Este documento proporciona una guía sobre las compras públicas en la Unión Europea y España. Explica el marco normativo de la contratación pública en la UE y España, los tipos de contratos y procedimientos de licitación permitidos, y los pasos del proceso de licitación. También describe el funcionamiento del sistema electrónico de publicación de oportunidades TED y la Plataforma de Contratación del Sector Público en España. Por último, resume el ámbito de aplicación del Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y la UE en mater
Este documento describe los mercados internos y externos de la Unión Europea. Explica los elementos clave del mercado interior de la UE, incluidas las Cuatro Libertades fundamentales de libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. También describe la política comercial común de la UE y su sistema de preferencias arancelarias generalizadas, que ofrece reducciones arancelarias a países en desarrollo para ayudar a su integración en el comercio mundial. El sistema consiste en un régimen general y dos regímenes especiales para países vulnerables y
Este documento trata sobre la contratación internacional. Explica que este tipo de contratación se caracteriza por afectar a dos o más ordenamientos jurídicos debido a que sus elementos (partes, objeto, lugar de conclusión o ejecución) se encuentran en distintos países. A continuación, analiza las principales fuentes del derecho español aplicables a la contratación internacional, como son el Convenio de Roma y el Código Civil español. Finalmente, resume los aspectos más importantes de cada uno de estos regímenes.
Comercio Internacional u5 trabaj ofinal.docxRamses CF
El documento presenta un proyecto de exportación de ron mexicano a Canadá. Se analizan las teorías de comercio internacional aplicables, los tratados y acuerdos entre México y Canadá, así como los requisitos legales para exportar ron. También se elige al Banco Mundial como fuente de financiamiento y se solicita un préstamo para llevar a cabo la exportación. El proyecto busca aprovechar las oportunidades en el mercado canadiense de ron y cumplir con todos los requisitos legales y financieros
Este documento describe el origen y evolución del conflicto comercial entre la Unión Europea y China en el sector textil. Explica que China ingresó a la OMC en 2001 y la UE es su principal socio comercial. El Acuerdo Multifibras que regulaba el comercio textil expiró en 2005, lo que llevó a un aumento de las importaciones chinas y tensiones con la UE. El documento analiza las barreras comerciales aplicadas y los mecanismos de resolución de disputas de la OMC que se utilizaron para resolver el conflicto.
Este documento describe el mercado interior y exterior de la Unión Europea. Explica las cuatro libertades fundamentales del mercado interior: libre circulación de mercancías, trabajadores, servicios y capitales. También discute los sistemas de comercialización, cotización a futuro, centros de abastos y bolsas para la comercialización de productos en la UE. Finalmente, cubre temas como los aranceles aduaneros, procedimientos, y medidas de defensa comercial entre los estados miembros y con terceros países.
Este documento analiza la situación del Hospital Universitario de Burgos (HUBU), construido mediante un modelo de colaboración público-privada. Se explica que el coste final de la construcción y explotación es incierto debido a los continuos incrementos de precio. Inicialmente se preveía un coste de 1.010 millones de euros, pero tras varias modificaciones el precio asciende actualmente a 1.667 millones, más del doble del coste inicial. Asimismo, el pago anual que debía realizar la Junta ha pasado de 38 a
Accesibilidad cognitiva legislacion once 2009patxigalarraga
Este documento presenta la legislación y normativa relacionada con la accesibilidad universal y aplicada a los espacios públicos, considerando las capacidades cognitivas. Describe las leyes y decretos en los ámbitos internacional, nacional, autonómico y municipal. A nivel internacional, destaca la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad y su énfasis en proveer señalización en formatos de fácil lectura y comprensión. A nivel nacional, varios reales decretos españoles regulan la accesibil
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Establece las normas generales sobre contratación en el sector público, incluyendo los tipos de contratos, los umbrales para su regulación armonizada y el régimen de invalidez. Además, regula aspectos como la libertad de pactos, el contenido mínimo de los contratos y la forma y perfección de los mismos.
Este documento describe los mercados internos y externos de la Unión Europea. Explica los elementos clave del mercado interior de la UE, incluidas las Cuatro Libertades fundamentales de libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. También describe la política comercial común de la UE y su sistema de preferencias arancelarias generalizadas, que ofrece reducciones arancelarias a países en desarrollo para ayudar a su integración en el comercio mundial. El sistema consiste en un régimen general y dos regímenes especiales para países vulnerables y
Este documento trata sobre la contratación internacional. Explica que este tipo de contratación se caracteriza por afectar a dos o más ordenamientos jurídicos debido a que sus elementos (partes, objeto, lugar de conclusión o ejecución) se encuentran en distintos países. A continuación, analiza las principales fuentes del derecho español aplicables a la contratación internacional, como son el Convenio de Roma y el Código Civil español. Finalmente, resume los aspectos más importantes de cada uno de estos regímenes.
Comercio Internacional u5 trabaj ofinal.docxRamses CF
El documento presenta un proyecto de exportación de ron mexicano a Canadá. Se analizan las teorías de comercio internacional aplicables, los tratados y acuerdos entre México y Canadá, así como los requisitos legales para exportar ron. También se elige al Banco Mundial como fuente de financiamiento y se solicita un préstamo para llevar a cabo la exportación. El proyecto busca aprovechar las oportunidades en el mercado canadiense de ron y cumplir con todos los requisitos legales y financieros
Este documento describe el origen y evolución del conflicto comercial entre la Unión Europea y China en el sector textil. Explica que China ingresó a la OMC en 2001 y la UE es su principal socio comercial. El Acuerdo Multifibras que regulaba el comercio textil expiró en 2005, lo que llevó a un aumento de las importaciones chinas y tensiones con la UE. El documento analiza las barreras comerciales aplicadas y los mecanismos de resolución de disputas de la OMC que se utilizaron para resolver el conflicto.
Este documento describe el mercado interior y exterior de la Unión Europea. Explica las cuatro libertades fundamentales del mercado interior: libre circulación de mercancías, trabajadores, servicios y capitales. También discute los sistemas de comercialización, cotización a futuro, centros de abastos y bolsas para la comercialización de productos en la UE. Finalmente, cubre temas como los aranceles aduaneros, procedimientos, y medidas de defensa comercial entre los estados miembros y con terceros países.
Este documento analiza la situación del Hospital Universitario de Burgos (HUBU), construido mediante un modelo de colaboración público-privada. Se explica que el coste final de la construcción y explotación es incierto debido a los continuos incrementos de precio. Inicialmente se preveía un coste de 1.010 millones de euros, pero tras varias modificaciones el precio asciende actualmente a 1.667 millones, más del doble del coste inicial. Asimismo, el pago anual que debía realizar la Junta ha pasado de 38 a
Accesibilidad cognitiva legislacion once 2009patxigalarraga
Este documento presenta la legislación y normativa relacionada con la accesibilidad universal y aplicada a los espacios públicos, considerando las capacidades cognitivas. Describe las leyes y decretos en los ámbitos internacional, nacional, autonómico y municipal. A nivel internacional, destaca la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad y su énfasis en proveer señalización en formatos de fácil lectura y comprensión. A nivel nacional, varios reales decretos españoles regulan la accesibil
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Establece las normas generales sobre contratación en el sector público, incluyendo los tipos de contratos, los umbrales para su regulación armonizada y el régimen de invalidez. Además, regula aspectos como la libertad de pactos, el contenido mínimo de los contratos y la forma y perfección de los mismos.
Guia 2 0_cpi_v5_compra publica innovadoraJordi Puig
1) La guía actualiza una versión anterior sobre compra pública innovadora para adaptarla a los cambios legislativos y a la experiencia acumulada. 2) Se ha añadido un apartado sobre el uso estratégico de la contratación pública para fomentar la innovación. 3) Se analizan las modalidades de compra pública precomercial y de tecnología innovadora, así como el nuevo procedimiento de asociación para la innovación introducido por las directivas europeas.
Este documento presenta la Memoria Anual de Actividades de 2012 de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de España. En 2012, la CMT analizó varios mercados de telecomunicaciones clave y adoptó medidas regulatorias para promover la competencia. Asimismo, revisó precios mayoristas importantes y redujo tarifas de terminación móvil. La CMT también trabajó para adaptar la regulación española a las normas de la Unión Europea.
Guía de contrataciones con el estado peruano - Obras y consultoría de obras a...ProColombia
Este documento presenta una guía sobre el sistema de contrataciones públicas en Perú dirigida a empresas colombianas. Explica los organismos involucrados como el OSCE, PERÚ COMPRAS y el Tribunal de Contrataciones. Detalla los requisitos para participar como inscripción en el RUC y RNP, así como los métodos de contratación como licitación pública, concurso público y contratación directa. Finalmente, cubre aspectos de ejecución de contratos de obras y consultoría como adelantos, garantías y resolución
Este documento presenta un resumen de 5 tomos de la obra "La Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil". Cada tomo trata un tema específico relacionado con el proceso civil y está escrito por diferentes catedráticos de derecho procesal de universidades españolas. El documento proporciona los nombres de los autores y las instituciones a las que pertenecen para cada tomo.
Acuerdo relativo a la aplicacion del articulo VII GATTAmadeo Estupinian
El documento resume el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del GATT de 1994. Explica brevemente la evolución histórica del GATT desde 1948 y los objetivos de promover el comercio internacional. Luego describe los principales métodos de valoración en aduanas establecidos en el Acuerdo, incluyendo el valor de la transacción, el valor de mercancías idénticas o similares, y métodos deductivos y de costo de producción. Finalmente, concluye que el Acuerdo busca estandarizar los métodos de valoración
Este documento describe el marco jurídico de la comercialización internacional de los servicios. Explica que el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos de 1989 fue el primer acuerdo en establecer reglas para el comercio transfronterizo de servicios. Más tarde, el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) de la OMC creó un marco multilateral para regular el comercio internacional de servicios, similar al GATT para mercancías. El documento también analiza conceptos como las ventajas comparativas y
Este documento presenta un resumen de un módulo legal sobre aspectos legales relacionados con el cambio climático. El módulo está dividido en seis secciones que cubren temas como el sistema europeo de comercio de derechos de emisión, los mecanismos flexibles del Protocolo de Kioto, los fondos de carbono, los mercados voluntarios, la captura y almacenamiento de carbono, y las tendencias legales a corto plazo relacionadas con los mercados de carbono. El objetivo general es ofrecer una visión general de
DERECHO FISCAL INTERNACIONAL. AUTOR: Ramón Falcón y Tella, Elvira Pulido Guer...Marcial Pons Argentina
Este capítulo presenta el concepto, contenido y fuentes del Derecho Fiscal Internacional. Define el Derecho Fiscal Internacional como la rama del Derecho que regula las relaciones fiscales transfronterizas y tiene como objetivos evitar la doble imposición y la elusión fiscal. Explica que el Derecho Fiscal Internacional incluye tratados internacionales bilaterales y multilaterales, el Derecho de la Unión Europea y el Derecho interno. Además, analiza los tratados internacionales, el Derecho de la UE y el llamado
Oportunidad Estratégica ha venido acompañando, desde 2011, una serie de debates acerca del desarrollo de la infraestructura vial a través de concesiones en Colombia, así como en la búsqueda de nuevas alternativas normativas, institucionales, técnicas y financieras, para poder avanzar y poner al día al país, en materia de una malla vial moderna, necesaria para su integración y competitividad.
En un primer momento, esta firma consultora adelantó un estudio preliminar para la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, orientado hacia la revisión de sistemas de precalificación y de registros de contratistas, en América Latina, con énfasis en Perú, Chile y Brasil. De manera simultánea, se adelantó un estudio jurídico sobre la viabilidad de desarrollar un sistema de precalificación en nuestro país y, así mismo, se vislumbraron algunas características y recomendaciones para su posible estructuración.
Más adelante, gracias la Embajada Británica a través del Prosperity Fund y del Foreign & Commowealth Office de Gran Bretaña, y con el propósito de apoyar a la ANI, se concretó la segunda parte del estudio mencionado anteriormente, con el fin de sentar las bases del modelo de precalificación en Colombia, teniendo además como ejemplos, los casos de Gran Bretaña y Canadá.
Ese es precisamente el estudio “System for Facilitating Precualifaction Process for Road Concessions in Colombia”, que se presenta en este documento, en cual, parte de la revisión de los casos anunciados, es decir, de los modelos de precalificación, en el contexto de las alianzas público privadas - APP, de Gran Bretaña y Canadá, los cuales e complementan con la revisión de los registros de apoyo a estos procesos, de España, Ontario, Chile y Argentina. Sobre esta base y los correspondientes estudios jurídicos, se presentan las bases del sistema de precalificación para Colombia, para el desarrollo de su infraestructura carretera a través de proyectos APP de iniciativa pública y de lo que sería el Registro de Apoyo a la Precalificación, que se presenta ya en una propuesta de Decreto.
De igual forma, este estudio presenta una aproximación a las firmas concesionarias más importantes del mundo, de Latinoamérica y de Colombia, así como su caracterización según sean su naturaleza de infraestructura, financiera o estructuradora. También se acompaña de una completa estrategia de comunicación, en las cuales se resalta las entrevistas realizadas a diversos actores de Gran Bretaña, así como el gran foro adelantado por la ANI, para el lanzamiento de la 4G y todas sus herramientas.
Este documento presenta un análisis del marco contable aplicable a los acuerdos de concesión administrativa en España. En primer lugar, define las concesiones administrativas y distingue entre concesiones de infraestructura pública y otros bienes y servicios. A continuación, describe el tratamiento contable de ambos tipos de concesiones según la normativa española. Por último, realiza una comparación de la normativa contable nacional e internacional sobre concesiones administrativas. El objetivo final es analizar la calidad de la información contable sobre concesiones de infra
Acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y PerúHotaru Tomoe
El acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú busca promover la integración económica entre los países. Se firmó en 2012 y tiene como objetivos abrir nuevos mercados, proteger la propiedad intelectual y fomentar el comercio internacional de manera sostenible. El acuerdo elimina aranceles para la mayoría de bienes y servicios, y trae beneficios como nuevas oportunidades comerciales e inversiones para todos los participantes.
