1) El derecho romano nació de las costumbres transmitidas oralmente y fue codificado por primera vez en la Ley de las Doce Tablas en el siglo V a.C. 2) Durante la República, las fuentes del derecho romano incluyeron la Ley de las Doce Tablas, plebiscitos, edictos de los pretores y constituciones del emperador. 3) El derecho romano pervivió a través de la compilación del Corpus Iuris Civilis ordenada por el emperador Justiniano en el siglo VI d.C.
Este documento presenta un resumen de la persona en el derecho romano. En Roma, no todas las personas eran sujetos de derecho. Para ser considerado una persona, un individuo debía ser libre, ciudadano romano y sui iuris o paterfamilias. La condición de persona podía verse afectada por factores como la esclavitud, la ciudadanía, el estatus familiar y causas modificativas como la edad, el sexo y la enfermedad. También introduce conceptos como la capacidad jurídica, las personas jurídicas y la extinción de
El documento describe la evolución del derecho romano desde su fundación hasta la época de Justiniano. Resumiendo:
1) El derecho romano comenzó como un conjunto de leyes no escritas basadas en la costumbre, pero luego se codificaron en las Ley de las XII Tablas.
2) Más adelante, el derecho romano se expandió para regular las relaciones con otros pueblos a través del derecho de gentes.
3) Finalmente, Justiniano compiló y sistematizó el derecho romano en el Código de Justin
El documento describe la evolución del derecho romano desde su época arcaica hasta la época imperial. Resume las características de los diferentes períodos como la monarquía, la república, el principado de Augusto y el imperio universal, destacando las reformas de figuras como Diocleciano, Constantino y Justiniano. También explica las distintas fuentes del derecho romano como las Doce Tablas, la jurisprudencia, las constituciones imperiales y los códigos como el Teodosiano y el Corpus Iuris Civilis de Justiniano.
El documento describe aspectos clave del derecho germánico primitivo. Los pueblos germánicos se regían por el derecho consuetudinario y algunos códigos promulgados por reyes. Su derecho era más primitivo que el romano, propio de poblaciones seminómadas. La comunidad se organizaba en tribus o aldeas agrupadas en tres grupos y regidas por jefes o reyes.
Interesante investigación de la Ley Decenviral o Ley de las XII Tablas donde podemos apreciar que el derecho actual tiene sus raíces en el derecho romano.
No cabe duda que se aprende cuando nos interesamos en leer y conocer mas cada día. Espero puedan leerlo. Gracias y que tengan un buen día.
El documento trata sobre la gran influencia del derecho romano en el derecho actual. Explica que el derecho mexicano se basa en el sistema romano. Describe las diferentes etapas del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano. Explica conceptos clave del derecho romano como personas, obligaciones y su influencia en las materias de derecho modernas.
El documento describe las características de los sistemas jurídicos y las diferentes familias de derecho. Explica que el derecho puede ser considerado como un sistema complejo, aunque las fuentes del derecho tengan diferente importancia en cada familia jurídica. Además, describe las cinco grandes familias de derecho que existen y algunas de sus características principales, incluyendo el derecho civil, common law, socialista y religioso.
Este documento resume el contenido de la Ley de las XII Tablas de la antigua Roma. La Ley fue el primer código legal escrito de Roma, promulgado en el 450 a.C. tras las demandas de los plebeyos. Cubría aspectos del derecho privado como procedimientos legales, deudas, familia y herencia. También regulaba negocios jurídicos como la compraventa de propiedades y esclavos. La Ley sentó las bases para el desarrollo posterior del derecho romano y occidental.
Este documento presenta un resumen de la persona en el derecho romano. En Roma, no todas las personas eran sujetos de derecho. Para ser considerado una persona, un individuo debía ser libre, ciudadano romano y sui iuris o paterfamilias. La condición de persona podía verse afectada por factores como la esclavitud, la ciudadanía, el estatus familiar y causas modificativas como la edad, el sexo y la enfermedad. También introduce conceptos como la capacidad jurídica, las personas jurídicas y la extinción de
El documento describe la evolución del derecho romano desde su fundación hasta la época de Justiniano. Resumiendo:
1) El derecho romano comenzó como un conjunto de leyes no escritas basadas en la costumbre, pero luego se codificaron en las Ley de las XII Tablas.
2) Más adelante, el derecho romano se expandió para regular las relaciones con otros pueblos a través del derecho de gentes.
3) Finalmente, Justiniano compiló y sistematizó el derecho romano en el Código de Justin
El documento describe la evolución del derecho romano desde su época arcaica hasta la época imperial. Resume las características de los diferentes períodos como la monarquía, la república, el principado de Augusto y el imperio universal, destacando las reformas de figuras como Diocleciano, Constantino y Justiniano. También explica las distintas fuentes del derecho romano como las Doce Tablas, la jurisprudencia, las constituciones imperiales y los códigos como el Teodosiano y el Corpus Iuris Civilis de Justiniano.
El documento describe aspectos clave del derecho germánico primitivo. Los pueblos germánicos se regían por el derecho consuetudinario y algunos códigos promulgados por reyes. Su derecho era más primitivo que el romano, propio de poblaciones seminómadas. La comunidad se organizaba en tribus o aldeas agrupadas en tres grupos y regidas por jefes o reyes.
Interesante investigación de la Ley Decenviral o Ley de las XII Tablas donde podemos apreciar que el derecho actual tiene sus raíces en el derecho romano.
No cabe duda que se aprende cuando nos interesamos en leer y conocer mas cada día. Espero puedan leerlo. Gracias y que tengan un buen día.
El documento trata sobre la gran influencia del derecho romano en el derecho actual. Explica que el derecho mexicano se basa en el sistema romano. Describe las diferentes etapas del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano. Explica conceptos clave del derecho romano como personas, obligaciones y su influencia en las materias de derecho modernas.
El documento describe las características de los sistemas jurídicos y las diferentes familias de derecho. Explica que el derecho puede ser considerado como un sistema complejo, aunque las fuentes del derecho tengan diferente importancia en cada familia jurídica. Además, describe las cinco grandes familias de derecho que existen y algunas de sus características principales, incluyendo el derecho civil, common law, socialista y religioso.
Este documento resume el contenido de la Ley de las XII Tablas de la antigua Roma. La Ley fue el primer código legal escrito de Roma, promulgado en el 450 a.C. tras las demandas de los plebeyos. Cubría aspectos del derecho privado como procedimientos legales, deudas, familia y herencia. También regulaba negocios jurídicos como la compraventa de propiedades y esclavos. La Ley sentó las bases para el desarrollo posterior del derecho romano y occidental.
El documento resume la historia del derecho en el Antiguo Egipto. Se describe la organización política y social bajo el faraón, con sacerdotes, militares y escribas en la cima, seguidos por artesanos y campesinos, y esclavos en la base. El derecho egipcio se centró en el derecho de familia, contratos, propiedad y un sistema judicial jerárquico. Aunque los castigos eran brutales, también protegía los derechos de mujeres y campesinos. El derecho egipcio influyó en otras culturas y en
El documento describe las características del municipio en la antigua Roma. Los municipios romanos tenían autonomía pero estaban subordinados a Roma. Había dos tipos de municipios: municipia foederata que conservaban su organización política y municipia coerita que debían pagar impuestos pero conservaban sus tierras y leyes. El municipio estaba administrado por un senado local y funcionarios como los duoviri que impartían justicia y los quaestores que manejaban las finanzas. El imperio romano clasificaba a las ciudades en aliados, colonias,
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
El documento resume las bases romanistas sobre las obligaciones y sus fuentes. Define la obligación como un vínculo jurídico entre dos partes donde una debe realizar una prestación a favor de la otra. Explica que las obligaciones pueden surgir de contratos, cuasicontratos, delitos o cuasidelitos. Describe los elementos de una obligación y diferentes tipos de contratos como la compraventa, mutuo, depósito y locación, señalando sus características.
Trabajo Constituciones imperiales 29052014Dailym Navarro
1) El documento describe las diferentes formas de constituciones imperiales en el Imperio Romano, incluyendo edictos, mandatos, decretos y rescriptos. 2) También discute la evolución de la jurisprudencia romana desde los pontífices hasta juristas prominentes como Gayo y Ulpiano. 3) Finalmente, resume las compilaciones legales realizadas en la antigua Roma, como los códigos de Gregoriano y Hermogeniano, que precedieron al famoso Código de Teodosio.
Este documento describe los requisitos para ser considerado una persona según el derecho romano. Explica que se debían reunir tres estatus: status libertatis (ser libre), status civitatis (ser ciudadano) y status familiae (ser jefe de familia). Solo aquellos que cumplían con los tres estatus tenían una personalidad completa y capacidad jurídica plena. Los esclavos y aquellos bajo potestad familiar no eran considerados personas.
Este documento resume el derecho municipal, definiéndolo como la rama del derecho público que estudia las instituciones y relaciones municipales. Explica las diferentes teorías sobre su situación dentro de la ciencia jurídica y caracteriza al municipio. También describe la evolución histórica del municipio desde la época romana hasta la actualidad, con un enfoque en la autonomía municipal reconocida en la Constitución Nacional de 1994.
