SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
EL CONCEBIDO IN VITRO CRIOCONSERVADO
COMO SUJETO DE DERECHO Y SU TRATAMIENTO
DENTRO DE UN PROCESO DE DIVORCIO
DERECHO GENÉTICO
Introducción
Planteamiento del
problema
Nuestro país carece de una legislación
específica sobre esta materia, dejando un
preocupante vacío, más preocupante
todavía por involucrar un tema tan
importante como la vida. El presente
trabajo no pretende plantear conclusiones
definitivas, sino contribuir con el debate,
creando mayor conciencia del tema, y así
aportar posibles soluciones; todo ello en
busca de la mejor protección de la vida
humana, desde la concepción
El avance de la ciencia ha
facilitado la reproducción humana
con técnicas de reproducción
asistida. Estos cambios han traído
consigo una serie de situaciones
que tienen efectos legales que
nuestra legislación aún no
contempla
Existe una problemática latente
que hasta la fecha no tiene
atención, cual es la falta de
regulación jurídica del destino de
los embriones crioconservados,
quienes luego de haber sido
creados in vitro, no son
implantados por diversos motivos
Estos inconvenientes tienen que ver
con el desmedido desarrollo social y
científico frente a las normas del
Derecho, lo que requiere entonces
que se establezca un límite o un
parámetro legal que contemple y
ampare el derecho a la vida desde
su procreación, sea natural o asistida
Debido a que en el Perú no hay
estadísticas oficiales sobre esta
problemática, no tenemos un
referente que pueda darnos una cifra
de los casos que se hayan podido
presentar. En el plano legal, la
Constitución protege la vida desde su
concepción, pero falta regular el
tratamiento de los llamados “bebés
probeta”
ANTECEDENTES TEÓRICOS
El Derecho le da la calidad de
persona al hombre, solo el
hombre es persona y toda
persona es hombre (en el
sentido de “ser humano”), lo
cual se hace extensivo al
concebido.
El bien jurídico que protege
el Derecho, representa
intereses relevantes de las
personas en tanto, sujetos
sociales.
El bien jurídico
tutelado o
protegido es el
derecho a la
vida del fruto
de la
concepción
El derecho a
la vida
presenta la
siguiente
naturaleza
 Es una cualidad consustancial al ser humano.
 Está reconocido en nuestro sistema legislativo.
 Se encuentra protegido en nuestro sistema
legislativo.
 Es un derecho intransferible e irrenunciable
por ser el principal derecho y el fundamental
que es inherente al ser humano.
Existe cierta discusión en
doctrina con respecto al bien
jurídico protegido alrededor
del concebido, pero las
diferencias en realidad son
más de forma que de
contenido.
REFERENCIAS AL DERECHO A LA VIDA
EN NUESTRA LEGISLACIÓN PERUANA
“La persona humana
es sujeto de derecho
desde su nacimiento.”
El Código Civil (Art. 1)
“Toda persona tiene derecho: a
la vida, a su identidad, a su
integridad moral, psíquica y
física y a su libre desarrollo y
bienestar. El concebido es
sujeto de derecho en todo
cuanto le favorece”.
Constitución política
(Art. 2, Incs 1)
Se acogen a la
teoría de la
subjetividad
Se ratificó el descarte
de la antigua teoría
que consideraba al
concebido como una
parte de la madre
(teoría portuio mulieris)
Carlos Fernández
Sessarego
Era incoherente en tanto para dicha
teoría “el concebido es lo que no es –
nacido– y cuando es, ya no es –
concebido– desde que es persona
natural. Es decir, que es y no es al
mismo tiempo”
la teoría de la ficción
Reconocer al concebido como sujeto
de derecho autónomo
Esta teoría considera al
concebido "sujeto de
derecho", entendido
como centro de
imputación de
derechos y deberes
adscribidle, siempre al
ser humanos.
El ser humano se
hace presente de
cuatro modos:
1-Como concebido
2-Como persona
natural
3-Como persona
jurídica
4- Como aquellas
organizaciones que,
comportándose como
personas jurídicas, no
han cumplido con el
requisito de su
inscripción en el
registro respectivo.
El Estado peruano fue el primero en
reconocer la calidad de sujeto de
derecho al concebido, estatus jurídico
por el cual el "no nacido" deja de ser
solo un bien constitucionalmente
tutelable para constituirse en un
centro de imputación de derechos.
Declaración universal
sobre Bioética y
derechos humanos
de la UNESCO,
EstableceLa libertad
del avances científico
pero ateniéndose a
los principios éticos
referidos en esa
misma declaración.
En tanto el distrito
Federal de México
Acepto hace poco
dónde se da por
confirmada la
maternidad
subrogada Y esto
con límites
establecidos.
Brasil A su vez
establece en su ley
la maternidad