Este manual tiene como objetivo establecer una metodología general para que los departamentos y organismos de la Administración General del Estado puedan revisar sus procedimientos desde la óptica de la simplificación administrativa y la reducción de cargas. El manual propone cuatro fases para este proceso: 1) descripción del procedimiento actual, 2) reingeniería del procedimiento para simplificarlo y reducir cargas, 3) implantación de los cambios y cuantificación de ahorros, y 4) evaluación continua mediante indicadores.
Este documento presenta el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT OMS). Reconoce que el tabaquismo es un problema mundial de salud pública y que requiere una respuesta internacional integral. Establece objetivos como proteger el derecho a la salud pública y reducir la demanda y oferta de tabaco. Incluye disposiciones sobre precios e impuestos al tabaco, protección contra el humo de tabaco, empaquetado y etiquetado, publicidad, comercio ilícito y apoyo a alternativas económic
Acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y PerúHotaru Tomoe
El acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú busca promover la integración económica entre los países. Inicialmente participaron los países de la Comunidad Andina, pero finalmente solo continuaron Colombia y Perú. El acuerdo fue firmado en 2012 y aprobado en Colombia en 2013. Los objetivos incluyen abrir nuevos mercados, proteger la propiedad intelectual y promover el comercio internacional de forma sostenible. Los temas negociados abarcaron desde el acceso a mercados y la agricultura, hasta la contratación pública, servic
El MERCOSUR es una unión aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, cuyo logotipo es una estrella de cinco puntas de color verde. Sus fuentes jurídicas principales son el Tratado de Asunción y sus protocolos, y las normas se promulgan a través del Consejo del Mercado Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio. El sistema de solución de controversias se rige actualmente por el Protocolo de Olivos.
El MERCOSUR es una unión aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Sus principales fuentes jurídicas son el Tratado de Asunción y sus protocolos. La solución de controversias se rige actualmente por el Protocolo de Olivos. El bloque cuenta con un Arancel Externo Común y una Nomenclatura Común aplicables a los bienes que circulan entre los países miembros.
El MERCOSUR es una unión aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, cuyo logotipo es una estrella de cinco puntas de color verde. Las fuentes jurídicas principales son el Tratado de Asunción y sus protocolos. La solución de controversias se rige actualmente por el Protocolo de Olivos de 2004, que estableció el Tribunal Permanente de Revisión con sede en Asunción.
La Organización Mundial del Comercio (OMC) se estableció formalmente en 1994 como sucesora del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). La OMC tiene actualmente 153 países miembros y busca promover el comercio internacional a través de la negociación de acuerdos comerciales multilaterales. Estos acuerdos cubren una variedad de temas comerciales como aranceles, agricultura, servicios y propiedad intelectual. La OMC también proporciona un mecanismo para resolver disputas comerciales entre
Presentacion del Profesor Hector Hugo Juarez sobre el Codigo Aduanero del MERCOSUR para la Maestria en Comercio Internacional de la Universidad Nacional de Cordoba.
8 Inversiones para el desarrollo sostenible (1).pdfProColombia
El documento describe varios casos de inversiones sostenibles realizadas por empresas en Colombia, incluyendo Baxter en Cali, Grupo UMA en Pereira, y Colhilados en Antioquia. También describe una inversión de la empresa noruega NORFUND en ERCO Energía de Medellín para apoyar proyectos de energía renovable. Las inversiones apoyan la creación de empleos, producción local, eficiencia energética, y transición a energías limpias.
Las regiones de Colombia están implementando iniciativas innovadoras para atraer inversiones como estrategias de coworking exclusivo para empresas multinacionales en Orinoquia, uso de redes sociales como LinkedIn para promover oportunidades en el Valle del Cauca, y programas de capacitación en inglés para jóvenes en Cartagena para fortalecer las habilidades requeridas por inversionistas. Medellín también ha creado una herramienta de datos económicos llamada DaTACI para apoyar la toma de decisiones de inversionistas.
Más contenido relacionado
Similar a Guía de contratación pública Europa y España
Guia 2 0_cpi_v5_compra publica innovadoraJordi Puig
1) La guía actualiza una versión anterior sobre compra pública innovadora para adaptarla a los cambios legislativos y a la experiencia acumulada. 2) Se ha añadido un apartado sobre el uso estratégico de la contratación pública para fomentar la innovación. 3) Se analizan las modalidades de compra pública precomercial y de tecnología innovadora, así como el nuevo procedimiento de asociación para la innovación introducido por las directivas europeas.
Este documento presenta la Memoria Anual de Actividades de 2012 de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) de España. En 2012, la CMT analizó varios mercados de telecomunicaciones clave y adoptó medidas regulatorias para promover la competencia. Asimismo, revisó precios mayoristas importantes y redujo tarifas de terminación móvil. La CMT también trabajó para adaptar la regulación española a las normas de la Unión Europea.
Guía de contrataciones con el estado peruano - Obras y consultoría de obras a...ProColombia
Este documento presenta una guía sobre el sistema de contrataciones públicas en Perú dirigida a empresas colombianas. Explica los organismos involucrados como el OSCE, PERÚ COMPRAS y el Tribunal de Contrataciones. Detalla los requisitos para participar como inscripción en el RUC y RNP, así como los métodos de contratación como licitación pública, concurso público y contratación directa. Finalmente, cubre aspectos de ejecución de contratos de obras y consultoría como adelantos, garantías y resolución
Este documento presenta un resumen de 5 tomos de la obra "La Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil". Cada tomo trata un tema específico relacionado con el proceso civil y está escrito por diferentes catedráticos de derecho procesal de universidades españolas. El documento proporciona los nombres de los autores y las instituciones a las que pertenecen para cada tomo.
Acuerdo relativo a la aplicacion del articulo VII GATTAmadeo Estupinian
El documento resume el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del GATT de 1994. Explica brevemente la evolución histórica del GATT desde 1948 y los objetivos de promover el comercio internacional. Luego describe los principales métodos de valoración en aduanas establecidos en el Acuerdo, incluyendo el valor de la transacción, el valor de mercancías idénticas o similares, y métodos deductivos y de costo de producción. Finalmente, concluye que el Acuerdo busca estandarizar los métodos de valoración
Este documento describe el marco jurídico de la comercialización internacional de los servicios. Explica que el Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos de 1989 fue el primer acuerdo en establecer reglas para el comercio transfronterizo de servicios. Más tarde, el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS) de la OMC creó un marco multilateral para regular el comercio internacional de servicios, similar al GATT para mercancías. El documento también analiza conceptos como las ventajas comparativas y
Este documento presenta un resumen de un módulo legal sobre aspectos legales relacionados con el cambio climático. El módulo está dividido en seis secciones que cubren temas como el sistema europeo de comercio de derechos de emisión, los mecanismos flexibles del Protocolo de Kioto, los fondos de carbono, los mercados voluntarios, la captura y almacenamiento de carbono, y las tendencias legales a corto plazo relacionadas con los mercados de carbono. El objetivo general es ofrecer una visión general de
DERECHO FISCAL INTERNACIONAL. AUTOR: Ramón Falcón y Tella, Elvira Pulido Guer...Marcial Pons Argentina
Este capítulo presenta el concepto, contenido y fuentes del Derecho Fiscal Internacional. Define el Derecho Fiscal Internacional como la rama del Derecho que regula las relaciones fiscales transfronterizas y tiene como objetivos evitar la doble imposición y la elusión fiscal. Explica que el Derecho Fiscal Internacional incluye tratados internacionales bilaterales y multilaterales, el Derecho de la Unión Europea y el Derecho interno. Además, analiza los tratados internacionales, el Derecho de la UE y el llamado
Oportunidad Estratégica ha venido acompañando, desde 2011, una serie de debates acerca del desarrollo de la infraestructura vial a través de concesiones en Colombia, así como en la búsqueda de nuevas alternativas normativas, institucionales, técnicas y financieras, para poder avanzar y poner al día al país, en materia de una malla vial moderna, necesaria para su integración y competitividad.
En un primer momento, esta firma consultora adelantó un estudio preliminar para la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, orientado hacia la revisión de sistemas de precalificación y de registros de contratistas, en América Latina, con énfasis en Perú, Chile y Brasil. De manera simultánea, se adelantó un estudio jurídico sobre la viabilidad de desarrollar un sistema de precalificación en nuestro país y, así mismo, se vislumbraron algunas características y recomendaciones para su posible estructuración.
Más adelante, gracias la Embajada Británica a través del Prosperity Fund y del Foreign & Commowealth Office de Gran Bretaña, y con el propósito de apoyar a la ANI, se concretó la segunda parte del estudio mencionado anteriormente, con el fin de sentar las bases del modelo de precalificación en Colombia, teniendo además como ejemplos, los casos de Gran Bretaña y Canadá.
Ese es precisamente el estudio “System for Facilitating Precualifaction Process for Road Concessions in Colombia”, que se presenta en este documento, en cual, parte de la revisión de los casos anunciados, es decir, de los modelos de precalificación, en el contexto de las alianzas público privadas - APP, de Gran Bretaña y Canadá, los cuales e complementan con la revisión de los registros de apoyo a estos procesos, de España, Ontario, Chile y Argentina. Sobre esta base y los correspondientes estudios jurídicos, se presentan las bases del sistema de precalificación para Colombia, para el desarrollo de su infraestructura carretera a través de proyectos APP de iniciativa pública y de lo que sería el Registro de Apoyo a la Precalificación, que se presenta ya en una propuesta de Decreto.
De igual forma, este estudio presenta una aproximación a las firmas concesionarias más importantes del mundo, de Latinoamérica y de Colombia, así como su caracterización según sean su naturaleza de infraestructura, financiera o estructuradora. También se acompaña de una completa estrategia de comunicación, en las cuales se resalta las entrevistas realizadas a diversos actores de Gran Bretaña, así como el gran foro adelantado por la ANI, para el lanzamiento de la 4G y todas sus herramientas.
Este documento presenta un análisis del marco contable aplicable a los acuerdos de concesión administrativa en España. En primer lugar, define las concesiones administrativas y distingue entre concesiones de infraestructura pública y otros bienes y servicios. A continuación, describe el tratamiento contable de ambos tipos de concesiones según la normativa española. Por último, realiza una comparación de la normativa contable nacional e internacional sobre concesiones administrativas. El objetivo final es analizar la calidad de la información contable sobre concesiones de infra
Acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y PerúHotaru Tomoe
El acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú busca promover la integración económica entre los países. Se firmó en 2012 y tiene como objetivos abrir nuevos mercados, proteger la propiedad intelectual y fomentar el comercio internacional de manera sostenible. El acuerdo elimina aranceles para la mayoría de bienes y servicios, y trae beneficios como nuevas oportunidades comerciales e inversiones para todos los participantes.
Este manual tiene como objetivo establecer una metodología general para que los departamentos y organismos de la Administración General del Estado puedan revisar sus procedimientos desde la óptica de la simplificación administrativa y la reducción de cargas. El manual propone cuatro fases para este proceso: 1) descripción del procedimiento actual, 2) reingeniería del procedimiento para simplificarlo y reducir cargas, 3) implantación de los cambios y cuantificación de ahorros, y 4) evaluación continua mediante indicadores.
Este documento presenta el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT OMS). Reconoce que el tabaquismo es un problema mundial de salud pública y que requiere una respuesta internacional integral. Establece objetivos como proteger el derecho a la salud pública y reducir la demanda y oferta de tabaco. Incluye disposiciones sobre precios e impuestos al tabaco, protección contra el humo de tabaco, empaquetado y etiquetado, publicidad, comercio ilícito y apoyo a alternativas económic
Acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y PerúHotaru Tomoe
El acuerdo comercial entre la Unión Europea, Colombia y Perú busca promover la integración económica entre los países. Inicialmente participaron los países de la Comunidad Andina, pero finalmente solo continuaron Colombia y Perú. El acuerdo fue firmado en 2012 y aprobado en Colombia en 2013. Los objetivos incluyen abrir nuevos mercados, proteger la propiedad intelectual y promover el comercio internacional de forma sostenible. Los temas negociados abarcaron desde el acceso a mercados y la agricultura, hasta la contratación pública, servic
El MERCOSUR es una unión aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, cuyo logotipo es una estrella de cinco puntas de color verde. Sus fuentes jurídicas principales son el Tratado de Asunción y sus protocolos, y las normas se promulgan a través del Consejo del Mercado Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio. El sistema de solución de controversias se rige actualmente por el Protocolo de Olivos.
El MERCOSUR es una unión aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Sus principales fuentes jurídicas son el Tratado de Asunción y sus protocolos. La solución de controversias se rige actualmente por el Protocolo de Olivos. El bloque cuenta con un Arancel Externo Común y una Nomenclatura Común aplicables a los bienes que circulan entre los países miembros.
El MERCOSUR es una unión aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, cuyo logotipo es una estrella de cinco puntas de color verde. Las fuentes jurídicas principales son el Tratado de Asunción y sus protocolos. La solución de controversias se rige actualmente por el Protocolo de Olivos de 2004, que estableció el Tribunal Permanente de Revisión con sede en Asunción.
La Organización Mundial del Comercio (OMC) se estableció formalmente en 1994 como sucesora del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). La OMC tiene actualmente 153 países miembros y busca promover el comercio internacional a través de la negociación de acuerdos comerciales multilaterales. Estos acuerdos cubren una variedad de temas comerciales como aranceles, agricultura, servicios y propiedad intelectual. La OMC también proporciona un mecanismo para resolver disputas comerciales entre
Presentacion del Profesor Hector Hugo Juarez sobre el Codigo Aduanero del MERCOSUR para la Maestria en Comercio Internacional de la Universidad Nacional de Cordoba.
Similar a Guía de contratación pública Europa y España (20)
8 Inversiones para el desarrollo sostenible (1).pdfProColombia
El documento describe varios casos de inversiones sostenibles realizadas por empresas en Colombia, incluyendo Baxter en Cali, Grupo UMA en Pereira, y Colhilados en Antioquia. También describe una inversión de la empresa noruega NORFUND en ERCO Energía de Medellín para apoyar proyectos de energía renovable. Las inversiones apoyan la creación de empleos, producción local, eficiencia energética, y transición a energías limpias.
