Este documento resume un artículo que analiza el Real Decreto 1543/2011 sobre prácticas no laborales en empresas para jóvenes desempleados. La norma permite que jóvenes de 18 a 25 años realicen prácticas de 6 a 9 meses en empresas, recibiendo una beca del 80% del IPREM. Las prácticas no crean una relación laboral y pueden culminar en un contrato. El autor analiza algunos aspectos legales como la competencia del Estado para regularlas y su vinculación con la responsabilidad social empresarial.
Conclusiones y recomendaciones Grupo FIDE 2016 por un nuevo marco legislativo...Juan Segura Aguiló
Este documento presenta las conclusiones de un grupo de reflexión sobre la necesidad de una nueva regulación consensuada de las relaciones laborales en España. Propone actualizar el marco legal para mejorar el empleo y la productividad, en línea con los estándares europeos. Entre sus recomendaciones se incluyen: 1) Mantener el contrato indefinido como modalidad ordinaria y regular estrictamente la contratación temporal; 2) Reforzar el papel de la negociación colectiva con convenios que se adapten a cada sector; y 3) Mejorar los procedim
Este documento resume y analiza el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, sobre medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del empleo. En 3 oraciones:
1) El documento examina las medidas laborales introducidas por el decreto, como incentivos a la contratación de jóvenes y cambios en los contratos de formación.
2) Varias de las medidas son criticadas por posiblemente precarizar las condiciones laborales de los jóvenes y aumentar la temporalidad.
3) El autor argumenta que much
Este documento resume y analiza las medidas laborales incluidas en el Real Decreto-Ley 1/2015, como la introducción de un mínimo exento de 500 euros en las cotizaciones a la Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos y un incentivo del 100% de las cuotas para los trabajadores autónomos que contraten a alguien para sustituirles durante períodos de cuidado de menores o dependientes. También reduce el número de jornadas cotizadas necesarias para acceder a subsidios de desempleo o renta agraria en algunas region
Este documento resume y analiza el Real Decreto-Ley 4/2013 sobre medidas de apoyo al emprendimiento y estímulo del empleo en España. El RDL incluye medidas laborales, de financiación empresarial, contra la morosidad, en el sector ferroviario y de hidrocarburos. El autor critica que el RDL actúa como una ley de acompañamiento encubierta y que algunas medidas pueden precarizar el empleo juvenil. También señala aciertos potenciales como medidas para el autoempleo, pero cuestiona la
Propuesta de Podemos para Gobierno en coalición20minutos
El documento presenta 19 propuestas para mejorar las condiciones laborales en España, incluyendo medidas para combatir la precariedad laboral, reforzar los derechos de los trabajadores, promover la igualdad de género en el trabajo, y crear empleo de calidad especialmente en zonas rurales. Las propuestas abarcan temas como la contratación temporal, los salarios mínimos, la negociación colectiva, la conciliación laboral, y los derechos de colectivos vulnerables como las empleadas del hogar. El objetivo general es constru
El documento resume las enmiendas presentadas por el partido político Convergència i Unió al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Algunas de las principales propuestas de CiU incluyen dar más apoyo a las empresas de economía social, reducir los requisitos para los contratos de formación y aprendizaje, y proporcionar mayores bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores autónomos y emprendedores. Sin embargo, el autor también señala algunas preocupaciones sobre pos
Este documento presenta un proyecto de investigación sobre los factores que predisponen la vulneración de la jornada diaria en los trabajadores de atención al cliente de la empresa Electro Sur Este en Sicuani. El objetivo general es identificar dichos factores, mientras que los objetivos específicos son identificar los aspectos sociales y legales involucrados, y detallar la política laboral estatal para controlar estas vulneraciones. El documento incluye la introducción, planteamiento del problema, marco teórico y antecedentes sobre la lucha por la jorn
Este documento presenta información sobre las empresas de servicios temporales en Colombia. Explica que estas empresas surgieron en la década de 1960 y fueron reguladas legalmente por la Ley 50 de 1990. Define una empresa de servicios temporales como aquella que contrata trabajadores para prestar servicios temporalmente a terceras empresas. Finalmente, destaca algunos requisitos y regulaciones como los casos en los cuales se puede contratar con estas empresas y la prohibición de utilizar la temporalidad como estrategia permanente de contratación.
Conclusiones y recomendaciones Grupo FIDE 2016 por un nuevo marco legislativo...Juan Segura Aguiló
Este documento presenta las conclusiones de un grupo de reflexión sobre la necesidad de una nueva regulación consensuada de las relaciones laborales en España. Propone actualizar el marco legal para mejorar el empleo y la productividad, en línea con los estándares europeos. Entre sus recomendaciones se incluyen: 1) Mantener el contrato indefinido como modalidad ordinaria y regular estrictamente la contratación temporal; 2) Reforzar el papel de la negociación colectiva con convenios que se adapten a cada sector; y 3) Mejorar los procedim
Este documento resume y analiza el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, sobre medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del empleo. En 3 oraciones:
1) El documento examina las medidas laborales introducidas por el decreto, como incentivos a la contratación de jóvenes y cambios en los contratos de formación.
2) Varias de las medidas son criticadas por posiblemente precarizar las condiciones laborales de los jóvenes y aumentar la temporalidad.
3) El autor argumenta que much
Este documento resume y analiza las medidas laborales incluidas en el Real Decreto-Ley 1/2015, como la introducción de un mínimo exento de 500 euros en las cotizaciones a la Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos y un incentivo del 100% de las cuotas para los trabajadores autónomos que contraten a alguien para sustituirles durante períodos de cuidado de menores o dependientes. También reduce el número de jornadas cotizadas necesarias para acceder a subsidios de desempleo o renta agraria en algunas region
Este documento resume y analiza el Real Decreto-Ley 4/2013 sobre medidas de apoyo al emprendimiento y estímulo del empleo en España. El RDL incluye medidas laborales, de financiación empresarial, contra la morosidad, en el sector ferroviario y de hidrocarburos. El autor critica que el RDL actúa como una ley de acompañamiento encubierta y que algunas medidas pueden precarizar el empleo juvenil. También señala aciertos potenciales como medidas para el autoempleo, pero cuestiona la
Propuesta de Podemos para Gobierno en coalición20minutos
El documento presenta 19 propuestas para mejorar las condiciones laborales en España, incluyendo medidas para combatir la precariedad laboral, reforzar los derechos de los trabajadores, promover la igualdad de género en el trabajo, y crear empleo de calidad especialmente en zonas rurales. Las propuestas abarcan temas como la contratación temporal, los salarios mínimos, la negociación colectiva, la conciliación laboral, y los derechos de colectivos vulnerables como las empleadas del hogar. El objetivo general es constru
El documento resume las enmiendas presentadas por el partido político Convergència i Unió al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Algunas de las principales propuestas de CiU incluyen dar más apoyo a las empresas de economía social, reducir los requisitos para los contratos de formación y aprendizaje, y proporcionar mayores bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores autónomos y emprendedores. Sin embargo, el autor también señala algunas preocupaciones sobre pos
Este documento presenta un proyecto de investigación sobre los factores que predisponen la vulneración de la jornada diaria en los trabajadores de atención al cliente de la empresa Electro Sur Este en Sicuani. El objetivo general es identificar dichos factores, mientras que los objetivos específicos son identificar los aspectos sociales y legales involucrados, y detallar la política laboral estatal para controlar estas vulneraciones. El documento incluye la introducción, planteamiento del problema, marco teórico y antecedentes sobre la lucha por la jorn
Este documento presenta información sobre las empresas de servicios temporales en Colombia. Explica que estas empresas surgieron en la década de 1960 y fueron reguladas legalmente por la Ley 50 de 1990. Define una empresa de servicios temporales como aquella que contrata trabajadores para prestar servicios temporalmente a terceras empresas. Finalmente, destaca algunos requisitos y regulaciones como los casos en los cuales se puede contratar con estas empresas y la prohibición de utilizar la temporalidad como estrategia permanente de contratación.