subrogada Pero
solo En
determinadas
situaciones.
En Europa El artículo
5 de la convención
europea refiere Qué
se del consentimiento
de la persona
interesada Dándole
información plena y
qué puede finalizar
cuando esta persona
así lo desee.
UNESCO MÉXICO BRASIL UNIÓN EUROPA
Algunas referencias en la legislación nacional
Caso A.Z y J.B.
Los tribunales respectivos hayan basado su decisión en consideraciones de orden
público, alejándose de la presunción de validez y exigibilidad de los acuerdos relativos a
embriones criopreservados establecida en Davis y Kass, ello no implica que dicha
presunción haya sido completamente desechada por los tribunales de ese país.
No queda claro en los fallos de
las Cortes de Massachusetts y
Nueva Jersey.
Si todos los acuerdos en esta materia son inexigibles por las partes
o sólo aquellos que podrían obligar a una de ellas a convertirse en padre o
madre contra su voluntad
La procreación
forzada es
inaceptable
La exigibilidad de un acuerdo que establece la destrucción o la donación de
los embriones para fines de investigación es todavía una cuestión abierta
La doctrina de EE. UU ha señalado una serie de objeciones
a la validez y exigibilidad de este tipo de acuerdos.
Para solucionar litigios a través de la
preeminencia de la voluntad de las partes
Existencia de una carga emotiva y psicológica que generalmente tiene como efecto que el acuerdo
suscrito por las partes no sea representativo de su verdadera intención
Debe aplicarse el mismo criterio seguido por la jurisprudencia para los acuerdos prenupciales, los cuales
sólo se consideran obligatorios en materias pecuniarias que afecten únicamente a los cónyuges
Durante los 3 primeros meses de embarazo, la mujer puede terminarlo con razón o sin razón alguna. Del
mismo modo, toda mujer la que se le implantaran embriones podría poner fin al embarazo en el mismo
lapso
En la mayoría de los estados el consentimiento de la madre en orden de dar en adopción a su hijo sólo
es válido una vez que el niño ha nacido, el mismo razonamiento puede ser aplicado en el caso de los
acuerdos suscritos por una pareja relativos al destino de sus futuros embriones
ANÁLISIS DEL TEMA
La concepción se inicia la vida humana, surge entonces el “ser humano genéticamente
individualizado”, por ello, es un sujeto de derecho, digno de protección y tutela, por lo cual
posee derechos que protegen sus intereses o exigencias existenciales como son, entre
otros, el de su vida e integridad psicosomática.
No existe en el Perú un ordenamiento específico que regule las técnicas de reproducción humana
asistida, si se examina la legislación encontramos artículos diseminados en diversas Leyes, por
ello, que está prohibida la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación, así
como la clonación de seres humanos.
En este sentido, es de vital importancia contar con una legislación acorde que regule los avances
de la genética en beneficio del ser humano, sobre la base de la protección al embrión y a las
personas que recurren a las técnicas como beneficiarias, prohibiéndose de manera directa la
manipulación de embriones.
◉ A pesar de todos los beneficios que puede traer la
reproducción asistida a la reproducción humana, si fracasa, se
tiene que aceptar la esterilidad de forma definitiva.
◉ A pesar de todos los beneficios que puede traer la reproducción asistida a la
reproducción humana, si fracasa, se tiene que aceptar la esterilidad de forma
definitiva.
◉ Las parejas que no pueden reproducirse naturalmente pueden recurrir a la reproducción asistida, pero el
proceso de Crio conservación de embriones debería estar en cierta medida restringida porque atenta contra la
vida humana.
◉ Para algunos autores la implantación requiere siempre del consentimiento contemporáneo de los progenitores, por lo
que, en caso de desavenencia, los embriones deberían ser destruidos o donados para fines de investigación.
ALGUNAS REFLEXIONES FINALES
En este punto, no debería hacerse uso
indiscriminado de los embriones, por ser
vidas humanas que merecen un
tratamiento constitucional y deberían
establecerse límites para su utilización.
Cuando nos referimos a aquel ser humano
que se halla en un banco de Pre embriones
frente a un proceso de divorcio de sus
progenitores, este debe ser implantado en
la madre genética, y de existir un acuerdo
entre ambos progenitores, podría donarse
a una pareja infértil.
Finalmente no debería desestimarse la
protección y salvaguarda que los
embriones en Crio conservación merecen.

