Esta presentación es una síntesis de la ponencia “Introducción a la mediación electrónica“, presentada en el Palacio de la Merced, sede de la Diputación Provincial de Córdoba, el 17 de Octubre de 2014, en el marco de la “Jornada Educación, Justicia y Mediación”, organizada por el Departamento de Consumo y Relaciones Sociales, bajo la dirección de Yolanda Jover, Presidenta de la Junta Provincial Arbitral de Consumo de la Diputación de Córdoba, España.
El contenido de la misma está desarrollado en el artículo "Realidad virtual y resolución de conflictos en línea", disponible en PDF: http://www.slideshare.net/alenmediagroup/realidad-virtual-y-resolucin-de-conflictos-en-lnea
Blogueado en: http://alenmediagroup.blogspot.com.es/2014/12/realidad-virtual-y-resolucion-de.html
e-mediación: Plataformas Web y mediación electrónicaAndrés Vázquez
Este documento describe las plataformas web y la mediación electrónica. Resume que la mediación electrónica es posible y económica, ahorra tiempo y costos, y facilita el acceso global a la justicia. Luego enumera más de 50 plataformas de mediación electrónica y ODR existentes y describe brevemente algunas de las más prominentes como Modria, TheMediationRoom y PARL-e.
Este artículo desarrolla la ponencia “Mediación electrónica: El futuro fue ayer“, presentada en el Palacio de Congresos de Madrid, el 21 de Abril de 2015, en el marco del “I Congreso de la abogacía madrileña. Conocimiento. Actualidad. Networking”, organizado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Su contenido está sintetizado en la presentación gráfica del mismo título, “Mediación electrónica: El futuro fue ayer.” Disponible en: http://youtu.be/ytkeF-j5xSk
La ley se estructura en un título preliminar, cinco títulos, una disposición adicional, una transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
La finalidad de la ley es establecer un «marco regulador general y común para la mediación» en la Comunidad y «poner a disposición de la ciudadanía el recurso de la mediación como una parte del derecho de acceso a la Justicia, ya sea de forma complementaria dentro del proceso judicial o alternativa al mismo».
El borrador prevé la creación del Centro de Mediación de la Comunidad Valenciana, del que dependerá el Registro de Personas y Entidades Mediadoras de la Comunidad Valenciana, y un Consejo asesor de mediación, cuya presidencia corresponderá a la persona titular de la Conselleria de Justicia.
Este documento describe la mediación electrónica y su regulación en la Unión Europea. Recientemente, el Parlamento Europeo aprobó dos directivas que establecen un sistema de resolución alternativa de disputas en línea (ODR) para garantizar que los consumidores tengan acceso a una mediación rápida y barata. La directiva crea una plataforma digital para que los consumidores presenten quejas y los mediadores resuelvan disputas de manera electrónica entre países de la UE. Varios países europeos ya tienen plataformas establecidas para realizar mediaciones en
ADR, ODR, e-mediación y negociación automáticaAndrés Vázquez
La mediación por medios electrónicos, en cuanto que procedimiento no adversarial y alternativo de resolución de disputas es un ADR, y en tanto que se realiza por medios electrónicos también es un ODR. Pero la negociación automática también es ambas cosas y sin embargo no es mediación. Y esto es algo que no siempre aparece claramente diferenciado, ni en el ámbito del derecho anglosajón ni, lamentablemente, en el derecho positivo español.
El reciente Real Decreto por el que se desarrollan determinados aspectos de la ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, aprobado en el Consejo de Ministros de España del viernes 13 de diciembre de 2013, sería un buen ejemplo de lo anterior. A pesar de que algunos expertos han venido señalando en diversas publicaciones y foros las diferencias que caracterizan a las diversas modalidades en línea, advirtiendo de los riesgos a los que podría avocar esa confusión conceptual, no parecen haber encontrado eco en la sensibilidad del legislador español.
El documento describe cómo Internet y la Web permiten acceder a gran cantidad de información de forma sencilla desde casa. Explica que la Web funciona mediante el modelo cliente-servidor y el hipertexto, y que gracias a ella es posible diseñar y publicar documentos propios en la red mundial. Además, señala que en los próximos capítulos se explicarán con más detalle los fundamentos y el funcionamiento de la Web.
El documento habla sobre el arbitraje virtual como un medio alternativo de resolución de conflictos que utiliza herramientas tecnológicas para hacer el proceso más rápido, práctico y accesible. Explica que la Cámara de Comercio de Caracas y Cavecom-e abrieron un centro de arbitraje en línea y que el arbitraje virtual ofrece ventajas como eficiencia, rapidez y ahorro de costos al permitir comunicación y procesamiento de datos en línea. También cubre aspectos como cómo acceder a
El documento habla sobre el comercio electrónico, incluyendo sus fundamentos, diferencias con el comercio tradicional, implicaciones legales y desafíos. También discute temas como la firma digital, contratos electrónicos y la seguridad en las transacciones en línea.
e-mediación: Plataformas Web y mediación electrónicaAndrés Vázquez
Este documento describe las plataformas web y la mediación electrónica. Resume que la mediación electrónica es posible y económica, ahorra tiempo y costos, y facilita el acceso global a la justicia. Luego enumera más de 50 plataformas de mediación electrónica y ODR existentes y describe brevemente algunas de las más prominentes como Modria, TheMediationRoom y PARL-e.
Este artículo desarrolla la ponencia “Mediación electrónica: El futuro fue ayer“, presentada en el Palacio de Congresos de Madrid, el 21 de Abril de 2015, en el marco del “I Congreso de la abogacía madrileña. Conocimiento. Actualidad. Networking”, organizado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Su contenido está sintetizado en la presentación gráfica del mismo título, “Mediación electrónica: El futuro fue ayer.” Disponible en: http://youtu.be/ytkeF-j5xSk
La ley se estructura en un título preliminar, cinco títulos, una disposición adicional, una transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
La finalidad de la ley es establecer un «marco regulador general y común para la mediación» en la Comunidad y «poner a disposición de la ciudadanía el recurso de la mediación como una parte del derecho de acceso a la Justicia, ya sea de forma complementaria dentro del proceso judicial o alternativa al mismo».
El borrador prevé la creación del Centro de Mediación de la Comunidad Valenciana, del que dependerá el Registro de Personas y Entidades Mediadoras de la Comunidad Valenciana, y un Consejo asesor de mediación, cuya presidencia corresponderá a la persona titular de la Conselleria de Justicia.
Este documento describe la mediación electrónica y su regulación en la Unión Europea. Recientemente, el Parlamento Europeo aprobó dos directivas que establecen un sistema de resolución alternativa de disputas en línea (ODR) para garantizar que los consumidores tengan acceso a una mediación rápida y barata. La directiva crea una plataforma digital para que los consumidores presenten quejas y los mediadores resuelvan disputas de manera electrónica entre países de la UE. Varios países europeos ya tienen plataformas establecidas para realizar mediaciones en
ADR, ODR, e-mediación y negociación automáticaAndrés Vázquez
La mediación por medios electrónicos, en cuanto que procedimiento no adversarial y alternativo de resolución de disputas es un ADR, y en tanto que se realiza por medios electrónicos también es un ODR. Pero la negociación automática también es ambas cosas y sin embargo no es mediación. Y esto es algo que no siempre aparece claramente diferenciado, ni en el ámbito del derecho anglosajón ni, lamentablemente, en el derecho positivo español.
El reciente Real Decreto por el que se desarrollan determinados aspectos de la ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, aprobado en el Consejo de Ministros de España del viernes 13 de diciembre de 2013, sería un buen ejemplo de lo anterior. A pesar de que algunos expertos han venido señalando en diversas publicaciones y foros las diferencias que caracterizan a las diversas modalidades en línea, advirtiendo de los riesgos a los que podría avocar esa confusión conceptual, no parecen haber encontrado eco en la sensibilidad del legislador español.
El documento describe cómo Internet y la Web permiten acceder a gran cantidad de información de forma sencilla desde casa. Explica que la Web funciona mediante el modelo cliente-servidor y el hipertexto, y que gracias a ella es posible diseñar y publicar documentos propios en la red mundial. Además, señala que en los próximos capítulos se explicarán con más detalle los fundamentos y el funcionamiento de la Web.
