GOBIERNO ESCOLAR
Escuela, Convivencia y Democracia
La democracia como forma de vida apunta a construir formas y relaciones de ciudadanías
participativas e incluyentes, en nuestra Institución es un espacio de socialización, de
formación de cultura y comportamientos ciudadanos democráticos; la convivencia se
constituye en uno de los saberes que deben ser aprendidos y practicados en la escena de
la cotidianidad escolar y ciudadana.
Nuestra Institución Educativa cumple diversas funciones, es trasmisora de saberes,
conocimientos, formadora y habilitadora de competencias. Uno de los grandes retos y
compromisos de nuestra Institución es la formación en la integralidad democrática, de allí
la pertinencia y la urgencia de una Institución educativa que comparta y trasmita valores y
principios democráticos y convivientes a quienes conforman y participan de la comunidad
educativa.
Entonces nuestra Institución debe ser epicentro de lo diverso y lo diferente, allí se
manifiesta y se presenta el ejercicio de la pluralidad y las libertades las cuales deben
estar por encima de los sesgos ideológicos en cualquiera de sus acepciones, nuestra
institución para ser foro de la democracia y formadora de ciudadanía debe procurar ser
una Institución abierta, propositiva, crítica y presta a mantener una apertura permanente a
la reflexión y al pensamiento en todas sus manifestaciones.
Los problemas y las situaciones de crisis que están presentes en la vida democrática
invitan a que la institución participe de forma activa, informada e interpretativa de los
distintos eventos que se presentan tanto en su jurisdicción como en el mundo social.
Por esto el Gobierno Escolar es una forma de organización que promueve la participación
de los estudiantes, padres de familia, personal de servicios, administrativos, directivos,
docentes, ex alumnos (as) y representantes de los medios productivos, en las diferentes
actividades de la Institución. Es una herramienta democrática, cívica, política y eficaz en
la formación de los futuros ciudadanos.
La Institución Educativa establece un reglamento electoral, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política y en armonía con lo dispuesto en los
incisos 2º y 3º del artículo 142, de la Ley 115 de 1994, para desarrollar y ejecutar el
verdadero sentido de la democracia participativa, vivenciar prácticas de pluralismo
ideológico y tolerancia, toma de decisiones, autocrítica y autorregulación del
comportamiento social y académico, en la práctica de sus derechos y deberes.
CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR.
De conformidad con lo dispuesto en la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, La
Institución Educativa Teresa Camacho de Suarez, establece el gobierno escolar integrado
por los siguientes órganos:
• El Rector (a)
• El Consejo Directivo
• El Consejo Académico
• El Consejo de Padres de Familia
• El Consejo Estudiantil
• El Personero Estudiantil
• Contralor estudiantil.
En el Gobierno Escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, docentes,
directivos y Padres de Familia, en aspectos tales como la adopción y verificación del
Reglamento o Manual de Convivencia, organización de actividades sociales, deportivas,
culturales, artísticas, comunitarias, grupos juveniles y otras acciones de participación
democrática en la vida escolar.
Objetivos Del gobierno escolar
Garantizar la participación democrática de todos los estamentos de la Comunidad
Educativa, según lo dispone el Art. 142 de la Ley 115 de 1994.
Desarrollar y ejercitar el verdadero sentido de la democracia participativa.
Vivenciar prácticas de pluralismo ideológico, tolerancia, diálogo y concertación para
Fortalecer una cultura de participación en torno a propósitos comunes. Funciones Del
Gobierno Escolar.
De acuerdo con el Decreto 1860 de 1994, el Gobierno Escolar tiene las siguientes
funciones:
Participar en la organización del plantel, dinamizando el P.E.I.
Promover y fortalecer la participación democrática de todos los estudiantes.
Hacer pública la capacidad de liderazgo, voluntad de servicio y cooperación en función
del bienestar institucional.
Apoyar la labor formativa de directivos y docentes.
Presentar a la Comunidad Escolar, “Proyectos de Gobierno” concretos y realizables,
acordes con la filosofía y el presente Reglamento o Manual de Convivencia.
Utilizar la vía del diálogo y concertación, ante cualquier tipo de problema individual, grupal
o institucional.
Asumir con responsabilidad, madurez y seriedad las funciones propias del cargo asignado
o del comité que lidera.
Cumplir y hacer cumplir en todos sus aspectos el Reglamento o Manual de Convivencia
escolar.
Promover el proyecto de formación de líderes en las diversas instancias de participación
Constitución Del Gobierno Escolar:
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
• Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto los
que sean competencia de otra autoridad.
• Adoptar el Manual de Convivencia del Colegio.
• Asumir la defensa y garantía de los derechos y deberes de toda la comunidad
educativa.
• Servir de instancia para resolver, conflictos que se presenten entre docentes,
administrativos, con alumnos, después de haber agotado los procedimientos previstos en
este Manual de Convivencia.
• Participar en la planeación del P.E.I. del currículo del plan de estudios de
conformidad con la ley y los reglamentos de la institución
• Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución Educativa.
• Establecer estímulos y correctivos pedagógicos para el buen desempeño
académico y social de los alumnos.
• Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas a nivel local, Departamental y Nacional.
• Promover relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
Instituciones educativas y la conformaciónde organizaciones juveniles.
• Fomentar la conformación de asociaciones de carácter académico, científico y
cultural entre padres de familia, estudiantes y profesores.
• Estar actualizado en tendencias y técnicas modernas de la Educación y las
políticas educativas nacionales.
• Velar por la excelencia educativa del Colegio en todos los aspectos.
