T E S T I M O N I O
INSTRUMENTO NÚMERO …………………. (….).- ACTA NOTARIAL.- En la
Ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida , a los siete (7) días del mes de noviembre
del año dos mil dieciocho, siendo las tres ( 3:00 pm ) de la tarde, Yo DENNIS ANTHONY
ZELAYA AMAYA, Notario con domicilio en la ciudad de La Ceiba, departamento de
Atlántida , con carné del Colegio de Abogados de Honduras número Diez mil (10,000), y
Exequátur de la Honorable Corte Suprema de Justicia número ochocientos (800), con
oficinas profesionales en Colonia San Judas Tadeo de esta ciudad de la Ceiba, Departamento
de Atlántida; fui requerido por el señor JUAN CARLOS GALAN PEÑA, mayor de edad,
hondureño, ingeniero, casado, y de este domicilio de la ciudad de La Ceiba; Para que proteste
por falta de pago total en virtud de no haberlo hecho retirado o aceptarlo, de una letra de
cambio el día de su vencimiento, la Letra de Cambio literalmente dice: “LETRA DE
CAQMBIO, serie número 1/1 por L. (10,000.00), la Ceiba Atlántida seis (6) de octubre del
(2018) el seis (6) de noviembre del Dos Mil Dieciocho (2018) se servirá usted a pagar por
esta UNICA LETRA DE CAMBIO a nuestra orden la cantidad de DIEZ MIL
LEMPIRAS, por el librador JUAN PEREZ JIMENES a favor del librado JUAN
CARLOS GALAN PEÑA aceptada sin Protesto, La Ceiba Atlántida Seis de Noviembre de
dos mil dieciocho (2018), firma ilegible”. En tal virtud me presente al establecimiento
ubicado en colonia San Judas, calle principal edificio Urbina, Y habiéndole presentado la
letra de cambio y habiendo requerido de pago al librador, en consecuencia PROTESTE,
solamente por falta de pago total de la letra de cambio que se deja copiada, transcrita,
indicándolo al referido señor que corre bajo su responsabilidad los gastos, daños, perjuicios
e intereses moratorios que por este motivo se ocasionan, haciendo el dueño de la letra de
cambio, especial reserva de los derechos que le comprenden contra quien hubiere a lugar.
con lo cual di por terminada la presente Acta Notarial siendo las Tres con veinte minutos
(3:20 pm) de la tarde y enterado del derecho que tiene por leer la presente Acta Notarial por
su acuerdo procedí a darle lectura integra de voz el girado o aceptante quien estampa además
la huella digital del dedo índice de la mano derecha en presencia del suscrito Notario. De
todo lo cual, del conocimiento, edad, estado, profesión y vecindad, DOY FE, y de tener a la
vista la tarjeta de identidad del requirente número cero uno cero uno guion mil novecientos
ochenta guion cero cero uno dos tres (0101-1980-00123). - DOY FE.
Y a requerimiento del señor JUAN CARLOS GALAN PEÑA, libro, firmo y sello esta
primera copia en el mismo lugar y fecha de su otorgamiento en papel especial notarial y con
los timbres de ley debidamente cancelados quedando su original con el que concuerda bajo
el numero preinserto de mi protocolo del corriente año en donde anote este libramiento.

Acta de protesto

  • 1.
    T E ST I M O N I O INSTRUMENTO NÚMERO …………………. (….).- ACTA NOTARIAL.- En la Ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida , a los siete (7) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, siendo las tres ( 3:00 pm ) de la tarde, Yo DENNIS ANTHONY ZELAYA AMAYA, Notario con domicilio en la ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida , con carné del Colegio de Abogados de Honduras número Diez mil (10,000), y Exequátur de la Honorable Corte Suprema de Justicia número ochocientos (800), con oficinas profesionales en Colonia San Judas Tadeo de esta ciudad de la Ceiba, Departamento de Atlántida; fui requerido por el señor JUAN CARLOS GALAN PEÑA, mayor de edad, hondureño, ingeniero, casado, y de este domicilio de la ciudad de La Ceiba; Para que proteste por falta de pago total en virtud de no haberlo hecho retirado o aceptarlo, de una letra de cambio el día de su vencimiento, la Letra de Cambio literalmente dice: “LETRA DE CAQMBIO, serie número 1/1 por L. (10,000.00), la Ceiba Atlántida seis (6) de octubre del (2018) el seis (6) de noviembre del Dos Mil Dieciocho (2018) se servirá usted a pagar por esta UNICA LETRA DE CAMBIO a nuestra orden la cantidad de DIEZ MIL LEMPIRAS, por el librador JUAN PEREZ JIMENES a favor del librado JUAN CARLOS GALAN PEÑA aceptada sin Protesto, La Ceiba Atlántida Seis de Noviembre de dos mil dieciocho (2018), firma ilegible”. En tal virtud me presente al establecimiento ubicado en colonia San Judas, calle principal edificio Urbina, Y habiéndole presentado la letra de cambio y habiendo requerido de pago al librador, en consecuencia PROTESTE, solamente por falta de pago total de la letra de cambio que se deja copiada, transcrita, indicándolo al referido señor que corre bajo su responsabilidad los gastos, daños, perjuicios e intereses moratorios que por este motivo se ocasionan, haciendo el dueño de la letra de cambio, especial reserva de los derechos que le comprenden contra quien hubiere a lugar. con lo cual di por terminada la presente Acta Notarial siendo las Tres con veinte minutos
  • 2.
    (3:20 pm) dela tarde y enterado del derecho que tiene por leer la presente Acta Notarial por su acuerdo procedí a darle lectura integra de voz el girado o aceptante quien estampa además la huella digital del dedo índice de la mano derecha en presencia del suscrito Notario. De todo lo cual, del conocimiento, edad, estado, profesión y vecindad, DOY FE, y de tener a la vista la tarjeta de identidad del requirente número cero uno cero uno guion mil novecientos ochenta guion cero cero uno dos tres (0101-1980-00123). - DOY FE. Y a requerimiento del señor JUAN CARLOS GALAN PEÑA, libro, firmo y sello esta primera copia en el mismo lugar y fecha de su otorgamiento en papel especial notarial y con los timbres de ley debidamente cancelados quedando su original con el que concuerda bajo el numero preinserto de mi protocolo del corriente año en donde anote este libramiento.