El documento proporciona información sobre la certificación de temas y subtemas para cada estudiante de un grupo de derecho empresarial. Se asignaron 7 temas relacionados con las formas de constitución de compañías y sus efectos legales a los estudiantes. Los temas incluyen tipos de compañías, constitución de compañías de responsabilidad limitada y compañías anónimas, y la junta general. El jefe del grupo y el secretario del grupo certificaron la asignación de temas a cada estudiante.
Este documento presenta definiciones de empresa, sociedad y comerciante. Define una empresa como una actividad económica organizada para la producción, transformación o prestación de servicios. Explica los elementos de una empresa como personas, capital y trabajo. Clasifica las empresas por actividad, número de socios y forma de capital. Define una sociedad como la unión de personas con fines comunes y clasifica las sociedades comerciales en de personas, de capital y de naturaleza mixta. Finalmente, define un comerciante como alguien que se dedica profesionalmente a actividades
Este documento habla sobre la constitución de empresas en Ecuador. Explica los diferentes tipos de empresas como la compañía en nombre colectivo, compañía en comandita simple, compañía de responsabilidad limitada, compañía anónima y compañía de economía mixta. Detalla los requisitos para la constitución de cada tipo de empresa como el capital requerido, la administración, los socios y la escritura pública. También cubre temas como la suscripción de acciones y los tipos de acciones en una compañía anónima.
Las sociedades mercantiles son entidades con personalidad jurídica propia que realizan actividades sujetas al derecho mercantil con el objetivo de generar ganancias. Existen varios tipos como la sociedad colectiva, en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima, las cuales se diferencian principalmente por la responsabilidad de los socios y su participación en la gestión.
Este documento describe las características y tipos de sociedades comerciales. Explica que las sociedades comerciales tienen como objetivo la realización de actividades comerciales lucrativas. Se clasifican según su capital, constitución y responsabilidad de los socios. También describe los procesos de transformación, fusión, división, disolución y liquidación de las sociedades comerciales.
Este documento describe los 10 pasos para crear una empresa en Colombia. Primero, se debe determinar si la empresa será una persona natural o jurídica, y en este último caso, el tipo de sociedad (SAS, Ltda, etc). Luego, se elige un nombre único para la empresa y se asigna un código de actividad económica. Finalmente, se solicita el RUT ante la DIAN y se inscribe la empresa en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio.
Este documento proporciona información sobre los pasos para crear una empresa en Colombia. Detalla 10 tipos de empresas legales como Sociedad por Acciones Simplificada, Persona Natural, Sociedad Limitada, Empresa Unipersonal, Sociedad Anónima, Sociedad Colectiva, Sociedad Comandita Simple, Sociedad Comandita por Acciones, Empresa Asociativa de Trabajo. También cubre la selección del nombre de la empresa, la clasificación de actividad económica y los pasos para la formalización como solicitud del RUT e inscripción en el registro
Este documento proporciona información sobre los pasos para crear una empresa en Colombia. Primero, se debe definir el tipo de empresa, ya sea como persona natural o jurídica. Luego, se explican las diferentes opciones de sociedades como sociedad por acciones simplificada, sociedad limitada, empresa unipersonal, etc. Otros pasos incluyen seleccionar un nombre para la empresa, definir el código de actividad económica y realizar trámites de formalización como solicitar el RUT e inscribirse en el registro mercantil.
Este documento proporciona instrucciones sobre los pasos para crear una empresa en Colombia, incluyendo consultar el tipo de empresa, nombre, código de actividad económica, solicitar el número de identificación tributaria, inscribirse en el registro público mercantil y pagar los trámites de formalización.
Este documento presenta definiciones de empresa, sociedad y comerciante. Define una empresa como una actividad económica organizada para la producción, transformación o prestación de servicios. Explica los elementos de una empresa como personas, capital y trabajo. Clasifica las empresas por actividad, número de socios y forma de capital. Define una sociedad como la unión de personas con fines comunes y clasifica las sociedades comerciales en de personas, de capital y de naturaleza mixta. Finalmente, define un comerciante como alguien que se dedica profesionalmente a actividades
Este documento habla sobre la constitución de empresas en Ecuador. Explica los diferentes tipos de empresas como la compañía en nombre colectivo, compañía en comandita simple, compañía de responsabilidad limitada, compañía anónima y compañía de economía mixta. Detalla los requisitos para la constitución de cada tipo de empresa como el capital requerido, la administración, los socios y la escritura pública. También cubre temas como la suscripción de acciones y los tipos de acciones en una compañía anónima.
Las sociedades mercantiles son entidades con personalidad jurídica propia que realizan actividades sujetas al derecho mercantil con el objetivo de generar ganancias. Existen varios tipos como la sociedad colectiva, en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima, las cuales se diferencian principalmente por la responsabilidad de los socios y su participación en la gestión.
Este documento describe las características y tipos de sociedades comerciales. Explica que las sociedades comerciales tienen como objetivo la realización de actividades comerciales lucrativas. Se clasifican según su capital, constitución y responsabilidad de los socios. También describe los procesos de transformación, fusión, división, disolución y liquidación de las sociedades comerciales.
Este documento describe los 10 pasos para crear una empresa en Colombia. Primero, se debe determinar si la empresa será una persona natural o jurídica, y en este último caso, el tipo de sociedad (SAS, Ltda, etc). Luego, se elige un nombre único para la empresa y se asigna un código de actividad económica. Finalmente, se solicita el RUT ante la DIAN y se inscribe la empresa en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio.
Este documento proporciona información sobre los pasos para crear una empresa en Colombia. Detalla 10 tipos de empresas legales como Sociedad por Acciones Simplificada, Persona Natural, Sociedad Limitada, Empresa Unipersonal, Sociedad Anónima, Sociedad Colectiva, Sociedad Comandita Simple, Sociedad Comandita por Acciones, Empresa Asociativa de Trabajo. También cubre la selección del nombre de la empresa, la clasificación de actividad económica y los pasos para la formalización como solicitud del RUT e inscripción en el registro
Este documento proporciona información sobre los pasos para crear una empresa en Colombia. Primero, se debe definir el tipo de empresa, ya sea como persona natural o jurídica. Luego, se explican las diferentes opciones de sociedades como sociedad por acciones simplificada, sociedad limitada, empresa unipersonal, etc. Otros pasos incluyen seleccionar un nombre para la empresa, definir el código de actividad económica y realizar trámites de formalización como solicitar el RUT e inscribirse en el registro mercantil.
Este documento proporciona instrucciones sobre los pasos para crear una empresa en Colombia, incluyendo consultar el tipo de empresa, nombre, código de actividad económica, solicitar el número de identificación tributaria, inscribirse en el registro público mercantil y pagar los trámites de formalización.
Este documento proporciona instrucciones en 3 pasos para crear una empresa en Colombia. El primer paso incluye consultas sobre el tipo de empresa, nombre y clasificación de actividad económica. El segundo paso cubre la solicitud del RUT, inscripción en el registro público mercantil y elaboración de documentos. El tercer paso se refiere al pago de tasas. El documento ofrece detalles sobre cada tipo de empresa y los requisitos legales para la constitución.
Este documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Colombia, incluyendo las características y pasos para crear una empresa como persona natural o jurídica. Explica los siete tipos de empresas jurídicas que son sociedades anónimas, limitadas, en comandita simple, colectivas, por acciones simplificadas, unipersonales y asociativas de trabajo. También detalla los pasos para crear una empresa como obtener el RUT, realizar la matrícula mercantil y cumplir con las obligaciones legales.
El documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Colombia, incluyendo sociedades por acciones simplificadas, sociedades limitadas, empresas unipersonales, sociedades anónimas, sociedades colectivas, sociedades comandita simple, sociedades comandita por acciones y empresas asociativas de trabajo. También cubre los pasos de consultar la disponibilidad de un nombre de empresa, clasificar la actividad económica según el código CIIU y consultar el uso del suelo permitido según la zonificación.
Este documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Colombia, incluyendo empresas individuales (persona natural) y empresas jurídicas como sociedades por acciones simplificadas, sociedades limitadas, empresas unipersonales, sociedades anónimas, sociedades colectivas, sociedades comandita simple, sociedades comandita por acciones y empresas asociativas de trabajo. También cubre cómo consultar la disponibilidad de un nombre comercial, clasificar la actividad económica de la empresa y consultar la normatividad de usos del suelo para la
Este documento proporciona una introducción a los conceptos básicos de las empresas, incluidas las definiciones, clasificaciones y formas jurídicas. Explica que una empresa es un conjunto organizado de personas y recursos dedicados a la producción de bienes o servicios para obtener beneficios. Las empresas se pueden clasificar por su propiedad, sector económico, proceso productivo y forma jurídica. Las formas jurídicas principales son el empresario individual y las sociedades mercantiles, siendo las más comunes la sociedad limitada, sociedad an
Contabilidad de sociedades ii conclusion y apaJose Monico
Este documento presenta una introducción al tema de la reorganización y transformación de sociedades. Explica los objetivos de analizar los procesos contables y financieros de la transformación, y justifica la importancia de este tema dado que las empresas deben adaptarse constantemente a los cambios del mercado. Luego presenta algunos antecedentes teóricos sobre la transformación de sociedades. Finalmente, describe aspectos legales, financieros y contables relacionados al proceso de transformación como la escritura pública, el balance de transformación, y los efectos en
Este documento describe las características de diferentes tipos de micro y pequeñas empresas con personalidad jurídica en Perú, incluyendo la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL), la Sociedad Anónima (SA), y la Sociedad Anónima Cerrada (SAC). También resume los regímenes tributarios aplicables a personas naturales, jurídicas y cooperativas según sus ingresos mensuales.
Este documento presenta tres puntos clave sobre el problema de agencia en las organizaciones: 1) Existe una separación entre la propiedad y el control de las empresas debido a la distribución del conocimiento; 2) Esto genera costos de agencia asociados al diseño de contratos y supervisión; 3) Se requiere institucionalizar mecanismos de control para mitigar los conflictos entre propietarios y gerentes.
