La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena solicita a la Comisión de Gobernación que presente el dictamen de una propuesta para exhortar a la Secretaría de Gobernación a publicar el diagnóstico nacional sobre la violencia contra las mujeres y niñas. La ley requiere este diagnóstico para desarrollar políticas contra la violencia de género, pero a pesar de haber pasado más del tiempo límite, el diagnóstico no se ha publicado. La gravedad de la violencia contra mujeres requiere información objetiva para cre
1. A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, A SOLICITUD DE LA DIPUTADA
LUCILA DEL CARMEN GALLEGOS CAMARENA, DEL GRUPO
PARLAMENTARIO DEL PAN
Lucila del Carmen Gallegos Camarena, en su calidad de diputada a la LXI Legislatura del
honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 23, numeral 1,
inciso p) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 21,
fracción XVI, 87 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita, respetuosamente, que la Presidencia, tenga a
bien formular una excitativa a la Comisión de Gobernación, a efecto de que dictamine la
proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de
Gobernación a realizar y publicar el diagnóstico nacional y los estudios complementarios con
perspectiva de género, sobre todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, en
todos los ámbitos a que hace referencia la fracción XII del artículo 42 de la Ley General de
Acceso a una Vida Libre de Violencia, a fin de contar con información objetiva para la
elaboración de políticas gubernamentales en materia de prevención, atención , sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres, con base en los siguientes
Antecedentes
Con fecha 24 de marzo de 2010, la diputada Tomasa Vives Preciado, del Grupo Parlamentario
del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de esta honorable Cámara de Diputados,
una proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a
publicar el Diagnóstico Nacional sobre Todas las Formas de Violencia contra las Mujeres y
Niñas; y a los órganos legislativos de los estados y del Distrito Federal a revisar y actualizar
junto con la sociedad civil, el marco normativo para atender la violencia contra las mujeres.
La proposición presentada por la diputada Tomasa Vives Preciado fue turnada en la misma
fecha para su dictamen a la Comisión de Gobernación, sin que a la fecha ésta haya sometido a
consideración del pleno el dictamen respectivo.
Consideraciones
La dimensión de las consecuencias de la violencia con base en el género, es tan grave que no
sólo viola los derechos humanos, también obstaculiza la productividad, reduce el capital
humano y mina el crecimiento económico, generando costos sociales y económicos que
repercuten en toda la sociedad.
Debido a la violencia, las mujeres pueden llegar a encontrarse aisladas e incapacitadas para
trabajar, pierden su sueldo, dejan de participar en actividades cotidianas y ven menguadas sus
fuerzas para cuidar de sí mismas y de sus hijos.
Para combatir este problema y con el objeto establecer la coordinación entre la federación, las
entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a
una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de
igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y
sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fecha primero de febrero de 2007, fue publicada
en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida
Libre de Violencia.
2. Para el logro de sus objetivos esta ley dispone, entre otras cosas, la elaboración de un
Diagnóstico Nacional sobre Todas las Formas de Violencia contra las Mujeres y las Niñas ,
que de acuerdo con el artículo 42, fracción XII, está a cargo de la Secretaría de Gobernación.
La realización del diagnóstico señalado tiene como fin proporcionar información objetiva para
la elaboración de políticas gubernamentales en materia de prevención, atención, sanción y
erradicación de la violencia contra las mujeres.
El artículo quinto transitorio del decreto por el que se crea la ley en comento dispone que el
diagnóstico citado deberá realizarse dentro de los 365 días siguientes a la integración del
Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las
Mujeres.
No obstante que el 11 de mayo de 2007, se celebró la primera reunión extraordinaria del sistema
y que de esa fecha al día de hoy han transcurrido aproximadamente mil 300 días, es decir, tres
veces más el término que prevé la ley para la realización del diagnóstico, este no ha sido
publicado.
La gravedad de la violencia contra las mujeres y las niñas y de sus efectos hace urgente contar
con información objetiva, que permita la elaboración de políticas gubernamentales tendentes a
la prevención, atención, sanción y erradicación de ésta.
Esta imperiosa necesidad hace que la proposición planteada por la diputada Vives Preciado, sea
de urgente y obvio dictamen y resolución.
Por lo expuesto y fundado, a usted, ciudadano presidente de la Cámara de Diputados de la LXI
Legislatura del Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva
Único. Excite a la Comisión de Gobernación para presente el dictamen respectivo de la
proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación a
publicar el Diagnóstico Nacional sobre Todas las Formas de Violencia contra las Mujeres y
Niñas; y a los órganos legislativos de los estados y del Distrito Federal a revisar y actualizar
junto con la sociedad civil, el marco normativo para atender la violencia contra las mujeres.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de noviembre de 2010.
Diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena
(rúbrica)