registros de medicamentos y vacunación. También destaca la importancia de la bioseguridad para la salud animal y económica, e incluye recomendaciones sobre el control de ingreso de animales, vehículos y visitantes. El objetivo general es prevenir y controlar enfermedades mediante protocolos y procedimientos sanitarios.
El documento proporciona lineamientos para garantizar el bienestar animal, la bioseguridad y la sanidad en explotaciones ganaderas. Incluye recomendaciones sobre el suministro de alimento y agua, control de plagas, uso de medicamentos veterinarios, transporte del ganado y condiciones laborales del personal, de acuerdo con la normatividad colombiana aplicable.
Reglamento general de alimentos VenezuelaAlonso Arroyo
Este documento establece el Reglamento General de Alimentos de Venezuela. Asigna al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social la responsabilidad de regular todo lo relacionado con la higiene de la alimentación, incluyendo la autorización de alimentos, el establecimiento de condiciones, la inspección de establecimientos y el registro de alimentos. También establece normas detalladas sobre los alimentos permitidos, las condiciones de establecimientos, utensilios, personal e inspección.
Este documento establece las condiciones sanitarias para la producción, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y venta de alimentos en Perú. Define los requisitos de higiene para establecimientos de alimentos, incluyendo el diseño e instalaciones sanitarias de edificios. También especifica los requisitos para el agua potable, vapor, hielo, eliminación de desechos y más, con el objetivo de proteger la salud pública y garantizar la inocuidad de los alimentos.
La Decisión 436 establece la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola con el objetivo de armonizar los requisitos y procedimientos para el registro y control de plaguicidas en los países del Acuerdo Andino. La decisión designa a las autoridades competentes a nivel nacional y subregional, y establece requisitos para el registro de fabricantes, importadores y otros involucrados con plaguicidas. También determina procedimientos para permisos especiales de investigación, experimentación y emergencias fit
Este reglamento establece las disposiciones sanitarias para la cría de cerdos en granjas porcinas. Incluye capítulos sobre autorizaciones sanitarias de construcción y funcionamiento, registro de granjas, manejo y control sanitario, derechos de tramitación, infracciones y sanciones. Detalla requisitos para la obtención de permisos, bioseguridad, responsabilidades del personal a cargo y prohibiciones para proteger la salud pública.
Este documento presenta el nuevo Reglamento de Registro y Control Posregistro de Alimentos expedido por la Ministra de Salud Pública. El reglamento establece los procedimientos para la obtención del Registro Sanitario de productos alimenticios nacionales y extranjeros, así como los requisitos y tipos de alimentos sujetos a registro y control sanitario. Además, determina las competencias de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria en materia de registro, vigilancia y control de alimentos.
La Decisión 436 establece la Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola con el objetivo de armonizar los requisitos y procedimientos para el registro y control de plaguicidas en los países del Acuerdo Andino. La decisión designa a las autoridades competentes a nivel nacional y subregional responsables por el registro y control de plaguicidas. Además, establece los requisitos para el registro de fabricantes, importadores, y otros; los procedimientos y requisitos para el registro nacional de pl
Este documento establece el protocolo de inspección veterinaria en mataderos de aves del Distrito Metropolitano de Granada. Describe los requisitos para la recepción de aves en el matadero, incluyendo la documentación requerida como la Guía de Origen y Sanidad Pecuaria, el Certificado Sanitario y la Información de Cadena Alimentaria. También detalla los controles de inspección ante-mortem, el sacrificio, la inspección post-mortem y los protocolos de higiene y documentación. El objetivo es armonizar las
El documento establece las buenas prácticas ganaderas para la producción de ganado bovino y bufalino destinado al consumo humano. Entre las buenas prácticas se incluyen: 1) registrar los predios ganaderos ante el ICA, 2) contar con instalaciones adecuadas que cumplan con normas de bienestar animal y bioseguridad, y 3) llevar registros de trazabilidad de cada animal.
