PRINCIPIOS
JURÍDICOS
PRINCIPIOS JURÍDICOS
REALIDAD INCORPORACIÓN
DE LA VARIABLE
AMBIENTAL
NIVEL DE ACCION
MÁS ADECUADO
El derecho
ambiental solo
puede tener
eficacia en los
ámbitos local,
regional, nacional e
internacional, si
previamente se ha
realizado un
minucioso análisis
de la realidad
ambiental
Incorporar la materia
ambiental en las
decisiones y en la
globalidad de actos
que el estado adopte
a través de acciones
directas
Todas las
actuaciones
repercuten en mayor
o menor medida en
el entorno, por lo
tanto las acciones
ambientales deben
ser coordinadas
desde el nivel local
al internacional.
TRATAMIENTO DE
CAUSAS Y DE
SINTOMAS
UNIDAD DE GESTIÓN ASPECTOS
COLECTIVOS E
INDIVIDUALES
Prioritario tratar las
causas (origen) de los
diferentes daños
ambientales, pero
también los síntomas
de éstos, tender
solamente a los
síntomas puede hacer
que la protección del
ambiente se vuelva
complicada y hasta
negativa
El éxito de una buena
política ambiental se
vertebra dentro de la
unidad de gestión, por la
particularidad sistémica
que caracteriza a la
materia ambiental
En el Derecho ambiental
convergen intereses
públicos, privados y
colectivos, con normas
de derecho
administrativo, penal,
procesal, pero también
del derecho civil y
mercantil, este principio
vuelca su efectividad al
servicio de la regulación
de los diferentes
elementos y procesos
naturales, que
componen el ambiente
natural y humano
PRECAUCIÓN PREVENCIÓN CONSERVACIÓN DE
LAS CONDICIONES
NATURALES
Principio de la
evitación prudente,
medidas efectivas
contra la degradación
Conjunto de acciones
previas para frenar o
evadir conductas
agresivas para el medio
Donde se conjugan dos
aspectos primordiales:
la preservación del
entramado de
estructuras orgánicas y
la protección de los
hábitats, el primero con
medidas legislativas y
de planificación, en el
segundo, afectado en
muchas regiones del
mundo por la pobreza,
dada la
sobreexplotación y/o
escasez de recursos
naturales.
ANALOGÍA REDUCCIÓN CONDICIONAMIENT
O DE LAS LEYES
NATURALES
Aplicación de
normas a
situaciones
similares no
previstas, pero a
las cuales es
posible adaptar
disposiciones para
su solución.
Fomentar actitudes
menos consumistas,
y menos agresivas
en el uso y
explotación de los
recursos naturales,
para regular el
progresivo
desequilibrio de la
capacidad de carga
de los ecosistemas, y
la recuperación
cíclica de los
recursos.
En todos los casos,
la disposición jurídica
ambiental
indispensablemente
debe adaptarse a las
características
ecológicas de cada
región.
USO MAS CONVENIENTE ACCIÓN SOSTENIBLE MANTENIMIENTO DEL
CAPITAL NATURAL
Enlaza con los principios: principio de
regulación jurídica integral, a través del
uso o destino más apropiado;
conservación de las condiciones
ambientales, selección del uso más
conveniente del recurso; prevención,
evitando situaciones tales de
explotación, con consecuencias como
recuperación de recurso muy costosa,
o ya no se pueda aprovechar el
recurso;
Necesidad de utilizar de
manera equilibrada los
recursos naturales
Enlaza con el principio
de acción sostenible,
porque la ley ambiental
es la encargada de
encauzar conductas, y a
efecto mantener o
tender al mantenimiento
del capital natural.
TRANSPERZONALIZA
CIÓN DE LAS
NORMAS
AMBIENTALES
Conjuga el Derecho
ambiental como derecho
del ser humano y del
ambiente.
CONCIENCIAAMBIENTAL
• Conciencia Ambiental significa conocer nuestro entorno
para cuidarlo y que nuestros hijos también puedan
disfrutarlo.
• La conciencia ambiental es algo que todos nosotros
debemos asumir, para evitar seguir dañando a nuestro
planeta. Se trata de asumir de una buena vez por todas,
que si no lo cuidamos nosotros, nadie más lo hará. Pero
debemos tener una cosa bien en claro, todos, de alguna
forma u otra contaminamos el Medio Ambiente.
CONCIENCIA AMBIENTAL
Entonces conciencia ambiental es el cuidar la naturaleza,
el ambiente, el entorno, antelando a la ejecución de
nuestras acciones una reflexión de cuánto daño o
contaminación provoca el ejecutar tal o cual acción, y al
evitarlo, mitigar los daños al ambiente y la naturaleza.