El documento describe las características principales del sistema de derecho romano-germánico y del common law. El sistema romano-germánico se basa en el derecho romano y se caracteriza por estar codificado, con la ley como fuente principal del derecho. El sistema de common law se basa en precedentes judiciales y da más importancia al derecho judicial que a la legislación. Ambos sistemas comparten el papel de los jueces en aplicar el derecho, aunque el sistema de civil law limita más la creación de derecho por parte de los jueces.
Este documento resume el matrimonio en el derecho romano. Explica que el matrimonio romano creaba una unión entre el marido y la mujer y los unía legal y espiritualmente. Detalla los diferentes tipos de matrimonio romano, como el cum manu y el sine manu, y los requisitos y rituales para cada uno. También cubre temas como la dote, los impedimentos matrimoniales, la disolución del matrimonio a través del divorcio, y compara el matrimonio romano con el matrimonio en Venezuela.
1) El documento describe la evolución de la profesión registral y notarial desde tiempos antiguos hasta la actualidad. 2) En las antiguas civilizaciones de Mesopotamia, Egipto y Grecia existían funcionarios como los escribas que redactaban documentos legales. 3) Con el Imperio Romano surgen figuras como el tabellio, considerado el antecesor directo del notario moderno, que autenticaba documentos.
Este documento resume la evolución histórica del derecho civil desde la época romana hasta la actualidad. Explica que el derecho civil romano se convirtió en el derecho común en la Edad Media y luego se nacionalizó en la Edad Moderna a través de las codificaciones en los códigos civiles de cada país en el siglo XIX. Finalmente, analiza cómo el derecho civil está atravesando una crisis actualmente debido al cambio en los valores sociales y la mayor intervención del estado en la economía y la vida jurídica.
La palabra persona proviene del vocablo personare, que significa resonar, siguiendo la opinión del jurista romano del siglo II, Aulo Gelio, expresada en su obra “Noches Áticas”. Los actores en los teatros cambiaban sus máscaras para representar a distintos personajes. Estas máscaras tenían una sola abertura en la boca, por lo que la voz se sentía con gran fuerza y vigor. Así la persona vendría a significar esa posición, ese rol en la vida de relación que le cabe a cada hombre, para expresarse y hacerse oír.
En el Derecho Romano, no todo hombre era persona, ya que los esclavos, no eran sujetos sino objeto de derecho. Por otro lado también reconocieron que el término persona involucraba a ciertas entidades, que no tenían rasgos humanos: las personas jurídicas.
Para que en Roma un ser humano libre sea considerado persona, se requería que presentara forma humana, descartándose así del concepto a los monstruos (como por ejemplo, los que poseyeran tres brazos, tres piernas, o un ojo en medio de la frente, los denominados cíclopes) y también a los prodigios, como el semi-dios Aquiles. Además de la forma humana se necesitaba que estuviera separado completamente del seno materno y que hubiera nacido con vida, probándose esta circunstancia de cualquier modo, según la solución adoptada por Justiniano, que siguió en esta posición a la escuela sabiniana (los proculeyanos exigían que el recién nacido llorara).
Si bien los romanos no consideraron persona al nasciturus (concebido) por una ficción, ejercieron su protección de tal modo, que podemos afirmar no aceptaron el aborto, ya que había severas penas a este respecto, y los castigos corporales que debían aplicarse a la madre se posponían hasta ocurrido el nacimiento.
Este documento trata sobre el Derecho Romano-Germánico y la familia desde una perspectiva neorromanista. Explica las etapas históricas del Derecho Romano y Germánico, sus características, fuentes y desarrollo. También describe brevemente cómo el Derecho Romano se difundió y mezcló con otros derechos como el alemán, formando los sistemas jurídicos neorromanistas que se expandieron a América Latina y otras regiones.
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
Exposiciòn en la UPLA 2010, basada en la monografia http://www.scribd.com/doc/26559832/La-Propiedad-y-La-Posesion-en-El-Derecho-Romano
Curso Bases Romanistas del Derecho Civil.
Este documento resume las generalidades del derecho de sucesiones en el derecho romano. Explica que la sucesión es la transmisión del patrimonio de una persona a su muerte. Detalla los dos tipos de sucesión en el derecho romano: la sucesión testamentaria, donde el causante designa herederos a través de un testamento, y la sucesión legítima o ab intestato cuando no hay testamento. También describe brevemente las diferentes formas de testamentos que existían en el derecho romano antiguo, honorario e imperial.
Las leyes rogatae eran leyes propuestas por cónsules con el consentimiento del senado y sometidas a votación en los comicios durante 24 días. Los ciudadanos votaban depositando tablillas en las urnas con "A" para rechazar la ley o "UR" para aprobarla. Cada ley rogata constaba de una prescriptio sobre el magistrado proponente, la rogatio con el contenido de la ley, y una sanctio sobre las consecuencias de violarla.
Este documento resume el derecho castellano y su influencia en América. Explica cómo el derecho romano influyó en el derecho privado castellano a través de recopilaciones jurídicas como Las Siete Partidas. Describe las instituciones jurídicas como el repartimiento y la encomienda que regulaban la conquista y colonización de América. Finalmente, resume las leyes y ordenanzas que establecieron el patronato real y regularon el trato a los indígenas en los primeros años de la colonización.
1) El documento describe las bases romanas del derecho sucesorio, incluyendo las sucesiones por causa de muerte y la sucesión testamentaria o intestada.
2) Explica los requisitos para la sucesión hereditaria como la muerte del causante y su capacidad para tener herederos.
3) Detalla los tipos de testamentos romanos como el testamento ante los comicios, en pie de guerra, y por el bronce y la balanza, así como las formas y requisitos para la institución del heredero.
El documento describe el derecho preclásico en Roma. Durante este periodo, las principales fuentes de derecho incluyeron las leyes (leyes), plebiscitos, y senadoconsultos. Las leyes podían regular asuntos privados y públicos. El derecho preclásico se basaba principalmente en costumbres y tenía un enfoque estricto y formal.
El documento describe los orígenes del derecho en la antigua Roma. FAS se refería a lo permitido por la voluntad divina según los sacerdotes, en oposición a NEFAS. MOS eran las costumbres transmitidas de generación en generación. IUS se fue separando de FAS para referirse al derecho creado por los hombres para regular las relaciones sociales de forma justa. Finalmente, el IUS CIVILE fue el derecho de la ciudad creado para ser más ágil y adaptarse a los cambiantes tiempos, como las XII T
El documento presenta conceptos generales del derecho romano. Explica que el derecho romano era un conjunto de normas y principios jurídicos que prescribían reglas de conducta y podían llevar aparejadas sanciones. Distinguía entre derecho objetivo y subjetivo, así como entre derecho natural, escrito y no escrito. También cubre temas como la religión, la justicia y valores jurídicos centrales en la tradición romana como la jurisprudencia y la equidad.
El documento resume la historia del derecho en el Antiguo Egipto. Se describe la organización política y social bajo el faraón, con sacerdotes, militares y escribas en la cima, seguidos por artesanos y campesinos, y esclavos en la base. El derecho egipcio se centró en el derecho de familia, contratos, propiedad y un sistema judicial jerárquico. Aunque los castigos eran brutales, también protegía los derechos de mujeres y campesinos. El derecho egipcio influyó en otras culturas y en
El documento describe las características del municipio en la antigua Roma. Los municipios romanos tenían autonomía pero estaban subordinados a Roma. Había dos tipos de municipios: municipia foederata que conservaban su organización política y municipia coerita que debían pagar impuestos pero conservaban sus tierras y leyes. El municipio estaba administrado por un senado local y funcionarios como los duoviri que impartían justicia y los quaestores que manejaban las finanzas. El imperio romano clasificaba a las ciudades en aliados, colonias,
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
El documento resume las bases romanistas sobre las obligaciones y sus fuentes. Define la obligación como un vínculo jurídico entre dos partes donde una debe realizar una prestación a favor de la otra. Explica que las obligaciones pueden surgir de contratos, cuasicontratos, delitos o cuasidelitos. Describe los elementos de una obligación y diferentes tipos de contratos como la compraventa, mutuo, depósito y locación, señalando sus características.
Trabajo Constituciones imperiales 29052014Dailym Navarro
1) El documento describe las diferentes formas de constituciones imperiales en el Imperio Romano, incluyendo edictos, mandatos, decretos y rescriptos. 2) También discute la evolución de la jurisprudencia romana desde los pontífices hasta juristas prominentes como Gayo y Ulpiano. 3) Finalmente, resume las compilaciones legales realizadas en la antigua Roma, como los códigos de Gregoriano y Hermogeniano, que precedieron al famoso Código de Teodosio.
Este documento describe los requisitos para ser considerado una persona según el derecho romano. Explica que se debían reunir tres estatus: status libertatis (ser libre), status civitatis (ser ciudadano) y status familiae (ser jefe de familia). Solo aquellos que cumplían con los tres estatus tenían una personalidad completa y capacidad jurídica plena. Los esclavos y aquellos bajo potestad familiar no eran considerados personas.