El documento trata sobre los derechos de los trabajadores y la protección social. Se mencionan temas como la igualdad de oportunidades laborales, la remuneración mínima, la estabilidad en el empleo, la seguridad social, el derecho a la asociación sindical y a la negociación colectiva. También aborda conceptos como el trabajo decente, el trabajo digno y la tercerización laboral.
Empresas de inserción. Exclusión social.José María
El documento habla sobre la regulación de las empresas de inserción en España. Explica que estas empresas tienen como objetivo principal la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social a través de la prestación de un trabajo. También establece requisitos como que deben estar promovidas y participadas por entidades de inserción y que una parte de sus beneficios deben reinvertirse en la mejora de sus estructuras productivas o de inserción.
El documento habla sobre la inclusión laboral de personas con discapacidad y el papel de los Centros Especiales de Empleo. Argumenta que se debe establecer la reserva obligatoria de un porcentaje de contratos públicos para estos centros para ayudar a mantener los puestos de trabajo para personas con discapacidad durante la crisis económica. Propone modificar la legislación para que esta reserva sea obligatoria en lugar de potestativa para todas las administraciones públicas.
Este documento analiza un proyecto de ley que modifica la normativa sobre el autoempleo y la economía social en España. El Consejo Económico y Social criticó la falta de diálogo con sindicatos y empresarios durante la elaboración del proyecto. También criticó cambios propuestos que podrían desnaturalizar la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente. El proyecto introduce varias modificaciones a leyes relacionadas con el autoempleo y la economía social.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer un Estatuto del Trabajador Autónomo en España. Explica que actualmente no existe una regulación unificada del trabajo autónomo y que las referencias se encuentran dispersas en diferentes leyes. Detalla la evolución del trabajo autónomo y la necesidad de mejorar la protección social de los más de 3 millones de trabajadores autónomos en España, muchos de los cuales no tienen empleados. El objetivo de la ley es regular de forma sistemática y unitaria el trabajo autónomo por primera vez en
20141030 minuta msp sobre documentos cbplvidasindical
La Central Unitaria de Trabajadores de Chile (CUT Chile) evalúa positivamente el Código de Buenas Prácticas Laborales propuesto por el gobierno, pero plantea varias observaciones y propuestas de mejora. Entre ellas, que el Código debe aplicarse a todos los trabajadores públicos, reconocer el rol de los sindicatos, fortalecer la perspectiva de género y la estabilidad laboral, e implementarse a través de reformas legales para darle sustentabilidad permanente. La CUT Chile también propone fortalecer concept
Aspectos Sociales y Contratación PúblicaGerman Bouso
La integración de aspectos sociales en los procedimientos de licitación ha sido objeto de numerosos informes, guías, resoluciones, etc., que abordan esta cuestión tanto de manera específica, como en el marco de un contexto más amplio: la mejor utilización estratégica posible de la contratación pública.
En la presentación se analizan las herramientas jurídicas a las que resulta posible acudir, con la finalidad de maximizar las posibilidades que el ordenamiento jurídico ofrece. De igual modo, se describen las principales novedades en la materia que introducirá la Directiva 2014/24/UE
Este documento resume la Ley 11/2013 de 26 de julio, que introduce medidas para apoyar el emprendimiento y el empleo de los jóvenes en España. La ley ofrece incentivos fiscales y reducciones en las cotizaciones de la seguridad social para los jóvenes trabajadores por cuenta propia. También permite la compatibilización de prestaciones por desempleo con el trabajo por cuenta propia para menores de 30 años y amplía las posibilidades de capitalizar la prestación por desempleo para financiar nuevos proyectos empresariales. Finalmente, la ley
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) nació en 1919 para mejorar las terribles condiciones de trabajo durante la revolución industrial. La OIT promueve los derechos laborales, la justicia social y el diálogo entre empleadores y trabajadores. Sus objetivos incluyen empleos dignos, protección social y crecimiento económico. La OIT también apoya la formación laboral y es una fuente autorizada de información sobre el mundo laboral.
El documento presenta una propuesta para una nueva institucionalidad para la infancia y adolescencia en Chile. Se requiere un informe técnico de costos que incluya proyecciones de demanda de servicios, análisis de recursos humanos, y requerimientos de infraestructura y tecnología. El informe será revisado por el Ministerio de Hacienda y deberá aprobar los fondos requeridos para la nueva institución.
El documento presenta una propuesta para una nueva institucionalidad para la infancia y adolescencia en Chile. Se requiere un informe técnico de costos que incluya proyecciones de demanda de servicios, análisis de recursos humanos, y requerimientos de infraestructura y tecnología. El informe será revisado por el Ministerio de Hacienda y de aprobarse los fondos, emitirá un informe financiero para enviar al Congreso.
Este documento presenta un resumen del proyecto de investigación titulado "La relación patronal y su impacto en la estabilidad laboral en la ciudad de Ambato, Ecuador". El objetivo general del proyecto es estudiar la buena relación laboral y cómo esto conduce a una mayor estabilidad laboral. El documento incluye encuestas realizadas y analiza factores como los tipos de relación patronal, los derechos y obligaciones de empleadores y empleados, y cómo la falta de información afecta la comprensión de los trabajadores sobre estos temas
Este documento resume la política de empleo en España respecto a la colaboración público-privada en la inserción laboral de desempleados. Explica que el gobierno español ha aprobado un acuerdo marco para contratar agencias de colocación privadas, con el objetivo de mejorar la eficiencia. Sin embargo, algunas comunidades autónomas como Cataluña se han opuesto, argumentando que este modelo no considera las necesidades locales. Finalmente, el documento analiza el pliego de condiciones del acuerdo marco, enfocándose en los
Este documento resume la historia de la regulación del contrato para la formación y el aprendizaje en España desde 1911 hasta la actualidad. Ha tenido diferentes nombres como contrato de aprendizaje, contrato para la formación y contrato de formación, y su regulación ha cambiado en múltiples ocasiones para adaptarse a las necesidades del mercado laboral en cada época. El autor analiza las diferentes leyes y decretos que han modificado aspectos como la edad de los trabajadores, la duración del contrato y los objetivos de formación. El propósito del documento
Este documento resume un Real Decreto-Ley de 2011 sobre reforma laboral en España. El autor analiza las enmiendas propuestas por el grupo socialista que no fueron aceptadas originalmente y que luego se incorporaron casi verbatim en el Real Decreto-Ley. Esto plantea dudas sobre la verdadera urgencia de aprobar la ley mediante decreto. El Real Decreto-Ley introduce cambios en temas como las políticas activas de empleo, el trabajo autónomo, la economía social y la participación de las comunidades autónomas.