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El documento habla sobre el comercio electrónico, incluyendo sus fundamentos, diferencias con el comercio tradicional, implicaciones legales y desafíos. También discute temas como la firma digital, contratos electrónicos y la seguridad en las transacciones en línea.
e-mediación: Plataformas Web y mediación electrónicamediacionuned
e-mediación: Plataformas Web y mediación electrónica.
Taller de Mediación por medios electrónicos.
Programa modular de Mediación UNED
Madrid, Junio 2013
El documento describe las diferentes tecnologías utilizadas en el comercio electrónico, incluyendo el intercambio electrónico de datos, correo electrónico, transferencia electrónica de fondos y aplicaciones en Internet y de voz. También discute varias leyes relacionadas con la seguridad y privacidad en el comercio electrónico en España y Europa.
Realidad virtual y resolución de conflictos en líneaAndrés Vázquez
La realidad virtual y la resolución de conflictos en línea ofrecen nuevas oportunidades para la mediación. La mediación electrónica permite compartir presencias en tiempo real desde cualquier lugar, ahorra tiempo y costos, y facilita el acceso global a la justicia. Aunque hay quienes se oponen por desconocimiento de las herramientas tecnológicas, la mediación electrónica es una realidad que ofrece ventajas como rapidez, eficiencia y bajo costo.
El documento describe las herramientas, definiciones, tipos y características del comercio electrónico. Explica que el comercio electrónico involucra cualquier transacción de productos o servicios a través de Internet y que los dispositivos más comunes son las computadoras, celulares y tabletas. También clasifica el comercio electrónico en categorías como B2B, B2C y C2C dependiendo del tipo de actores involucrados y analiza sus ventajas, desventajas, evolución e impacto en las empresas y mercados.
El documento provee una introducción al comercio electrónico, describiendo qué es, sus usos principales, clasificaciones y evolución histórica. También discute las ventajas y desventajas del comercio electrónico para negocios y consumidores, los tipos de transacciones electrónicas como B2B y B2C, y aspectos legales relevantes como contratos y la ley de comercio electrónico en el país.
Este documento resume el marco internacional del comercio electrónico, incluyendo las organizaciones clave como la UNCITRAL, IETF, W3C e IGF que establecen normas y directrices. También discute los acuerdos de la OMC sobre comercio electrónico y cómo las transacciones transfronterizas de bienes digitales son consideradas servicios bajo el AGCS. El documento concluye que a pesar de su importancia, poco progreso se ha logrado en la OMC para abordar cuestiones clave planteadas por el comercio
El documento describe las nuevas tecnologías que están transformando la forma en que las empresas operan y compiten, incluida la "cola larga", la Web 2.0, la inteligencia colectiva y la nube. También discute cómo la Internet de las cosas y el RFID están conectando objetos físicos a Internet para nuevas aplicaciones en logística, medicina y otros campos.
Arbitraje Virtual y Comercial y Seguridad en la Contratación ElectrónicaDanielar15
El documento describe el arbitraje virtual como la resolución de conflictos que surgen en el comercio electrónico a través de medios electrónicos en lugar de en persona. Explica que el arbitraje en línea implica que el procedimiento se lleva a cabo de forma documentada utilizando comunicaciones electrónicas con plazos establecidos. Además, discute cómo la legislación venezolana, incluida la Ley de Telecomunicaciones, apoya el desarrollo y uso de tecnologías modernas como el arbitraje virtual.
Diplomado geeped tema comercio electronicoGabriela Sulca
El documento habla sobre las estrategias para el desarrollo de la sociedad de la información en un país. Explica que el gobierno ha establecido 27 grupos de trabajo divididos en ejes como infraestructura, educación, aplicaciones y contenidos locales. Un tema destacado es el comercio electrónico, el cual ofrece ventajas para las empresas pero también presenta desafíos como la validez legal de las transacciones y la protección de datos.
El documento describe el concepto de comercio electrónico y su importancia como alternativa para la comercialización de productos y servicios. Explica que el comercio electrónico ha permitido que las empresas evolucionen sus estrategias de ventas a través de páginas web y ha facilitado la negociación en línea entre compradores y vendedores sin necesidad de contacto físico. También destaca que el uso de las tecnologías de la información ha transformado la forma en que se produce e intercambia información en la sociedad.
El documento presenta el concepto de comercio electrónico como una alternativa para la comercialización de productos y servicios. Explica que el comercio electrónico ha permitido que las empresas evolucionen sus estrategias de ventas a través de páginas web, y que el desarrollo de las TIC ha transformado la forma de producir e intercambiar información. Concluye que el comercio electrónico representa una gran oportunidad de crecimiento para las empresas mediante la negociación en línea.
ad cordis es el acrónimo de alternativas de cooperación online para la resolución de disputas. Somos un equipo multidisciplinar de profesionales de la mediación de distintas procedencias geográficas. Facilitamos al ciudadano una nueva forma de gestionar sus conflictos en la que pasa a ser protagonista en vez de espectador pasivo. Ofrecemos soluciones efectivas a un coste asumible, que ponderan en todo momento los verdaderos intereses en conflicto. Creemos que la tecnología está para hacernos la vida más fácil y por ello aceptamos el reto de incorporarla con toda naturalidad a nuestros procedimientos. Sabemos que usted valora su tiempo tanto como su tranquilidad y por eso ponemos a su servicio nuestra experiencia para brindarle el trato humano que merece. Somos independientes, acatamos los principios del código de conducta europeo para mediadores. Queremos hacer posible una nueva justicia, más cercana y amable y por eso: Promovemos la concordia.
El documento describe el arbitraje virtual como una forma de resolución de disputas que ocurren en línea a través de medios electrónicos. Explica que en 2002 la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico y la Cámara de Comercio de Caracas anunciaron la apertura de un centro de arbitraje en línea para promover el arbitraje y la mediación electrónica. También discute cómo la ley venezolana de telecomunicaciones y otras leyes apoyan el uso de nuevas tecnologías como el arbitraje virtual,
El documento describe el arbitraje virtual y la seguridad en la contratación electrónica. Explica que el arbitraje virtual se ha establecido como una forma eficiente y rápida de resolver conflictos de manera online sin que las partes involucradas se encuentren físicamente. También discute los riesgos de la transmisión de datos a través de Internet y las medidas que deben tomar las tiendas virtuales para proteger la información personal de los consumidores de acuerdo con la ley.
El documento describe las características y tipos de comercio electrónico, así como su evolución y factores que definirán su futuro. Explica que el comercio electrónico permite realizar transacciones comerciales digitales entre organizaciones e individuos a través de Internet. Describe los tipos de comercio electrónico como B2C, B2B, C2C y P2P, y las tecnologías como el comercio móvil. También analiza factores que limitan su crecimiento y cómo ha evolucionado desde la innovación hasta la consolidación y rein
El documento habla sobre el comercio electrónico, definido como la compra y venta de productos o servicios a través de medios electrónicos como Internet. Explica las ventajas del comercio electrónico entre empresas, como mejoras en la distribución, comunicaciones comerciales electrónicas y beneficios operacionales. También describe la Ley 527 de 1999 en Colombia, que reconoce el valor legal de los mensajes electrónicos con contenido comercial y facilita el uso de técnicas de comunicación modernas en actividades comerciales.
El documento habla sobre el gobierno digital, los cibertribunales y el arbitraje en línea. Explica que los cibertribunales permiten resolver disputas de manera más rápida, barata y flexible a través de Internet. Menciona ejemplos de países y estados de México que cuentan con cibertribunales. También describe el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI que ofrece servicios de arbitraje internacional en línea relacionados con la propiedad intelectual.
Taller Responsabilidad Civil por Delitos ElectrónicosENJ
Este documento resume los principales conceptos sobre la responsabilidad civil de los intermediarios y prestadores de servicios de Internet. Explica cómo funcionan los servicios digitales y los contratos en el mundo digital, analizando la legislación vigente en temas como responsabilidad de prestadores, protección de datos personales, comercio electrónico, telecomunicaciones y delitos informáticos. El documento también analiza los tipos de responsabilidad que pueden surgir, como la responsabilidad penal, contractual, delictual o cuasi-delictual.
