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Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México




UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN
             UNIVERSIDAD-SOCIEDAD
                                 EN MÉXICO




                                                                      Grazia M. Fiore
                                                  Última actualización: Mayo de 2010




  Este documento ha sido realizado con la colaboración de Laura Elizabeth Manjarrez Bastidas a
  través del servicio de voluntariado en línea OnlineVolunteering.org




                                              1
Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México



                                                            Nota:

El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación
universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un
primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y
sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades.
No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción
social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus
aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca,
contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región.
Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo graziafiore@hotmail.com




                                             INDICE DE CONTENIDOS


                                                                                                                           p. 3
Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México

De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917                                                                        p. 5
                                                                                                                           p. 7
Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional

La educación socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio                                                    p. 10
La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del Artículo 3º                                  p. 12
constitucional de 1946
La Ley Federal de Educación de 1973                                                                                       p. 14
El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de                           p. 16
Educación Superior en la República Mexicana de 1981
Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL)                                                         p. 18
El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari                                                       p. 20
El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión Nacional de Servicio                           p. 22
Social
Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento de la vinculación                             p. 24
universidad-sociedad
El Servicio Social en la actualidad                                                                                       p. 26
Enlaces y documentos de interés                                                                                           p. 28
Resumen                                                                                                                   p. 35




      OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU

                                                        2
Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México


                                                                                           Benito Juárez (ladedios.com.ar)
    En 1867, tras la victoria definitiva del Presidente Benito
    Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública,
    que establece la educación primaria “gratuita para los pobres
    y obligatoria” y se crean la Escuela de Estudios Preparatorios,
    la cual habría de dar una base homogénea a la educación
    profesional y las Escuelas de Estudios Profesionales. La Ley
    sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales,
                                                                   1
    pero ejerció influencia sobre las leyes estatales : con la
    norma se reforman todos los niveles educativos en sentido
    liberal y se establece por primera vez la creación de escuelas para niñas.


    Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-
    sociedad en México, destacan el Decreto del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el
    Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de
    Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En
    dicho proyecto se señala: “La Escuela Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando
    “que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se aprueba el Reglamento
    de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del
    Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, *…+ se
    comprometerá solemnemente, *…+ a servir a la instrucción pública *…+ durante tres años después de
    que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano
    de restituir a la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación.


    Justo Sierra
                                            En 1888 se promulga la Ley de Instrucción Obligatoria con alcance
                                                                                                           2
                                            jurisdiccional para el D.F. y los territorios federales , sustituida en
                                            1993 por la Ley General de Educación. La Ley divide la instrucción
                                            primaria en elemental y superior, establece que la instrucción
                                            primaria dada por el Estado sea gratuita, y prohíbe que sea
                                            impartida por ministros de cualquier culto religioso. Entre 1888 y
                                            1892, se celebran dos Congresos Pedagógicos, durante los cuales
                                            se auspicia la integración del sistema educativo bajo una base
                                            homogénea a nivel nacional y se tratan por primera vez aspectos

1
  Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Educación [Actualización: 3 de marzo de 2006]. Consultado
el 7 de diciembre de 2010 en www.diputados.gob.mx/cesop/
2
  Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), Sistemas Educativos Nacionales –
México. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.oei.es/quipu/mexico/mex02.pdf

                                                               3
referentes a la educación rural. Los Congresos impulsan la aprobación de la Reglamentación de la
    Ley de Instrucción Obligatoria de 1888, que se concretiza en marzo de 1891.


    Justo Sierra, nombrado Secretario de Instrucción Pública y Bellas Artes en 1905, formula un plan
    para la Reforma Integral de la Educación Mexicana3. En 1906 se inicia la revisión de las instituciones
    docentes que culmina con el establecimiento de la Universidad Nacional de México en 1910, al
    celebrarse el centenario de la Proclamación de la Independencia de México y con el movimiento
    revolucionario en puerta.


    En el discurso del acto de la inauguración de la Universidad Nacional de México, el 22 de
    septiembre de 1910, Sierra afirma “Nosotros no queremos que en el templo que se erige hoy se
    adore una Atena sin ojos para la humanidad y sin corazón para el pueblo, dentro de sus contornos
    de mármol blanco; queremos que aquí vengan las selecciones mexicanas en teorías incesantes para
    adorar a Atena promakos, a la ciencia que defiende a la patria”.




3
 María Elena Villatoro M. y Fabián López Pineda, Política Educativa y Estado Democrático. Datos para una reflexión sobre política
educativa,    en     Foro     universitario   STUNAM.        Consultado      el   7     de    diciembre      de     2010      en
http://www.stunam.org.mx/8prensa/8forouniver1/forouniver7/8fu7-06.htm

                                                               4
De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917


    Durante el periodo revolucionario, de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las
                                                                                                                        4
    ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia .


    A finales de marzo de 1911, todavía en el régimen de Porfirio Díaz, se nombra a Jorge Vera Estañol
    como nuevo Ministro de la Secretaría de Instrucción Pública en lugar de Sierra, como un ejemplo de
    los cambios que se realizaban para deshacerse de la llamada “gerontocracia”, es decir los viejos
    científicos.


    Por otro lado, como parte de la creciente crítica al régimen de Porfirio Díaz, a principios del siglo XX,
    un grupo de jóvenes estudiantes y profesionistas se movilizan expresando una fuerte oposición a los
    postulados de la doctrina positivista que habían sido adoptados y promovidos por el gobierno. En
    1912, estalla un conflicto en la Escuela de Jurisprudencia entre su Director Luis Cabrera y los
                                                                        5
    estudiantes, que lleva a la fundación de la Escuela Libre de Derecho . En este mismo año, el 13 de
    diciembre, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo
    de la Juventud, un grupo cultural independiente, producto de los movimientos anti positivistas,
    formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, y figuras importantes del sector
    intelectual mexicano, con el propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura
    universal, sin dejar de lado la nacional. El Ateneo propone una Universidad no elitista, que haga
    llegar la cultura a las clases más numerosas, mediante la organización de clases y congresos extra
    muros, dentro de la mística que entrañaba el cambio político y social. El movimiento pasa a través
    de diversos cambios, sin pero desviar de su misión original, denominándose en 1912 Ateneo de
    México. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de
                                                                                                6
    acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo” .
                                                                                                            Francisco Madero
    En 1913, el País vive la tragedia del asesinato del Presidente
    Francisco Madero, su hermano y el vicepresidente. Concluido el
    periodo armado de la Revolución, se inicia un proceso de constante
    reforma, tanto en la conformación del Estado mexicano, como del
    sistema educativo, que considera a la población estudiantil como
    principal agente de transformación social. Esto trae un cambio
    fundamental en todo el sistema de obras de caridad y socorro para
    los necesitados. En 1916 nace la primera organización estudiantil, el

4
  Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México. Consultado el
7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm
5
  Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México, en Estudios y Ensayos,
ANUIES. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en
http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm
6
  Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de
mayo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm

                                                                5
Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes.


En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana se ven reflejadas en los Artículos 4 y 5 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas
deben ser útiles a la sociedad. Según esta nueva disposición, la Universidad depende directamente
del Ejecutivo Federal, mientras que la educación primaria y secundaria pasan a ser competencia de
los Estados. Con la promulgación de la Constitución, se otorga por primera vez rango constitucional
al derecho que todo ciudadano tiene para recibir una educación laica, obligatoria y gratuita. Según
el Artículo 3 “La educación que imparte el Estado - Federación, Estados, Municipios -, tenderá a
desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez el amor a
la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”.




                                                    6
Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional



                                                                                          José Vasconcelos
    De 1920 a 1924, el Rector de la Universidad Nacional (1920 -1921), José
    Vasconcelos, echa a andar una importante campaña para la
    democratización y laicización de la educación. La vinculación
    Universidad – Sociedad que profetiza, se cristaliza en su discurso de
    toma de posesión como Rector de la Universidad:
    “Al decir educación me refiero a una enseñanza directa de parte de los
    que saben algo, en favor de los que nada saben; me refiero a una
    enseñanza que sirva para aumentar la capacidad productiva de cada
    mano que trabaja, de cada cerebro que piensa [...] Tomemos al
    campesino bajo nuestra guarda y enseñémosle a centuplicar el monto
    de su producción mediante el empleo de mejores útiles y de mejores
    métodos. Esto es más importante que distraerlos en la conjugación de los verbos, pues la cultura es
    fruto natural del desarrollo económico *...+”.

    En 1921 por Decreto del Presidente Álvaro Obregón (Decreto estableciendo una Secretaria de
    Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública) y bajo iniciativa de Vasconcelos, primer
    rector de la Universidad Nacional de México y luego Secretario de Educación Pública, se crea la
    primera institución precursora de la actual Secretaría de Educación Pública (SEP), inaugurando así
    una tendencia hacia la federalización educativa. Durante el mismo año, el subsecretario de Educación
    Pública y catedrático Rafael Heliodoro Valle participa en el Primer Congreso Internacional de
    Estudiantes organizado en México con motivo del primer centenario de la Independencia. La
    resolución primera del Congreso recita: “La juventud universitaria proclama que luchará por el
    advenimiento de una nueva humanidad, fundada sobre los principios modernos de justicia en el orden
                                7
    económico y en el político” . Además, el Congreso Internacional de Estudiantes pide la participación
    de los estudiantes en el gobierno de las universidades y la implantación de la docencia y la asistencia
    libres.


    Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor
    revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten
    2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes.


    Hasta 1924, la extensión universitaria se impone como realidad en la Universidad Nacional. Alfonso
    Pruneda García, que sucede a Vasconcelos como Rector, con un reducido presupuesto adaptado a

7
 Claude Fell, José Vasconcelos, Los años del águila, Universidad Nacional Autónoma de México, 1989,
México, p. 318.

                                                      7
las circunstancias, impulsa acciones coordinadas de varias facultades8, además de impulsar otras
    importantes iniciativas, como el otorgar el voto a los estudiantes en el Consejo Universitario.


    Emilio Portes Gil
                               Después de la muerte del Presidente electo, el General Álvaro Obregón, el
                               Congreso nombra Presidente provisional al licenciado Emilio Portes Gil,
                               quien ocupa el cargo del 1º de diciembre de 1928 al 5 de febrero de 1930.


                               Durante estos años, los congresos estudiantiles se transforman en una de
                               las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se
                               suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla,
                               1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán,
    1927–1928; Mérida, 1929.


    En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento
    que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. La idea de
    autonomía circulaba desde principios del siglo, bajo la influencia de la Reforma de Córdoba del
    1918 y de los movimientos estudiantiles uruguayos, cubanos y chilenos.


    A principios de 1929, empiezan los problemas en la Facultad de Jurisprudencia y en la Escuela
    Nacional Preparatoria. En esta última, los alumnos se oponen a un nuevo plan de estudios que
    preveía tres años de preparatoria en lugar de dos. Por otro lado, en la Escuela de Derecho los
    estudiantes se expresan en contra de la aplicación de reconocimientos trimestrales en sustitución
    de los exámenes finales, rechazan medidas tales como el cierre de la facultad por Acuerdo del
    Presidente de la República y la intromisión de la fuerza pública. Con la oposición de los estudiantes a
    esta nueva forma de exámenes empieza, mediante la declaración de huelga el 9 de mayo, el
    movimiento estudiantil de 1929 que llevará al establecimiento de la autonomía de la Universidad
    en México. El 28 de mayo, se presenta una gran manifestación en el Zócalo frente al Palacio
    Nacional para apoyar las demandas. Inmediatamente después, Emilio Portes Gil manda su respuesta
    en una Ley de autonomía universitaria como única solución al conflicto. El 10 de julio es promulgada
    la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la
    autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente, entre los fines de la educación, la
    investigación y la extensión. Los fines de la institución se establecieron en el Artículo primero, que
    señala: “La Universidad Nacional de México tiene por fines impartir la educación superior y organizar
    la investigación científica, principalmente la de las condiciones y problemas nacionales, para formar
    profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y llegar a expresar en sus modalidades más altas la
    cultura nacional, para ayudar a la integración del pueblo mexicano. Será también fin esencial de la

8
 Fuente: Elvira Pruneda, La permanencia de la Universidad Popular Mexicana durante la revolución 1912-1920. Consultado el 5 de
mayo de 2010 en http://www.lajornadamorelos.com/suplementos/el-tlacuache/81931?task=view

                                                              8
Universidad llevar las enseñanzas que se imparten en las escuelas, por medio de la extensión
universitaria, a quienes no estuvieren en posibilidades de asistir a las escuelas superiores, poniendo
así la Universidad al servicio del pueblo”.


Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley
Orgánica para la Universidad Autónoma de México, que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la
autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero,
mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente
Universidad Autónoma México. El Artículo 1º de la Ley señala: “La Universidad Autónoma de México
es una corporación dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación
superior y organizar investigaciones científicas principalmente acerca de las condiciones y problemas
nacionales, para formar profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y extender con la mayor
amplitud posible los beneficios de la cultura”. Y el Artículo 2 precisa que “La Universidad Autónoma
de México, se organizará libremente dentro de los lineamientos generales señalados por la presente
ley”. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley
Orgánica de la Universidad Autónoma de México.




                                                  9
La Educación Socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio



                                                                                                     Plutarco Elías Calles
    El 20 de julio de 1934, el Jefe Máximo de la Revolución, Plutarco
    Elías Calles, habla al pueblo de Jalisco sobre la reforma al
    Artículo 3º de la Constitución. En su mensaje, conocido como el
    “Grito de Guadalajara”, afirmaba, entre otras cosas, que “..es
    necesario que entremos al nuevo periodo de la revolución, que
    yo le llamaría el periodo de la revolución psicológica; debemos
    entrar, apoderarnos de las conciencias, de la conciencia de la
    niñez, de la conciencia de la juventud, porque la niñez y la
    juventud deben pertenecer a la Revolución... no podemos
    entregar el porvenir de la Revolución a manos enemigas. Con toda la maña los reaccionarios dicen
    que el niño pertenece al hogar, que el joven le pertenece a la familia; doctrina egoísta, el niño y el
                                               9
    joven pertenecen a la colectividad...”