1. TRABAJADORES SEGÚN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA.
EL TRABAJO SEGÚN SU CUALIDAD Y NATURALEZA
2. EL PATRONO. ELEMENTOS PARA DEFINIRLO. GRUPO DE
ENTIDADES DE TRABAJO. REPRESENTANTES DEL
PATRONO. CONCEPTO. FUNCIONES
3. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR CON EL PATRONO,
CON EL ESTADO.
4. DEBERES DE PREVISIÓN (IVSS, LEY DE ALIMENTACIÓN,
SINDICATOS DE TRABAJADORES, LOPCYMAT, INCES,
HABITAT Y VIVIENDA)
5. OBLIGACIONES DEL PATRONO CON EL TRABAJADOR Y
TRABAJADORA, CON LOS SINDICATOS O GRUPOS DE
TRABAJADORES CON EL ESTADO. OTROS EFECTOS DEL
CONTRATO DEL TRABAJO
Este documento presenta un esquema de memoria para optar al grado de licenciado en derecho. Explica el concepto de mediación laboral y sus ventajas para Chile. Describe los conceptos de conflicto colectivo laboral y negociación colectiva. Luego define la mediación laboral, sus objetivos y tipos. Analiza experiencias internacionales y estadísticas chilenas. Finalmente concluye que la mediación ha aumentado y puede resolver conflictos de manera no impositiva, siendo una herramienta útil para las relaciones laborales en Chile.
Este documento resume brevemente algunos conceptos clave del derecho laboral. Explica que el derecho laboral regula la relación entre el trabajador y el empleador y garantiza el cumplimiento de las obligaciones de ambas partes. Además, se divide el derecho laboral en normas adjetivas, que regulan los procesos legales, y normas sustantivas, que establecen los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores. Finalmente, enumera varios principios del derecho laboral, como el proteccionismo, la prohibición de discrimin
Para Comenzar Insertamos En La Unidad De Cd El Disco De InstalacióN De Window...Cinthia
El documento proporciona instrucciones para instalar Windows XP en una nueva partición del disco duro, formatear la partición con NTFS, y luego formatear el espacio restante del disco como una segunda partición para almacenamiento adicional. Se explican los pasos de inserción del disco de instalación, creación de la primera partición, instalación de Windows XP, formateo de la partición, y luego la creación y formateo de la segunda partición para aprovechar todo el espacio del disco duro.
El documento describe un proyecto para crear un tutorial interactivo en línea para estudiantes de la Universidad Nacional Abierta en Apure. El tutorial se alojaría en la página web http://unasec.com para que los estudiantes puedan acceder a información actualizada desde cualquier lugar y en cualquier momento. El tutorial guiaría a los estudiantes paso a paso y tendría una estructura sencilla. Se desarrollaría usando software como Dreamweaver y se implementaría inicialmente para estudiantes en Apure, con la meta futura de expandirlo a otros centros locales.
El documento trata sobre los derechos de los trabajadores y la protección social. Se mencionan temas como la igualdad de oportunidades laborales, la remuneración mínima, la estabilidad en el empleo, la seguridad social, el derecho a la asociación sindical y a la negociación colectiva. También aborda conceptos como el trabajo decente, el trabajo digno y la tercerización laboral.
Empresas de inserción. Exclusión social.José María
El documento habla sobre la regulación de las empresas de inserción en España. Explica que estas empresas tienen como objetivo principal la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social a través de la prestación de un trabajo. También establece requisitos como que deben estar promovidas y participadas por entidades de inserción y que una parte de sus beneficios deben reinvertirse en la mejora de sus estructuras productivas o de inserción.
El documento habla sobre la inclusión laboral de personas con discapacidad y el papel de los Centros Especiales de Empleo. Argumenta que se debe establecer la reserva obligatoria de un porcentaje de contratos públicos para estos centros para ayudar a mantener los puestos de trabajo para personas con discapacidad durante la crisis económica. Propone modificar la legislación para que esta reserva sea obligatoria en lugar de potestativa para todas las administraciones públicas.
Este documento analiza un proyecto de ley que modifica la normativa sobre el autoempleo y la economía social en España. El Consejo Económico y Social criticó la falta de diálogo con sindicatos y empresarios durante la elaboración del proyecto. También criticó cambios propuestos que podrían desnaturalizar la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente. El proyecto introduce varias modificaciones a leyes relacionadas con el autoempleo y la economía social.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer un Estatuto del Trabajador Autónomo en España. Explica que actualmente no existe una regulación unificada del trabajo autónomo y que las referencias se encuentran dispersas en diferentes leyes. Detalla la evolución del trabajo autónomo y la necesidad de mejorar la protección social de los más de 3 millones de trabajadores autónomos en España, muchos de los cuales no tienen empleados. El objetivo de la ley es regular de forma sistemática y unitaria el trabajo autónomo por primera vez en
20141030 minuta msp sobre documentos cbplvidasindical
La Central Unitaria de Trabajadores de Chile (CUT Chile) evalúa positivamente el Código de Buenas Prácticas Laborales propuesto por el gobierno, pero plantea varias observaciones y propuestas de mejora. Entre ellas, que el Código debe aplicarse a todos los trabajadores públicos, reconocer el rol de los sindicatos, fortalecer la perspectiva de género y la estabilidad laboral, e implementarse a través de reformas legales para darle sustentabilidad permanente. La CUT Chile también propone fortalecer concept
Aspectos Sociales y Contratación PúblicaGerman Bouso
La integración de aspectos sociales en los procedimientos de licitación ha sido objeto de numerosos informes, guías, resoluciones, etc., que abordan esta cuestión tanto de manera específica, como en el marco de un contexto más amplio: la mejor utilización estratégica posible de la contratación pública.
En la presentación se analizan las herramientas jurídicas a las que resulta posible acudir, con la finalidad de maximizar las posibilidades que el ordenamiento jurídico ofrece. De igual modo, se describen las principales novedades en la materia que introducirá la Directiva 2014/24/UE
Este documento resume la Ley 11/2013 de 26 de julio, que introduce medidas para apoyar el emprendimiento y el empleo de los jóvenes en España. La ley ofrece incentivos fiscales y reducciones en las cotizaciones de la seguridad social para los jóvenes trabajadores por cuenta propia. También permite la compatibilización de prestaciones por desempleo con el trabajo por cuenta propia para menores de 30 años y amplía las posibilidades de capitalizar la prestación por desempleo para financiar nuevos proyectos empresariales. Finalmente, la ley
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) nació en 1919 para mejorar las terribles condiciones de trabajo durante la revolución industrial. La OIT promueve los derechos laborales, la justicia social y el diálogo entre empleadores y trabajadores. Sus objetivos incluyen empleos dignos, protección social y crecimiento económico. La OIT también apoya la formación laboral y es una fuente autorizada de información sobre el mundo laboral.