El documento describe los beneficios emergentes del comercio electrónico para empresas y consumidores. Históricamente, empresas como Montgomery Ward y Sears iniciaron la venta por catálogo, revolucionando la distribución. Ahora, Internet permite nuevas formas de comercio electrónico entre empresas y consumidores las 24 horas en cualquier lugar, con ventajas como menores costos de transacción.
La inteligencia artificial al servicio de la ejecución penalAndrés Vázquez
La inteligencia artificial al servicio de la ejecución penal. Posibles utilidades.
Javier Nistal Burón
Jurista del Cuerpo Superior de Instituciones Penitenciarias
Diario LA LEY, Nº 10330, Sección Tribuna, 18 de Julio de 2023, LA LEY
El documento analiza la violencia en los conflictos actuales y las vías negociadas para resolverlos. Explica que la violencia ha estado presente a lo largo de la historia de la humanidad y que los conflictos son complejos con múltiples actores y objetivos. Argumenta que debido a esta complejidad, los conflictos armados actuales no pueden entenderse como guerras tradicionales y requieren un enfoque multilateral que incluya opciones distintas a la fuerza militar.
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Realidad virtual y resolución de conflictos en líneaAndrés Vázquez
La realidad virtual y la resolución de conflictos en línea ofrecen nuevas oportunidades para la mediación. La mediación electrónica permite compartir presencias en tiempo real desde cualquier lugar, ahorra tiempo y costos, y facilita el acceso global a la justicia. Aunque hay quienes se oponen por desconocimiento de las herramientas tecnológicas, la mediación electrónica es una realidad que ofrece ventajas como rapidez, eficiencia y bajo costo.
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El documento provee una introducción al comercio electrónico, describiendo qué es, sus usos principales, clasificaciones y evolución histórica. También discute las ventajas y desventajas del comercio electrónico para negocios y consumidores, los tipos de transacciones electrónicas como B2B y B2C, y aspectos legales relevantes como contratos y la ley de comercio electrónico en el país.
Este documento resume el marco internacional del comercio electrónico, incluyendo las organizaciones clave como la UNCITRAL, IETF, W3C e IGF que establecen normas y directrices. También discute los acuerdos de la OMC sobre comercio electrónico y cómo las transacciones transfronterizas de bienes digitales son consideradas servicios bajo el AGCS. El documento concluye que a pesar de su importancia, poco progreso se ha logrado en la OMC para abordar cuestiones clave planteadas por el comercio
El documento describe las nuevas tecnologías que están transformando la forma en que las empresas operan y compiten, incluida la "cola larga", la Web 2.0, la inteligencia colectiva y la nube. También discute cómo la Internet de las cosas y el RFID están conectando objetos físicos a Internet para nuevas aplicaciones en logística, medicina y otros campos.
Arbitraje Virtual y Comercial y Seguridad en la Contratación ElectrónicaDanielar15
El documento describe el arbitraje virtual como la resolución de conflictos que surgen en el comercio electrónico a través de medios electrónicos en lugar de en persona. Explica que el arbitraje en línea implica que el procedimiento se lleva a cabo de forma documentada utilizando comunicaciones electrónicas con plazos establecidos. Además, discute cómo la legislación venezolana, incluida la Ley de Telecomunicaciones, apoya el desarrollo y uso de tecnologías modernas como el arbitraje virtual.
Diplomado geeped tema comercio electronicoGabriela Sulca
El documento habla sobre las estrategias para el desarrollo de la sociedad de la información en un país. Explica que el gobierno ha establecido 27 grupos de trabajo divididos en ejes como infraestructura, educación, aplicaciones y contenidos locales. Un tema destacado es el comercio electrónico, el cual ofrece ventajas para las empresas pero también presenta desafíos como la validez legal de las transacciones y la protección de datos.
El documento describe el concepto de comercio electrónico y su importancia como alternativa para la comercialización de productos y servicios. Explica que el comercio electrónico ha permitido que las empresas evolucionen sus estrategias de ventas a través de páginas web y ha facilitado la negociación en línea entre compradores y vendedores sin necesidad de contacto físico. También destaca que el uso de las tecnologías de la información ha transformado la forma en que se produce e intercambia información en la sociedad.
El documento presenta el concepto de comercio electrónico como una alternativa para la comercialización de productos y servicios. Explica que el comercio electrónico ha permitido que las empresas evolucionen sus estrategias de ventas a través de páginas web, y que el desarrollo de las TIC ha transformado la forma de producir e intercambiar información. Concluye que el comercio electrónico representa una gran oportunidad de crecimiento para las empresas mediante la negociación en línea.
ad cordis es el acrónimo de alternativas de cooperación online para la resolución de disputas. Somos un equipo multidisciplinar de profesionales de la mediación de distintas procedencias geográficas. Facilitamos al ciudadano una nueva forma de gestionar sus conflictos en la que pasa a ser protagonista en vez de espectador pasivo. Ofrecemos soluciones efectivas a un coste asumible, que ponderan en todo momento los verdaderos intereses en conflicto. Creemos que la tecnología está para hacernos la vida más fácil y por ello aceptamos el reto de incorporarla con toda naturalidad a nuestros procedimientos. Sabemos que usted valora su tiempo tanto como su tranquilidad y por eso ponemos a su servicio nuestra experiencia para brindarle el trato humano que merece. Somos independientes, acatamos los principios del código de conducta europeo para mediadores. Queremos hacer posible una nueva justicia, más cercana y amable y por eso: Promovemos la concordia.
El documento describe el arbitraje virtual como una forma de resolución de disputas que ocurren en línea a través de medios electrónicos. Explica que en 2002 la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico y la Cámara de Comercio de Caracas anunciaron la apertura de un centro de arbitraje en línea para promover el arbitraje y la mediación electrónica. También discute cómo la ley venezolana de telecomunicaciones y otras leyes apoyan el uso de nuevas tecnologías como el arbitraje virtual,
El documento describe el arbitraje virtual y la seguridad en la contratación electrónica. Explica que el arbitraje virtual se ha establecido como una forma eficiente y rápida de resolver conflictos de manera online sin que las partes involucradas se encuentren físicamente. También discute los riesgos de la transmisión de datos a través de Internet y las medidas que deben tomar las tiendas virtuales para proteger la información personal de los consumidores de acuerdo con la ley.
El documento describe las características y tipos de comercio electrónico, así como su evolución y factores que definirán su futuro. Explica que el comercio electrónico permite realizar transacciones comerciales digitales entre organizaciones e individuos a través de Internet. Describe los tipos de comercio electrónico como B2C, B2B, C2C y P2P, y las tecnologías como el comercio móvil. También analiza factores que limitan su crecimiento y cómo ha evolucionado desde la innovación hasta la consolidación y rein
El documento habla sobre el comercio electrónico, definido como la compra y venta de productos o servicios a través de medios electrónicos como Internet. Explica las ventajas del comercio electrónico entre empresas, como mejoras en la distribución, comunicaciones comerciales electrónicas y beneficios operacionales. También describe la Ley 527 de 1999 en Colombia, que reconoce el valor legal de los mensajes electrónicos con contenido comercial y facilita el uso de técnicas de comunicación modernas en actividades comerciales.
El documento habla sobre el gobierno digital, los cibertribunales y el arbitraje en línea. Explica que los cibertribunales permiten resolver disputas de manera más rápida, barata y flexible a través de Internet. Menciona ejemplos de países y estados de México que cuentan con cibertribunales. También describe el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI que ofrece servicios de arbitraje internacional en línea relacionados con la propiedad intelectual.
Taller Responsabilidad Civil por Delitos ElectrónicosENJ
Este documento resume los principales conceptos sobre la responsabilidad civil de los intermediarios y prestadores de servicios de Internet. Explica cómo funcionan los servicios digitales y los contratos en el mundo digital, analizando la legislación vigente en temas como responsabilidad de prestadores, protección de datos personales, comercio electrónico, telecomunicaciones y delitos informáticos. El documento también analiza los tipos de responsabilidad que pueden surgir, como la responsabilidad penal, contractual, delictual o cuasi-delictual.