    En 1934, siendo presidente el General Lázaro Cárdenas del Río (1934-1940) el Artículo 3° de la
    Constitución es reformado de la siguiente manera: “La Educación que imparta el estado será
    socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo
    cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud
    un concepto racional y exacto del universo y de la vida social….”. El Párrafo I del mismo Artículo,
    prohíbe a las corporaciones religiosas toda injerencia, también financiera, en la educación primaria,
    secundaria o normal, mientras que, por primera vez en el texto constitucional, se obligan a las
    escuelas privadas a seguir los programas oficiales.


    La nueva orientación propone ampliar las oportunidades educativas de los trabajadores urbanos y
    rurales: se crean internados, comedores y becas; se impulsa la creación de escuelas vinculadas a
    centros de producción y se alienta la educación técnica. En 1934 se implanta uno de los programas
    de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos
    resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en
    Morelia en 1935.


    El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto
    Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la Patria”, para que apoyara el
    desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y
    el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela


9
    Reseña Histórica de la Universidad de Guadalajara. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.uag.mx/201/lareforma.htm


                                                              10
Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de
     Medicina en 1936, a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de
     Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social
     para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la
     titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se
     incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología,
                                                           10
     en el contexto mismo de la Ley General de Salud . El Convenio apunta a desarrollar proyectos de
     servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los
     estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la
     incorporación de los estudiantes de las carreras de Medicina, el objetivo del Servicio Social en esa
     fase era de atender a las comunidades carentes de servicios médicos.




10
    Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México:
http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm

                                                         11
La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del
                    Artículo 3º constitucional de 1946


La nacionalización de la industria petrolera (1938) favorece el avance del campo de acción del
Servicio Social, ya que la Escuela de Ciencias Químicas establece la práctica del servicio social de sus
estudiantes con apoyo específico a esa industria.

El 26 de mayo de 1945, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del
Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de
octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria
del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El
Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de
las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o
impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53,
entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y
presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además
que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades
sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta
Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no
menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que
por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el
servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el Artículo 59
dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del
profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus
necesidades”.

En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el Artículo 3º Constitucional en los
siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios –
tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la
vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la
justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a
dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los
resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los
fanatismos, y los perjuicios”. La reforma permite reafirmar la importancia del rol de la educación en
el proceso de desarrollo nacional y cristaliza los principios de solidaridad y contribución social que
rigen la práctica del servicio social.


En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional, en estos años se inicia
formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. En 1944 se funda el Instituto

                                                    12
Federal de Capacitación del Magisterio, el cual abre normales en diversas partes del País. En 1946
se crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y, algunos años más tarde, el Instituto
Nacional Indigenista (1948) y la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza
                                                              Superior (ANUIES) (1950). En 1951, por
                                                              iniciativa de la UNESCO y el Gobierno de
                                                              México nace el Centro Regional de
                                                              Educación Fundamental para América
                                                              Latina    (CREFAL),    hoy    Centro     de
                                                              Cooperación Regional para la Educación
                                                              de los Adultos en América Latina y el
                                                              Caribe, con el propósito de apoyar la
                                                              tarea educativa en los ámbitos sociales
                                                              más      rezagados    de     esos    Países,
particularmente el ámbito rural. Con el surgimiento de estas instituciones, la estructura del sistema
educativo mexicano se completa y fortalece, mientras que se busca una mayor inclusión en el
sistema educativo de los sectores más vulnerables y marginados de la sociedad del tiempo.


El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de Medicina, se
publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año.
El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por
medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de
los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio
Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social
a todos los egresados del área médica.


                                                                                    Miguel Alemán Valdés
Como consecuencia, para 1952 la Ley de
Profesiones obliga a los estudiantes a prestar
servicio social en beneficio de la sociedad y
del Estado, así como contemplado por los
Artículos de la Ley.


El 20 de noviembre de 1952, en un acto
presidido por Miguel Alemán se inaugura la
Ciudad Universitaria de la Universidad
Nacional Autónoma de México (UNAM) en una ceremonia denominada “Dedicación de la Ciudad
Universitaria”. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio
social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en
las zonas indígenas y rurales.

                                                   13
La Ley Federal de Educación de 1973


     En la década de los Sesenta, se inicia un movimiento que intenta resolver la cuestión reglamentaria
     del Servicio Social en facultades y escuelas. Aparecen proyectos de ley y reglamentos sobre esta
     actividad y el 9 enero de 1960 se fija la regulación del servicio social a los estudiantes de las escuelas
     normales federales.


     En 1967, tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social, en la que se acepta
     promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes,
     buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno


     En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma
     del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para
     coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con
     la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en
     1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación
                         11
     del Servicio Social .


     La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y
     el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas
     oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de
     revalidación y equivalencia de estudios, asegura el principio de libertad educativa y proporciona una
     reglamentación y una primera base legal relativamente a la obligatoriedad de la prestación del
     servicio social.


     El Artículo 11 de la Ley señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán
     prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes.
     En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado
     académico”.


     Por su parte, las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio
     Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas
     multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo
     así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales.



11
  Hilda María Jiménez Acevedo et alia, Universidad Autónoma de Chiapas, Centro de Estudios para el Desarrollo
Municipal y Políticas Públicas, Proyecto de Servicio Social Modalidad Intrauniversitaria-Municipal para los estudiantes de Gerencia
Social, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. febrero 2010:
http://www.unach.mx/eventos/carteles/Images/432_SERVICIO_SOCIAL_A_DISTANCIA.pdf

                                                                14
En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos
4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales.
El Artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido
por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría
de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite
haber prestado el servicio social”.


En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional
Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece
que, para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá
presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir
verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el
título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de presentar el servicio social incluye a
todos los profesionistas aun cuando no ejerzan la profesión”.


                                                    En 1976 la Secretaria de Educación Pública crea la
                                                    Coordinación General de Educación Superior,
                                                    Ciencia y Tecnología, la cual en 1978 se
                                                    transforma     en    Subsecretaría    de    Educación
Superior e Investigación Científica. El 20 de septiembre de 1978, por Acuerdo presidencial, se crea la
Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación
Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos
de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social.




                                                    15
El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las
    Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana de 1981



                                                                                      José López Portillo
Durante la presidencia de José López Portillo
(1976-1982), se promociona la ANUIES y el 20 de
septiembre de 1978 se crea por Acuerdo
Presidencial la     Comisión Coordinadora del
Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones
de Educación Superior (COSSIES), cuya función
primordial era elaborar programas de servicio
social que se relacionaran con los problemas
prioritarios del País.


En 1978 se promulga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, primera Ley nacional
referida a este nivel educativo. La Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de
diciembre de 1978, establece que, a fin de desarrollar la educación superior en atención a las
necesidades nacionales, regionales y estatales y a las necesidades institucionales de docencia,
investigación y difusión de la cultura, el Estado proveerá la coordinación de este tipo de educación
en toda la República, mediante el fomento de la interacción armónica y solidaria entre las
instituciones de educación superior y a través de la asignación de recursos públicos disponibles
destinados a dicho servicio. En consecuencia de la Ley, en 1979 se constituye la Coordinación
Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES). En 1979, como producto de la
Primera Reunión Nacional de Intercambio sobre Servicio Social, realizada en la Universidad de
Guanajuato, se propone la creación de la Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS) la
cual tendría como objetivo la elaboración del marco metodológico para el desarrollo de esta
actividad.




El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el Artículo 3º
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cambia el número de la última
fracción del mismo Artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango
constitucional, al establecer que: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior
a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí
mismas … ”.




                                                  16
El 30 de marzo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación se pública el Reglamento para la
prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la
República Mexicana, el cual establece las bases y lineamientos para la realización de esta actividad
a través del Sistema Nacional de Servicio Social con la coordinación de la COSSIES. El Artículo 2 del
Reglamento precisa: “Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio
social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado
académico que corresponda”.


Según el Articulo 3, el objeto del servicio social será de “I. Desarrollar en el prestador una conciencia
de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece; II. Convertir esta prestación en un
verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector
público; III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio
social”. Además se establece que “El número de horas requerido para la prestación del servicio,
estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno.
La duración del servicio social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo
dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional relativo al
ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”.


En cumplimiento al Artículo 5º de este Reglamento, se publican el 2 de marzo de 1982, las Bases
para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud cuya aplicación
correspondía a la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia.




                                                    17
Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL)


En julio de 1981 se da a conocer el Plan Nacional de Educación Superior Para el Periodo 1981-1991,
primer instrumento en su género diseñado con la participación de las Instituciones de Educación
Superior (IES), la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior
(ANUIES) y el Gobierno Federal. El eje del Plan es coordinar el nivel educativo con las necesidades de
desarrollo nacional, mediante el apoyo financiero a proyectos específicos.


En el mismo año, el Congreso de la Unión aprueba la Ley Orgánica del IPN, que define la Institución
como un organismo desconcentrado de la Administración Pública Federal, dependiente de la
Secretaría de Educación Pública. En el año 2000, el Instituto inicia un proceso de reforma con el fin
de actualizar los reglamentos internos y las leyes de gestión.


En 1983, bajo la presidencia de Miguel de la Madrid Hurtado, se publica el Acuerdo por el que se
crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS).
El Artículo 1º del Acuerdo especifica que el propósito de la Comisión es “identificar las áreas de
coordinación entre las instituciones educativas y las de salud así como entre el sector educativo y el
sector salud, en el proceso de formación de recursos humanos para la salud que requiera el Sistema
Nacional de Salud”. El Articulo 3º enumera, dentro de las funciones del CIFRHS, “Propiciar que el
servicio social sea una etapa académica de la formación profesional de las carreras del área de la
salud y que sus acciones lleguen prioritariamente a los grupos humanos que carecen de atención,
bajo la vigilancia y evaluación de personal capacitado que labore en las instituciones de salud”.


En marzo de 1984 se instala el Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social, que elabora el
Reglamento de Servicio Social para las carreras de la salud en el marco de la Ley General de Salud
(publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 y en la que se sustituyó a la
Secretaría de Salubridad y Asistencia por la Secretaría de Salud).


Bajo la presidencia de Carlos Salinas de Gortari, se proponen tres acuerdos nacionales para
impulsar el desarrollo del País, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994 (PND). Con
respecto al primero, el Acuerdo para Elevar Productivamente el Nivel de Vida de la Población
(diciembre de 1988), durante el acto de toma de posesión del Poder Ejecutivo Federal, de Gortari
dijo: “El bienestar social en el Estado moderno no se identifica con el paternalismo, que suplanta
esfuerzos e inhibe el carácter; hoy, la elevación del nivel de vida sólo podrá ser producto de la acción
responsable y mutuamente compartida del Estado con la sociedad … . “Pondré de inmediato en
marcha el Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL), con acciones eficaces en la regiones




                                                  18
rurales y en las zonas urbanas con niveles de vida deprimidos. Asimismo, se enfocará hacia los
     grupos indígenas, quienes exigen respeto, nuestro máximo apoyo y trato justo”12.
     El PRONASOL es un programa especial de la administración pública federal que se instrumenta a
                                                                                              13
     partir de 1988, con un presupuesto de 1,640 billones de pesos para 1989 .


     Este programa es ejecutado a través de una comisión, creada por un Acuerdo de la Secretaría de
     Programación y Presupuesto (Acuerdo por el que se crea la Comisión del Programa Nacional de
     Solidaridad como órgano de coordinación y definición de las políticas, estrategias y acciones que en
     el ámbito de la Administración Pública se emprendan, publicado en el Diario Oficial de la Federación
     el 6 de diciembre de 1988). Más tarde, con Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación
     del 25 de mayo de 1992, se crea la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), con el fin de manejar
     el Programa Nacional de Solidaridad y de establecer una nueva relación entre el Estado y la
     sociedad. Por su parte, las IES se comprometen en 1990, a través de un Convenio SPP-SEP-ANUIES, a
     proporcionar a la mayoría de sus prestadores para acciones del PRONASOL, mediante el Programa
     Nacional de Apoyo al Servicio Social (PRONASS), a orientar recursos para atender rezagos sociales e
                                                                                                       14
     impulsar proyectos productivos de comunidades rurales y urbanas marginadas . Con PRONASS, se
     vinculan los pasantes de educación técnica y superior con las estrategias de desarrollo social, y se
     apoya su incorporación a la formulación de proyectos productivos y de infraestructura a favor de las
     comunidades de mayores rezagos.




