2. Dentro del derecho, y en comparación con algunos otros tipos de
legislación, el derecho ambiental se podría decir que es uno de los
más específicos ya que hace referencia a un área relativamente
acotada de la realidad aunque esto no signifique por eso que sea
menos importante o que no pueda interconectarse con otros tipos
de derecho. El derecho ambiental es aquel que se encargará de
establecer todas las legislaciones, regulaciones y controles que
tengan como objetivo final la conservación y preservación del
medio ambiente por considerárselo como el único espacio en el
cual el ser humano puede llevar a cabo su existencia.
3. El derecho ambiental es, además, también uno de los más recientes ya que
surge en el último cuarto del siglo XX debido al avance de los daños que el ser
humano provocaba voluntaria o involuntariamente en el medio ambiente. A
medida que esos daños fueron creciendo y que se pudo establecer por medio
de trabajos científicos, que algunos de ellos eran incluso irreversibles, surgió
la necesidad de organizar un conjunto de leyes, regulaciones, normas y
normativas que controlaran no sólo el accionar del ser humano en tanto
individuo si no también, y especialmente, el accionar de empresas,
corporaciones e industrias.
4. El derecho ambiental surge como uno de los elementos más importantes a la
hora de darle legalidad a aquello que hasta no hace mucho aparecía como una
ilusión o exageración de grupos escasos de voluntarios preocupados por el
medio ambiente. Hoy en día, el derecho ambiental forma parte reconocida
del grueso que es el derecho en términos generales.
5. NOVEDOSO y ORIGINAL por diversas razones que constituyen sus características propias y
que veremos a continuación, ya que exige una renovación de la tradicional instrumentación
administrativa utilizado con anterioridad al surgimiento del derecho ambiental para la
tutela y gestión de recursos naturales de especial valor para la vida social y económica —
como los montes, las aguas, las minas, la caza y la pesca— o para la protección de la
salubridad —medidas de policía sanitaria en ciudades— y por tanto provoca el nacimiento
de nuevas técnicas jurídicas que se adjuntan a los instrumentos jurídico-administrativos
tradicionales, por o general de origen estadounidense, y que se introducen en la normativa
española por el derecho comunitario (EIA y fijación de estándares de emisión.
6. (Los costes derivados de la implantación de normas de calidad ambiental, que
presupongan el cumplimiento de la normativa como el Reglamento EMAS al que
luego me referiré, por ejemplo, fundamentan la diferencia de precio entre
productos verdes o ecológicos y productos tradicionales. Otro Ejemplo que puede
traerse a colación sería la garantía financiera prevista en la Ley 26/2007 de
responsabilidad ambiental).
7. Ciertas alteraciones se han venido produciendo en mayor o menor medida en el medio
humano durante las últimas décadas por la aplicación de políticas culturales, sociales y
económicas que no tienen suficientemente en cuenta el "impacto medioambiental" de
determinadas formas abusivas de explotación de los recursos naturales, de la utilización de
determinadas sustancias, industrias y tecnologías potencialmente dañinas y de la
preferencia por energías "no limpias".