El documento describe los beneficios emergentes del comercio electrónico para empresas y consumidores. Históricamente, empresas como Montgomery Ward y Sears iniciaron la venta por catálogo, revolucionando la distribución. Ahora, Internet permite nuevas formas de comercio electrónico entre empresas y consumidores las 24 horas en cualquier lugar, con ventajas como menores costos de transacción.
Similar a e-Mediación: Concepto, ámbitos y protocolos (20)
La inteligencia artificial al servicio de la ejecución penalAndrés Vázquez
La inteligencia artificial al servicio de la ejecución penal. Posibles utilidades.
Javier Nistal Burón
Jurista del Cuerpo Superior de Instituciones Penitenciarias
Diario LA LEY, Nº 10330, Sección Tribuna, 18 de Julio de 2023, LA LEY
El documento analiza la violencia en los conflictos actuales y las vías negociadas para resolverlos. Explica que la violencia ha estado presente a lo largo de la historia de la humanidad y que los conflictos son complejos con múltiples actores y objetivos. Argumenta que debido a esta complejidad, los conflictos armados actuales no pueden entenderse como guerras tradicionales y requieren un enfoque multilateral que incluya opciones distintas a la fuerza militar.
Este artículo desarrolla la ponencia TIC y Mediación. Resolución de conflictos en línea [e-Mediación] impartida en línea por Internet el 27 de noviembre de 2022, en el Seminário Internacional sobre Desafios no Mundo Jurídico - Inovação, colaboração e seu impacto nos diversos meios de resolução de conflito, organizado por la Escola Judicial – Tribunal Regional do Traballo da 4ª Região, Porto Alegre, Rio Grande del Sur, Brasil.
ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE EFICIENCIA PROCESAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE...Andrés Vázquez
El pasado día 12 de abril el Consejo de Ministros de España aprobó, y acordó remitir al Congreso de los Diputados, el Proyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de Justicia.
Con la finalidad de, entre otros, impulsar la participación de la ciudadanía en el sistema de Justicia y de introducir mecanismos eficientes que resultan imprescindibles para acoger el previsible incremento de la litigiosidad en los próximos tiempos –tal y como se recoge en la exposición de motivos del Proyecto- se pretende que las partes puedan “construir soluciones dialogadas en espacios compartidos”, con el recurso a métodos alternativos o adecuados de solución de controversias que incrementen el protagonismo de las profesiones jurídicas, especialmente por el papel negociador de la abogacía, de los procuradores de los tribunales, los profesionales de la mediación, los graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y otros profesionales.
Se pretende potenciar la mediación como medio adecuado de solución de controversias, entre otros nuevos mecanismos, como requisito de procedibilidad, en aquellos supuestos que la ley lo establezca, previo al amparo judicial.
+info: https://tiempodemediacion.blogspot.com/2022/04/mediacion-y-eficiencia-procesal.html
Audio: https://go.ivoox.com/rf/86040512
El documento presenta un curso básico de mediación deportiva de 16 horas que se llevará a cabo en enero de 2021 de forma online. El curso está dirigido a mediadores, personas relacionadas con el mundo del deporte, y estudiantes interesados en el derecho y la mediación deportiva. El curso consta de 6 módulos temáticos impartidos por 5 profesores expertos en derecho y mediación deportiva. El objetivo es que los participantes adquieran conocimientos básicos sobre mediación en el ámbito deportivo y puedan diseñar pro
Se habla de una nueva normalidad, aunque podríamos pensar, que realmente nos encontramos en un escenario que nada tiene que ver con la vida previa a la pandemia.
Este cambio ha afectado a todos los ámbitos, y uno de ellos es la Seguridad, tanto Privada como Pública, donde las personas que se encuentran sobre el terreno, han percibido que se enfrentan a otro tipo de situaciones, donde se entremezclan los sentimientos, el miedo y la premura en todo aquello que se quiere realizar. Ello ha propiciado situaciones novedosas y problemáticas, a las que el Personal de Seguridad Privada y Policías han tenido que hacer frente.
Ante el gran esfuerzo que debe de realizarse en la nueva normalidad, se abre la posibilidad de una nueva seguridad, ampliando el abanico de las herramientas y técnicas que se utilizan en la gestión de los conflictos, al sector de la seguridad privada, y no únicamente a los vigilantes de seguridad, los cuales son una pieza clave de la seguridad, sino a los responsables de la empresas de seguridad, que puedan conseguir con esos procesos, gestionar de un modo más óptimo los diferentes problemas que se les plantee en el sector.
Fecha de inicio: 18 Mayo 2020
Profesores:
Franco Conforti, Amparo Quintana, Andrés Vázquez, Ricardo de Sosa y Juan Antonio Herrera
+ info: https://www.mediacion.online/formacion.html
Este documento presenta un resumen de la historia de Barrabás de Pär Lagerkvist. Barrabás observa la crucifixión de Jesús desde lejos en el Monte Gólgota. Se siente extrañamente atraído a quedarse y mirar a pesar de no conocer a Jesús ni tener ninguna razón para estar allí. Después de la muerte de Jesús, Barrabás sigue a su madre y a sus seguidores hasta la tumba donde colocan su cuerpo. Luego Barrabás regresa solo a Jerusalén, donde se encuentra con una mujer conoc
MEDIACIÓN DEPORTIVA Y VALORES DEL DEPORTE (Programa)Andrés Vázquez
“Vivimos en un entorno en donde el conflicto en el deporte es cada vez mayor. No solo a nivel del deporte profesional y de élite, además de los conflictos civiles y mercantiles que existen en entidades deportivas y otros organismos se le suma las conductas conflictivas del deporte base.
Una inadecuada gestión del conflicto y la necesidad de establecer una cultura de paz y de mediación en el deporte nos lleva a detectar la perdida de los grandes valores que imprimen la esencia del deporte.
Estamos inmersos, a raíz de todos los casos de violencia en el deporte, en un fenómeno social de preocupación por el Fair Play...la mediación emerge en el deporte no sólo como un mecanismo eficaz de resolución extrajudicial del conflicto, con unas características idóneas y adecuadas a este ámbito cómo pueden ser entre otras la rapidez, la flexibilidad y la confidencialidad del proceso de mediación, sino también como un mecanismo de prevención con una adecuada gestión positiva del conflicto.
La mediación, como no podía ser de otra manera, tiene también su reflejo en el mundo jurídico, y surge como una disciplina relativamente nueva, “Mediación deportiva” y que se incluye dentro de las medidas extrajudiciales de resolución del conflicto deportivo junto al arbitraje para dar respuesta de manera alternativa y complementaria a los problemas suscitados de la gestión deportiva y de su práctica.
Para ello se ha creado este primer curso de especialización en Mediación deportiva y pacificación, que formará a mediadores profesionales con capacidad para actuar en el marco del conflicto deportivo.”
+ Info: http://formacion.icam.es/web3/cache/P_CEI_descripcion_21816.html?fbclid=IwAR2jiY3vPJG6VmnSXaM_wg1uSBfUeIvyRJ-GK0D-MFKKAVNT4bIJmO-iZ-Q
Esta presentación gráfica sintetiza el contenido de la ponencia “Las particularidades de la mediación en conflictos violentos: Pautas, valores, principios y dilemas específicos”, impartida durante la Semana de la Mediación 2019 en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), en la Tribuna de Mediación (22/01/2019), que coordina la abogada y mediadora Amparo Quintana García, desde el Centro de Resolución de Conflictos del Colegio, mediaICAM.