Este documento presenta información sobre las diferentes clases de sociedades en Ecuador según la Ley de Compañías. Describe sociedades privadas como la compañía de responsabilidad limitada, compañía anónima, compañía de economía mixta, y otras. También cubre conceptos contables relacionados con la suscripción y integración de aportes de los socios al formar una nueva sociedad.
El documento describe las tres formas básicas en que pueden estructurarse los departamentos de una organización: por función, por producto/mercado y en forma de matriz. La organización por función agrupa a empleados por actividades relacionadas como producción, marketing y ventas. La organización por producto/mercado agrupa a todos los involucrados en la producción y comercialización de un producto. La estructura matricial combina ambos tipos de estructura para aprovechar sus beneficios y evitar sus inconvenientes.
El documento describe las características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Una SRL es una sociedad mercantil en la que la responsabilidad de los socios está limitada a sus aportes de capital. Las SRL tienen personalidad jurídica distinta a sus socios y ofrecen protección de responsabilidad personal. El documento también cubre temas como la administración, disolución, fusión y liquidación de una SRL.
Clase I Contabilidad De Sociedades MercantilesJOSE LUIS
Este documento presenta la materia de Estudio Contable de Sociedades que se impartirá los sábados durante 6 semanas. Incluye los objetivos generales como conocer la contabilidad para diferentes tipos de sociedades mercantiles y comprender fusiones, liquidaciones y escisiones. También presenta los temas a cubrir como sociedades anónimas, responsabilidad limitada y cooperativas.
Este documento describe las sociedades comerciales. Explica que son entes con personalidad jurídica propia que realizan actividades sujetas al derecho mercantil con el objetivo de generar beneficios para sus socios. Se clasifican según su tipo de capital y constitución, y cuentan con órganos administrativos. También se detalla el proceso de transformación, fusión y disolución de las sociedades comerciales.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales en Colombia, incluyendo la empresa unipersonal, sociedad limitada, sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad comandita simple, sociedad comandita por acciones y sociedad por acciones simplificada. También explica brevemente cómo constituir legalmente cada tipo de sociedad a través de una escritura pública ante notario.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales según la legislación colombiana. Explica que una sociedad comercial es un contrato entre dos o más personas para hacer aportes y compartir utilidades. Luego enumera y describe brevemente los tipos de sociedades como sociedad colectiva, sociedad limitada, sociedad anónima, empresa unipersonal, entre otras. Finalmente, resume los pasos legales para crear una empresa en Colombia.
El documento habla sobre los 10 pasos para la creación de empresas promovidos por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Explica las diferentes clasificaciones de personas (natural vs jurídica) y los siete tipos de sociedades que existen para personas jurídicas, incluyendo sociedad por acciones simplificada, sociedad limitada, empresa unipersonal y más. También menciona servicios como consultar la disponibilidad de un nombre comercial y clasificación por actividad económica.
Este documento proporciona información sobre los pasos para crear una empresa en Colombia. Explica los diferentes tipos de empresas como persona natural, persona jurídica, sociedad por acciones simplificada, sociedad limitada, empresa unipersonal, sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad comandita simple y más. Además, detalla cómo consultar la disponibilidad del nombre de la empresa antes de registrarla.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales según la legislación colombiana, incluyendo la sociedad colectiva, sociedad en comandita, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad de hecho. Se explican las características clave de cada tipo de sociedad como la responsabilidad de los socios, la administración y el nombre de la sociedad.
El documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales según la legislación colombiana, incluyendo la sociedad colectiva, sociedad en comandita, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad de hecho. Se explican las características clave de cada tipo de sociedad como la responsabilidad de los socios, la administración y el nombre de la sociedad.
Las sociedades comerciales son contratos entre dos o más personas para formar una empresa con el objetivo de repartirse las utilidades. Existen varios tipos como la sociedad anónima, de responsabilidad limitada, colectiva y en comandita. Cada tipo tiene características específicas sobre la responsabilidad de los socios, la estructura de propiedad y gestión. Las sociedades comerciales son una herramienta jurídica importante para organizar actividades económicas.
Este documento describe diferentes tipos de empresas mercantiles y sociedades, incluyendo sus definiciones, elementos, clasificaciones y trámites. Define una empresa mercantil como un conjunto coordinado de trabajo, materiales y valores para ofrecer bienes o servicios con propósito de lucro. Describe sociedades como la anónima, limitada, colectiva, comanditaria y cooperativa, detallando sus características principales.
Este documento proporciona instrucciones en 3 pasos para crear una empresa en Colombia. El primer paso incluye consultas sobre el tipo de empresa, nombre y clasificación de actividad económica. El segundo paso cubre la solicitud del RUT, inscripción en el registro público mercantil y elaboración de documentos. El tercer paso se refiere al pago de tasas. El documento ofrece detalles sobre cada tipo de empresa y los requisitos legales para la constitución.
Este documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Colombia, incluyendo las características y pasos para crear una empresa como persona natural o jurídica. Explica los siete tipos de empresas jurídicas que son sociedades anónimas, limitadas, en comandita simple, colectivas, por acciones simplificadas, unipersonales y asociativas de trabajo. También detalla los pasos para crear una empresa como obtener el RUT, realizar la matrícula mercantil y cumplir con las obligaciones legales.
El documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Colombia, incluyendo sociedades por acciones simplificadas, sociedades limitadas, empresas unipersonales, sociedades anónimas, sociedades colectivas, sociedades comandita simple, sociedades comandita por acciones y empresas asociativas de trabajo. También cubre los pasos de consultar la disponibilidad de un nombre de empresa, clasificar la actividad económica según el código CIIU y consultar el uso del suelo permitido según la zonificación.
Este documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Colombia, incluyendo empresas individuales (persona natural) y empresas jurídicas como sociedades por acciones simplificadas, sociedades limitadas, empresas unipersonales, sociedades anónimas, sociedades colectivas, sociedades comandita simple, sociedades comandita por acciones y empresas asociativas de trabajo. También cubre cómo consultar la disponibilidad de un nombre comercial, clasificar la actividad económica de la empresa y consultar la normatividad de usos del suelo para la
Este documento proporciona una introducción a los conceptos básicos de las empresas, incluidas las definiciones, clasificaciones y formas jurídicas. Explica que una empresa es un conjunto organizado de personas y recursos dedicados a la producción de bienes o servicios para obtener beneficios. Las empresas se pueden clasificar por su propiedad, sector económico, proceso productivo y forma jurídica. Las formas jurídicas principales son el empresario individual y las sociedades mercantiles, siendo las más comunes la sociedad limitada, sociedad an
Contabilidad de sociedades ii conclusion y apaJose Monico
Este documento presenta una introducción al tema de la reorganización y transformación de sociedades. Explica los objetivos de analizar los procesos contables y financieros de la transformación, y justifica la importancia de este tema dado que las empresas deben adaptarse constantemente a los cambios del mercado. Luego presenta algunos antecedentes teóricos sobre la transformación de sociedades. Finalmente, describe aspectos legales, financieros y contables relacionados al proceso de transformación como la escritura pública, el balance de transformación, y los efectos en
Este documento describe las características de diferentes tipos de micro y pequeñas empresas con personalidad jurídica en Perú, incluyendo la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL), la Sociedad Anónima (SA), y la Sociedad Anónima Cerrada (SAC). También resume los regímenes tributarios aplicables a personas naturales, jurídicas y cooperativas según sus ingresos mensuales.
Este documento presenta tres puntos clave sobre el problema de agencia en las organizaciones: 1) Existe una separación entre la propiedad y el control de las empresas debido a la distribución del conocimiento; 2) Esto genera costos de agencia asociados al diseño de contratos y supervisión; 3) Se requiere institucionalizar mecanismos de control para mitigar los conflictos entre propietarios y gerentes.
Este documento presenta información sobre las diferentes clases de sociedades en Ecuador según la Ley de Compañías. Describe sociedades privadas como la compañía de responsabilidad limitada, compañía anónima, compañía de economía mixta, y otras. También cubre conceptos contables relacionados con la suscripción y integración de aportes de los socios al formar una nueva sociedad.
El documento describe las tres formas básicas en que pueden estructurarse los departamentos de una organización: por función, por producto/mercado y en forma de matriz. La organización por función agrupa a empleados por actividades relacionadas como producción, marketing y ventas. La organización por producto/mercado agrupa a todos los involucrados en la producción y comercialización de un producto. La estructura matricial combina ambos tipos de estructura para aprovechar sus beneficios y evitar sus inconvenientes.
El documento describe las características de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). Una SRL es una sociedad mercantil en la que la responsabilidad de los socios está limitada a sus aportes de capital. Las SRL tienen personalidad jurídica distinta a sus socios y ofrecen protección de responsabilidad personal. El documento también cubre temas como la administración, disolución, fusión y liquidación de una SRL.
Clase I Contabilidad De Sociedades MercantilesJOSE LUIS
Este documento presenta la materia de Estudio Contable de Sociedades que se impartirá los sábados durante 6 semanas. Incluye los objetivos generales como conocer la contabilidad para diferentes tipos de sociedades mercantiles y comprender fusiones, liquidaciones y escisiones. También presenta los temas a cubrir como sociedades anónimas, responsabilidad limitada y cooperativas.
Este documento describe las sociedades comerciales. Explica que son entes con personalidad jurídica propia que realizan actividades sujetas al derecho mercantil con el objetivo de generar beneficios para sus socios. Se clasifican según su tipo de capital y constitución, y cuentan con órganos administrativos. También se detalla el proceso de transformación, fusión y disolución de las sociedades comerciales.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales en Colombia, incluyendo la empresa unipersonal, sociedad limitada, sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad comandita simple, sociedad comandita por acciones y sociedad por acciones simplificada. También explica brevemente cómo constituir legalmente cada tipo de sociedad a través de una escritura pública ante notario.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales según la legislación colombiana. Explica que una sociedad comercial es un contrato entre dos o más personas para hacer aportes y compartir utilidades. Luego enumera y describe brevemente los tipos de sociedades como sociedad colectiva, sociedad limitada, sociedad anónima, empresa unipersonal, entre otras. Finalmente, resume los pasos legales para crear una empresa en Colombia.