• Mantener informado al estamento el cual representa sobre las actividades del
Consejo Directivo.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO
• Servir de órgano del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del P.E.I.
• Estudiar el currículo y procurar su continuo mejoramiento, proponiendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el proceso previsto en el decreto 1860/94.
• Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
• Participar en la evaluación Institucional anual.
• Conformar las comisiones de Evaluación y Promoción.
• Diagnosticar periódicamente el desarrollo curricular de la Institución y proponer
criterios y mecanismos para desarrollar planes y programas.
• Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa.
• Velar por la calidad Educativa del colegio en todos sus aspectos.
• Las demás funciones afines y/o complementarios con las anteriores y que le
atribuya el proyecto educativo institucional.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES
• Organizar y desarrollar talleres, seminarios, conferencias que contribuyan a la
formación integral de la comunidad educativa.
• Velar por la buena imagen de la Institución.
• Promover actividades culturales y deportivas con los miembros de la Comunidad
Educativa.
• Asistir puntualmente a las reuniones.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
• Crear su propia organización.
• Elegir al representante de los estudiantes en el Consejo Directivo, asesorarlo y
animarlo para el cumplimiento de sus funciones.
• Invitar a sus reuniones a los estudiantes que presenten iniciativa sobre el
desarrollo de la vida estudiantil.
• Incentivar a sus compañeros en el cultivo de los valores y la sana amistad.
• Fomentar la integración, participación y compromisode los estudiantes.
• Colaborar en las actividades de beneficio del Colegio.
• Propiciar el diálogo, la tolerancia, respeto y disciplina.
• Comunicar a sus compañeros lo tratado en las reuniones del Consejo Estudiantil
en forma veraz.
• Liderar y proponer actividades en beneficio del curso que representa.
• Impulsar el estudio y asimilación del Manual de Convivencia.
FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL
• Promover el cumplimiento de los deberes estudiantes estipulados en el Manual de
Convivencia, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicacióninterna del colegio en
asocio con la Rectora, el Consejo Directivo y el Consejo Estudiantil.
• Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre
lesiones a sus derechos, que formule cualquier persona de la comunidad sobre el
cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes, en asocio con otros organismos
competentes.
• Recibir y tramitar ante la Rectoría las solicitudes de oficio, o a petición de parte
que considere necesario.
• Cuando lo considere necesario, solicitar la mediación del Consejo Directivo para
impugnar las decisiones del Rector (a)
• Velar para que los estudiantes sigan el conducto regular dentro de las solicitudes
y reclamos que formulen.
• Integrar el comité de conciliación y mediación de conflictos. FUNCIONES DEL
CONTRALOR ESTUDIANTIL.
Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado y buen uso del
manejo de los recursos y bienes de su institución a través de las actividades formativas
y/o lúdicas. Con el apoyo de la institución y de la contraloría departamental.
Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación
ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el apoyo de la Contraloría
Departamental.
Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.
Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera
de la institución educativa.
Preservar en la institución educativa y fuera de ella un ambiente sano y libre de
contaminación, así como la preservación de los recursos naturales.
Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias relacionadas con las presuntas
irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de las
instituciones educativas a la que pertenecen.
Solicitar las actas de Consejo Directivo para poder hacer seguimiento a las acciones que
se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la institución.
Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control
Social.
Presentar una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en ejercicio
de sus funciones.
Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental.
CAPÍTULO 3
OTROSORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN
Art. 10. Consejo de estudiantes: El máximo órgano colegiado formado por los
estudiantes elegidos por voto secreto, uno por cada uno de los grupos existentes en la
Institución.
Procedimiento para la elección de representantes.
El procedimiento para la elección de representantes al Consejo Estudiantil será la
siguiente:
1. Convocatoria por parte de los responsables del proyecto de democracia dentro
del primer mes de iniciación de clases.
2. Inscripción de cinco candidatos en cada uno de los grupos con su director (a) de
curso desde grado Tercero de Básica Primaria y hasta grado once.
3. El día señalado por los responsables del Proyecto de Democracia, cada
estudiante en su respectivo curso votará en forma secreta por el candidato que considere
le puede representar mejor.
4. Para los niños de Preescolar, Primero, Segundo de Básica Primaria elegirán un
solo representante dentro de una asamblea conjunta citado por los responsables del
Proyecto de Democraciapara tal fin.
El área de Ciencias Sociales organiza y da a conocer el cronograma de actividades para
la elección del Consejo Estudiantil.
El personero o personera de los estudiantes, el representante o la representante al
Consejo Directivo y los representantes de Curso serán elegidos dentro de los treinta días
calendario siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual; para tal efecto
la Rectora convocará a todos los estudiantes matriculados, con el fin de elegirlos o
elegirlas por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto en las Jornadas
democráticas organizadas por la Institución.
Art. 11. Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo: El estudiante o la
estudiante de 11° Grado representante ante el Consejo Directivo será elegido o elegida
por voto secreto por los estudiantes del Consejo Estudiantil.
Funciones del o la representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo: Presentar
ante el Consejo Directivo las inquietudes del Consejo de Estudiantes.
Mantener comunicación permanente con el Personero o personera para apoyar los
proyectos que benefician al plantel.
Informar con entera veracidad al Consejo de Estudiantes los proyectos, acuerdos y
decisiones del Consejo Directivo.
Asistir y participar en las reuniones programadas por el Consejo Directivo y cuando se
requiera; en caso de ausencia presentar excusa por escrito a la Presidente del Consejo.
Cumplir con las funciones y el reglamento interno que establezca el Consejo Directivo.