Este documento resume el derecho municipal, definiéndolo como la rama del derecho público que estudia las instituciones y relaciones municipales. Explica las diferentes teorías sobre su situación dentro de la ciencia jurídica y caracteriza al municipio. También describe la evolución histórica del municipio desde la época romana hasta la actualidad, con un enfoque en la autonomía municipal reconocida en la Constitución Nacional de 1994.
El documento describe las características principales del sistema de derecho romano-germánico y del common law. El sistema romano-germánico se basa en el derecho romano y se caracteriza por estar codificado, con la ley como fuente principal del derecho. El sistema de common law se basa en precedentes judiciales y da más importancia al derecho judicial que a la legislación. Ambos sistemas comparten el papel de los jueces en aplicar el derecho, aunque el sistema de civil law limita más la creación de derecho por parte de los jueces.
Este documento resume el matrimonio en el derecho romano. Explica que el matrimonio romano creaba una unión entre el marido y la mujer y los unía legal y espiritualmente. Detalla los diferentes tipos de matrimonio romano, como el cum manu y el sine manu, y los requisitos y rituales para cada uno. También cubre temas como la dote, los impedimentos matrimoniales, la disolución del matrimonio a través del divorcio, y compara el matrimonio romano con el matrimonio en Venezuela.
1) El documento describe la evolución de la profesión registral y notarial desde tiempos antiguos hasta la actualidad. 2) En las antiguas civilizaciones de Mesopotamia, Egipto y Grecia existían funcionarios como los escribas que redactaban documentos legales. 3) Con el Imperio Romano surgen figuras como el tabellio, considerado el antecesor directo del notario moderno, que autenticaba documentos.
Este documento resume la evolución histórica del derecho civil desde la época romana hasta la actualidad. Explica que el derecho civil romano se convirtió en el derecho común en la Edad Media y luego se nacionalizó en la Edad Moderna a través de las codificaciones en los códigos civiles de cada país en el siglo XIX. Finalmente, analiza cómo el derecho civil está atravesando una crisis actualmente debido al cambio en los valores sociales y la mayor intervención del estado en la economía y la vida jurídica.
La palabra persona proviene del vocablo personare, que significa resonar, siguiendo la opinión del jurista romano del siglo II, Aulo Gelio, expresada en su obra “Noches Áticas”. Los actores en los teatros cambiaban sus máscaras para representar a distintos personajes. Estas máscaras tenían una sola abertura en la boca, por lo que la voz se sentía con gran fuerza y vigor. Así la persona vendría a significar esa posición, ese rol en la vida de relación que le cabe a cada hombre, para expresarse y hacerse oír.
En el Derecho Romano, no todo hombre era persona, ya que los esclavos, no eran sujetos sino objeto de derecho. Por otro lado también reconocieron que el término persona involucraba a ciertas entidades, que no tenían rasgos humanos: las personas jurídicas.
Para que en Roma un ser humano libre sea considerado persona, se requería que presentara forma humana, descartándose así del concepto a los monstruos (como por ejemplo, los que poseyeran tres brazos, tres piernas, o un ojo en medio de la frente, los denominados cíclopes) y también a los prodigios, como el semi-dios Aquiles. Además de la forma humana se necesitaba que estuviera separado completamente del seno materno y que hubiera nacido con vida, probándose esta circunstancia de cualquier modo, según la solución adoptada por Justiniano, que siguió en esta posición a la escuela sabiniana (los proculeyanos exigían que el recién nacido llorara).
Si bien los romanos no consideraron persona al nasciturus (concebido) por una ficción, ejercieron su protección de tal modo, que podemos afirmar no aceptaron el aborto, ya que había severas penas a este respecto, y los castigos corporales que debían aplicarse a la madre se posponían hasta ocurrido el nacimiento.
Este documento trata sobre el Derecho Romano-Germánico y la familia desde una perspectiva neorromanista. Explica las etapas históricas del Derecho Romano y Germánico, sus características, fuentes y desarrollo. También describe brevemente cómo el Derecho Romano se difundió y mezcló con otros derechos como el alemán, formando los sistemas jurídicos neorromanistas que se expandieron a América Latina y otras regiones.
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
Exposiciòn en la UPLA 2010, basada en la monografia http://www.scribd.com/doc/26559832/La-Propiedad-y-La-Posesion-en-El-Derecho-Romano
Curso Bases Romanistas del Derecho Civil.
Este documento resume las generalidades del derecho de sucesiones en el derecho romano. Explica que la sucesión es la transmisión del patrimonio de una persona a su muerte. Detalla los dos tipos de sucesión en el derecho romano: la sucesión testamentaria, donde el causante designa herederos a través de un testamento, y la sucesión legítima o ab intestato cuando no hay testamento. También describe brevemente las diferentes formas de testamentos que existían en el derecho romano antiguo, honorario e imperial.
Las leyes rogatae eran leyes propuestas por cónsules con el consentimiento del senado y sometidas a votación en los comicios durante 24 días. Los ciudadanos votaban depositando tablillas en las urnas con "A" para rechazar la ley o "UR" para aprobarla. Cada ley rogata constaba de una prescriptio sobre el magistrado proponente, la rogatio con el contenido de la ley, y una sanctio sobre las consecuencias de violarla.
Este documento resume el derecho castellano y su influencia en América. Explica cómo el derecho romano influyó en el derecho privado castellano a través de recopilaciones jurídicas como Las Siete Partidas. Describe las instituciones jurídicas como el repartimiento y la encomienda que regulaban la conquista y colonización de América. Finalmente, resume las leyes y ordenanzas que establecieron el patronato real y regularon el trato a los indígenas en los primeros años de la colonización.
1) El documento describe las bases romanas del derecho sucesorio, incluyendo las sucesiones por causa de muerte y la sucesión testamentaria o intestada.
2) Explica los requisitos para la sucesión hereditaria como la muerte del causante y su capacidad para tener herederos.
3) Detalla los tipos de testamentos romanos como el testamento ante los comicios, en pie de guerra, y por el bronce y la balanza, así como las formas y requisitos para la institución del heredero.
El documento describe el derecho preclásico en Roma. Durante este periodo, las principales fuentes de derecho incluyeron las leyes (leyes), plebiscitos, y senadoconsultos. Las leyes podían regular asuntos privados y públicos. El derecho preclásico se basaba principalmente en costumbres y tenía un enfoque estricto y formal.
El documento describe los orígenes del derecho en la antigua Roma. FAS se refería a lo permitido por la voluntad divina según los sacerdotes, en oposición a NEFAS. MOS eran las costumbres transmitidas de generación en generación. IUS se fue separando de FAS para referirse al derecho creado por los hombres para regular las relaciones sociales de forma justa. Finalmente, el IUS CIVILE fue el derecho de la ciudad creado para ser más ágil y adaptarse a los cambiantes tiempos, como las XII T
El documento presenta conceptos generales del derecho romano. Explica que el derecho romano era un conjunto de normas y principios jurídicos que prescribían reglas de conducta y podían llevar aparejadas sanciones. Distinguía entre derecho objetivo y subjetivo, así como entre derecho natural, escrito y no escrito. También cubre temas como la religión, la justicia y valores jurídicos centrales en la tradición romana como la jurisprudencia y la equidad.
La familia romana estaba jerarquizada, con los esclavos en la parte inferior. Los esclavos podían ser hijos de esclavas, enemigos capturados en guerra o bebés abandonados. Los esclavos servían a la familia en tareas domésticas o de negocios y podían ser castigados, aunque algunos lucharon por su libertad. Los libertos eran esclavos liberados que mantenían derechos civiles como clientes de su antiguo amo. El pater familias controlaba a todos los miembros de la fam
El documento presenta varios principios jurídicos relacionados con el derecho ambiental. Estos incluyen la incorporación de variables ambientales en las decisiones del estado, el tratamiento tanto de las causas como de los síntomas de daños ambientales, y la necesidad de una gestión coordinada desde el nivel local hasta el internacional. También se enfatiza la importancia de la prevención, la precaución, y la conservación de las condiciones naturales para lograr una acción sostenible que mantenga el capital natural a largo plazo.
El documento resume la evolución del derecho romano desde su origen como un conjunto de normas consuetudinarias hasta su codificación bajo Justiniano. Comenzó como el Ius Civile para ciudadanos romanos y el Ius Gentium para extranjeros, y evolucionó para incluir leyes, plebiscitos, senadoconsultos e impuestos constitucionales. Finalmente, Justiniano compiló y codificó el derecho romano en el Corpus Iuris Civilis en el siglo VI d.C.
Este documento presenta una breve introducción a varios conceptos clave del derecho romano. Explica que el derecho (ius) se refiere a lo bueno y justo, y que los juristas se dedican al estudio de la justicia. Luego define términos como la aequitas, la iustitia, la iurisprudentia, el ius publicum, el ius privatum, el ius scriptum, el ius no scriptum, el ius civile, el ius gentium y el ius naturale.