El documento habla sobre los 10 pasos para la creación de empresas promovidos por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Explica las diferentes clasificaciones de personas (natural vs jurídica) y los siete tipos de sociedades que existen para personas jurídicas, incluyendo sociedad por acciones simplificada, sociedad limitada, empresa unipersonal y más. También menciona servicios como consultar la disponibilidad de un nombre comercial y clasificación por actividad económica.
Este documento proporciona información sobre los pasos para crear una empresa en Colombia. Explica los diferentes tipos de empresas como persona natural, persona jurídica, sociedad por acciones simplificada, sociedad limitada, empresa unipersonal, sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad comandita simple y más. Además, detalla cómo consultar la disponibilidad del nombre de la empresa antes de registrarla.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales según la legislación colombiana, incluyendo la sociedad colectiva, sociedad en comandita, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad de hecho. Se explican las características clave de cada tipo de sociedad como la responsabilidad de los socios, la administración y el nombre de la sociedad.
El documento describe los diferentes tipos de sociedades comerciales según la legislación colombiana, incluyendo la sociedad colectiva, sociedad en comandita, sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad de hecho. Se explican las características clave de cada tipo de sociedad como la responsabilidad de los socios, la administración y el nombre de la sociedad.
Las sociedades comerciales son contratos entre dos o más personas para formar una empresa con el objetivo de repartirse las utilidades. Existen varios tipos como la sociedad anónima, de responsabilidad limitada, colectiva y en comandita. Cada tipo tiene características específicas sobre la responsabilidad de los socios, la estructura de propiedad y gestión. Las sociedades comerciales son una herramienta jurídica importante para organizar actividades económicas.
Este documento describe diferentes tipos de empresas mercantiles y sociedades, incluyendo sus definiciones, elementos, clasificaciones y trámites. Define una empresa mercantil como un conjunto coordinado de trabajo, materiales y valores para ofrecer bienes o servicios con propósito de lucro. Describe sociedades como la anónima, limitada, colectiva, comanditaria y cooperativa, detallando sus características principales.
Las sociedades en el contexto actual de Colombia Jennifer Ramírez
Este documento describe varios tipos de sociedades en el contexto legal de Colombia. Define una sociedad limitada como una sociedad mercantil compuesta por un número limitado de socios que comparten el capital de forma igual. Explica los requisitos para constituir una sociedad anónima de acuerdo con el Código de Comercio de Colombia.
Este documento describe los pasos para crear una empresa en Colombia, incluyendo determinar si será una persona natural o jurídica, verificar la disponibilidad del nombre, seleccionar el código de actividad económica, y explica los tipos de empresas jurídicas como la Sociedad por Acciones Simplificada, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Empresa Unipersonal, Sociedad Anónima, Sociedad Colectiva, Sociedad Comandita Simple y Sociedad Comandita por Acciones.
Para crear una empresa en Medellín, primero se debe identificarse como persona natural o jurídica. Existen siete tipos de sociedades como persona jurídica, incluyendo la Sociedad Limitada, Empresa Unipersonal y Sociedad Anónima. Luego se deben realizar trámites como obtener el RUT, constituir la empresa y diligenciar formularios, y finalmente formalizar la empresa en la Cámara de Comercio de Medellín.
El documento describe los pasos para crear una empresa en Colombia, incluyendo determinar si será una persona natural o jurídica, verificar la disponibilidad del nombre, seleccionar el código de actividad económica, y elegir entre varios tipos de sociedades como la Sociedad por Acciones Simplificada, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Empresa Unipersonal, Sociedad Anónima, Sociedad Colectiva, Sociedad Comandita Simple y Sociedad Comandita por Acciones.
Este documento describe diferentes tipos de sociedades comerciales, incluyendo la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima, la sociedad colectiva y la sociedad en comandita. Explica características clave como la responsabilidad de los socios, la razón social, la administración y los requisitos de constitución de cada tipo de sociedad.
Este documento describe diferentes tipos de sociedades comerciales, incluyendo la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima, la sociedad colectiva y la sociedad en comandita. Explica características clave como la responsabilidad de los socios, la razón social, la administración y los requisitos de constitución de cada tipo de sociedad.
La sociedad comercial de responsabilidad limitada está constituida por dos o más socios cuyo capital está dividido en participaciones iguales. La responsabilidad de los socios está limitada a sus aportes y el capital debe ser pagado en al menos un 25% por cada participación.
La sociedad comercial de responsabilidad limitada está constituida por dos o más socios cuyo capital está dividido en participaciones iguales. La responsabilidad de los socios está limitada a sus aportes y el capital debe ser pagado en al menos un 25% por cada participación.
Este documento describe los diferentes tipos de estructuras legales para empresas, incluyendo empresas unipersonales (propiedad de una sola persona), sociedades (propiedad compartida de dos o más personas) y corporaciones/fundaciones. También cubre las ventajas y desventajas de cada tipo de empresa, así como los requisitos para establecer una sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada y empresa individual de responsabilidad limitada.
Este documento presenta un cuestionario sobre la constitución y tipos de empresas. El cuestionario contiene 10 preguntas que explican conceptos como empresa unipersonal, sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad de responsabilidad limitada, y los pasos para constituir legalmente una empresa.
El documento define conceptos clave relacionados con las empresas como la definición de empresa, las diferentes formas jurídicas como las empresas individuales, sociedades y cooperativas, y los pasos para constituir una sociedad. También describe los elementos necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial como la infraestructura, financiación y el patrimonio neto de la empresa.
Este documento describe los diferentes tipos de sociedades, incluyendo sociedad anónima, sociedad colectiva, sociedad en comandita, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad civil. Explica las características clave de cada tipo de sociedad como la responsabilidad de los socios, denominación, administración y otros aspectos legales. También resume las ventajas y desventajas de diferentes formas de sociedades como empresa individual, sociedad colectiva, sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima.
El documento habla sobre diferentes tipos de compañías desde la perspectiva legal en Ecuador. Explica compañías en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta, describiendo sus características principales como la constitución, capital, socios y responsabilidades.
Este documento presenta un resumen de los tipos de compañías en Ecuador. Describe las compañías en nombre colectivo, en comandita simple, limitada, anónima y de economía mixta, incluyendo sus características principales como la responsabilidad de los socios, el capital requerido y los requisitos para su constitución legal. También cubre temas como los derechos de los accionistas, la junta general y los promotores durante el proceso de fundación de una compañía.
Este documento presenta la información sobre el sistema de información gerencial de Rectificadora La Casa del Cigüeñal S.A. Incluye la misión, visión, valores y objetivos de la empresa, así como su historia, procesos, organigrama, manuales y balances. El documento detalla los procesos de producción de rectificación de brazos de biela y cigüeñales, así como indicadores de gestión, análisis FODA y objetivos estratégicos.
El documento proporciona información sobre redes sociales, e-marketing y e-commerce. Explica que las redes sociales permiten el contacto entre individuos y ofrecen ventajas para las empresas como aumentar la visibilidad de la marca. También describe el e-marketing como la utilización de Internet para el marketing directo y el e-commerce como la distribución y venta de productos a través de Internet.
El documento habla sobre la informática en la nube. Explica que consiste en almacenar archivos en servicios en Internet en lugar de en dispositivos locales. Describe los tipos de nube pública, privada e híbrida. También destaca las ventajas como ahorro de costos, copias de seguridad automáticas y acceso desde cualquier lugar, así como las desventajas como posibles caídas de servidores y necesidad de conexión a Internet.
Este documento describe la estrategia de marketing de Lovemarks creada por Kevin Roberts para posicionar una marca en la mente del consumidor a través de vínculos emocionales. Explica las diferencias entre una marca y un Lovemark, los factores clave para convertir una marca en un Lovemark como intrigar, inspirar y generar empatía, y los pasos para lograr esta conversión como centrarse en las emociones y crear experiencias memorables. También presenta cinco claves como cuidar a los consumidores fieles y generar experiencias positivas,
Este documento describe la evolución de la administración de la relación con el cliente (CRM) a través de las décadas. Comenzó centrándose en los productos en los 70, luego en las necesidades del cliente en los 80. En los 90 se fortaleció el enfoque en el servicio para satisfacer las necesidades de los clientes. Actualmente, el CRM se centra en administrar todas las interacciones con el cliente. El documento también explica los componentes clave del CRM como el conocimiento del cliente y la personalización.
La infraestructura de TI consiste en los dispositivos físicos y software que permiten operar una empresa. Incluye servicios tecnológicos y humanos que apoyan las capacidades y sistemas de información de una organización. Los servicios que una empresa puede ofrecer dependen directamente de su infraestructura TI.
La infraestructura de TI consiste en los dispositivos físicos y software que permiten operar una empresa. Incluye servicios tecnológicos y humanos que apoyan las capacidades y sistemas de información de una organización. La infraestructura de TI permite a una empresa proveer servicios a clientes, proveedores y empleados.
Este documento describe la empresa de seguros Toscano S.A. Detalla su misión, visión, valores y estructura organizacional. Explica las diferentes funciones administrativas como la junta de accionistas, directorio, gerentes y unidades. También describe los servicios de seguros que ofrece la empresa como incendio, robo y equipo electrónico.
Este documento presenta la información sobre la empresa de seguros Toscano S.A. Detalla su misión, visión, valores y organización interna. Explica las diferentes funciones administrativas como la junta de accionistas, directorio, gerentes y unidades de riesgo, cumplimiento y atención al cliente. Finalmente, describe los servicios de seguros personales y de propiedad que ofrece la compañía.
