Directrices DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y MEDIO AMBIENTE
1. En cumplimiento a Normativa Técnica de Seguridad
vigente aprobada por el Ministerio de Trabajo,
Higiene y Seguridad Ocupacional, la Empresa o
Establecimiento Laboral deberá adjuntar los
siguientes documentos, mismos que deben contar
con el aval por parte de todos los miembros del
Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional:
DOTACIÓN DE ROPA DE TRABAJO
Y EPP
a. Matriz de dotación de Ropa de Trabajo, elaborado
en función a las actividades que desarrollan las y los
trabajadores de la Empresa o Establecimiento
Laboral, en el cual se describan las especificaciones
técnicas y periodicidad de dotación;
b. Registro de dotación de Ropa de Trabajo de la
gestión en curso;
c. Matriz de dotación de Equipo de Protección
Personal, elaborado en función a los riesgos de las
actividades y puesto de trabajo de la Empresa o
Establecimiento Laboral, en el cual se describan las
especificaciones técnicas y periodicidad de dotación;
d. Registro de dotación de Equipo de Protección
Personal de la gestión en curso;
e. Manual de uso, mantenimiento y almacenamiento
del Equipo de Protección Personal
2. 1. Agrupar en la medida de lo posible y tomando en cuenta la matriz IPER, los Puestos de
trabajo :
Ej. Contadora / RRHH / Administrador → Puesto de trabajo ADMINISTRATIVO
Ej. Operadores de planta / Operador de Máquina / Ayudantes → Puesto de trabajo
OPERATIVO
Ej. Electricista → Puesto de trabajo ELECTRICO.
2. Determinar las actividades de cada puesto de trabajo.
3. Establecer la dotación de ropa de trabajo por cada puesto de trabajo.
4. Determinar las especificaciones técnicas.
a. Matriz de dotación de Ropa de Trabajo:
• actividades por puesto
• especificaciones técnicas
• periodicidad de dotación;
b. Registro de dotación de Ropa de Trabajo de la gestión en curso
3. N° PUESTOS DE TRABAJO ACTIVIDAD PERIODICIDAD
1
MECÁNICO
ELECTRICISTA
OVEROL
Trabajos de Excavación
Trabajos de Armado de fierro
Trabajos de Encofrado
Trabajos de Izamiento
Trabajos de plomería
Trabajos en espacios confinados
Mano de obra calificada
Mano de obra no calificada
OVEROL
Especificaciones Técnicas
Tela Gabardina de alto gramaje ( 7 a 8 onzas)
Composición 65% Poliéster 35% Algodón, +/- 5%
Diseño
Cuello en V o redondo. Abertura frontal con cierre plástico con doble carro
Cintura elasticidad (elástico 5cm de ancho)
Manga larga con solapa que se unirá con cinta velcro en el puño para ajuste a la muñeca
de la mano
2 Bolsillos superiores a nivel del pecho en diagonal con cierre
2 bolsillos laterales a la altura de la cadera
2 Bolsillos posteriores en el pantalón (izquierdo y derecho) Cinta reflectiva industrial debe
cumplir norma ANSI/ISEA 107-2010 (color gris plata de 1”), en extremidades superiores e
inferiores, pecho y espalda.
Talla de S – XL
Industria Nacional
6 meses
2
PORTERO
SERENO
OPERADOR
MAQUINARIA
PESADA / LIVIANA
CHOFERES
Trabajos administrativos
Trabajos de supervisión y control de obras.
Personal Técnico
CAMISA
Y
PANTALÓN
Especificaciones Técnicas
Tela Gabardina de bajo gramaje ( 6 a 7 onzas)
Composición 65% Poliéster 35% Algodón, +/- 5%
Diseño
Cuello en V o redondo. Abertura frontal con botones
2 Bolsillos superiores a nivel del
2 Bolsillos posteriores en el pantalón (izquierdo y derecho) Cinta reflectiva industrial debe
cumplir norma ANSI/ISEA 107-2010 (color gris plata de 1”), en extremidades superiores e
inferiores, pecho y espalda.
Talla de S – XL
Industria Nacional
6 meses
3 SOLDADOR Trabajos de Soldadura
OVEROL
PARA
SOLDADOR
Tela de 9OZ.