Las regiones de Colombia están implementando iniciativas innovadoras para atraer inversiones como estrategias de coworking exclusivo para empresas multinacionales en Orinoquia, uso de redes sociales como LinkedIn para promover oportunidades en el Valle del Cauca, y programas de capacitación en inglés para jóvenes en Cartagena para fortalecer las habilidades requeridas por inversionistas. Medellín también ha creado una herramienta de datos económicos llamada DaTACI para apoyar la toma de decisiones de inversionistas.
6 Territorios como destino de inversión (1).pdfProColombia
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y ProColombia están impulsando a los territorios de Colombia como destinos de inversión a través de varias iniciativas: 1) Crearon un manual para ayudar a las regiones a atraer inversión extranjera, 2) Ofrecen un curso virtual gratuito para enseñar a los emprendedores a estructurar proyectos que puedan financiarse con inversión extranjera, y 3) Organizarán en 2023 el Colombia Investment Summit - Roadtrip, un evento que promoverá oportun
La estrategia de ProColombia para atraer inversiones extranjeras se enfoca en tres pilares: contribuir a la reindustrialización de Colombia a través de inversiones en sectores como salud, soberanía alimentaria y energía; atraer inversiones a las regiones de Colombia para cerrar brechas de desarrollo; y atraer inversiones que promuevan la transferencia de conocimiento e innovación. Esta estrategia se implementa a través de seis acciones como la promoción proactiva de proyectos de inversión en sectores priorizados, la atracción de fond
Los flujos globales de inversión disminuyeron un 12% en 2022 a 1,3 billones de dólares, aunque las inversiones en países en desarrollo crecieron un 4%. En América Latina y el Caribe, la inversión extranjera directa aumentó un 55,2% en 2022, alcanzando un máximo histórico de $224.579 millones. Dentro de la región, el 54% de la inversión fue al sector de servicios, aunque también aumentaron las manufacturas y los recursos naturales.
3 Política de Reindustrialización (2).pdfProColombia
La política de reindustrialización de Colombia establece diversos puntos para que los territorios atraigan inversión extranjera directa y fomenten un crecimiento sostenible, incluyendo la transición energética, el desarrollo de infraestructura, el aprovechamiento de recursos de manera sostenible, el fortalecimiento de la fuerza laboral y la creación de clústeres regionales.
El Plan Nacional de Desarrollo de Colombia establece cinco ejes para convertir al país en líder mundial en temas relacionados con la vida y la naturaleza. Uno de los ejes se enfoca en la transformación productiva y la vinculación de las regiones en cadenas de valor a través de programas como Encadenamientos Productivos y Diversificación de Actividades Productivas para aprovechar ventajas competitivas regionales. Otro programa busca impulsar la industria digital para generar empleo e ingresos regionales mediante contenidos digitales, software y emp
El Plan Nacional de Desarrollo de Colombia establece cinco ejes para convertir al país en líder mundial en temas relacionados con la vida y la naturaleza. Uno de los ejes se enfoca en la transformación productiva y la vinculación de las regiones en cadenas de valor a través de programas como Encadenamientos Productivos y Paz Total, que impulsan proyectos de desarrollo regional. Otro eje busca impulsar la industria digital, las fábricas de productividad y la economía popular para generar empleo e ingres
Este boletín presenta la estrategia de ProColombia para atraer inversión a las regiones de Colombia, incluyendo iniciativas como la estrategia de inversión sostenible, la estrategia de friendshoring, y la Ventanilla Única de Inversión. También discute los incentivos disponibles para inversionistas y sectores con potencial como energías renovables, agricultura ecológica y movilidad eléctrica. El objetivo es promover el desarrollo regional a través de la inversión extranjera.
Bodas Multiculturales y la oportunidad para Colombia.pdfProColombia
El documento describe las bodas multiculturales y cómo estas representan una gran oportunidad para Colombia en términos de turismo, promoción de la diversidad cultural, desarrollo de la industria de servicios, intercambio cultural y promoción del patrimonio local. Las bodas multiculturales atraen turismo internacional, resaltan la riqueza cultural de Colombia, crean empleos en servicios especializados, fomentan el entendimiento intercultural y destacan las tradiciones locales.
El documento describe el marco regulatorio de los productos de cannabis en Australia. Se explica que existen varias autoridades involucradas como el Departamento de Salud y la Administración de Bienes Terapéuticos. Los productos se clasifican en cuatro categorías dependiendo de su contenido de THC/CBD y uso: Catálogo 3 (farmacias sin receta), Catálogo 4 (receta médica), Catálogo 8 (drogas controladas con receta) y Catálogo 9 (sustancias prohibidas). Se requieren licencias para el cultivo y producción de cannabis
El documento resume el marco regulatorio de los productos de cannabis en Australia. Existen varias autoridades involucradas como el Departamento de Salud, la Oficina para el Control de Drogas y la Administración de Bienes Terapéuticos. Los productos se clasifican en cuatro categorías dependiendo de su contenido de THC/CBD y uso: Catálogo 3 (farmacias sin receta), Catálogo 4 (receta médica), Catálogo 8 (drogas controladas con receta) y Catálogo 9 (prohibidas). Se requieren licencias y permisos
El documento describe la cadena de valor de las bodas de destino, incluyendo etapas como la planificación, alojamiento, diseño y coordinación del evento. Explica que las bodas de destino generan beneficios económicos para las comunidades locales a través de ingresos, empleos e impulsos al turismo. También promueven la cultura local y requieren una gestión sostenible y responsable de los recursos. Diversos actores como organizadores, destinos, parejas y proveedores desempeñan roles en crear experiencias de bodas exit
El documento describe las tendencias actuales en las bodas de destino. Antes, las bodas de destino eran más sencillas y tradicionales, pero ahora ofrecen experiencias más completas durante varios días. Algunas tendencias clave incluyen bodas más sustentables e íntimas, así como eventos más grandes con entretenimiento y tecnología. También hay una mayor personalización a través de shows, fotos y elementos instagrameables.
El documento resume la 13a edición del Congreso de Bodas LAT que se llevará a cabo del 8 al 11 de octubre de 2023 en Riviera Maya, México. El congreso ofrecerá sesiones educativas, talleres y eventos de networking para profesionales de la industria de bodas. Además, se promocionan paquetes de hospedaje y registro que incluyen acceso al congreso y actividades adicionales.
Este documento ofrece información sobre cómo los profesionales del turismo de bodas pueden promocionarse internacionalmente. Explica que la asociación IADWP brinda educación y certificaciones en la industria de bodas de destino. También define qué son las bodas de destino y analiza las características de las parejas que eligen este tipo de bodas. Finalmente, proporciona consejos de marketing para atraer a parejas interesadas en bodas de destino.
El documento resume la 13a edición del Congreso de Bodas LAT que se llevará a cabo del 8 al 11 de octubre de 2023 en Riviera Maya, México. El congreso ofrecerá sesiones educativas, talleres y eventos de networking para profesionales de la industria de bodas. Además, se promocionan paquetes de hospedaje y registro que incluyen acceso al congreso y actividades adicionales.
Bodas Multiculturales y la oportunidad para Colombia.pdfProColombia
El documento describe las bodas multiculturales y cómo estas representan una gran oportunidad para Colombia en términos de turismo, promoción de la diversidad cultural, desarrollo de la industria de servicios, intercambio cultural y promoción del patrimonio local. Las bodas multiculturales atraen turismo internacional, resaltan la riqueza cultural de Colombia, crean empleos en servicios especializados, fomentan el entendimiento intercultural y destacan las tradiciones locales.
La cadena de valor de las bodas de destino y el impacto social en las comunid...ProColombia
El documento describe la cadena de valor de las bodas de destino, incluyendo etapas como la planificación, alojamiento, diseño y coordinación del evento. Explica que las bodas de destino generan beneficios económicos para las comunidades locales a través de ingresos, empleos e impulsos al turismo. También promueven la cultura local y requieren una gestión sostenible y responsable de los recursos. Diversos actores como organizadores, destinos, parejas y proveedores desempeñan roles en crear experiencias de bodas exit
Diseño de la experiencia en una boda destino.pdfProColombia
El documento describe los factores clave a considerar al elegir un destino para una boda, incluyendo el ambiente, las emociones de viaje, las actividades para invitados, y los servicios disponibles. También enfatiza la importancia de comunicarse claramente con los invitados sobre los detalles del evento para establecer expectativas y asegurar una experiencia positiva para todos.
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
3. Baker Mckenzie 1
Índice
1. Introducción.................................................................................................................. 3
Objetivo de la Guía .................................................................................................. 3
Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y la UE............................................... 3
¿Qué entidades contratantes están sujetas al Acuerdo de Libre Comercio?..... 3
¿Qué contratos están sujetos al Acuerdo de Libre Comercio? .......................... 5
Conclusión ............................................................................................................... 6
2. Compras públicas en Europa....................................................................................... 7
Marco normativo...................................................................................................... 7
¿Qué principios rigen la contratación de la UE?................................................. 8
¿Qué licitaciones o contratos están sujetos a la Directiva de contratación
pública? ............................................................................................................................ 8
Modalidades de contratación................................................................................. 10
2.2.1 ¿Qué tipos de contratos están previstos en la Directiva?................................. 10
2.2.2 ¿Qué tipos de procedimientos de licitación se prevén en la Directiva? ........... 11
Desarrollo del procedimiento de licitación............................................................. 20
Preparación y planificación ............................................................................... 20
Publicación y transparencia (incluyendo los requisitos que deben cumplir las
empresas para licitar)..................................................................................................... 21
Presentación de ofertas, apertura y selección .................................................. 26
Evaluación y adjudicación del contrato ............................................................. 27
Aspectos adicionales: la subcontratación y los consorcios................................... 28
La subcontratación ............................................................................................ 28
Los consorcios .................................................................................................. 28
Funcionamiento del TED ....................................................................................... 28
¿Qué es el TED?............................................................................................... 28
¿Qué licitaciones se publican en el TED? ........................................................ 29
¿Cuáles son los requisitos previos de las empresas para poder participar? ... 30
¿Cómo podemos buscar licitaciones en el TED? ............................................. 30
Manejo del TED para contratar con las instituciones de la UE: eTendering .... 31
3. Compras públicas en España .................................................................................... 33
Marco normativo.................................................................................................... 33
Ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público...................... 34
Modalidades de contratación................................................................................. 38
¿Qué tipos de contratos están previstos en la LCSP? ..................................... 38
¿Qué tipos de procedimientos de licitación se prevén en la LCSP? ................ 41
Desarrollo del procedimiento de licitación............................................................. 49
Preparación y planificación ............................................................................... 49
Publicación y transparencia (incluyendo los requisitos que deben cumplir las
empresas para licitar)..................................................................................................... 50
Presentación de ofertas, apertura y selección .................................................. 59
4. Baker Mckenzie 2
Evaluación y adjudicación................................................................................. 61
Aspectos adicionales: la subcontratación, las UTEs y la impugnación de actos .. 64
¿Qué debe tenerse en cuenta para subcontratar? ........................................... 64
¿Cómo y con qué requisitos pueden formarse Uniones Temporales de
Empresas (UTEs)?......................................................................................................... 65
¿Cómo se pueden impugnar los actos de los órganos de contratación?......... 67
La Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP) .................................. 70
¿Qué es la PCSP? ............................................................................................ 70
¿Qué licitaciones se publican?.......................................................................... 70
¿Las empresas deben cumplir con determinados requisitos para poder acceder
a la información de la PCSP? ........................................................................................ 70
¿Cómo buscar licitaciones activas y pasadas en la PCSP?............................. 71
¿Cómo pueden activarse alertas a nuevas licitaciones?.................................. 71
¿Cómo participar en licitaciones mediante la PCSP? ...................................... 72
4. Contactos ................................................................................................................... 73
5. Anexos ....................................................................................................................... 74
Anexo 1. Consejos prácticos para licitar en España......................................................... 74
Anexo 2. Ejemplo de anuncio de información previa publicado en TED (disponible en el
siguiente enlace) ............................................................................................................... 76
Anexo 3. Guía eTendering ................................................................................................ 79
Anexo 4. Ejemplo anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del
Sector Público (disponible en el siguiente enlace) ........................................................... 87
Anexo 5. Formularios normalizados.................................................................................. 88
Anexo 6. Enlaces útiles..................................................................................................... 89
5. Baker Mckenzie 3
1. Introducción
Objetivo de la Guía
Esta Guía pretende ser una herramienta para facilitar la comprensión de cómo funcionan las
compras públicas en la Unión Europea ("UE") y, más concretamente, en España. La Guía se ha
estructurado en dos partes (i) una centrada en las reglas aplicables a la Unión Europea que son
también aplicables en España, y (ii) una segunda sección dedicada expresamente a la
contratación pública en España.
Además, se han incorporado una serie de Anexos que permiten completar el contenido de la
Guía con esquemas más visuales, consejos prácticos (ver Anexo 1), resúmenes y modelos de
los actos a los que se hace referencia a lo largo de la Guía.
Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y la UE
De forma previa debe hacerse referencia al Acuerdo Comercial entre la UE y sus Estados
Miembros por una parte, y Colombia, el Perú y Ecuador, por otra ("Acuerdo de Libre
Comercio"). Uno de los objetivos del Acuerdo es el de conseguir la apertura efectiva y reciproca
de los mercados de contratación pública entre Colombia y la UE. De hecho, el Título VI de dicho
Acuerdo regula precisamente la contratación pública. Se establece como principio básico que
Colombia tiene trato nacional en las contrataciones públicas con la UE sujetas al Acuerdo.
No obstante, lo anterior sólo aplicará a determinados contratos cubiertos por dicho Acuerdo.
La tipología y los umbrales a partir de los que los contratos entrarán dentro del Acuerdo de Libre
Comercio a efectos de contratación pública se establecen de forma diferenciada en función de
quién sea la entidad contratante. Así, se delimitan tres niveles de aplicación (a) entidades
contratantes a nivel central de gobierno; (b) entidades de nivel sub-central; y (c) el resto de
entidades sujetas a la normativa en materia de contratación pública de la UE.
¿Qué entidades contratantes están sujetas al Acuerdo de Libre Comercio?