El documento presenta una propuesta para una nueva institucionalidad para la infancia y adolescencia en Chile. Se requiere un informe técnico de costos que incluya proyecciones de demanda de servicios, análisis de recursos humanos, y requerimientos de infraestructura y tecnología. El informe será revisado por el Ministerio de Hacienda y deberá aprobar los fondos requeridos para la nueva institución.
El documento presenta una propuesta para una nueva institucionalidad para la infancia y adolescencia en Chile. Se requiere un informe técnico de costos que incluya proyecciones de demanda de servicios, análisis de recursos humanos, y requerimientos de infraestructura y tecnología. El informe será revisado por el Ministerio de Hacienda y de aprobarse los fondos, emitirá un informe financiero para enviar al Congreso.
Este documento presenta un resumen del proyecto de investigación titulado "La relación patronal y su impacto en la estabilidad laboral en la ciudad de Ambato, Ecuador". El objetivo general del proyecto es estudiar la buena relación laboral y cómo esto conduce a una mayor estabilidad laboral. El documento incluye encuestas realizadas y analiza factores como los tipos de relación patronal, los derechos y obligaciones de empleadores y empleados, y cómo la falta de información afecta la comprensión de los trabajadores sobre estos temas
Este documento resume la política de empleo en España respecto a la colaboración público-privada en la inserción laboral de desempleados. Explica que el gobierno español ha aprobado un acuerdo marco para contratar agencias de colocación privadas, con el objetivo de mejorar la eficiencia. Sin embargo, algunas comunidades autónomas como Cataluña se han opuesto, argumentando que este modelo no considera las necesidades locales. Finalmente, el documento analiza el pliego de condiciones del acuerdo marco, enfocándose en los
Este documento resume la historia de la regulación del contrato para la formación y el aprendizaje en España desde 1911 hasta la actualidad. Ha tenido diferentes nombres como contrato de aprendizaje, contrato para la formación y contrato de formación, y su regulación ha cambiado en múltiples ocasiones para adaptarse a las necesidades del mercado laboral en cada época. El autor analiza las diferentes leyes y decretos que han modificado aspectos como la edad de los trabajadores, la duración del contrato y los objetivos de formación. El propósito del documento
Este documento resume un Real Decreto-Ley de 2011 sobre reforma laboral en España. El autor analiza las enmiendas propuestas por el grupo socialista que no fueron aceptadas originalmente y que luego se incorporaron casi verbatim en el Real Decreto-Ley. Esto plantea dudas sobre la verdadera urgencia de aprobar la ley mediante decreto. El Real Decreto-Ley introduce cambios en temas como las políticas activas de empleo, el trabajo autónomo, la economía social y la participación de las comunidades autónomas.
1. TRABAJADORES SEGÚN LA LEGISLACIÓN VENEZOLANA.
EL TRABAJO SEGÚN SU CUALIDAD Y NATURALEZA
2. EL PATRONO. ELEMENTOS PARA DEFINIRLO. GRUPO DE
ENTIDADES DE TRABAJO. REPRESENTANTES DEL
PATRONO. CONCEPTO. FUNCIONES
3. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR CON EL PATRONO,
CON EL ESTADO.
4. DEBERES DE PREVISIÓN (IVSS, LEY DE ALIMENTACIÓN,
SINDICATOS DE TRABAJADORES, LOPCYMAT, INCES,
HABITAT Y VIVIENDA)
5. OBLIGACIONES DEL PATRONO CON EL TRABAJADOR Y
TRABAJADORA, CON LOS SINDICATOS O GRUPOS DE
TRABAJADORES CON EL ESTADO. OTROS EFECTOS DEL
CONTRATO DEL TRABAJO
Este documento presenta un esquema de memoria para optar al grado de licenciado en derecho. Explica el concepto de mediación laboral y sus ventajas para Chile. Describe los conceptos de conflicto colectivo laboral y negociación colectiva. Luego define la mediación laboral, sus objetivos y tipos. Analiza experiencias internacionales y estadísticas chilenas. Finalmente concluye que la mediación ha aumentado y puede resolver conflictos de manera no impositiva, siendo una herramienta útil para las relaciones laborales en Chile.
Este documento resume brevemente algunos conceptos clave del derecho laboral. Explica que el derecho laboral regula la relación entre el trabajador y el empleador y garantiza el cumplimiento de las obligaciones de ambas partes. Además, se divide el derecho laboral en normas adjetivas, que regulan los procesos legales, y normas sustantivas, que establecen los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores. Finalmente, enumera varios principios del derecho laboral, como el proteccionismo, la prohibición de discrimin
Para Comenzar Insertamos En La Unidad De Cd El Disco De InstalacióN De Window...Cinthia
El documento proporciona instrucciones para instalar Windows XP en una nueva partición del disco duro, formatear la partición con NTFS, y luego formatear el espacio restante del disco como una segunda partición para almacenamiento adicional. Se explican los pasos de inserción del disco de instalación, creación de la primera partición, instalación de Windows XP, formateo de la partición, y luego la creación y formateo de la segunda partición para aprovechar todo el espacio del disco duro.
El documento describe un proyecto para crear un tutorial interactivo en línea para estudiantes de la Universidad Nacional Abierta en Apure. El tutorial se alojaría en la página web http://unasec.com para que los estudiantes puedan acceder a información actualizada desde cualquier lugar y en cualquier momento. El tutorial guiaría a los estudiantes paso a paso y tendría una estructura sencilla. Se desarrollaría usando software como Dreamweaver y se implementaría inicialmente para estudiantes en Apure, con la meta futura de expandirlo a otros centros locales.