El documento describe el derecho romano como el conjunto de normas jurídicas que rigió al pueblo de Roma. Explica la evolución del derecho romano desde su periodo arcaico hasta el derecho justinianeo, incluyendo las distintas fuentes de derecho como las leyes, edictos, jurisprudencia y compilaciones realizadas durante este periodo, culminando con el Código de Justiniano que recopiló y sistematizó el derecho romano.
Este documento presenta conceptos clave de técnica jurídica como técnica jurídica, derecho público y privado, laguna de la ley, analogía y fuentes formales del derecho. Explica que la técnica jurídica se refiere a la interpretación jurídica de hechos y objetos legales. También distingue entre derecho público, que se refiere al estado, y derecho privado, que regula las relaciones entre particulares. Finalmente, identifica las leyes formales, jurisprudencia, doctrina y otras fu
El documento describe el derecho romano como el conjunto de instituciones que rigieron la sociedad romana desde su fundación en 753 a.C. hasta la muerte de Justiniano en 565 d.C. Explica que el derecho romano influyó en el derecho mexicano a través del derecho español y el Código Napoleónico. También describe las principales fuentes del derecho romano y algunas de sus instituciones como la familia romana, el Senado, los cónsules y la reforma serviana.
El documento resume las diferentes épocas del derecho romano, incluyendo la época arcaica (754 a.C. - 130 a.C.), la época clásica (130 a.C. - 230 d.C.) y la época post-clásica (230 d.C. - 530 d.C.). Describe las principales características y fuentes legales de cada época.
1) El documento describe la utilidad del derecho romano para comprender el derecho actual y su influencia en otras áreas como la literatura y la historia. 2) Destaca que el derecho romano se distingue por su lógica y análisis delicado y ha servido como base para las principales legislaciones. 3) Explica que en Roma los ciudadanos estaban familiarizados con la práctica del derecho y que esto influenció el lenguaje de los historiadores y literatos romanos.
El documento describe la importancia del estudio del Derecho Romano. El Derecho Romano es fundamental para la formación de juristas modernos ya que las enseñanzas de la Roma clásica fundamentan la legislación civil de Europa y América Latina. Aunque ya no es vigente, sigue invocándose en los juzgados. El estudio del Derecho Romano permite adquirir un sentido jurídico profesional y estructura el Derecho Civil hispanoamericano y parte del europeo.
El documento describe la importancia del estudio del Derecho Romano. El Derecho Romano es fundamental para la formación de juristas modernos ya que sentó las bases del Derecho Civil en gran parte de Europa y América Latina. Además, explica brevemente las distintas fuentes del Derecho Romano como las leyes, plebiscitos, edictos de magistrados y la jurisprudencia. También resume las principales etapas del desarrollo del Derecho Romano y la importante recopilación del Corpus Iuris Civilis realizada por el emperador Justiniano.
El documento resume las principales características del derecho romano. Define el derecho romano como el conjunto de normas con fuerza de ley acumuladas a lo largo de la historia de Roma, incluyendo leyes no escritas y escritas. Explica que el derecho romano también se refiere a la jurisprudencia romana y a su estudio como materia fundamental en derecho. Finalmente, resume las distintas etapas históricas del desarrollo del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano.
El documento resume las principales características del derecho romano. En 3 oraciones:
1) El derecho romano se refiere al conjunto de leyes acumuladas a lo largo de la historia de Roma, incluyendo leyes no escritas y escritas que regulaban las relaciones entre ciudadanos romanos y con otros pueblos.
2) Las principales fuentes del derecho romano incluían leyes, plebiscitos, decretos del Senado, constituciones imperiales, edictos de magistrados, y respuestas de expertos jurídicos
Las costumbres de los antepasados representaban un derecho consuetudinario basado en las tradiciones de las familias romanas. A lo largo de la época arcaica, los mores maiorum, o costumbres de los antepasados, fueron respetados de generación en generación y constituían las reglas fundamentales de convivencia en Roma. El derecho romano tuvo origen en las costumbres y tradiciones antes de ser codificado formalmente.
El documento describe el contenido de la Ley de las XII Tablas de la antigua Roma. La ley cubría varios temas como el derecho procesal privado, derecho de familia y sucesiones, derecho de obligaciones y derechos reales, derecho público y penal, y normas sobre funerales. La ley fue un hito importante en la historia del derecho romano ya que codificó las costumbres y normas existentes por primera vez.
El documento define el derecho romano como el conjunto de normas con fuerza de ley acumuladas a lo largo de la historia de Roma, incluyendo leyes no escritas y escritas. Estas leyes se dividían en derecho civil, que regulaba las relaciones entre ciudadanos romanos, y derecho de gentes, que contemplaba las relaciones con otros pueblos. El principal órgano legislativo en la República era la Asamblea, aunque también tenían fuerza de ley los edictos de los magistrados y los decretos del Senado.
La Ley de las Doce Tablas fue el primer cuerpo legal escrito de la República Romana, plasmando por escrito las costumbres y derecho consuetudinario existentes. Se creó una comisión de diez magistrados patricios llamada "decenvirato" para elaborarla, dividiéndose en doce tablas que regulaban aspectos del derecho privado como procesos judiciales y sucesiones, y derecho público como delitos y penas. La ley igualó los derechos de patricios y plebeyos y sentó las bases
El documento describe la evolución del derecho romano desde su fundación hasta la época de Justiniano, incluyendo sus principales características y fuentes como las leyes, los plebiscitos, los edictos de los magistrados, y las respuestas de los expertos. También cubre las recopilaciones del derecho romano realizadas por Teodosio II y Justiniano, culminando con el Corpus Iuris Civilis de este último.
Este documento resume información sobre el emperador romano Justiniano. Justiniano buscó restaurar el Imperio Romano a través de tres períodos: 1) una restauración jurídica a través de la compilación del Corpus Iuris Civilis, 2) una restauración territorial, y 3) el fin de su reinado. El Corpus Iuris Civilis, publicado en 529 d.C., compiló y codificó el derecho romano y sirvió como base para sistemas legales posteriores. El documento también brinda detalles sobre las fuentes del derecho romano
El documento describe la evolución del derecho romano desde su fundación hasta la época de Justiniano. El derecho romano comenzó como un derecho consuetudinario basado en el mos maiorum y luego se codificó en las Ley de las XII Tablas. Más tarde, el derecho de gentes se desarrolló para regular las relaciones con extranjeros y el derecho imperial se expandió a través de las constituciones del emperador.
El documento describe la evolución del derecho romano desde su fundación hasta la época de Justiniano, dividiéndolo en cinco etapas. La etapa arcaica abarcó desde el 753 a.C. al 367 a.C. y consistió en un derecho no escrito basado en costumbres. La etapa preclásica del 367 a.C. al 27 a.C. vio la aparición de nuevas magistraturas y asambleas. La etapa clásica del 27 a.C. al 284 d.C. trajo la sistematización del derecho b
El documento resume la figura del emperador Justiniano y su Corpus Iuris Civilis. Justiniano buscó restaurar el Imperio Romano a través de la compilación y codificación del derecho romano. Compiló las leyes romanas en el Corpus Iuris Civilis, que contenía el Código, Digesto, Instituciones y Novelas. Esta compilación preservó la jurisprudencia romana clásica y sirvió como base para los sistemas legales posteriores.
El documento describe la evolución del Derecho Romano desde su origen hasta su codificación. Comenzó como costumbres para regular la conducta, luego se crearon las Doce Tablas para establecer leyes justas. Esto otorgó derechos a los plebeyos e influyó en áreas como familia, sucesiones y procesos. Más tarde, Justiniano codificó estas leyes en el Corpus Iuris Civilis, que sirvió de base para el derecho moderno y otorgó derechos como la igualdad.
En este pequeño resume podemos conseguir de donde se fundo el derecho, que por lo visto ya sabemos que es de la antigua roma, cuales son los cambios del derecho de la antigua roma con la actualidad, son los mismos pero con diversos cambios por la actualidades de la sociedad.
Este documento proporciona una introducción al derecho romano. Explica que los romanos definieron el derecho como "el arte de lo bueno y lo justo". Describe las principales fuentes del derecho romano, incluidas las leyes de las Doce Tablas, los plebiscitos, los senatusconsulta y las constituciones imperiales. También resume brevemente la historia del derecho romano desde sus primeros tiempos hasta la época de Justiniano.
Este documento presenta un resumen del concepto y evolución histórica del derecho romano, así como de sus principales instituciones políticas y divisiones. Explica que el derecho romano comprende las normas que rigieron al pueblo romano desde su fundación en el 753 a.C. hasta Justiniano en el 565 d.C. Describe las influencias del derecho romano como la religión, filosofía griega y el cristianismo. Finalmente, resume las diferentes clasificaciones del derecho romano y periodizaciones de su evolución histórica según aut
El documento describe la influencia del derecho romano en los sistemas jurídicos modernos. Gracias al derecho romano se establecieron conceptos como los derechos, obligaciones y castigos legales. El derecho romano se codificó por primera vez en las Doce Tablas y luego fue compilado y sistematizado en el Corpus Iuris Civilis bajo el emperador Justiniano. El derecho romano ha tenido una gran influencia en el derecho francés y otros sistemas legales y continúa siendo estudiado en las facultades de derecho de todo el mundo.
