1. ANTECEDENTES
Siglo XIII, iniciación. GUGLIELMO DURANTE
Siglo XVII, Derecho Natural . Universidades
Europeas
Siglo XIX , 1808 CARRE , “Introducción General
Al Estudio Del Derecho”.
En 1819, LERBETTE. “Introducción Al Estudio
Filosófico Del Derecho”.
En 1840, VICTOR COUSIN, cátedra de
Introducción Al Derecho en la universidad de París
En su breve y joven historia se desarrolla en una
trayectoria accidentada. Corrientes pensamiento:
2. Algunas veces cambia su nombre por el de
principios generales del derecho , principios de
legislación universal, etc.
Otras veces afecta hacia la orientación de sus
contenido , por la lucha que sostienen , el
sociologismo, la dogmatica jurídica y la filosofía del
derecho , STAMMLER a fines del siglo XIX.
Se le reconoce el carácter de propedéutica o
introductoria.
En Venezuela en 1874 se introdujo con el
nombre de Principios de derecho y legislación.
En 1956 INTRODUCCIÓN AL DERECHO .
3. FINALIDAD
Tiene por finalidad introducir , franquear , poner
al alumno en contacto con la ciencia del derecho.,
dar una visión de las nociones básicas y
fundamentales del derecho, su clasificación , sus
fuentes, las ramas, entre otras , pero a su vez debe
profundizar en los aspectos externos del derecho ,
las clases y jerarquía de las normas jurídicas, el
procedimiento de formación de las leyes, la
organización de los tribunales de justicia. Su
finalidad es que Consiga una visión orientadora y
unificadora .
4. ELEMENTOS
1.Sociológico: La disciplina que pretenda una visión
sistemática y orgánica del derecho, no puede
prescindir de integrar en su estudio el elemento
sociológico y humano que constituye la base del
mismo .
2.Dogmatico Y Científico: Se refiere al análisis y
sistematización de los conceptos jurídicos
fundamentales y a su representación en una unidad
orgánica .
3.Filosófico: este abarca el universal jurídico en una
búsqueda del concepto integral del derecho como
una lógica conclusión de todo lo anterior y en cual se
exprese y represente la totalidad de la realidad
jurídica
5. INTRODUCCIÓN AL DERECHO
“Es la disciplina que tiene por objeto presentar al
alumno en forma didáctica una visión orgánica y
sistemática del derecho, familiarizarle con los
problemas de la norma jurídica y con los conceptos
básicos que son aplicables a todas las ramas del
derecho”.
NOCIÓN VULGAR DE DERECHO
Esta nos descubre tres elementos: “rectitud” de la
conducta humana en relación a una “norma” que es
impuesta a los que viven en sociedad por un
mandato.
6. “La dirección de la conducta humana hacia el bien
exigido imperiosamente por las relaciones
esenciales de la sociedad humana”. Luis M. Olaso ,
Pág. 13 .
NOCIÓN ETIMOLÓGICA
Por su etimología derecho deriva del latín di-
rectum, participio pasado del verbo dirigo, que
significa dirigir con rectitud. Sin embargo en el
derecho romano, se denomina “ius” , proviene del
verbo “iubeo” que significa mandar; “iustum” es
decir, lo que es justo o recto en relación a otros, a su
vez de “iustari”, ajustar, adaptar la conducta de los
hombres a la norma jurídica.
7. ACEPCIONES
a) Derecho como norma o sistema de normas, que
se denomina derecho objetivo.
b) Derecho como facultad o poder de hacer, poseer
o exigir algo, que constituye el derecho subjetivo.
Ejemplo: derecho a la propiedad, de celebrar
contratos entre otros.
c) Derecho como ciencia, la ciencia del derecho.
d) Derecho como expresión de principios
superiores , es decir , como ideal ético o moral de
justicia. Ejemplo: no hay derecho a tanta injusticia.
8. DEFINICIÓN DE DERECHO
“Derecho es la recta ordenación de las relaciones
sociales, mediante un sistema racional de normas
de conducta declaradas obligatorias por la
autoridad competente, por considerarlas
soluciones justas a los problemas surgidos de la
realidad”.
DERECHO NATURAL
“Es el conjunto de principios normativos
esenciales al arden social que se fundan en la
naturaleza humana, se conocen por la luz de la
razón natural y se imponen a los hombres por
fuerza de la misma naturaleza”.
9. DERECHO POSITIVO
“Es el sistema de normas emanadas de la
autoridad competente y promulgadas de acuerdo
con el procedimiento de creación del derecho
imperante en una nación determinada”.
DERECHO OBJETIVO
“Es el conjunto de normas imperativo. Atributivas
que rigen la conducta humana en la vida social”.
DERECHO SUBJETIVO
“Es el poder o facultad concedido a una persona
(individual o colectiva) por el derecho objetivo, de
hacer, poseer o exigir algo”.