Este documento trata sobre delitos contra el orden público en la sociedad venezolana. Explica que la instigación a delinquir y el agavillamiento están tipificados en el Código Orgánico Procesal Penal. También distingue entre delitos y faltas, señalando que la extradición solo procede por delitos y que estos pueden ser castigados incluso en grado de tentativa o frustración, mientras que las faltas solo cuando se han consumado.