Lcba (cristina fernández, juan hernández y rocío padilla)JOSÉ TOMÁS
El documento analiza la hipocresía en las relaciones entre los personajes de la obra La casa de Bernarda Alba de Federico García Lorca. Describe las relaciones tensas entre Bernarda, sus hijas y la criada, marcadas por la represión y el secretismo. También examina cómo ciertos personajes muestran su verdadera naturaleza apasionada a pesar de la fachada de luto y recato impuesta por Bernarda. Por último, señala que la hipocresía sigue presente en la política y la sociedad actual, donde los políticos no c
Nicolas-Victor Duquénelle (1807-1883) est un antiquaire rémois du XIXe siècle. Cet exemplaire, extrait du mémoire de Romain Jeangirard soutenu en 2010, présente l'antiquaire au XIXe siècle, entre tradition et modernité. D'autres suivront et seront publiés sur le blog consacré : nicolas-victor.duquenelle.over-blog.com
El documento propone la creación de un Ministerio de la Familia en el Perú. Argumenta que la familia es la base de la sociedad y que la actual crisis de la familia peruana está empujando a una crisis social y política. Citando investigaciones sociológicas, sostiene que fortalecer a la familia es crucial para cambiar a la sociedad. Propone que el Ministerio de la Familia estudie la situación de las familias, implemente políticas para su bienestar, y ayude a mejorar las relaciones familiares. El objetivo final es combatir la
Este documento de consenso de Gesida y el Plan Nacional sobre el Sida actualiza las recomendaciones sobre el tratamiento antirretroviral en adultos infectados por el VIH-1. Las principales actualizaciones incluyen: 1) iniciar el tratamiento cuando los CD4 desciendan por debajo de 500 células/μL, 2) clasificar las combinaciones recomendadas según el "tercer fármaco", y 3) incluir las pautas de inicio recomendadas diferenciando las que tuvieron consenso global del panel de las que no lo tuvieron
Este documento resume la sesión 1 del 25 de noviembre de 2011 sobre la densidad. Los estudiantes aprendieron que la medida más precisa es el promedio de múltiples medidas e hicieron experimentos para calcular la densidad del mercurio y el mármol. También realizaron experimentos curiosos para comprender mejor conceptos como la forma esférica de los líquidos y las corrientes de convección.
Este documento presenta conceptos e ideas sobre tecnología y educación. Explica que la tecnología surge de la interacción entre ciencia, técnica, sociedad y valores. Se analizan diferentes tipos de conocimiento y métodos tecnológicos como proyectos, procesos de producción y análisis de productos. Finalmente, enfatiza la importancia de fortalecer el pensamiento crítico en la escuela sobre el uso de la tecnología.
Este estudio evaluó económicamente dos estrategias para el diagnóstico y seguimiento de la fibrosis hepática en pacientes coinfectados con VIH y VHC: la elastografía de transición realizada anualmente y la biopsia hepática cada 7 años. Se desarrolló un modelo de simulación que comparó los costes y resultados de salud de ambas estrategias desde la perspectiva del sistema de salud español. Los resultados mostraron que la elastografía de transición es dominante, obteniendo mayor esperanza de vida a menor coste que la biopsia
El documento describe varias herramientas para compartir archivos en línea como fotografías (Panoramio, Flickr), videos (YouTube, Vimeo), presentaciones (SlideShare, MyPlick) y otros archivos (Google Docs, Zoho). Muchas son gratuitas pero con límites y requieren registro e identificación. Permiten etiquetar, geolocalizar y compartir contenidos con redes sociales. Algunas como YouTube e integran contenidos en buscadores como Google.
Le cabinet d’audit et de conseil PwC a mené son étude « Carbon Factor » auprès des 20 principaux producteurs d’électricité européens pour la 14ème année consécutive.
Le facteur carbone (exprimé en kg CO2/MWh) se définit comme le rapport entre les émissions de CO2 générées et la production d’électricité correspondante. En 2014, il s’établit à 313 kg CO2/MWh, soit une baisse de 5,8% par rapport à 2013, pour atteindre son plus faible niveau depuis 2001.
Bon voyez vous, ici juste à titre d\'exemple j\'ai uploader ce fichier PPS .... Au lieu d\'envoyer vos PPS par courrier envoyer en post dans FaceBook c\'est fait pour ça.... Avec cette application. Pas mal Utile
Boe Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubreAndres Ragel
Este documento regula las prácticas no laborales en empresas para personas jóvenes desempleadas de 18 a 25 años con cualificación pero sin experiencia. Las prácticas durarán de 3 a 9 meses y las empresas recibirán a los participantes con una beca equivalente al 80% del IPREM. Antes de las prácticas, las empresas firmarán convenios con los servicios públicos de empleo describiendo el programa. El objetivo es facilitar la transición al mercado laboral de los jóvenes a través de esta primera experiencia.
Este documento resume la tramitación parlamentaria de la reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en España, desde un Real Decreto-Ley inicial sin acuerdo hasta un proyecto de ley finalmente aprobado con amplio consenso. Explica los principales contenidos del Real Decreto 395/2007 que regula actualmente el sistema, como la asignación de créditos para formación a empresas y la regulación de la formación de demanda y de oferta.
El Consejo Europeo aprobó varias medidas para fomentar el empleo juvenil y reducir el desempleo, incluyendo la Recomendación sobre la garantía juvenil. Esta garantiza que todos los jóvenes reciban una oferta de empleo, formación continua, aprendizaje o prácticas en los cuatro meses posteriores al cese de estudios o pérdida de empleo. También se aprobaron medidas para mejorar la educación y formación, flexibilizar los contratos laborales, y aumentar la edad de jubilación para promover
Este documento resume las principales líneas de la nueva reforma laboral en España aprobada mediante el Real Decreto-Ley 10/2011. La reforma introduce un nuevo contrato para la formación y el aprendizaje de jóvenes de 16 a 30 años, con el objetivo de mejorar su empleabilidad. Sin embargo, el contrato ha recibido críticas de sindicatos y empresarios. La reforma también reduce las cuotas a la Seguridad Social para este tipo de contratos.
Este documento resume el programa electoral del Partido Popular para las elecciones del 20 de noviembre de 2011 en materia laboral y de empleo. Propone reformas integrales de la contratación, la negociación colectiva, las relaciones laborales, la formación profesional y la intermediación laboral. Algunas de las medidas clave son simplificar los contratos para reducir la temporalidad, dar primacía a los convenios de empresa, y permitir un mayor papel del sector privado en la intermediación laboral.
El documento resume los cambios en la regulación del contrato para la formación y el encadenamiento de contratos temporales en la reforma laboral de 2010 en España. Inicialmente, el gobierno propuso ampliar el uso del contrato para la formación y bonificar las cuotas a la Seguridad Social para incentivar la contratación juvenil. Tras el debate parlamentario, se modificó la norma para exigir un incremento en la plantilla fija como requisito para las bonificaciones. Finalmente, la ley aprobada en septiembre de 2010 reguló con más detal
El documento resume las modificaciones introducidas en la Ley 14/1994 sobre las empresas de trabajo temporal desde 2012 y su impacto en el nuevo Real Decreto 417/2015. Algunos de los cambios más importantes incluyen el reconocimiento de la autorización de una ETT como válida para todo el territorio nacional sin límite de tiempo, la implantación de la administración electrónica en los procedimientos administrativos de las ETT y la actualización de la normativa para adaptarse a los cambios legales desde 1995.
Este documento resume las XXIV Jornadas Catalanas de Derecho Social celebradas en Barcelona sobre la reforma laboral de 2012 en España. Incluye perspectivas tanto positivas como negativas sobre los efectos de la reforma, con algunos argumentando que ha facilitado la flexibilidad laboral y el empleo, mientras que otros sostienen que ha reducido las protecciones laborales y contribuido a la destrucción de empleos. El documento también analiza el papel de los jueces en la aplicación de la reforma laboral.
