Unidad 7 Deberes & derecho de los comerciantes
7.1 Publicidad Dentro de las obligaciones de los comerciantes se encuentran el dar a conocer por medio de la prensa, su calidad mercantil, es decir; dar a conocer su lugar de establecimiento, misión, visión y objetivos.
Artículo 33.- El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:  7.2 Contabilidad CAPITULO III De la Contabilidad Mercantil
Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.  Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa;  Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio;  Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales;  Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.
Están obligados  a conservar  las cartas, telegramas y otro documentos que reciban en relación a sus negocios o giros. De las copias de la carta, telegramas y otros documentos que los comerciantes  expidan podrán integrarse con copias  obtenidas por cualquier medio; mecanico,fotografico o electrónico que permita su reproducción posterior integra y su consulta o compulsa en caso necesario. 7.3 Otros deberes
Conservar por un plazo mínimo de diez años los originales de aquellas cartas, telegramas o otros documentos en que se consignen contratos, convenios o compromisos que den nacimiento a derechos y obligaciones.
Sin perjuicio de la aplicación de la Ley 17/2009, en cuanto a la exigibilidad a determinadas actividades de comercio específicas de requisitos y condiciones adicionales, el ejercicio de la actividad de comerciante (es decir, de la actividad empresarial) con carácter habitual en territorio español exige, el cumplimiento de determinados requisitos genéricos: Solicitar su inscripción en el Registro Mercantil21 .  Asimismo, los empresarios obligados a la inscripción deberán hacer constar en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, el domicilio y los datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil. Las sociedades mercantiles y demás entidades harán constar, además, su forma jurídica y, en su caso, la situación de liquidación en que se encuentren . 7.4 Obligaciones genéricas del comerciante
Si mencionan el capital, deberá hacerse referencia al capital suscrito y al desembolsado . Llevar una contabilidad ordenada que permita el seguimiento cronológico de todas sus operaciones, y elaborar periódicamente balances e inventarios. Al menos, deberán llevar un Libro de Inventario y Cuentas Anuales y un Libro Diario. Si el comerciante es una sociedad mercantil, deberá asimismo llevar un libro o libros de actas en los que hagan constar todos los acuerdos tomados por las juntas generales y especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad. Presentar los libros que obligatoriamente haya de llevar ante el Registro Mercantil para su legalización.
Conservar los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años. Formular, al cierre del ejercicio, sus cuentas anuales, que formarán una unidad y comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, un estado de flujos de efectivo27 y la memoria. Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, comanditarias por acciones y de garantía recíproca y fondos de pensiones, entre otras, deberán depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Someter las cuentas anuales a auditoría en los supuestos legales en los que la sociedad esté obligada a ello. Solicitar el alta en el Censo de Obligados Tributarios dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y obtener, incluso para el caso de personas o entidades no establecidas en territorio español, un Número de Identificación Fiscal3.

Derecho 7

  • 1.
    Unidad 7 Deberes& derecho de los comerciantes
  • 2.
    7.1 Publicidad Dentrode las obligaciones de los comerciantes se encuentran el dar a conocer por medio de la prensa, su calidad mercantil, es decir; dar a conocer su lugar de establecimiento, misión, visión y objetivos.
  • 3.
    Artículo 33.- Elcomerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos: 7.2 Contabilidad CAPITULO III De la Contabilidad Mercantil
  • 4.
    Permitirá identificar lasoperaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas. Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa; Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio; Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales; Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.
  • 5.
    Están obligados a conservar las cartas, telegramas y otro documentos que reciban en relación a sus negocios o giros. De las copias de la carta, telegramas y otros documentos que los comerciantes expidan podrán integrarse con copias obtenidas por cualquier medio; mecanico,fotografico o electrónico que permita su reproducción posterior integra y su consulta o compulsa en caso necesario. 7.3 Otros deberes
  • 6.
    Conservar por unplazo mínimo de diez años los originales de aquellas cartas, telegramas o otros documentos en que se consignen contratos, convenios o compromisos que den nacimiento a derechos y obligaciones.
  • 7.
    Sin perjuicio dela aplicación de la Ley 17/2009, en cuanto a la exigibilidad a determinadas actividades de comercio específicas de requisitos y condiciones adicionales, el ejercicio de la actividad de comerciante (es decir, de la actividad empresarial) con carácter habitual en territorio español exige, el cumplimiento de determinados requisitos genéricos: Solicitar su inscripción en el Registro Mercantil21 . Asimismo, los empresarios obligados a la inscripción deberán hacer constar en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, el domicilio y los datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil. Las sociedades mercantiles y demás entidades harán constar, además, su forma jurídica y, en su caso, la situación de liquidación en que se encuentren . 7.4 Obligaciones genéricas del comerciante
  • 8.
    Si mencionan elcapital, deberá hacerse referencia al capital suscrito y al desembolsado . Llevar una contabilidad ordenada que permita el seguimiento cronológico de todas sus operaciones, y elaborar periódicamente balances e inventarios. Al menos, deberán llevar un Libro de Inventario y Cuentas Anuales y un Libro Diario. Si el comerciante es una sociedad mercantil, deberá asimismo llevar un libro o libros de actas en los que hagan constar todos los acuerdos tomados por las juntas generales y especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad. Presentar los libros que obligatoriamente haya de llevar ante el Registro Mercantil para su legalización.
  • 9.
    Conservar los libros,correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años. Formular, al cierre del ejercicio, sus cuentas anuales, que formarán una unidad y comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, un estado de flujos de efectivo27 y la memoria. Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, comanditarias por acciones y de garantía recíproca y fondos de pensiones, entre otras, deberán depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil. Someter las cuentas anuales a auditoría en los supuestos legales en los que la sociedad esté obligada a ello. Solicitar el alta en el Censo de Obligados Tributarios dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y obtener, incluso para el caso de personas o entidades no establecidas en territorio español, un Número de Identificación Fiscal3.