Art. 12. Criterios para que un estudiante pueda pertenecer al consejo directivo, consejo
estudiantil y personería: El Personero de los estudiantes es el alumno de grado Once
elegido por todos los estudiantes de la Institución y debe reunir los siguientes requisitos
para su elección:
1. Pertenecer al Grado Once de Media Académica.
2. Ser estudiante responsable y disciplinado.
3. Haber permanecido en la Institución el año inmediatamente anterior.
4. Haberse destacado por su comportamiento sobresaliente y el respeto al Manual
de Convivencia y buen rendimiento académico.
5. No habérsele adelantado proceso disciplinario. 6. Ser una persona activa,
dinámica, que tenga sentido de pertenencia al colegio y destacarse por ser líder positivo.
7. Presentar un plan de trabajo con metas alcanzables.
8. Inscribir su nombre oportunamente.
9. Presentar el carnet estudiantil.
Parágrafo 1: Para ser elegido en los demás estamentos del gobierno escolar no es
necesario estar en grado 11.
Parágrafo 2: El ejercicio del cargo de Personero o personera de los Estudiantes, es
incompatible con el de Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.
Art. 13. Procedimiento de elección para estudiantes al consejo estudiantil, consejo
directivo y personería
1. Inscripción de candidatos o candidatas ante el Consejo Electoral.
2. Presentación de un programa de actividades (máximo 3 actividades que puedan
cumplir).
3. Para la aprobación de su programa, cada candidato a Personero o personera presenta
a Rectoría su propuesta de trabajo.
4. Presentación de los candidatos a los estudiantes. (Mínimo dos (2) aspirantes, máximo
cuatro (4)).
5. La Rectora presenta los candidatos a Personero o personera quienes darán a conocer
su programa a los estudiantes del colegio, dando así inicio a la campaña electoral.
6. Elección mediante voto secreto.
Parágrafo. Los candidatos o las candidatas deben abstenerse de hacer publicidad que
suponga gastos innecesarios fuera del alcance de un menor de edad, así como emplear
personas no pertenecientes a la comunidad educativa para realizar campañas.
Art.14. Personero o personera de los estudiantes.
Procedimiento para la elección de personero
1. Convocatoria por parte de los responsables del proyecto de democracia en el
primer mes de iniciación de clases.
2. Inscripción de los aspirantes con su respectivo Plan de Trabajo en la rectoría del
Colegio en un término no inferior a 8 días con anterioridad a la fecha de elección.
3. Podrán votar los estudiantes de grado Tercero de Básica y hasta el grado Once,
previa presentación del carnet que lo acredita como estudiante del Colegio.
4. Saldrá electo quien obtenga la mayoría de votos.
5. Los aspirantes podrán utilizar todos los medios de comunicación interna a su
alcance, dentro de la igualdad de condiciones y respeto para difundir su propuesta de
trabajo, sin ofrecer obsequios.
Parágrafo. Al aplicar la revocatoria del mandato a cualquiera de los integrantes del
Consejo Estudiantil, Personero o Personera éste será sustituido (a) automáticamente por
su inmediato seguidor en la elección.
Parágrafo. El Personero o Personera NO PUEDE SER, el representante de los
Estudiantes ante el Consejo Directivo.
Funciones del Personero o Personera de los Estudiantes: Ser miembro activo del Consejo
Estudiantil.
Art. 15. Representante de curso
Funciones del Representante de curso
• Evaluar periódicamente con la titular los avances y cumplimientos de su proyecto.
• Asistir a las reuniones programadas por Rectoría, Coordinaciones o el Consejo de
Estudiantes, u otra instancia que la requiera.
• Hacer cumplir en su curso los planes, programas y decisiones que se determinen
en las reuniones.
• Motivar a sus compañeros y compañeras para el logro de los objetivos del curso
mediante el cumplimiento de sus funciones como estudiante.
• Fomentar los buenos modales y el respeto por las personas.
• Velar por la buena presentación del curso, manteniendo un ambiente agradable y
el cuidado de los muebles y decoración del mismo.
• Resaltar ante su titular, los aspectos positivos de sus compañeros y compañeras.
• Ser vocero o vocera del grupo en la presentación de propuestas o problemas ante
las instancias Académica o de Convivencia Social propias del Gobierno Escolar,
buscando siempre el bien común, teniendo en cuenta el conducto regular.
• Incentivar la cultura, el orden y el buen nivel académicode su curso.
• Mantener excelentes relaciones con el grupo para fortalecer el proceso de
convivencia, diálogo y tolerancia.
• velar por el cumplimiento del presente Reglamento o Manual de Convivencia.
• Respetar y respaldar los acuerdos institucionales.
Art. 16. Procedimiento para la elección del Representante de curso.
• El Estudiante estudia el capítulo del Reglamento o Manual de Convivencia para la
elección del representante de curso.
• El Estudiante hará pública su intención en el salón de clases su deseo de ser
representante de curso. • En la fecha que el director de grupo convoque la
inscripción de candidatos a representante de grupo, se inscribirá el estudiante que quiera
poner su nombre a consideración o que algún compañero proponga su nombre.
• Se elegirá por mayoría simple.
Art.17. En cuanto a posesión de cargos.
La Rectora de la Institución convoca a los diferentes miembros de la Comunidad
Educativa, para que mediante acto público tomen posesión de su cargo como miembros
del Gobierno Escolar para el año lectivo y a su vez se firma el Acta de Posesión.
Art. 18. En cuanto a revocatoria de mandato.