El documento resume las reflexiones de un bloguero sobre el empleo y la formación en la Unión Europea. Aborda las propuestas del Comité de las Regiones de la UE para mejorar la empleabilidad después de 2010, incluyendo políticas activas de empleo, educación permanente y lucha contra el desempleo juvenil. También discute la necesidad de que las reformas laborales creen empleo estable y de calidad en España.
El documento resume la tramitación parlamentaria de un proyecto de ley para ordenar el sistema de inspección de trabajo y seguridad social en España. El Consejo Económico y Social emitió un dictamen positivo del anteproyecto con algunas críticas, como la omisión de los estatutos del nuevo organismo estatal de inspección. El proyecto de ley crea un organismo autónomo estatal, mejora la participación de las comunidades autónomas y sindicatos, y crea una oficina contra el fraude laboral.
Este documento resume un acuerdo entre sindicatos y empresarios sobre la negociación colectiva en España para 2012-2014. El acuerdo promueve la flexibilidad interna negociada para permitir cambios en horarios, funciones y salarios. También apoya la negociación colectiva a nivel estatal o autonómico, pero fomenta la negociación en cada empresa. El acuerdo busca evitar despidos mediante esta flexibilidad interna pactada.
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Sobre las prácticas no laborales en empresas ¿A quién se dirige el Real Decreto 1543, de 31 de octubre de 2011?.
1. Sobre las prácticas no laborales en empresas. ¿A quién se dirige el Real Decreto
1543/2011, de 31 de octubre? ¿Un “período de prueba”, no laboral, del posterior
contrato en prácticas?
Eduardo Rojo Torrecilla.
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad
Autónoma de Barcelona.
20 de noviembre de 2011.
Texto publicado en el blog del autor. http://eduardorojoblog.blogspot.com/
1. El Consejo de Ministros celebrado el viernes 28 de octubre aprobó un Real Decreto
por el que se regulan unas determinadas prácticas no laborales en las empresas. La nota
de prensa del Consejo decía lo siguiente:
“Con esta decisión se pretende contribuir a mejorar la integración laboral de las
personas jóvenes desempleadas, con cualificación profesional y sin experiencia laboral.
Constituye una nueva herramienta de lucha contra el paro juvenil en nuestro país, a la
vez que se clarifican los derechos de las personas que realicen estas prácticas. La
medida consiste en el desarrollo de prácticas profesionales no laborales en empresas que
hayan celebrado previamente convenios de colaboración con los Servicios Públicos de
Empleo a estos efectos. Estas prácticas podrán desarrollarlas personas jóvenes
desempleadas, entre dieciocho y veinticinco años, con titulación universitaria, título de
Formación Profesional o certificado de profesionalidad pero nula o escasa experiencia
laboral.
Serán llevadas a cabo bajo la dirección y supervisión de un tutor, en los centros de
trabajo de la empresa y tendrán una duración entre seis y nueve meses, durante los
cuales percibirán una beca de apoyo que, como mínimo, será del 80 por 100 del
IPREM. Se prevé que, a la finalización de las prácticas, obtendrán un certificado que
acredite su realización. Del mismo modo, a estas personas se les aplicarán los
mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto
aprobado el pasado 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones
de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que
participen en programas de formación, según marca la Ley sobre actualización,
adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. Finalmente, estas
prácticas no laborales podrán culminar en una contratación laboral por parte de las
empresas en donde se hayan desarrollado. Los contratos que se formalicen podrán
beneficiarse de medidas de apoyo a la contratación, tanto en el ámbito de la formación
profesional para el empleo, como es el caso de los convenios de colaboración con
compromiso de contratación, como en los programas de incentivos al empleo.
No están incluidas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto las prácticas
académicas externas, curriculares y extracurriculares de los estudiantes universitarios
que se regirán por su normativa específica”.
1
2. 2. En una entrada anterior del blog tuve oportunidad de efectuar un breve comentario
sobre el borrador de RD que había podido conocer, en la que dejaba suscitada la duda
de si la medida que recogía el proyecto no podía ya ponerse en marcha por otras vías, al
amparo de las posibilidades que ofrece la normativa sobre formación profesional para el
empleo. Destacaba también que la efectiva instrumentación de la norma (acuerdo entre
la empresa y el Servicio Público de Empleo competente) requeriría de la intervención de
las respectivas Comunidades Autónomas, salvo cuando la empresa llevara a cabo tales
prácticas en centros de trabajo ubicados en más de una autonomía. En fin, planteaba que
la regulación de estas prácticas no laborales en una norma estatal podía generar
conflictos con algunas autonomías, que quizás fueran críticas con la medida por
entender que invadiría títulos competenciales propios. No dejaba, por último, de llamar
la atención sobre la conveniencia de regular cuidadosamente la percepción de una “beca
de asistencia” a cargo de la empresa o grupo empresarial en donde se desarrollaran las
prácticas, para evitar posibles confusiones con la percepción de un salario.
3. Con bastante retraso desde su aprobación por el Consejo de Ministros, el Boletín
Oficial del Estado publicó el pasado viernes 18 de noviembre el Real Decreto
1543/2011, de 31 de octubre, que entró en vigor en el día de ayer y que se dicta al
amparo competencial del 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la
competencia exclusiva en materia de legislación laboral. Pero recuerdo, de entrada y
muy importante, que se trata de “prácticas no laborales en las empresas”, y de ahí que
estamos fuera de la normativa laboral reguladora de las relaciones de trabajo entre
empresarios y trabajadores, o poder decirlo con las claras e inequívocas palabras del
artículo 2.2 (siempre, matizo yo ahora, que se trate de prácticas auténticas) las prácticas
“no supondrán en ningún caso la existencia de relación laboral entre la empresa y la
persona joven”.
En la introducción de la norma se reproducen, lógicamente, algunos de los contenidos
de la nota citada, pero también se introducen algunas otras referencias sociales para
tratar de enlazar la puesta en marcha de la medida con la aportación de las empresas a la
recuperación del empleo en España. El punto de referencia es la difícil situación de
empleo de la población juvenil (ya apunto que la norma se dirige a jóvenes entre 18 y
25 años, inclusive, a diferencia de medidas de fomento de empleo que llegan hasta los
30 años, también inclusive) y la dificultad de adquirir experiencia laboral, con
independencia de la mayor o menor titulación o conocimientos profesional de la que se
disponga. Para ayudar a atenuar esta difícil situación aparece esta nueva norma que
permitirá, una vez que se cumplan los requisitos fijados en el texto articulado y a los
que más adelante me referiré, que los jóvenes “con problemas de empleabilidad”
desarrollen prácticas no laborales en las empresas”, o más exactamente con las que
hayan celebrado previamente convenios con “los Servicios Públicos de Empleo” (no
está de más ahora recordar que la gestión de las políticas activas de empleo están en
manos de las Comunidades Autónomas, si bien repárese en que estamos refiriéndonos a
una medida de contenido formativo que puede llegar a tener, pero no obligatoriamente,
consecuencias laborales en términos de formación de una relación contractual laboral).