En este sentido, a continuación se resume el ámbito subjetivo de aplicación del Acuerdo de Libre
Comercio en materia de contratación pública:
Entidades contratantes Tipo de
contrato
Umbral
Se determina en Derechos
Especiales de Giro ("DEG")1
Entidades a nivel central de gobierno
(Anexo I Directiva 2014/24/UE sobre
contratación pública).
A nivel europeo son el Consejo de la UE y
la Comisión Europea.
En el caso de España se refiere al
gobierno central y a los ministerios.
Contrato
suministro
> 130.000 DEG (aprox.
equivalente a 158.000
Euros y a 714.000.000
Pesos colombianos).
Contrato
servicios
> 130.000 DEG (aprox.
equivalente a 158.000
Euros y a 714.000.000
Pesos colombianos).
Contrato
servicios de
construcción
> 5.000.000 DEG (aprox.
equivalente a 6.000.000
1
Los Derechos Especiales de Giro son una suerte de divisa creada y utilizada por el Fondo Monetario Internacional
para que funcione como activo de reserva y como unidad de cuenta. Su valor puede comprobarse en el siguiente
enlace.
6. Baker Mckenzie 4
Euros y a 27.100.000 Pesos
colombianos)
Entidades a nivel sub-central de
gobierno (son las entidades contratantes
del nivel regional y local, así como los
órganos de derecho público según el art.
2.1.4) de la Directiva 2014/24/UE sobre
contratación pública).
A nivel español, ver el apartado 3.1.1 a) de
esta Guía.
Contrato
suministro
> 200.000 DEG (aprox.
equivalente a 241.000
Euros y a 1.084.000 Pesos
colombianos)
Contrato
servicios
> 200.000 DEG (aprox.
equivalente a 241.000
Euros y a 1.084.000 Pesos
colombianos)
Contrato
servicios de
construcción
> 5.000.000 DEG (aprox.
equivalente a 6.000.000
Euros y a 27.100.000 Pesos
colombianos)
Entidades del sector público: entidades
sujetas a las normas de contratación
pública europeas y que sean autoridades
contratantes o empresas públicas que
poseen como una de sus actividades
alguna de las siguientes o cualquier
combinación de las mismas:
a) el suministro u operación de redes fijas
que tienen por objeto prestar un
servicio al público relacionado con (i) la
producción, transporte o distribución de
agua potable o el suministro de agua
potable a dichas redes; y/o (ii) la
producción, transporte o distribución de
electricidad o el suministro de
electricidad a dichas redes;
b) el suministro de instalaciones para un
aeropuerto u otros terminales a
empresas de transporte aéreo;
c) el suministro de instalaciones
marítimas, fluviales internas u otros
terminales a empresas de transporte
marítimo o fluvial; y
d) el funcionamiento u operación de redes
fijas que proporcionen un servicio al
público en el área de ferrocarril urbano,
sistemas automatizados, tranvía,
trolebús, autobús o teleférico.
A nivel español, ver el apartado 3.1.1 a) de
esta Guía.
No obstante, se establecen una serie de
excepciones2.
Contrato
suministro
> 400.000 DEG (aprox.
equivalente a 482.000
Euros y a 2.0168.000 Pesos
colombianos)
Contrato
servicios
> 400.000 DEG (aprox.
equivalente a 482.000
Euros y a 2.0168.000 Pesos
colombianos)
Contrato
servicios de
construcción
> 5.000.000 DEG (aprox.
equivalente a 6.000.000
Euros y a 27.100.000 Pesos
colombianos)
2
No se aplicará el Acuerdo de Libre Comercio a los contratos:
a) para realizar una actividad de las listadas arriba cuando estén sujetos a la competencia en el mercado
correspondiente;
7. Baker Mckenzie 5
¿Qué contratos están sujetos al Acuerdo de Libre Comercio?
Lo expuesto anteriormente resume el ámbito de aplicación subjetivo del Acuerdo, es decir que
delimita los contratos incluidos en base a la entidad contratante. No obstante, el Acuerdo de Libre
Comercio también limita su ámbito de aplicación objetivo. En otras palabras, no todos los
contratos adjudicados por las entidades anteriores entran dentro del ámbito de aplicación del
Acuerdo de Libre Comercio.
Como se ha visto, el Acuerdo distingue entre tres tipos de contratos (i) mercancías; (ii) servicios;
y (iii) servicios de construcción. A continuación se detalla el ámbito de aplicación para cada uno
de ellos:
Tipo de contrato Incluidos Excluidos
Mercancías
Cualquier contrato de
suministro de mercancías
del tipo de los que
generalmente se vende u
ofrecen a la venta en el
mercado comercial a
compradores no
gubernamentales y que
normalmente son
adquiridos con fines no
gubernamentales.
De productos agrícolas adquiridos para
fomentar programas de apoyo a la
agricultura o programas de alimentación
humana (por ejemplo ayuda alimentaria,
incluye la ayuda urgente de socorro).
Sin embargo, sí están incluidas las
contrataciones públicas en el contexto
del Programa de Ayuda Alimentaria
para las personas más necesitadas en
la UE en la medida en que la
contratación pública sea llevada a cabo
por o en nombre de una autoridad
contratante/entidad cubierta de las
referidas anteriormente.
Para la adquisición, desarrollo,
producción o co-producción de material
de programas por radiofusores y
contratos de tiempo de radiodifusión.
Servicios
Los servicios listados en la Subsección 5 de la Sección B del Anexo XII
del Acuerdo de Libre Comercio.
Servicios de
construcción
a) Servicios de
construcción listados en
la División 51 CPC3; y
b) Concesiones de obras
públicas cuando sean
Las concesiones de servicios públicos.
b) para la adquisición de agua y para el suministro de energía o de combustible para la producción de energía;
c) para fines distintos a la realización de sus actividades según están listados en esta subsección o para la
realización de tales actividades en un país que no sea parte del Espacio Económico Europeo ("EEE");
d) para fines de reventa o alquiler a terceras partes, siempre que la entidad contratante no goce de derechos
especiales o exclusivos para vender o alquilar el objeto de tales contratos y otras entidades se encuentren
libres de vender o alquilarlo en las mismas condiciones que la entidad contratante;
e) para el suministro de agua potable o electricidad a redes fijas que presten un servicio al público por una
entidad contratante distinta a la autoridad contratante siempre que se cumplan las condiciones fijadas en
la Subsección 3 de la Sección B del Anexo XII del Acuerdo de Libre Comercio (Nota 3);
f) de servicios o mercancías adjudicados por una entidad contratante a una empresa afiliada o por una
empresa conjunta, formada exclusivamente por una serie de entidades contratantes, a una empresa
pública que esté afiliada a una de estas entidades y se den las circunstancias descritas en la Subsección
3 de la Sección B del Anexo XII del Acuerdo de Libre Comercio (Notas 4);
g) adjudicados por empresas conjuntas cuando se den las circunstancias descritas en la Subsección 3 de la
Sección B del Anexo XII del Acuerdo de Libre Comercio (Notas 5).
3
La Clasificación Central de Productos de las Naciones Unidas es una norma internacional mediante la cual se
establece un sistema armonizado de clasificación de bienes y servicios para su uso en estadísticas, comercio
nacional e internacional de mercancías, balanza de pagos, consumo, índice de precios, etc.
8. Baker Mckenzie 6
adjudicadas por las
entidades centrales o
sub-centrales (ver cuadro
ámbito subjetivo) y
siempre que su valor ≥
5.000.000 DEG (aprox.
equivalente a 6.000.000
Euros y a 27.100.000
Pesos colombianos).
Conclusión
El Acuerdo de Libre Comercio aplica en aquellos contratos cuyo objeto se encuentre entre las
materias recogidas en el cuadro anterior y que estén dentro de los umbrales fijados en el apartado
1.2.1 en función de la entidad contratante.
Cuando se trate de un contrato sujeto al Acuerdo de Libre Comercio, las entidades colombianas
serán tratadas de igual forma que las europeas o las nacionales del Estado Miembro que efectúe
la contratación. En caso de que se quiera participar en contratos no sujetos a dicho Acuerdo,
debe tenerse en cuenta que es posible que las entidades colombianas no puedan participar o,
para hacerlo, deban cumplir requisitos adicionales.
Por tanto, en esta Guía se abordarán de forma genérica los requisitos y procedimientos que
aplican tanto a licitadores nacionales (que incluirán a los personas físicas o jurídicas colombianas
en aquellos contratos sujetos al Acuerdo de Libre Comercio) como extranjeros (aplicables a
personas físicas o jurídicas colombianas para los contratos que queden fuera del ámbito de
aplicación del Acuerdo de Libre Comercio).
9. Baker Mckenzie 7
2. Compras públicas en Europa
En esta sección se expone el marco normativo a nivel de la UE y se detallan las tipologías de
contratos y procedimientos regulados y comunes a todos los Estados Miembros. También se
explica cómo acceder y utilizar el Ted Electronic Daily o TED que es la versión online del
Suplemento del Diario Oficial de la Unión Europea, especializado en contratación pública
europea.
Marco normativo
Originalmente el marco jurídico europeo para la contratación pública se desarrolló con el objetivo
de garantizar que las empresas de toda la unión pudiesen competir por los contratos públicos y
se diseñó unas normas comunes para los procedimientos por encima de determinados umbrales.
La finalidad de este marco jurídico era garantizar la igualdad de trato y la transparencia, reducir
el fraude y la corrupción y eliminar los obstáculos legales y administrativos a la participación en
licitaciones transfronterizas.
No obstante, las normas europeas sobre contratación pública han sido objeto de sucesivas
modificaciones para así abarcar objetivos políticos adicionales, como la sostenibilidad
medioambiental, la inclusión social y el fomento de la innovación.
El marco jurídico europeo para la contratación pública viene recogido principalmente en las
siguientes normas:
Los principios que emanan del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ("TFUE"),
como la igualdad de trato, no discriminación, reconocimiento mutuo, proporcionalidad y
transparencia.
Las tres directivas4 sobre contratación pública:
o Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014,
sobre contratación pública ("Directiva de contratación pública");
o Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014,
relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía,
los transportes y los servicios postales ("Directiva sectores especiales"); y
o Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014,
relativa a la adjudicación de contratos de concesión ("Directiva concesiones").
Al margen de estas directivas, también existen otras directivas que resultan de aplicación en
materias concretas como, por ejemplo, en defensa y seguridad: Directiva 2009/81/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los
procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de
servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la
seguridad.
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión
4
Una directiva es un tipo de legislación de carácter comunitario que establece uno o varios objetivos que los Estados
Miembros deben conseguir, desarrollando un marco de referencia con normas de obligado cumplimiento. Estas
directivas deben ser traspuestas en la legislación nacional de cada Estado Miembro, por lo que este marco de
referencia que establece será el mismo en toda la Unión Europea. Ello no obstante, en ocasiones la trasposición de
las directivas puede ser una tarea un tanto complicada, habida cuenta que los sistemas legales de los países pueden
diferir y los estados no siempre realizan interpretaciones unánimes. Ello puede dar pie a que existan algunas
diferencias entre normas nacionales de los distintos países de la UE.
10. Baker Mckenzie 8
("Reglamento del presupuesto de la Unión"). Éste regula, entre otras cuestiones, las
normas que deben aplicarse a la contratación con los organismos e instituciones de la Unión
Europea. Este Reglamento incorpora y se remite al régimen establecido en la Directiva de
contratación pública que resultará aplicable, pero concretando aquellos aspectos no
detallados en ésta (por remisión a la legislación nacional de los Estados Miembros) y
aclarando el procedimiento aplicable a la adjudicación de los contratos que estén por debajo
de los umbrales de la Directiva (ver apartado 2.1.2 de esta Guía).
En cuanto a la elección del procedimiento para adjudicar los contratos de valor inferior a los
umbrales de la Directiva, las instituciones europeas podrán escoger entre los procedimientos
regulados en ésta, pudiendo acudir siempre que lo consideren oportuno al procedimiento
negociado con publicidad, al procedimiento negociado sin publicidad cuando se den
determinadas circunstancias previstas en el Reglamento (punto 11, Anexo 1 del
Reglamento), o a un procedimiento especifico denominado "manifestaciones de interés".
Este último procedimiento consiste en una preselección de candidatos que serán invitados a
presentar ofertas en respuesta a futuras invitaciones restringidas, o para elaborar una lista
de vendedores que serán invitados a presentar una solicitud de participación o una oferta.
Finalmente, el Reglamento prevé la posibilidad de adjudicar de forma prácticamente directa
-sin competencia- los contratos de valor inferior a 15.000 euros.
Nota: Debe señalarse que, en líneas generales, siempre que resulte de aplicación el Acuerdo
de Libre Comercio estaremos por encima de los umbrales que determinan la aplicación de
la Directiva de contratación pública. Por tanto, en los casos en que los empresarios
colombianos vayan a recibir trato de nacionales por parte de la Comisión o Consejo Europeos
serán de aplicación las normas y procedimientos de la Directiva de contratación pública.
Dado que la Directiva de contratación pública es la norma básica que regula el procedimiento de
contratación, en esta sección de la Guía nos basaremos principalmente en ella. De todos modos,
debe tenerse en cuenta que ésta establece el marco de referencia para los Estados Miembros,
pero dado que éstos tuvieron que transponerla en sus países, la legislación nacional de los
diferentes Estados Miembros puede presentar algunas diferencias de lo que se expone en esta
sección.
¿Qué principios rigen la contratación de la UE?
Los poderes adjudicadores deberán tratar a los licitadores en condiciones de igualdad y sin
discriminaciones, actuando de manera transparente y proporcionada.
Además, la contratación y los procedimientos de licitación no deberán ser concebidos o
estructurados con la intención de evitar la aplicación de la Directiva ni de restringir artificialmente
la competencia. Se considerará que la competencia está artificialmente restringida cuando la
contratación se haya concebido con la intención de favorecer o perjudicar indebidamente a
determinados operadores económicos.
¿Qué licitaciones o contratos están sujetos a la Directiva de contratación pública?
La directiva establece las normas aplicables a los procedimientos de contratación por poderes
adjudicadores5 con respecto a contratos públicos, cuyo valor estimado sea igual o superior a los
umbrales previstos en la misma.