12
   Fuente: “Discurso de toma de posesión de Carlos Salinas de Gortari”, en el Financiero, año VIII, núm. 1823, viernes 2 de
diciembre de 1988.
13
   Fuente: Eduardo Larrañaga Salazar, Héctor Manuel Pedraza Rosales y Cesario Vega López, Del Estado Benefactor al Estado
Solidario, (2ª Parte), en Revista Vinculo Jurídico, Nº 18, Abril-Junio 1994, Política económica:
http://www.uaz.edu.mx/vinculo/webrvj/rev18-5.htm
14
   Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México, Estado,
normatividad e instituciones educativas ante el servicio social:
http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib33/19.htm

                                                                19
El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari


     Como resultado de la XXIII Reunión de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de
     Educación Superior (ANUIES) de 1990, se firma un Convenio entre dicha Asociación y el Gobierno
     Federal para incorporar las instituciones de educación superior al Programa Nacional de Solidaridad
     PRONASOL. Por medio del Convenio, las Instituciones de Educación Superior se comprometen a
     orientar el Servicio Social hacia las necesidades de desarrollo productivo y social del País. En el
     discurso de apertura de la XXIII Reunión de la ANUIES, De Gortari expresa las orientaciones del
     Programa de Modernización Educativa lanzado por su gobierno para el periodo 1989-1994: “El
     sistema educativo debe ser capaz de contener y revertir los rezagos, de ofrecer a los mexicanos una
     mejor formación capaz de conducir la modernización de la producción y la cultura, con apoyo de la
     ciencia, la tecnología y la competencia profesional. De este modo podrán impulsar y sostener la
     modernización del país ... . Es oportuno recordar, en esta asamblea general, que abordar los retos
     de la modernización constituye una responsabilidad que es compartida. No es tarea exclusiva de la
     competencia del estado; tampoco puede ser vista como una imposición de los intereses específicos
     de ninguno de los demás protagonistas. Se trata de un compromiso compartido ... . Sólo así la
     educación superior se vinculará con las comunidades y con los sectores productivos. Esta es la
     manera de enfrentar el desafío modernizador que convoca a la responsabilidad y la participación de
                 15
     la sociedad” .


     En 1992, se firma el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica bajo el
     siguiente auspicio:
     “La estrategia de modernización del país y la reforma del Estado requieren que se aceleren los
     cambios en el orden educativo. Al igual que en las otras esferas de la vida nacional, este trabajo
     implica una nueva relación entre el Estado y la sociedad y de los niveles de gobierno entre sí y
     supone, en general, una participación más intensa de la sociedad en el campo de la educación. En
     esta articulación moderna del Estado y la sociedad, los vínculos entre escuela y comunidad
     adquieren una importancia especial. De acuerdo con el legado de nuestro liberalismo social, la
     educación debe concebirse como pilar del desarrollo”.
     Al firmar este Acuerdo, se comienzan a incluir reformas en todos los niveles educativos, con el fin de
     orientar la labor educativa al desarrollo nacional.


     El 13 de julio de 1993, se promulga una nueva Ley General de Educación. La Ley hace del Servicio
     Social la palanca del desarrollo nacional, estableciendo el derecho de los estudiantes a una
     formación integral. El Artículo 2º es reformado de la siguiente manera: “Todo individuo tiene
     derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas

15
   Discurso pronunciado por el C. Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari en la ceremonia de presentación del
Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109

                                                              20
oportunidades de acceso al sistema educativo ... . La educación es medio fundamental para
adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del
individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de
conocimientos y para fomentar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el
proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa
y su sentido de responsabilidad social ... ”.
El Artículo 9 precisa que “el estado promoverá y atenderá –directamente, mediante sus organismos
descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y
modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación,
apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la
cultura nacional y universal”.


En la VI reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de 1994, los rectores
asistentes definen el Servicio Social como “el conjunto de actividades teórico-prácticas de carácter
temporal y obligatorio que contribuyen a la formación integral del estudiante y que le permiten, al
aplicar sus conocimientos, destrezas y aptitudes, comprender la función social de su perfil
académico, realizando actividades educativas, de investigación, de asistencia, de difusión,
productivas, de desarrollo tecnológico, económico y social en beneficio de la sociedad”.




                                                 21
El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión
                                           Nacional de Servicio Social


     Bajo la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León, el Programa de Desarrollo Educativo 1995-
     2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996, menciona que
     el Servicio Social se transformará en un medio fundamental para fortalecer la responsabilidad social
     del estudiante y su compromiso permanente de contribuir a la satisfacción de las necesidades del
     País.


     Para analizar de manera permanente la problemática del servicio social y formular propuestas para
     su mejoramiento, en la X Reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la
     ANUIES (CUPIA) en 1997, se presenta el documento “El servicio social en las instituciones de
     educación superior: propuestas para un replanteamiento”. En la Reunión, se decide la creación de la
     Comisión Nacional de Servicio Social, que reuniría a las instituciones involucradas directamente con
     el Servicio Social de la educación superior: la representación de los presidentes de los seis consejos
     regionales y el Secretario General Ejecutivo de la ANUIES; los titulares de la UNAM; el IPN y las
     entidades de carácter público: SEDESOL, SEP y SSA, así como el titular de la institución sede de la
     presidencia de la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. Actualmente, la Comisión Nacional
     de Servicio Social analiza los problemas del Servicio Social, sus programas y su vinculación con la
                                                                                 16
     sociedad y con los planes y programas de la educación superior .


     Como resultado de varias sesiones de trabajo, la Comisión Nacional de Servicio Social presenta ante
     el CUPIA en su XI Sesión (Universidad Autónoma de Campeche, 1998), el documento Problemática
     del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento17. El documento presenta un diagnóstico
     preliminar que señala: “si bien el servicio social ha resultado ser una estrategia de apoyo real para el
     desarrollo de sus comunidades, su prestación se realiza con asimetrías, derivadas de la diversidad de
     factores regionales, políticos, económicos, sociales, culturales y académicos en los que se insertan
     las instituciones de educación superior, por la heterogeneidad de las reglamentaciones en la
     materia, así como de la necesidad de una mayor articulación de los programas de las instituciones
     educativas y de las dependencias gubernamentales relacionadas con el servicio social. En
     consecuencia, resulta difícil la adecuación de los programas de servicio social al desarrollo del país y
     sus regiones, así como, elevar el impacto integral en las necesidades de las comunidades, y en la
     formación académica de los estudiantes”. Sobre la base del análisis de este documento, el CUPIA
     recomienda que se integren un conjunto de elementos cuantitativos que reflejen la situación actual
     del Servicio Social, proyectando la visión de éste hacia el año 2020 y, con ello sustentar un conjunto


16
   Programa Nacional de Extensión de la Cultura y los Servicios, Aprobado en la XXX Sesión Ordinaria de la Asamblea General de l a
ANUIES: http://www.anuies.mx/f_extension/html/pnecs/index.html
17
   Ibídem

                                                               22
de propuestas que permitan mejorar la planeación, organización y ejecución de programas y
proyectos de Servicio Social.




                                           23
Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento
                          de la vinculación Universidad-sociedad


Conformemente al interés que se genera en este periodo hacia las actividades de Extensión
Universitaria en la Región Latinoamericana, numerosas universidades mexicanas participan en 1996
al Primer Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en La Habana, Cuba, y
cuyos Acuerdos finales auspician la conformación de una “Asociación Latinoamericana de Extensión
Universitaria que contribuya a sistematizar e integrar el trabajo y las estrategias extensionistas de
las universidades de la región”. Igualmente, las IES mexicanas participan activamente en el II
Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en 1997 en Mendoza, Argentina
y en el III y IV Congresos Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria desarrollados
respectivamente en 1998 en Heredia, Costa Rica y en 1999 en Caracas, Venezuela. En Caracas, las
instituciones participantes producen el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión
Latinoamericana de Extensión Universitaria.


En el año 2000, la ANUIES organiza el V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria
“Sociedad, Educación Superior y Extensión: Balance y Perspectivas” en la Universidad Michoacana
de San Nicolás de Hidalgo en Morelia. Del evento surge una declaración, conocida como la
Declaración de Morelia, en la cual se decide “operacionalizar las intenciones y propósitos
contenidas en el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión
Universitaria” (ULEU).


En los años sucesivos, las universidades mexicanas están presentes en el VI Congreso de Sao Paulo
de 2001, que coincide con la primera reunión de la asamblea general de la ULEU, en el VII Congreso
en Pinar del Rio, Cuba, en 2003, en el VIII Congreso en Rio de Janeiro, en 2005 y en el IX Congreso
de Bogotá, Colombia, en 2007.


En 1999, la ANUIES, en ocasión de la XXX Asamblea General presenta el documento “La Educación
Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES” El
documento indica que “La docencia, la investigación y la difusión deberán planearse y llevarse a
cabo, buscando atender la problemática del entorno de cada una de las IES. Deberá evitarse, sin
embargo, que la definición de las necesidades se limite a la continuación de tendencias pasadas o al
estrecho ámbito de lo material y de utilidad inmediata. Por el contrario, su carácter de espacios
donde se cultiva el conocimiento, hace que las mismas IES tengan un papel relevante en la
identificación de necesidades, para definirlas con profundidad, en el marco de una visión creativa del
desarrollo sustentable del país a largo plazo”.




                                                  24
El Programa Nacional de Educación 2001-2006 de la Secretaría de Educación Pública contiene
indicaciones en el mismo sentido, y añade que “El reto es lograr que el servicio social de la
educación superior se consolide como un medio estratégico para enriquecer la formación, las
habilidades y destrezas de los estudiantes, y para influir de manera efectiva en la atención de
problemas prioritarios para el país, especialmente aquellos que afectan a las comunidades menos
favorecidas”.


Desde este enfoque, se promueven numerosos Programas Nacionales de Apoyo al Servicio Social y
desde 1999 la ANUIES, con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la Secretaría de
Educación Pública (SEP) y la Fundación Ford, ha establecido acuerdos de colaboración con el
propósito de crear un mecanismo para impulsar el Programa para el Fortalecimiento y
Consolidación de Proyectos de Servicio Social Comunitario, que otorga recursos financieros y
reconocimientos para estimular la labor desempeñada a proyectos de servicio social comunitario.


Durante el gobierno de Vicente Fox Quesada (2000-2006), se inicia un proyecto a favor de la
educación, diseñando nuevas políticas y programas dirigidos a construir un sistema educativo de
calidad, equitativo y de impulso a la gestión institucional.


A partir del año 2001, el Gobierno Federal de México da un sensible giro en el rumbo de la política
social: la Secretaría de Desarrollo Social inicia el diseño de políticas y programas de cuarta
generación, incorporando los aprendizajes de etapas anteriores, y partiendo de la consideración que
el esfuerzo había sido insuficiente.




                                                   25
El Servicio Social en la actualidad


En 2009, el Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales de la Cámara de Senadores
reitera, entre los objetivos de la educación: “Ofrecer servicios educativos de calidad para formar
personas con alto sentido de responsabilidad social, que participen de manera productiva y
competitiva en el mercado laboral”; ”Fortalecer la vinculación de las instituciones de educación
superior con la sociedad a través del servicio social”;”Impulsar la recuperación del sentido de
solidaridad comunitaria y de retribución a la sociedad que dieron origen al servicio social”; "Elevar la
pertinencia del servicio social y promover el establecimiento de vínculos efectivos del servicio social
con proyectos de interés público y de desarrollo comunitario”.


Actualmente, el Servicio Social es regulado por la Ley de Profesiones que regula el Artículo 5º de la
Constitución, reformado en 1993, y por la Ley General de Salud. La Ley de Profesiones establece
que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas
no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio
social”. El Artículo 53 entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante
retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el
Estado”. Se establece que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la
profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las
profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten
servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en
el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca
fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La ley preserva que no exista un
exceso y en tal sentido el Artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las
actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para
satisfacer decorosamente sus necesidades”.


Todos los estudiantes de todas las carreras sub-profesionales (Técnicos) y profesionales (TSU y
Licenciaturas) deben prestar Servicio Social en cumplimiento de la Ley General de Profesiones.
Conforme a la normatividad a nivel nacional, se deben realizar 480 horas en un periodo no menor a
seis meses ni mayor a un año. Las Universidades, a través de su Coordinación de Servicio Social,
convocan semestralmente a los estudiantes y egresados para cubrir las plazas de los programas de
Servicio Social internos o externos, incluyendo actividades en instituciones de asistencia social. El
Servicio Social no puede realizarse en el extranjero, sino exclusivamente en territorio mexicano. El
cumplimento de as horas de Servicio Social previstas es requisito oficial para obtener el registro del
título profesional.




                                                  26
Los requisitos para prestar el Servicio Social son: haber obtenido el 70% de los créditos que señala el
     plan de estudios de la carrera; asistir y participar a un Curso de Inducción al Servicio Social y estar
     registrado en el sistema de la Dirección de Servicio Social Universitario. El Curso de Inducción al
     Servicio Social es obligatorio y consiste en una sesión informativa respecto de los antecedentes
     históricos y fundamentos de la prestación de la labor social de los estudiantes universitarios en el
     País. El estudiante debe elaborar un Informe Final de Servicio Social que es un documento escrito -
     original y único- que entregan los prestadores como requisito para la liberación del Servicio Social, y
     en el cual se describen las actividades del servicio prestado18.


     El número de apoyos financieros para el servicio social ha aumentado en la actualidad con
     programas de becas de la Secretaría de Educación Pública que han ayudado a que la prestación del
     servicio no genere una carga económica para los estudiantes y se facilite su realización.


     De igual manera la práctica del servicio social logra una vinculación entre las instituciones de
     educación superior, los estudiantes e instituciones públicas y privadas que propicia una más fácil
     integración de los estudiantes y recién egresados al mercado laboral.




