presentación de diapositivas sobre generalidades de tratados internacionales. concepto, elementos, tipos de tratados, principios que rigen los tratados, conclusion etc.
Tratados internacionales: concepto, elementos, principios y fases
1. UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE
HONDURAS
ASIGNATURA: DERECHO DE LOS TRATADOS
TEMA: INFORMACIÓN SOBRE TRATADOS INTERNACIONALES
CATEDRATICO (A): ABG JULISSA AGUILAR
PRESENTADO POR: DENNIS ANTHONY ZELAYA -201510020399
2. Concepto de tratado internacional
Un tratado internacional es una especie de convenio entre dos o más naciones, o
entre un estado y un organismo internacional, en donde los involucrados
adquieren un compromiso, para cumplir con determinadas obligaciones. Lo más
usual es que estos tratados se celebren entre naciones, siendo estos regulados por
la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. Sin embargo,
también se pueden dar entre una nación y un organismo internacional.
3. ELEMENTOS DE UN TRATADO
INTERNACIONAL
La capacidad: En cuanto a la capacidad de las partes, sólo los Estados soberanos
pueden concertar tratados.
El consentimiento: El consentimiento debe ser expresado por los órganos de
representación competentes del Estado
El objeto: Los tratados deben tener contenido lícito. Esa licitud es tanto con
respecto al derecho internacional como al derecho interno.
La causa: Por causa debe entenderse aquello que justifica la obligación. Genera
confusión, muchos autores eliminan este concepto del DIP.
4. PRINCIPIOS QUE RIGEN LOS TRATADOS
Hay una serie de principios generales, fundamentales, que rigen el derecho de los
tratados, y de los que podríamos mencionar los siguientes:
PACTA SUNT SERVANDA
RES INTER ALIOS ACTA
BONA FIDE
EX CONSENSU ADVENIT VINCULUM
IUS COGENS
5. PACTA SUNT SERVANDA
Este principio establece que los tratados deben ser cumplidos. Es considerado como
el principio fundamental del derecho internacional. Es un principio absoluto,
contemplado en la convención de Viena de 1969 sobre derecho de los tratados. En su
articulo 26 dice: “todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por
ellos de buena fe”,
6. RES INTER ALIOS ACTA
Este principio establece los tratados solo crean obligaciones entre las partes.
Este principio se considera relativo, porque, aunque ciertamente en la mayoría de los
tratados, se obliga a los firmantes o a quienes lo hayan ratificado, también. Es cierto
que en algunos casos, un tratado puede crear derechos y obligaciones respecto a
terceros Estados que no han hecho parte del tratado.
7. BONA FIDE
En el articulo 26 de la convención de Viena de 1969, establece: “todo tratado en vigor
obliga a sus partes”, pero además agrega “deben ser cumplidos de buena Fe. Es
evidente que los estados que se comprometen al cumplimiento de un tratado deben
actuar de buena fe. Si se retira al derecho internacional el tapete de la buena fe, este
orden jurídico caería por su propio peso. Este principio es también absoluto.
8. EX CONSENSU ADVENIT VINCULUM
Es un principio absoluto, significa: del consentimiento deviene la obligación.
Otra definición de este principio: Los estados deben manifestar libremente el
consentimiento para obligarse por un tratado.
Es resultado de la estructura de la sociedad internacional, principalmente formada por
estados, formalmente considerados iguales. Al no haber un ente jurídico superior a
ellos y capaz de imponerles una determinada conducta, se supone que deben dar su
consentimiento para que nazcan las obligaciones jurídicas de carácter contractual.
9. IUS COGENS
Se considera uno de los principios que rigen a los tratados internacionales de
derecho público. Sumamente discutido fue el principio incorporado en el artículo 53
de la convención de Viena, según el cual “un tratado seria nulo cuando fuera
contrario a una norma imperativa del derecho internacional”.
10. FASES DE CELEBRACION DE UN TRATADO
INTERNACIONAL
Para la creación de un tratado internacional existen varios pasos fundamentales,
dichos pasos son:
1. Negociación
2. Adopción del texto
3. Autentificación del texto
4. Manifestación del consentimiento
11. NEGOCIACION
Es fundamental para la creación de un tratado internacional ya que es durante esta
etapa donde se discuten los contenidos y el alcance que tendrá dicho tratado,
claramente sería imposible que todos los integrantes de un estado acudieran a la
firma de este y en ocasiones tampoco lo puede hacer el máximo representante del
estado, por tales motivos es necesario depositar la facultad de aprobación de un
tratado en representantes del estado.