5
Se consideran poderes adjudicadores, los estados, las autoridades regionales, los organismos de derecho público
o las asociaciones formadas por uno o varios de dichos poderes o uno o varios de dichos organismos de derecho
público. A estos efectos, en el Anexo 1 de la Directiva puede encontrarse un listado de autoridades, órganos y
11. Baker Mckenzie 9
La Directiva se aplica a las contrataciones cuyo valor estimado impuesto sobre valor añadido
(IVA) excluido, sea igual o superior a los siguientes umbrales:
Tipo de contrato6
Umbrales7
Contratos públicos de obras 5.350.000 euros
Contratos públicos de suministro y de
servicios
a) Si son adjudicados por autoridades, órganos
y organismos estatales y los concursos de
proyectos organizados por éstos: 139.000
euros;
b) Si son adjudicados por poderes
adjudicadores subcentrales y los concursos
de proyectos organizados por los mismos:
214.000 euros.
Contratos públicos de servicios para
servicios sociales y otros servicios
específicos enumerados en el anexo
XIV de la Directiva (por ejemplo
servicios sociales y de salud u
hostelería y restaurante)
750.000 euros
Nota: Debe recodarse que no siempre que resulte de aplicación la Directiva de contratación
pública implica que también se aplique el Acuerdo de Libre Comercio, sino que deberán tenerse
en cuenta ambos ámbitos de aplicación. Así por ejemplo, un contrato público de suministro
otorgado por autoridades estatales de 140.000 euros estará sujeto a la Directiva por sobrepasar
el umbral de ésta, pero no entrará dentro del Acuerdo de Libre Comercio dado que el umbral
previsto es de 158.000 euros. Ello va a implicar que los empresarios colombianos no reciban un
trato como nacional y, en consecuencia, no tengan garantizado el acceso al procedimiento de
contratación o deban cumplir requisitos adicionales por ser considerados extranjeros.
Los contratos a los que les sea de aplicación la Directiva, se denominan contratos sujetos a
regulación armonizada o contratos SARA, distinguiéndose así de aquellos a los que no les
resultan de aplicación las normas de la Directiva, contratos no sujetos a regulación
armonizada o contratos NO SARA. Estos segundos serán regulados exclusivamente por la
normativa de los Estados Miembros, aunque los principios de la Directiva sí que les resultarán
aplicables.
Debe señalarse que la Directiva de contratación pública establece -en sus artículos 7 a 12- los
contratos excluidos. A efectos de esta Guía -en la que nos centramos principalmente en los
contratos de suministro- sólo debe destacarse que estarán excluidos aquellos contratos que
entren en el ámbito de aplicación de otra directiva como, por ejemplo, los adjudicados en los
sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
Finalmente debe señalarse que la Directiva de contratación pública impone la obligación de
utilizar un sistema de nomenclaturas armonizado a efectos de describir los suministros, obras y
servicios objeto de contratos. Se trata del Vocabulario común de contratos públicos (por sus
siglas en inglés, CPV).
organismos estatales de los distintos estados miembros de la UE. A nivel español, ver el apartado 3.1.1 a) de esta
Guía.
6
Ver el apartado 2.2.1 de esta Guía para más información sobre cada uno de los tipos de contratos.
7
El artículo 6 de la Directiva dispone que cada dos años la Comisión verificará que los umbrales de los tres primeros
supuestos corresponden a los umbrales fijados en el Acuerdo de la Organización Mundial de Comercio sobre
Contratación Pública, y los revisará en caso de resultar necesario.
12. Baker Mckenzie 10
Modalidades de contratación
2.2.1 ¿Qué tipos de contratos están previstos en la Directiva?
En base a la Directiva de contratación pública, pueden establecerse las siguientes clasificaciones
de los contratos:
En función de si entran dentro del ámbito de la Directiva y, por tanto, ésta les resulta de
aplicación o no:
Los contratos también se clasifican en función de su objeto:
Contratos SARA
•Contratos sujetos a regulación armonizada por
superar los siguientes umbrales:
•Contratos de obras: 5.350.000 euros
•Contratos de suministro y de servicios
•Adjudicados por autoridades, órganos y
organismos estatales y los concursos de
proyectos organizados por los mismos: 139.000
euros;
•Adjudicados por poderes adjudicadores
subcentrales y concursos de proyectos
organizados por los mismos: 214.000 euros
•Contratos de servicios para servicios sociales y
otros servicios del anexo XIV de la Directiva:
750.000 euros
Contratos NO
SARA
•Contratos no sujetos a regulación armonizada por
no superar los umbrales indicados arriba
Contrato de obras
•Tienen por objeto la ejecución, o bien, conjuntamente, el
proyecto y la ejecución, de obras, como por ejemplo obras de
edificación o de ingeniería civil (listado detallado de obras en
el Anexo II de la Directiva)
Contrato de
suministro
•Tienen por objeto la compra, el arrendamiento financiero, el
arrendamiento o la venta a plazos, con o sin opción de
compra, de productos
Contrato de
servicios
•Tienen por objeto la prestación de servicios distintos de
aquellos previstos para el contrato de obras (lista detallada
de servicios en el Anexo XIV de la Directiva)
Contratos mixtos
•Tienen por objeto prestaciones propias de dos o más tipos
de contratos (ver nota del cuadro siguiente)
13. Baker Mckenzie 11
Normativa aplicable a los contratos mixtos:
• Cuando los contratos tengan por objeto prestaciones propias de dos o más tipos de
contratos (obras, servicios o suministros) se adjudicarán conforme a las
disposiciones aplicables al tipo de contratación que caracterice el objeto principal del
contrato en cuestión (la prestación principal será la que suponga un mayor valor
económico del contrato).
• Cuando los contratos tengan por objeto prestaciones propias de un contrato regulado
por la Directiva de contratación pública, así como prestaciones propias de contratos
no regulados por la misma, el régimen jurídico dependerá de:
o Si las distintas partes se pueden separar, los poderes adjudicadores podrán
optar por:
Adjudicar contratos independientes para cada parte. En este caso, el
régimen jurídico aplicable a cada uno de los contratos será el que
corresponda a la prestación de que se trate.
Adjudicar un solo contrato, en cuyo caso se aplicará la Directiva de
contratación pública a todo el contrato (también a aquella parte que habría
podido quedar fuera de su ámbito de aplicación).
o Si las distintas partes no se pueden separar, la legislación aplicable se
determinará en base al objeto principal del contrato.
En función de si se adjudica un único contrato o se trata de un contrato dividido en lotes:
2.2.2 ¿Qué tipos de procedimientos de licitación se prevén en la Directiva?
La Directiva de contratación pública prevé cinco procedimientos principales, así como criterios
específicos para situaciones concretas tal y como se presentan a continuación. Dado que la
decisión de qué procedimiento utilizar es un paso fundamental y estratégico, ésta debe adoptarse
y justificarse adecuadamente en la fase de planificación.
Contrato único
•Dado que la división en lotes favorece la competitividad (al
dividirlo permite que empresas que no podrían licitar a la
totalidad del contrato sí puedan hacerlo a uno o varios lotes),
los poderes adjudicadores deben aportar por escrito las
razones principales para no subdividirlo en lotes. Esta
información se incluirá en los documentos de la contratación o
en el informe final sobre la adjudicación del contrato
Contrato dividido en
lotes
•El poder adjudicador debe indicar, en el anuncio de licitación
o en la invitación a confirmar el interés, si las ofertas pueden
presentarse para uno, varios o todos los lotes.
•Los poderes adjudicadores pueden limitar el número de lotes
que pueden adjudicarse a un mismo licitador. También podrán
disponer adjudicar contratos que combinen varios lotes o
todos los lotes. Los criterios o normas que se proponen aplicar
para determinar qué lotes serán adjudicados deberán ser
objetivos y no discriminatorios.
14. Baker Mckenzie 12
Los tipos de procedimiento de licitación que pueden encontrarse son los siguientes:
a) Procedimiento abierto
• Abierto a todo el mundo. Debería ser la regla general, el más utilizado.
• Cualquier operador económico interesado podrá presentar una oferta en respuesta a una
convocatoria de licitación.
• El plazo mínimo para la recepción de las ofertas será de 35 días calendario a partir de la fecha
de envío del anuncio de licitación8. Este plazo puede reducirse a 15 días calendario cuando se
haya publicado un anuncio de información previa8 o bien en situaciones de urgencia
debidamente justificadas.
b) Procedimiento restringido
• Cualquier operador puede presentar una solicitud de participación, pero solo los
preseleccionados pueden presentar ofertas. Este procedimiento suele utilizarse cuando hay un
alto nivel de competencia en el mercado y el poder adjudicador desea elaborar una
preselección. Así, el procedimiento consta de las dos siguientes etapas:
i. Fase 1 - Precualificación:
• El poder adjudicador emite un anuncio de licitación8 en el que se invita a los
posibles licitadores a expresar su interés.
• Los pliegos de contratación8 deben estar disponibles en el momento de la
convocatoria de la licitación.
8
Para más información sobre anuncios de licitación o de información previa, pliegos de contratación, documentación,
etc. ver los apartados 2.3.2 y 2.3.3 de esta Guía.
Procedimientos
Abierto
Restringido
Procedimiento negociado
Con publicidad
Sin publicidad (es el único
procedimiento no
competitivo)
Diálogo competitivo
Asociación para la
innovación
15. Baker Mckenzie 13
• El plazo mínimo para la recepción de las solicitudes de participación será de 30
días calendario a contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación o de
la invitación a confirmar el interés8.
ii. Fase 2 - Selección y evaluación:
• Consiste en la emisión de la invitación por parte del poder adjudicador a
presentar ofertas a, al menos, cinco licitadores preseleccionados que reúnan el
nivel necesario de competencias y experiencia profesional, técnica y financiera.
• El plazo mínimo para la recepción de las ofertas será de 30 días calendario a
partir de la fecha de envío de la invitación a licitar. El plazo puede reducirse a 10
días si los poderes adjudicadores han publicado un anuncio de información
previa que no se haya utilizado como medio de convocatoria de licitación. A su
vez, el plazo de recepción de ofertas puede reducirse en 5 días si se admite la
presentación de ofertas por medios electrónicos.
c) Procedimiento negociado
• Sólo puede utilizarse en circunstancias excepcionales e implica la preselección de los
candidatos a los que se invita a presentar una oferta inicial y a negociar ulteriormente. El
poder adjudicador puede limitar el número de candidatos que hayan de ser invitados, siendo
el mínimo de tres. Deben distinguirse dos modalidades: (i) con publicidad; y (ii) sin publicidad.
Con publicidad:
• El poder adjudicar debe justificar adecuadamente la adopción de este procedimiento de
licitación, puesto que sólo se permite en un número reducido de circunstancias:
a. en respuesta a un procedimiento abierto o restringido previo, solo se recibieron oferta
irregulares o inaceptables;
b. las necesidades del poder adjudicador no pueden satisfacerse sin la adaptación de
soluciones ya disponibles;
c. el contrato incluye un proyecto o soluciones innovadoras;
d. las especificaciones técnicas no pueden establecerse con precisión suficiente por
remisión a una norma o referencia técnica definida; o
e. el contrato no puede adjudicarse sin negociaciones previas a causa de riesgos o
circunstancias específicos relacionados con la naturaleza, la complejidad o a
cuestiones legales o financieras.
• El procedimiento se desarrolla en las siguientes fases:
i. Fase 1 - Precualificación:
• El poder adjudicador publica un anuncio de licitación8 y todos los operadores
económicos interesados pueden solicitar la participación en el procedimiento,
debiendo demostrar que están cualificados para ejecutar el contrato.
• En los pliegos de contratación8 se determinará el objeto de la contratación
facilitando una descripción de sus necesidades y de las características exigidas
para los suministros, las obras o los servicios que hayan de contratarse,
16. Baker Mckenzie 14
especificando además los criterios de adjudicación del contrato. Igualmente
deberán especificar los elementos de la descripción que constituyen los requisitos
mínimos que han de cumplir todas las ofertas.
• El plazo mínimo para la recepción de las solicitudes de participación será de 30
días calendario contados desde la fecha de envío del anuncio de licitación o de la
invitación a confirmar el interés.
ii. Fase 2 - Negociación y evaluación:
• El poder adjudicador elige a los candidatos y les invita a presentar una oferta inicial
que será la base de las negociaciones ulteriores. El plazo mínimo de recepción de
las ofertas iniciales será de 30 días calendario a partir de la fecha de envío del
anuncio de invitación. El plazo puede reducirse a 10 días si los poderes
adjudicadores han publicado un anuncio de información previa que no se haya
utilizado como medio de convocatoria de licitación. A su vez, el plazo de recepción
de ofertas puede reducirse en 5 días si se admite la presentación de ofertas por
medios electrónicos.
• Los poderes adjudicadores negociarán con los licitadores las ofertas iniciales y
todas las ofertas ulteriores presentadas, excepto las ofertas definitivas. Sin
embargo, no serán objeto de negociación los requisitos mínimos ni los criterios de
adjudicación.
• Cabe la posibilidad que en este procedimiento los poderes adjudicadores puedan
adjudicar contratos sobre la base de las ofertas iniciales sin negociación siempre y
cuando así lo hayan indicado en el anuncio de licitación o en la invitación a
confirmar el interés.
• Este procedimiento puede realizase en fases sucesivas, a fin de reducir el número
de ofertas que haya de negociar aplicando los criterios de adjudicación
especificados en el anuncio de licitación, en la invitación a confirmar el interés o en
otro documento de contratación, en el que además se indicará si se va a hacer uso
o no de esta opción.
Sin publicidad:
• Mediante este procedimiento los poderes adjudicadores, sin haberlo anunciado, negocian
las condiciones del contrato directamente con uno o varios operadores económicos.