18
   Fuente: Claudio Rama, Nuevas modalidades del compromiso social de las Universidades (de la extensión universitaria a la
proyección social), II Congreso Internacional de Voluntariado Universitario “Universidades y Voluntariado: Hacia una nueva agenda
social en América Latina y el Caribe”, 4-5 diciembre de 2008, Santo Domingo, República Dominicana. Consultado el 5 de mayo de
2010 en http://www.redivu.org/docs/publicaciones/ramasolidaridad.pdf

                                                               27
ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS


                                        Enlaces:

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http://www.cifrhs.salud.gob.mx/descargas/pdf/E34_marcolegal_normatividad_acuerdode_cr
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                                            31
Documentos de Interés:



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http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res093/txt6.htm

VIII Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 27- 30 de noviembre de
2005, Río de Janeiro, Brasil: http://www.pr5.ufrj.br/iberoamericano/

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(ANUIES), El servicio social en México:
http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm

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(ANUIES), Problemática del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento, 1998:
http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib51/000.htm

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(ANUIES), La Educación Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de
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11 de septiembre de 1998, Heredia, Costa Rica:
http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1998/memoria.pdf

Memorias del V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 19-l 23 de
Noviembre de 2000, Morelia, México:
http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2000/memorias.pdf

Memorias del VI Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, Sao Paulo,
Brasil, 2001: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2001/anais.pdf

Memorias del VII Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 22 - 26
septiembre de 2003, Pinar del Río, Cuba:
http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/memorias2003/index.html

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http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/nrm/1/331/default.htm?s=iste

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Nacional de México, en Estudios y Ensayos, ANUIES:
http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm

Resúmenes del II Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria, 18 - 21 de
noviembre de 1997, Mendoza, Argentina:
http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1997/resumenes.pdf

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una educación de buena calidad para todos un enfoque educativo para el Siglo XXI,
septiembre de 2001: http://dieumsnh.qfb.umich.mx/PNE0106/




                                          34
MÉXICO
                               En 1867, tras la victoria definitiva del primer Presidente Benito Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública, que establece la
                               educación primaria “gratuita para los pobres y obligatoria”. La Ley sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales, pero ejerció
                               influencia sobre las leyes estatales.

                               Durante el periodo revolucionario de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las ideas sociales difundidas en el País, y se da a
                               la búsqueda de una fisonomía institucional propia.

                               En 1912, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo de la Juventud, un grupo cultural
                               independiente formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, denominado en 1912 Ateneo de México, con el mismo propósito
                               de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura universal y, por supuesto, la cultura mexicana. El experimento de la Universidad
                               Popular, concluido en 1922, es un primer intento de acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo.”19

                               En 1916 nace la primera organización estudiantil, el Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes.
     Referencias
     Históricas                En 1921, se organiza en México el Primer Congreso Internacional de Estudiantes organizado, con motivo del primer centenario de la
                               Independencia.

                               Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en
                               esos años. Más de treinta profesores imparten 2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes. Los congresos estudiantiles se transforman
                               en una de las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México,
                               1910; Puebla, 1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán, 1927–1928; Mérida, 1929.

                               En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento que contiene la Propuesta de Autonomía
                               para la Universidad Nacional de México.

                               En 1934 se implanta uno de los programas de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos
                               resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en Morelia en 1935. El Servicio Social, en su
                               concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la


19
 Renate    Marsiske,   El movimiento estudiantil de 1929 y                 la   autonomía   de   la   Universidad   Nacional   de   México.   Consultado   el   5   de   ma yo   de   2010   en
http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm



                                                                                                 35
Patria”, para que apoyara el desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y el Colegio de
               México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela Nacional de Medicina de la Universidad Nacional,
               gestiona la formalización del Servicio Social de medicina en 1936 a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de
               Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social para los Estudiantes de Medicina. En dicho
               documento se establece como requisito previo a la titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí,
               se incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología, en el contexto mismo de la Ley
               General de Salud. El Convenio apunta a desarrollar proyectos de servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el
               monto de la beca para los estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la incorporación de
               los estudiantes de las carreras de medicina, el objetivo del Servicio Social era atender a las comunidades carentes de servicios médicos.

               En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN)
               organiza un esfuerzo similar pero ubicado en las zonas indígenas y rurales.

               En 1967 tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social en la que se acepta promover la creación de un organismo que
               coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes, buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de
               gobierno.

               En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma del Servicio Social, durante el cual se
               propone la creación de un organismo interinstitucional para coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación
               Pública responde con la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en 1973, la Ley Federal
               de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación del Servicio Social.

               Las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el
               Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País,
               surgiendo así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales.


               Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-sociedad en México, destacan el Decreto
Antecedentes   del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de
               Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En dicho proyecto se señala: “La Escuela
Legales del    Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando “que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se
CSU            aprueba el Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del Reglamento recita
               “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, (…) se comprometerá solemnemente, (…) a servir a la instrucción pública (…)
               durante tres años después de que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano de restituir a



                                                                         36
la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación.

En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana vienen plasmadas en los artículos 4 y 5 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas deben ser útiles a la sociedad.

En 1929, los universitarios piden a gran voz el establecimiento de la autonomía universitaria. En el mismo año, el 10 de julio es promulgada la
Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la autonomía universitaria, la Ley incluye
explícitamente entre los fines de la educación, la investigación y la extensión.

Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de
México , que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al
plano financiero, mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente como Universidad
Autónoma México.
La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México.

El 26 de mayo de 1945 se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio
de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley
Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El Capítulo VII (Del servicio social
de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no
mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53, entiende por Servicio
Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad
y el Estado”. Se establece además que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades
sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles
el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el
tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55).
La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las
actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus
necesidades”.

En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el artículo 3º Constitucional en los siguientes términos: “La educación que imparta
el Estado – federación, Estados, Municipios – tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a
la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. Además: Garantizada por el articulo
24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y,
basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos, y los perjuicios”.



                                                            37
En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional, en estos años se inicia formalmente el servicio social en el Instituto
              Politécnico Nacional.

              El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de medicina, se publica un Decreto del Presidente Miguel
              Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año. El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan
              servicios médicos por medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de los Estudiantes y
              Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia.
              Se trata así de incorporar al Servicio Social a todos los egresados del área médica.

              Como consecuencia, para 1952 la Ley de Profesiones (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al
              ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal) obliga a los estudiantes a prestar servicio social en beneficio de la sociedad y del Estado,
              así como contemplado por los artículos de la Ley.

              La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y el derecho que todos los habitantes del
              País tienen de recibir educación con las mismas oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de
              revalidación y equivalencia de estudios, y asegura el principio de libertad educativa. El Artículo 11 señala: “Los beneficiados directamente por
              los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas
              se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”.

              El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados
              Unidos Mexicanos y cambia el número de la última fracción del mismo artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a
              rango constitucional: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la
              facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas (…)”.


              En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos 4º y 5º constitucionales, relativos al
              ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales. El artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título
              profesional expedido por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría de Educación Pública
Marco Legal   revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el servicio social”.
del CSU
              En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones
              en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece que para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el
              interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir verdad, declarará el
              “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de



                                                                          38
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Vinculación Universidad-Sociedad México