Causales que ameritan La revocatoria del mandato:
1. Incumplimiento de sus funciones y/o responsabilidades asignadas.
2. Fraude o intento de fraude en evaluaciones, trabajos y/o tareas.
3. Ser remitido o remitida a la comisión de evaluación y promoción en cualquiera de los
períodos del año lectivo.
4. Continúas ausencias a las actividades inherentes a su cargo.
5. Cualquiera de las faltas graves o muy graves contempladas en el Reglamento o
Manual de Convivencia Escolar
Art. 19. En cuanto a Procedimiento de Revocatoria.
1. Una vez comprobada la causal que amerita la revocatoria el estudiante o la estudiante
será citado a Rectoría.
2. El estudiante procede a hacer sus debidos descargos.
3. Una vez comprobada la falta, el estudiante es nuevamente citado a Rectoría junto con
sus padres para ser informados sobre las causales que ameritan la revocatoria.
4. El estudiante o la estudiante firma el Acta de revocatoria.
5. Para el cargo será designado el estudiante o la estudiante que en el proceso electoral
haya obtenido el segundo puesto en votación.
Parágrafo. En el caso de los suplentes a personería no cumplan con los requisitos al
cargo, la designación del cargo será ejecutado por la Rectoría.
Art. 20. Comité escolar de convivencia: Ley 1620 de 15 de Marzo de 2013 (artículo 12)
Por el cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el
ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar El comité escolar de convivencia está conformado por:
• El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
• El personero estudiantil.
• El docente con función de orientación
• El coordinador de Convivencia
• El presidente del consejo padres de familia.
• El presidente del consejo de estudiantes.
• Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Funciones
del comité de convivencia escolar.
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten, entre
docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la
comunidad educativa.
3. Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y
actividades de convivencia y construcción de ciudadanía y se adelanten en la región y
respondan a las necesidades de su la comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas
que afecten la convivencia escolar por solicitud de cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar
perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará
acompañado por el padre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento
educativo.
5. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el capítulo 29
de la ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de caso escolar, frente a las
conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de los derechos sexuales y
reproductivos que no puedan ser resueltos por este comité de acuerdo con los
establecido en el reglamento o manual de convivencia, porque trascienden del ámbito
escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la
cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la
estructura del sistema y de la ruta.
6. liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
convivencia escolar el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
7. Hacer seguimiento a las disposiciones establecida en el manual de convivencia, y
presentar informes a la respectiva instancia que hace parte del sistema nacional de
convivencia escolar de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización
del modelo pedagógicos y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el
contexto educativo y su pertinentes en la comunidad para determinar más y mejores
maneras de relacionarse en la construcciónde la ciudadanía.
Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, lo cual debe abarcar lo
correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos
relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos
o estrategias de convivencia escolar.
Art. 21. Consejo de padres de familia: El Consejo de Padres de Familia es un órgano de
participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a
asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de
calidad del servicio.
Podrá estar integrado por los voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada
uno de los diferentes grados que ofrece la institución, o por cualquier otro esquema
definido en el seno de la asociación.
Art. 22. Criterios para la elección del consejo de padres de familia
• Tener matriculado el hijo o hija y/o acudido o acudida en el grado
correspondiente.
• Estar dispuesto a ser un colaborador para el buen desempeño de la Institución.
• Ser dentro del grupo un líder positivo que promueva las acciones de mejoramiento
continuo en su grupo.
• Ser dentro del Consejo de padres un miembro vivo y activo para contribuir al logro
de las metas que se hacen en bien de la Institución.
• Expresar sentido de pertenencia a la Institución a través de su compromiso como
miembro de la Comunidad Educativa Estar dispuesto a trabajar y brindar apoyo a todos
los procesos que beneficien a la Comunidad Educativa.
• Conocer, asumir y respetar la filosofía del Colegio.
• Hablar positivamente de la Institución evitando comentarios y críticas destructivas
ante el buen nombre del Colegio.
Art. 23. Padre de familia para ser elegido como representante de curso.
1. Asistir a la primera asamblea general de Padres de Familia convocada por la
Institución.
2. Conocer los criterios establecidos por la Institución en el Reglamento o Manual de
Convivencia para la elección del consejo de padres.
3. Ser elegido por los padres de familia del curso según los criterios establecidos.
Art. 24. Asociación de Padres de Familia.
El Consejo directivo de todo establecimiento educativo promoverá la constitución de una
asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva,
suministrar espacios o ayudas de secretaría, contribuir con el recaudo de cuotas de
sostenimiento o apoyar iniciativas existentes. Según Decreto 1860 de 1994, en su artículo
30, la Asociación de Padres de Familia además de las funciones que su reglamento
determine, debe cumplir con las siguientes funciones:
• Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) y su
continua evaluación.
• Elegir su representante al Consejo Directivo.
• Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el
establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en
las distintas áreas.
• Promover programas de formación de los padres de familia para cumplir
adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
• Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y
concertación entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa.
• Brindar trato cortés y amable a directivas y docentes.
• Invertir los fondos de la Asociación en la adquisición, mejoramiento y beneficio de
la Comunidad Educativa.
• Apoyar todos los procesos que beneficien a la Comunidad Educativa.
Art. 25. Asociación de Ex alumnos (as) (decreto 1860 de 1994. artículo 21 numeral
5): Es el organismo que agrupa a los exalumnos o exalumnas de las Instituciones y que
fundamentalmente sirve de apoyo, guía y colaboración con el quehacer institucional en
beneficio de los estudiantes a través de su representante en el Consejo Directivo.