Este documento proporciona una guía para la elaboración de proyectos de asignatura en la universidad. Explica que el objetivo de estos proyectos es desarrollar habilidades investigativas en los estudiantes mediante la integración de conocimientos académicos y la solución de problemas profesionales. Además, detalla las etapas del proyecto, la estructura del informe y los componentes que debe contener como la introducción, marco teórico, metodología, propuesta y conclusiones. Por último, provee instru
Este documento presenta un resumen organizacional de la empresa Constructora Paredes y Asociados Trucpar S.A. Detalla su misión, visión, servicios, proyectos realizados, identificación legal y breve descripción. Incluye también su equipo humano, objetivos, logotipo, organigrama y políticas generales. Finalmente describe las tareas realizadas, análisis FODA y diagnóstico de la empresa.
Este documento presenta la propuesta organizacional de la compañía Constructora Paredes y Asociados TRUCPAR S.A. Incluye la misión, visión, servicios, proyectos realizados, identificación legal de la empresa, logo, organigrama y políticas generales. El objetivo es establecer la estructura legal y organizativa necesaria para el funcionamiento de la constructora.
El documento trata sobre el derecho empresarial. Explica la importancia de administrar las empresas tomando en cuenta el marco legal, y establece las diferencias entre los tipos de sociedades jurídicas. También identifica los requisitos necesarios para la constitución de compañías y los trámites legales para su funcionamiento.
El documento trata sobre el derecho empresarial y derecho mercantil. Explica que el derecho empresarial regula las sociedades jurídicas y los requisitos para la constitución y funcionamiento de compañías. Luego define el derecho mercantil como el conjunto de normas que rigen las actividades comerciales y las relaciones entre comerciantes. Finalmente, brinda detalles sobre la historia y definiciones del derecho mercantil.
Este documento describe los servicios médicos de atención de consultas, orientación, enfermería a domicilio y traslados programados o de emergencia que ofrece una compañía. Su objetivo para 2018 es ser un referente nacional en servicios médicos especializados. La compañía se compromete a brindar calidad y cumplir con los requisitos legales en el cuidado de la salud de sus clientes.
Este documento presenta la estructura organizacional y las funciones clave de Medifast Cia. Ltda., una compañía de seguros médicos. Incluye la misión, visión y valores de la compañía, así como descripciones detalladas de los departamentos y roles como gerente general, talento humano, contabilidad, cobranza, comercial, marketing, coordinación médica, médicos, enfermeras y conductores. El documento proporciona una visión completa de los diferentes componentes y personal que componen esta organización de servicios de salud.
Una compañía es una unidad económico-social donde el capital, el trabajo y la dirección se coordinan para producir bienes o servicios de manera útil para la sociedad y de acuerdo con el bien común.
El documento resume la certificación de temas y subtemas asignados a los estudiantes de un grupo de la asignatura Derecho Empresarial. El jefe del grupo certifica haber asignado diferentes temas y subtemas relacionados con las formas de constitución de una compañía y sus efectos legales a cada estudiante del grupo. Luego, el secretario del grupo certifica que el jefe del grupo efectivamente realizó la asignación de temas a cada integrante.
Minería de Datos e IA Conceptos, Fundamentos y Aplicaciones.pdfMedTechBiz
Este libro ofrece una introducción completa y accesible a los campos de la minería de datos y la inteligencia artificial. Cubre todo, desde conceptos básicos hasta estudios de casos avanzados, con énfasis en la aplicación práctica utilizando herramientas como Python y R.
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Reporte homicidio doloso descripción
Reporte que contiene información de las víctimas de homicidio doloso registradas en el municipio de Irapuato Guanajuato durante el periodo señalado, comprende información cualitativa y cuantitativa que hace referencia a las características principales de cada uno de los homicidios.
La información proviene tanto de medios de comunicación digitales e impresos como de los boletines que la propia Fiscalía del Estado de Guanajuato emite de manera diaria a los medios de comunicación quienes publican estas incidencias en sus distintos canales.
Podemos observar cantidad de personas fallecidas, lugar donde se registraron los eventos, colonia y calle así como un comparativo con el mismo periodo pero del año anterior.
Edades y género de las víctimas es parte de la información que incluye el reporte.
Este documento ha sido elaborado por el Observatorio Ciudadano de Seguridad Justicia y Legalidad de Irapuato siendo nuestro propósito conocer datos sociodemográficos en conjunto con información de incidencia delictiva de las 10 colonias y/o comunidades que del año 2020 a la fecha han tenido mayor incidencia.
Existen muchas más colonias que presentan cifras y datos en materia de seguridad, sin embargo, en este primer acercamiento lo que se prevées darle al lector una idea de como se encuentran las colonias analizadas, tomando como referencia los datos del INEGI 2020, datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública del 2020 al 2023 y las bases de datos propias que desde el 2017 el Observatorio Ciudadano ha recopilado de manera puntual con datos de las vıć timas de homicidio doloso, accidentes de tránsito, personas lesionadas por arma de fuego, entre otros indicadores.
LINEA DE TIEMPO Y PERIODO INTERTESTAMENTARIOAaronPleitez
linea de tiempo del antiguo testamento donde se detalla la cronología de todos los eventos, personas, sucesos, etc. Además se incluye una parte del periodo intertestamentario en orden cronológico donde se detalla todo lo que sucede en los 400 años del periodo del silencio. Basicamente es un resumen de todos los sucesos desde Abraham hasta Cristo
Comunidades virtuales de aprendizaje o educativas E-LEARNING.pdf
Form. constit.
1. TECNOLOGICO ESPIRITU SANTO
DERECHO EMPRESARIAL
TEMA
FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE UNA COMPAÑÍA Y SUS EFECTOS
LEGALES, IMPORTANCIA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL SEGÚN
NUESTRO ÁMBITO JURÍDICO
INTEGRANTES
DOCENTE
AÑO
2019
2. CERTIFICACIÓN DE TEMAS Y SUBTEMAS PARA CADA
ESTUDIANTE
CERTIFICO QUE: COMO JEFE ASGINADO AL GRUPO NÚMERO 5
COMPRENDIDO EN LA ASIGNATURA (DERECHO EMPRESARIAL), PROCEDÍ
A FACILITAR LOS TEMAS Y SUBTEMAS CONFORME AL TÍTULO O TEMA
PRINCIPAL, CON LA FINALIDAD QUE TODOS LOS INTEGRANTES LOGREN
A DESARROLLAR LOS TÓPICOS DESTINADOS. SIENDO LAS SIGUIENTES
TEMÁTICAS
ESTUDIANTES:
1. ¿Qué es una compañía? subtema: Clasificación Legal
2. Ejemplos y Casos
3. Compañía Responsabilidad Limitada; subtema: Constitución , Tramite ,
Numero de socios, Capacidad y Capital Mínimo
4. Compañía Anónima; subtema: formalidades, números de accionistas y
capacidad
5. Maneras de Constituir una compañía anónima, aprobación y registros,
inscripción y publicación.
6. Junta General; subtema: Órgano supremo, Clases de órgano supremo,
Convotaria, Forma de convocatoria y Número de convocatorias.
7. Conformación de la Junta General; subtema: quórum, quórum especial,
suspensión de una junta general, forma de tomar decisiones y actas.
Jefe del Grupo
Dado y Firmado
3. CERTIFICACIÓN POR EL SECRETARIO DEL GRUPO
CERTIFICO QUE: EL JEFE ASGINADO AL GRUPO NÚMERO 5 ENTREGÓ
LOS TEMAS Y SUBTEMAS CONFORME AL TÍTULO O TEMA PRINCIPAL
A CADA INTEGRANTE; PARA LO CUAL ADJUNTO LA NÓMINA DE
ESTUDIANTES:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Secretario del grupo
Dado y Firmado
4. SÍNTESIS DEL TEMA INDAGADO
FORMAS DE CONSTITUCIÓN DE UNA COMPAÑÍA Y SUS EFECTOS
LEGALES, IMPORTANCIA DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL SEGÚN
NUESTRO ÁMBITO JURÍDICO.
Este proyecto es basado a las formas de constitución de una compañía la
cual toparemos con temas de compañía limitada y compañía anónima por lo
cual la importancia de las dos para una empresa es que todo este proceso
comienza con la etapa de Disolución en donde se da comienzo a concluir con la
vida jurídica de las compañías y es en la etapa de liquidación en donde se
procede a terminar la vida económica de la misma, son más importantes las
aportaciones de capital que las características personales de los propios socios.
La sociedad o compañía es un contrato, es decir un acuerdo de
voluntades destinado a regular la relación de las partes, que se celebra entre dos
o más personas que ponen algo en común y del cual surge un ente distinto de
los socios que lo conforman, siendo de su esencia que la ganancia o beneficio
que se obtenga en el desarrollo de la actividad sea distribuida entre los socios,
así como también que éstos estén dispuestos a asumir las perdidas.
Al ser La Compañía de Responsabilidad Limitada una de las clases de
compañías que se rige al control de su máximo organismo como es la
Superintendencia de Compañías y a su vez se encuentra en su respectiva
clasificación en la normativa vigente, siendo esta la Ley de Compañías como lo
dice en el Código civil: Arts. 4, 12, 39, 585, 675, 721, 860, 1481, 1482,1483, 1622,
1661, 1730, 1735, 1833, 1883,1967, 1974, 1984, 2308, 2401.