  • 1. Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México UNA APROXIMACIÓN A LA VINCULACIÓN UNIVERSIDAD-SOCIEDAD EN MÉXICO Grazia M. Fiore Última actualización: Mayo de 2010 Este documento ha sido realizado con la colaboración de Laura Elizabeth Manjarrez Bastidas a través del servicio de voluntariado en línea OnlineVolunteering.org 1
  • 2. Una aproximación a la vinculación Universidad-Sociedad en México Nota: El trabajo aquí presentado se propone como un primer esfuerzo para sintetizar información acerca de la vinculación universidad-sociedad en los países de la región latinoamericana. Su objetivo es brindar a las personas interesadas un primer núcleo de informaciones acerca de las etapas que han marcado la historia de la educación superior en cada País, y sobre las leyes y políticas públicas que regulan algunas formas de participación social de las universidades. No se trata de un trabajo definitivo ni exhaustivo, sino de una primera “aproximación” a la comprensión de la acción social universitaria. Sobre la base de lo anterior, esperamos poder pronto enriquecer esta primera síntesis con sus aportaciones y comentarios, a través de un proceso de construcción colectiva del conocimiento que fortalezca, contextualice y visibilice la contribución de las universidades al logro de un desarrollo inclusivo y sustentable en la Región. Agradeceremos enviar todo comentario relativo a la información recopilada al correo graziafiore@hotmail.com INDICE DE CONTENIDOS p. 3 Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917 p. 5 p. 7 Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional La educación socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio p. 10 La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del Artículo 3º p. 12 constitucional de 1946 La Ley Federal de Educación de 1973 p. 14 El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de p. 16 Educación Superior en la República Mexicana de 1981 Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL) p. 18 El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari p. 20 El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión Nacional de Servicio p. 22 Social Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento de la vinculación p. 24 universidad-sociedad El Servicio Social en la actualidad p. 26 Enlaces y documentos de interés p. 28 Resumen p. 35 OBSERVATORIO IBEROAMERICANO DE COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO UNIVERSITARIO REDIVU 2
  • 3. Antecedentes del Compromiso Social Universitario en México Benito Juárez (ladedios.com.ar) En 1867, tras la victoria definitiva del Presidente Benito Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública, que establece la educación primaria “gratuita para los pobres y obligatoria” y se crean la Escuela de Estudios Preparatorios, la cual habría de dar una base homogénea a la educación profesional y las Escuelas de Estudios Profesionales. La Ley sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales, 1 pero ejerció influencia sobre las leyes estatales : con la norma se reforman todos los niveles educativos en sentido liberal y se establece por primera vez la creación de escuelas para niñas. Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad- sociedad en México, destacan el Decreto del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En dicho proyecto se señala: “La Escuela Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando “que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se aprueba el Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, *…+ se comprometerá solemnemente, *…+ a servir a la instrucción pública *…+ durante tres años después de que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano de restituir a la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación. Justo Sierra En 1888 se promulga la Ley de Instrucción Obligatoria con alcance 2 jurisdiccional para el D.F. y los territorios federales , sustituida en 1993 por la Ley General de Educación. La Ley divide la instrucción primaria en elemental y superior, establece que la instrucción primaria dada por el Estado sea gratuita, y prohíbe que sea impartida por ministros de cualquier culto religioso. Entre 1888 y 1892, se celebran dos Congresos Pedagógicos, durante los cuales se auspicia la integración del sistema educativo bajo una base homogénea a nivel nacional y se tratan por primera vez aspectos 1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Educación [Actualización: 3 de marzo de 2006]. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en www.diputados.gob.mx/cesop/ 2 Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), Sistemas Educativos Nacionales – México. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.oei.es/quipu/mexico/mex02.pdf 3
  • 4. referentes a la educación rural. Los Congresos impulsan la aprobación de la Reglamentación de la Ley de Instrucción Obligatoria de 1888, que se concretiza en marzo de 1891. Justo Sierra, nombrado Secretario de Instrucción Pública y Bellas Artes en 1905, formula un plan para la Reforma Integral de la Educación Mexicana3. En 1906 se inicia la revisión de las instituciones docentes que culmina con el establecimiento de la Universidad Nacional de México en 1910, al celebrarse el centenario de la Proclamación de la Independencia de México y con el movimiento revolucionario en puerta. En el discurso del acto de la inauguración de la Universidad Nacional de México, el 22 de septiembre de 1910, Sierra afirma “Nosotros no queremos que en el templo que se erige hoy se adore una Atena sin ojos para la humanidad y sin corazón para el pueblo, dentro de sus contornos de mármol blanco; queremos que aquí vengan las selecciones mexicanas en teorías incesantes para adorar a Atena promakos, a la ciencia que defiende a la patria”. 3 María Elena Villatoro M. y Fabián López Pineda, Política Educativa y Estado Democrático. Datos para una reflexión sobre política educativa, en Foro universitario STUNAM. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.stunam.org.mx/8prensa/8forouniver1/forouniver7/8fu7-06.htm 4
  • 5. De la Revolución Mexicana a la Constitución de 1917 Durante el periodo revolucionario, de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las 4 ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia . A finales de marzo de 1911, todavía en el régimen de Porfirio Díaz, se nombra a Jorge Vera Estañol como nuevo Ministro de la Secretaría de Instrucción Pública en lugar de Sierra, como un ejemplo de los cambios que se realizaban para deshacerse de la llamada “gerontocracia”, es decir los viejos científicos. Por otro lado, como parte de la creciente crítica al régimen de Porfirio Díaz, a principios del siglo XX, un grupo de jóvenes estudiantes y profesionistas se movilizan expresando una fuerte oposición a los postulados de la doctrina positivista que habían sido adoptados y promovidos por el gobierno. En 1912, estalla un conflicto en la Escuela de Jurisprudencia entre su Director Luis Cabrera y los 5 estudiantes, que lleva a la fundación de la Escuela Libre de Derecho . En este mismo año, el 13 de diciembre, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo de la Juventud, un grupo cultural independiente, producto de los movimientos anti positivistas, formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, y figuras importantes del sector intelectual mexicano, con el propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura universal, sin dejar de lado la nacional. El Ateneo propone una Universidad no elitista, que haga llegar la cultura a las clases más numerosas, mediante la organización de clases y congresos extra muros, dentro de la mística que entrañaba el cambio político y social. El movimiento pasa a través de diversos cambios, sin pero desviar de su misión original, denominándose en 1912 Ateneo de México. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de 6 acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo” . Francisco Madero En 1913, el País vive la tragedia del asesinato del Presidente Francisco Madero, su hermano y el vicepresidente. Concluido el periodo armado de la Revolución, se inicia un proceso de constante reforma, tanto en la conformación del Estado mexicano, como del sistema educativo, que considera a la población estudiantil como principal agente de transformación social. Esto trae un cambio fundamental en todo el sistema de obras de caridad y socorro para los necesitados. En 1916 nace la primera organización estudiantil, el 4 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm 5 Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México, en Estudios y Ensayos, ANUIES. Consultado el 7 de diciembre de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm 6 Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm 5
  • 6. Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes. En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana se ven reflejadas en los Artículos 4 y 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas deben ser útiles a la sociedad. Según esta nueva disposición, la Universidad depende directamente del Ejecutivo Federal, mientras que la educación primaria y secundaria pasan a ser competencia de los Estados. Con la promulgación de la Constitución, se otorga por primera vez rango constitucional al derecho que todo ciudadano tiene para recibir una educación laica, obligatoria y gratuita. Según el Artículo 3 “La educación que imparte el Estado - Federación, Estados, Municipios -, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia”. 6
  • 7. Hacia la Autonomía de la Universidad Nacional José Vasconcelos De 1920 a 1924, el Rector de la Universidad Nacional (1920 -1921), José Vasconcelos, echa a andar una importante campaña para la democratización y laicización de la educación. La vinculación Universidad – Sociedad que profetiza, se cristaliza en su discurso de toma de posesión como Rector de la Universidad: “Al decir educación me refiero a una enseñanza directa de parte de los que saben algo, en favor de los que nada saben; me refiero a una enseñanza que sirva para aumentar la capacidad productiva de cada mano que trabaja, de cada cerebro que piensa [...] Tomemos al campesino bajo nuestra guarda y enseñémosle a centuplicar el monto de su producción mediante el empleo de mejores útiles y de mejores métodos. Esto es más importante que distraerlos en la conjugación de los verbos, pues la cultura es fruto natural del desarrollo económico *...+”. En 1921 por Decreto del Presidente Álvaro Obregón (Decreto estableciendo una Secretaria de Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública) y bajo iniciativa de Vasconcelos, primer rector de la Universidad Nacional de México y luego Secretario de Educación Pública, se crea la primera institución precursora de la actual Secretaría de Educación Pública (SEP), inaugurando así una tendencia hacia la federalización educativa. Durante el mismo año, el subsecretario de Educación Pública y catedrático Rafael Heliodoro Valle participa en el Primer Congreso Internacional de Estudiantes organizado en México con motivo del primer centenario de la Independencia. La resolución primera del Congreso recita: “La juventud universitaria proclama que luchará por el advenimiento de una nueva humanidad, fundada sobre los principios modernos de justicia en el orden 7 económico y en el político” . Además, el Congreso Internacional de Estudiantes pide la participación de los estudiantes en el gobierno de las universidades y la implantación de la docencia y la asistencia libres. Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten 2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes. Hasta 1924, la extensión universitaria se impone como realidad en la Universidad Nacional. Alfonso Pruneda García, que sucede a Vasconcelos como Rector, con un reducido presupuesto adaptado a 7 Claude Fell, José Vasconcelos, Los años del águila, Universidad Nacional Autónoma de México, 1989, México, p. 318. 7
  • 8. las circunstancias, impulsa acciones coordinadas de varias facultades8, además de impulsar otras importantes iniciativas, como el otorgar el voto a los estudiantes en el Consejo Universitario. Emilio Portes Gil Después de la muerte del Presidente electo, el General Álvaro Obregón, el Congreso nombra Presidente provisional al licenciado Emilio Portes Gil, quien ocupa el cargo del 1º de diciembre de 1928 al 5 de febrero de 1930. Durante estos años, los congresos estudiantiles se transforman en una de las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla, 1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán, 1927–1928; Mérida, 1929. En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. La idea de autonomía circulaba desde principios del siglo, bajo la influencia de la Reforma de Córdoba del 1918 y de los movimientos estudiantiles uruguayos, cubanos y chilenos. A principios de 1929, empiezan los problemas en la Facultad de Jurisprudencia y en la Escuela Nacional Preparatoria. En esta última, los alumnos se oponen a un nuevo plan de estudios que preveía tres años de preparatoria en lugar de dos. Por otro lado, en la Escuela de Derecho los estudiantes se expresan en contra de la aplicación de reconocimientos trimestrales en sustitución de los exámenes finales, rechazan medidas tales como el cierre de la facultad por Acuerdo del Presidente de la República y la intromisión de la fuerza pública. Con la oposición de los estudiantes a esta nueva forma de exámenes empieza, mediante la declaración de huelga el 9 de mayo, el movimiento estudiantil de 1929 que llevará al establecimiento de la autonomía de la Universidad en México. El 28 de mayo, se presenta una gran manifestación en el Zócalo frente al Palacio Nacional para apoyar las demandas. Inmediatamente después, Emilio Portes Gil manda su respuesta en una Ley de autonomía universitaria como única solución al conflicto. El 10 de julio es promulgada la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente, entre los fines de la educación, la investigación y la extensión. Los fines de la institución se establecieron en el Artículo primero, que señala: “La Universidad Nacional de México tiene por fines impartir la educación superior y organizar la investigación científica, principalmente la de las condiciones y problemas nacionales, para formar profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y llegar a expresar en sus modalidades más altas la cultura nacional, para ayudar a la integración del pueblo mexicano. Será también fin esencial de la 8 Fuente: Elvira Pruneda, La permanencia de la Universidad Popular Mexicana durante la revolución 1912-1920. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.lajornadamorelos.com/suplementos/el-tlacuache/81931?task=view 8
  • 9. Universidad llevar las enseñanzas que se imparten en las escuelas, por medio de la extensión universitaria, a quienes no estuvieren en posibilidades de asistir a las escuelas superiores, poniendo así la Universidad al servicio del pueblo”. Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de México, que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero, mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente Universidad Autónoma México. El Artículo 1º de la Ley señala: “La Universidad Autónoma de México es una corporación dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior y organizar investigaciones científicas principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, para formar profesionistas y técnicos útiles a la sociedad y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura”. Y el Artículo 2 precisa que “La Universidad Autónoma de México, se organizará libremente dentro de los lineamientos generales señalados por la presente ley”. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México. 9
  • 10. La Educación Socialista y los orígenes del Servicio Social obligatorio Plutarco Elías Calles El 20 de julio de 1934, el Jefe Máximo de la Revolución, Plutarco Elías Calles, habla al pueblo de Jalisco sobre la reforma al Artículo 3º de la Constitución. En su mensaje, conocido como el “Grito de Guadalajara”, afirmaba, entre otras cosas, que “..es necesario que entremos al nuevo periodo de la revolución, que yo le llamaría el periodo de la revolución psicológica; debemos entrar, apoderarnos de las conciencias, de la conciencia de la niñez, de la conciencia de la juventud, porque la niñez y la juventud deben pertenecer a la Revolución... no podemos entregar el porvenir de la Revolución a manos enemigas. Con toda la maña los reaccionarios dicen que el niño pertenece al hogar, que el joven le pertenece a la familia; doctrina egoísta, el niño y el 9 joven pertenecen a la colectividad...” En 1934, siendo presidente el General Lázaro Cárdenas del Río (1934-1940) el Artículo 3° de la Constitución es reformado de la siguiente manera: “La Educación que imparta el estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social….”. El Párrafo I del mismo Artículo, prohíbe a las corporaciones religiosas toda injerencia, también financiera, en la educación primaria, secundaria o normal, mientras que, por primera vez en el texto constitucional, se obligan a las escuelas privadas a seguir los programas oficiales. La nueva orientación propone ampliar las oportunidades educativas de los trabajadores urbanos y rurales: se crean internados, comedores y becas; se impulsa la creación de escuelas vinculadas a centros de producción y se alienta la educación técnica. En 1934 se implanta uno de los programas de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en Morelia en 1935. El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la Patria”, para que apoyara el desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela 9 Reseña Histórica de la Universidad de Guadalajara. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.uag.mx/201/lareforma.htm 10
  • 11. Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de Medicina en 1936, a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología, 10 en el contexto mismo de la Ley General de Salud . El Convenio apunta a desarrollar proyectos de servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la incorporación de los estudiantes de las carreras de Medicina, el objetivo del Servicio Social en esa fase era de atender a las comunidades carentes de servicios médicos. 10 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm 11