La monarquía fue la primera forma de gobierno en Roma desde su fundación en 753 a.C. hasta 510 a.C., cuando el último rey, Tarquino el Soberbio, fue expulsado. Roma estuvo gobernada por siete reyes pertenecientes a las dinastías latina y etrusca. A partir de 510 a.C., Roma se convirtió en una república gobernada por dos cónsules elegidos anualmente en lugar de un rey. Durante la república, los plebeyos ganaron más derechos políticos a través
Las XII Tablas fueron el primer cuerpo normativo escrito de la antigua Roma, elaborado en el siglo V a.C. para codificar las leyes y costumbres existentes. Se dividió en 12 tablas que regulaban diversas áreas como el derecho procesal, de familia, obligaciones, derechos reales y penal. Aunque influenciado por la legislación griega en su forma, el contenido reflejó las tradiciones romanas.
El documento describe la importancia del rol social del abogado. Resume que el abogado está llamado a servir como intermediario entre quienes requieren sus servicios legales, buscando superar conflictos de manera pacífica y asesorando sobre la aplicación de las leyes. También explica que el derecho es fundamental para que una sociedad pueda organizarse y convivir de forma ordenada y que los abogados, al conocer profundamente las leyes, juegan un papel clave como asesores legales.
Un abogado es un profesional del derecho que se encarga de la defensa legal y el asesoramiento jurídico de sus clientes en procesos judiciales o administrativos. Para ejercer la profesión, un abogado debe tener una licencia estatal y estar inscrito en un colegio de abogados. Un abogado debe cumplir con un decálogo que incluye principios como amar su profesión y luchar por la justicia.
El documento describe las responsabilidades del abogado ante los tribunales, clientes y colegas. El abogado debe ser honesto y respetuoso ante los tribunales y exigir el mismo trato. Con los clientes, debe asegurar que los traten con respeto a los magistrados. Entre colegas, debe haber fraternidad, lealtad y respeto mutuo, así como ayudar a los nuevos abogados y resolver disputas sobre honorarios de manera extrajudicial.
El documento describe las obligaciones y prohibiciones de los abogados. Entre las principales obligaciones se encuentran prestar asistencia profesional como colaborador del juez, patrocinar casos de personas declaradas pobres, aceptar nombramientos judiciales, y mantener el secreto profesional. Las prohibiciones incluyen patrocinar a ambas partes de un litigio, publicidad engañosa para obtener clientes, y constituir domicilio en oficinas públicas salvo para funcionarios que litiguen por cuestiones de su trabajo.
El documento define el término jurisconsulto. Un jurisconsulto es una persona experta en el estudio, interpretación y aplicación del derecho que se dedica a resolver consultas legales. Los antiguos consideraban a los jurisconsultos como sabios y filósofos debido a que la filosofía y la jurisprudencia comparten el objetivo de promover la justicia. Un jurisconsulto se diferencia de un abogado en que es un pensador del derecho que se dedica a la teoría, mientras que un abogado ejerce la defensa en procesos legales.
El documento distingue entre la moral y el derecho. Define la moral como el comportamiento de un individuo en relación con la sociedad, mientras que define el derecho como el conjunto de leyes y normas que rigen un estado. Luego explica las distinciones entre la moral y el derecho como la unilateralidad vs bilateralidad, interioridad vs exterioridad, incoercibilidad vs coercibilidad, y autonomía vs heteronomía. Concluye que aunque la moral y el derecho están conectados y regulan la conducta individual, la principal diferencia es que el derecho genera sanciones si no se cu
El documento distingue entre la moral y el derecho. Define la moral como el comportamiento de un individuo en relación con la sociedad, mientras que define el derecho como el conjunto de leyes y normas que rigen un estado. Explica las diferencias entre la moral y el derecho en términos de unilateralidad vs. bilateralidad, interioridad vs. exterioridad, e incoercibilidad vs. coercibilidad. Concluye que aunque la moral y el derecho regulan la conducta individual, se distinguen en que el derecho genera sanciones por incumplimiento mientras que la moral depende
El documento distingue entre la moral y el derecho. Define la moral como el comportamiento de un individuo en relación con la sociedad, mientras que define el derecho como el conjunto de leyes y normas que rigen un estado. Explica las diferencias entre la moral y el derecho en términos de unilateralidad vs. bilateralidad, interioridad vs. exterioridad, e incoercibilidad vs. coercibilidad. Concluye que aunque la moral y el derecho regulan la conducta individual, se distinguen en que el derecho genera sanciones por incumplimiento mientras que la moral depende
Prueba de distinción entre moral y derecho13amores
Este documento presenta un cuestionario sobre la distinción entre la moral y el derecho. Pregunta cómo se define el comportamiento humano en relación con la sociedad, qué es el derecho, y contiene una sopa de letras con palabras clave como distinción, derecho, moral, conductas, reglas, normas, sociedad y acciones.
Distinción entre moral y derecho elaborado por:Verónica Guevara13amores
El documento distingue entre la moral y el derecho. La moral se refiere a las normas y valores que guían la conducta de una persona o grupo en relación consigo mismo y la sociedad. El derecho son las normas que regulan la conducta en sociedad e inspiran justicia. Se distinguen por su carácter (la moral es interna e incoercible, mientras el derecho es externo y coercible), su finalidad (la moral busca la perfección individual y el derecho mantiene el orden social) y su origen (la moral es autónoma y el derecho heterón
Distinción entre moral y derecho elaborado por:Verónica Guevara13amores
Este documento compara y distingue la moral y el derecho. La moral se refiere a las reglas y normas que rigen la conducta humana en relación con la sociedad y consigo mismo. El derecho es el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. Algunas diferencias clave son que las normas morales son internas e incoercibles, mientras que las normas jurídicas son externas y coercibles. Además, la moral busca la perfección individual y el derecho busca mantener el orden social.
Este documento presenta el silabo para el curso de Deontología Jurídica de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Regional Autónoma de los Andes en Ecuador. El curso cubre temas como la ética profesional, valores, deberes y obligaciones de los abogados, así como el derecho y la administración de justicia. El curso se imparte durante un período académico de abril a septiembre y consta de 80 horas divididas entre clases presenciales y trabajo autónomo evaluado a través de cuatro
Estado constitucional de derecho y justicia13amores
El documento discute la paridad de género en la representación política. Explica que la paridad emerge de la lucha por la igualdad entre hombres y mujeres en la participación pública y política. También analiza el modelo de representación deliberativa adoptado en la Constitución ecuatoriana de 2008, el cual promueve la participación de todos los afectados por las decisiones políticas a través del debate racional e informado. Finalmente, concluye que la plena vigencia del principio de igualdad y no discriminación es fundamental para la legitimidad del sistema representativo y la constru
Desarrollo del derecho en la edad media dayana arqui13amores
La Edad Media abarcó desde el siglo V hasta el XV, dividida en Alta y Baja. Se desarrolló bajo la influencia de la herencia greco-latina, los pueblos germánicos y la religión cristiana. Ante la llegada de los germanos con su propio derecho, se creó un sistema donde cada pueblo se rigiera por su propia ley. Más tarde, surgieron las costumbres orales que ganaron importancia sobre el derecho escrito.
El derecho surgió para regular las interacciones humanas y mantener la convivencia social. En sus orígenes, las personas se atacaban unas a otras, por lo que fue necesario establecer normas de conducta. Con el tiempo, las sociedades desarrollaron diferentes leyes y costumbres. El derecho tiene como objetivo principal regular las relaciones entre las personas y el estado a través de un conjunto de normas.
Este documento trata sobre el Derecho Internacional Privado. Explica que esta rama del derecho se ocupa de regular la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional y analiza las relaciones jurídicas internacionales que involucren intereses privados. También describe las principales fuentes del Derecho Internacional Privado, como la legislación interna, los tratados internacionales, la jurisprudencia y la doctrina. Finalmente, señala los fines de esta rama del derecho, entre los que se encuentran procurar la armonía entre normas
El documento describe las relaciones entre el derecho y otras ciencias como la filosofía, la sociología, la economía, la historia y la ciencia política. Explica que el derecho se basa en principios de estas ciencias para elaborar normas que permitan la convivencia social. También destaca que el derecho y estas ciencias comparten el estudio de los fenómenos sociales y su regulación a través de las leyes y normas.
Organización social y política en la sociedad13amores
La sociedad romana estaba dividida en clases sociales: patricios en la cima, plebeyos debajo y esclavos en la parte inferior. La política romana estaba dominada por magistraturas como cónsules y pretores elegidos anualmente, y el Senado que asesoraba sobre asuntos de estado. Las decisiones políticas se tomaban en las asambleas del pueblo que votaban por tribus, centurias o curias.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
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El componente de Ciencias Naturales abordará temas relacionados con la biología, la física y la química, con un enfoque en la comprensión de los fenómenos naturales y los desafíos ambientales de América Latina. Se explorarán conceptos como la biodiversidad, los recursos naturales, la contaminación y el desarrollo sostenible.