Constitución Política de la República del Ecuador: Arts. 23
5. INDICE
¿QUE ES UNA COMPAÑÍA? 1
1. CLASIFICACIÓN LEGAL 1
1.1. COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO 1
1.2. COMPAÑÍA EN COMANDITA SIMPLE 1
1.3. COMPAÑÍA EN COMANDITA POR ACCIONES 2
1.4. COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 2
1.5. COMPAÑÍA O SOCIEDAD ANÓNIMA 2
1.6. COMPAÑÍA ECONOMÍA MIXTA 3
1.7. COMPAÑÍA ACCIDENTAL O CUENTAS EN PARTICIPACIÓN 3
1.8. COMPAÑÍA HOLDING O TENEDORA DE ACCIONES 3
2. EJEMPLOS Y CASOS 4
3. COMPAÑÍA RESPONSABILIDAD LIMITADA 5
3.1. CARACTERISTICAS 5
3.2. CONSTITUCIÓN 6
3.2.1. TRÁMITE 6
3.2.2. NÚMERO DE SOCIOS 6
3.2.3. CAPACIDAD 6
3.2.4. CAPITAL MÍNIMO CÍA. LTDA. 7
4. COMPAÑÍA ANÓNIMA 7
4.1. CARACTERÍSTICAS 8
4.2. CONSTITUCIÓN 9
4.2.1. TRÁMITE 9
4.2.2. FORMALIDADES 10
4.2.3. NÚMERO DE ACCIONISTAS 11
4.2.4. CAPACIDAD 12
4.2.5. MANERA CONSTITUIR C.A. 13
4.2.5.1. ESCRITURA DE FUNDACIÓN 13
4.2.5.2. APROVACIÓN Y REGISTRO 14
4.2.5.3. PUBLICACIÓN 15
5. JUNTA GENERAL 15
5.1. ÓRGANO SUPREMO 15
5.2. CLASES 15
5.2.1. ORDINARIAS 15
5.2.2. EXTRAORDINARIAS 16
5.2.3. UNIVERSALES 16
5.3. CONVOCATORIA 16
5.3.1. FORMA DE CONVOCATORIA 17
5.3.2. NÚMERO DE CONVOCATORIA 17
6. 5.3.3. CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA 17
5.3.4. LUGAR DE LA REUNIÓN 18
5.4. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA 18
5.4.1. QUÓRUM 19
5.4.2. QUÓRUM ESPECIAL 20
5.4.3. SUSPENSIÓN DE UNA JUNTA GENERAL 20
5.5. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA GENERAL 20
5.6. FORMA DE TOMAR DECISIONES 21
5.6.1. ACTAS 22
5.6.2. CONTENIDO DEL ACTA 22
5.6.3. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE 23
5.6.4. PROHIBIDO DE VOTAR 24
CONCLUSIONES 25
BIBLIOGRAFIA 26
ANEXOS 26
CUADRO 27
7. 1
¿QUE ES UNA COMPAÑÍA?
Es la unidad económico-social en la que el capital, el trabajo y la
dirección se coordinan para realizar una producción socialmente útil, de
acuerdo con las exigencias del bien común. Los elementos necesarios para
formar una compañía son: capital, trabajo y recursos materiales.
En Derecho es una entidad jurídica creada con ánimo de lucro y está
sujeta al Derecho Mercantil.
1. CLASIFICACIÓN LEGAL
La Ley de Compañías (Art. 2) contempla específicamente las siguientes
especies de compañías:
1.1. COMPAÑÍA EN NOMBRE COLECTIVO
(Art. 36. L.C.) - La compañía en nombre colectivo se contrae entre dos o
más personas que hacen el comercio bajo una razón social. La razón social es la
fórmula enunciativa de los nombres de todos los socios, o de algunos de ellos,
con la agregación de las palabras "y compañía". Sólo los nombres de los socios
pueden formar parte de la razón social.
Este tipo de sociedad es de las primeras que apareció, formándose
principalmente entre padres, hijos y familiares cercanos; pero actualmente esta
forma de compañía ha perdido importancia.
1.2. COMPAÑÍA EN COMANDITA SIMPLE
(Art. 59. L.C.) - La compañía en comandita simple existe bajo una razón
social y se contrae entre uno o varios socios solidarios e ilimitadamente
responsables y otro u otros, simples suministradores de fondos, llamados
socios comanditarios, cuya responsabilidad se limita al monto de sus aportes.
La razón social será, necesariamente, el nombre de uno o varios de los socios
8. 2
solidariamente responsables, al que se agregará siempre las palabras
"compañía en comandita", escritas con todas sus letras o la abreviatura que
comúnmente suele usarse. El comanditario que tolerare la inclusión de su
nombre en la razón social quedará solidaria e ilimitadamente responsable de
las obligaciones contraídas por la compañía.
También esta forma ha caído en desuso.
1.3. COMPAÑÍA EN COMANDITA POR ACCIONES
(Art. 301. L.C.) - Esta compañía es similar a la en comandita simple con la
diferencia de que su capital se divide en acciones. De todos modos la décima
parte del capital de esta compañía, por lo menos, debe ser aportada por los
socios comanditados o solidariamente responsables, a quienes por sus acciones
se les entregará certificados nominativos e intransferibles.
1.4. COMPAÑÍA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
(Art. 92. L.C.) - Es la que se contrae entre dos o más personas que
solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus
aportaciones individuales y hacen el comercio bajo una razón social o
denominación objetiva, a la que se añadirá las palabras "compañía limitada" o
su abreviatura. Esta forma es actualmente una de las más utilizadas, por lo cual
más adelante se señalarán con amplitud sus principales características.
1.5. COMPAÑÍA O SOCIEDAD ANÓNIMA
(Art. 143. L.C.) - Es una compañía cuyo capital, dividido en acciones
negociables, está formado por la aportación de los accionistas, que responden
únicamente por el monto de sus acciones. Este tipo de compañía es el más
divulgado y el más propicio al desarrollo de las actividades económicas.
También por su importancia se examinarán sus características en forma
especial.
9. 3
1.6. COMPAÑÍA ECONOMÍA MIXTA
(Art. 308. L.C.) -Es aquella que se forma con el concurso de capital
privado y con la participación del Estado, municipalidades, consejos
provinciales o personas jurídicas semipúblicas o pública.
1.7. COMPAÑÍA ACCIDENTAL O CUENTAS EN
PARTICIPACIÓN
(Art. 423. L.C.) -Es aquella en que un comerciante da a una o más
personas participación en las utilidades o pérdidas de una o más operaciones o
de todo su comercio; pero puede también tener lugar en operaciones
mercantiles hechas por no comerciantes.
Estas asociaciones carecen de personalidad jurídica y están exentas de las
formalidades establecidas para las demás compañías, pudiendo establecerse
por escritura pública o contrato privado.
1.8. COMPAÑÍA HOLDING O TENEDORA DE ACCIONES
(Art. 429. L.C.) - Compañía holding es la que tiene por objeto la compra
de acciones o participaciones de otras compañías, con la finalidad de
vincularlas y ejercer su control a través de vínculos de propiedad accionaria,
gestión, administración, responsabilidad crediticia o resultados y conformar así
un grupo empresarial..
10. 4
2. EJEMPLOS Y CASOS
Marketing & Technology Martec Cia. Ltda.
Moducon Cía. Ltda.
Molinos San Luis Cía. Ltda.
Casa de comercio Poveda cía. Ltda.
11. 5
3. COMPAÑÍA RESPONSABILIDAD LIMITADA
Art. 92.- La compañía de responsabilidad limitada es la que se contrae
entre tres o más personas, que solamente responden por las obligaciones
sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales y hacen el comercio
bajo una razón social o denominación objetiva, a la que se añadirá, en todo caso,
las palabras "Compañía Limitada" o su correspondiente abreviatura.
3.1. CARACTERISTICAS
Como en el caso de toda sociedad, la legislación ecuatoriana
considera que esta compañía se constituye a través de un contrato, que
para su validez debe reunir los siguientes requisitos: capacidad de las
personas que lo celebran, consentimiento que dan para su celebración,
objeto lícito, causa lícita y solemnidades con que debe celebrarse.
Art. 97.- Aunque en esta compañía es importante el factor
personal y se lo toma en cuenta en varios aspectos, la ley señala que para
efectos fiscales y tributarios se la considera como una sociedad de capital,
criterio que determina el tratamiento que en general le da la ley. Lo
relacionado con el capital de estas compañías se explica posteriormente en
forma pormenorizada.
Art. 92.- La responsabilidad de los socios en este tipo de
compañías se extiende exclusivamente al monto de sus aportaciones
individuales.
Art. 92.- Esta compañía puede actuar bajo una razón social o,
como la anónima, bajo una denominación objetiva, referida a sus
actividades comerciales, a la que se agrega las palabras "compañía
limitada" o su abreviatura "Cía. Ltda."
12. 6
3.2. CONSTITUCIÓN
3.2.1. TRÁMITE
Según los instructivos dados por la Superintendencia de Compañías, en
el trámite para la constitución de una compañía de responsabilidad limitada, se
deben seguir los mismos pasos que para la constitución de una compañía
anónima, con las diferencias específicas propias de cada tipo de compañía. Por
lo tanto, nos remitimos al punto de esta misma guía en que se enumeran tales
pasos. Sin embargo, y por la importancia del tema, detallamos a continuación
los aspectos fundamentales de la constitución de una compañía de
responsabilidad limitada.
3.2.2. NÚMERO DE SOCIOS
Para la constitución de esta compañía se necesita un mínimo de dos
socios y un máximo de quince socios. Sin embargo, las compañías constituidas
por dos socios con anterioridad a la vigencia de la ley que fijó en tres el número
mínimo de socios, conservan su validez (34, 92 LC).
Art. 95.- La compañía de responsabilidad limitada no podrá funcionar
como tal si sus socios exceden del número de quince, si excediere de este
máximo, deberá transformarse en otra clase de compañía o disolverse.
3.2.3. CAPACIDAD
Art. 98.- Para intervenir en la constitución de una compañía de
responsabilidad limitada se requiere de capacidad civil para contratar. El menor
emancipado, autorizado para comerciar, no necesitará autorización especial
para participar en la formación de esta especie de compañías.
Art. 99.- No obstante las amplias facultades que esta Ley concede a las
personas para constituir compañías de responsabilidad limitada, no podrán
hacerlo entre padres e hijos no emancipados ni entre cónyuges.
13. 7
Art. 100.- Las personas jurídicas pueden intervenir en la constitución de
compañías de responsabilidad limitada con excepción de los bancos, compañías
de seguros, capitalización y ahorro y de las compañías anónimas extranjeras.