  • 12. La Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional de 1945 y la Reforma del Artículo 3º constitucional de 1946 La nacionalización de la industria petrolera (1938) favorece el avance del campo de acción del Servicio Social, ya que la Escuela de Ciencias Químicas establece la práctica del servicio social de sus estudiantes con apoyo específico a esa industria. El 26 de mayo de 1945, se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53, entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el Artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades”. En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el Artículo 3º Constitucional en los siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios – tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos, y los perjuicios”. La reforma permite reafirmar la importancia del rol de la educación en el proceso de desarrollo nacional y cristaliza los principios de solidaridad y contribución social que rigen la práctica del servicio social. En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del Artículo 5º constitucional, en estos años se inicia formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. En 1944 se funda el Instituto 12
  • 13. Federal de Capacitación del Magisterio, el cual abre normales en diversas partes del País. En 1946 se crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y, algunos años más tarde, el Instituto Nacional Indigenista (1948) y la Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Enseñanza Superior (ANUIES) (1950). En 1951, por iniciativa de la UNESCO y el Gobierno de México nace el Centro Regional de Educación Fundamental para América Latina (CREFAL), hoy Centro de Cooperación Regional para la Educación de los Adultos en América Latina y el Caribe, con el propósito de apoyar la tarea educativa en los ámbitos sociales más rezagados de esos Países, particularmente el ámbito rural. Con el surgimiento de estas instituciones, la estructura del sistema educativo mexicano se completa y fortalece, mientras que se busca una mayor inclusión en el sistema educativo de los sectores más vulnerables y marginados de la sociedad del tiempo. El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de Medicina, se publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año. El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social a todos los egresados del área médica. Miguel Alemán Valdés Como consecuencia, para 1952 la Ley de Profesiones obliga a los estudiantes a prestar servicio social en beneficio de la sociedad y del Estado, así como contemplado por los Artículos de la Ley. El 20 de noviembre de 1952, en un acto presidido por Miguel Alemán se inaugura la Ciudad Universitaria de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en una ceremonia denominada “Dedicación de la Ciudad Universitaria”. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en las zonas indígenas y rurales. 13
  • 14. La Ley Federal de Educación de 1973 En la década de los Sesenta, se inicia un movimiento que intenta resolver la cuestión reglamentaria del Servicio Social en facultades y escuelas. Aparecen proyectos de ley y reglamentos sobre esta actividad y el 9 enero de 1960 se fija la regulación del servicio social a los estudiantes de las escuelas normales federales. En 1967, tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social, en la que se acepta promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes, buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en 1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación 11 del Servicio Social . La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de revalidación y equivalencia de estudios, asegura el principio de libertad educativa y proporciona una reglamentación y una primera base legal relativamente a la obligatoriedad de la prestación del servicio social. El Artículo 11 de la Ley señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”. Por su parte, las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales. 11 Hilda María Jiménez Acevedo et alia, Universidad Autónoma de Chiapas, Centro de Estudios para el Desarrollo Municipal y Políticas Públicas, Proyecto de Servicio Social Modalidad Intrauniversitaria-Municipal para los estudiantes de Gerencia Social, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. febrero 2010: http://www.unach.mx/eventos/carteles/Images/432_SERVICIO_SOCIAL_A_DISTANCIA.pdf 14
  • 15. En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos 4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales. El Artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría de Educación Pública revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el servicio social”. En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece que, para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de presentar el servicio social incluye a todos los profesionistas aun cuando no ejerzan la profesión”. En 1976 la Secretaria de Educación Pública crea la Coordinación General de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, la cual en 1978 se transforma en Subsecretaría de Educación Superior e Investigación Científica. El 20 de septiembre de 1978, por Acuerdo presidencial, se crea la Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES), organismo que surge como respuesta a la necesidad de establecer mecanismos de coordinación interinstitucional de las acciones del gobierno en materia de Servicio Social. 15
  • 16. El Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana de 1981 José López Portillo Durante la presidencia de José López Portillo (1976-1982), se promociona la ANUIES y el 20 de septiembre de 1978 se crea por Acuerdo Presidencial la Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES), cuya función primordial era elaborar programas de servicio social que se relacionaran con los problemas prioritarios del País. En 1978 se promulga la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, primera Ley nacional referida a este nivel educativo. La Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1978, establece que, a fin de desarrollar la educación superior en atención a las necesidades nacionales, regionales y estatales y a las necesidades institucionales de docencia, investigación y difusión de la cultura, el Estado proveerá la coordinación de este tipo de educación en toda la República, mediante el fomento de la interacción armónica y solidaria entre las instituciones de educación superior y a través de la asignación de recursos públicos disponibles destinados a dicho servicio. En consecuencia de la Ley, en 1979 se constituye la Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES). En 1979, como producto de la Primera Reunión Nacional de Intercambio sobre Servicio Social, realizada en la Universidad de Guanajuato, se propone la creación de la Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS) la cual tendría como objetivo la elaboración del marco metodológico para el desarrollo de esta actividad. El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cambia el número de la última fracción del mismo Artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango constitucional, al establecer que: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas … ”. 16
  • 17. El 30 de marzo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación se pública el Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana, el cual establece las bases y lineamientos para la realización de esta actividad a través del Sistema Nacional de Servicio Social con la coordinación de la COSSIES. El Artículo 2 del Reglamento precisa: “Los estudiantes de las instituciones de educación superior prestarán el servicio social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda”. Según el Articulo 3, el objeto del servicio social será de “I. Desarrollar en el prestador una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece; II. Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público; III. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del prestador del servicio social”. Además se establece que “El número de horas requerido para la prestación del servicio, estará determinado por las características específicas del programa al que esté adscrito el alumno. La duración del servicio social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta horas, sin contravenir lo dispuesto por el Artículo 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º. Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal”. En cumplimiento al Artículo 5º de este Reglamento, se publican el 2 de marzo de 1982, las Bases para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud cuya aplicación correspondía a la entonces Secretaría de Salubridad y Asistencia. 17
  • 18. Hacia la creación del Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL) En julio de 1981 se da a conocer el Plan Nacional de Educación Superior Para el Periodo 1981-1991, primer instrumento en su género diseñado con la participación de las Instituciones de Educación Superior (IES), la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) y el Gobierno Federal. El eje del Plan es coordinar el nivel educativo con las necesidades de desarrollo nacional, mediante el apoyo financiero a proyectos específicos. En el mismo año, el Congreso de la Unión aprueba la Ley Orgánica del IPN, que define la Institución como un organismo desconcentrado de la Administración Pública Federal, dependiente de la Secretaría de Educación Pública. En el año 2000, el Instituto inicia un proceso de reforma con el fin de actualizar los reglamentos internos y las leyes de gestión. En 1983, bajo la presidencia de Miguel de la Madrid Hurtado, se publica el Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS). El Artículo 1º del Acuerdo especifica que el propósito de la Comisión es “identificar las áreas de coordinación entre las instituciones educativas y las de salud así como entre el sector educativo y el sector salud, en el proceso de formación de recursos humanos para la salud que requiera el Sistema Nacional de Salud”. El Articulo 3º enumera, dentro de las funciones del CIFRHS, “Propiciar que el servicio social sea una etapa académica de la formación profesional de las carreras del área de la salud y que sus acciones lleguen prioritariamente a los grupos humanos que carecen de atención, bajo la vigilancia y evaluación de personal capacitado que labore en las instituciones de salud”. En marzo de 1984 se instala el Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social, que elabora el Reglamento de Servicio Social para las carreras de la salud en el marco de la Ley General de Salud (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984 y en la que se sustituyó a la Secretaría de Salubridad y Asistencia por la Secretaría de Salud). Bajo la presidencia de Carlos Salinas de Gortari, se proponen tres acuerdos nacionales para impulsar el desarrollo del País, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 1989 - 1994 (PND). Con respecto al primero, el Acuerdo para Elevar Productivamente el Nivel de Vida de la Población (diciembre de 1988), durante el acto de toma de posesión del Poder Ejecutivo Federal, de Gortari dijo: “El bienestar social en el Estado moderno no se identifica con el paternalismo, que suplanta esfuerzos e inhibe el carácter; hoy, la elevación del nivel de vida sólo podrá ser producto de la acción responsable y mutuamente compartida del Estado con la sociedad … . “Pondré de inmediato en marcha el Programa Nacional de Solidaridad (PRONASOL), con acciones eficaces en la regiones 18
  • 19. rurales y en las zonas urbanas con niveles de vida deprimidos. Asimismo, se enfocará hacia los grupos indígenas, quienes exigen respeto, nuestro máximo apoyo y trato justo”12. El PRONASOL es un programa especial de la administración pública federal que se instrumenta a 13 partir de 1988, con un presupuesto de 1,640 billones de pesos para 1989 . Este programa es ejecutado a través de una comisión, creada por un Acuerdo de la Secretaría de Programación y Presupuesto (Acuerdo por el que se crea la Comisión del Programa Nacional de Solidaridad como órgano de coordinación y definición de las políticas, estrategias y acciones que en el ámbito de la Administración Pública se emprendan, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 1988). Más tarde, con Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 25 de mayo de 1992, se crea la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), con el fin de manejar el Programa Nacional de Solidaridad y de establecer una nueva relación entre el Estado y la sociedad. Por su parte, las IES se comprometen en 1990, a través de un Convenio SPP-SEP-ANUIES, a proporcionar a la mayoría de sus prestadores para acciones del PRONASOL, mediante el Programa Nacional de Apoyo al Servicio Social (PRONASS), a orientar recursos para atender rezagos sociales e 14 impulsar proyectos productivos de comunidades rurales y urbanas marginadas . Con PRONASS, se vinculan los pasantes de educación técnica y superior con las estrategias de desarrollo social, y se apoya su incorporación a la formulación de proyectos productivos y de infraestructura a favor de las comunidades de mayores rezagos. 12 Fuente: “Discurso de toma de posesión de Carlos Salinas de Gortari”, en el Financiero, año VIII, núm. 1823, viernes 2 de diciembre de 1988. 13 Fuente: Eduardo Larrañaga Salazar, Héctor Manuel Pedraza Rosales y Cesario Vega López, Del Estado Benefactor al Estado Solidario, (2ª Parte), en Revista Vinculo Jurídico, Nº 18, Abril-Junio 1994, Política económica: http://www.uaz.edu.mx/vinculo/webrvj/rev18-5.htm 14 Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México, Estado, normatividad e instituciones educativas ante el servicio social: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib33/19.htm 19
  • 20. El Programa de Modernización Educativa de Carlos Salinas de Gortari Como resultado de la XXIII Reunión de la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) de 1990, se firma un Convenio entre dicha Asociación y el Gobierno Federal para incorporar las instituciones de educación superior al Programa Nacional de Solidaridad PRONASOL. Por medio del Convenio, las Instituciones de Educación Superior se comprometen a orientar el Servicio Social hacia las necesidades de desarrollo productivo y social del País. En el discurso de apertura de la XXIII Reunión de la ANUIES, De Gortari expresa las orientaciones del Programa de Modernización Educativa lanzado por su gobierno para el periodo 1989-1994: “El sistema educativo debe ser capaz de contener y revertir los rezagos, de ofrecer a los mexicanos una mejor formación capaz de conducir la modernización de la producción y la cultura, con apoyo de la ciencia, la tecnología y la competencia profesional. De este modo podrán impulsar y sostener la modernización del país ... . Es oportuno recordar, en esta asamblea general, que abordar los retos de la modernización constituye una responsabilidad que es compartida. No es tarea exclusiva de la competencia del estado; tampoco puede ser vista como una imposición de los intereses específicos de ninguno de los demás protagonistas. Se trata de un compromiso compartido ... . Sólo así la educación superior se vinculará con las comunidades y con los sectores productivos. Esta es la manera de enfrentar el desafío modernizador que convoca a la responsabilidad y la participación de 15 la sociedad” . En 1992, se firma el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica bajo el siguiente auspicio: “La estrategia de modernización del país y la reforma del Estado requieren que se aceleren los cambios en el orden educativo. Al igual que en las otras esferas de la vida nacional, este trabajo implica una nueva relación entre el Estado y la sociedad y de los niveles de gobierno entre sí y supone, en general, una participación más intensa de la sociedad en el campo de la educación. En esta articulación moderna del Estado y la sociedad, los vínculos entre escuela y comunidad adquieren una importancia especial. De acuerdo con el legado de nuestro liberalismo social, la educación debe concebirse como pilar del desarrollo”. Al firmar este Acuerdo, se comienzan a incluir reformas en todos los niveles educativos, con el fin de orientar la labor educativa al desarrollo nacional. El 13 de julio de 1993, se promulga una nueva Ley General de Educación. La Ley hace del Servicio Social la palanca del desarrollo nacional, estableciendo el derecho de los estudiantes a una formación integral. El Artículo 2º es reformado de la siguiente manera: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas 15 Discurso pronunciado por el C. Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari en la ceremonia de presentación del Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109 20
  • 21. oportunidades de acceso al sistema educativo ... . La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para fomentar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social ... ”. El Artículo 9 precisa que “el estado promoverá y atenderá –directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal”. En la VI reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de 1994, los rectores asistentes definen el Servicio Social como “el conjunto de actividades teórico-prácticas de carácter temporal y obligatorio que contribuyen a la formación integral del estudiante y que le permiten, al aplicar sus conocimientos, destrezas y aptitudes, comprender la función social de su perfil académico, realizando actividades educativas, de investigación, de asistencia, de difusión, productivas, de desarrollo tecnológico, económico y social en beneficio de la sociedad”. 21