Este documento resume las principales regulaciones de los Estados Unidos relacionadas con los residuos de plaguicidas en alimentos importados, incluidos los niveles máximos de tolerancia establecidos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos y las acciones de la Administración de Alimentos y Medicamentos. También proporciona enlaces a bases de datos sobre tolerancias de residuos de plaguicidas y alertas de importación del FDA que deben monitorearse para garantizar el cumplimiento de los alimentos peruanos exportados, como los pimientos
La Directiva 98/58/CE establece normas mínimas para la protección de los animales en las explotaciones ganaderas en la Unión Europea. Define los requisitos para el cuidado y bienestar de los animales, incluyendo inspecciones regulares, registro de tratamientos médicos, libertad de movimiento adecuada, edificios y equipos seguros, alimentación y agua apropiadas, y la prohibición de procedimientos de cría que causen sufrimiento. También exige que el personal tenga la capacitación necesaria y que los animales
El Decreto 1500 de 2007 establece el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la carne y productos cárnicos en Colombia. Define requisitos sanitarios que deben cumplir todas las fases de producción, procesamiento, transporte, comercialización y expendio de carne. Asimismo, establece las responsabilidades de los establecimientos cárnicos, el registro y autorización sanitaria de estas empresas y las medidas de inspección y sanciones aplicables.
Este documento establece los requisitos sanitarios y de inocuidad que deben cumplir los predios de producción primaria de ganado bovino y bufalino destinado para el consumo humano en Colombia. Se reglamentan aspectos como la inscripción de predios, la evaluación de las condiciones sanitarias, y los estándares que deben cumplir en términos de instalaciones, manejo de animales, uso de medicamentos veterinarios y control de plagas. El objetivo general es asegurar que la producción primaria cu
Requisitos sanitarios y de inocuidad en la producciòn de carne de ganado bovi...Ektwr1982
Estas resoluciones establecen los requisitos sanitarios para las granjas y predios de producción primaria de ganado bovino, bufalino y porcino destinados para consumo humano. Entre los requisitos se incluyen la inscripción de los predios ante el ICA, contar con instalaciones e higiene adecuadas, implementar planes de saneamiento, bioseguridad y trazabilidad de los animales, así como aplicar buenas prácticas en el uso de medicamentos, alimentación, bienestar animal y capacitación del personal.
Este decreto supremo aprueba el reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola con el objetivo de prevenir y proteger la salud humana y el ambiente. El SENASA es la autoridad competente encargada de registrar y autorizar el uso de plaguicidas, así como establecer los procedimientos y sanciones relacionadas con su comercialización y uso. El reglamento describe los requisitos para el registro, importación, almacenamiento y disposición final de plaguicidas, así como las atribuciones del SENASA
Reglamento de Registro y control sanitario de alimentos procesados 4871stefanny ochoa
Este documento establece las regulaciones para el registro y control sanitario de alimentos procesados en Ecuador. Designa a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria como la entidad responsable de otorgar, suspender o cancelar los certificados de registro sanitario para alimentos procesados. También exime del requisito de registro a ciertos alimentos sin procesar o mínimamente procesados, pero los somete a control y vigilancia sanitaria. Finalmente, establece las responsabilidades de los titulares de registros sanitarios de mant
Este decreto modifica el Decreto 3249 de 2006 para establecer nuevos requisitos para la fabricación y comercialización de suplementos dietarios en Colombia. Entre los cambios se incluyen: 1) establecer límites máximos permisibles para vitaminas, minerales y oligoelementos en los suplementos; 2) prohibir ingredientes que representen riesgos para la salud; 3) aceptar sólo ingredientes aprobados por agencias regulatorias internacionales; y 4) requerir certificados de buenas prácticas de manufactura para plantas productor
Este documento presenta una lista de verificación para evaluar los requisitos sanitarios y de inocuidad necesarios para obtener la autorización sanitaria en predios pecuarios productores de animales para consumo humano. Contiene secciones sobre información general del predio y propietario, ubicación, especies presentes, requisitos sanitarios, planes de saneamiento, buenas prácticas de uso de medicamentos veterinarios y alimentación animal, bienestar animal y personal. El inspector diligencia la lista para calificar el cumplimiento de cada requisito.
Este documento proporciona recomendaciones para el buen uso de productos farmacéuticos veterinarios. Establece que los médicos veterinarios son responsables de prescribir y administrar dichos productos siguiendo las indicaciones correctas. También cubre temas como la clasificación de principios activos, el registro e identificación de animales tratados, y consideraciones para la preparación de alimentos medicados y el desecho adecuado de envases.