En todo caso, sin perjuicio de la antedicha excepción respecto de las
compañías anónimas extranjeras, podrán ser socias de una compañía de
responsabilidad limitada las sociedades extranjeras cuyos capitales estuvieren
representados únicamente por participaciones o partes sociales nominativas, es
decir, expedidas o emitidas a favor o a nombre de sus socios o miembros, y de
ninguna manera al portador.
Art. 101.- Tampoco pueden formar parte de estas compañías las
corporaciones religiosas, los religiosos y clérigos, los funcionarios públicos a
quienes les está prohibido ejercer el comercio y los quebrados que no hayan
obtenido rehabilitación.
Para la constitución, deben comparecer todos los socios, por sí mismos o
por medio de apoderados.
3.2.4. CAPITAL MÍNIMO CÍA. LTDA.
Art. 102.- El capital mínimo que se requiere para la constitución de una
compañía de responsabilidad limitada es de cuatrocientos dólares, que estará
dividido en participaciones.
En todo caso, ni la constitución del capital ni su aumento podrán ser
hechos mediante suscripción pública.
4. COMPAÑÍA ANÓNIMA
Art. 143.- La compañía anónima es una sociedad cuyo capital, dividido
en acciones negociables, está formado por la aportación de los accionistas que
responden únicamente por el monto de sus acciones.
14. 8
4.1. CARACTERÍSTICAS
Como la legislación ecuatoriana considera a la sociedad como un
contrato entre dos o más personas, son requisitos para la validez de este
contrato: la capacidad de las personas que intervienen en el mismo, el
consentimiento que dan para su celebración, el objeto lícito, la causa
lícita y las solemnidades que prescriba la ley.
Se requiere de un capital mínimo para formar este tipo de
compañías. A diferencia de las sociedades de personas, la sociedad
anónima es esencialmente capitalista, esto quiere decir que no se
conforma en consideración a las personas que se asocian. El capital en
este tipo de sociedades se divide en acciones, que son títulos
negociables en el mercado, sin que pueda establecerse limitación alguna
a este respecto (143 LC).
La responsabilidad de los accionistas es limitada, pues responden
únicamente hasta el monto de sus acciones. No así la sociedad, que
responde hasta el monto de su patrimonio.
En tanto que las sociedades de personas actúan bajo una razón
social, las sociedades de capital lo hacen bajo una denominación
objetiva que constituye su propiedad. La diferencia consiste en que la
razón social se establece en base del nombre de los socios; en cambio la
denominación objetiva se refiere a las actividades de la compañía, como
una consecuencia de lo expresado en el sentido de que en estas
sociedades interesa el capital y no las personas que lo conforman.
Se administra por mandatarios, cuyo mandato puede ser revocado
en cualquier momento, que obligan a la compañía en virtud del
mandato; pero que no contraen por razón de su administración una
obligación personal por los negocios y actividades de la compañía, a no
ser en los casos establecidos en la ley, que se refieren a faltas u
15. 9
omisiones que acarrean expresamente responsabilidad solidaria. (144
LC).
4.2. CONSTITUCIÓN
4.2.1. TRÁMITE
Conforme a las instrucciones de la Superintendencia de Compañías, el
trámite para la constitución de una compañía anónima, debe seguir los
siguientes pasos: (Art. 146 y sgs. LC).
- Elaboración y presentación ante la Superintendencia, para la
formulación de observaciones, de la minuta de escritura pública, que contenga
el contrato constitutivo, el estatuto social y la integración del capital;
- Depósito en una cuenta de integración, abierta en un banco como
depósito de plazo mayor, del capital en numerario que haya sido suscrito y
pagado; y, cuando se aportan bienes, avalúo de los mismos; (163 LC)
- Afiliación a la cámara de la producción que corresponda al objeto
social, y autorizaciones que se requieran en los casos especiales que determine
la ley; (19 LC)
- Otorgamiento de la escritura pública de constitución;
- Solicitud de aprobación de la constitución de la compañía, dirigida al
Superintendente de Compañías, adjuntando tres copias certificadas de la
escritura respectiva;
- Aprobación, mediante resolución expedida por la Superintendencia;
- Protocolización de la resolución aprobatoria;
- Publicación en un diario de la localidad del extracto de la escritura y de
la razón de la aprobación;
16. 10
- Inscripción en el Registro Mercantil, en el registro de sociedades de la
Superintendencia y en el Registro Único de Contribuyentes;
- Designación de los administradores de la compañía por la junta
general, que se reunirá inmediatamente después;
- Inscripción en el Registro Mercantil del nombramiento de los
administradores con la razón de la aceptación del cargo;
- Autorización de la Superintendencia para que los fondos de la cuenta
de integración puedan ser retirados.
Hay que aclarar que este trámite es fundamentalmente aplicable a los
casos de constitución simultánea de una compañía anónima; pero en los casos
de constitución sucesiva, es necesario cumplir un trámite adicional, como luego
se señalará.
A continuación se examinarán en detalle los aspectos fundamentales
relativos a la constitución de una compañía anónima.
4.2.2. FORMALIDADES
La constitución de toda compañía anónima debe hacerse,
necesariamente, mediante escritura pública
Una vez otorgada la escritura de constitución, debe obtenerse la
aprobación de la Superintendencia de Compañías, la cual lo hará si se cumplen
los requisitos legales y, al hacerlo, dispondrá la publicación por la prensa, por
una sola vez, de un extracto de la escritura y de la razón de su aprobación. La
publicación debe realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación del
domicilio de la compañía. La Superintendencia de Compañías ha reglamentado
el contenido del extracto que debe publicarse. (151 LC)
17. 11
La Superintendencia dispondrá también la inscripción de la escritura en
el Registro Mercantil y sólo a partir de la inscripción, la nueva compañía
adquiere personería jurídica. (146 LC)
El establecimiento de sucursales, aumento de capital (salvo que el capital
autorizado no haya sido suscrito en forma íntegra), disminución de capital, la
prórroga del contrato social, la transformación, fusión, escisión, cambio de
nombre, domicilio, convalidación, reactivación, así como todos los convenios y
resoluciones que alteran las cláusulas que deban registrarse y publicarse o
cualquier otra reforma estatutaria, se sujetarán a las mismas solemnidades
establecidas para la constitución de la compañía.
4.2.3. NÚMERO DE ACCIONISTAS
Según dispone el Art. 1 de la Ley de Compañías en todo contrato de
compañías es necesaria la comparecencia de dos o más personas, que pueden
ser personas naturales o jurídicas, es ésta la exigencia mínima para la
constitución de una compañía anónima. Por excepción, se permite un mínimo
de un accionista, cuando para la constitución comparecen instituciones de
derecho público o de derecho privado con finalidad social o pública.
En relación al número máximo de accionistas de la compañía anónima,
no existe ninguna disposición que lo limite, entendiéndose que puede tener un
número ilimitado de accionistas.
Como la ley exige un mínimo de dos personas para la constitución de
una compañía anónima, en consecuencia es necesario que al menos dos
accionistas concurran al otorgamiento de la escritura pública de fundación. Si
los accionistas son más de dos, de todas maneras la Superintendencia de
Compañías comprobará la suscripción del capital por parte de los demás socios
que no hayan concurrido.
18. 12
4.2.4. CAPACIDAD
Para que una persona pueda intervenir en la constitución o promoción
de una compañía anónima basta que tenga capacidad civil para contratar. Las
personas jurídicas nacionales pueden ser fundadoras o accionistas en general de
las compañías anónimas, pero las compañías extranjeras solamente podrán
serlo si sus capitales estuvieren representados únicamente por acciones,
participaciones o partes sociales nominativas, es decir, expedidas o emitidas a
favor o a nombre de sus socios, miembros o accionistas, y de ninguna manera al
portador. (145 LC).
Las personas extranjeras lo harán en las mismas condiciones en que
pueden hacerse las inversiones de personas naturales o jurídicas ecuatorianas,
es decir, pueden intervenir sin necesidad de autorización alguna.
No obstante lo anterior, no pueden intervenir en la constitución de una
compañía anónima los dos cónyuges por sus propios derechos (145 LC). Esta
situación se origina en una disposición contenida en el Código Civil que,
prohíbe, salvo expresas excepciones, la celebración de contratos entre cónyuges.
Siendo la compañía un contrato, la prohibición resulta aplicable. Sin embargo,
con posterioridad, los cónyuges pueden resultar accionistas de la compañía ya
constituida, mediante la transferencia de acciones. (Doctrina No. 12)
Tampoco puede constituirse una compañía anónima entre padres e hijos
no emancipados. Un hijo no emancipado sí puede intervenir en la constitución
de una compañía anónima, debidamente representado, siempre que no se dé la
concurrencia de cualquiera de sus padres.
En todo caso una persona puede comparecer a la constitución de una
compañía por medio de apoderados.
19. 13
4.2.5. MANERA CONSTITUIR C.A.
Una compañía anónima puede constituirse de dos maneras: (148 y sgs.
LC).
- de manera simultánea, esto es en un solo acto mediante un convenio
suscrito por los accionistas fundadores, que comparecen al otorgamiento de la
escritura; y,
- de manera sucesiva, mediante la promoción y suscripción pública de
acciones.