100% algodón con control de humedad.
ATPV 13.2 cal/cm2
CAT 2
El overol LAPCO resistente a la flama para soldador está hecho con una tela más pesada para
proporcionar la protección extra que necesitan los soldadores. Estos overoles estan reforzados para
tener una larga vida e incluyen características de comodidad y normas de seguridad.
Pespunte de 2 agujas alrededor de las mangas, piernas, entrepiernas y cuello.
Doble pinza en espalda.
Elástico en la parte posterior de la cintura.
Bolsa lapicera en brazo izquierdo.
Dos bolsas de parche en frente y parte posterior.
Confeccionado con hilos Nomex ®
Cierres Nomex ®
Broches ocultos para protección contra arco eléctrico.
6 meses
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
a. Matriz de dotación de Ropa de trabajo
8. e. Manual de uso, mantenimiento y almacenamiento del Equipo de Protección Personal
9. La Empresa o Establecimiento Laboral, debe adjuntar
los siguientes respaldos referentes a las
capacitaciones en temas de Seguridad y Salud
Ocupacional dirigidas a todo el personal; documentos
que deben contar con el aval de todos los
miembros del Comité Mixto de Higiene y
Seguridad Ocupacional:
a. Cronograma anual de capacitaciones en nociones
básicas de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional;
b. Cronograma anual de capacitaciones en base a los
resultados de la IPER, diferenciado por temática;
c. Registros firmados por los participantes de las
capacitaciones en la Empresa o Establecimiento
Laboral, de manera diferenciada por temática
CAPACITACIONES
10. Que capacitaciones debo colocar en el Cronograma de Capacitaciones?
Promover la capacitación del personal en materia de prevención de riesgos
del trabajo;
a. Nociones básicas de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional:
1. Primeros Auxilios Básicos
2. Uso de Extintores
3. Rutas de evacuación –Alarma – Simulacro
4. Covid-19
5. Uso y manipulación de sustancias peligrosas
6. Otros relacionados a las actividades
b. Matriz IPER(diferenciado por temática)
Por Ejemplo:
- Trabajos con electricidad
- Trabajo en alturas
- Peligros de la soldadura
- Trabajos con altas o bajas temperaturas
- Inocuidad
Ley 16998
Promover la capacitación del personal en materia de prevención de
riesgos del trabajo;
Capacitar y adiestrar recursos humanos a diferentes niveles
para su participación en programas de salud ocupacional;
11. a. Cronograma anual de Capacitaciones nociones básicas de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional
12. b. Cronograma de capacitaciones en base a resultados Matriz IPER
13. c. Registros de Capacitación
“No olvidar respaldos fotográficos”
14. Cuando se conforme el Comité Mixto debe adjuntar:
a) Acta de posesión de Comité Mixto;
b) Cronograma anual de reuniones del Comité Mixto
COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD OCUPACIONAL
15. ¿Qué es el CMHSO?
El Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional (CMHSO) es
una organización constituida paritariamente entre empleadores y
trabajadores por votación directa en las empresas, con el fin de
coadyuvar con los mismos en el cumplimiento de las medidas de
prevención de riesgos ocupacionales
¿Qué normas regulan el CMHSO?
La Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar (Arts.
30 al 37) y la Resolución Ministerial N° 496/04 regulan los
mecanismos, instrumentos y procedimientos de conformación de
los Comités Mixtos de Higiene y Seguridad Ocupacional.
COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
16. ¿Quiénes están obligados a conformar el CMHSO?
Todas las empresas que empleen a diez o más trabajadores deben de
constituir obligatoriamente y de forma paritaria uno o más Comités
Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar.
¿Cómo están constituidos los CMHSO´s?
Cada CMHSO debe estar constituido paritariamente,
por 2 representantes de los empleadores y 2 representantes de los
trabajadores.
COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
17. ¿Cuántos CMHO´s debe conformar una empresa?
Los criterios para saber cuántos CMHO´s deben conformarse son:
10 y 100 empleados →1 comité
101 y 200 empleados → 2 comités
Las empresas con reparticiones situadas en departamentos, ciudades o
distritos ajenos a donde se encuentre situada la oficina principal se
podrán organizar mayor número de Comités Mixtos a razón de uno por
cada sucursal o repartición
COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
18. ¿Cómo se eligen a los miembros del Comité Mixto de Higiene y
Seguridad Ocupacional?