«San Francisco: aunque fuera el ser humano el vértice de
la Creación, esto no significa que los demás seres
estuvieran a su disposición uso y disfrute»
Principios Jurìdicos

Principios Jurìdicos

  • 1.
  • 2.
    PRINCIPIOS JURÍDICOS REALIDAD INCORPORACIÓN DELA VARIABLE AMBIENTAL NIVEL DE ACCION MÁS ADECUADO El derecho ambiental solo puede tener eficacia en los ámbitos local, regional, nacional e internacional, si previamente se ha realizado un minucioso análisis de la realidad ambiental Incorporar la materia ambiental en las decisiones y en la globalidad de actos que el estado adopte a través de acciones directas Todas las actuaciones repercuten en mayor o menor medida en el entorno, por lo tanto las acciones ambientales deben ser coordinadas desde el nivel local al internacional.
  • 3.
    TRATAMIENTO DE CAUSAS YDE SINTOMAS UNIDAD DE GESTIÓN ASPECTOS COLECTIVOS E INDIVIDUALES Prioritario tratar las causas (origen) de los diferentes daños ambientales, pero también los síntomas de éstos, tender solamente a los síntomas puede hacer que la protección del ambiente se vuelva complicada y hasta negativa El éxito de una buena política ambiental se vertebra dentro de la unidad de gestión, por la particularidad sistémica que caracteriza a la materia ambiental En el Derecho ambiental convergen intereses públicos, privados y colectivos, con normas de derecho administrativo, penal, procesal, pero también del derecho civil y mercantil, este principio vuelca su efectividad al servicio de la regulación de los diferentes elementos y procesos naturales, que componen el ambiente natural y humano
  • 4.
    PRECAUCIÓN PREVENCIÓN CONSERVACIÓNDE LAS CONDICIONES NATURALES Principio de la evitación prudente, medidas efectivas contra la degradación Conjunto de acciones previas para frenar o evadir conductas agresivas para el medio Donde se conjugan dos aspectos primordiales: la preservación del entramado de estructuras orgánicas y la protección de los hábitats, el primero con medidas legislativas y de planificación, en el segundo, afectado en muchas regiones del mundo por la pobreza, dada la sobreexplotación y/o escasez de recursos naturales.
  • 5.
    ANALOGÍA REDUCCIÓN CONDICIONAMIENT ODE LAS LEYES NATURALES Aplicación de normas a situaciones similares no previstas, pero a las cuales es posible adaptar disposiciones para su solución. Fomentar actitudes menos consumistas, y menos agresivas en el uso y explotación de los recursos naturales, para regular el progresivo desequilibrio de la capacidad de carga de los ecosistemas, y la recuperación cíclica de los recursos. En todos los casos, la disposición jurídica ambiental indispensablemente debe adaptarse a las características ecológicas de cada región.
  • 6.
    USO MAS CONVENIENTEACCIÓN SOSTENIBLE MANTENIMIENTO DEL CAPITAL NATURAL Enlaza con los principios: principio de regulación jurídica integral, a través del uso o destino más apropiado; conservación de las condiciones ambientales, selección del uso más conveniente del recurso; prevención, evitando situaciones tales de explotación, con consecuencias como recuperación de recurso muy costosa, o ya no se pueda aprovechar el recurso; Necesidad de utilizar de manera equilibrada los recursos naturales Enlaza con el principio de acción sostenible, porque la ley ambiental es la encargada de encauzar conductas, y a efecto mantener o tender al mantenimiento del capital natural. TRANSPERZONALIZA CIÓN DE LAS NORMAS AMBIENTALES Conjuga el Derecho ambiental como derecho del ser humano y del ambiente.
  • 7.
    CONCIENCIAAMBIENTAL • Conciencia Ambientalsignifica conocer nuestro entorno para cuidarlo y que nuestros hijos también puedan disfrutarlo. • La conciencia ambiental es algo que todos nosotros debemos asumir, para evitar seguir dañando a nuestro planeta. Se trata de asumir de una buena vez por todas, que si no lo cuidamos nosotros, nadie más lo hará. Pero debemos tener una cosa bien en claro, todos, de alguna forma u otra contaminamos el Medio Ambiente.
  • 8.
    CONCIENCIA AMBIENTAL Entonces concienciaambiental es el cuidar la naturaleza, el ambiente, el entorno, antelando a la ejecución de nuestras acciones una reflexión de cuánto daño o contaminación provoca el ejecutar tal o cual acción, y al evitarlo, mitigar los daños al ambiente y la naturaleza. «San Francisco: aunque fuera el ser humano el vértice de la Creación, esto no significa que los demás seres estuvieran a su disposición uso y disfrute»