Este documento clasifica las cosas en el derecho romano y describe los conceptos de propiedad. Resume lo siguiente:
1. El derecho romano clasificó las cosas en res divini iuris, consagradas a los dioses, y res humani iuris, regidas por el derecho humano.
2. La propiedad en derecho romano era un derecho absoluto, perpetuo, exclusivo e inmune que se protegía mediante la acción real de revindicatio.
3. La propiedad podía extinguirse de forma material, legal o por estado natural.
El Derecho romano: Régimen de las personas, las Cosas y las Acciones.leonardoreyestarita
El presente trabajo sobre Derecho Romano, abarca los Regimenes de la persona, las Cosas y las Acciones que regierón a Roma en la época antigua. Desde sus inicios hasta la decadencia y extinción del imperio.
Paralelamente se hace una comparación con el derecho civil colombiano teniendo en cuenta los estatutos que se heredaron de Roma y que se encuentran vigentes en nuestro ordenamiento jurídico.
El Derecho romano: Régimen de las personas, las Cosas y las Acciones.leonardoreyestarita
El presente trabajo sobre Derecho Romano, abarca los Regimenes de la persona, las Cosas y las Acciones que regierón a Roma en la época antigua. Desde sus inicios hasta la decadencia y extinción del imperio.
Paralelamente se hace una comparación con el derecho civil colombiano teniendo en cuenta los estatutos que se heredaron de Roma y que se encuentran vigentes en nuestro ordenamiento jurídico.
Esposiciòn en la UPLA en el curso de Bases Romanistas del derecho civil basado en la monografia http://www.scribd.com/doc/26559832/La-Propiedad-y-La-Posesion-en-El-Derecho-Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
Exposiciòn en la UPLA 2010, basada en la monografia http://www.scribd.com/doc/26559832/La-Propiedad-y-La-Posesion-en-El-Derecho-Romano
Curso Bases Romanistas del Derecho Civil.
Mapas mentales de la materia de Derecho Romano de la carrera de Derecho de la UMSA. Dr. Remi Camacho
2012
Elaborado por Marisol Murillo Velásquez
Bolivia
INTRODUCCIÓN
En general pueden ser objeto de relaciones jurídicas tanto los actos de los hombres como los bienes. Los bienes directa o indirectamente son objeto del derecho, nos encontramos frente a los derechos reales. Los bienes son base de las relaciones sociales que regula el derecho. Claro que tampoco se trata de cualquier bien, sino solo de aquellos a los que el derecho les concede naturaleza real (propiedad, usufructo, etc.); los otros, los actos del hombre, pertenecen al campo creditual (arrendamiento, opción, retracto).
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
2. RES COSA
Todo objeto Las cosas Las cosas reportan
susceptible de valor forman parte del un beneficio a su
titular
económico. patrimonio
Se denominan
bienes
3. Da la primera
GAYO clasificación
LAS INTITUTAS
Luego fue acogida por
el derecho Justinianeo.
Res intra patrimonium
Res in commercio
Res extra patrimonium Res extra commercium
4. Posteriormente se acepto la
clasificación de las cosas:
EN:
Res Humani Iuris
Res Divini Iuris
Son las cosas regidas
Son las cosas por el derecho humano.
consagradas a los Dioses Pueden ser publicas o
y regidas por el derecho privadas.
religioso.
Las cosas publicas Se
Se divide en: dividen en:
1.Res sacrae
2. Res religiosae 1.Res communes ómnium.
3. Res sanctae 2. Res publicae
3. Res universitatis.
5. LAS COSAS PRIVADAS SE DIVIDEN EN :
Res Mancipi y Res Nec
Mancipi. Cosas divisibles y cosas
indivisibles.
Cosas Corpóreas y cosas
incorpóreas.
Cosas simples y Cosas
compuestas
Cosas Muebles y cosas
inmuebles.
Cosas principales y cosas
accesorias
Cosas consumibles y cosas
no consumibles.
Res nullius (cosas de
Cosas fungibles y no fungibles. ninguno) y Res derelictae
7. En el Derecho romano se conocieron
diversos conceptos de propiedad :
A)Propiedad Quiritaria.
E) Propiedad Peregrina
B) Propiedad Bonitaria.
F) Propiedad Provincial.
C) Propiedad Plena.
G) Copropiedad.
D)Nuda Propiedad.
8. LA PROPIEDAD SE EXTINGE DE
TRES MANAERAS:
En forma material y
absoluta.
En forma legal o civil
Por estado natural
LA PROPIEDAD SE La acción real
PROTEGE MEDIANTE: Revindicatio