17. Baker Mckenzie 15
• Dado que mediante este procedimiento se exceptúan los principios básicos de la
contratación de apertura, transparencia y competencia, sólo puede utilizarse de forma muy
excepcional, justificada y únicamente en los casos y circunstancias particulares siguientes:
d) Diálogo competitivo
• Diseñado para proyectos públicos de gran complejidad, para los que los poderes adjudicadores
no estén capacitados para definir cómo satisfacer sus necesidades o evaluar lo que puede
ofrecer el mercado en términos de soluciones técnicas, financieras o jurídicas. En estos casos,
el órgano de contratación desconoce cómo debe licitar o qué debe solicitar de los licitadores.
• Ello puede ocurrir en casos de infraestructuras de transporte integradas a gran escala, redes
informáticas grandes o proyectos que implican una financiación compleja y estructurada como
• En un procedimiento abierto o restringido no se ha presentado ninguna oferta o ninguna oferta
adecuada, siempre que todos los que han presentado ofertas estén incluidos en las
negociaciones y no se alteren significativamente las especificaciones de los requisitos.
• Casos de urgencia imperiosa justificados por circunstancias imprevisibles. Se trata de
situaciones que un poder adjudicador no ha podido prever desde el principio del procedimiento
de licitación y que no son imputables a las acciones del poder adjudicador (como catástrofes
• , inundacioes o ataques de seguridad). Se aplica asimismo a las obras/servicios/suministros
adicionales que requieren actuar inmediatamente y que se presentan incluso aunque el poder
adjudicador haya preparado el proyecto o las espeficiaciones técnicas con diligencia.
• El contrato solo lo puede ejecutar un operador económico concreto por una de las siguientes
razones: creación o adquisición de una obra de arte o actuación artística única, ausencia de
competencia por razones técnicas (siempre que los requisitos técnicos no se restrinjan
artificialmente) o protección de derechos exclusivos, incluidos derechos de propiedad intelectual.
Causas comunes a los contratos de obras, servicios y suministro
• Nuevas obras que consistan en la repetición de obras similares encargadas al operador
económico titular de un contrato inicial adjudicado por los mismos poderes adjudicadores, con la
condición de que dichas obras se ajusten a un proyecto base. En el proyecto base se
mencionarán el número de posibles obras adicionales y las condiciones en que serán
adjudicadas.
Causas para los contratos de obras
• Cuando el contrato sea resultado de un concurso de proyectos organizado de conformida con la
Directiva y deba adjudicarse, al ganador o a uno de los ganadores del concurso de proyectos;
en este último caso, todos los ganadores del concurso deberán ser invitados a participar en las
negociaciones.
• En caso de nuevos servicios que consistan en repetición de servicios similares en los mismos
términos que para el contrato de obras.
Causas para los contratos de servicios
• Cuando los productos de que se trate se fabriquen exclusivamente para fines de investigación,
experimentación, estudio o desarrollo, sin incluir la producción en serie destinada a establecer la
viabilidad comercial del producto o a recuperar los costes de I+D.
• En caso de entregas adicionales efectuadas por el proveedor inicial que constituyan, bien una
reposición parcial de suministros o instalaciones, bien una ampliación de suministros o de
instalaciones existentes, cuando un cambio de proveedor obligue al poder adjudicador a adquirir
suministros con características técnicas diferentes, dando lugar a incompatibilidades o a
dificultades técnicas de uso y de mantenimiento desproporcionada.
• Cuando se trate de suministros cotizados y comprados en una bolsa de materias primas.
• Cuando se trate de la compra de suministros o servicios en condiciones especialmente
ventajosas, ya sea a un proveedor que cese definitivamente su actividad comercial ya sea a un
administrador en un procedimiento de insolvencia o en virtud de un convenio con los acreedores
o de un procedimiento de la misma naturaleza existente en las disposiciones legales o
reglamentarias nacionales.
Causas para los contratos de suminitros
18. Baker Mckenzie 16
por ejemplo las asociaciones público-privadas, para los que es imposible establecer a priori
una configuración financiera y jurídica.
• Con este procedimiento se pretende dotar a los poderes adjudicadores de cierta flexibilidad en
las adquisiciones complejas, si bien al igual que ocurre con la licitación con negociación, el
poder adjudicador puede recurrir al diálogo competitivo únicamente en las mismas
circunstancias que para el procedimiento negociado con publicidad y debe justificar siempre
su decisión (ver apartado Procedimiento Negociado anterior).
• En este procedimiento darán a conocer sus necesidades y requisitos en el anuncio de licitación
y los definirán en dicho anuncio o en un documento descriptivo.
• Las fases que integran este procedimiento son:
i. Fase 1 - Precualificación:
• El poder adjudicador publica un anuncio de licitación8 y todos los operadores
económicos interesados pueden solicitar la participación en el procedimiento,
debiendo demostrar que están cualificados para ejecutar el contrato.
• Se seleccionan el número de candidatos en base a su capacidad para ejecutar el
contrato. Puede limitarse el número de candidatos aptos que serán invitados a
participar en el procedimiento, con un mínimo de tres candidatos.
• El plazo mínimo para la recepción de las solicitudes de participación es de 30 días
calendario a partir de la fecha de envío del anuncio de licitación.
ii. Fase 2 - Diálogo:
• Los poderes adjudicadores entablarán un diálogo con los participantes
seleccionados con el objetivo de determinar y definir los medios más idóneos para
satisfacer sus necesidades, pudiendo debatir todos los aspectos de la
contratación y siempre en aplicación de un tratamiento igualitario a todos los
participantes y respetando la confidencialidad.
iii. Fase 3 - Selección y evaluación:
• Una vez cerrado el diálogo, los poderes adjudicadores invitarán a cada
participante a que presente su oferta definitiva, basada en la solución o soluciones
presentadas y especificadas durante la fase de diálogo. Estas ofertas deberán
incluir todos los elementos requeridos y necesarios para la realización del
proyecto.
• A petición del poder adjudicador, se pueden llevar a cabo negociaciones con el
licitador que haya presentado la oferta con mejor relación calidad-previo, con el
fin de confirmar compromisos financieros u otras condiciones contenidas en la
oferta.
• La adjudicación se realizará únicamente con arreglo al criterio de la mejor relación
calidad-precio y siempre en función de los criterios de adjudicación establecidos
en el anuncio de licitación o en el documento descriptivo.
19. Baker Mckenzie 17
e) Asociación para la innovación
• Se prevé para el desarrollo de productos, servicios u obras innovadoras y la compra ulterior de
los suministros, servicios u obras resultantes, siempre que correspondan a los niveles de
rendimiento y a los costes máximos acordados entre los poderes adjudicadores y los
participantes.
• Las ofertas tanto para la I+D como para la entrega de las soluciones resultantes se presentan
al inicio del procedimiento de contratación competitiva, y las soluciones en sí se siguen
desarrollando en la fase de ejecución del contrato.
• El presente procedimiento se encuentra dividido en cuatro fases:
i. Fase 1 - Precualificación:
• Todos los interesados en el contrato pueden solicitar su participación en respuesta a
un anuncio de licitación8, seleccionado el poder adjudicador a un mínimo de tres
candidatos por sus capacidades de I+D y su trayectoria con soluciones innovadoras.
• El candidato que presente la mayor capacidad de I+D y pueda garantizar de la mejor
forma la aplicación real de las soluciones innovadoras debe ser seleccionado. Los
criterios de selección pueden incluir la trayectoria anterior del candidato, referencias,
la composición del equipo, las instalaciones y los sistemas de garantía de calidad.
• El plazo mínimo para la recepción de las solicitudes de participación es de 30 días
calendario a partir de la fecha de envío del anuncio de licitación.
ii. Fase 2 - Negociación:
• Una vez presentadas las ofertas, el poder adjudicador negocia las ofertas iniciales y
todas las ofertas ulteriores con los candidatos, a menos que decida adjudicar el
contrato sobre la base de una de las ofertas iniciales.
• Todos los aspectos pueden ser negociados, salvo los requisitos mínimos y los
criterios de adjudicación.
• Sólo los candidatos a los que invite el poder adjudicador, tras evaluar la información
solicitada, podrán presentar proyectos de investigación e innovación destinados a
responder a las necesidades señaladas que no puedan satisfacerse con las
soluciones existentes.
• En los pliegos de la contratación, el poder adjudicador define las disposiciones
aplicables a los derechos de propiedad intelectual e industrial.
iii. Fase 3 - Adjudicación
• Los contratos sólo pueden adjudicarse con arreglo al criterio de la mejor relación
calidad-precio.
• Tras adjudicar el contrato a uno o varios licitadores, el poder adjudicador acuerda las
condiciones del contrato innovador y pone en marcha el proceso de innovación.
Además de las actividades de investigación y desarrollo, el proceso comprende la
realización de obras, la fabricación y la entrega de productos o servicios.
• El poder adjudicador debe pagar a los socios pertinentes en plazos adecuados.
20. Baker Mckenzie 18
iv. Fase 4 - Entrega:
• La asociación para la innovación se estructura en fases sucesivas siguiendo la
secuencia de las etapas del proceso de investigación e innovación. La asociación
para la innovación fijará unos objetivos intermedios que deberán alcanzar los socios
y proveerá el pago de la retribución en plazos adecuados.
• Dado que se trata de un contrato tanto para el desarrollo como para la entrega de
soluciones innovadoras, el poder adjudicador puede rescindir el contrato antes de
pasar a la entrega de las soluciones únicamente si los objetivos que fijó al inicio del
procedimiento de las obras, servicios o productos innovadores de nueva creación no
se alcanzaron durante la I+D. La carga de la prueba de que las soluciones de nueva
creación no cumplen los objetivos iniciales ni los requisitos mínimos recae en el poder
adjudicador. El procedimiento no concede al poder adjudicador el derecho de
paralizar el procedimiento por otros motivos si se cumplen los objetivos y los
requisitos mínimos. Por ejemplo, no puede paralizarse el procedimiento aunque
hayan aparecido mejores soluciones en el mercado.
f) Procedimiento acelerado
El procedimiento acelerado no es un procedimiento como tal, sino que la Directiva de
contratación pública permite realizar una reducción de plazos en el procedimiento de contratación
abierto, restringido o procedimiento negociado con publicidad en aquellos casos en que los
plazos normales sean impracticables.
El uso del procedimiento acelerado debe justificarse debidamente en el anuncio de licitación con
una explicación clara y objetiva acerca de su procedencia.
Los plazos acelerados quedan configurados de la siguiente manera:
Procedimiento abierto: el plazo de recepción de ofertas es de 15 días calendario.
Procedimiento restringido o negociado con publicidad:
o Plazo de recepción de solicitudes de participación es de 15 días calendario.
o Plazo de recepción de ofertas es de 10 días calendario.
g) Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica agregada
Al margen de los procedimientos de contratación, la Directiva de contratación pública regula las
denominadas Técnicas e instrumentos para la contratación electrónica agregada, entre los que
encontramos:
21. Baker Mckenzie 19
Acuerdos
marco
Es un acuerdo entre
uno o varios poderes
adjudicadores y uno o
varios operadores
económicos.
Sirven para establecer
los términos que han
de regir los contratos
que se vayan a
adjudicar durante un
período determinado,
en particular por lo que
respecta a los precios
y, en su caso, a las
cantidades previstas.
El poder adjudicador
anuncia el acuerdo
marco en el DOUE y
utiliza uno de los
procedimientos de
contratación habituales
establecidos en la
Directiva para
seleccionar y evaluar
las ofertas.
La duración del
acuerdo marco no
puede superar los 4
años, salvo casos
excepcionales
debidamente
justificados.
El Acuerdo Marco
puede ser adjudicado
a un único licitador o a
varios. Los pliegos
deberán especificar
cómo se adjudicarán
los contratos.
Sistemas
dinámicos
de
adquisición
Se utiliza para las
compras corrientes,
cuyas características
generalmente
disponibles en el
mercado satisfacen las
necesidades de los
poderes
adjudicadores. Es un
proceso totalmente
electrónico y está
abierto durante todo el
periodo de vigencia del
sistema de adquisición
a cualquier operador
económico que cumpla
los criterios de
selección.
Para contratar en el
marco de un sistema
dinámico de
adquisición se
seguirán las normas
del procedimiento
restringido.
Subastas
electrónicas
Se estructura como un
proceso electrónico
repetitivo, que tiene
lugar tras una primera
evaluación completa
de las ofertas y que
permite a los poderes
adjudicadores
proceder a su
clasificación mediante
métodos de evaluación
automatizados.
Puede utilizarse en los
procedimientos
abiertos, restringidos o
de licitación con
negociación, así como
cuando se convoque
una nueva licitción a
las partes en un
acuerdo marco o en el
marco del sistema
dinámico de
adquisición, siempre y
cuando el contenido
de los pliegos de la
contratación, y en
particular las
especificaciones
técnicas, puedan
establecerse de
manera precisa.
Actividades
de
compra
centralizada
y
centrales
de
compras
Los Estados Miembros
pueden disponer que
los poderes
adjudicadores puedan
adquirir suministros y/o
servicios a una central
de compras que
ofrezca la actividad de
compra centralizda.
22. Baker Mckenzie 20
Desarrollo del procedimiento de licitación
Con carácter general, todo procedimiento de contratación puede dividirse en las siguientes
etapas:
Debe señalarse que este apartado está basado en la explicación del desarrollo de un
procedimiento estándar según la propia Directiva de contratación pública (art. 40 y ss). No
obstante, por su configuración se asemeja más a las fases propias del procedimiento abierto, ya
que para el resto de procedimientos pueden existir fases adiciones como de pre-selección o
negociación según expuesto en el apartado 2.2.2 de la Guía relativo a los procedimientos de
licitación.
Preparación y planificación
Lo primero que debe hacer el órgano de contratación es escoger el procedimiento de
contratación. Para ello, deberá tenerse en cuenta lo expuesto en el apartado 2.2.2 de esta Guía.