Funciones de la Asociación de Exalumnos (as):
• Proponer iniciativas que dinamicen el Proyecto Educativo Institucional.
• Presentar un plan anual de actividades encaminadas a mejorar la institución y sus
procesos.
• Promover la integración de las (os) exalumnos (as) con propuestas que vinculen a
otros exalumnos (as).
• Propender por la proyección cultural y pedagógica de la Institución, mediante la
creación de comités para la ejecución de actividades.
• Elegir por voto secreto, su representante al Consejo Directivo.
• Darse sus propios estatutos y velar por su cumplimiento.
• Participar en las programaciones de eventos especiales del colegio como
estamento fundamental.

fgrt

  • 1.
    GOBIERNO ESCOLAR Escuela, Convivenciay Democracia La democracia como forma de vida apunta a construir formas y relaciones de ciudadanías participativas e incluyentes, en nuestra Institución es un espacio de socialización, de formación de cultura y comportamientos ciudadanos democráticos; la convivencia se constituye en uno de los saberes que deben ser aprendidos y practicados en la escena de la cotidianidad escolar y ciudadana. Nuestra Institución Educativa cumple diversas funciones, es trasmisora de saberes, conocimientos, formadora y habilitadora de competencias. Uno de los grandes retos y compromisos de nuestra Institución es la formación en la integralidad democrática, de allí la pertinencia y la urgencia de una Institución educativa que comparta y trasmita valores y principios democráticos y convivientes a quienes conforman y participan de la comunidad educativa. Entonces nuestra Institución debe ser epicentro de lo diverso y lo diferente, allí se manifiesta y se presenta el ejercicio de la pluralidad y las libertades las cuales deben estar por encima de los sesgos ideológicos en cualquiera de sus acepciones, nuestra institución para ser foro de la democracia y formadora de ciudadanía debe procurar ser una Institución abierta, propositiva, crítica y presta a mantener una apertura permanente a la reflexión y al pensamiento en todas sus manifestaciones. Los problemas y las situaciones de crisis que están presentes en la vida democrática invitan a que la institución participe de forma activa, informada e interpretativa de los distintos eventos que se presentan tanto en su jurisdicción como en el mundo social. Por esto el Gobierno Escolar es una forma de organización que promueve la participación de los estudiantes, padres de familia, personal de servicios, administrativos, directivos, docentes, ex alumnos (as) y representantes de los medios productivos, en las diferentes actividades de la Institución. Es una herramienta democrática, cívica, política y eficaz en la formación de los futuros ciudadanos. La Institución Educativa establece un reglamento electoral, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 de la Constitución Política y en armonía con lo dispuesto en los incisos 2º y 3º del artículo 142, de la Ley 115 de 1994, para desarrollar y ejecutar el verdadero sentido de la democracia participativa, vivenciar prácticas de pluralismo ideológico y tolerancia, toma de decisiones, autocrítica y autorregulación del comportamiento social y académico, en la práctica de sus derechos y deberes. CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR. De conformidad con lo dispuesto en la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994, La Institución Educativa Teresa Camacho de Suarez, establece el gobierno escolar integrado por los siguientes órganos: • El Rector (a) • El Consejo Directivo • El Consejo Académico
  • 2.
    • El Consejode Padres de Familia • El Consejo Estudiantil • El Personero Estudiantil • Contralor estudiantil. En el Gobierno Escolar serán consideradas las iniciativas de los estudiantes, docentes, directivos y Padres de Familia, en aspectos tales como la adopción y verificación del Reglamento o Manual de Convivencia, organización de actividades sociales, deportivas, culturales, artísticas, comunitarias, grupos juveniles y otras acciones de participación democrática en la vida escolar. Objetivos Del gobierno escolar Garantizar la participación democrática de todos los estamentos de la Comunidad Educativa, según lo dispone el Art. 142 de la Ley 115 de 1994. Desarrollar y ejercitar el verdadero sentido de la democracia participativa. Vivenciar prácticas de pluralismo ideológico, tolerancia, diálogo y concertación para Fortalecer una cultura de participación en torno a propósitos comunes. Funciones Del Gobierno Escolar. De acuerdo con el Decreto 1860 de 1994, el Gobierno Escolar tiene las siguientes funciones: Participar en la organización del plantel, dinamizando el P.E.I. Promover y fortalecer la participación democrática de todos los estudiantes. Hacer pública la capacidad de liderazgo, voluntad de servicio y cooperación en función del bienestar institucional. Apoyar la labor formativa de directivos y docentes. Presentar a la Comunidad Escolar, “Proyectos de Gobierno” concretos y realizables, acordes con la filosofía y el presente Reglamento o Manual de Convivencia. Utilizar la vía del diálogo y concertación, ante cualquier tipo de problema individual, grupal o institucional. Asumir con responsabilidad, madurez y seriedad las funciones propias del cargo asignado o del comité que lidera. Cumplir y hacer cumplir en todos sus aspectos el Reglamento o Manual de Convivencia escolar. Promover el proyecto de formación de líderes en las diversas instancias de participación Constitución Del Gobierno Escolar: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • 3.