Buenas prácticas en el uso de medicamentos - Aura María Pulido.pdfRicardo Rusinque
Este documento presenta las buenas prácticas en el uso de medicamentos veterinarios en la producción animal. Explica que los medicamentos veterinarios son una herramienta fundamental para el tratamiento de animales enfermos cuando son usados de forma apropiada, pero pueden ser una amenaza cuando se usan de manera inapropiada. Además, destaca la importancia de seguir las normas y regulaciones existentes, realizar diagnósticos precisos, y promover la prevención de enfermedades y el uso racional de medicamentos para garantizar el bienestar animal.
Este documento presenta un plan de bioseguridad para una ganadería en la provincia de Loja, Ecuador. Explica factores clave como infraestructura, agua, limpieza, control de plagas, registros de medicamentos y vacunación. También destaca la importancia de la bioseguridad para la salud animal y económica, e incluye recomendaciones sobre el control de ingreso de animales, vehículos y visitantes. El objetivo general es prevenir y controlar enfermedades mediante protocolos y procedimientos sanitarios.
El documento proporciona lineamientos para garantizar el bienestar animal, la bioseguridad y la sanidad en explotaciones ganaderas. Incluye recomendaciones sobre el suministro de alimento y agua, control de plagas, uso de medicamentos veterinarios, transporte del ganado y condiciones laborales del personal, de acuerdo con la normatividad colombiana aplicable.
El documento habla sobre el bienestar animal en equinos. Resume las principales necesidades de los equinos como acceso a agua y alimento, atención veterinaria, instalaciones seguras y cómodas, y transporte humanitario. También describe las Buenas Prácticas Equinas que promueven el manejo ético y saludable de los equinos.
Este documento presenta las buenas prácticas de manejo pecuario. Cubre temas como la ubicación de las explotaciones pecuarias, diseño e infraestructura, equipos y utensilios, medidas higiénicas, personal y visitantes, agua y alimentación animal, sanidad animal, control de plagas, manejo de medicamentos veterinarios, bienestar animal, transporte, preparación para el sacrificio, rastreabilidad, manejo ambiental y seguridad laboral. El objetivo es asegurar el cuidado adecuado de los animales y la prote
Buenas Practicas Ganaderas, la certificación para todosJulio Báez
Este documento describe los requisitos para la certificación en buenas prácticas ganaderas para la producción primaria de leche en Colombia de acuerdo con la Resolución 3585 de 2008 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Los predios deben cumplir con estándares relacionados con la sanidad animal, las instalaciones, el bienestar animal, el uso de medicamentos y la inocuidad para obtener la certificación que es válida por dos años.
La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es responsable de regular la sanidad agraria en Perú para prevenir plagas y enfermedades, promover la competitividad de los productores agrarios, y facilitar el acceso a mercados internacionales. La Autoridad dicta medidas fitosanitarias obligatorias, declara zonas libres de plagas, y realiza inspecciones y certificaciones de productos agrícolas para exportación e importación. También regula plaguicidas, productos veterinarios y alimentos para animales. Es responsable de investigar infracciones y
Plan de Bioseguridad Ganadera para Bovinos en la Hoya de Loja, Ecuador.
Estudiante: Steven Barba
Docente Dr. Manuel Quezada. PhD.
Cátedra " Sanidad de Rumiantes" . Carrera de MVZ
Universidad Nacional de Loja
Este documento presenta una guía sobre buenas prácticas pecuarias. Resume los principales requisitos para la ubicación, infraestructura e higiene de las explotaciones pecuarias, así como para el manejo del agua, alimentación, sanidad animal y bienestar de los trabajadores, con el fin de garantizar la inocuidad de los alimentos de origen animal desde su producción primaria.
La ganadería ecológica tiene como objetivo producir alimentos de calidad para los consumidores mediante sistemas que protegen el medio ambiente y el bienestar animal. Siguen principios como el pastoreo libre, el uso de razas autóctonas y la alimentación y cuidado natural de los animales sin el uso de antibióticos o hormonas. El documento describe los principios básicos, los requisitos para los animales, la alimentación, el manejo, las instalaciones y la salud animal en la ganadería ecológica.