12. ADOPCION DEL TEXTO
Consiste en la aprobación del texto que conforma el tratado, dicho de otra forma es
el visto bueno de ambas partes de la redacción definitiva del tratado, en un tratado
bilateral es necesario que ambas partes acepten la redacción definitiva del texto
estrada en el caso de los tratados multilaterales, el texto deberá ser aprobado por dos
terceras partes salvo que se disponga otra cosa en el tratado. La adopción del texto
no implica que el tratado ya haya obtenido el carácter obligatorio para los estados
integrantes.
13. AUTENTIFICACION DEL TEXTO
Tras haber acordado el texto del tratado, las partes que lo celebren deberán
certificarlo como autentico y definitivo, en este paso el tratado aun no es obligatorio
pero según la Convención de Viena, las partes no deberán realizar actos en virtud de
los cuales se frustré el objeto, ya que en este punto existe el compromiso legal de
cumplir el tratado.
14. MANIFESTACION DEL CONSENTIMIENTO
El cuarto punto es la manifestación del consentimiento el cual puede ser dado
mediante cuatro formas, las cuales son:
la firma la cual pude ser dada por un representante, en este caso dicha firma
tendrá el efecto de servir como medio de autenticación del texto y como la
manifestación del consentimiento.
El canje de instrumentos entre los representantes siendo este acto si asi lo
disponen, manifestando el consentimiento de obligarse al cumplimiento del
tratado.
15. MANIFESTACION DEL CONSENTIMIENTO
La ratificación que consiste en la notificación a los de más estados negociadores
de que se han cumplido los requerimientos internos para obligarse, generalmente
el tratado adquiere un carácter obligatorio tras la notificación de la ratificación.
La adhesión es la inclusión de un estado ajeno al mismo como parte del tratado.
Según lo dispuesto en la convención de Viena, se requiere que los estados que
originalmente celebraron el tratado, acepten al estado que solicita la adhesión al
tratado.
16. REQUISITOS PARA LA VALIDEZ DE UN
TRATADO INTERNACIONAL
CAPACIDAD: la cual les es otorgada a quienes sean considerados como sujetos
de derecho internacional para la celebración de tratados internacionales.
CONSENTIMIENTO: este es expresado por órganos de representación
competentes por parte del estado.
OBJETO: es el fin último perseguido por las partes contratantes.
17. TIPOS DE TRATADOS
Según la materia, pueden ser: Tratados comerciales, políticos, culturales,
humanitarios, sobre derechos humanos, o de otra índole.
Según el tipo de obligaciones creadas diferenciamos entre: Tratados-ley y
Tratados-contrato. Los primeros establecen normas de aplicación general que
jurídicamente se encuentran en un pedestal superior a las leyes internas de los países
firmantes, los segundos suponen un intercambio de prestaciones entre partes
contratantes. Esta distinción está bastante superada pues ambas particularidades se
funden.
18. TIPOS DE TRATADOS
Por la índole de los sujetos participantes: Tratados entre Estados y Organizaciones
internacionales.
Por su duración: se diferencian entre Tratados de duración determinada y Tratados de
duración indeterminada.
Según la posibilidad de hacerse parte sin haber tomado parte en su negociación:
Tratados abiertos y cerrados. Estos últimos no admiten nuevos miembros, por lo que
su admisión implica la celebración de un nuevo tratado.
Por su forma de conclusión: Tratados concluidos de forma solemne y Tratados
concluidos de forma simplificada que luego son enviados por el poder ejecutivo al
poder legislativo para opinión y aceptación. Así entonces las naciones intercambian
ideas y objetivos comunes de interés para ambos
19. CONCLUSION
Los tratados internacionales forman parte fundamental, del derecho internacional
como disciplina jurídica y es tan importante su existencia debido a que va de la
mano con el desarrollo y generación de contribución y cooperación entre los
países a nivel mundial, lo que provoca que exista una sola hermandad entre países
los cuales a través de dichos tratados, se obligan a cumplir responsabilidades las
cuales son sanas en el sentido que entre todos se ayudan de alguna manera,
pienso que los tratados internacionales seguirán haciendo que los países sigan en
armonía y desarrollo en pro de un mundo mas igualitario jurídicamente o
económicamente hablando.
20. BIBLIOGRAFIA
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