    • Tomar lasdecisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto los que sean competencia de otra autoridad. • Adoptar el Manual de Convivencia del Colegio. • Asumir la defensa y garantía de los derechos y deberes de toda la comunidad educativa. • Servir de instancia para resolver, conflictos que se presenten entre docentes, administrativos, con alumnos, después de haber agotado los procedimientos previstos en este Manual de Convivencia. • Participar en la planeación del P.E.I. del currículo del plan de estudios de conformidad con la ley y los reglamentos de la institución • Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución Educativa. • Establecer estímulos y correctivos pedagógicos para el buen desempeño académico y social de los alumnos. • Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas a nivel local, Departamental y Nacional. • Promover relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras Instituciones educativas y la conformaciónde organizaciones juveniles. • Fomentar la conformación de asociaciones de carácter académico, científico y cultural entre padres de familia, estudiantes y profesores. • Estar actualizado en tendencias y técnicas modernas de la Educación y las políticas educativas nacionales. • Velar por la excelencia educativa del Colegio en todos los aspectos. • Mantener informado al estamento el cual representa sobre las actividades del Consejo Directivo. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO • Servir de órgano del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del P.E.I. • Estudiar el currículo y procurar su continuo mejoramiento, proponiendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el proceso previsto en el decreto 1860/94. • Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. • Participar en la evaluación Institucional anual. • Conformar las comisiones de Evaluación y Promoción.
  • 4.
    • Diagnosticar periódicamenteel desarrollo curricular de la Institución y proponer criterios y mecanismos para desarrollar planes y programas. • Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre evaluación educativa. • Velar por la calidad Educativa del colegio en todos sus aspectos. • Las demás funciones afines y/o complementarios con las anteriores y que le atribuya el proyecto educativo institucional. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES • Organizar y desarrollar talleres, seminarios, conferencias que contribuyan a la formación integral de la comunidad educativa. • Velar por la buena imagen de la Institución. • Promover actividades culturales y deportivas con los miembros de la Comunidad Educativa. • Asistir puntualmente a las reuniones. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL • Crear su propia organización. • Elegir al representante de los estudiantes en el Consejo Directivo, asesorarlo y animarlo para el cumplimiento de sus funciones. • Invitar a sus reuniones a los estudiantes que presenten iniciativa sobre el desarrollo de la vida estudiantil. • Incentivar a sus compañeros en el cultivo de los valores y la sana amistad. • Fomentar la integración, participación y compromisode los estudiantes. • Colaborar en las actividades de beneficio del Colegio. • Propiciar el diálogo, la tolerancia, respeto y disciplina. • Comunicar a sus compañeros lo tratado en las reuniones del Consejo Estudiantil en forma veraz. • Liderar y proponer actividades en beneficio del curso que representa. • Impulsar el estudio y asimilación del Manual de Convivencia. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL • Promover el cumplimiento de los deberes estudiantes estipulados en el Manual de Convivencia, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicacióninterna del colegio en asocio con la Rectora, el Consejo Directivo y el Consejo Estudiantil.
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    • Recibir yevaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos, que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes, en asocio con otros organismos competentes. • Recibir y tramitar ante la Rectoría las solicitudes de oficio, o a petición de parte que considere necesario. • Cuando lo considere necesario, solicitar la mediación del Consejo Directivo para impugnar las decisiones del Rector (a) • Velar para que los estudiantes sigan el conducto regular dentro de las solicitudes y reclamos que formulen. • Integrar el comité de conciliación y mediación de conflictos. FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL. Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado y buen uso del manejo de los recursos y bienes de su institución a través de las actividades formativas y/o lúdicas. Con el apoyo de la institución y de la contraloría departamental. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución con el apoyo de la Contraloría Departamental. Velar por el mejoramiento de la calidad educativa. Promover la enseñanza, educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la institución educativa. Preservar en la institución educativa y fuera de ella un ambiente sano y libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales. Presentar a la Contraloría Departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de las instituciones educativas a la que pertenecen. Solicitar las actas de Consejo Directivo para poder hacer seguimiento a las acciones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la institución. Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social. Presentar una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en ejercicio de sus funciones. Las demás que le sean asignadas por la Contraloría Departamental.
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    CAPÍTULO 3 OTROSORGANISMOS DEPARTICIPACIÓN Art. 10. Consejo de estudiantes: El máximo órgano colegiado formado por los estudiantes elegidos por voto secreto, uno por cada uno de los grupos existentes en la Institución. Procedimiento para la elección de representantes. El procedimiento para la elección de representantes al Consejo Estudiantil será la siguiente: 1. Convocatoria por parte de los responsables del proyecto de democracia dentro del primer mes de iniciación de clases. 2. Inscripción de cinco candidatos en cada uno de los grupos con su director (a) de curso desde grado Tercero de Básica Primaria y hasta grado once. 3. El día señalado por los responsables del Proyecto de Democracia, cada estudiante en su respectivo curso votará en forma secreta por el candidato que considere le puede representar mejor. 4. Para los niños de Preescolar, Primero, Segundo de Básica Primaria elegirán un solo representante dentro de una asamblea conjunta citado por los responsables del Proyecto de Democraciapara tal fin. El área de Ciencias Sociales organiza y da a conocer el cronograma de actividades para la elección del Consejo Estudiantil. El personero o personera de los estudiantes, el representante o la representante al Consejo Directivo y los representantes de Curso serán elegidos dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual; para tal efecto la Rectora convocará a todos los estudiantes matriculados, con el fin de elegirlos o elegirlas por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto en las Jornadas democráticas organizadas por la Institución. Art. 11. Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo: El estudiante o la estudiante de 11° Grado representante ante el Consejo Directivo será elegido o elegida por voto secreto por los estudiantes del Consejo Estudiantil. Funciones del o la representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo: Presentar ante el Consejo Directivo las inquietudes del Consejo de Estudiantes.