  • 22. El Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000 y la creación de la Comisión Nacional de Servicio Social Bajo la presidencia de Ernesto Zedillo Ponce de León, el Programa de Desarrollo Educativo 1995- 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996, menciona que el Servicio Social se transformará en un medio fundamental para fortalecer la responsabilidad social del estudiante y su compromiso permanente de contribuir a la satisfacción de las necesidades del País. Para analizar de manera permanente la problemática del servicio social y formular propuestas para su mejoramiento, en la X Reunión del Consejo de Universidades Públicas e Instituciones Afines de la ANUIES (CUPIA) en 1997, se presenta el documento “El servicio social en las instituciones de educación superior: propuestas para un replanteamiento”. En la Reunión, se decide la creación de la Comisión Nacional de Servicio Social, que reuniría a las instituciones involucradas directamente con el Servicio Social de la educación superior: la representación de los presidentes de los seis consejos regionales y el Secretario General Ejecutivo de la ANUIES; los titulares de la UNAM; el IPN y las entidades de carácter público: SEDESOL, SEP y SSA, así como el titular de la institución sede de la presidencia de la Comisión Interinstitucional de Servicio Social. Actualmente, la Comisión Nacional de Servicio Social analiza los problemas del Servicio Social, sus programas y su vinculación con la 16 sociedad y con los planes y programas de la educación superior . Como resultado de varias sesiones de trabajo, la Comisión Nacional de Servicio Social presenta ante el CUPIA en su XI Sesión (Universidad Autónoma de Campeche, 1998), el documento Problemática del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento17. El documento presenta un diagnóstico preliminar que señala: “si bien el servicio social ha resultado ser una estrategia de apoyo real para el desarrollo de sus comunidades, su prestación se realiza con asimetrías, derivadas de la diversidad de factores regionales, políticos, económicos, sociales, culturales y académicos en los que se insertan las instituciones de educación superior, por la heterogeneidad de las reglamentaciones en la materia, así como de la necesidad de una mayor articulación de los programas de las instituciones educativas y de las dependencias gubernamentales relacionadas con el servicio social. En consecuencia, resulta difícil la adecuación de los programas de servicio social al desarrollo del país y sus regiones, así como, elevar el impacto integral en las necesidades de las comunidades, y en la formación académica de los estudiantes”. Sobre la base del análisis de este documento, el CUPIA recomienda que se integren un conjunto de elementos cuantitativos que reflejen la situación actual del Servicio Social, proyectando la visión de éste hacia el año 2020 y, con ello sustentar un conjunto 16 Programa Nacional de Extensión de la Cultura y los Servicios, Aprobado en la XXX Sesión Ordinaria de la Asamblea General de l a ANUIES: http://www.anuies.mx/f_extension/html/pnecs/index.html 17 Ibídem 22
  • 23. de propuestas que permitan mejorar la planeación, organización y ejecución de programas y proyectos de Servicio Social. 23
  • 24. Los Congresos regionales de extensión y los aportes de ANUIES en el fomento de la vinculación Universidad-sociedad Conformemente al interés que se genera en este periodo hacia las actividades de Extensión Universitaria en la Región Latinoamericana, numerosas universidades mexicanas participan en 1996 al Primer Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en La Habana, Cuba, y cuyos Acuerdos finales auspician la conformación de una “Asociación Latinoamericana de Extensión Universitaria que contribuya a sistematizar e integrar el trabajo y las estrategias extensionistas de las universidades de la región”. Igualmente, las IES mexicanas participan activamente en el II Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria organizado en 1997 en Mendoza, Argentina y en el III y IV Congresos Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria desarrollados respectivamente en 1998 en Heredia, Costa Rica y en 1999 en Caracas, Venezuela. En Caracas, las instituciones participantes producen el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión Universitaria. En el año 2000, la ANUIES organiza el V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria “Sociedad, Educación Superior y Extensión: Balance y Perspectivas” en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo en Morelia. Del evento surge una declaración, conocida como la Declaración de Morelia, en la cual se decide “operacionalizar las intenciones y propósitos contenidas en el Acta Constitutiva y los Estatutos de la Unión Latinoamericana de Extensión Universitaria” (ULEU). En los años sucesivos, las universidades mexicanas están presentes en el VI Congreso de Sao Paulo de 2001, que coincide con la primera reunión de la asamblea general de la ULEU, en el VII Congreso en Pinar del Rio, Cuba, en 2003, en el VIII Congreso en Rio de Janeiro, en 2005 y en el IX Congreso de Bogotá, Colombia, en 2007. En 1999, la ANUIES, en ocasión de la XXX Asamblea General presenta el documento “La Educación Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES” El documento indica que “La docencia, la investigación y la difusión deberán planearse y llevarse a cabo, buscando atender la problemática del entorno de cada una de las IES. Deberá evitarse, sin embargo, que la definición de las necesidades se limite a la continuación de tendencias pasadas o al estrecho ámbito de lo material y de utilidad inmediata. Por el contrario, su carácter de espacios donde se cultiva el conocimiento, hace que las mismas IES tengan un papel relevante en la identificación de necesidades, para definirlas con profundidad, en el marco de una visión creativa del desarrollo sustentable del país a largo plazo”. 24
  • 25. El Programa Nacional de Educación 2001-2006 de la Secretaría de Educación Pública contiene indicaciones en el mismo sentido, y añade que “El reto es lograr que el servicio social de la educación superior se consolide como un medio estratégico para enriquecer la formación, las habilidades y destrezas de los estudiantes, y para influir de manera efectiva en la atención de problemas prioritarios para el país, especialmente aquellos que afectan a las comunidades menos favorecidas”. Desde este enfoque, se promueven numerosos Programas Nacionales de Apoyo al Servicio Social y desde 1999 la ANUIES, con el apoyo de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Fundación Ford, ha establecido acuerdos de colaboración con el propósito de crear un mecanismo para impulsar el Programa para el Fortalecimiento y Consolidación de Proyectos de Servicio Social Comunitario, que otorga recursos financieros y reconocimientos para estimular la labor desempeñada a proyectos de servicio social comunitario. Durante el gobierno de Vicente Fox Quesada (2000-2006), se inicia un proyecto a favor de la educación, diseñando nuevas políticas y programas dirigidos a construir un sistema educativo de calidad, equitativo y de impulso a la gestión institucional. A partir del año 2001, el Gobierno Federal de México da un sensible giro en el rumbo de la política social: la Secretaría de Desarrollo Social inicia el diseño de políticas y programas de cuarta generación, incorporando los aprendizajes de etapas anteriores, y partiendo de la consideración que el esfuerzo había sido insuficiente. 25
  • 26. El Servicio Social en la actualidad En 2009, el Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales de la Cámara de Senadores reitera, entre los objetivos de la educación: “Ofrecer servicios educativos de calidad para formar personas con alto sentido de responsabilidad social, que participen de manera productiva y competitiva en el mercado laboral”; ”Fortalecer la vinculación de las instituciones de educación superior con la sociedad a través del servicio social”;”Impulsar la recuperación del sentido de solidaridad comunitaria y de retribución a la sociedad que dieron origen al servicio social”; "Elevar la pertinencia del servicio social y promover el establecimiento de vínculos efectivos del servicio social con proyectos de interés público y de desarrollo comunitario”. Actualmente, el Servicio Social es regulado por la Ley de Profesiones que regula el Artículo 5º de la Constitución, reformado en 1993, y por la Ley General de Salud. La Ley de Profesiones establece que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53 entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La ley preserva que no exista un exceso y en tal sentido el Artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades”. Todos los estudiantes de todas las carreras sub-profesionales (Técnicos) y profesionales (TSU y Licenciaturas) deben prestar Servicio Social en cumplimiento de la Ley General de Profesiones. Conforme a la normatividad a nivel nacional, se deben realizar 480 horas en un periodo no menor a seis meses ni mayor a un año. Las Universidades, a través de su Coordinación de Servicio Social, convocan semestralmente a los estudiantes y egresados para cubrir las plazas de los programas de Servicio Social internos o externos, incluyendo actividades en instituciones de asistencia social. El Servicio Social no puede realizarse en el extranjero, sino exclusivamente en territorio mexicano. El cumplimento de as horas de Servicio Social previstas es requisito oficial para obtener el registro del título profesional. 26
  • 27. Los requisitos para prestar el Servicio Social son: haber obtenido el 70% de los créditos que señala el plan de estudios de la carrera; asistir y participar a un Curso de Inducción al Servicio Social y estar registrado en el sistema de la Dirección de Servicio Social Universitario. El Curso de Inducción al Servicio Social es obligatorio y consiste en una sesión informativa respecto de los antecedentes históricos y fundamentos de la prestación de la labor social de los estudiantes universitarios en el País. El estudiante debe elaborar un Informe Final de Servicio Social que es un documento escrito - original y único- que entregan los prestadores como requisito para la liberación del Servicio Social, y en el cual se describen las actividades del servicio prestado18. El número de apoyos financieros para el servicio social ha aumentado en la actualidad con programas de becas de la Secretaría de Educación Pública que han ayudado a que la prestación del servicio no genere una carga económica para los estudiantes y se facilite su realización. De igual manera la práctica del servicio social logra una vinculación entre las instituciones de educación superior, los estudiantes e instituciones públicas y privadas que propicia una más fácil integración de los estudiantes y recién egresados al mercado laboral. 18 Fuente: Claudio Rama, Nuevas modalidades del compromiso social de las Universidades (de la extensión universitaria a la proyección social), II Congreso Internacional de Voluntariado Universitario “Universidades y Voluntariado: Hacia una nueva agenda social en América Latina y el Caribe”, 4-5 diciembre de 2008, Santo Domingo, República Dominicana. Consultado el 5 de mayo de 2010 en http://www.redivu.org/docs/publicaciones/ramasolidaridad.pdf 27
  • 28. ENLACES Y DOCUMENTOS DE INTERÉS Enlaces: Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), 1983: http://www.cifrhs.salud.gob.mx/descargas/pdf/E34_marcolegal_normatividad_acuerdode_cr eacion.pdf Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, 1992: http://www.snte26.org.mx/documentos/Acuerdo_Nacional_Modernizacion_Educacion_Basic a.pdf Alfonso Pruneda García (1979-1957), en Compendio de Legislación Universitaria, pp. 137-8: http://www.bibliojuridica.org/libros/1/254/48.pdf Álvaro Obregón, 1880-1928, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=155:alvaro -obregon-1880-1928&catid=85:biografias-revolucion Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES): http://www.anuies.mx/ Bases para la instrumentación del servicio social de las profesiones de la salud, 1982: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/b020382.html Benemérita Escuela Nacional de Maestros: http://dgenamdf.tripod.com/benm/ B enito Juárez, 1806 - 1872 (Oaxaca, México) en Tierra: http://tierra.free- people.net/personajes/personajes-benito-juarez.php Carlos Salinas de Gortari en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexic o/carlos_salinas_de_gortari Centro de Cooperación Regional para la Educación de los Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL): http://www.crefal.edu.mx/index.php Comisión Coordinadora del Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior (COSSIES): http://www.tlaxcala.gob.mx/cossies/index.html Comisión Interuniversitaria de Servicio Social (CISS): http://www.serviciosocial.udg.mx/ciss/ Comité de Enseñanza de Pregrado y Servicio Social: http://www.cifrhs.salud.gob.mx/contenidos/inicio/cpss.html Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/1.htm?s= Decreto estableciendo una Secretaria de Estado que se denominara Secretaria de Educación Pública, 1921: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/0144d6ee- 7c42-459c-aa69-3b118939fd02/decreto_sep.htm Decreto que reforma el Artículo 3º Constitucional, 1946: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_041_30dic46_ima.pdf 28
  • 29. Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los Artículos 4º y 5º constitucionales, 1974: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res009/txt6.htm Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el Artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se cambia el número de la última fracción del mismo Artículo, 1980: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_092_09jun80_ima.pdf El Colegio de México: http://www.colmex.mx/ Emilio Portes Gil en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=622 Ernesto Zedillo Ponce de León, en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexic o/ernesto_zedillo_ponce_de_leon Escuela Libre de Derecho: http://www.eld.edu.mx/ Francisco Ignacio Madero, 1873-1913, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=151 Gustavo Baz Prada (1894 – 1987), en Compendio de Legislación Universitaria, pp. 377-8: http://www.bibliojuridica.org/libros/1/254/100.pdf Instituto Nacional de Antropología e Historia: http://www.inah.gob.mx/ Instituto Politécnico Nacional (IPN): http://www.ipn.mx/WPS/WCM/CONNECT/IPN_HOME/IPN/ESTRUCTURA_PRINCIPAL/IN DEX.HTM José López Portillo y Rojas en Secretaria de Relaciones Exteriores: http://www.sre.gob.mx/acerca/glosario/dpoestasliterarios.htm#1b José Vasconcelos, 1882-1959, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=160:jose- vasconcelos-1882-1959&catid=85:biografias-revolucion La reforma del Artículo 3º de la Constitución, en Reseña Histórica de la Universidad Autónoma de Guadalajara: http://www.uag.mx/201/lareforma.htm La Reforma Universitaria de 1918 — Universidad Nacional de Córdoba: http://www.unc.edu.ar/institucional/historia/reforma Lázaro Cárdenas del Río en Red Escolar: http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar/publicaciones/publi_quepaso/lazarocardenas.htm Ley Orgánica de la Instrucción Pública en el Distrito Federal, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 2 de Diciembre de 1867: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/3f9a47cc-efd9-4724-83e4- 0bb4884af388/02.htm Ley Constitutiva de la Universidad Nacional de México, 26 de mayo de 1910: http://abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/1.pdf Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA), 1929: http://www.abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/34.pdf 29
  • 30. Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de México, 1933: http://www.abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/53.pdf Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México, 1944: http://abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/95.pdf Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional de 1945: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/208.pdf Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, 1946: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/193.pdf Ley que crea el Instituto Nacional Indigenista, 1948: http://www.cua.uam.mx/biblio/ueas10-I/ueaarticulos/LeyqueCreaelINI.pdf Ley que establece el Instituto Federal de Capacitación del Magisterio, 1951: http://www.itch.edu.mx/informacion/derechos/lqeeifdc.pdf Ley Federal de Educación, 1973: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res008/txt5.htm Ley para la Coordinación de la Educación Superior, 1978: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/182.pdf Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, 1981: http://www.cem.itesm.mx/derecho/nlegislacion/federal/182/index.html Ley General de Salud, 1984: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgs/LGS_orig_07feb84_ima.pdf Ley General de Educación, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 1993: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/137.pdf Ley General de Salud, actualizada al 18 de diciembre de 2007: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/legis/lgs/index-indice.htm Miguel Alemán Valdés en Red Escolar: http://redescolar.ilce.edu.mx/redescolar/publicaciones/publi_quepaso/miguelalemanvaldes.h tm Miguel de la Madrid Hurtado en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacion/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexi co/miguel_de_la_madrid_hurtado Plutarco Elías Calles, 1877-1945, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=136:plutar co-elias-calles-1877-1945&catid=85:biografias-revolucion Porfirio Díaz, 1830-1915, en México 2010: http://www.bicentenario.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=381 Portal de la Revolución Mexicana, Bicentenario México 2010: http://www.revolucion.bicentenario.gob.mx/ Rafael Heliodoro Valle (1891-1959) en www.guaymuras.hn: http://www.guaymuras.hn/autores/Rafael_Heliodoro_Valle.pdf Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México de 1885: http://cdigital.dgb.uanl.mx/la/1080107092/1080107092_02.pdf 30
  • 31. Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, 1945: http://148.228.229.11/dirserso/doctos/2.%20Ley%20reglametnaria%20del%20Art%C3%AD culo%205o.Constitucional.pdf Reglamento para la prestación del servicio social de los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana, 1981: http://www.ineanayarit.gob.mx/trans/n03-06.pdf Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL): http://www.sedesol.gob.mx/index/index.php Secretaría de Educación Pública (SEP): http://www.sep.gob.mx/ Secretaría de Educación Pública (SEP), Historia de la SEP: http://www.sep.gob.mx/wb/sep1/sep1_Historia_de_la_SEP?page=1 Secretaría de Salud: http://portal.salud.gob.mx/ Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo: http://www.umich.mx/ Universidad Nacional Autónoma de México: http://www.unam.mx/ Universidad de Guanajuato: http://www.ugto.mx/sitioug/espanol/estructura/index.asp Vicente Fox Quesada en Centro de Estudios y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB): http://www.cidob.org/es/documentacio/biografias_lideres_politicos/america_del_norte/mexic o/vicente_fox_quesada 31