12 BUENAS PRACTICAS EN LA GANADERIA COLOMBIAanamariafamima
Este documento resume 12 aspectos clave que deben verificarse para certificar una finca ganadera con Buenas Prácticas Ganaderas. Estos incluyen instalaciones adecuadas, alimentación y agua de calidad para los animales, planes de sanidad y bioseguridad, uso apropiado de medicamentos veterinarios, saneamiento básico, registros completos, trazabilidad de los animales, bienestar animal, almacenamiento seguro de insumos, control de plagas, capacitación del personal, y transporte humano de los animales. Cumplir con
Este documento establece el objetivo y disposiciones generales de la Ley Fitozoosanitaria de Honduras. Crear el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria para dirigir los esfuerzos de fortalecimiento fitozoosanitario del país, incluyendo diagnóstico, vigilancia epidemiológica, cuarentena agropecuaria y control de plagas y enfermedades. También define términos clave como plagas endémicas, plagas exóticas, medidas sanitarias y fitozoosanitarias, y establece la
Este documento presenta varias medidas higiénicas importantes para la sanidad animal. Recomienda lavarse las manos frecuentemente, mantener la higiene personal, suministrar alimentos y agua limpios a los animales, aislar animales enfermos, y seguir las instrucciones del veterinario. También enfatiza la importancia de medidas higiénicas para vehículos y visitantes que ingresan a la propiedad para prevenir la propagación de enfermedades.
Este documento presenta un plan de bioseguridad para una ganadería ubicada en Cariamanga, Loja. Incluye medidas como cercas perimetrales, manga para manejo de animales, mejoras en el establo y almacenamiento de suministros. También recomienda limpieza y desinfección de equipos, control de plagas, calendario de vacunación y desparasitación, y registro sanitario. El objetivo es prevenir enfermedades mediante el manejo adecuado de la granja y los animales.
Este documento presenta extractos del Reglamento Sanitario de los Alimentos de Perú. Establece las condiciones sanitarias para la producción, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y venta de alimentos. Incluye definiciones clave como "alimento", "contaminación" e "higiene de los alimentos". También describe los requisitos de higiene para zonas de producción, recolección, establecimientos de alimentos, proyectos de construcción y manipulación de alimentos. El objetivo general es proteger la salud
Este documento presenta extractos del Reglamento Sanitario de los Alimentos de Perú. Establece las condiciones sanitarias para la producción, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y venta de alimentos. Incluye definiciones clave como "alimento", "contaminación" e "higiene de los alimentos". También describe los requisitos de higiene para zonas de producción, recolección, establecimientos de alimentos, proyectos de construcción y manipulación de alimentos. El objetivo general es proteger la salud
La higiene es importante para la salud humana y animal. Se recomiendan medidas como lavarse las manos, bañarse, mantener la ropa limpia y cortar las uñas. También es importante mantener a los animales y su entorno limpios, suministrarles agua y alimento de buena calidad, y vacunarlos contra enfermedades. Cuando un animal se enferma, es necesario aislarlo y llamar a un veterinario para que lo trate, siguiendo sus instrucciones.
La norma establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos generados en establecimientos médicos. Se clasifican los residuos y establecimientos en tres niveles, y se especifican las medidas para cada etapa del manejo de residuos, incluyendo el envasado por tipo de residuo, el almacenamiento temporal, y el transporte para tratamiento y disposición final.
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Texto del catálogo de la exposición de esculturas exentas “Es-cultura. Espacio construido de reflexión”, en la que me planteo la interrelación entre escultura y cultura y el hecho de que la escultura, como yo la creo, sea un espacio construido de reflexión. Ver los documentos: vídeo de presentación, imágenes de las obras, fichas técnicas y títulos en inglés, alemán y español en:
Consultar página web: http://luisjferreira.es/
Las castas fueron sin duda uno de los métodos de control de la sociedad novohispana y representaron un intento por limitar el poder de los criollos; sin embargo, fueron excedidas por la realidad. “De mestizo y de india; coyote”.
Este proyecto se enfoca en las artesanías y el arte de la región del Departamento de Nariño. ArtNariño es una iniciativa que busca crear una plataforma, donde los artesanos y artistas locales puedan publicar, explicar y vender sus obras, facilitando la conexión entre creadores y compradores según sus preferencias.