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Mediante este enfoque de Texto Integrado, los estudiantes de 8vo grado tendrán una experiencia de aprendizaje enriquecedora y relevante, que les permitirá adquirir una visión más amplia y comprensiva de los temas estudiados.
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
1. Elaborado por : Verónica Guevara
DERECHO EN ROMA
INTRODUCCIÓN
El derecho romano nació
En un principio la ley se basaba en las costumbres de los antepasados y se transmitía de forma oral.
Los pontifex eran los interpretes y lo hacían en beneficio de los patricios.
En el s. V a.C. la plebe obligó a que las leyes se recopilaran y escribieran para evitar cualquier
manipulación. Una comisión de diez magistrados elaboró la Ley de las Doce Tablas, código que
garantizaba la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos y que fue la raíz del derecho romano.
Se modificaban las leyes y los legisladores eran
Durante la República las fuentes del derecho romano fueron la Ley de las Doce Tablas, los
plebiscitos, normas elaboradas en los comicios tribunicios y los edictos de los pretores.
Durante el imperio, legislaba el emperador. Sin embargo, en este periodo destacan más las
denominadas Constituciones, recopilación y sistematización del cuerpo jurídico desarrollado durante
la República.
Había un único derecho
Cuando Roma fue conquistando otros territorios, crearon un nuevo código legal, el ius gentium que
regulaba las relaciones con otros pueblos y entre romanos y peregrinos (extranjeros que vivían en
Roma). El ius gentium es el origen del derecho internacional
El procedimiento judicial
Los romanos además de leyes regularon meticulosamente los procedimientos judiciales con el
objetivo de garantizar la independencia judicial. En los contenciosos, intervenían el demandante y el
demandado.
Cuando un particular pleiteaba, le correspondía al pretor determinar la necesidad o no de realizar un
juicio. En el caso afirmativo el juez, elegido por consenso entre las partes, estaba obligado a dictar
sentencia ateniéndose a la legislación vigente.
2. En las causas criminales, el demandado podía apelar ante las asambleas populares si no estaba de
acuerdo con la sentencia.
Los castigos
El sistema de penas fue evolucionando. En un principio, era muy duro ya que imperaba la ley del
talión (el ojo por ojo).
Según pasó el tiempo la pena se ajustó a la gravedad de la infracción cometida valorándose las
circunstancias.
Pervivió el derecho romano
Desaparecido el Imperio Romano de Occidente, el emperador bizantino Justiniano se propuso en el s.
VI la reconstrucción del Antiguo Imperio Romano. Por ello, además de la recuperación territorial,
ordenó la recopilación de todo el derecho romano, el denominado Corpus Iuris Civilis. Esta obra ha
permitido un exhaustivo conocimiento del derecho romano y su pervivencia a lo largo de la historia.
ANTECEDENTES
La expresión Derecho romano designa el ordenamiento jurídico que rigio a los ciudadanos de Roma y,
con posterioridad, de aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo
3. punto de partida se sitúa a la par de la fundación de Roma (c. 753 a. C.) y que se
extiende hasta mediados del siglo VI d. C., época en que tiene lugar la labor
compiladora del emperador Justiniano I el conocido desde el Renacimiento como Corpus Iuris Civilis.
El nacimiento del Derecho romano se debe entre otras causas a la división existente en la sociedad romana
entre patricios y plebeyos, no obstante antes del año 451 a. C.-450 a. C., no conocemos un sistema
unificado para la península, es por eso que debemos remontarnos a Grecia, cuna de la civilización
occidental, en donde estaba presente el periodo ático, o del derecho griego ático, de donde podemos
presumir fueron permeadas algunas disposiciones presentes en la Ley de las XII Tablas.
Las tradiciones legales romanas estaban en manos de los patricios y todos los asuntos relacionados con lo
que nosotros conocemos como derecho recaían sobre el Pontifex Maximus, evidentemente patricio,
conociéndose como derecho pontifical. Los plebeyos desconocían como iban a ser juzgados exactamente y
normalmente los patricios aplicaban la tradición pontifical según convenía a sus intereses. Por ello, una de
las reclamaciones plebeyas, a imagen de lo que había ocurrido en las ciudades del arcaísmo griego,
solicitaron la codificación de la tradición en forma de leyes. Para ello, el Senado acordó enviar una
comisión a Grecia para informarse sobre las leyes de las ciudades, y después se decidió la abolición de las
magistraturas patricias y del tribunado de la plebe, entregando el poder a una comisión de decenviros, que
debían codificar las leyes romanas en un período de un año. Esta comisión elaboró X tablas de leyes
bastante justas y, por tanto, favorables a los plebeyos, pero, al no estar terminado el trabajo, se nombró una
segunda comisión decenviral, mucho más conservadora, que elaboró las dos últimas tablas, con leyes
netamente antiplebeyas, que, por ejemplo, prohibían los matrimonios mixtos. Esta comisión intentó
perpetuarse en el poder, pero fue depuesta y el sistema de magistraturas empezó a funcionar de nuevo. El
resultado fue el primer cuerpo legal conocido y estructurado, llamado Ley de las XII Tablas, del año
451 a. C., y que fueron expuestas públicamente en el Foro Romano.
En el año 367 a. C., las Leges Liciniæ-Sextiæ culminaron el proceso de igualación entre patricios y
plebeyos, permitiendo el acceso progresivo de estos últimos a las magistraturas y sacerdocios, aunque el
primer Pontifex Maximus plebeyo tuvo que esperar más de un siglo.
ORIGEN
FUNDACIÓN DE ROMA HASTA EL REYNADO DE JUSTINIANO : CUATRO PERIODOS.
De la fundación de Roma a la Ley de las XII Tablas (1 a 304 de Roma).- El Derecho Romano está en la
infancia, se compone de costumbres antiguas de los pueblos itálicos que fundaron la nueva ciudad.
De la Ley de las XII Tablas al fin de la República (304 a 723 de Roma).- El Derecho Romano se desarrolla
gracias a la interpretación de los pontífices y de los jurisconsultos, adquiere el carácter de derecho nacional.
Del advenimiento del Imperio a la muerte de Alejandro Severo (723 a 988 de Roma, ó 235 de la Era
Cristiana).- Es el apogeo del Derecho Romano, llega a alcanzar su más alto grado de perfección
De la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano (225 a 565 de la Era Cristiana).- Señalado
sobre todo por los trabajos de codificación.
4. Se manifiesta que se da por varias razones que citaremos
1-POR SU HISTORIA: nuestro derecho actual tiene como origen la costumbre y el mismo Derecho
Romano ejemplo las obligaciones del 1308c.c.
2-POR SER ESTUDIADO COMO UN MODELO: por sus aplicaciones, interpretaciones jurídicas que
ofrecen a los principiantes en derecho, por la actitud especial facilita el estudio de legislaciones modernas
por ello se les llama los gigantes del Derecho.
3- POR SER UN PODEROSO AUXILIAR: por que constituye el fondo de las principales legislaciones
europeas, españolas estos le solicitaron leyes a Roma, a si como el Derecho Canónico en Italia, por lo que
el código civil de 1865 es de inspiración Romana.
4-POR SER INDISPENSABLE: para poder comprender la historia y la literatura Romana. La practica
del derecho Romano efecto de su inclinación natural, su sistema de organización judicial, lenguaje de los
historiadores .
GENERALIDADES
En el derecho romano se tenían cuatro acepciones para la familia: agnaticia, cognaticia, gentilicia y por
afinidad.
La familia romana era legalmente tan fuerte que ciertas cuestiones que hoy se tratan en los juzgados o en
los templos, entonces se trataban en casa, bajo el mando del cabeza de familia. La familia era realmente la
célula básica de la sociedad romana.
El pater familias era el hombre romano que no dependía de nadie (sui iuris) y de quien dependían los
demás (alieni iuris). No importaba que estuviese soltero o casado, ni su edad. La mujer nunca podía ser
cabeza de familia.
5. La patria potestas de un cabeza de familia romano le permitía disponer de la vida
de cualquier miembro familiar, darle muerte e incluso venderle. Podía también
abandonar legalmente a un hijo nacido de su mujer o reconocerlo. Podía incluso prohijar hijos de otros, así
como concertar casamientos de los hijos. Realmente, es él quien forma la familia romana.
Como jefe de familia es también el sacerdote de la religión familiar y el juez en los conflictos entre
familiares, pero para esto último tiene que contar con el asesoramiento de un consejo familiar.
Para enteder lo anterior, hay que tener en cuenta que el parentesco natural, fundado en la descendencia
física de la mujer, y que los romanos llamaban cognatio, carecía de valor civil, en tanto el parentesco civil,
fundado en el reconocimiento por parte del hombre de su descendencia o en la adopción como hijos de
descendencia ajena, y a lo que los romanos llamaban agnatio, era el único parentesco legalmente válido.
La adoptio era el acto de adoptar a alquien. Pero, si ese alguien era cabeza de familia, se adopta a toda su
familia y el patrimonio pasa al adoptante. En este segundo caso se llama arrogatio. Teniendo en cuenta que
la autoridad paterna también se llama manus, la emancipatio o 'emancipación' consiste en liberar a un hijo
de la potestad paterna o hacerlo pasar a la potestad de otro.
