La Constitución de Venezuela de 1999 establece una amplia cláusula ambiental que declara el equilibrio ecológico y los bienes jurídico-ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad. Reconoce el derecho humano fundamental a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación, y establece el deber del Estado de proteger el ambiente junto con la sociedad. También establece el deber del Estado de desarrollar una política de ordenación territorial que considere las realidades ecológicas, y garantizar