Más contenido relacionado

Similar a El destino de los embriones crioconservados en un divorcio

Atentados contra la vida humana Natalia Graciela
Atentados contra la vida humana  Natalia GracielaAtentados contra la vida humana  Natalia Graciela
Atentados contra la vida humana Natalia GracielaGustavo Cano
 
Derecho a la Vida desde el punto de vista del Aborto
Derecho a la Vida desde el punto de vista del AbortoDerecho a la Vida desde el punto de vista del Aborto
Derecho a la Vida desde el punto de vista del AbortoAnnie Saavedra Moreno
 
Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.
Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.
Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.Annie Saavedra Moreno
 
El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...
El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...
El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...Elizabeth Paola Olivares Spanguel
 
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte Constitucional
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte ConstitucionalAnalisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte Constitucional
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte ConstitucionalCristian Escorcia
 
Reforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4oReforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4ojangulog
 
Reforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4oReforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4ojangulog
 

Similar a El destino de los embriones crioconservados en un divorcio (20)

EL ABORTO
EL ABORTOEL ABORTO
EL ABORTO
 
El concebido
El concebidoEl concebido
El concebido
 
Atentados contra la vida humana Natalia Graciela
Atentados contra la vida humana  Natalia GracielaAtentados contra la vida humana  Natalia Graciela
Atentados contra la vida humana Natalia Graciela
 
Derecho a la Vida desde el punto de vista del Aborto
Derecho a la Vida desde el punto de vista del AbortoDerecho a la Vida desde el punto de vista del Aborto
Derecho a la Vida desde el punto de vista del Aborto
 
Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.
Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.
Derecho a la vida desde el punto de vista del aborto.
 
El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...
El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...
El comienzo-de-la-persona-humana-en-el-código-civil-y-comercial.-por-eleonora...
 
aborto.docx
aborto.docxaborto.docx
aborto.docx
 
Personalidad.docx
Personalidad.docxPersonalidad.docx
Personalidad.docx
 
Sujetosdederecho
SujetosdederechoSujetosdederecho
Sujetosdederecho
 
La hipocresía del aborto terapéutico
La hipocresía del aborto terapéuticoLa hipocresía del aborto terapéutico
La hipocresía del aborto terapéutico
 
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte Constitucional
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte ConstitucionalAnalisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte Constitucional
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte Constitucional
 
Maternidad subrograda
Maternidad subrogradaMaternidad subrograda
Maternidad subrograda
 
Reforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4oReforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4o
 
Reforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4oReforma al artículo 4o
Reforma al artículo 4o
 
T 477-95 penal
T 477-95 penalT 477-95 penal
T 477-95 penal
 
Despenalizacion aborto
Despenalizacion abortoDespenalizacion aborto
Despenalizacion aborto
 
segundo parcial.pdf
segundo parcial.pdfsegundo parcial.pdf
segundo parcial.pdf
 
Estatuto jurídico del aborto (versión ppt plex)
Estatuto jurídico del aborto (versión ppt plex)Estatuto jurídico del aborto (versión ppt plex)
Estatuto jurídico del aborto (versión ppt plex)
 
El aborto en nicaragua
El aborto en nicaraguaEl aborto en nicaragua
El aborto en nicaragua
 
CLASE 5-Derecho a la Vida.pptx
CLASE 5-Derecho a la Vida.pptxCLASE 5-Derecho a la Vida.pptx
CLASE 5-Derecho a la Vida.pptx
 

Último

RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADORLuisMiguelT4
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Legislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointLegislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointRominaGrosso3
 

Último (20)

RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOREL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx pptPRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Legislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointLegislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power point
 