En ocasiones, puede ocurrir que antes de iniciar un procedimiento de contratación los poderes
adjudicadores lancen consultas al mercado con el fin de preparar la contratación e informar a los
Preparación
y
planificación
•Detección de las necesidades futuras
•Análisis del mercado
•Definición del objeto
•Elección del procedimiento
•Preparación de los pliegos de la contratación
Publicación y
transparencia
•Publicación del anuncio del contrato
•Publicación o facilitación de los pliegos de la contratación
•Facilitación de aclaraciones
Presentación
de ofertas,
apertura y
selección
•Recepción y apertura
•Aplicación de los criterios de selección y motivos de exclusión
•Selección de licitadores idóneos
Evaluación y
adjudicación
•Evaluación de las ofertas, aplicación de los criterios de adjudicación
•Adjudicación y firma del contrato
•Notificación de los licitadores y publicación de la adjudicación
Ejecución del
contrato
•Gestión y superivisión de la ejecución
•Emisión de pagos
•En su caso, modificación o recisión del contrato
•Cierre y liquidación del contrato
23. Baker Mckenzie 21
operadores económicos acerca de sus planes y sus requisitos de contratación. Es lo que se
denomina consultas preliminares del mercado.
Para ello, los poderes adjudicadores podrán, por ejemplo, solicitar o aceptar el asesoramiento de
expertos o autoridades independientes o de participantes en el mercado que podrá utilizarse en
la planificación y el desarrollo del procedimiento de contratación, siempre que dicho
asesoramiento no tenga por efecto falsear la competencia y no dé lugar a vulneraciones de los
principios de no discriminación y transparencia.
Publicación y transparencia (incluyendo los requisitos que deben cumplir las
empresas para licitar)
El objetivo de esta fase es conseguir ofertas competitivas para adjudicar un contrato de manera
satisfactoria, es decir, un contrato que sea el idóneo para satisfacer las necesidades del poder
adjudicador.
La redacción de los documentos que van a regir la licitación, incluyendo los pliegos de la
contratación, es un paso fundamental en el procedimiento de contratación. Con carácter general
la contratación va a constar de los documentos que se describen a continuación:
a) Anuncio de información previa
Los poderes adjudicadores en ocasiones pueden dar a conocer sus intenciones de contratación
a través de la publicación de un anuncio de información previa, durante un período máximo de
12 meses. Los anuncios de información previa se publicarán en el perfil del contratante.
Para los procedimientos restringidos y de licitación con negociaciones puede utilizarse el anuncio
de información previa como convocatoria de licitación, siempre y cuando cumpla con los
requisitos marcados en la Directiva. Para el resto de supuestos se trata de un paso previo que el
órgano de contratación puede decidir hacer o no.
En el Anexo 2 se muestra un ejemplo de anuncio de información previa.
b) Invitación a licitar o invitación de precualificación
Se trata de una carta breve que invita a los operadores económicos a presentar una oferta al
poder adjudicador o una solicitud para participar en el caso de procedimientos restringidos,
licitación con negociación, diálogo competitivo y en las asociaciones para la innovación.
c) Anuncio de licitación
Este documento constituye el medio de convocatoria de licitación para todos los procedimientos
(salvo para el negociado sin publicidad), proporcionando información esencial sobre el contrato,
los principales organismos competentes y dónde se puede acceder a los pliegos de la
contratación completos. La publicación es uno de los elementos de mayor importancia dentro de
la contratación pública, habida cuenta que garantiza la transparencia, la igualdad de trato y la
competencia entre los operadores económicos del mercado único.
Dependiendo del contrato y de la normativa nacional, el anuncio de licitación se publicará en el
Diario Oficial de la Unión Europea ("DOUE"), o en las publicaciones nacionales, regionales o
locales. Así, si el valor de un contrato supera los umbrales de la Directiva de contratación pública,
el contrato debe publicarse en el Suplemento al DOUE, cuya versión electrónica está disponible
en Tenders Electronic Daily o TED. Para más información sobre el funcionamiento de la
plataforma, ver el apartado 2.5 de esta Guía.
24. Baker Mckenzie 22
Como norma general, la publicación en el DOUE es obligatoria cuando resulte de aplicación la
Directiva, si bien se deja abierta a cualquier tipo de contratación por debajo de los umbrales.
d) Especificaciones técnicas, documento descriptivo, formatos para la presentación de
documentos y documentos adicionales
Los poderes adjudicadores deberán definir los criterios mínimos para poder participar en la
licitación, los cuales merecen una especial atención habida cuenta que cumplir determinadas
circunstancias o incumplir determinados criterios puede provocar que el licitador quede fuera del
procedimiento de contratación. Algunos son de carácter más formal mientras que otros aspectos
revisten un carácter técnico.
Criterios formales: Son circunstancias que, de cumplirse, impiden que el empresario pueda
participar en el procedimiento de contratación (en la Directica se denominan "motivos de
exclusión"). Vienen establecidas en la Directiva de contratación pública y son las siguientes:
• Cuando el operador económico o los miembros de su órgano de administración, dirección o
de vigilancia ha sido condenado mediante sentencia firme por participación en una
organización delictiva, corrupción, fraude, delito de terrorismo o delito ligado a las
actividades terroristas, blanqueo de capitales o financiación del terrorismo o trabajo infantil
u otra forma de trata de seres humanos.
• Cuando un operador económico ha incumplido sus obligaciones de pago de impuestos o
cotizaciones de la seguridad social y que ello haya quedado establecido en una resolución
judicial o administrativa firme y vinculante. También cuando el poder adjudicador pueda
demostrar por cualquier otro medio el impago de impuestos o cotizaciones.
Al margen de estos motivos, los Estados Miembros pueden discrecionalmente establecer
motivos adicionales que igualmente permiten excluir a los operadores económicos de la
participación en un procedimiento de contratación, como por ejemplo, violación de la legislación
en materia medioambiental, social o laboral; quiebra o sujeción a un procedimiento de
insolvencia o liquidación; falta profesional grave que afecta a la integridad económica del
operador; falseamiento de la competencia, por ejemplo, mediante la colusión con otros
licitadores o derivado de la participación previa de un operador económico en la preparación del
procedimiento de contratación; conflicto de intereses que no pueda resolverse por medios
menos restrictivos que la exclusión; o deficiencias significativas en la ejecución de un contrato
público anterior. En relación con España, ver apartado 3.3.2 c) de esta Guía.
Para la contratación con la Comisión o Consejo Europeos aplican los mismos criterios que los
previstos en la Directiva, pero se añade algún criterio adicional que puede ser utilizado por parte
de estas instituciones (ver art. 136 del Reglamento).
En todo caso, cuando un operador se encuentre en alguna de las situaciones descritas, puede
presentar pruebas de que ha adoptado medidas suficientes que permiten considerarle como
fiable y, por tanto, puede contratar con la administración pública.
Criterios técnicos: Determinan la idoneidad de los licitadores para ejecutar el contrato y pueden
referirse a (en la Directiva se denominan "criterios de selección"):
• la habilitación para ejercer la actividad profesional;
• la solvencia económica y financiera; y/o
• la capacidad técnica y profesional.
25. Baker Mckenzie 23
La Directiva de contratación pública deja margen a los Estados para establecer requisitos más
específicos. Por ejemplo, respecto a la habilitación para ejercer la actividad profesional o la
inscripción en un registro profesional o mercantil. En relación con España, ver apartado 3.3.2 c)
de esta Guía.
Cambios en los criterios ya establecidos. Tras la publicación de los pliegos de contratación,
solo se aceptan cambios menores de los principales criterios de participación, como los cambios
de redacción o la dirección en la que debe presentarse la solicitud. Por el contrario, se
consideran cambios importantes los cambios de requisitos tales como los detalles financieros,
el número de referencias o la cobertura de seguro exigida. En este último caso, es necesario
que se prorrogue el plazo de solicitud o presentación, o bien se cancele el procedimiento.
¿Cómo se acredita el cumplimiento de los anteriores criterios? La acreditación del
cumplimiento de los anteriores criterios puede hacerse, de entrada, mediante el documento
europeo único de contratación o DEUC9 . Éste permite a los operadores económicos declarar
electrónicamente que cumplen las condiciones necesarias para participar en un procedimiento
de contratación pública. Así, consiste en una declaración formal del operador económico que
indica que no es de aplicación el motivo de exclusión pertinente y/o que se cumple el criterio de
selección pertinente, y facilitará la información pertinente según lo requiera el poder adjudicador.
Dicho documento se estableció para evitar que los licitadores tuvieran que presentar, de
entrada, toda la documentación justificativa. No obstante, pese que se entregue el DEUC, ello
no impide que un poder adjudicador pueda pedir a los candidatos y licitadores que presenten la
totalidad o una parte de los documentos justificativos en cualquier momento del procedimiento
cuando resulte necesario para garantizar el buen desarrollo del mismo.
En cualquier caso, los adjudicatarios tendrán que proporcionar las pruebas documentales
completas que acrediten lo afirmado en esta declaración.
Debe tenerse en consideración que el DEUC se ofrece exclusivamente en formato electrónico
y se genera para cada una de las licitaciones.
Para el caso de la contratación con la Comisión y Consejo Europeos, el Reglamento del
presupuesto de la Unión prevé la posibilidad de que el órgano de contratación pueda decidir no
exigir la acreditación de la capacidad jurídica, normativa, financiera, económica, técnica y/o
profesional en aquellos contratos que no superen los umbrales de aplicación de la Directiva de
contratación pública.
¿Cómo funciona?10 Para crear y usar el DEUC, los poderes adjudicadores pueden utilizar una
herramienta integrada en sus propias plataformas de contratación electrónica o la herramienta
DEUC desarrollada por la Comisión, que permite a los poderes adjudicadores crear su DEUC y
adjuntarlo a los pliegos de la contratación.
9
Más información sobre el funcionamiento del DEUC en el siguiente enlace.
10
Para resolver dudas, consultar documento de preguntas frecuentes acerca del DEUC disponible en español.
26. Baker Mckenzie 24
Los pasos principales relacionados con el DEUC son los que a continuación se relacionan:
Pese a la existencia del DEUC, los poderes adjudicadores pueden exigir certificados,
declaraciones y otros medios de prueba como demostración tanto de la inexistencia de motivos
de exclusión como del cumplimiento de los criterios de selección. Estos medios de prueba
pueden clasificarse y resumirse de la siguiente forma:
1. El poder adjudicador
crea/reutiliza una plantilla de DEUC
en la que se definen los motivos de
exclusión y los criterios de selección
2. El licitador indica su idoneidad y
envía el DEUC con la licitación
3. El sistema del DEUC genera
automáticamente un resumen de
todas las licitaciones
4. El poder adjudicador solo solicita
los documentos originales a los
adjudicatarios
27. Baker Mckenzie 25
Nota: Aunque la Directiva no establece requisitos adicionales para empresas no europeas, debe
señalarse que la mayoría de Estados Miembros sí lo prevén en sus normativas. Por tanto, deberá
estarse a dichas normativas para determinar si una empresa no europea debe acreditarse o
aportar situaciones o documentos adicionales, especialmente en el caso de que no aplique el
Acuerdo de Libre Comercio. En el caso de España ver apartado 3.3.2 c) de esta Guía. El
Reglamento del presupuesto de la Unión no prevé documentación adicional que deban aportar
empresas no europeas cuando éstas contraten directamente con el Consejo o Comisión
Europeas.
La plataforma e-Certis. e-Certis es un servicio en línea que pretende ayudar a los operadores
económicos y los poderes adjudicadores a identificar los distintos documentos administrativos y
certificados solicitados con mayor frecuencia en los procedimientos de contratación pública de
los veintiocho Estados Miembros, un país candidato (Turquía) y tres Estados del Espacio
Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega).
De todos modos, la fiabilidad del sistema e-Certis depende de la información facilitada por los
distintos poderes adjudicadores de los Estados Miembros, así como de la actualización regular
de dicha información. Por tanto, la información que consta en e-Certis no tiene valor vinculante y
sirve simplemente a efectos orientativos.
Herramientas electrónicas: Los poderes adjudicadores están obligados a introducir la
contratación pública electrónica exclusiva a través de plataformas específicas de contratación
pública electrónica. Esto implica que todo el procedimiento de contratación pública, desde la
Criterios formales
Certificado del registro,
antecedentes penales o
documento equivalente
expedido por autoridad
competente
Solvencia económica y
financiera
Certificación bancaria
Estados financieros o
extractos de estados
financieros cuando su
publicación sea obligatoria
Declaración del volumen de
negocios global y cuando
procede, del volumen de
negocios del ámbito concreto
del contrato
Solvencia técnica
Lista de obras ejecutadas en los cinco últimos
años (máx.)
Relación de los principales suministros o de los
principales servicios efectuados en los tres últimos
años (máx.)
Indicación del personal técnico u organismos
técnicos y responsables del control de calidad
Descripción de instalaciones técnicas, medidas de
garantía de calidad y medios de estudio e
investigación de la empresa
Indicación de sistemas de gestión de la cadena de
suministro
Títulos de estudios y profesionales del prestador
de servicios, contratista o directivos de la empresa
Medidas de gestión ambiental
Plantilla anual y número de directivos de los tres
últimos años
Maquinaria, material y equipo técnico del que
dispondrá
Documentación acreditativa de la subcontratación
Muestras, descripciones, fotografías, etc. de los
productos y certificados de calidad
28. Baker Mckenzie 26
publicación de los anuncios hasta la presentación de las ofertas, debe desarrollarse
electrónicamente.
En consecuencia, cada Estado Miembro va a disponer de una plataforma de contratación
electrónica distinta con sus peculiaridades. En los pliegos de contratación se indicará la
herramienta electrónica que se utilizará para realizar la licitación.
Para información detallada sobre España, ver el apartado 3.5 de esta Guía.
Presentación de ofertas, apertura y selección
El propósito de esta fase es garantizar que las ofertas válidas se reciban y seleccionen en virtud
de las normas y los criterios establecidos en los pliegos de la contratación.
Podemos distinguir los siguientes hitos dentro de esta fase:
a) Presentación de las ofertas
Los poderes adjudicadores deben proporcionar instrucciones técnicas y administrativas claras
en los pliegos de la contratación para ayudar a los operadores económicos a preparar y presentar
sus ofertas o solicitudes de participación.
El plazo fijado para la recepción de las ofertas o las solicitudes de participación debe incluirse en
el anuncio de licitación. Para más información sobre los plazos de presentación de las ofertas,
ver el apartado 2.2.2 de esta Guía.
