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PRINCIPIOS RECTORES DE LA
EDUCACION
UNIDAD III
INTEGRANTE:
NURVIS GRATEROL
CI: 17.571.986
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
ESCUELA DE DERECHO
TUTOR:
GUILLERMO ESTEBAN
RANGEL JALLEY
San Joaquín, 10 de Noviembre de 2023
PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION
Democracia Participativa y
protagonica.
Responsabilidad Social
Igualdad sin discriminación
Independencia, libertad, valoración y
defensa de la soberanía
ARTICULO 33 Principios Rectores de la
Educación ARTICULO 34
La Ley Orgánica de Educación establece en su artículo # 3 los principios fundamentales de la educación,
que son reglas o normas que orientan la acción educativa, estos principios se fundamentan en valores
(conjunto de cualidades). Así mismo, se enuncian las características definitorias de nuestra educación:
“es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con
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plurilingüe”
LEY ORGANICA DE EDUCACION
Valores respeto a la vida y derechos
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Principios de Autonomía
La educación universitaria tiene como principios rectores fundamentales los establecidos en la Constitución
de la República, el carácter público, calidad y la innovación, el ejercicio del pensamiento crítico y
reflexivo, la inclusión, la pertinencia, la formación integral, la formación a lo largo de toda la
vida, la autonomía, la articulación y cooperación internacional, la democracia, la libertad, la
solidaridad, la universalidad, la eficiencia, la justicia social, el respeto a los derechos humanos y la bioética,
así como la participación e igualdad de condiciones y oportunidades. En el cumplimiento de sus
funciones, la educación universitaria está abierta a todas las corrientes del pensamiento y desarrolla
valores académicos y sociales que se reflejan en sus contribuciones a la sociedad.
ARTUCULO 32
COORDINAR
DISCUTIR
Institución de apoyo y asesoría de la Educación
Superior, que tiene como finalidad la formación integral de
profesionales de grado y posgrado; la generación y difusión
de conocimientos a través de la investigación, la
extensión y la innovación con calidad, pertinencia e
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nicaragüense un talento humano responsable, ético,
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estado, la construcción de la identidad nacional y una
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Facultades, Escuelas, Institutos y demás
dependencias universitarias, de conformidad con
el numeral 48 del Artículo 20 de esta ley. Cuando
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favorable del Consejo de Desarrollo Científico y
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el Presupuesto de Rentas y
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favorable del Consejo Nacional
de Universidades.
previa aprobación del CNU, el
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Universidad.
ACORDAR
Conocer y resolver las
solicitudes sobre reválida
de títulos, equivalencias de
estudios y traslados.
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C
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DEFINICION
LEY DE UNIVERSIDADESS
Conjunto de leyes que
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universitaria
La Docencia: trasmitir en el proceso
académico los conocimientos, se dirige
la aplicación de éstos a la realidad
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actitud heurística.
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orienta la toma de decisiones
conducentes al logro de las otras
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las acreditaciones externas, y con otros sistemas de
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Apoyar la formulación de planes de mejoramiento de unidades y
programas académicos de acuerdo a las conclusiones en
términos de análisis FODA desarrollados en los procesos de
autoevaluación para fines de mejoramiento interno y de
acreditación externa.
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AGROEXPORTADOR REGIONALISMO ABIERTO
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N 5929.
Cortázar J. (2011). La educación en Venezuela: una aproximación crítica al proceso de inclusión y
de justicia redistributiva. Texto basado en una ponencia presentada en el simposio
«Educación, convivencia e instituciones», organizado en el marco de la celebración de los
cincuenta años del CENDES, diciembre de 2011. Disponible en:
http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_ arttext&pid=S1012-25082012000200003
Padrón A. (2014). Marco constitucional del derecho a la educación en Venezuela (p 209). Instituto
de Derecho Comparado Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Universidad de Carabobo.
Disponible en: http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/idc37/art09.pdf.
Ley de Universidades (1.970). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 1429.
