Este documento describe los procedimientos legales y judiciales en el derecho romano. Brevemente, explica que inicialmente cada persona se hacía justicia por sí misma, pero luego se designaron jueces para dirimir disputas. Describe los cinco tipos de acciones legales y el procedimiento formulario, el cual constaba de dos fases: in iure, donde se fijaba la fórmula, y in judicium, donde el juez evaluaba pruebas y dictaba sentencia. Finalmente, explica brevemente otros procedimientos como la cognitio extraordinaria.
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Defensa de los derechos procedimiento formulario acciones en el derecho romano
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
ARAURE EDO. PORTUGUESA
DEFENSA DE LOS DERECHOS PROCEDIMIENTO FORMULARIO
ACCIONES EN EL DERECHO ROMANO
PARTICIPANTE:
SELVA GOMEZ
C.I. 11.540.711
ARAURE, JUNIO 2017
2. DEFENSA DE LOS DERECHOS Y ORGANIZACIÓN JUDICIAL.
En el derecho primitivo, cada persona se hacia justicia por sí
misma sin la intervención de una autoridad pública,
posteriormente, se le pidió a un tercero que dirimiera el
problema como un árbitro o como juez, aceptando su decisión
como obligatoria, práctica que fue adaptándose por efecto de
la costumbre. Una persona llamada demandante pide a otra
llamada demandado que respete su derecho y la diferencia de
opiniones constituye el debate o conflicto jurídico.
DEFENSA
DE LOS
DERECHOS
ORGANIZACIÓN
JUDICIAL
El Jus: proceso que se inicia delante del magistrado, quien
regula el desarrollo del proceso y se precisa el objeto del
debate, el juez, examina los hechos y se pronuncia su
sentencia. En Roma existían dos tipos de jueces, los
miembros de los tribunales permanentes y particulares
nombrados.
Judicium: se desarrolla ante un juez
Se divide
en dos
fases
3. PROCEDIMIENTOS DE LAS ACCIONES LEGALES
EXISTIERON CINCO TIPOS DE LEGIS ACTIONES
Legis Actio Per Sacramentum
o Acción Sacramental.
Aplicada en derechos reales y de
créditos. Tenía el valor de un
juramento de carácter sacro.
Tenía dos modalidades:
Legis Actio Per Judicis Arbitrive
Postulationem ó Acción Designación
de Arbitro.
Las partes designan un juez un juez o
árbitro,
Legis Actio Sacramentum In Rem. Para
reclamar una cosa,
Legis Actio Sacramentum In Persona. Para
reclamar un derecho.
Legis Actio Per Conditionem ó Acciones
Condicionadas
Aplicaba para reclamar dinero y cosas ciertas.
El demandante solicitaba la comparecencia del
demandado a los 30 días para nombrar un juez.
Legis Actio Per Manus Injectionem ó Acción de
Apoderamiento Personal. Acción de ley de aprensión
corporal, obliga al deudor a ejecutar la sentencia y el
acreedor lo encarcelaba durante 60 días. Era exhibido en
tres mercados con el fin de que alguien lo reconociera y
pagara la deuda por él.
Legis Actio Per Pignoris
Capionem ó Acción de
Garantía.
Consiste en el aseguramiento de
los bienes del deudor por parte
del acreedor sin ninguna
intervención.
4. PROCEDIMIENTO FORMULARIO U ORDINARIO.
Se desarrolla en dos faces: Fase in iure, Litis Contestatio. In Judicium. Ejecución
de la Sentencia
Citación Ius Vocati: El demandante daba a conocer al demandado la
acción que pensaba entablar contra él, por medio de una copia o
mostrándosela en el tablón del edicto del pretor.
Representación.
En el procedimiento formulario se admitieron dos tipos de presentantes.
Cognitor: representante utilizado cuando conviniera a una de las partes.
Procurador: Intervenía en el juicio por imposibilidad del pater familias y por
un mandato genérico superior.
El Defensor de Buena Fe y Embargo de la cosa objeto del litigio y de la
totalidad de su patrimonio.
FASE
IN IURE
LITIS
CONTESTATIO
Se verifica en la fijación definitiva de la fórmula que ha de
constar en unas tablillas. Es el momento central del proceso.