El destino de los embriones crioconservados en un divorcio

  • 1. EL CONCEBIDO IN VITRO CRIOCONSERVADO COMO SUJETO DE DERECHO Y SU TRATAMIENTO DENTRO DE UN PROCESO DE DIVORCIO DERECHO GENÉTICO
  • 2. Introducción Planteamiento del problema Nuestro país carece de una legislación específica sobre esta materia, dejando un preocupante vacío, más preocupante todavía por involucrar un tema tan importante como la vida. El presente trabajo no pretende plantear conclusiones definitivas, sino contribuir con el debate, creando mayor conciencia del tema, y así aportar posibles soluciones; todo ello en busca de la mejor protección de la vida humana, desde la concepción El avance de la ciencia ha facilitado la reproducción humana con técnicas de reproducción asistida. Estos cambios han traído consigo una serie de situaciones que tienen efectos legales que nuestra legislación aún no contempla Existe una problemática latente que hasta la fecha no tiene atención, cual es la falta de regulación jurídica del destino de los embriones crioconservados, quienes luego de haber sido creados in vitro, no son implantados por diversos motivos Estos inconvenientes tienen que ver con el desmedido desarrollo social y científico frente a las normas del Derecho, lo que requiere entonces que se establezca un límite o un parámetro legal que contemple y ampare el derecho a la vida desde su procreación, sea natural o asistida Debido a que en el Perú no hay estadísticas oficiales sobre esta problemática, no tenemos un referente que pueda darnos una cifra de los casos que se hayan podido presentar. En el plano legal, la Constitución protege la vida desde su concepción, pero falta regular el tratamiento de los llamados “bebés probeta”
  • 3. ANTECEDENTES TEÓRICOS El Derecho le da la calidad de persona al hombre, solo el hombre es persona y toda persona es hombre (en el sentido de “ser humano”), lo cual se hace extensivo al concebido. El bien jurídico que protege el Derecho, representa intereses relevantes de las personas en tanto, sujetos sociales. El bien jurídico tutelado o protegido es el derecho a la vida del fruto de la concepción El derecho a la vida presenta la siguiente naturaleza  Es una cualidad consustancial al ser humano.  Está reconocido en nuestro sistema legislativo.  Se encuentra protegido en nuestro sistema legislativo.  Es un derecho intransferible e irrenunciable por ser el principal derecho y el fundamental que es inherente al ser humano. Existe cierta discusión en doctrina con respecto al bien jurídico protegido alrededor del concebido, pero las diferencias en realidad son más de forma que de contenido.
  • 4. REFERENCIAS AL DERECHO A LA VIDA EN NUESTRA LEGISLACIÓN PERUANA “La persona humana es sujeto de derecho desde su nacimiento.” El Código Civil (Art. 1) “Toda persona tiene derecho: a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”. Constitución política (Art. 2, Incs 1) Se acogen a la teoría de la subjetividad Se ratificó el descarte de la antigua teoría que consideraba al concebido como una parte de la madre (teoría portuio mulieris) Carlos Fernández Sessarego Era incoherente en tanto para dicha teoría “el concebido es lo que no es – nacido– y cuando es, ya no es – concebido– desde que es persona natural. Es decir, que es y no es al mismo tiempo” la teoría de la ficción Reconocer al concebido como sujeto de derecho autónomo Esta teoría considera al concebido "sujeto de derecho", entendido como centro de imputación de derechos y deberes adscribidle, siempre al ser humanos. El ser humano se hace presente de cuatro modos: 1-Como concebido 2-Como persona natural 3-Como persona jurídica 4- Como aquellas organizaciones que, comportándose como personas jurídicas, no han cumplido con el requisito de su inscripción en el registro respectivo. El Estado peruano fue el primero en reconocer la calidad de sujeto de derecho al concebido, estatus jurídico por el cual el "no nacido" deja de ser solo un bien constitucionalmente tutelable para constituirse en un centro de imputación de derechos.
  • 5. Declaración universal sobre Bioética y derechos humanos de la UNESCO, EstableceLa libertad del avances científico pero ateniéndose a los principios éticos referidos en esa misma declaración. En tanto el distrito Federal de México Acepto hace poco dónde se da por confirmada la maternidad subrogada Y esto con límites establecidos. Brasil A su vez establece en su ley la maternidad subrogada Pero solo En determinadas situaciones. En Europa El artículo 5 de la convención europea refiere Qué se del consentimiento de la persona interesada Dándole información plena y qué puede finalizar cuando esta persona así lo desee. UNESCO MÉXICO BRASIL UNIÓN EUROPA Algunas referencias en la legislación nacional