4.2.5.1. ESCRITURA DE FUNDACIÓN
Cuando se trata de una constitución simultánea, o en un solo acto, ésta se
produce mediante la escritura de fundación, que debe ser otorgada por los
accionistas fundadores de la compañía. La escritura debe contener el contrato
constitutivo y el estatuto por el que se regirá la compañía y, en especial, lo
siguiente:
1.- Lugar y fecha de celebración del contrato
2.- Nombre, nacionalidad y domicilio de las personas naturales o
jurídicas que constituyen la compañía y su voluntad de fundarla
3.- Objeto social, debidamente concretado
4.- Denominación y duración
5.- Importe del capital autorizado, si lo hubiere, y del capital suscrito,
con la expresión del número de acciones en que estuviere dividido, el valor
nominal de las mismas, su clase, así como el nombre y nacionalidad de los
suscriptores del capital
6.- Indicación de lo que cada socio suscribe y paga en dinero o en otros
bienes; el valor atribuido a éstos y la parte del capital no pagado
20. 14
7.- Domicilio de la compañía
8.- Forma de administración y facultades de los administradores
9.- Forma y épocas de convocar a las juntas generales
10.- Forma de designación de los administradores y clara enunciación de
los funcionarios que tengan la representación legal de la compañía
11.- Normas de reparto de utilidades.
4.2.5.2. APROVACIÓN Y REGISTRO
Una vez otorgada la escritura de fundación, en el caso de la constitución
simultánea, o de la escritura de promoción, en el caso de la constitución
sucesiva, deben presentarse tres copias notariales de las mismas a la
Superintendencia de Compañías, solicitando su aprobación. Esta solicitud
deberá presentarse con firma de abogado.
Si se hubieren cumplido con todos los requisitos legales, la
Superintendencia aprobará la constitución de la compañía o el convenio de
promoción en su caso. Así mismo dispondrá la inscripción en el Registro
Mercantil y la publicación por la prensa de un extracto de la escritura. (151 LC).
Aprobados por la Superintendencia la constitución y los estatutos, se
inscribirán las escrituras en el Registro Mercantil del cantón correspondiente,
inscripción que surtirá los mismos efectos que la matrícula de comercio; y en el
de la Propiedad si para la formación del capital se hubieren aportado bienes
inmuebles. También se inscribirá la compañía en el registro de sociedades de la
propia Superintendencia y en el Registro Único de Contribuyentes.
La inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de constitución
está exenta del pago del impuesto de registro así como de sus adicionales (el de
la Junta de Defensa Nacional, los destinados a los consejos provinciales, a los
municipios y a determinados colegios) (Art. 1, Decreto No. 733).
21. 15
4.2.5.3. PUBLICACIÓN
Así mismo, por disposición de la Superintendencia, se publicará un
extracto de la escritura en uno de los periódicos de mayor circulación del
domicilio de la compañía, en el que estarán los datos determinados en el
reglamento expedido para este efecto (151 LC).
5. JUNTA GENERAL
5.1. ÓRGANO SUPREMO
La junta general, formada por los accionistas legalmente convocados, es
el órgano supremo de la compañía. Tiene facultades para resolver todos los
asuntos relativos al funcionamiento, actividades y negocios sociales.
5.2. CLASES
Hay tres clases de juntas generales:
5.2.1. ORDINARIAS
Son aquellas que se reúnen en el domicilio principal, o sede social, de la
compañía, por lo menos una vez al año, dentro de los tres meses posteriores a la
finalización del ejercicio económico de la compañía. Son sus atribuciones (234
LC):
Conocer los balances y demás cuentas, y los informes de los
administradores y comisarios;
Nombrar a los administradores miembros de los organismos
administrativos (directorios) y comisarios, cuando fuere del caso, y fijar
sus retribuciones;
Resolver acerca de la distribución de los beneficios sociales;
Cualquier otro asunto determinado en el orden del día de acuerdo
con la convocatoria.
22. 16
5.2.2. EXTRAORDINARIAS
Son aquellas que se reúnen en el domicilio principal de la compañía, en
cualquier época, previa convocatoria, para tratar exclusivamente los asuntos
puntualizados en la convocatoria.
5.2.3. UNIVERSALES
Son aquellas que se reúnen en cualquier tiempo y en cualquier lugar del
territorio nacional con la concurrencia de la totalidad del capital pagado. (238
LC)
Para que se entienda legalmente convocada y quede válidamente
constituida la junta universal, deben darse los siguientes requisitos:
a) que la junta se realice en el territorio nacional;
b) que concurra todo el capital pagado;
c) que los socios acepten, por unanimidad, los puntos a tratarse y la
constitución de la junta general;
d) que todos los concurrentes firmen el acta de la junta general.
5.3. CONVOCATORIA
La junta general debe ser convocada por los administradores, según
conste en el contrato social, pero también la Ley establece otros medios para
efectuar una convocatoria. Tal es el caso de los comisarios que pueden
convocarla en caso de urgencia. (Art. 236) Asimismo, los accionistas que
representen por lo menos el veinte y cinco por ciento del capital suscrito,
pueden pedir la convocatoria a junta general, por escrito y en cualquier tiempo,
al administrador, a los órganos directivos de la compañía o a la
Superintendencia, en caso de no hacerlo los anteriores. (Art. 213).
23. 17
5.3.1. FORMA DE CONVOCATORIA
La junta general, sea ordinaria o extraordinaria, será convocada por la
prensa, en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la
compañía, en el caso de que en dicho domicilio no se edite diario alguno de
amplia circulación la convocatoria se realizará en un diario que cumpla con el
simple requisito de circular ampliamente en ese lugar; con ocho días de
anticipación por lo menos al fijado para su reunión, salvo que el estatuto social
señale un plazo mayor. De todos modos en el plazo no se contarán el día de la
convocatoria y el de la reunión. (236 LC).
El aviso en los periódicos debe tener una dimensión mínima de dos
columnas por ocho centímetros.
5.3.2. NÚMERO DE CONVOCATORIA
La Ley ha previsto que si la junta general no puede reunirse en primera
convocatoria por falta de quórum, se procederá a una segunda convocatoria.
(237 LC) La segunda convocatoria no podrá demorarse más de treinta días
contados desde la fecha fijada en la primera convocatoria, y no podrá
modificarse el orden del día de la misma. En ella se expresará que la junta
podrá reunirse con el número de socios presentes.
En aquellos casos en que la Ley exige un quórum especial, aun para la
segunda convocatoria (240 LC), puede darse el caso de una tercera
convocatoria, la que no podrá demorar en ser llamada más de sesenta días a
partir de la fecha fijada en la primera convocatoria. En ésta no se modificará el
orden del día y se advertirá que la junta se reunirá con el número de socios
presentes.
5.3.3. CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA
La convocatoria debe contener lo siguiente: (Art 1, Res. No.
02.Q.DICQ.005):
24. 18
- Llamamiento a los accionistas y comisarios de la compañía con clara
mención del nombre o denominación de la misma;
- Dirección del local en que se celebrará la reunión, que debe estar
ubicado en el domicilio principal de la compañía;
- Día y hora de la reunión. En cuanto a la hora, debe estar comprendida
entre las ocho de la mañana y las ocho de la noche;
- Indicación clara y específica de los asuntos a tratarse. No se entenderá
cumplido este requisito cuando se empleen términos ambiguos o remisiones a
los estatutos o a la ley;
- Dirección del local en que se encuentran a disposición de los accionistas
los documentos que vayan a ser conocidos por la junta general. Cuando se trate
del balance, estado de pérdidas y ganancias e informes de administradores y
comisarios, deben estar a disposición de los accionistas por lo menos quince
días antes de la reunión;
- Nombres, apellidos y el cargo de la persona que realiza la convocatoria,
de conformidad con la ley o los estatutos.
5.3.4. LUGAR DE LA REUNIÓN
Las juntas generales ordinarias y extraordinarias se reunirán
necesariamente en el domicilio principal de la compañía, so pena de nulidad.
(236 LC).
Una junta universal, en cambio, puede constituirse en cualquier lugar
dentro del territorio nacional. (238 LC; Doctrina No. 33).
5.4. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA
La junta general está conformada por los accionistas legalmente
convocados, que estén presentes personalmente o mediante representación.
25. 19
Estará presidida por la persona que designen los estatutos. A su falta, por
el presidente del consejo de administración o del directorio y a falta de éste por
la persona elegida por los presentes. Será secretario de la junta general el
administrador o el gerente, si los estatutos no contemplan la designación de un
secretario especial. (244 LC).
5.4.1. QUÓRUM
Antes de declararse instalada la junta general, el secretario formará la
lista de asistentes, anotando los nombres de los presentes y de los
representados; la clase y el valor de las acciones y el número de votos que le
corresponda, dejando constancia de ello con su firma y la del presidente.
El quórum para la instalación de la junta en primera convocatoria se
forma con la concurrencia de accionistas que representen al menos la mitad del
capital pagado. En segunda convocatoria, con el número de accionistas
presentes, inclusive con uno solo, según doctrina de la Superintendencia.
Quedan a salvo los casos especiales determinados por la Ley (Art. 240) y que se
señalan más adelante, en que debe estar representada la tercera parte del capital
pagado.
La junta no podrá instalarse ni continuar válidamente sin quórum. Sin
embargo, en las compañías cuyo capital pertenezca a una sola persona, las
juntas generales se instalarán con la asistencia del único accionista.
Transcurrida una hora desde aquella que fue señalada en la
convocatoria, sin que se haya obtenido el quórum, la junta se tendrá por no
realizada y el secretario dejará constancia del particular. A falta de éste,
cualquier administrador o el delegado de la Superintendencia dejarán
constancia de la falta de quórum. (Art. 8 Res. No. 02.Q.DICQ.005).
26. 20
5.4.2. QUÓRUM ESPECIAL
Para que la junta general pueda acordar válidamente el aumento o
disminución del capital, la transformación, la fusión, la escisión, la disolución
anticipada de la compañía, la reactivación de la compañía en proceso de
liquidación, la convalidación, y en general, cualquier modificación de los
estatutos, debe concurrir a ella la mitad del capital pagado. En segunda
convocatoria bastará la representación de la tercera parte del capital pagado.
Si luego de la segunda convocatoria no hubiere quórum, se efectuará una
tercera, la que no podrá demorar más de sesenta días contados a partir de la
fecha establecida para la primera reunión. En este caso la junta se constituirá
con el número de accionistas presentes, aunque sea uno solo, como en el punto
anterior. (240 LC).
