Este documento define las obligaciones como el vínculo jurídico que une a un acreedor y deudor, originándose de las etapas de venganza privada, ley del talión, composición voluntaria y legal. Describe las clasificaciones de las obligaciones por sujetos, vínculo jurídico, derecho, formalismo y eficacia procesal. Finalmente, define la gestión de negocios como cuando una persona interviene en los negocios de otro sin lucro, obligándose a completar el negocio y rendir cuentas al dueño.
Es un vínculo jurídico entre dos partes determinadas en virtud del cual una de ellas, denominada acreedor, está facultada para exigir de la otra, denominada deudor, el cumplimiento de una prestación, la que puede consistir en dar, hacer o no hacer una cosa.
Es un vínculo jurídico entre dos partes determinadas en virtud del cual una de ellas, denominada acreedor, está facultada para exigir de la otra, denominada deudor, el cumplimiento de una prestación, la que puede consistir en dar, hacer o no hacer una cosa.
¿Cuáles son las obligaciones naturales?;
¿Explique de que forma una persona puede llegar a ser deudor o acreedor;
¿Qué es el pago de lo indebido según nuestra legislación?, explique su importancia;
¿Qué es el hecho ilícito y como se diferencia del delito penal;
¿Cómo se determina el enriquecimiento sin causa?
El código Bustamante establece que las obligaciones derivadas de la ley se rigen por el derecho que las haya establecido. Es decir que estas obligaciones se someten al ordenamiento donde tiene relación con su origen.
debemos destacar como, desde la época antigua, la obligación se utiliza como un deber jurídico y a su vez se emplea para el hecho de obligarse, para designar el vínculo jurídico entre sujeto activo y sujeto pasivo, donde entre los mismos la relación jurídica debe satisfacer necesidades y en su caso el deudor debe satisfacer una prestación a favor del acreedor que puede consistir en un dare, facere, praestare.
First introduction to SAS Enterprise Guide in Farsi for Iranian/Persian SAS Users. It can also be used for all other SAS users who are interested in SAS Enterprise Guide.
The recording video of this presentation in Farsi is also available upon request.
¿Cuáles son las obligaciones naturales?;
¿Explique de que forma una persona puede llegar a ser deudor o acreedor;
¿Qué es el pago de lo indebido según nuestra legislación?, explique su importancia;
¿Qué es el hecho ilícito y como se diferencia del delito penal;
¿Cómo se determina el enriquecimiento sin causa?
El código Bustamante establece que las obligaciones derivadas de la ley se rigen por el derecho que las haya establecido. Es decir que estas obligaciones se someten al ordenamiento donde tiene relación con su origen.
debemos destacar como, desde la época antigua, la obligación se utiliza como un deber jurídico y a su vez se emplea para el hecho de obligarse, para designar el vínculo jurídico entre sujeto activo y sujeto pasivo, donde entre los mismos la relación jurídica debe satisfacer necesidades y en su caso el deudor debe satisfacer una prestación a favor del acreedor que puede consistir en un dare, facere, praestare.
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En esta diapositiva se ve reflejada una vrebe historia de el automovil que ha sido un aparato tecnoligico que ha evolucionado y nos a brindado su ayuda como medio de transporte.. por eso es importante reconocer quien lo invento y como evolucionó a traves del tiempo.
Minergie et la qualité de l’air intérieur - Martial Bujard minergie-romande
Présentation de M. Martial Bujard, Directeur de l'Agence Minergie romande, lors du séminaire Minergie Qualité de l'air intérieur à Fribourg le 8 novembre 2016
La Obligación es el vínculo jurídico, que une a dos o varias personas, donde se responsabiliza a una, llamada deudor, a pagar una contraprestación a una llamada acreedor y hasta debe responder con su patrimonio.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Fermín Toro
Barquisimeto Edo. Lara.
ORIGEN DE LAS OBLIGACIONES
Dayana J. Mendoza E.
Abg.. Patricia Asuaje.
S.AI.A D
2. DEFINICIÓN Y ORÍGENES DE LAS
OBLIGACIONES
La obligación es ese vínculo
jurídico o relación jurídica que
une a dos personas una de las
cuales es el sujeto activo o
acreedor y la otra es el sujeto
pasivo o deudor
«Es el vínculo
Jurídico que nos
constriñe en la
necesidad de pagar
algo conforme al
derecho de nuestra
ciudad.»
La obligación
distingue distintas
etapas en el castigo
del delito:
1ª Etapa. Venganza Privada
2ª Etapa: Ley
del Talión
3ª Etapa: Composición
Voluntaria
4ª Etapa: Composición
Legal:
3. SUJETO Y VINCULO JURÍDICO
Sujeto Activo:
Sujeto Pasivo:
Relación de derecho
que liga al acreedor
con el deudor y
autoriza al primero
a ejercitar las
acciones que
permita a exigir el
deudor el
cumplimiento de la
prestación
4. CLASIFICACIONES
Sujetos
Determinados: Son aquellos
que se han establecido desde el
origen de la Obligación.