Por la adoptio un hijo extraño pasa a igualarse civilmente al hijo de legítimo matrimonio. Por eso los
romanos daban más importancia a la decisión legitimante del pater familias (agnatio) que al hecho físico
del parentesco natural (cognatio).
Algunos principios de Derecho Romano: los derechos fundamentales del ciudadano.
El ciudadano romano en óptima situación jurídica –ciuis optimo iure- gozaba en el orden privado, entre
otros, de los siguientes derechos:
- Ius connubii: derecho a contraer matrimonio legal.
- Ius commercii: derecho a poseer bienes, comprar, vender, etc.
- Testamentifactio: capacidad de hacer testamento y ser testigo o beneficiario.
En el orden público disfrutaba de:
- Ius suffragii: derecho a votar en las asambleas.
- Ius honorum: derecho a ser elegido para cargos públicos.
- Ius prouocationis: derecho a apelar a la asamblea del pueblo contra la sentencia de un
magistrado.
En un principio sólo podían ser ciudadanos romanos los que habitaban en el territorio urbano. En el siglo I
a.C. se extendió la ciudadanía romana a toda Italia. Ya en el siglo II d.C., el emperador Caracalla nombró
ciudadanos a todos los habitantes del Imperio.
6. Los únicos sujetos de derecho con toda plenitud y extensión eran los que reunían
estas condiciones: ser libre, ciudadano romano y no estar sujeto a ninguna otra
autoridad familiar. Así, los paterfamilias son los únicos romanos con plenitud de derechos, cosa que no
ocurría con sus hijos, aunque hubieran llegado a la mayoría de edad, mientras viviera el padre, de cuya
autoridad dependían.
La mujer romana no gozaba del ius suffragii ni del ius honorum.
La situación jurídica de los esclavos fue variando a través de la historia de Roma. En época primitiva eran
escasos y su situación era parecida a la de los hombres libres trabajadores. Sin embargo, en los primeros
tiempos de la República comienza la cosificación del esclavo (en la Lex Aquila –siglo III a.C.-, las lesiones
a un esclavo eran considerados como daños en las cosas), cuando van surgiendo las grandes explotaciones
agrícolas, el auge de las manufacturas y la minería. El esclavo es la fuerza del trabajo, y carece de
derechos.
En época imperial, con la aparición del ideal de humanitas y del cristianismo, las condiciones de vida del
esclavo se suavizaron y mejoraron. Aunque no tenía personalidad jurídica, podía realizar negocios, pero
todo lo que adquiriera pasaba a ser patrimonio de su dueño. Podía disponer de alguna pequeña cantidad de
bienes (peculium) en disfrute, pero no en propiedad. No tenía derecho al matrimonio legal, pero la unión
entre esclavos (contubernium) era de carácter estable y monogámica
ETAPAS DE LA HISTORIA
El derecho romano es el conjunto de disposiciones jurídicas que rigieron a la comunidad Romana desde su
fundación hasta la muerte del emperador Justiniano. Las características más importantes del derecho
romano que lo hacen parecer autónomo e inconfundible son: -separa el derecho de la religión -la presencia
de un sistema unitario que se encarga de regular las conductas sociales. -constante y en transformación, la
cual hace que el sistema jurídico se vaya adaptando a las situaciones actuales. Los conceptos del derecho
romano por mencionar algunos pueden ser:
-derecho objetivo: es el conjunto de normas que regulan las relaciones de una sociedad. También definido
por Celso como ars boni et aequi, que es el arte de hacer lo bueno y de lo equitativo.
- derecho subjetivo: es la facultad que tenemos como personas para exigir a otra la manera de
comportarse.
La historia sobre la fundación de roma nos narra que el héroe Eneas huyó hacia las ruinas de Troya, allí se
casó con la princesa del Lacio, con ella procreo un hijo llamado Ascanio, este fundo Alba Longa. Los
descendientes de Ascanio, Amulio y Numitor se vieron envueltos en un problema ya que el rey en ese
entonces era Numitor, pero Amulio lo destrono matando a sus hijos y condenando a su hija, como
sacerdotisa de Vesta. Por suerte intervino el Dios Marte ayudando a la sacerdotisa a procrear dos gemelos
Rómulo y Remo que fueron abandonados en el tiber por órdenes de su tío Amulio. Una loba los cuido y
tiempo después fueron educados por un pastor quien les conto su historia, estos se dispusieron a destronar
al usurpador y reponer a su abuelo Numitor al trono. Después de largo tiempo ellos se retiraron y formaron
su propia ciudad, Roma el 21 de abril del año 753 a. de J. C.
MONARQUÍA
El rey Rómulo estableció la propiedad y el senado.El sistema económico de esta sociedad se caracterizaba
por estar basada en la propiedad privada y la agricultura, la sociedad monárquica estaba formada por
7. algunos elementos sociales como la gens, formada por los patricios los únicos
miembros del senado quienes tenían su propia organización y practicaban su
propia religión.La familia (domus) donde el pater familia era el único propietario y juez dentro de su
domus. La clientela eran personas que se apegaron a Roma para que esta les brinde tutela y protección.
REPÚBLICA
La República es la fase iniciada en el año 510 a.C. basada en la transformación del sistema político de los
romanos, debido a sus necesidades económicas y políticas. En su organización política el rey fue
reemplazado por magistraturas ordinarias y extraordinarias, que permitían a los magistrados formular
nuevas leyes basadas en la justicia y la equidad. En su economía los romanos dejaron de ser un pueblo
agrícola y se convirtieron en un pueblo de economía mercantilista, el cual acuño al estado la primara
moneda circulante as libralis, moneda de cobre de 327 a 272
gramos. La riqueza del pueblo romano se encontraba básicamente en la propiedad inmueble. La
organización social se basa o reconoce el pacto entre patricios y la plebe, de reconocer la institución del
tribunado y de los consilia plebis que evitaría las arbitrariedades de los patricios. La ley Hortensia consuma
la fusión de la plebe con el patriciado donde surgen tres clases; la de los senadores, los caballeros y los
simples ciudadanos. La ley de las XII tablas fue un suspiro de relajamiento para los romanos plebeyos ya
que ellos exigieron que el derecho se fijara por escrito, los decemviri (todos los patricios) codificaron en
diez tablas los puntos esenciales. Tablas I-III.- derecho procesal, tabla IV.- derecho familiar, tabla V.-
derecho sucesorio, tabla VI.- derecho de cosas, tabla VII.- derecho agrario, tabla VIII.- derecho penal, tabla
IX.- derecho público, tabla X.- derecho sacro.
IMPERIO
El imperiocomprende del año 27 A. de C.hasta la muerte de Justiniano. El pretor denomino en el ámbito
religioso era la persona que daba consejos casaba y divorciaba personas. El príncipe fue adquiriendo las
funciones administrativas y legislativas. Con esto las magistraturas pierden autoridad sobre el pueblo.
Gracias a la conquista el imperio romano trasladaba la riqueza y coordinaba le economía de diferentes
provincias, esto trajo como consecuencia el abandono del campo, Roma adopto la economía de panem et
circenses para tener contenta a su población de infima clase económica. En la su organización social la
población disminuye y la riqueza aumenta, a partir del siglo III cambia el panorama ya que el ejército tiene
ingerencia política, para mejorar la situación se incorpora a los habitantes del imperio a la ciudadanía, la
situación empeoraba pero gracias a las reformas absolutistas de Dioclesiano y Constantino se superó la
crisis.
En el imperio encontramos fuentes del derecho entendiendo por esto que es de donde emana algo. Ley es
todo lo que el pueblo crea y respeta. Senadoconsultos es lo que el senado ordena y establece.
LAS FUENTES QUE ORIGINAN O DAN NACIMIENTO AL DERECHO ROMANO SON:
• La Costumbre: Mucho antes de que se creasen las ciudades romanas e incluso las normas y leyes
escritas, la sociedad primitiva de roma se regía por reglas consuetudinarias que se creaban en base a
necesidades sociales y así éstas por ser constantes y respetadas por todos los individuos, dieron origen al
derecho romano. El Derecho quiritario es un ejemplo de esta teoría, y también indica que la costumbre
rigió Roma durante mucho tiempo.
8. • Doctrina: Se trataba del conjunto de opiniones de juristas y estudiosos del
derecho que fijaban sentido a las leyes y normas del derecho romano. Tenía mucha importancia ya que la
autoridad de los estudiosos le daba una legitimación a esta fuente de derecho.
• Jurisprudencia: Según Ulpiano es “el conocimiento de las cosas divinas y humanas de la ciencia de lo
justo o injusto”
• Ley: Se puede decir o afirmar que esta era la fuente principal del derecho romano, y se entiende por ella a
toda norma que regula las relaciones de los individuos entre sí, que emanan de una autoridad legislativa
valida y con siempre aplicables.
• Derecho Consuetudinario romano: Tiene como fuente la costumbre (cuando se convierte en escrito).