Reglamento General de Evaluación Estudiantil Pregrado y Postgrado Universidad Bicentenaria
de Aragua (2023). Resolución N 001-2023

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  • 1. PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION UNIDAD III INTEGRANTE: NURVIS GRATEROL CI: 17.571.986 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA ESCUELA DE DERECHO TUTOR: GUILLERMO ESTEBAN RANGEL JALLEY San Joaquín, 10 de Noviembre de 2023
  • 2. PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION Democracia Participativa y protagonica. Responsabilidad Social Igualdad sin discriminación Independencia, libertad, valoración y defensa de la soberanía ARTICULO 33 Principios Rectores de la Educación ARTICULO 34 La Ley Orgánica de Educación establece en su artículo # 3 los principios fundamentales de la educación, que son reglas o normas que orientan la acción educativa, estos principios se fundamentan en valores (conjunto de cualidades). Así mismo, se enuncian las características definitorias de nuestra educación: “es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural, mulca, intercultural y plurilingüe” LEY ORGANICA DE EDUCACION Valores respeto a la vida y derechos humanos, convivencia tolerancia y solidaridad Educación publica, social, obligatoria y publica Principios de Autonomía
  • 3. La educación universitaria tiene como principios rectores fundamentales los establecidos en la Constitución de la República, el carácter público, calidad y la innovación, el ejercicio del pensamiento crítico y reflexivo, la inclusión, la pertinencia, la formación integral, la formación a lo largo de toda la vida, la autonomía, la articulación y cooperación internacional, la democracia, la libertad, la solidaridad, la universalidad, la eficiencia, la justicia social, el respeto a los derechos humanos y la bioética, así como la participación e igualdad de condiciones y oportunidades. En el cumplimiento de sus funciones, la educación universitaria está abierta a todas las corrientes del pensamiento y desarrolla valores académicos y sociales que se reflejan en sus contribuciones a la sociedad. ARTUCULO 32
  • 4. COORDINAR DISCUTIR Institución de apoyo y asesoría de la Educación Superior, que tiene como finalidad la formación integral de profesionales de grado y posgrado; la generación y difusión de conocimientos a través de la investigación, la extensión y la innovación con calidad, pertinencia e interculturalidad, con el fin de aportar a la sociedad nicaragüense un talento humano responsable, ético, solidario, reflexivo y crítico, capaz de mejorar: la calidad de vida, el respeto a la naturaleza, la institucionalidad del estado, la construcción de la identidad nacional y una sociedad multiétnica, democrática, solidaria, justa, próspera y libre. las labores de enseñanza, las de investigación y las demás actividades académicas de la Universidad. y mantener las relaciones universitarias nacionales e internacionales. ESTIMULAR Facultades, Escuelas, Institutos y demás dependencias universitarias, de conformidad con el numeral 48 del Artículo 20 de esta ley. Cuando la decisión se refiera a Institutos o Centros de Investigación, se requerirá, además, el dictamen favorable del Consejo de Desarrollo Científico y CREAR, MODIFICAR Y SUPRIMIR el Presupuesto de Rentas y Gastos de la Universidad, y decretarlo, previo al dictamen favorable del Consejo Nacional de Universidades. previa aprobación del CNU, el traspaso de fondos de una a otra partida del Presupuesto de Rentas y Gastos de la Universidad. ACORDAR Conocer y resolver las solicitudes sobre reválida de títulos, equivalencias de estudios y traslados. CNU C N U DEFINICION
  • 5. LEY DE UNIVERSIDADESS Conjunto de leyes que reformaron la estructura y el funcionamiento de la educación universitaria La Docencia: trasmitir en el proceso académico los conocimientos, se dirige la aplicación de éstos a la realidad espacio/temporal y se desarrolla la actitud heurística. Investigación: búsqueda de conocimientos nuevos y a la comprobación de los ya existentes. superación del acervo existente, el entrenamiento de los estudiantes/ profesionales en los métodos Extensión: Vincula entre sí el conocimiento y el ámbito de la realidad y del universo. Su misión es extender hacia la sociedad la actividad orgánica de la Universidad. La Planificación: Es la función que, mediante el diagnóstico de la realidad, orienta la toma de decisiones conducentes al logro de las otras funciones y de la misión LEY DE UNIVERSIDADES. Administración: sustenta, entre otras, en forma de actividades específicas que sirven de apoyo a todo el proceso institucional. Su órgano central es la Vicerrectoría Administrativa,.
  • 6. DESARROLLO ENDOGENO UNIVERSIDAD BICENTENARIA CEPAL AGROEXPORTADOR REGIONALISMO ABIERTO El proyecto fue concebido durante el año 1983 a 200 años del nacimiento del Padre de la Patria como respuesta de la iniciativa privada a una postergada aspiración educacional del Estado Aragua y de su extensa zona de influencia dentro de la región central de Venezuela Núcleo San Antonio de los Altos, Edo. Miranda. Núcleo San Fernando de Apure, Edo. Apure. Núcleo Puerto Ordaz, Edo. Bolívar Promover, organizar y coordinar el funcionamiento de la autoevaluación para el aseguramiento de la calidad y el mejoramiento interno, contribuir a la construcción de una cultura de aseguramiento de la calidad y apoyar la autoevaluación para la acreditación de carreras y Coordinar y estimular la realización de actividades de autoevaluación en la Universidad con fines de mejoramiento a nivel institucional y de sus unidades académicas, y aquellas que apoyan la acreditación de carreras y programas de Pregrado. Diseñar procesos e instrumentos de autoevaluación que armonicen los procesos internos de autoevaluación con los de las acreditaciones externas, y con otros sistemas de información internos que apoyan la gestión. Apoyar la formulación de planes de mejoramiento de unidades y programas académicos de acuerdo a las conclusiones en términos de análisis FODA desarrollados en los procesos de autoevaluación para fines de mejoramiento interno y de acreditación externa. Promover y utilizar el proceso de aprendizaje institucional centrado en las experiencias y resultados de procesos de autoevaluación. Fomentar y ejecutar acciones de difusión y capacitación relacionadas con la construcción de una cultura de aseguramiento de la
  • 7. DESARROLLO ENDOGENO CEPAL AGROEXPORTADOR REGIONALISMO ABIERTO REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 5929. Cortázar J. (2011). La educación en Venezuela: una aproximación crítica al proceso de inclusión y de justicia redistributiva. Texto basado en una ponencia presentada en el simposio «Educación, convivencia e instituciones», organizado en el marco de la celebración de los cincuenta años del CENDES, diciembre de 2011. Disponible en: http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_ arttext&pid=S1012-25082012000200003 Padrón A. (2014). Marco constitucional del derecho a la educación en Venezuela (p 209). Instituto de Derecho Comparado Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Universidad de Carabobo. Disponible en: http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/idc37/art09.pdf. Ley de Universidades (1.970). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 1429. Reglamento General de Evaluación Estudiantil Pregrado y Postgrado Universidad Bicentenaria de Aragua (2023). Resolución N 001-2023