Los representantes de los trabajadores se eligen por votación directa de
los trabajadores en un acto eleccionario convocado por la empresa.
Los representantes de los empleadores son elegidos por libre
decisión del Gerente de la empresa.
¿Cuánto tiempo dura la gestión del CMHSO?
El tiempo de permanencia de los miembros del comité es de 1 año,
pudiendo ser reelectos al cumplimiento de la gestión.
COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
19. ● Funciones Principales del Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional
1. Cumplir y hacer cumplir la Ley de Higiene Seguridad Ocupacional y Bienestar, normas vigentes en la materia, así
como también las disposiciones técnicas del Comité Mixto.
2. Informarse permanentemente sobre las condiciones de los ambientes de trabajo, el funcionamiento y conservación
de la maquinaria, equipo e implementos de protección personal y otros referentes a la Higiene, Seguridad Ocupacional.
3. Conocer y analizar las causas de todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que ocurran en la
empresa, proponiendo posibles soluciones técnicas.
4. Controlar y evaluar el registro documentario y la presentación de denuncias de los accidentes y enfermedades de
trabajo.
5. Velar que todos los trabajadores reciban instrucción y orientación adecuadas en el campo de Higiene y Seguridad
Ocupacional.
6. Presentar los informes trimestrales de las reuniones .
7. Al cabo de la gestión del Comité Mixto se debe elaborar un informe final de las actividades realizadas, así como las
medidas de prevención de riesgos y enfermedades profesionales que se adoptaron dentro la empresa
20. TIPOS DE REUNIONES DEL COMITÉ
• Reuniones Ordinarias (mensual)
3era ordinaria → Es también Trimestral
• Reuniones Trimestrales (Cada 3 meses –Emite
un Informe Trimestral)
4ta Trimestral → Informe Final
• Reuniones Extraordinarias
• Por convocatoria
• A solicitud del Min de Trabajo
Cuando se conforme el Comité Mixto
debe adjuntar:
a) Acta de posesión de Comité Mixto;
b) Cronograma anual de reuniones del
Comité Mixto
b. Cronograma anual de reuniones Comité Mixto
COMITÉ MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
21. Debe realizar y adjuntar:
a) Cronograma anual de inspecciones internas, en el
que se verifique el cumplimiento de la normativa
implementada por la Empresa o Establecimiento
laboral;
b) Presentación de registros de las inspecciones;
c) Actas de participación del Comité Mixto de Higiene
y Seguridad Ocupacional en las inspecciones
internas llevadas a cabo
INSPECCIONES
22. Ejemplos de inspecciones:
Inspección de Extintores
Inspección de sistema de Hidrantes
Pruebas de alarma
Inspección de EPP
Inspección de Botiquines
Inspección vehicular
Control de Alcotest
Inspección de disyuntor
Inspección de Térmicas
Inspección instalaciones eléctricas
Inspección sobre Orden y Limpieza
Inspección de escaleras
Inspección de andamios
Inspección de maquinaria
Inspección de herramientas
Etc…
INSPECCIONES
ACTA DE PARTICPACION DE COMITÉ MIXTO EN INSPECCIONES
En fecha y hora , se llevó a cabo la inspección de verificación de
las condiciones de seguridad de los ambientes de xxxxxx por parte de los miembros del
Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional, del cual se pudo evidenciar en la
inspección las siguientes parámetros a mejorar:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
Para Constancia y conformidad del mismo.
NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE
POR PARTE DEL EMPLEADOR POR PARTE DE LOS TRABAJADORES
23. Contar con un Plan de Emergencias en base a
Normativa Técnica de Seguridad vigente aprobada
por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión
Social, o en ausencia de esta, otra norma de
referencia aplicable a la realidad nacional, que debe
contener:
PLAN DE EMERGENCIAS
La información detallada en los incisos (b), (c), (d) e (i), debe
estar representada en un plano, el mismo deberá estar
situado en uno o varios lugares (según corresponda) dentro
de las instalaciones de la Empresa o Establecimiento
Laboral.
a) Determinación de los tiempos de evacuación;
b) Determinación e identificación de las salidas de
emergencia;
c) Identificación de rutas de escape, puntos de
encuentro;
d) Listado y especificaciones de los equipos de
emergencia (sistema de alarma, detectores de humo,
equipos anti derrame, u otros conforme al nivel de
riesgo);
e) Informe documentado y respaldo fotográfico de la
ejecución de los simulacros contra incendios u otras
contingencias;
f) Conformación de Brigadas, en el que se detalle la
estructura, funciones, responsabilidades, entre otros;
g) Manual de primeros auxilios en función a la IPER;
h) Contenido y registro de caducidad de los insumos
de los botiquines de primeros auxilios;
i) Ubicación de los Botiquines de primeros auxilios en
las instalaciones de la Empresa, Establecimiento
Laboral
24. PLAN DE EMERGENCIA
NTP 436 – Cálculo Estimativo de vías y tiempo de
evacuación
DOCUMENTO PLAN DE EMERGENCIA
27. La Empresa o Establecimiento Laboral, debe indicar
la siguiente información:
a) El cálculo estadístico de accidentes de trabajo, en
el que se contemple los índices de accidentalidad
(Índice de Frecuencia, Índice de Gravedad, Índice de
Incidencia);
b) Afiliación de las y los trabajadores al seguro de
largo y corto plazo;
c) Exámenes médicos pre-ocupacionales;
d) Exámenes periódicos de las y los trabajadores en
función a los riesgos identificados en la IPER,
identificando la evolución de las enfermedades
ocupacionales que se detecten
e) Exámenes post ocupacionales de las y los
trabajadores que concluyeron las actividades en la
Empresa o Establecimiento Laboral (última gestión):
MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD
OCUPACIONAL
28. MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL
> 500 TRABAJDORES
La Empresa o Establecimiento Laboral, debe indicar la siguiente información:
a) El cálculo estadístico de accidentes de trabajo, en el que se contemple los índices de
accidentalidad (Índice de Frecuencia, Índice de Gravedad, Índice de Incidencia). Adjuntar OVT´s
a) Índice de Frecuencia
Índice de Frecuencia = N° Accidentes x 200.000 HH
HH Trabajadas
Índice de Frecuencia = N° Accidentes x 1.000.000 HH
HH Trabajadas
< 500 TRABAJDORES
29. b) Índice de Gravedad
Es un indicador de la severidad de los accidentes que ocurren en una empresa. El mismo representa el número de días
perdidos por cada 1000 horas de trabajo
I.G. =. Días perdidos x 1000 .
HH Trabajadas expuestos al riesgo
MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL
c) Índice de Incidencia
Expresa la cantidad de trabajadores o personas siniestradas por motivo y/o en ocasión del trabajo, incluidas las Enfermedades
profesionales, en un período de un año, por cada mil trabajadores.
I.I. = N°accidentes x 1.000
N° Trabajadores
30. Examen Pre-ocupacional: Es una evaluación médica, de carácter obligatorio,
que debe ser asumida por el contratista y realizada antes de que la trabajadora
o el trabajador se incorpore a la empresa. Sirve para verificar que la condición
psicofísica de la o el postulante sea adecuada a los requerimientos del puesto;
Decreto Supremo 2936
Reglamenta la Ley 545 - "Convenio Sobre Seguridad y Salud en
la Construcción"
Art 4
MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL
“Exigir una copia”
31. Exámenes periódicos de las y los trabajadores en función a
los riesgos identificados en la IPER, identificando la
evolución de las enfermedades ocupacionales que se
detecten;
Examen Periódico: Es una evaluación preventiva
anual de seguimiento y vigilancia a la salud de todas
las trabajadoras y los trabajadores que permiten
identificar de forma precoz posibles alteraciones en su
salud ocasionadas por la labor o exposición al medio
ambiente de trabajo, además permiten definir la
eficiencia de las medidas preventivas que se toman y
el impacto de estas medidas
• Trabajo en Altura
• Altas o Bajas temperaturas
• Exposición a radiaciones, etc…
Decreto Supremo 2936
Reglamenta la Ley 545 - "Convenio
Sobre Seguridad y Salud en la
Construcción"
Art 4
MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL
“Tramitar y adjuntar el respaldo correspondiente”
32. Exámenes post ocupacionales de las y los trabajadores que
concluyeron las actividades en la Empresa o
Establecimiento Laboral (última gestión)
Examen Post-Ocupacional: Se realiza a la trabajadora o al
trabajador cuando finaliza la relación laboral. Permiten detectar el
efecto de los riesgos a los cuales estuvo expuesto a lo largo de su
vida laboral, permite conocer las condiciones de salud en las que la
trabajadora o el trabajador se retiran de las tareas o funciones
asignadas;
Decreto Supremo 2936
Reglamenta la Ley 545 - "Convenio
Sobre Seguridad y Salud en la
Construcción"
Art 4
MEDICINA DEL TRABAJO Y SALUD OCUPACIONAL
“Realizar el pago por el examen Post ocupacional y adjuntar el respaldo
correspondiente”
34. REQUISITOS ISO 45001 LEGISLACIÓN BOLIVIANA
1.- Comprensión de la organización y de su contexto (4.1) D.L. 16998/1979
2.-Comprensión de las necesidades y
expectativas de los trabajadores y de otras
partes interesadas (4.2)
D.L. 16998/1979
3.- Alcance del sistema de gestión de la
SST (4.3) ----
4.- Sistema de gestión de la SST (4.4)
R.S. 218266 NB 777 R.M. 849 Señaletica
R.M. 496 CMX R.M. 595 R.M. 527 Ropa de W,
EPP R.M. 387 8 NTS R.M. 1411 PSST
R.B.M. 001/20 R.M. 229/20 R.B.M. 001/21
5.- Liderazgo y compromiso (5.1) R.M. 1411 PSST
6.- Política de la SST (5.2)
R.M. 1411 PSST
7.- Roles, responsabilidades, rendición de
cuentas y autoridades en laorganización (5.3)
D.L. 16998/1979
35. REQUISITOS ISO 45001 LEGISLACIÓN BOLIVIANA
8.- Consulta y participación de los
trabajadores (5.4)
R.M. 496 CMX
9.-Identificación de peligros y evaluación de los riesgos
y las oportunidades (6.1.2)
R.M. 1411 PSST D.L. 16998/1979
10.- Determinación de los requisitos legales aplicables y
otros requisitos (6.1.3)
NOTA; LOS STANDARES ISO EN TODO
SU
CAMPO REQUIEREN LA APLIACIÓN
DE LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE
NACIONAL
11.- Planificación de acciones (6.1.4) -----
12.- Objetivos en SST y planificación para
lograrlos (6.2)
R.M. 496 CMX R.M. 1411
13.- Recursos (7.1)
D.L. 16998/1979
14.- Competencia (7.2)
D.L. 16998/1979
36. REQUISITOS ISO 45001 LEGISLACIÓN BOLIVIANA
15.- Toma de Conciencia (7.3) D.L. 16998/1979
16.-Comunicación (7.4) R.M. 1411 PSST D.L. 16998/1979
17.-Información documentada (7.5) R.M. 1411 PSST
18.- Eliminar peligros y reducir los riesgos
para la SST (8.1.2) R.M. 1411 PSST D.L. 16998/1979
19.- Gestión del cambio (8.1.3) -----
20.- Compras (8.1.4)
-----
21.- Contratistas (8.1.4.2) DS 2936
37. REQUISITOS ISO 45001 LEGISLACIÓN BOLIVIANA
22.- Contratación externa (8.1.4.3) DS 2936
23.-Preparación y respuesta ante emergencias (8.2)
R.M. 1411 PSST D.L. 16998/1979 LEY
444
24.-Evaluación del cumplimiento (9.1.2) ----
25.- Auditoría interna (9.2) R.M. 496 CMX R.M. 1411
26.- Revisión por la dirección (9.3) R.M. 496 CMX R.M. 1411
27.- Incidentes, no conformidades, acciones correctivas
(10.2)
R.M. 1411 PSST D.L. 16998/1979
LEY GENERAL DEL TRABAJO*
Nuestra legislación no reconoce
incidentes
28.- Mejora continua (10.3) ------