  • 32. Documentos de Interés: IV Congreso Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria: logros y propuestas", 18 - 21 de octubre de 1999, Caracas, Venezuela: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1999/logros_y_propuestas.pdf VI Reunión del CUPIA, Discursos, Toluca, 12 de diciembre de 1994: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res093/txt6.htm VIII Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 27- 30 de noviembre de 2005, Río de Janeiro, Brasil: http://www.pr5.ufrj.br/iberoamericano/ Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), El servicio social en México: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib50/indi.htm Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), Problemática del Servicio Social y propuestas para su mejoramiento, 1998: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/libros/lib51/000.htm Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), La Educación Superior hacia el siglo XXI. Líneas estratégicas de desarrollo. Una propuesta de la ANUIES, 1999: http://www.anuies.mx/servicios/d_estrategicos/documentos_estrategicos/21/sXXI.pdf Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Educación [Actualización: 3 de marzo de 2006]: www.diputados.gob.mx/cesop/ Claudio Rama, Nuevas modalidades del compromiso social de las Universidades (de la extensión universitaria a la proyección social), II Congreso Internacional de Voluntariado Universitario “Universidades y Voluntariado: Hacia una nueva agenda social en América Latina y el Caribe”, 4-5 diciembre de 2008, Santo Domingo, República Dominicana: http://www.redivu.org/docs/publicaciones/ramasolidaridad.pdf Conferencias centrales del IX Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 7 - 9 de noviembre de 2007, Bogotá, Colombia: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2007/conferencias/index.html Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior, Plan Nacional de Educación Superior, Lineamientos Generales Para el Periodo 1981-1991, México, D. F., 9 de agosto de 1981: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res039/txt5.htm Declaración de Morelia, V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 19-23 de noviembre de 2000, Morelia, México: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2000/declaracion_de_morelia.pdf Diario Oficial del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos del 23 de diciembre de 1934: http://www.juridicas.unam.mx/infjur/leg/constmex/pdf/rc020.pdf Diario Oficial de la Federación del 25 de mayo de 1992: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/loapf/LOAPF_ref13_25may92_ima.pdf Discurso pronunciado por el C. Presidente de la República Lic. Carlos Salinas de Gortari en la ceremonia de presentación del Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109 32
  • 33. Eduardo Larrañaga Salazar, Héctor Manuel Pedraza Rosales y Cesario Vega López, Política económica, del Estado benefactor al Estado solidario, Revista Vinculo Jurídico, Nº 18, Abril-Junio 1994: http://www.uaz.edu.mx/vinculo/webrvj/rev18-5.htm Elvira Pruneda, La permanencia de la Universidad Popular Mexicana durante la revolución 1912-1920, 28 de Noviembre de 2009 en la Jornada de Morelos: http://www.lajornadamorelos.com/suplementos/el-tlacuache/81931?task=view Gaceta UNAM, Suplemento del 75 Aniversario de la Autonomía de la Universidad, Ciudad Universitaria, 11 de octubre de 2004, Número 3,754: http://www.dgcs.unam.mx/gacetaweb/suplementos/75aniversario/pdf/75_09.pdf Gaceta UNAM, Suplemento del 75 Aniversario de la Autonomía de la Universidad, Ciudad Universitaria, 18 de octubre de 2004, Número 3,756: http://www.dgcs.unam.mx/gacetaweb/suplementos/75aniversario/pdf/75_11.pdf Guillermo Ontiveros Ruíz, La Política Social en México 1988– 1994: El Programa Nacional de Solidaridad: http://www.eumed.net/libros/2005/gor/index.htm José Vasconcelos, Discurso en la Universidad (1920), Revista Historia de la Educación Latinoamericana, año/vol. 7, Universidad Pedagógica y tecnológica de Colombia, Tunja, Colombia, pp. 179 -183: http://redalyc.uaemex.mx/redalyc/pdf/869/86900709.pdf Juan Carlos Aguilar García, Ateneo de la Juventud La crónica de una amistad, en La Crónica de Hoy, sábado 12 de julio 2008: http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=372415 Justo Sierra, Discurso del acto de la inauguración de la Universidad Nacional de México, 22 de septiembre de 1910: http://www.ensayistas.org/antologia/XXA/sierra/ Ma. del Carmen Rovira Gaspar, Justo Sierra ante la condición humana, Facultad de Filosofía y Letras/UNAM, Julio 2006: http://www.ensayistas.org/critica/generales/C- H/mexico/sierra.htm María Elena Villatoro M. y Fabián López Pineda, Política Educativa y Estado Democrático. Datos para una reflexión sobre política educativa, en Foro Universitario STUNAM: http://www.stunam.org.mx/8prensa/8forouniver1/forouniver7/8fu7-06.htm Memoria del III Congreso Iberoamericano y del Caribe de Extensión Universitaria, 9 - 11 de septiembre de 1998, Heredia, Costa Rica: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1998/memoria.pdf Memorias del V Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 19-l 23 de Noviembre de 2000, Morelia, México: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2000/memorias.pdf Memorias del VI Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, Sao Paulo, Brasil, 2001: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/2001/anais.pdf Memorias del VII Congreso Iberoamericano de Extensión Universitaria, 22 - 26 septiembre de 2003, Pinar del Río, Cuba: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/memorias2003/index.html Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), Sistemas Educativos Nacionales – México: http://www.oei.es/quipu/mexico/mex02.pdf Poder Ejecutivo Federal, Programa para la Modernización Educativa 1989-1994: http://bibliotecadigital.conevyt.org.mx/inea/frames.asp?page=36&id=109 33
  • 34. Ponencias del Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria, 5 - 7 de Junio de 1996, La Habana, Cuba: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/p1996.html Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 19 de febrero de 1996: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/nrm/1/331/default.htm?s=iste Programa de Servicio Social y Prácticas Profesionales, Cámara de Senadores, LX Legislatura, Año 2009: http://www.senado.gob.mx/hoy/servicio_social/Programa_2009.pdf Programa Nacional de Extensión de la Cultura y los Servicios, Aprobado en la XXX Sesión Ordinaria de la Asamblea General de la ANUIES: http://www.anuies.mx/f_extension/html/pnecs/index.html Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México, en Estudios y Ensayos, ANUIES: http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/art1.htm Resúmenes del II Encuentro Latinoamericano de Extensión Universitaria, 18 - 21 de noviembre de 1997, Mendoza, Argentina: http://hosting.udlap.mx/sitios/unionlat.extension/pdf/1997/resumenes.pdf Secretaria de Educación Pública, Programa Nacional de Educación 2001-2006, Por una educación de buena calidad para todos un enfoque educativo para el Siglo XXI, septiembre de 2001: http://dieumsnh.qfb.umich.mx/PNE0106/ 34
  • 35. MÉXICO En 1867, tras la victoria definitiva del primer Presidente Benito Juárez, se promulga la Ley Orgánica de Instrucción Pública, que establece la educación primaria “gratuita para los pobres y obligatoria”. La Ley sólo regía al Distrito Federal (D. F.) y los territorios federales, pero ejerció influencia sobre las leyes estatales. Durante el periodo revolucionario de 1910 - 1917, la Universidad Nacional es receptáculo de las ideas sociales difundidas en el País, y se da a la búsqueda de una fisonomía institucional propia. En 1912, se inician las actividades de la Universidad Popular de México, promovidas por el Ateneo de la Juventud, un grupo cultural independiente formado en 1909 por alumnos y maestros de Jurisprudencia, denominado en 1912 Ateneo de México, con el mismo propósito de lograr que en el País se arraigara y floreciera la cultura universal y, por supuesto, la cultura mexicana. El experimento de la Universidad Popular, concluido en 1922, es un primer intento de acercar la educación al pueblo, bajo el lema: “La ciencia protege al pueblo.”19 En 1916 nace la primera organización estudiantil, el Congreso de Estudiantes, devenido en 1920 Federación de Estudiantes. Referencias Históricas En 1921, se organiza en México el Primer Congreso Internacional de Estudiantes organizado, con motivo del primer centenario de la Independencia. Muchos de los maestros de la Universidad Popular de México se integran a la gran labor revolucionaria que Vasconcelos pretende realizar en esos años. Más de treinta profesores imparten 2.850 conferencias a los obreros en diversas sedes. Los congresos estudiantiles se transforman en una de las actividades recurrentes que nutren las agrupaciones de jóvenes y se suceden prácticamente sin interrupción: Ciudad de México, 1910; Puebla, 1921; Ciudad Victoria, Tamaulipas, 1923; Oaxaca, 1926–1927; Culiacán, 1927–1928; Mérida, 1929. En 1923, la Federación Mexicana de Estudiantes presenta a la Cámara de Diputados un documento que contiene la Propuesta de Autonomía para la Universidad Nacional de México. En 1934 se implanta uno de los programas de salud rural de mayor relevancia, en las zonas agrícolas de Anáhuac, Nuevo León y Zacapu, cuyos resultados preliminares se presentan en el Primer Congreso Nacional de Higiene Rural celebrado en Morelia en 1935. El Servicio Social, en su concepción actual, surge en estos años, con la fundación del Instituto Politécnico Nacional (IPN), bajo el lema “La Técnica al Servicio de la 19 Renate Marsiske, El movimiento estudiantil de 1929 y la autonomía de la Universidad Nacional de México. Consultado el 5 de ma yo de 2010 en http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res044/txt1.htm 35
  • 36. Patria”, para que apoyara el desarrollo industrial de México. Al mismo tiempo, se crean el Instituto de Antropología e Historia y el Colegio de México. Posteriormente, el Dr. Gustavo Baz Prada, entonces Director de la Escuela Nacional de Medicina de la Universidad Nacional, gestiona la formalización del Servicio Social de medicina en 1936 a través de la firma del Convenio en el que participaron el Departamento de Salubridad y el Rector de la Universidad Nacional, para la Implantación del Servicio Médico Social para los Estudiantes de Medicina. En dicho documento se establece como requisito previo a la titulación, el cumplimiento de cinco meses de práctica médica en el medio rural. De ahí, se incorporan al servicio social los estudiantes y pasantes de las escuelas de Enfermería y Odontología, en el contexto mismo de la Ley General de Salud. El Convenio apunta a desarrollar proyectos de servicio médico en áreas rurales por un periodo de cinco meses, fijando el monto de la beca para los estudiantes en noventa pesos semanales. Dirigido principalmente hacia el medio rural y con la incorporación de los estudiantes de las carreras de medicina, el objetivo del Servicio Social era atender a las comunidades carentes de servicios médicos. En 1954, la UNAM promueve la creación de brigadas multidisciplinarias de servicio social y en 1958 el Instituto Politécnico Nacional (IPN) organiza un esfuerzo similar pero ubicado en las zonas indígenas y rurales. En 1967 tiene lugar la Primera Mesa Redonda Nacional de Servicio Social en la que se acepta promover la creación de un organismo que coordinara la prestación del Servicio Social de pasantes, buscando con ello el fomento de relaciones más estrechas con los programas de gobierno. En febrero de 1972, se realiza en Oaxtepec, Morelos, el Primer Congreso Nacional para la Reforma del Servicio Social, durante el cual se propone la creación de un organismo interinstitucional para coordinar la prestación del Servicio Social, a lo que la Secretaría de Educación Pública responde con la integración, en ese mismo año, de la Coordinación General de Servicio Social, expidiéndose en 1973, la Ley Federal de Educación, entre cuyas disposiciones figuran las que norman la prestación del Servicio Social. Las autoridades universitarias crean, en 1973, la Comisión Coordinadora del Servicio Social Integral, mientras que en 1974 se forman en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) brigadas multidisciplinarias para promover el desarrollo de las zonas ejidales marginadas del País, surgiendo así el Plan Nacional de Servicio Social en Zonas Ejidales. Entre los antecedentes del Servicio Social, la más completa expresión de la vinculación universidad-sociedad en México, destacan el Decreto Antecedentes del 17 de diciembre de 1885, mediante el cual el Presidente Porfirio Díaz funda (el 24 de febrero de 1887) la Escuela Normal de Profesores de Instrucción Primaria en la Ciudad de México (hoy la Benemérita Escuela Nacional de Maestros). En dicho proyecto se señala: “La Escuela Legales del Normal se establece con el carácter de nacional”, agregando “que en ella la enseñanza es gratuita.” El 2 de octubre del siguiente año se CSU aprueba el Reglamento de la Escuela Normal para profesores y profesoras en la ciudad de México. El Artículo 24 del Reglamento recita “Antes de ingresar el alumno pensionado a la escuela Normal, (…) se comprometerá solemnemente, (…) a servir a la instrucción pública (…) durante tres años después de que haya concluido su carrera”, estableciendo así como principio la responsabilidad del ciudadano de restituir a 36
  • 37. la sociedad lo que el Estado le brinda en términos de gratuidad de la educación. En 1917, las ideas sociales de la Revolución Mexicana vienen plasmadas en los artículos 4 y 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo el principio de que los profesionistas deben ser útiles a la sociedad. En 1929, los universitarios piden a gran voz el establecimiento de la autonomía universitaria. En el mismo año, el 10 de julio es promulgada la Ley Orgánica de la Universidad Nacional de México, Autónoma (UNMA): además de afirmarse la autonomía universitaria, la Ley incluye explícitamente entre los fines de la educación, la investigación y la extensión. Estos planteamientos quedan en vigencia hasta 1933, año en el cual se promulga una nueva Ley Orgánica para la Universidad Autónoma de México , que deroga la Ley Orgánica del ‘29. En 1933 la autonomía universitaria es finalmente «plena», es decir, se extiende también al plano financiero, mientras que la Universidad Nacional de México, Autónoma, pasa a ser denominada únicamente como Universidad Autónoma México. La Ley de 1933 es derogada el 30 de diciembre de 1944, con la promulgación de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de México. El 26 de mayo de 1945 se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y el 1º de octubre del mismo año se publica el Reglamento de esta Ley (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal). El Capítulo VII (Del servicio social de estudiantes y profesión) establece que “Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar el servicio social”. El Artículo 53, entiende por Servicio Social “el trabajo de carácter temporal y mediante retribución que ejecuten y presten los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado”. Se establece además que “los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán a los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito previo para otorgarles el título, que presten servicio social durante el tiempo no menor de seis meses ni mayor de dos años. No se computará en el término anterior el tiempo que por enfermedad u otra causa grave, el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social” (Artículo 55). La Ley preserva que no exista un exceso, y en tal sentido, el artículo 59 dispone que “Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la remuneración respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades”. En 1946, se suprime la educación socialista, reformando el artículo 3º Constitucional en los siguientes términos: “La educación que imparta el Estado – federación, Estados, Municipios – tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. Además: Garantizada por el articulo 24 la libertad de creencias, el criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos, y los perjuicios”. 37
  • 38. En cumplimiento a la Ley Reglamentaria del artículo 5º constitucional, en estos años se inicia formalmente el servicio social en el Instituto Politécnico Nacional. El 10 de julio de 1952, debido al incremento de egresos de las Escuelas y Facultades de medicina, se publica un Decreto del Presidente Miguel Alemán Valdés, vigente a partir del 16 de julio de ese año. El Decreto dispone que las Secretarías de Estado que actualmente brindan servicios médicos por medio de sanatorios, hospitales, etc. (PEMEX, Ferrocarriles, IMSS y otros), absorban el excedente de los Estudiantes y Practicantes de Medicina que ya no tengan posibilidad de cumplir con su Servicio Social a través de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. Se trata así de incorporar al Servicio Social a todos los egresados del área médica. Como consecuencia, para 1952 la Ley de Profesiones (Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal) obliga a los estudiantes a prestar servicio social en beneficio de la sociedad y del Estado, así como contemplado por los artículos de la Ley. La Ley Federal de Educación de 1973 reitera la gratuidad de la educación impartida por el Estado y el derecho que todos los habitantes del País tienen de recibir educación con las mismas oportunidades, establece las modalidades escolar y extraescolar y nuevos procedimientos de revalidación y equivalencia de estudios, y asegura el principio de libertad educativa. El Artículo 11 señala: “Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán prestar servicio social, en los casos y términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico”. El 9 de junio de 1980 se publica un Decreto por el que se adiciona con una fracción VIII el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cambia el número de la última fracción del mismo artículo. La fracción VIII eleva el principio de autonomía universitaria a rango constitucional: “las Universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas (…)”. En 1974, se publica en el Diario Oficial el Decreto que reforma la Ley Reglamentaria de los artículos 4º y 5º constitucionales, relativos al ejercicio de las profesiones en el Distrito y territorios federales. El artículo 9 del Decreto establece que: “Para que pueda registrarse un título profesional expedido por institución que no forme parte del sistema educativo nacional, será necesario que la Secretaría de Educación Pública Marco Legal revalide, en su caso, los estudios correspondientes y que el interesado acredite haber prestado el servicio social”. del CSU En 1975, se reforma también el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional Relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. El Artículo 14 del Reglamento establece que para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la que, bajo protesta de decir verdad, declarará el “Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el título o grado”. El Artículo 92 especifica que “La obligación de 38