Indeterminado: Son aquellos
que no se conoce el sujeto en
la obligación, es decir, que en
un momento el acreedor puede
ignorar quien es el deudor.
Unitaria: Un solo Deudor un
Acreedor.
Pluralidad Pasiva: Varias
deudores y un acreedor.
Pluralidad Activa: Varios
acreedores y un deudor.
Pluralidad Mixta: Varios
acreedores y deudores
Vinculo Jurídico
Civiles: Sancionadas
por la leyes, los
senados consulto y las
constituciones
imperiales.
Honorarias:
Sancionadas por
ciertos magistrados
como los pretores en
su afán de completar,
corregir o suplir el
derecho civil en bien de
la utilidad pública.
5. POR EL DERECHO, POR EL FORMALISMO, POR LA
EFICACIA PROCESAL
Por la Autoridad que la
Sanciona
•Civiles: Sancionadas por la
leyes, los senados consulto y
las constituciones imperiales.
• Honorarias: Sancionadas por
ciertos magistrados como los
pretores en su afán de completar,
corregir o suplir el derecho civil
en bien de la utilidad pública.
Por el Objeto
* Divisibles: Son aquellas que
pueden fraccionarse sin perder
su esencia. Ejemplo: El dinero,
los granos de trigo.
* Indivisibles: Son aquellas que
no pueden fraccionarse, en el
caso de fraccionarse pierde su
esencia. Ejemplo: El caballo
usado para el arado de la tierra,
el esclavo Ticio.
* Obligaciones Específicas:
Son aquellas que tienen por
objeto una cosa individualmente
determinada.
* Obligaciones Genéricas: Son
aquellas en las que el objeto no
se puede determinar por
características individuales, sino
por su pertenencia a un género o
clase.
Por el Derecho
Ius Civilis
Las celebradas por los ciudadanos
romanos y se encuentran reguladas
por el ordenamiento jurídico Civil
Romano.
Ius Gentiun
Celebradas por los extranjeros entre
sí, y entre extranjeros y ciudadanos
romanos, se encuentran reguladas
por el derecho de gentes.
Por el Formalismo:
¨ De Derecho Estricto:
Eran las que provenían del Derecho
Quiritario, en el que imperaba un
pronunciado formulismo que exigía
seguridad de las convenciones.
Ejemplo: La Sponsio, las Nexum, la
Mancipatio.
¨ Obligaciones de Buena Fe
Se perfeccionaba con el
consentimiento de las partes, se
presta a la interpretación del Juez.
Ejemplo: La Compra Venta, el
arrendamiento.
Eficacia Procesal:
¨ Civiles:
Aquellas reconocidas y
sancionadas por el ordenamiento
jurídico, que autorizaba al
acreedor para constreñir al
deudor al cumplimiento de la
prestación o lo facultaba a retener
lo que el deudor le había
entregado voluntariamente, la
sanción está establecida por el
Ordenamiento Jurídico.
¨ Obligaciones
Naturales:
Son aquellas a los cuales el
legislador no ha podido o no ha
querido reconocer y las ha
privado de consecuencias de
acción. Aunque conceda otros
efectos, como el de servir de
causa suficiente para un pago.
6. GESTIÓN DE
NEGOCIOS
Consiste en que una
persona gestor
interviene los negocios
de otro dueño
El requisito: El gestor
no debe percibir una
ganancia o lucro por
la actividad realizada
Animus del gestor:
Intención del
gestor de actuar
en un negocio
ajeno
Obligaciones
El gestor está obligado a
realizar completamente el
negocio en que ha
intervenido, observando,
como regla general
Debe transmitir
las cosas que
hubiere obtenido,
con sus accesiones
y lucros.
Una vez
terminada la
gestión, debe
rendir cuenta al
dueño,
entregándole todo
lo adquirido.
7. GESTIÓN DE
NEGOCIOS
Consiste en que una
persona gestor
interviene los negocios
de otro dueño
El requisito: El gestor
no debe percibir una
ganancia o lucro por
la actividad realizada
Animus del gestor:
Intención del
gestor de actuar
en un negocio
ajeno
Obligaciones
El gestor está obligado a
realizar completamente el
negocio en que ha
intervenido, observando,
como regla general
Debe transmitir
las cosas que
hubiere obtenido,
con sus accesiones
y lucros.
Una vez
terminada la
gestión, debe
rendir cuenta al
dueño,
entregándole todo
lo adquirido.