La relación de la nueva medida con la “responsabilidad social empresarial” es quizás la
nota más destacada que encuentro en la norma con respecto a otras medidas en materia
de empleo-formación adoptadas por el gobierno español en los últimos meses.
Probablemente los redactores de la norma hayan tenido en consideración la regulación
2
3. explícita de la promoción de dicha responsabilidad social en la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible, cuyo artículo 39 llama a la adopción por las
Administraciones Públicas de políticas de promoción de la misma, poniendo a
disposición de las empresas y organizaciones e instituciones públicas o privadas “un
conjunto de características e indicadores para su autoevaluación en materia de
responsabilidad social, así como modelos o referencias de reporte”, y que este conjunto
“deberá atender especialmente a los objetivos de transparencia en la gestión, buen
gobierno corporativo, compromiso con lo local y el medioambiente, respeto a los
derechos humanos, mejora de las relaciones laborales, promoción de la integración de la
mujer, de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, de la igualdad de oportunidades
y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y del consumo sostenible”.
Como digo, la norma trata de vincular la incorporación no laboral de jóvenes a las
empresas con la responsabilidad social empresarial, de la que se afirma en la
introducción del texto que “cada vez adquiere más importancia dentro de los planes
estratégicos de las empresas, no solo como un instrumento de refuerzo de la
competitividad, sino también a través del estímulo a un buen gobierno corporativo de
las mismas, que se convierte en instrumento impulsor de la sostenibilidad económica,
social y medioambiental”. Más adelante, y no debe ser ciertamente casualidad, se insiste
por vía indirecta en la introducción en que la adopción de medidas que contribuyan a
mejorar la experiencia profesional de los jóvenes y contribuir a reducir el desempleo
juvenil forma parte de dicha responsabilidad social. La referencia a la responsabilidad
social se encuentra recogida, de forma expresa, en el artículo 2, referencia que tiene
ciertamente un valor social importante pero que no aporta nada, en términos
estrictamente jurídicos, al texto articulado.
La introducción de la norma trata de explicar las características propias de estas
prácticas no laborales que podrán llevar a cabo los jóvenes que cumplan los requisitos
previstos en la misma. Se recuerda que ya hay regulación de prácticas profesionales en
las empresas, previstas en el Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo, y en efecto el
artículo 25 regula las “acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores
desempleados”, disponiendo su apartado 3 lo siguiente: “Asimismo, se potenciarán
acuerdos con las empresas, públicas o privadas, al objeto de favorecer la realización de
prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional), el intercambio de
tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y
materiales. Las prácticas profesionales en las empresas no supondrán, en ningún caso, la
existencia de relación laboral entre los alumnos y las empresas. En el acuerdo deberá
describirse el contenido de las prácticas, así como su duración, lugar de realización y
horario, y el sistema de tutorías para su seguimiento y evaluación. Antes del comienzo
de las prácticas, se pondrá en conocimiento de los representantes legales de los
trabajadores en la empresa el citado acuerdo, así como una relación de los alumnos que
participan en las mismas”. La especificidad, de la nueva normativa radica, se dice, en
las particularidades que derivan de su objetivo prioritario, cual es “procurar el
acercamiento de las personas jóvenes con cualificación pero sin experiencia profesional
al mundo laboral”, y busca su anclaje jurídico en el artículo 25.1 b) de la Ley 56/2003
de 16 de diciembre, de Empleo, que entre el conjunto de acciones y medidas que
integran las políticas activas de empleo incluye “Formación y recualificación: acciones
y medidas de aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional incluidas en
el subsistema de formación profesional para el empleo”. No obstante dicha explicación,
3
4. sigo teniendo las mismas dudas sobre la necesidad de la puesta en marcha de esta
medida específica que las manifestadas anteriormente con respecto al proyecto de RD.
4. El contenido restante de la introducción es una explicación sintética del texto
articulado, por lo que me refiero ahora a este último.
A) La norma regula la prestación de prácticas no laborales en (atención por la amplitud
del colectivo empresarial al que se dirige) “empresas o grupos empresariales”. Requisito
previo obligatorio será la formalización de un convenio con el Servicio Público de
Empleo competente. El público al que se dirige la medida es, se afirma con carácter
general en el artículo 1, es el de las “personas jóvenes que, debido a su falta de
experiencia laboral, tengan problemas de empleabilidad”. La concreción del sujeto al
que se dirige la norma se encuentra en el artículo 3 (“Destinatarios de las prácticas no
laborales y contenido de las mismas) y también en el artículo 2 (“Definición”).
¿A quién van dirigidas las prácticas no laborales”?. Veamos las características que debe
reunir el sujeto beneficiado:
a) Edad entre 18 y 25 años, inclusive.
b) Encontrarse en situación de desempleo e inscrito en la correspondiente oficina de
empleo.
c) Poseer una titulación o certificado que acredite sus conocimientos. Más exactamente,
“una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio
o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las
enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de
profesionalidad”.
Inmediatamente es obligado recordar cuál es el colectivo al que se refiere el contrato de
trabajo en prácticas, regulado en el artículo 11.1 de la Ley del Estatuto de los
trabajadores, para saber qué puntos de concordancia y/o separación hay entre ambos. Es
el siguiente: “quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación
profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como
equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de
certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de
19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el
ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se
concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los
correspondientes estudios”.
d) La persona joven no pueden haber tenido una relación laboral “u otro tipo de
experiencia profesional” (supongo que el legislador está pensando en otras actividades
formativas desarrolladas con anterioridad) por un período superior a tres meses “en la
misma actividad”, período que a juicio del legislador implica que la persona joven tiene
“ninguna o muy escasa experiencia laboral”. Se excluyen de este supuesto las prácticas
incorporadas en las diferentes titulaciones y certificados, mientras que quedan fuera de
toda la norma las prácticas académicas externas de los estudiantes, curriculares o
extracurriculares, que se regularán por su normativa específica. Justamente el Consejo
4
5. de Ministros del mismo día de publicación del RD en el BOE, 18 de noviembre, aprobó
dicha regulación, con la que se pretende, según la nota oficial, “hacerlas más acordes a
la realidad actual y al nuevo marco establecido tras la adaptación al Espacio Europeo de
Educación Superior”. Habrá que esperar a la lectura del texto íntegro del nuevo RD para
poder efectuar una valoración de las similitudes y diferencias de dichas prácticas con las
que ahora estoy analizando.
e) La finalidad de la práctica, en una línea teórica semejante a la prevista en el nuevo
contrato para la formación y el aprendizaje por el Real Decreto-Ley 10/2011 de 26 de
agosto, con la diferencia obligada de la titulación del sujeto trabajador, es mejorar su
empleabilidad, posibilitando “un primer contacto con la realidad laboral” (aunque no
necesariamente ha de ser un primer contacto porque puede haber trabajado ya con
anterioridad) y completando su formación.