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    Mantener comunicación permanentecon el Personero o personera para apoyar los proyectos que benefician al plantel. Informar con entera veracidad al Consejo de Estudiantes los proyectos, acuerdos y decisiones del Consejo Directivo. Asistir y participar en las reuniones programadas por el Consejo Directivo y cuando se requiera; en caso de ausencia presentar excusa por escrito a la Presidente del Consejo. Cumplir con las funciones y el reglamento interno que establezca el Consejo Directivo. Art. 12. Criterios para que un estudiante pueda pertenecer al consejo directivo, consejo estudiantil y personería: El Personero de los estudiantes es el alumno de grado Once elegido por todos los estudiantes de la Institución y debe reunir los siguientes requisitos para su elección: 1. Pertenecer al Grado Once de Media Académica. 2. Ser estudiante responsable y disciplinado. 3. Haber permanecido en la Institución el año inmediatamente anterior. 4. Haberse destacado por su comportamiento sobresaliente y el respeto al Manual de Convivencia y buen rendimiento académico. 5. No habérsele adelantado proceso disciplinario. 6. Ser una persona activa, dinámica, que tenga sentido de pertenencia al colegio y destacarse por ser líder positivo. 7. Presentar un plan de trabajo con metas alcanzables. 8. Inscribir su nombre oportunamente. 9. Presentar el carnet estudiantil. Parágrafo 1: Para ser elegido en los demás estamentos del gobierno escolar no es necesario estar en grado 11. Parágrafo 2: El ejercicio del cargo de Personero o personera de los Estudiantes, es incompatible con el de Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo. Art. 13. Procedimiento de elección para estudiantes al consejo estudiantil, consejo directivo y personería 1. Inscripción de candidatos o candidatas ante el Consejo Electoral. 2. Presentación de un programa de actividades (máximo 3 actividades que puedan cumplir). 3. Para la aprobación de su programa, cada candidato a Personero o personera presenta a Rectoría su propuesta de trabajo.
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    4. Presentación delos candidatos a los estudiantes. (Mínimo dos (2) aspirantes, máximo cuatro (4)). 5. La Rectora presenta los candidatos a Personero o personera quienes darán a conocer su programa a los estudiantes del colegio, dando así inicio a la campaña electoral. 6. Elección mediante voto secreto. Parágrafo. Los candidatos o las candidatas deben abstenerse de hacer publicidad que suponga gastos innecesarios fuera del alcance de un menor de edad, así como emplear personas no pertenecientes a la comunidad educativa para realizar campañas. Art.14. Personero o personera de los estudiantes. Procedimiento para la elección de personero 1. Convocatoria por parte de los responsables del proyecto de democracia en el primer mes de iniciación de clases. 2. Inscripción de los aspirantes con su respectivo Plan de Trabajo en la rectoría del Colegio en un término no inferior a 8 días con anterioridad a la fecha de elección. 3. Podrán votar los estudiantes de grado Tercero de Básica y hasta el grado Once, previa presentación del carnet que lo acredita como estudiante del Colegio. 4. Saldrá electo quien obtenga la mayoría de votos. 5. Los aspirantes podrán utilizar todos los medios de comunicación interna a su alcance, dentro de la igualdad de condiciones y respeto para difundir su propuesta de trabajo, sin ofrecer obsequios. Parágrafo. Al aplicar la revocatoria del mandato a cualquiera de los integrantes del Consejo Estudiantil, Personero o Personera éste será sustituido (a) automáticamente por su inmediato seguidor en la elección. Parágrafo. El Personero o Personera NO PUEDE SER, el representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo. Funciones del Personero o Personera de los Estudiantes: Ser miembro activo del Consejo Estudiantil. Art. 15. Representante de curso Funciones del Representante de curso
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    • Evaluar periódicamentecon la titular los avances y cumplimientos de su proyecto. • Asistir a las reuniones programadas por Rectoría, Coordinaciones o el Consejo de Estudiantes, u otra instancia que la requiera. • Hacer cumplir en su curso los planes, programas y decisiones que se determinen en las reuniones. • Motivar a sus compañeros y compañeras para el logro de los objetivos del curso mediante el cumplimiento de sus funciones como estudiante. • Fomentar los buenos modales y el respeto por las personas. • Velar por la buena presentación del curso, manteniendo un ambiente agradable y el cuidado de los muebles y decoración del mismo. • Resaltar ante su titular, los aspectos positivos de sus compañeros y compañeras. • Ser vocero o vocera del grupo en la presentación de propuestas o problemas ante las instancias Académica o de Convivencia Social propias del Gobierno Escolar, buscando siempre el bien común, teniendo en cuenta el conducto regular. • Incentivar la cultura, el orden y el buen nivel académicode su curso. • Mantener excelentes relaciones con el grupo para fortalecer el proceso de convivencia, diálogo y tolerancia. • velar por el cumplimiento del presente Reglamento o Manual de Convivencia. • Respetar y respaldar los acuerdos institucionales. Art. 16. Procedimiento para la elección del Representante de curso. • El Estudiante estudia el capítulo del Reglamento o Manual de Convivencia para la elección del representante de curso. • El Estudiante hará pública su intención en el salón de clases su deseo de ser representante de curso. • En la fecha que el director de grupo convoque la inscripción de candidatos a representante de grupo, se inscribirá el estudiante que quiera poner su nombre a consideración o que algún compañero proponga su nombre. • Se elegirá por mayoría simple. Art.17. En cuanto a posesión de cargos. La Rectora de la Institución convoca a los diferentes miembros de la Comunidad Educativa, para que mediante acto público tomen posesión de su cargo como miembros del Gobierno Escolar para el año lectivo y a su vez se firma el Acta de Posesión. Art. 18. En cuanto a revocatoria de mandato.