Enlace al texto integro de la ponencia: https://www.youtube.com/redirect?q=https%3A%2F%2Fweb.icam.es%2Fbucket%2FMEDIACION%2FMediaci%25C3%25B3n%2520en%2520conflictos%2520violentos%2520Pautas%2C%2520valores%2C%2520principios%2520y%2520dilemas.pdf&v=v2gUPaolDJU&event=video_description&redir_token=vELklgNmGF3LBwn38hOl1JjkXEx8MTU1NjQ1NjY1MEAxNTU2MzcwMjUw
La documentación de la Tribuna esta disponible en su página web: https://www.youtube.com/redirect?q=http%3A%2F%2Fmediacion.icam.es%2Fweb3%2Fcache%2FP_MED_tribunaMediacion.html&v=v2gUPaolDJU&event=video_description&redir_token=vELklgNmGF3LBwn38hOl1JjkXEx8MTU1NjQ1NjY1MEAxNTU2MzcwMjUw
Ad Cordis es el acrónimo de alternativas de cooperación online para la resolución de disputas.
Somos un equipo multidisciplinar de profesionales de distintas procedencias geográficas.
Facilitamos al ciudadano una nueva forma de gestionar sus conflictos en la que pasa a ser protagonista en vez de espectador pasivo.
Las tic y la mediación en escenarios de crisisAndrés Vázquez
Para los más ortodoxos maridar los conceptos de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), mediación y escenarios de crisis puede resultar cuando menos estridente. Sin embargo, en el mundo se calcula que existen no menos de 60 millones de personas refugiadas. Desplazadas de sus lugares de origen por diferentes motivos, no solo como consecuencia de guerras o conflictos violentos, también por la miseria, la inmigración forzada y tantos otros. La ruptura de los núcleos familiares es una consecuencia más, aparejada a esta realidad. Pero, los conflictos sin resolver, continúan presentes a pesar de las distancias, las divisiones y las desestructuraciones familiares. El recurso a las modalidades de resolución mediada por medios electrónicos basados en tecnología móvil, seguramente podrá decir mucho en un futuro no muy lejano.
Dar y recibir es a menudo mejor que todo o nadaAndrés Vázquez
El documento describe los beneficios de la mediación como una alternativa a la resolución de conflictos a través de los tribunales. Explica que la mediación es un proceso voluntario donde un mediador neutral ayuda a las partes en conflicto a llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio. También destaca que la mediación puede ofrecer soluciones más rápidas y económicas que los procedimientos legales tradicionales.
El proceso de resolución de disputas por medio de la inteligencia colectiva está en sus comienzos, sin embargo probablemente se convertirá en el futuro en el sistema de resolución de conflictos de las comunidades en línea. La filosofía de base es reconocer que el valor agregado de un grupo de personas es potencialmente mayor, estadísticamente, que en un sistema limitado, aumentando el factor de éxito. Las herramientas digitales sirven de catalizadoras y posibilitadoras de estas dos grandes propiedades: el efecto escala y el efecto accesibilidad.
(Blogueado en: http://alenmediagroup.blogspot.com.es/2014/11/mediacion-crowdsourcing-y-codr.html)
La Mediación no puede definirse de forma unívocaAndrés Vázquez
La cuestión es que, si acudimos a la realidad de los hechos, una mediación en un conflicto que afecte a la seguridad internacional poco tiene que ver, en cuanto al uso de herramientas y protocolos, con una mediación en el ámbito penal, ni en el familiar, ni con una civil o mercantil, ni escolar, ni laboral, ni de consumo,…etc. Esta es la realidad. En consecuencia o ponemos “apellidos” a cada mediación en razón de su ámbito de actuación (entendiendo que en cada cual la modalidad presenta peculiaridades específicas en el uso de las herramientas, las técnicas, los protocolos y los límites a la actuación del mediador) o recurrimos a una conceptualización amplia y no restringida del término.
El concepto TeDR se diferenciaría de las categorías tradicionales de ADR, RLL y ODR en la metodología híbrida que potencialmente ofrece, abriendo un abanico de múltiples modalidades cara a cara, las opciones en línea, el recurso a diferentes proveedores de servicios profesionales cualificados y en la adaptación de tecnologías de vanguardia centrándose en la eficiencia de herramientas de software. El acceso al sistema puede realizarse, cara a cara, a través del teléfono, o totalmente en línea. El desarrollo del procedimiento también puede realizarse, cara a cara, híbrido (presencial y online), totalmente online, y es aplicable a las modalidades de mediación y arbitraje.
La Mediación Just in Time. Mediation Information & Assessment Meeting (MIAM)Andrés Vázquez
Los elementos obligatorios en la mediación -algo que en el pasado reciente fue por muchos considerado como un "tabú"- ahora son aceptados por diferentes expertos y un significativo sector doctrinal. En particular, dos formas mitigadas de mediación obligatoria -a saber, la asistencia obligatoria a la sesión informativa y la mediación obligatoria con la posibilidad de abandonarla si los litigantes no tienen intención de continuar con el proceso- registran una preferencia mayor.
Mientras, en España muchos profesionales de la Mediación distribuyen sus intervenciones en los diferentes foros, a partes iguales, entre las demandas de medidas de apoyo a las administraciones públicas para la difusión de la mediación, con el escándalo al temor de que puedan arbitrarse medidas legislativas orientadas a la implantación obligatoria de fases del procedimiento, como la sesión informativa, quebrando la más ortodoxa concepción de los principios que deben inspirar esta modalidad autocompositiva de resolución de conflictos. No es el caso de algunos de nuestros vecinos europeos. La Mediation Information & Assessment Meeting (MIAM), sería un buen ejemplo de ello.
Si trascendemos los aspectos fabriles del sistema de organización de la producción conocido como Just in Time, y focalizamos en la filosofía subyacente que lo inspira, “obviar acciones innecesarias”, y actuar “justo a tiempo”, la praxis de la imposición de una sesión informativa que facilite la elección de la Mediación como la más optima opción de resolución de un conflicto concreto entre partes que desconocían esta modalidad ADR, permitiría una actuación Just in Time que permitiría obviar acciones innecesarias y de un elevado coste (no solo económico, también emocional) en la jurisdicción ordinaria. Enrocarse numantinamente en posiciones dogmáticas, puede suponer un excesivo peaje a pagar por una ortodoxia que comulga mal con la flexibilidad que se publicita de la Mediación. Porque, de nada servirá contar con un marco normativo que permita el recurso a la Mediación si no se ofrece a las partes la oportunidad, efectiva y real, de ponerla en práctica. Y nadie puede querer lo que desconoce.
Fomento de Resolución de Disputas, Advancing Dispute Resolution, emprendió en la primavera de 2013 un ambicioso proyecto para captar las expectativas y experiencias de los mediadores voluntarios en todo el mundo. Basándose en las redes coordinadas que utilizan los voluntarios, se envió una solicitud a cientos de organizaciones invitando a los mediadores voluntarios activos a prestar su voz a la Encuesta Fieldwide de mediadores voluntarios. 1.152 mediadores voluntarios respondieron a la encuesta. De ellos 1.000 eran estadounidenses. Esta respuesta significativa, ha dado lugar a la mayor revisión de las experiencias y preferencias de mediadores voluntarios jamás producida.
Esta presentación, que recoge un resumen de algunos de los datos y conclusiones recopilados por la encuesta, fue expuesta en Madrid, como base de un informe, dentro de los Grupos de Trabajo del Programa modular de Mediación de la Facultad de Derecho de la UNED en las Jornadas de Mediación de los días 2 y 3 de octubre de 2013, desarrolladas en modalidad presencial y online, en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la UNED.
Como parte de las iniciativas educativas y de investigación llevadas a cabo en el campo de la mediación, la asociación Mediatori Mediterranei ONLUS, la Cámara de Comercio de Cagliari y las universidades de Cagliari y UNED han organizando una conferencia sobre "La internacionalización de la cultura de la mediación en el Mediterráneo", que tendrá lugar los días 2 y 3 de mayo en Cagliari, en las instalaciones de la Feria Internacional de Cerdeña.
Programa
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
e-Mediación: Concepto, ámbitos y protocolos
1. Introducción a la
mediación electrónica
e-Mediación
CONCEPTO, ÁMBITOS Y PROTOCOLOS
2. El ser humano, del siglo XXI no puede entenderse sin las TIC (las
“Nuevas“ Tecnologías de la Comunicación y la Información) y el
feedback entre la realidad física y la realidad virtual.
La resolución de conflictos en línea ha evolucionado también como un instrumento más
de conciliación global.