  • 6. Caso A.Z y J.B. Los tribunales respectivos hayan basado su decisión en consideraciones de orden público, alejándose de la presunción de validez y exigibilidad de los acuerdos relativos a embriones criopreservados establecida en Davis y Kass, ello no implica que dicha presunción haya sido completamente desechada por los tribunales de ese país. No queda claro en los fallos de las Cortes de Massachusetts y Nueva Jersey. Si todos los acuerdos en esta materia son inexigibles por las partes o sólo aquellos que podrían obligar a una de ellas a convertirse en padre o madre contra su voluntad La procreación forzada es inaceptable La exigibilidad de un acuerdo que establece la destrucción o la donación de los embriones para fines de investigación es todavía una cuestión abierta
  • 7. La doctrina de EE. UU ha señalado una serie de objeciones a la validez y exigibilidad de este tipo de acuerdos. Para solucionar litigios a través de la preeminencia de la voluntad de las partes Existencia de una carga emotiva y psicológica que generalmente tiene como efecto que el acuerdo suscrito por las partes no sea representativo de su verdadera intención Debe aplicarse el mismo criterio seguido por la jurisprudencia para los acuerdos prenupciales, los cuales sólo se consideran obligatorios en materias pecuniarias que afecten únicamente a los cónyuges Durante los 3 primeros meses de embarazo, la mujer puede terminarlo con razón o sin razón alguna. Del mismo modo, toda mujer la que se le implantaran embriones podría poner fin al embarazo en el mismo lapso En la mayoría de los estados el consentimiento de la madre en orden de dar en adopción a su hijo sólo es válido una vez que el niño ha nacido, el mismo razonamiento puede ser aplicado en el caso de los acuerdos suscritos por una pareja relativos al destino de sus futuros embriones
  • 8. ANÁLISIS DEL TEMA La concepción se inicia la vida humana, surge entonces el “ser humano genéticamente individualizado”, por ello, es un sujeto de derecho, digno de protección y tutela, por lo cual posee derechos que protegen sus intereses o exigencias existenciales como son, entre otros, el de su vida e integridad psicosomática. No existe en el Perú un ordenamiento específico que regule las técnicas de reproducción humana asistida, si se examina la legislación encontramos artículos diseminados en diversas Leyes, por ello, que está prohibida la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación, así como la clonación de seres humanos. En este sentido, es de vital importancia contar con una legislación acorde que regule los avances de la genética en beneficio del ser humano, sobre la base de la protección al embrión y a las personas que recurren a las técnicas como beneficiarias, prohibiéndose de manera directa la manipulación de embriones.
  • 9. ◉ A pesar de todos los beneficios que puede traer la reproducción asistida a la reproducción humana, si fracasa, se tiene que aceptar la esterilidad de forma definitiva. ◉ A pesar de todos los beneficios que puede traer la reproducción asistida a la reproducción humana, si fracasa, se tiene que aceptar la esterilidad de forma definitiva. ◉ Las parejas que no pueden reproducirse naturalmente pueden recurrir a la reproducción asistida, pero el proceso de Crio conservación de embriones debería estar en cierta medida restringida porque atenta contra la vida humana. ◉ Para algunos autores la implantación requiere siempre del consentimiento contemporáneo de los progenitores, por lo que, en caso de desavenencia, los embriones deberían ser destruidos o donados para fines de investigación. ALGUNAS REFLEXIONES FINALES
  • 10. En este punto, no debería hacerse uso indiscriminado de los embriones, por ser vidas humanas que merecen un tratamiento constitucional y deberían establecerse límites para su utilización. Cuando nos referimos a aquel ser humano que se halla en un banco de Pre embriones frente a un proceso de divorcio de sus progenitores, este debe ser implantado en la madre genética, y de existir un acuerdo entre ambos progenitores, podría donarse a una pareja infértil. Finalmente no debería desestimarse la protección y salvaguarda que los embriones en Crio conservación merecen.