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    Causales que ameritanLa revocatoria del mandato: 1. Incumplimiento de sus funciones y/o responsabilidades asignadas. 2. Fraude o intento de fraude en evaluaciones, trabajos y/o tareas. 3. Ser remitido o remitida a la comisión de evaluación y promoción en cualquiera de los períodos del año lectivo. 4. Continúas ausencias a las actividades inherentes a su cargo. 5. Cualquiera de las faltas graves o muy graves contempladas en el Reglamento o Manual de Convivencia Escolar Art. 19. En cuanto a Procedimiento de Revocatoria. 1. Una vez comprobada la causal que amerita la revocatoria el estudiante o la estudiante será citado a Rectoría. 2. El estudiante procede a hacer sus debidos descargos. 3. Una vez comprobada la falta, el estudiante es nuevamente citado a Rectoría junto con sus padres para ser informados sobre las causales que ameritan la revocatoria. 4. El estudiante o la estudiante firma el Acta de revocatoria. 5. Para el cargo será designado el estudiante o la estudiante que en el proceso electoral haya obtenido el segundo puesto en votación. Parágrafo. En el caso de los suplentes a personería no cumplan con los requisitos al cargo, la designación del cargo será ejecutado por la Rectoría. Art. 20. Comité escolar de convivencia: Ley 1620 de 15 de Marzo de 2013 (artículo 12) Por el cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar El comité escolar de convivencia está conformado por: • El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité. • El personero estudiantil. • El docente con función de orientación • El coordinador de Convivencia • El presidente del consejo padres de familia. • El presidente del consejo de estudiantes. • Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Funciones del comité de convivencia escolar.
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    1. Identificar, documentar,analizar y resolver los conflictos que se presenten, entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación del establecimiento educativo a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía y se adelanten en la región y respondan a las necesidades de su la comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. 5. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el capítulo 29 de la ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de caso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de los derechos sexuales y reproductivos que no puedan ser resueltos por este comité de acuerdo con los establecido en el reglamento o manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del sistema y de la ruta. 6. liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento a las disposiciones establecida en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte del sistema nacional de convivencia escolar de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógicos y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinentes en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcciónde la ciudadanía. Parágrafo. Este comité debe darse su propio reglamento, lo cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Art. 21. Consejo de padres de familia: El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
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    Podrá estar integradopor los voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución, o por cualquier otro esquema definido en el seno de la asociación. Art. 22. Criterios para la elección del consejo de padres de familia • Tener matriculado el hijo o hija y/o acudido o acudida en el grado correspondiente. • Estar dispuesto a ser un colaborador para el buen desempeño de la Institución. • Ser dentro del grupo un líder positivo que promueva las acciones de mejoramiento continuo en su grupo. • Ser dentro del Consejo de padres un miembro vivo y activo para contribuir al logro de las metas que se hacen en bien de la Institución. • Expresar sentido de pertenencia a la Institución a través de su compromiso como miembro de la Comunidad Educativa Estar dispuesto a trabajar y brindar apoyo a todos los procesos que beneficien a la Comunidad Educativa. • Conocer, asumir y respetar la filosofía del Colegio. • Hablar positivamente de la Institución evitando comentarios y críticas destructivas ante el buen nombre del Colegio. Art. 23. Padre de familia para ser elegido como representante de curso. 1. Asistir a la primera asamblea general de Padres de Familia convocada por la Institución. 2. Conocer los criterios establecidos por la Institución en el Reglamento o Manual de Convivencia para la elección del consejo de padres. 3. Ser elegido por los padres de familia del curso según los criterios establecidos. Art. 24. Asociación de Padres de Familia. El Consejo directivo de todo establecimiento educativo promoverá la constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a una asamblea constitutiva, suministrar espacios o ayudas de secretaría, contribuir con el recaudo de cuotas de sostenimiento o apoyar iniciativas existentes. Según Decreto 1860 de 1994, en su artículo 30, la Asociación de Padres de Familia además de las funciones que su reglamento determine, debe cumplir con las siguientes funciones: • Velar por el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) y su continua evaluación. • Elegir su representante al Consejo Directivo.
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    • Apoyar lasactividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas. • Promover programas de formación de los padres de familia para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde. • Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa. • Brindar trato cortés y amable a directivas y docentes. • Invertir los fondos de la Asociación en la adquisición, mejoramiento y beneficio de la Comunidad Educativa. • Apoyar todos los procesos que beneficien a la Comunidad Educativa. Art. 25. Asociación de Ex alumnos (as) (decreto 1860 de 1994. artículo 21 numeral 5): Es el organismo que agrupa a los exalumnos o exalumnas de las Instituciones y que fundamentalmente sirve de apoyo, guía y colaboración con el quehacer institucional en beneficio de los estudiantes a través de su representante en el Consejo Directivo. Funciones de la Asociación de Exalumnos (as): • Proponer iniciativas que dinamicen el Proyecto Educativo Institucional. • Presentar un plan anual de actividades encaminadas a mejorar la institución y sus procesos. • Promover la integración de las (os) exalumnos (as) con propuestas que vinculen a otros exalumnos (as). • Propender por la proyección cultural y pedagógica de la Institución, mediante la creación de comités para la ejecución de actividades. • Elegir por voto secreto, su representante al Consejo Directivo. • Darse sus propios estatutos y velar por su cumplimiento. • Participar en las programaciones de eventos especiales del colegio como estamento fundamental.