Obra plástica de la exposición de esculturas exentas “Es-cultura. Espacio construido de reflexión”, en la que me planteo la interrelación entre escultura y cultura y el hecho de que la escultura, como yo la creo, sea un espacio construido de reflexión. Ver los documentos: vídeo de presentación, texto de catálogo, fichas técnicas y títulos en inglés, alemán y español en:
Consultar página web: http://luisjferreira.es/
Fichas técnicas de las obras de la exposición de esculturas exentas “Es-cultura. Espacio construido de reflexión”, en la que me planteo la interrelación entre escultura y cultura y el hecho de que la escultura, como yo la creo, sea un espacio construido de reflexión. Ver los documentos: vídeo de presentación, texto de catálogo, imágenes de las obras y títulos en inglés, alemán y español en:
Consultar página web: http://luisjferreira.es/
1. LISTA DE CHEQUEO PARA LAVERIFICACION DE LOS REQUISITOS
PARA OBTENER LA AUTORIZACION SANITARIA Y DE INOCUIDAD
EN LOS PREDIOS PECUARIOS PRODUCTORES DE ANIMALES
DESTINADOS AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO
Forma 3-515 V 1.0 2016
Autorizacion Sanitaria y de inocuidad
Fecha de la Visita ténica: 14 de enero
de 2019
Fecha de v isita Posterior :4 de
nov iembre de 2019
INFORMACIÓN GENERAL DEL PREDIO
Nombre del predio*: Nombre y apellido del propietario,
poseedor y / o tenedor; y /o
Andrés Simón Aza
UBICACIÓN DEL PREDIO Represetante Legal*: 1.069.798.934de Tenjo Cundinamarca
Departamento*: Cundinamarca Número de identif icación*:
Municipio*: Fusagasugá Teléf ono*: 3152341964
Vereda o centro poblado*: Los Sauces Correo electrónico*: Asimonaza@ucundinamarca.edu.co
Número de Registro del predio*: 20038753 Dirección de notif icación:
Nombre, apellido e identif icación de
la Persona que atendio la v isita*:
Andrea Fabiola Camelo- 10697889764
Of icina ICA Registro de Predio* Fusagasugá
Latitud:
4.3369235
-74.3644854
Teléf ono de la persona que atendio
la v isita:
7563030
Longitud
INFORMACION GENERAL DEL ICA- DELGADO O AUTORIZADO AEFECTUAR LAACTIVIDAD
Of icina Local del ICA*: Fusagasugá
Nombre e identif icación del
Delegado o Autorizado:
Andrea Fabiola Camelo 10697889764
Nombre del Inspector*: Juan Martin Oedraza
Matricula Prof esional: 2453211
INFORMACIÓN GENERAL DE LAACTIVIDAD PRODUCTIVA
Especie Ev aluada* (Inv entario)
1. Bov ina [ ] 4. Ov ino-Caprina [ ] 7. Zoocria (especie) [ ]
2. Buf alina [ ] 5. Equina [ x ]
3. Porcina [ ] 6. Av es de corral [ ]
Fin Zootécnico de la especie ev aluada* Área total del predio* (Ha):
Cría Raza Caballo criollo colombiano Otras especies en el predio: 4. Ov ino-Caprina [x ]
Lev ante 1. Bov ina [ ] 5. Equina [ ]
Ceba 2. Buf alina [ ] 6. Av es de: Postura [ ] Engorde [ ] Material Genetico [
Ciclo Completo 3. Porcina [ ] 7. Zoocria (especie) [ ]
* Datos de diligenciamiento obligatorio
REQUISITOS A EVALUAR EN EL PREDIO CALIFICACIÓN
(PUNTAJE)
REQUISITOS SANITARIOS: SANIDAD ANIMAL Y BIOSEGURIDAD- PONDERADO DEL 30% (valor por item 5)
1. Se cumple con los requisitos establecidos para las enf ermedades de control of icial, declaración obligatoria y de v acunación. 5
2. Se realizan activ idades de prev ención y control de otras enf ermedades infecciosas y parasitarias que af ectan al predio. 4
3. La zona de produccion dispone de cercos, broches, puertas, barreras de aislamiento natural u otros mecanismos que delimita el paso de otros animales
o personas ajenas al predio.
5
4. Si el sistema productiv o es estabulado cuenta con registro de ingreso de salida de personas y v ehiculos, que contenga como minimo: nombre, fecha,
numero de identif iación o placa del v ehiculo, telef ono, origen y objeto de la v isita.