NADIE DEBERÍA QUEDARSE “ D E S CO LG A D O ” EN UN MUNDO CRECIENTEMENTE
GLOBALIZADO, …TAMPOCO POR LIMITACIONES ESPACIO-TEMPORALES. LOS ADR
NO SON UNA EXCEPCIÓN.
La aplicación de las TIC a modalidades ADR representa la facilitación de nuevas y
emergentes (algunas ya no tanto) herramientas que nos permitan superar hándicaps en
la comunicación.
Introducción a la mediación electrónica
3. Un preámbulo que parte de algunas conclusiones
Introducción a la mediación electrónica
4. Con independencia de la dudas, recelo u opinión personal, la mediación por medios
electrónicos :
• es posible, porque es una realidad
• economiza tiempo
• abarata costes económicos
• facilita y universaliza el acceso a la justicia
• contribuye a la internacionalización real de la mediación global
Introducción a la mediación electrónica
5. • American Arbitration Association (AAA)
• ADNDRC
• ADRoit3
• Appellex Bargaining Solutions
• ARyME
• Better Business Bureau Online
• Camera Arbitrale di Milano
• CaseloadManager.com
• Chartered Institute of Arbitrators
• Cibertribunal peruano
• Conflict Resolution Software
• Consensus Mediation
• Consumers association of Iceland
• Conflict Resolution.com
• Convirgente.com
• Eurochambres
• FSM
• GWMK
• Hong Kong International Arbitration Centre
• ICANN Ombudsman Office
• iCourthouse
• International Chamber of Commerce
• The Internet Ombudsman
• Intersettle
• Iris Mediation
• IVentures
• JAMS
• Judge.me
• Juripax
• Legal Face-Off
• Mediation Arbitration Resolution Services
• Mediation in the Clouds
• Mediaiton Now
• The Mediation Room
• MESUTRAIN
• MichiganCybercourt.Net
• Modria.com
• ODR.NL
• ODRWorld
• PeopleClaim
• Private Judge
• Resolution Forum Inc.
• SettleTheCase
• SettleToday
• SmartSettle
• SquareTrade
• The Claim Room
• TRUSTe
• Ujuj
• VirtualCourthouse
• The Virtual Magistrate
• Webmediate.com
• World Intellectual Property
Organization
• (WIPO)
• (ECODIR)
• (MARS)
• Cybersettle
• Dispute Manager
• eadronline
• www.econfianza.org
• Electronic Consumer Dispute Resolut.
• ElectronicCourthouse.com
• EmissaryMediation.com
• Cyberlaws.Net
• eQuibbly.com
• CPR Institute for Dispute Resolution
Posible, porque es una realidad
Thirteenth InternationalODR Forum
Introducción a la mediación electrónica
6. Economiza tiempo y abarata costes
Según estimaciones de Bruselas, un acceso universal a los procedimientos ADR / ODR
en toda la Unión ahorraría a los consumidores UE / España las siguientes ratios:
TIEMPO €
(millones)
PIB
%
30 % 22.500 0,2
30 % 1.710 0,2
(Fuente: Parlamento Europeo )
Introducción a la mediación electrónica
7. Los métodos ODR permiten, a diferencia de otras formas de resolución de conflictos:
Rapidez
Eficiencia
Bajo Coste
Deslocalización
Partes y Expertos pueden abordar el
conflicto de forma inmediata.
Basada en diversas herramientas TIC
Sin traslados físicos. (Documentales vía
telemática.)
Sin necesidad de sede física.
Introducción a la mediación electrónica
8. 635
Duración media en días procedimientos judiciales en países OCDE
(Fuente: Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia)
778
950
2886
788
548
88
Portugal España Francia Italia Media OCDE Media OCDE
(1ª Instancia)
Media UE
ADR/ODR
Introducción a la mediación electrónica
9. Elimina barreras: geográficas y físicas
No solo nacionales, pues se descubre como
un sistema muy apropiado para los
conflictos transfronterizos
Puede facilitar el acceso a la mediación a
personas con minusvalías
Introducción a la mediación electrónica
10. contribuye a la internacionalización real de la mediación global
ESCENARIOS
plano
FORMATIVO
DESTEMPORIZACIÓN
práctica de la mediación
PROFESIONAL
Libertad de
ELECCIÓN
DESLOCALIZACIÓN
DESINHIBICIÓN
Introducción a la mediación electrónica
11. Resolución de conflictos en línea: ¿ODR, ADR, RDL, RLL,
Mediación por medios electrónicos…? delimitando conceptos,
ámbitos y protocolos.
Introducción a la mediación electrónica
12. No es lo mismo ADR, ODR y e-mediación
En el ámbito anglosajón se
utilizan los términos ODR y
e-mediación
indistintamente.
También incluyen figuras
híbridas de ADR, auto y
heterocompositivas, como la
MED-ARB
•ODR son procesos –generalmente- muy automatizados
• Muy efectivos frente a conflictos simples repetidos
• Pueden utilizar soportes TIC asincrónicos (e-mail, SMS, …)
• Y también sincrónicos (Chat, Videoconferencia)
•Generalizados para conflictos de consumo
• Regulación: Directiva y Reglamento UE ODR litigios en materia de consumo.
Introducción a la mediación electrónica
13. e-Mediación en la ley 5/2012 (asuntos civiles y mercantiles)
Artículo 24. Actuaciones desarrolladas por medios electrónicos.
1. Las partes podrán acordar que todas o alguna de las actuaciones de mediación, incluida la sesión constitutiva y
las sucesivas que estimen conveniente, se lleven a cabo por medios electrónicos, por videoconferencia u otro
medio análogo de transmisión de la voz o la imagen, siempre que quede garantizada la identidad de los
intervinientes y el respeto a los principios de la mediación previstos en esta Ley.
2. La mediación que consista en una reclamación de cantidad que no exceda de 600 euros se desarrollará
preferentemente por medios electrónicos, salvo que el empleo de éstos no sea posible para alguna de las partes.
La ley 5/2012 (tampoco su reglamento de desarrollo, Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre):
• NO define qué es Mediación por Medios Electrónicos, SI establece sus requisitos
• Llama Mediación electrónica (reclamaciones inferiores 600 €) a una negociación automática (Procedimiento simplificado de Mediación) MM EE
• EXCLUYE la Mediación en materia de consumo (de su ámbito de aplicación) reserva su regulación a normas sectoriales
Introducción a la mediación electrónica
14. Mediación de consumo en la UE Exige a los Estados miembros que
garanticen la posibilidad de
someter a una entidad
de resolución alternativa todos
los litigios entre consumidores
domiciliados y comerciantes
establecidos en la Unión que se
deriven de la compraventa de
mercancías o la prestación de
servicios.
• Reglamento (UE) n° 524/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia
de consumo
• Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo,
sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo
Impulso de modalidades electrónicas:
• Garantiza que todas las reclamaciones de consumidores puedan someterse a procedimientos ADR a través de
medios en línea.
• Garantiza el acceso del consumidor a la información a través del sitio web del comerciante
• Negociación previa bilateral como condición de procedibilidad
• Establecer Plataforma Europea en línea (web interactiva) resolución reclamaciones del e-commerce
Introducción a la mediación electrónica
15. • La incorporación de las TIC a los procedimientos ADR, en una visión integradora y
transversal de la tecnología, supondrá que “la separación como dos áreas distintas entre
ADR & ODR, tenderá a desaparecer en un futuro no muy lejano, dando paso a las ADR solas
como campo de trabajo único, ya que la tecnología formara parte intrínseca de la actividad
sin ningún tipo de distinciones”.
ALBERTO
ELISAVETSKY
¿ODR, ADR, RAL, RDL, RLL, e-Mediacion,…?
