El sistema antiguo de reparto--era bueno pero las mismas cusas de hoy lo hicieron fracasar al igual que el nuevo sistema--
Un estudio e investigación se ha llegado a las siguientes conclusiones-
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
FRP-9135
1. COMO FONDOS DE GARANTIA DE PENSIONES ,
Administración de fondos de pensiones e inversiones realizadas por
el fondo de infraestructura
SUPERINTENDENCIA DE INVERSIONES
Del análisis e investigación sobre el Sistema Antiguo de Reparto o Solidario
2. LA SEGURIDAD SOCIAL, Un derecho ancestral
Nace de la acción natural del hombre de su responsabilidad de dar bienestar y proteger a su familia . A los mas
débiles, enfermos Y viejos. Con el resultado de su trabajo.- Y que ha sido desarrollada, normada y reformada con
la existencia de los regímenes democráticos. Tipificada como una Política de Estado ,orientada a brindar
protección a la familia y con una clara responsabilidad Estatal sobre el tema.- (Derecho Natural Universal)
Si la familia flaqueaba con los años, ahí estaban los hijos para compensar con creces a través del tiempo ese
deterioro y ofrecer a los ancianos las condiciones para una subsistencia holgada. La necesidad de que el estado
fuera asumiendo gradualmente responsabilidades en este plano se generó tal vez en forma paralela al
debilitamiento de la organización familiar. El espacio que dejó vacante la familia al contraerse, mal o bien pasó
a ser ocupado por el estado. Quizás no cabía otra opción. Quizás la solución no era enteramente mala en la
medida en que el estado fuera capaz de organizar la previsión con arreglo a los principios ancestrales que
dominaban este asunto.
3. LA PREVISION UNA POLITICA DE ESTADO
EL SISTEMA DE PENSIONES—UNA POLITICA DE ESTADO
La previsión es una Política de Estado basado en los derechos ancestrales de protección familiar, como una ley de
sobrevivencia--- ahorrar para los casos de escasez—pero en este caso particular—ahorrar recursos para la vejez—una vejez
digna. Para ofrecer a los ancianos las condiciones esa subsistencia holgada.
La necesidad de que el estado fuera asumiendo gradualmente responsabilidades en este plano se generó tal vez en forma
paralela al debilitamiento de la organización familiar.
Una política de Estado contempla la responsabilidad de los actores—tanto en aportes --como en la responsabilidad del
resultado de esta política –ya sea en éxito o en el fracaso de la misma—por tanto –el prevenir frente al riesgo es también de
responsabilidad de los actores—en este caso—Gobierno—Empresarios y trabajadores—como estaba establecido en el sistema
antiguo de reparto o solidario
Esta política de Estado esta definida a otorgar pensiones---
todas las acciones de cambios al sistema mayoritariamente deben estar
orientadas a garantizar y fortalecer este objetivo
4. COMO FONDOS DE GARANTIA DE PENSIONES ,administración de fondos de pensiones e
inversiones realizadas por el fondo de infraestructura
SUPERINTENDENCIA DE INVERSIONES
2.- DE LA RESPONSABILIDAD ESTATAL
2.1.- DE LA REPOSICION DE LOS ACTIVOS ENAJENADOS DEL SISTEMA ANTIGUO
2.2.- REPONER EL FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES
2.3.- REPOSISCION DEL APORTE PREVISIONAL ESTATAL
5. Historia de la Ley Nº 19.795 Página 243-261- de 694—EL LEGADO DEL PRESIDENTE LAGOS
1.- Reducción del encaje
2.- La creación de multifondos
3.- Comisiones fantasmas. otros
1.7. Discusión en Sala
Cámara de Diputados. Legislatura 344. Sesión 28. Fecha 21 de agosto, 2001.
Discusión general. Queda pendiente.
MODIFICACIÓN DEL DECRETO LEY Nº 3.500, DE 1980, EN MATERIA
DE INVERSIONES DE LOS FONDOS DE PENSIONES. Primer trámite
constitucional.
El señor LETELIER (don Felipe).- Señor Presidente, pedí la palabra para referirme al proyecto porque no estoy de
acuerdo con él. Lo único que me hace recordar es la forma en que entre 1980 y 1983 “arreaban” a los trabajadores y los
presionaban para que se metieran en las AFP.
No puedo estar de acuerdo con esta iniciativa porque sé cómo fueron destruidas las cajas de previsión del país. Los
gobernantes de entonces nunca respondieron cuando los periódicos preguntaban qué había sucedido con los recursos de
esas entidades de los empleados particulares, públicos, periodistas y otros. Nunca se supo dónde fueron a parar esos
dineros. La gente fue presionada y forzada a meterse en estas famosas AFP.
No puedo estar de acuerdo con el proyecto. Sí lo estoy con la colega María Rozas, porque este es el único país en que
los trabajadores pagan para que les administren sus fondos y jamás reciben, a cambio, un céntimo de las ganancias por
los pingües negocios que hacen las AFP, muchas veces fuera del país.