5
5. La mortalidad generada en el predio no se destina para consumo humano o animal, ni su disposición f inal genera riesgo sanitario y de inocuidad. 5
6. Los animales se encuentran identif icados de f orma indiv idual o por lotes y f acilita la trazabilidad de los productos deriv ados de los mismos. 3
PLAN DE SANEAMIENTO - PONDERADO DEL 20% ( valor por item 5) 29%
7. Se Impide el acceso de manera ef ectiva de los animales a basureros, rellenos sanitarios,f uentes de contaminación lugares que representan riesgo para
la inocuidad de la carne y /o f uente de agua declaradas como contaminadas o de riesgo para la inocuidad de la carne o la sanidad animal.
5
8. El predio dispone de un lugar donde se clasif ica y almacena temporalmente los residuos y basuras en el predio, de f orma tal que se ev ita el riesgo
sanitario deriv ado de la prolif eración de plagas. Para este mismo propósito se ev ita la acumulación de residuos orgánicos, los escombros, la maquinaria y
equipos en desuso.
5
9. El manejo y disposición de env ases v acíos de productos veterinarios y de los productos v eterinarios v encidos se realiza de acuerdo con las
instrucciones del etiquetado rotulado del producto y la normativ idad v igente.
0
10. Se conoce cuáles son la(s) f uente(s) de agua. En caso de tener tanques para el almacenamiento del agua debe estar construidos con materiales que
f aciliten su limpieza, desinf ección cuando sea requerida y permanecer tapados y limpios.
5
Porcentaje acumulado 5
BUENAS PRÁCTICAS DE USO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y ALIMENTACIÓN ANIMAL - PONDERADO DEL
30% (valor por item 2,14)
20%
11.Los medicamentos y biológicos v eterinarios, alimentos comerciales para animales, suplementos nutricionales, sales mineralizadas, plaguicidas,
f ertilizantes y demas productos veterinarios utilizados en el predio cuentan con registro del ICA.
2
12.Se ev idencia que en el predio no se utilizan sustancias prohibidas por el ICA (Las sustancias actualmente prohibidas por el ICA para su uso en
producción pecuaria son; dimetridazol, cloranf enicol, f urazolidona, nitrofurazona y furaltadona, olaquindox, dietilestilbestrol , violeta de genciana v ia oral y
arsénico).
2
2. LISTA DE CHEQUEO PARA LAVERIFICACION DE LOS REQUISITOS
PARA OBTENER LA AUTORIZACION SANITARIA Y DE INOCUIDAD
EN LOS PREDIOS PECUARIOS PRODUCTORES DE ANIMALES
DESTINADOS AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO
Forma 3-515 V 1.0 2016
13. No se emplean productos v eterinarios v encidos. 1
14. Los tratamientos v eterinarios hormonales, antibióticos, anestésicos y relajantes musculares son prescritos únicamente por un médico v eterinario o
médico v eterinario zootecnista con matrícula prof esional. Se v erifica la existencia de las respectivas prescipciones por un periodo minimo de 6 meses.
2
15. Se ev idencia la utilización de Medicamentos Veterinarios de control especial con su respectiv a prescripción Médico v eterinaria en su f ormato oficial.
De acuerdo a la normativ idad v igente las sustancias de control especial son: La Oxitocina, las Prostaglandinas, la Ketamina, Pentobarbital Sódico y
Tiopental Sódico, Etiproston, D-Cloprostenol Sódico, Butorf anol, Lupostinol y Tiaprost prometamina. Podra identif icar estos medicamentos por la f ranja de
color v ioleta que se encuentra en su etiqueta.
1
16.Cuenta con áreas, instalaciones independientes o contenedores cerrados y separados f isicamente para el almacenamiento de medicamentos
v eterinarios, alimentos para animales, suplementos nutricionales, sales mineralizadas, f ertilizantes, plaguicidas, equipos y /o herramientas, de tal f orma que
se mantiene su calidad y se ev ita el riesgo de contaminación cruzada.
2
17. El uso y almacenamiento de los Medicamentos y Biologicos Veterinarios se realiza de acuerdo a las condiciones e intrucciones consignadas en su
rotulado.