• ODR es "la integración de tecnologías de la información y de la comunicación en los
procesos judiciales o extrajudiciales de resolución de conflictos". KARIM
BENYEKHLEF
Introducción a la mediación electrónica
17. Los pioneros de la “mediación” online / ODR
• Marylands Online Mediation Service (1996)
• Campus Mediation Resources Web (1996)
• eBay Mediation Pilot Projet (1999)
• ICANN Uniform Domain-Name Dispute Resolution Policy
(UDRP) (1999)
• SquareTrade eBay's ODR provider (2000)
• También otros servicios ODR como, Online Ombuds Office,
Virtual Magistrate (1996),…
ETHAN KATSH
JANET
RIFKIN
Introducción a la mediación electrónica
18. MODRIA Modular Online Dispute Resolution Implementation Assistance
• Plataforma de negociación escalable, diseñada por expertos en resolución de conflictos
en línea y de SiliconValley.
• Resuelve más de 60 millones de disputas por año.
• También facilita mediadores y arbitros.
COLIN
RULE
Introducción a la mediación electrónica
19. TheMediationRoom / BoardroomResolve
• Plataforma de negociación y mediación en línea.
• Permite el archivo en línea y áreas de discusión privadas.
• servicio para disputas empresariales entre accionistas y directivos.
GRAHAM
ROSS
Introducción a la mediación electrónica
20. Teleskill Mediazione On line
• Servicio Live Meeting Web dedicada a mediación civil.
• Permite la gestión documental multimedia en línea.
• Cumple requisitos exigidos por Ministero della Giustizia italiano.
EMANUELE
PUCCI
Introducción a la mediación electrónica
21. PARL-e (Cyberjustice Laboratory)
• Plataforma electrónica de solución de controversias menores
• Procedimiento hibrido: negociación ODR y e-mediación
• No acuerdo en negociación opción solicitar mediación
•Mediante el uso de herramientas de comunicaciones electrónicas disponibles a través de la
plataforma, el mediador invita a las partes a comunicarse, intercambiar documentos y
debatir en busca de un acuerdo.
KARIM
BENYEKHLEF
Introducción a la mediación electrónica
22. Youstice
• Primera plataforma transfronteriza global multilingüe diseñada para resolver conflictos en línea.
• software negociación simplificada escalable a mediación/arb neutral.
• sistema que asiste a usuarios para resolver disputas de poca cuantía.
ZBYNEK
LOEBL
Introducción a la mediación electrónica
23. Mediar On Line
• Primera plataforma que ofrece servicios de mediación sincrónica en España.
• Permite gestión documental multimedia en línea.
• servicios auxiliares de soporte y “training”
FRANCO
CONFORTI
Introducción a la mediación electrónica
24. Mediare (SGMARC)
• Sistema de Gestión documental + ODR.
• software negociación / mediación simplificada automático.
• sirve de soporte al proyecto arymedia
GUILLERMO
G. CUBERO
Introducción a la mediación electrónica
26. Virtual Mediation Lab / Association for Conflict Resolution - ACR Hawaii
•Ayuda a mejorar las habilidades y aprender técnicas para mediar en línea, mediante la
participación en simulaciones de mediación , vía Skype, entre mediadores profesionales.
• Promueve la mediación online difundiendo en diversos idiomas la grabación de las
simulaciones de mediación.
GIUSEPPE
LEONE
Introducción a la mediación electrónica
27. Simediar / ODR Latinoamérica
• Programa de simulación de mediaciones a distancia
• Permite gestión documental multimedia en línea.
• servicios complementarios: soporte técnico, webinars y formación.
ALBERTO
ELISAVETSKY
Introducción a la mediación electrónica
28. eLearnCourt
• resultado de un proyecto de I+D+I de simulación de procesos de resolución en línea por
medio de la negociación, la mediación, la conciliación y el arbitraje.
• plataforma en la nube y uso de herramientas colaborativas (espacios wiki y chats)
• competición o moot. Los participantes asumen los roles de reclamantes, reclamados, mediadores,
conciliadores y árbitros,
AURA ESTHER
VILALTA
Introducción a la mediación electrónica
29. Programa Modular de Mediación UNED
• Formación de mediadores -también en escenarios virtuales - mediante simulación de
mediaciones a distancia sincrónicas (simultáneas y en tiempo real)
• Gestión documental multimedia en línea a través de plataformas de comunicaciones
• Entrenamiento transversal para cualquier itinerario formativo y ámbito de mediación
ESTHER
SOUTO
Introducción a la mediación electrónica
31. ¿Cómo es el protocolo en una mediación online asincrónica?
• 1ª Fase: Preparación, diagnóstico y exploración de intereses. Objetivo: permitir
que las partes especifiquen problemas, preocupaciones y posibles sugerencias para
la resolución.
• 2ª Fase: Evaluación de los formularios de admisión por el mediador. El sistema
compara las posiciones. El mediador puede identificar que cuestiones deben ser
objeto de mayor exploración y discusión.
• 3ª Fase: Mediación. Facilitada por el software, en el foro de discusión en un
entorno seguro y protegido. Los mensajes pueden ser enviados y recibidos, no como
e-mail, sino almacenados digitalmente en el expediente .
• 4ª Fase: Resolución. En caso de acuerdo el mediador sugiere un primer borrador y
las partes pueden introducir sus modificaciones. El sistema utiliza la función de
seguimiento de cambios, para revisarlos instantáneamente. El proyecto de acuerdo
final se puede aceptar en línea a través del sistema y archivarse.
Introducción a la mediación electrónica
32. ¿Quién da soporte a las plataformas sincrónicas?
• OnSync – digitalsamba.com es un sistema de videoconferencia
multidireccional a través de Internet con voz e imagen de alta calidad en tiempo
real y multiplataforma.
•Wormhole - webconf.me Transmite audio y video en vivo, chat, proyecta
documentos en la pizarra virtual, comparte escritorio, graba las sesiones, no
requiere la instalación de software y funciona desde cualquier computadora
conectada a Internet.
• Cisco – webex.com se accede mediante la nube de Cisco WebEx. Esta red de
reuniones escalable cuenta con los niveles más altos de rendimiento y seguridad.
Opciones como la protección de la contraseña suponen una garantía adicional
sobre la seguridad del espacio de reunión. Permite conexión desde dispositivos
móviles.
• Skype – skype.com permite comunicaciones de texto (chat), voz y vídeo
sobre Internet. No permite la gestión documental. Es propiedad de Microsoft.
• Microsoft Lync Server.- TeDR / REZOUD metodología híbrida que
potencialmente ofrece modalidades cara a cara, en línea, y el recurso a diferentes
proveedores de servicios profesionales
Introducción a la mediación electrónica
34. Seguridad y Confidencialidad
“Se hace necesario lograr sistemas electrónicos fiables, compatibles con la cultura tecnológica de los ciudadanos y que
generen confianza, promoviendo su utilización.” Preámbulo Proyecto R.D. Desarrollo Mediación Medios Electrónicos
Todas las comunicaciones generarán justificante (archivo o impresión)
Utilización de sistemas acreditativos de la identidad
• Firma electrónica (“clickwrap”) (*)
• Protección Datos Personales
• Identificación titular del servicio
• Encriptación, protocolos HTTPS
• “Backup” documental y audiovisual
• Justificante (fecha/hora) computo de plazos
Requisitos:
• Ley 59/2003
• Ley 15/1999
• Ley 34/2002
(*) Reglamento UE nº 910/2014 identificación
electrónica y servicios de confianza para transacciones
electrónicas en el mercado interior (aplicable a partir del
1 de julio de 2016)
Introducción a la mediación electrónica
35. Algunos datos técnicos sobre cyberseguridad
“Romper” esta encriptación exigiría un tiempo de
149.745.258.842.898 años.
• 99,99% de fiabilidad
• Encriptación de 128-bit SSL
• Encriptación de 256-bit AES40
• Estándares ISO-17799
• Informe SAS 70 Type II
Introducción a la mediación electrónica
36. Pero… ¿qué opinan las personas mediadoras?
Introducción a la mediación electrónica
37. ¿Están los profesionales preparados para la mediación por medios electrónicos?
• Autoevaluación de Competencia
Digital
40%
55%
5%
Nivel de interacción habitual con TIC
alumnos Mediación UNED
Alto
Medio
Bajo
Alta Media Baja
100
80
60
40
20
0
Alta
Media
Baja
38. ¿Para qué fases del procedimiento considera más adecuada la e-Mediación?