RESTITUCION DEL PATRIMONIO
DEL SISTEMA ANTIGUO
6. GARANTIA ESTATAL
FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES—GARANTIA ESTATAL
La pensión mínima de los obreros afectos a las NOTA leyes 10.383 y
10.662, por invalidez o vejez, será (LEY 16258) equivalente al salario
mínimo industrial de la época (Actualizada 1982 con la creacion del
sistema de Afp`s, decreto ley 3.500 Articulo Nª1)
Tipo Norma :Ley 15386
Fecha Publicación :11-12-1963
Fecha Promulgación :02-12-1963
Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Título :REVALORIZACION DE PENSIONES
7. Tipo Norma :Ley 15386
Fecha Publicación :11-12-1963
Fecha Promulgación :02-12-1963
Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Título :REVALORIZACION DE PENSIONES
REVALORIZACION DE PENSIONES
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación
al siguiente:
PROYECTO DE LEY:
"I.- FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES"
Artículo 1°-
Créase el Fondo de Revalorización de Pensiones, que tendrá por objeto financiar un régimen de pensiones mínimas,
compensar el deterioro sufrido por las pensiones de regímenes previsionales a causa de las desvalorización monetaria y
mantener sus montos revalorizados de acuerdo con las disposiciones establecidas en esta ley.
En las instituciones de previsión social en que exista un régimen de reajuste automático de pensiones, se aplicará la
revalorización con carácter complementario con cargo a los recursos propios de la institución cuando tengan
excedentes en sus respectivos Fondos de Pensiones o Fondo Común de Beneficios y de acuerdo con las normas e índices
que establezca la Comisión Revalorizadora de Pensiones. Asimismo, en estos casos el mayor gasto por los nuevos montos
mínimos que se fijan a las pensiones, será de cargo de la respectiva institución.
GARANTIA ESTATAL
8. Tipo Norma :Ley 15386
Fecha Publicación :11-12-1963
Fecha Promulgación :02-12-1963
Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Título :REVALORIZACION DE PENSIONES
Tipo Versión :Última Versión De : 29-07-1998
Artículo 11° LEY 17289
El Fondo de Revalorización de Pensiones estará integrado por los siguientes recursos:
ART. 1°
a) Un aporte fiscal anual que se contemplará en el Presupuesto General de la Nación, conforme a lo dispuesto en el artículo
37° de la ley 16.466, en sustitución del antiguo ingreso consistente en el 20% de recargo de las tasas del impuesto a las
compraventas a que se refiere la ley 12.120;
b) Un 10% de los excedentes que arrojen los balances de las instituciones de previsión social;
c) Una imposición adicional permanente de 1% de las remuneraciones imponibles de cargo de empleadores o patrones y
de 1% de las mismas de cargo de empleados y obreros. Esta imposición se regirá por las disposiciones de los artículos 49°
y 50° de la ley14.171.
GARANTIA ESTAL
Fondo de Revalorización de Pensiones
9.
10. *Ganancias de capital en las
inversiones por US$ 15,38
millones.2
FRP* US$ 3.858,60 millones
I. Valor de Mercado a Abril 2012
El valor de mercado del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) totalizó US$ 4.471,41 millones a fines de abril de
2012. La variación del mes se debió a: (i) interés devengado por US$10,43 millones y (ii) ganancias de capital en
las inversiones por US$25,09 millones.
El Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) se constituyó en diciembre de
2006 con un aporte inicial de US$ 604,5 millones Conforme a la Ley de
Responsabilidad Fiscal, el FRP se incrementa cada año en un monto mínimo
equivalente a 0,2% y un máximo de 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB)
del año anterior. Esta regla de acumulación asegura anualmente recursos
frescos para el Fondo, independientemente de la situación fiscal que el país
esté enfrentando
11. Inversiones
ACTFONDO DE RESERVA
DE PENSIONES
MUS$ 9.135,2
Valor de Mercado a Octubre 2016 El valor de mercado del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) totalizó
US$9.135,29 millones a fines de octubre de 2016. La variación del mes se debió a: (i) interés devengado por
US$14,12 millones, (ii) pérdidas de capital en las inversiones por US$282,19 millones, y (iii) costos de
administración, custodia y otros por US$0,07 millones.
Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) totalizó US$9.135,29 millones
El Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) se constituyó el 28 de diciembre de 2006, con un
aporte inicial de US$ 604,5 millones. Conforme a la ley de Responsabilidad Fiscal, el FRP se
incrementa cada año en un monto mínimo equivalente al 0,2% del producto interno bruto
(PIB) del año anterior.
- 600 millones de dólares
Si el superávit fiscal efectivo es superior a 0,2% del PIB, el FRP recibe un aporte equivalente
a dicho superávit con un máximo de 0,5% del PIB. –de 1.500 millones de dólares
Interés devengado por US$14,12 millones
Aporte del Iva que pagamos todos los pobres---del 1%---anual---300 millones de dólares
app
12. I. Valor de Mercado a Enero 2017
El valor de mercado del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) totalizó US$8.993,96 millones a fines de
enero de 2017. La variación del mes se debió a: (i) interés devengado por US$15,68 millones, (ii)
ganancias de capital en las inversiones por US$116,56 millones, y (iii) costos de administración,
custodia y otros por US$0,35 millones
FONO DE RESERVA DE PENSIONES enero 2017 totalizó MUS$ 8.993,96 millones
GANACIAS DE CAPITAL MUS $ 116,56 millones
COSTOS DE ADMINISTRACION Y CUSTODIA US$0,35 millones
INTERESES DEVENGADOS US$15,68 millones
EGRESOS POR PAGO DE PENSIONES MUS$ 1.000 En Pensiones Básicas
APORTE ADICIONAL UN PUNTO DEL IVA-- DESCONOSCO EL VALOR
Si el superávit fiscal efectivo es superior a 0,2% del PIB, el FRP recibe un aporte
equivalente a dicho superávit MUS$ 876 como Aporte Previsional Solidario y con
un máximo de 0,5% del PIB. –de 1.500 millones de dólares
FONDO DE RESERVA DE PENSIONES 2017