B) La regulación del contenido de las prácticas no es sustancialmente distinta de la
prevista para otros supuestos formativos en el RD 395/2007 y la Orden TAS/718/2008,
de 8 de marzo. En síntesis, es la siguiente:
a) En primer lugar, se requiere la firma de un convenio con el Servicio Público de
Empleo autonómico correspondiente o bien con el Servicio Público de Empleo Estatal
cuando las prácticas se lleven a cabo en centros de trabajo ubicados en más de una
autonomía.
Dicho convenio incluirá las reglas de preselección del personal, en el bien entendido
que la última palabra de quienes participarán en el programa (“el proceso de selección
final”) le corresponde a la empresa. En cuanto al programa de la actividad propiamente
dicho, deberán constar el contenido de las prácticas y la formación que se reciba y su
duración, así como los mecanismos de evaluación y tutorías. Dado que el objetivo
perseguido por la norma es la mejora de la empleabilidad, en el convenio deberán
preverse mecanismos de control y seguimiento por parte de los SPE para verificar que
las prácticas están respondiendo a su real objetivo (y que no están sirviendo, no lo dice
la norma pero lo digo yo, para encubrir relaciones laborales).
b) Una vez suscrito el convenio entre la empresa, o grupo empresarial, y el SPE
competente, se formalizará el acuerdo entre el sujeto formador y la persona joven, por
un período de duración comprendido entre tres y nueve meses, con proceso formativo
dirigido y supervisado por un tutor, a cuya finalización deberá entregarse un certificado
a la persona que ha realizado el proceso formativo.
En el acuerdo entre la empresa y la persona joven que va a desarrollar las prácticas
deben definirse como mínimo los siguientes aspectos: “el contenido concreto de la
práctica a desarrollar, la duración de la misma, las jornadas y horarios para su
realización, el centro o centros donde se realizará, la determinación del sistema de
tutorías y la certificación a la que la persona joven tendrá derecho por la realización de
las prácticas”. Por otra parte, y de acuerdo con la normativa laboral y de empleo
vigente, la empresa queda obligada a informar a la representación legal de los
trabajadores sobre tales acuerdos de prácticas no laborales, y también a los SPE
competentes.
c) En materia económica y de protección social, y recuérdese una vez más que estamos
5
6. en presencia de una relación jurídica no laboral, el joven percibirá una “beca de apoyo”
de la empresa o grupo empresarial para el que realice la actividad formativa, en cuantía
mínima del 80 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM)
vigente en cada momento. Recuérdese que en el contrato de trabajo en prácticas
(artículo 11.1 e de la LET) la retribución del trabajador será la fijada en convenio
colectivo para los trabajadores en prácticas, “sin que, en su defecto, pueda ser inferior al
60 o al 75 por 100 durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato,
respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el
mismo o equivalente puesto de trabajo”.
Respecto a la inclusión de las personas jóvenes en el ámbito de la protección social
durante el período formativo no laboral, la norma los incluye en el ámbito del
recientemente aprobado Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se
regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la
Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. Dicha
norma, a la que dediqué especial atención en una anterior entrada del blog, regula, tal
como se explica en su introducción, la integración en el régimen general de Seguridad
Social de personas que participan en programas de formación que incluyen prácticas
formativas en empresas, instituciones o entidades, y que no tienen carácter puramente
académico (“lectivo” es el término más exacto utilizado en la norma), añadiéndose a
efectos pedagógicos (aunque no se dijera también debería ser así, pero no me parece
mal que el legislador recuerde que puede haber actividades laborales jurídicamente
hablando con prácticas formativas) que la integración en la Seguridad Social se
producirá sólo en tales casos, es decir siempre que tales prácticas no den lugar por sí
mismas “al establecimiento de una relación laboral”.
d) Las empresas o grupos empresariales podrán incluir en el convenio con el SPE
competente una cláusula de compromiso de contratación de un determinado número de
personas jóvenes en formación, previsión contemplada en el RD 395/20007. En tal caso,
debe acudirse a la Orden TAS/718/2008 de 7 de marzo, en concreto su artículo 21, para
ver cómo se regulan las acciones formativa con compromiso de contratación (obsérvese,
dicho sea incidentalmente, como la norma ahora objeto de comentario no establece
ninguna diferencia en este punto con relación a otros procesos formativos por parte de
las empresas que puedan significar la incorporación posterior como personal laboral de
un número determinado de sujetos formados).
Por consiguiente, para poder acceder a las subvenciones que compensen los gastos
derivados de las acciones de tutoría y evaluación de las acciones formativas, habrá que
formalizar previamente un compromiso de contratación que “se establecerá sobre un
porcentaje del total de trabajadores formados, en función de las circunstancias de las
empresas y del mercado local de empleo. Tal compromiso no podrá ser inferior al 60
por ciento de trabajadores formados. Los contratos de trabajo que se celebren como
consecuencia del compromiso serán preferentemente de carácter indefinido o, en otro
caso, de una duración no inferior a 6 meses y serán conformes a la normativa laboral
vigente, debiendo presentarse ante el órgano concedente de la subvención en el
momento de su justificación”. Los nuevos contratos laborales (aunque no se dijera
también ocurriría, pero parece que el legislador quiere ser muy pedagógico) podrán
acogerse a los incentivos que, en su caso, existan en materia de contratación, ya se
formalicen durante la vigencia del período formativo a justamente a su finalización.
6
7. Por fin, también debe indicarse que la posibilidad de formalizar compromisos de
contratación laboral de un determinado número, o de todos ellos, de los sujetos
formados puede estipularse por medio de la negociación colectiva.
5. Como recapitulación final, y a la espera de mejor parecer como siempre decimos los
juristas, cabe destacar lo siguiente a mi parecer:
La norma puede servir para que las empresas dispongan de personal cualificado durante
un cierto tiempo (no más de nueve meses) sin relación jurídico-laboral alguna y con
costes de Seguridad Social mínimos. Al finalizar las prácticas laborales, cada empresa
decidirá (en función de si tiene o no compromisos de contratación de una parte de las
personas formadas) si esa persona ya formada en la vida laboral real, aunque sea sin
relación laboral, puede ser interesante contratarla. Lógicamente dicha contratación
debería ser de contrato en prácticas para que tenga relación con la actividad formativa
anterior, pero no hay nada que lo diga expresamente (o al menos yo no he sabido
encontrarlo).
En conclusión, y me gustaría equivocarme, parece que podemos estar ante un pre-
contrato de trabajo en prácticas, expresión que creo que se entiende pero que
jurídicamente no es correcta porque se trata de prácticas laborales, o si se quiere decir
de otra forma de un período de prueba no laboral previo a la posible formalización de un
contrato de trabajo en prácticas (u otra modalidad). Si se quiere ver de otra forma, puede
ser una "buena oportunidad" para que las empresas tengan jóvenes cualificados durante
un período y después decidan si los incorporan en plantilla, de forma temporal o
indefinida. Explicaré a mis alumnos y alumnas que antes de acceder a un posible
contrato de trabajo en prácticas es muy posible que deban pasar primero por un período
formativo no laboral una vez que ya disponen de titulación.
Buena lectura del Real Decreto 153/2011 de 31 de octubre.
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