Antes del Ius scriptum los romanos se regían a propia voluntad por normas no escritas y por ello tenían un
carácter de obligatoria.
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL DERECHO ROMANO
1. Simplicidad de sus disposiciones.
2. Consuetudinario.
3. Busca el sentido común.
4. Exclusivista en los primeros siglos y aplicado a los ciudadanos romanos.
5. Extremadamente formalista y comercial durante la llamado derecho antiguo.
6. Durante el imperiun se toma en cuenta la equidad con la intención de las partes al celebrar los
contratos perdiendo la ley exclusivista
CARACTERÍSTICAS DEL IUS Y FAS
Ius: Es equivalente al vocablo "derecho" es un conjunto de normas creadas por el hombre, las cuales son
imperfectas mutables y representan el orden en el campo humano. Es el derecho objetivo la conducta que
se adecua a la ley (lo licito).
Fas: Es el conjunto de normas creadas por los Dioses las cuales son perfectas e inmutables y representan el
Orden en el mundo de las divinidades. Se entiende que era lo permitido por la divinidad un derecho
sagrado.
Preceptos fundamentales del Derecho Romano
Los tres preceptos fundamentales del Derecho según Ulpiano son:
HONESTE VIVERE: Vivir honestamente
Disposiciones como impedimentos matrimoniales, las permanentes referencias a la buena fe, el juramento,
la veracidad de los dichos del testigo; la incidencia de virtudes cuya violación producía efectos ciertamente
jurídicos evidencia la incidencia del "vivir honestamente" como principio fundamental del derecho. Estos
preceptos son de un contenido moral.
9. El IUS sirve para garantizar la pública honestidad y las buenas costumbres y quien
las viole, será pasible de la sanción jurídica por ser su proceder contrario al
honestae vivere.
SUUM CUIQUE TRIBUERE: Dar a cada quien los suyo.
Quien hace lo que las leyes mandan, cumple con el dar a cada uno lo suyo.
La intención de la justicia no se agota en el respeto a los derechos de otro sino primordialmente a medir las
prerrogativas que a cada cual correspondan, con el objeto de asegurarle de manera efectiva la parte que le
es correspondida, la que ha de mantenerse en el justo límite que evite lo excesivo.
ALTERUM NON LAEDEREC: No perjudicar a otro.
Quien se abstiene de la conducta prohibida por las leyes, obedece al precepto de no hacer daño a nadie.
El derecho ha de contemplar la protección contra los daños en la persona y los bienes, otorgando los
medios que conduzcan primariamente a evitarlos y, producido, a resarcirlos.
Breve clasificación del Derecho Romano
OTRAS CLASIFICACIONES:
IUS SCRIPTUM
IUS NON SCRIPTUM
IUS COMMUNE
IUS SINGULARES
IUS PUBLICUM: Atinente a la organización de la república, es el que regula el funcionamiento del
Estado y también a sus relaciones con los particulares.
IUS PRIVATUM: Atinente a las relaciones que se dan entre los particulares.
IUS CIVILE: Derecho de la ciudad, Derecho exclusivo de los ciudadanos romanos.
IUS GENTIUM: Derecho común a todos los demás pueblos diferentes a Roma y que se aplicaban a los
peregrinos entre sí y entre sus relaciones con los ciudadanos romanos.
IUS NATURALE: Aquel derecho propio de la naturaleza humana, se inspira en el alma humana y
constituye hoy en día la corriente filosófica denominada Derecho natural.
10. IUS SCRIPTUM: Aquella norma dictada por la autoridad que tiene competencia
para ello, o sea, facultad para dictar leyes.
IUS NON SCRIPTUM: Es la costumbre, Consuetudo, que da origen al Derecho Consuetudinario.
IUS COMMUNE: Es la ley, la norma obligatoria para todos.
IUS SINGULARE: Constituye la secesión al Derecho común, en el Derecho romanos había sectores de la
población que estaban regulados por este derecho.
CLASIFICACIÓN
En el derecho romano se tenían cuatro acepciones para la familia.
Familia agnaticia
Se entendía por familia agnaticia al conjunto de personas bajo la misma potestad doméstica, o que lo
estarían si el común pater no hubiese muerto, por línea de varón (hasta el sexto grado). Así, por ejemplo
forman parte de la familia agnaticia de un individuo bajo la potestad de su abuelo (avus): su padre (pater),
su tío paterno (patruus), su hermano (frates), su hijo (filius) y su primer hijo de su tío paterno (frater
patruelis o patruelis) así como el hijo de éste (nepos ex patruelis) o su propio nieto (nepos), así mismo
todos los varones adoptados por el pater familias. La muerte del ascendiente no implica la disolución del
vínculo hasta el sexto grado.
Familia cognaticia
Se entendía por familia cognaticia al parentesco por consanguinidad natural. Es decir, las personas
vinculadas por la procreación y el nacimiento.
Se compone de un tronco común y dos líneas:
Línea recta: Aquellos que descienden unos de otros. Puede ser ascendente o descendente. Por
ejemplo: padre, hijo, nieto, bisnieto, etc.
Línea colateral: Aquellos que no descienden unos de otros pero tienen un tronco común. Por
ejemplo: hermanos.
En el ejemplo expuesto en el anterior punto, formarían parte de la familia cognaticia del individuo señalado
todos los anteriores señalados además de la abuela (avia), la madre (mater), la hija (filia), la hermana
11. (soror), la tía paterna (amita), el tío materno (avunculus), la tía materna
(matertera), la hija del tío paterno (soror patruelis), el hijo y la hija de la tía
paterna (amitinus y amitina), el hijo y la hija del tío materno (matruelis), el hijo y la hija de la tía materna
(consobrinus y consobrina), y sus descendientes.
Familia gentilicia
Se entendía por familia gentilicia el conjunto de personas que tenían en común la misma base que la
familia agnaticia, es decir, la gens. Sin embargo, se consideran grados más lejanos, con la condición de que
los involucrados se sientan parientes.
Familia por afinidad
Se entendía por familia por afinidad aquella compuesta por uno de los cónyuges y los agnados o cognados
del otro.
Para contar los grados, se cuenta como si un cónyuge ocupara el lugar del otro en su familia.
CONCLUSION
Concluyo mi ensayo con que el derecho romano es fundamental para todos los estudiantes de derecho,
muchas veces nos hemos preguntado porque se estudia derecho romano si ya no es vigente en la actualidad.
El derecho romano se estudia para saber los antecedentes del mismo y para que nosotros vayamos
adquiriendo nuevos conocimientos y poder llevarlos a la práctica en la actualidad ya que el derecho romano
fue o es fundamental para el derecho actual.
pueblo práctico por excelencia, los romanos regularon toda la actividad pública y privada, construyendo un
sistema legal, que ha pervivido durante 2000 años y es una de sus principales aportaciones a la civilización
mundial.
La historia del derecho romano junto con sus etapas, como la fundación de roma, la monarquía, republica,
e imperio son de mucha utilidad para nosotros como estudiantes porque vamos aprendiendo un poco de la
verdadera historia y de cómo nuestros antepasados practicaban el derecho y cuáles eran sus métodos para
una buena convivencia social.
Todo el conocimiento adquirido durante las clases de derecho romano es indispensable para el futuro
licenciado ya que es importante que reconozcamos e identifiquemos su inserción en el campo laboral ya
que nos brinda fundamentos teóricos y herramientas de trabajo que nos facilitan la práctica de lo aprendido
El Derecho Romano, es una materia fundamental para la formación del jurista moderno, ya que trae las
sabias enseñanzas del Derecho de la Roma clásica; es el Derecho que fundamenta la legislación civil de
12. gran parte de Europa y todo América Latina.
Este Derecho aunque ya no se encuentra vigente, se sigue invocando en los
tribunales, sobre todo cuando el Derecho Positivo tiene lagunas y cuando se requiere reforzar el articulado
del Código Civil con las doctrinas de Ulpiano, Paulo, Modestino y demás jurisconsultos, para que nos sea
dictada sentencia favorable.
Los romanos elaboraron su derecho con gran sencillez, resolviendo los problemas que se les presentaban,
con la mayor simplicidad, no generalizaron ni intentaron formular teorías generales o hipótesis, rehuían a
las definiciones, aunque en algunos casos las hayan hecho y con gran concisión.
Por su duración y extensión, el Derecho Romano recoge y refleja en su evolución grandes y profundas
crisis que han cambiado el curso de la historia antigua, el Derecho Romano es la conciencia del Derecho.
El estudio del Derecho Romano es importante por ser antecedente de nuestro Derecho Civil. Su estudio
acostumbra a la mente a ir adquiriendo un sentido jurídico que nos ayudará a resolver los problemas que
posteriormente se nos presenten en la vida profesional.
El Derecho Romano estructura a todo el Derecho Civil hispano-americano y a gran parte del europeo.
Bibliografía
Mainar Bernad Rafael (2006) CURSO DE DERECHO ROMANO .Universidad Católica Andrés Bello
Caracas Venezuela
Betancourt Fernando (1995) DERECHO ROMANO CLASICO. UNIVERSIDAD SEVILLA 3ERA
EDICION ESPAÑA