MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
EPÍGRAFE 2 DEL TEMA 2.docxxxxxxxxxxxxxxx
1. 2)- LA DÉCADA MODERADA (1844-1854)
a)-Ramón Mª Narváez y la estabilidad política: la Constitución de 1845
Isabel II mostró desde un principio su preferencia por los moderados, dejando fuera del juego
político al partido progresista. Se abría un largo período de predominio moderado. Los
progresistas optaron. o por el retraimiento, negándose a participar en unas consultas electorales
claramente amañadas, o por la preparación de pronunciamientos apoyados por insurrecciones
populares.
Triunfa así el liberalismo doctrinario, moderado o conservador, el más antidemocrático, que
frena toda reforma (se considera que los cambios que eran necesarios ya estaban hechos, y se
tiene pánico de la revolución) y valora la estabilidad política y el orden por encima de la libertad;
dominio de la oligarquía, sobre todo la burguesía terrateniente fruto de la fusión de la vieja nobleza
y de los nuevos propietarios burgueses nacidos de la desamortización; falseamiento electoral,
corrupción, centralismo son otras características.
En mayo de 1844 se formó un gabinete presidido por el General Ramón Mª de Narváez, la gran
figura de los moderados. En esta etapa se va a construir una estructura de estado liberal en
España duradera, al servicio de determinados grupos sociales y bajo los principios del centralismo
y la uniformización. Estas fueron las principales medidas que se adoptaron durante la siguiente
década:
Creación en 1844 de la Guardia Civil, fuerza armada ”profesional”al servicio del
gobierno-encargada de aplicar la ley y orden esencialmente en el medio rural. Como
medida complementaria se suprimió la Milicia Nacional,.
Ley de Ayuntamientos de 1845, que refuerza el centralismo: el gobierno nombra a los
alcaldes. Se crea el cargo de gobernador civil, provincial; y el gobierno y éste nombran
a los alcaldes(no habrá autonomía local)
Reforma del sistema fiscal de 1845, elaborada por Alejandro Mon. Se estableció un
nuevo sistema fiscal más racional, eficaz y moderno, que puso fin al enrevesado sistema
impositivo del Antiguo Régimen. Habrá Presupuesto estatal anual. Pero se potencian los
impuestos indirectos(los “consumos”), que pagan todos por igual y perjudica a los más
pobres. Seguirán los problemas de déficit del Estado, buscando recursos con sucesivas
emisiones de Deuda Pública.
Racionalización legislativa propia del liberalismo: Código Penal de 1851, y proyecto de
Código Civil.
Reflejo del centralismo uniformizador es también la adopción exclusiva de las
competencias educativas por el Estado central.
Ley Electoral de 1846 que configura un verdadero régimen oligárquico. Se estableció un
sufragio muy restringido (exige contribución de al menos 400.000 reales) que limitó el
cuerpo electoral a 97.000 varones mayores de más de 25 años, lo que suponía el 0.8%
del total de la población.
Concordato de 1851. Acuerdo con la Santa Sede por el que el Papa reconoció a Isabel II
como reina y aceptó la pérdida de los bienes eclesiásticos ya desamortizados. A cambio
el Estado subvenciona a la Iglesia(“dotación del culto y clero”) y la entrega el control de la
enseñanza y a encargarla labores de censura.
2. b)-La Constitución de 1845: modifica la del 37, con elementos que la hacen muy conservadora
-Ideas básicas de la Constitución:
*Soberanía compartida entre las Cortes y el rey—gran poder de éste.
*Derechos muy limitados (se mantienen los de la Constitución de 1837, pero las leyes
posteriores que los desarrollan serán muy restrictivas con las libertades): sufragio muy
censitario (1% de la población), no hay libertad de imprenta ni religiosa (Catolicismo,
oficialEstado Confesional)
*Separación de poderes, limitada (mucho poder legislativo del rey); Legislativo bicameral (con
un Senado de aristócratas, no electivo sino nombrado por la Corona entre personalidades
relevantes)
c)-La oposición al moderantismo
La vida política en la década moderada no se centra en las Cortes. Ante los poderes otorgados
a la Corona para quitar y poner al gobierno, la importancia del Legislativo fue irrelevante. La lucha
3. política se centra en la Corte, con la organización de grupos de presión (“camarillas”) que buscan
controlar la voluntad de la reina. Destacan la camarilla de la reina madre y la del rey consorte
(Francisco de Asís); ambas buscan una vuelta a un absolutismo en lo posible, por lo que muestran
preferencias por los más conservadores entre los moderados, desplazando incluso a Narváez
(1851). La constitución permite suspender las Cortes si no se pliegan al gobierno; este, cada vez
más, gobierna por decreto, lo que aleja al régimen de los principios liberales.
Fuera del “sistema” queda el carlismo, que protagonizo en 1848 la 2ª guerra carlista en
Cataluña (“guerra dels matiners”), muy breve. Aunque se estima que en unas elecciones libres, el
carlismo tendría la mitad de los votos, sería el partido más votado.
Los “puritanos” son el ala izquierda de los moderados, y se escandalizan ante el autoritarismo
de Narváez (y más aún de sus sucesores) y la corrupción. Buscan ser más respetuosos con las
leyes, aunque sean las leyes “moderadas”.
Los progresistas son el núcleo básico de la oposición; de ellos, además, surge ahora (1849)
un grupo a su izquierda, los Demócratas (que defienden el liberalismo democrático, partidario de
más libertades y del sufragio universal, y la mayor intervención del Estado en la sociedad).
Además, los moderados se han fraccionado en bandos, por diferencias ideológicas y
personales, y por intereses económicos en medio de una enorme corrupción.
Desde 1851, los gobiernos ultraconservadores de Bravo Murillo y del conde de San Luis
intentaban reformar la Constitución para fortalecer más aún al poder ejecutivo y los poderes de la
reina, frente al Parlamento, frecuentemente suspendido. La censura de prensa se incrementa. El
desprestigio de la reina aumenta, por dejar que su escandalosa vida privada (desde su
desgraciado matrimonio de 1847) incida en las decisiones de gobierno, y por el escandaloso
enriquecimiento de la familia de la reina-madre. La grave crisis de la Hacienda disgusta a la
burguesía y la crisis acerca al pueblo al hambre. Todo incrementa el número de descontentos (se
incluye a la mayoría de los moderados) y llevará finalmente a la revolución, que si no destrona a
la dinastía es por la oposición de Francia e Inglaterra, y por el temor de moderados y progresistas
al cambio socio-político que pudiera suponer una república
4. CONSTITUCIÓN DE 1845
DOÑA ISABEL II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las
Españas; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de
las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los
antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos los
tiempos en los negocios graves de la Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada
en 18 de junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en
decretar y sancionar la siguiente: CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUIA ESPAÑOLA (...)
Título I. De los Españoles.
Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía (...).
Art. 6. Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y
a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Art. 11. La Religión de la Nación española es la católica, apostólica, romana. El Estado se obliga a
mantener el culto y sus ministros (...).
Título XI. De las Diputaciones provinciales y de los Ayuntamientos.
Art. 72. En cada provincia habrá una Diputación provincial, elegida en la forma que determine la ley,
y compuesta del número de individuos que esta señale. […]
Art. 73. Habrá en los pueblos Alcaldes yAyuntamientos. Los Ayuntamientos serán nombrados por los
vecinos a quienes la ley confiera este derecho.