5.4.3. SUSPENSIÓN DE UNA JUNTA GENERAL
No existe disposición legal que prohíba suspender una junta general y
reanudarla posteriormente. Sin embargo, la Superintendencia mantiene el
criterio de que la junta, por regla general, debe realizarse en unidad de acto y
que su suspensión sólo se puede justificar por razones lógicas o lega les, como
en el caso de receso para redactar el acta, o por fuerza mayor, o por el pedido de
diferimiento que puede hacer el accionista que no se considere suficientemente
enterado de los puntos que contiene la convocatoria. (248 LC).
5.5. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA GENERAL
La Ley de Compañías (Art. 231), además de concederle a la junta general
atribución para conocer de todo asunto relativo a los negocios sociales, le
confiere competencia para lo siguiente:
- Nombrar y remover a los miembros de los organismos administrativos
de la compañía (directorios), comisarios o cualquier otro personero o
27. 21
funcionario cuyo cargo hubiere sido creado por el estatuto, siempre que éste no
otorgue estas facultades a otro organismo (directorio);
- Conocer anualmente las cuentas, el balance, los informes que presenten
los administradores, directores y comisarios acerca de los negocios sociales y
dictar la resolución correspondiente. Sin informe de comisarios no podrán
aprobarse ni las cuentas ni el balance;
- Fijar la retribución de los comisarios, administradores e integrantes de
los organismos de administración y fiscalización, cuando su señalamiento no
corresponda a otro organismo;
- Resolver acerca de la distribución de beneficios sociales;
- Resolver acerca de la emisión de las partes beneficiarias y obligaciones;
- Resolver acerca de la amortización de las acciones;
- Acordar las modificaciones al contrato social;
- Resolver acerca de la transformación, fusión, escisión, disolución y
liquidación de la compañía; nombrar liquidadores, si el estatuto no hubiere
establecido normas sobre el nombramiento; fijar el procedimiento para la
liquidación, la retribución de los liquidadores y considerar las cuentas de
liquidación.
Salvo los casos expresamente señalados, las demás atribuciones son
privativas de la junta general.
5.6. FORMA DE TOMAR DECISIONES
Por principio, las decisiones en una junta general se toman por la
mayoría de votos del capital pagado concurrente a la reunión, salvo las
excepciones previstas en la ley o en los estatutos. En caso de empate la
proposición se considerará como no aprobada, pudiendo solicitarse una nueva
28. 22
votación o que se la trate en una junta posterior. (Art. 21 Res. No.
02.Q.DICQ.005)
En el acta se dejará constancia del número de votos a favor, en contra, en
blanco y las abstenciones y el nombre de los accionistas que hayan votado en
blanco, en contra o que se hubieren abstenido.
Las resoluciones de la junta general son obligatorias para todos los
accionistas, aun cuando no hubieren concurrido a ella, salvo el derecho de
oposición en los términos legales, según se señala más adelante.
5.6.1. ACTAS
El acta de la junta debe llevar la firma del presidente y del secretario.
Cuando la junta es universal deben firmar todos los asistentes.
Las actas deberán llevarse a máquina, en castellano, en hojas
debidamente foliadas o en un libro destinado para el efecto. De cualquier
forma en que se lleve, no se podrán hacer cambios sino con autorización de la
Superintendencia.
Las actas podrán ser aprobadas por la junta general en la misma sesión y
serán extendidas y firmadas hasta los quince días posteriores a la junta. (Art. 23
Res. No. 02.Q.DICQ.005).
5.6.2. CONTENIDO DEL ACTA
El acta deberá contener por lo menos: (Art. 25 Res. No. 02.Q.DICQ.005)
1) El nombre o denominación de la compañía;
2) El lugar y fecha de la junta y hora de iniciación de la misma;
3) Los nombres y apellidos de las personas que intervienen como
presidente y secretario;
29. 23
4) La trascripción del orden del día y señalamiento de la forma en que se
realizó la convocatoria. Cuando se trata de junta universal, el orden del día
acordado;
5) La relación sumaria y ordenada de las deliberaciones y la trascripción
de las resoluciones;
6) La proclamación de los resultados con la constancia del número de
votos a favor, en contra, en blanco y abstenciones;
7) La aprobación del acta, si se lo hiciera en la misma sesión;
8) Las firmas del presidente y secretario. En caso de junta universal, las
firmas de todos los asistentes.
5.6.3. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE
De cada junta se llevará un expediente con la copia del acta certificada
por el secretario de la junta y los siguientes documentos: (Art. 27 Res. No.
02.Q.DICQ.005)
a) La hoja del periódico en el que conste la convocatoria y los otros
medios de convocatoria previstos en el estatuto;
b) Copias de las comunicaciones a los comisarios u órganos de
fiscalización,
c) Lista de los asistentes con determinación de las acciones que
representen, su valor pagado y los votos que les corresponda,
d) Nombramientos, poderes, cartas u otros documentos de
representación.
30. 24
5.6.4. PROHIBIDO DE VOTAR
Los miembros de los organismos administrativos y de fiscalización y los
administradores no pueden votar en las siguientes cuestiones: (243 LC)
- Aprobación de los balances
- Deliberaciones respecto de su responsabilidad
- Operaciones en las que tengan intereses opuestos a la compañía.
En caso de contravenirse esta disposición la resolución será nula, cuando
sin el voto de los funcionarios iniciados no se habría logrado la mayoría
requerida.
31. 25
CONCLUSIONES
Una compañía se caracteriza por su personalidad jurídica ya que
adquiere obligaciones y derechos como entidad y su aprobación debe estar
dada mediante lo que exige la ley; el capital social está constituido por
aportaciones que pueden ser en dinero o bienes realizables de dichas
aportaciones están representadas ya sea por las acciones y deberá ser registrado
y pagado lo ofrecido por cada accionista, en esta sociedad a los inversionistas se
les denomina accionistas y responden por el monto de sus acciones, el aumento
de capital en ambas compañías será resuelto por la junta general de socios o
accionistas y se lo realiza cuando se le consideren conveniente, en base a los
intereses económicos y productivos que les permita funcionar de una mejor
manera al momento de tener una compañía.
Una vez que se constituye una compañía con ella se crea la junta
directiva misma que tiene tareas organizativas, de supervisión y control; la
junta será conformada por personas con iniciativas, conocimiento y capacidades
para la toma de decisiones fundamentales y con responsabilidad. Es la que
mantiene a la organización enfocada en su meta y protege sus ideales, su
estructura radica en llevar un control sobre los temas tratados en cada reunión,
considerando que los temas a tratar dentro de la junta serán expuestos con el fin
de que cada miembro pueda votar por su elección previamente analizada y una
vez que su mayoría gane la decisión queda aprobada y se plasmara dentro de
un modelo de documento que cada miembro deberá firmar como constancia de
la decisión tomada. Una junta que funcione adecuadamente puede ser de gran
utilidad dentro de la organización creando credibilidad en su accionar y
oportunidades de crecimiento.
32. 26
BIBLIOGRAFIA
Ley Orgánica de Movilidad Humana Autor: Luis Narváez
Rivadeneira
Doctrinas Jurídico Societarias de la Superintendencia de
Compañías. Corporación de Estudios y Publicaciones.
Código de Comercio Ecuatoriano
Código Civil Ecuatoriano
Ley de Compañías
Manual de Derecho Societario, 2 tomos.- Roberto Salgado Valdez.-
Fondo de Cultura Ecuatoriana, Cuenca, Ecuador, 2ª edición, 1980
http://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_comp.pdf
file:///C:/Users/USer/Downloads/CODIFIC%20%20LEY%20DE%20
COMPANIAS.pdf
ANEXOS
33. 27
CUADRO
PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LAS COMPAÑÍAS ANÓNIMAS
Y LAS COMPAÑÍAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
COMPAÑÍAS ANÓNIMAS
(S.A. o C. A.)
COMPAÑÍAS DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA (C. Ltda. o Cía. Ltda.)
1.- El capital se divide en acciones
negociables.
1.- El capital se divide en participaciones
Sociales.
2.- Capital mínimo para iniciar la compañía
$800,00.
2.- Capital mínimo para iniciar la compañía
$400,00.
3.- No tiene límite de socios. 3.-. Tiene un límite de 15 socios máximo.
4.- Su denominación debe tener una
denominación objetiva, nombre de fantasía
o puede incluir el nombre de una o más
personas físicas. Debe incluir la expresión
"Sociedad Anónima", su abreviatura o la
sigla SA.
4.- Su denominación es bajo una razón
social. Debe incluir el nombre de uno o más
socios y debe contener la expresión
"Sociedad de Responsabilidad Limitada", o
su abreviatura.
5.- Es de capital abierto. 5.- Es de capital cerrado.
6.-El representante legal de esta clase de
compañía, puede ser removido de su cargo
por cualquier motivo en cualquier
momento.
6.- El representante legal de esta clase de
compañía, no puede ser removido de su
cargo, a menos que sea por causas legales.
Se recomienda contratarlo por un plazo
máximo de hasta 3 años.
7.- Es obligación que la sociedad anónima,
tenga un Comisario.
7.- Es opcional que esta clase de compañía
tenga un comisario.
8.- Para que la Junta General se declare
instalada, se necesita de la presencia del
50% de acciones.
8.- Para que la Junta General se declare
instalada, se necesita de la presencia del
50% del capital social.
9.- No se puede privar el Derecho
preferente.El accionista no puede ejercer el
derecho preferente en caso de mora de
pago de la suscripción anterior.
9.- Si puede privar el Derecho Preferente de
acuerdo con los estatutos de la empresa.
10.- Para constituir una Compañía Anónima
se debe pagar el 25% del capital mínimo.
10.- Para constituir una Compañía Anónima
se debe pagar el 50% del capital mínimo.
11.- Los accionistas no pueden inspeccionar
la compañía, por ende se nombra u
comisario.
11.- Los socios si pueden inspeccionar la
compañía, porque es una sociedad
pequeña, a diferencia de la Sociedad
Anónima que no tiene límite de socios.