• Su opinión sobre la
viabilidad de la
Mediación on line
ha cambiado:
0 20 40 60 80
FINALIZACION
NEGOCIACION
CONSTITUTIVA
INFORMATIVA
TODAS
64%
2%
34%
Positivamente
Negativamente
No ha cambiado
39. ¿Tuvo la oportunidad de participar activamente en las sesiones?
SI NO
98 % 2 %
• ¿Utilizaría en su práctica profesional la e-Mediación?
25%
72% 3%
SI
NO
QUIZÁS
Introducción a la mediación electrónica
40. Valoración de la calidad de comunicación emocional entre los asistentes
71%
28%
1%
Alta / Buena
Media / Regular
Baja / Mala
Introducción a la mediación electrónica
41. Un final a modo de preludio en 3.0
Introducción a la mediación electrónica
42. Cybergestión de la inteligencia emocional con TIC
• Paul Ekman desde los años 80 investiga sobre lectura de la imagen corporal:”microexpresiones”
El análisis de microexpresiones ayuda al mediador a validar manifestaciones de los mediados, reconocer intereses o
causas del conflicto a menudo ocultas voluntaria o involuntariamente, reformular objetivos del proceso de mediación y
aplicar modelos o técnicas más efectivas.
• Emotion Explorer Lab software
que puede transformar en un
modelo los patrones de las
categorías sistematizadas por
Ekman
• Utilizando la cámara incorporada
en el smartphone o el ordenador
Introducción a la mediación electrónica
43. Integración tecnología = Comediación hibrida (e-Mediador + TIC + A.I.)
• Orna Rabinovich – Einy (Facultad de Derecho , Universidad de Haifa, Israel)
ODR “mejoran la responsabilidad (la capacidad de garantizar que el proceso de resolución de
disputas sea justo y eficiente) y el aprendizaje (la capacidad sistemática de remediar los fallos y
repetir los éxitos)”
• Proyecto WATSON sistema
cognitivo cibernético que puede
responder a preguntas formuladas
en lenguaje natural.
• ya se está utilizando en Medicina
como sistema de apoyo para la toma
de decisiones clínicas.
Introducción a la mediación electrónica
44. Desde mi punto de vista …
con independencia de su denominación:
• Los medios electrónicos son una herramienta más auxiliar en la mediación y demás
modalidades ADR. (Ni más ,ni menos)
• Los recelos frente al uso de modalidades electrónicas para la resolución de disputas, parten de
suposiciones sesgadas, o del desconocimiento, de los distintas ámbitos, modalidades, herramientas y
protocolos.
• Las diferentes TIC pueden ser potencialmente integrables en plataformas de fusión más
ambiciosas y todavía por explorar. (Con soporte para mediación a distancia o presencial)
• Sin perjuicio de su regulación normativa, una mejor comprensión de los protocolos en línea, sin duda
ayudará a tomar decisiones más informadas acerca de qué tipo de modalidades son las más adecuadas
para ser abordados por medios electrónicos en cada ámbito específico de mediación.
Introducción a la mediación electrónica
45. Introducción a la mediación electrónica
e-Mediación
Andrés Vázquez López
Asociación Europea de Mediación / AEM
Programa Modular de Mediación UNED
Córdoba, 17 Octubre 2014
@AlenMediaGroup
@AEMediacion
@mediacion_UNED
Notas del editor
Notas.-
Decía un ilustre cordobés que hay tres clases de personas, las que toman sus pensamientos solo del mundo material, las que ceden a las persuasiones, y las que sólo se dejan convencer por argumentos concluyentes. En la convicción de que la mayoría de Vdes. se encuentran en este último grupo, este pensamiento de Averroes me ha parecido una adecuada hoja de ruta para comenzar centrándonos en hechos, argumentos y realidades.
El mundo global en el que vivimos, y que se remonta mucho más atrás en el tiempo que a la espectacular revolución tecnológica de las últimas décadas, nos ofrece en la actualidad un escenario de lo que muy gráficamente el sociólogo polaco Zygmunt Bauman denomina “realidad líquida”. La Mediación como procedimiento flexible y autocompositivo ha evolucionado también como un instrumento más de conciliación global, la relativamente reciente aplicación de las TIC a algunas modalidades de ADR solo representa la facilitación de nuevas y emergentes (algunas ya no tanto) herramientas que faciliten esas actuaciones dentro de esa “realidad liquida” (a la que la Mediación tan idóneamente puede adaptarse) que nos permitan superar hándicaps en la comunicación que desde siempre nos acompañan, como por ejemplo las categorías espacio-temporales que desde los presocráticos han sido una preocupación central en los sistemas filosóficos.
Y es que nunca antes de ahora hemos podido compartir nuestra presencia (y la de nuestro entorno, objetos, documentos, etc.) de forma simultánea y en tiempo real con otros en un mismo escenario espacio-temporal (por muy virtual que resulte, no menos “real”), con independencia del lugar geo-espacial en el que nos encontremos todos.
Este listado es una relación incompleta de algunas de las plataformas, sistemas o recursos electrónicos registrados actualmente en la web del Centro Nacional de Tecnología y Resolución de Disputas (NCTDR), el portal principal para el campo de la resolución de litigios en línea (ODR) de los Estados Unidos de América.
Este Centro es uno de los impulsores del Foro Internacional de ODR que acaba de reunirse en California el pasado mes de Junio de 2014, en su DECIMO TERCERA edición. Decimotercera. No nos encontramos ciertamente frente a una novedad.
3
Los métodos ODR permiten:
RAPIDEZ.- Partes y expertos contactan de forma inmediata.
EFICIENCIA.- Auxilio complementario de todo un catálogo de recursos TIC
BAJO COSTE.- (Traslados y documentos)
DESLOCALIZACIÓN.- Los Métodos ODR pueden desarrollarse a través de expertos imparciales y resolverse en derecho o en equidad desde cualquier parte del mundo.
Unas estimaciones, las anteriores, quizá en exceso cautelosas. Particularmente si atendemos a la duración media de los procedimientos judiciales en los países europeos de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), organización heredera en Europa del Plan Marsahall. Los datos son suficientemente “gráficos”, y ratificados por diversas fuentes, no solo políticas.
También lo constatan así organismos como el Banco Mundial, o más cercano a nosotros el Banco de España.
(BANCO DE ESPAÑA BOLETÍN ECONÓMICO, NOVIEMBRE 2013 EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA JUDICIAL: NUEVA EVIDENCIA COMPARADA
http://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/InformesBoletinesRevistas/BoletinEconomico/13/Nov/Fich/be1311-art5.pdf
“Se hace necesario lograr sistemas electrónicos fiables, compatibles con la cultura tecnológica de los ciudadanos y que generen confianza, promoviendo su utilización.” Preámbulo I párrafo 5º PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL DESARROLLO DE LA MEDIACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
La seguridad del procedimiento se ve reforzada, además, por la utilización de los sistemas acreditativos de la identidad que regula la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, y por la exigencia de que todas las comunicaciones generen un justificante que permita su archivo o impresión. Dicho justificante reflejará la fecha y hora que servirán de base para la contabilización de plazos.
Ley 34/2002, del 11 de julio, de servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE).
Los Certificados de Seguridad SSL 128 bits se distinguen por tener la capacidad de cifrado más alta de la Industria.
Descifrar una encriptación de este tipo, solo podría hacerse mediante el cálculo por fuerza bruta, que consiste en la introducción de todas las variables posibles en un mensaje hasta que aparezca la correcta.
Descifrar una llave de 128 bits, mediante el cálculo por fuerza bruta, le llevaría al atacante emplear un tiempo mínimo de 149,745,258,842,898 años.
La encriptación AES está autorizada desde junio de 2003 por el gobierno de los Estados Unidos para su uso en información de seguridad clasificada. (NSA)
SAS 70 (Statement on Auditing Standards No. 70) es un estándar de auditoría reconocido internacionalmente y desarrollado por el AICPA (American Institute of Certified Public Accountants).
Surgida de la norma británica BS 7799, la norma ISO 17799 ofrece instrucciones y recomendaciones para la administración de la seguridad.