La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad discrecional de atraer casos que no son de su competencia original, pero que revisten interés y trascendencia. Para ejercer esta facultad, un caso debe cumplir con dos requisitos: 1) Revista un interés superlativo reflejado en la gravedad del tema y su posible afectación a valores sociales, políticos o de convivencia en México. 2) Revista un carácter trascendente reflejado en lo excepcional del criterio jurídico que fijaría o la