5. PROCEDIMIENTO FORMULARIO U ORDINARIO
IN JUDICIUM
EJECUCIÓN
DE LA
SENTENCIA.
El juez recibe las pruebas
y alegatos de las partes.
La sentencia tenía fuerza
de cosa juzgada y excluía
toda revisión; no era
apelable.
Podía ser de varios tipos:
Absolutorias.
Condenatorias.
Declarativas.
Constitutivas.
El ganador introduce una nueva acción, la actio judicati. La manus
injectio se sigue aplicando y es sustituida por la bonorum
venditio.
ESTUDIO DE LA FORMULA
LAS PARTES PRINCIPALES: NOMBRAMIENTO DE JUEZ.
NOMBRAMIENTO
DE JUEZ.
El juez no era ni un funcionario ni un magistrado, sino un
particular elegido por las partes.
6. ESTUDIO DE LA FORMULA
LAS PARTES PRINCIPALES: DEMOSTRATIO, INTENTATIO, ADJUDICATIO Y
CONDEMNATIO
DEMOSTRATIO
INTENTATIO
ADJUDICATIO
CONDEMNATIO
Donde se da a conocer los hechos en que se basa el
derecho que se alega
Indica al juez la pretensión del actor.
Parte de la formula por el cual el magistrado autoriza al juez
para efectuar la partición y adjudicación a quien corresponda.
En esta parte de la formula se autoriza al juez a condenar o
absolver.
PARTES ACCESORIAS: EXCEPTIO
EXCEPTIO
Permite al demandado oponer a la acción del demandante una legación que
paralice su eficacia. Impide al juez, condenar si surgen otras circunstancia
de hecho o de derecho.
7. ESTUDIO DE LA FORMULA
PARTES ACCESORIAS: REPLICATIO, PRESCRIPCIÓN, NEGACIÓN DE LA
FÓRMULA.
REPLICATIO
PRAESCRIPTIO
NEGACIÓN
DE LA
FORMULA
Es la contestación a la excepción opuesta a favor del demandante.
Cláusula extraordinaria colocada antes de cualquier referencia a la
controversia, para, limitar o descartar los efectos de la litis contestatio.
Por no estar sancionada conforme a las normas del Derecho Civil, ni
pretoriano.
Por considerarse la pretensión inadmisible de acuerdo a las
justificaciones.
El demandado cumplía con lo solicitado en la demanda.
El demandado se negaba a prestar juramento.
Cuando el demandado reconocía el derecho del demandante.
CLASES DE IUDICIA Y PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO
JUDICIUM LEGITIMUN:
Contaba con tres
condiciones
Tuviera lugar en Roma o una distancia no mayor a una milla. Entre
ciudadano romano y Ante un juez único.
8. CLASES DE IUDICIA Y PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO
RECURSOS
LA REVOCATIO
IN DUPLUM
Intercessio o intervención del magistrado superior o tribuno plebe que oponía un veto.
Acción intentada por el condenado para hacer anular la sentencia.
COGNITIO
EXTRAORDINARIA
Aparece en el siglo I d.C. para supuestos particulares. Desplazo por completo al
procedimiento formulario, el cual fue, abolido por Constantino (342 d.C.).
CARACTERES Y
TRAMITACIÓN
DEL PROCESO:
Los órganos judiciales son jueces y tribunales. La rige el principio procesal
inquisitivo, y el juez puede ordenar nuevas pruebas e interrogar a las partes.
Los medios de prueba son: La prueba de testigos, documentos presentados
por las partes, informes periciales y Declaración jurada de las partes.
PRUEBA DE
PRESUNCIONES
Hechos con atribución de determinados efectos jurídicos. Pueden ser:
Presunciones “iuris tantum” e “iuris et de iure”:
PROCEDIMIENTO
EXTRAORDINARIO
Caracterizado por ausencia de bipartición del juicio, no da intervención del
juez privado. Citación. Es responsabilidad del juez y no de las partes.
Proceso. El día fijado comparecen las partes y representantes, se realizaba
en firma oral y se levantaba un acta.
Sentencia: El juez la dicta en presencia de las partes
Apelación: puede ser ante el magistrado o un juez superior.