1
18. El predio cuenta con el Registro of icial de Tratamientos Veterinarios. Este registro debe incluir como minimo: f echa de inicio del tratamiento, nombre
del medicamento, número del registro ICA, número de lote del medicamento, dosis administrada, v ía de administración, especie e identif icación individual
del animal o lote de animales tratados, f echa de f inalización de tratamiento, nombre y apellido del aplicador del tratamiento, tiempo de retiro (en días u
horas), nombre, apellido, número de tarjeta prof esional v igente y firma del médico v eterinario o médico v eterinario zootecnista, para los tratamientos de
los medicamentos que así lo requieran. Debe tener un antecedente o historial de minimo 3 meses.
1
19. Se respeta el tiempo de retiro de los medicamentos v eterinarios en los animales que están bajo tratamiento, de acuerdo con lo establecido en el
rotulado y dicho tiempo de retiro se encuentra debidamente consignado en el registro of icial de tratamientos veterinarios.
2
20.Se utilizan en el predio productos v eterinarios como promotores de crecimiento, cuando el registro ICA expresamente autorice su uso. 2
21. No se emplean en la alimentación de los animales productos o subproductos de cosechas de cultiv os ornamentales, leche de retiro, mortalidades y /o
excretas de animales (Pollinaza, Gallinaza, Porquinaza, etc.), desechos de la alimentación humana (lav azas).
2
22. No se empleean alimentos balanceados y /o suplementos alimenticios y minerales que contengan harinas de carne, sangre y hueso v aporizado; de
carne y hueso y despojos de mamíferos.
1
23. Se respeta el periodo de carencia de los plaguicidas y demas insumos agricolas utilizados en los f orrajes, cultivos y subproductos de cosechas
destinados para la alimentación de los animales, de acuerdo con el rotulado del producto.
2
24. Las agujas empleadas en la administración de medicamentos son almacenadas en un recipiente seguro o guardián. 1
BIENESTAR ANIMAL Y PERSONAL - PONDERADO DEL 20% (valor de item 5) 18%
25. En el predio se ev ita el maltrato y el dolor en los animales de acuerdo a las cinco libertades (que no suf ran hambre ni sed, que no suf ran
injustif icadamente malestar f ísico ni dolor, que no les sean prov ocadas enf ermedades por negligencia o descuido, que no sean sometidos a condiciones
de miedo ni estrés y que puedan manif estar su comportamiento natural).
5
26. Los animales disponen de agua de bebida a v oluntad y alimentos en condiciones higiénicas que no af ecten la salud de los animales ni la inocuidad de
la carne.
5
27. Los bebederos permanecen limpios y en buen estado. 5
28. El personal v inculado, recibe entrenamiento en los temas relacionados con el desempeño de sus activ idades en el predio. Se ev idencia su
conocimiento por medio de entrev ista o soportes escritos.
5
PORCENTAJE ACUMULADO 87%
Colocar la sigla NO APLICA (NA),en caso de que el punto no sea ev aluable.
En caso de ser un predio bovino con un censo menor a 50 animales, unicamente evalue el item numero 18.
Total Criterios No. Criterios cumplidos No. De Criterios NA % Criterios Cumplidos
Sanidad Animal, Insralaciones y
Bienstar
5 0 29
Plan de Saneamiento 4 1 20
Buenas Prácticas de Uso de
Medicamentos Veterinarios y
Alimentación Animal
8 0 18
Bienestar Animal y Personal 4 0 20
Total 21 1 87
CONCEPTO
AUTORIZADO [ x] AUTORIZADO CONDICIONADO [ ] NO AUTORIZADO [ ]
Cumplimiento > 80% Cumplimiento del 60 al 79% Cumplimiento < al 59%
3. LISTA DE CHEQUEO PARA LAVERIFICACION DE LOS REQUISITOS
PARA OBTENER LA AUTORIZACION SANITARIA Y DE INOCUIDAD
EN LOS PREDIOS PECUARIOS PRODUCTORES DE ANIMALES
DESTINADOS AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO
Forma 3-515 V 1.0 2016
OBSERVACIONES
4. LISTA DE CHEQUEO PARA LAVERIFICACION DE LOS REQUISITOS
PARA OBTENER LA AUTORIZACION SANITARIA Y DE INOCUIDAD
EN LOS PREDIOS PECUARIOS PRODUCTORES DE ANIMALES
DESTINADOS AL SACRIFICIO PARA CONSUMO HUMANO
Forma 3-515 V 1.0 2016
PLAN GRADUAL DEL CUMPLIMIENTO
NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE PREDIO NOMBRE Y FIRMA INSPECTOR ICA