Recordemos, que si se el poder adjudicador decide prorrogar la fecha de presentación de las
ofertas, todos los licitadores deberán ser informados de inmediato por escrito y se debe publicar
en el DOUE y en la plataforma de contratación utilizada para asegurar que todos los posibles
licitadores tengan constancia del nuevo plazo.
b) Recepción de las ofertas
Una vez presentada la oferta, los licitadores deben recibir un acuse de recibo oficial por escrito
con la fecha y la hora de registro de la entrega, tanto si las ofertas se han enviado por correo,
mensajería, en persona o por medios electrónicos. En este último caso, los portales de
contratación electrónica deben ofrecer una estructura de entrega fiable para la presentación y
generar un acuse de recibo automático para los licitadores.
Seguidamente, el poder adjudicador revisará las ofertas para asegurarse que las mismas se
ajustan formalmente a las instrucciones dadas a los licitadores (por ejemplo, número de copias,
empaquetado, estructura de la oferta, etc.). Si no se ajustan, puede ocurrir dos cosas:
i. Que se soliciten aclaraciones o subsanaciones; o
ii. Que las ofertas se desestimen como no válidas al no poder solicitar aclaraciones,
bien porque el incumplimiento va más allá de lo permitido en las normas sobre
aclaraciones, o simplemente porque las aclaraciones no están permitidas en la
legislación nacional. En este caso se excluirá la oferta justificándose el porqué.
La posibilidad de solicitar aclaraciones, así como las circunstancias bajo las cuales pueden
solicitarse, depende de la normativa nacional de cada Estado Miembro, por lo que deberá estarse
a la normativa nacional sobre contratación pública aplicable. Respecto a España ver el apartado
3.3.2 c) de esta Guía.
29. Baker Mckenzie 27
c) Apertura de las plicas, evaluación y selección de las ofertas
El órgano de contratación evalúa que los operadores económicos no concurran en algún motivo
que provoque su exclusión, ya sea un motivo formal o bien por no cumplir con algún criterio
técnico, tal y como se ha explicado anteriormente (ver apartado 2.3.2 d) anterior).
Los operadores económicos seleccionados serán invitados a presentar ofertas, negociar o
participar en un diálogo. En el procedimiento abierto, se evaluarán las ofertas que ya se han
presentado sin necesidad de esta preselección.
Evaluación y adjudicación del contrato
En esta fase se van a evaluar y puntuar todas las ofertas admitidas y no excluidas para identificar
la más económicamente ventajosa sobre la base de los criterios de adjudicación establecidos en
los pliegos de contratación.
Así, los criterios de adjudicación son las características o aspectos que se van a analizar para
valorar y puntuar las ofertas, debiendo estar claramente definidos en los pliegos de la licitación.
Deben determinarse sobre la base del precio o coste, utilizando un planteamiento que atienda a
la relación coste-eficacia y podrá incluir la mejor relación calidad-precio, que se evaluará en
función de criterios que incluyan aspectos cualitativos, medioambientales y/o sociales vinculados
al objeto del contrato de que se trate.
En los pliegos de contratación deberá especificarse la ponderación relativa que atribuya a cada
uno de los criterios de adjudicación, salvo que sólo exista un único criterio en cuyo caso deberá
ser el precio.
Pues bien, los órganos de contratación valorarán las diferentes ofertas en base a dichos criterios
y establecerán la puntuación para cada una de ellas, siendo la adjudicataria la que obtenga la
mayor puntuación.
Cambios en los criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación y sus ponderaciones
se consideran elementos sustanciales de los pliegos de la contratación y, por lo tanto, no deben
modificarse una vez publicado el anuncio de licitación. Por ello, tal y como ocurre con los criterios
de selección, en caso de modificarse, re requiere una prórroga del plazo para los licitadores.
Normas de gestión medioambiental. Cuando los poderes adjudicadores exijan la presentación
de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el operador
económico cumple determinados sistemas o normas de gestión medioambiental, harán
referencia al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) de la Unión
o a otros sistemas de gestión medioambiental reconocidos de conformidad con el Reglamento
(CE) 1221/2009 o a otras normas de gestión medioambiental basadas en las normas europeas
o internacionales pertinentes de organismos acreditados.
Sin embargo, si el operador económico puede demostrar que no tiene acceso a certificados de
este tipo, o que no tiene la posibilidad de obtenerlos dentro del plazo fijado por causas que no le
sean atribuibles, el poder adjudicador también aceptará otras pruebas de medidas de gestión
medioambiental, a condición de que el operador económico demuestre que dichas medidas son
equivalentes a las exigidas con arreglo al sistema o norma de gestión medioambiental aplicable.
Ofertas anormalmente bajas. Se entiende por ofertas anormalmente bajas aquellas en las que
el precio ofrecido por el operador económico suscite dudas sobre si la oferta es económicamente
viable y se puede ejecutar correctamente.
30. Baker Mckenzie 28
Los poderes adjudicadores exigirán a los operadores económicos que expliquen el precio o los
costes propuestos en la oferta cuando parezca anormalmente baja para las obras, los suministros
o los servicios de que se trate. Estas explicaciones podrán referirse a los siguientes conceptos:
• El ahorro que permite el proceso de fabricación, los servicios prestados o el método de
construcción.
• Las soluciones técnicas adoptadas o las condiciones excepcionalmente favorables de que
dispone el licitador para suministrar los productos, prestar los servicios o ejecutar las obras.
• La originalidad de las obras, los suministros o los servicios propuestos por el licitador.
• El cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral. Los
poderes adjudicadores deben rechazar la oferta si comprueban que es anormalmente baja
porque no se cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o
laboral.
• El cumplimiento de las obligaciones previstas en el caso de subcontratación.
La posible obtención de una ayuda estatal por parte del licitador. Solo puede rechazarse una
oferta por esta única razón si el licitador no puede demostrar que la ayuda es compatible con el
mercado interior, en los términos previstos en el artículo 107 TFUE.
Aspectos adicionales: la subcontratación y los consorcios
La subcontratación
La Directiva de contratación pública admite la subcontratación.
En los pliegos de la contratación el poder adjudicador podrá pedir, o podrá ser obligado por un
Estado miembro a pedir, al licitador que indique en su oferta la parte del contrato que tenga
intención de subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos.
Los Estados Miembros pueden establecer limitaciones o condiciones a la subcontratación en los
pliegos. En el caso de España ver apartado 3.4.1 de esta Guía.
Los consorcios
Una práctica habitual es que varios operadores económicos decidan cooperar y unir fuerzas para
demostrar que, como grupo o consorcio, cumplen los requisitos sobre la situación económica y
financiera y la capacidad técnica o profesional estipulados en los criterios de selección. Por
ejemplo, será suficiente que los requisitos sobre situación económica y financiera los satisfaga
el grupo en su conjunto y no cada integrante de forma individual.
Los consorcios no están regulados en la Directiva de contratación pública y, por tanto, los
requisitos para su constitución dependerán de cada Estado Miembro. En España existe la figura
de las Uniones Temporales de Empresas ("UTEs"), ver apartado 3.4.2 de esta Guía.
Funcionamiento del TED
¿Qué es el TED?
El portal Ted Electronic Daily o TED es la versión online del Suplemento del Diario Oficial de la
Unión Europea especializado en contratación pública europea. En éste se publican cada año
746.000 anuncios de contratación pública, de los cuales 235.000 son licitaciones por un valor
aproximado de 545.000 millones de euros.
31. Baker Mckenzie 29
La información sobre cada documento de contratación, así como los anuncios de las instituciones
de la Unión Europea se publica en las 24 lenguas oficiales de la UE. Adicionalmente también
pueden buscarse anuncios en el archivo TED, que contiene información desde el 01/01/2014.
La plataforma TED permite realizar las siguientes acciones: examinar oportunidades de negocio,
sectores comerciales (mediante el vocabulario común de contratos públicos - CPV), lugar de
ejecución (mediante la Nomenclatura NUTS) y comprador; buscar mediante búsqueda rápida,
avanzada o especializada así como obtener y filtrar listados de los resultados de la búsqueda;
disponer de mi panel en el que se pueden guardar hasta 25 perfiles de búsqueda, seleccionar
documentos para examinar más adelante, acceder a las funcionalidades del servicio de
notificaciones o recibir actualizaciones por correo electrónico de los documentos que acaban de
publicarse; personalizar las preferencias para controlar el número de elementos por página de
resultados de búsqueda; descargar anuncios en masa en formato XML; y traducir
automáticamente desde y hacia todas las lenguas oficiales de la UE la mayoría de anuncios que
se publican.
La página TED no es, como tal, una plataforma de contratación pública, sino un lugar en el que
se publica la información relacionada con la contratación de la UE. En consecuencia, para poder
presentar ofertas deberá acudirse a la plataforma de contratación del país u organismo que esté
licitando, o bien, en el caso de las instituciones europeas, a la plataforma eTendering del propio
TED (ver apartado 2.5.5 de esta Guía).
¿Qué licitaciones se publican en el TED?
En TED se publican todos los procedimientos de contratación pública sujetos a la Directiva de
contratación pública. Además, las administraciones públicas pueden optar por publicar, de forma
voluntaria, todos aquellos anuncios de contratos a los que no resulta de aplicación la Directiva
de contratación pública.
En el TED se publica la siguiente información:
• Anuncios de contratos públicos de obras, suministro y servicios de todos los Estados
Miembros;
• Anuncios de contratos relativos a los sectores del agua, la energía, el transporte y las
telecomunicaciones;
• Anuncios de contratos públicos de las instituciones de la Unión Europea;
• Anuncios de contratos de ayuda exterior y del Fondo Europeo de Desarrollo (Estados ACP);
• Contratos Phare, Tacis y otros contratos de Europa Central y Oriental;
• Proyectos financiados por el Banco Europeo de Inversión (BEI), el Banco Central Europeo
(BCE) y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD);
• Contratos del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein);
• Anuncios de contrato con arreglo al Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP), celebrados
en el marco del GATT/Organización Mundial del Comercio (OMC), procedentes de Suiza;
• Anuncios de contrato relativos a la Agrupación Europea de Interés Económico (AEIE); y
• Contratos públicos relativos a servicios aéreos.
32. Baker Mckenzie 30
¿Cuáles son los requisitos previos de las empresas para poder participar?
Tal y como anteriormente se ha mencionado, TED es una plataforma mediante la cual se puede
obtener información relativa a los procesos de contratación pública, cuyo acceso es gratuito y no
es necesario registrarse. No obstante, existe la posibilidad de registrarse mediante correo
electrónico y contraseña para poder acceder a las siguientes funcionalidades:
• guardar el perfil de usuario (preferencias, lengua principal, etc.);
• guardar los perfiles de búsqueda en la cuenta;
• guardar documentos en un panel para un acceso más rápido;
• guardar los perfiles de búsqueda como alertas de correo electrónico o canales
RSS y recibir nuevos anuncios de interés directamente en el buzón de correo
electrónico o por lector RSS;
• visualizar los anuncios resumidamente; y
• utilizar la función de traducción automática, que puede traducir desde y hacia
todas las lenguas oficiales de la UE y puede utilizarse para anuncios de todo tipo.
¿Cómo podemos buscar licitaciones en el TED?
a) Activación de alertas y seguimiento
En el siguiente enlace puede encontrarse una guía completa sobre cómo funciona el TED: Guía
TED. En la sección Gestionar los perfiles de búsqueda de la Guía TED (pág. 15) se explica
detalladamente como guardar los perfiles de búsqueda, acceder a ellos, modificarlos, eliminarlos
y crear alertas por correo electrónico basadas en los perfiles de búsqueda guardados.
Adicionalmente, en la sección Otras funcionalidades de la Guía TED (pág. 21) aparece un
apartado llamado Configuración del servicio de alerta de anuncios en el que se explica cómo
recibir alertas por correo electrónico cada vez que se publiquen nuevos documentos en relación
con cada uno de los perfiles de búsqueda creados.
b) Búsqueda de licitaciones pasadas
No obstante, la Guía TED no explica cómo consultar los procedimientos adjudicados en el
pasado. Para ello clicar a Búsqueda avanzada en el panel de la izquierda de la página. Una vez
en la página de Búsqueda avanzada deberá seleccionarse en el buscador la opción Todos los
anuncios, pues con ella se puede buscar en el archivo TED las licitaciones realizadas durante
los últimos 10 años (datos disponibles desde el 01.01.2014). En el siguiente cuadro se muestra
una captura de pantalla del buscador avanzado, identificando la opción Todos los anuncios:
33. Baker Mckenzie 31
Además, en la misma búsqueda avanzada también se permite filtrar por objeto del contrato, tipo
de procedimiento, fechas, entidad compradora, etc. La búsqueda avanzada permite, asimismo,
realizar una búsqueda de los documentos en función de si queremos acceder a los relativos a la
planificación de la licitación (Planificación), a los propios de la licitación (Licitación) o a los
documentos correspondientes a la finalización del proceso de licitación (Resultados). En este
último caso accederíamos a resoluciones de adjudicación, etc. Si se prefiere también se puede
filtrar manualmente en Más opciones en base al tipo de documento concreto al que queremos
acceder.
En las dos capturas siguientes se muestra, por un lado, como podemos seleccionar la opción
Resultados y, por el otro, el desplegable que aparece si vamos a la opción Más opciones:
Manejo del TED para contratar con las instituciones de la UE: eTendering
Como decíamos, el TED contiene la herramienta eTendering que es una plataforma de
contratación electrónica en la que se licitan los concursos de las instituciones europeas11. Las
licitaciones que se articulan mediante el eTendering también se publican el TED siguiendo lo
comentado anteriormente.
eTendering permite el acceso a la documentación relacionada con las convocatorias de
concursos tales como la documentación del contrato, las especificaciones técnicas, los anexos,
las preguntas y las respuestas. Esta plataforma se actualiza cinco veces a la semana y está
integrada y sincronizada con el TED.
11
Como decíamos, las licitaciones de los diferentes organismos de los Estados Miembros no se tramitan mediante
eTendering, sino que cada una puede tener su propia plataforma de contratación.
34. Baker Mckenzie 32
Se puede acceder a toda la información relacionada con la convocatoria de concursos sin estar
registrado. No obstante, el usuario registrado también tiene acceso a la siguiente
funcionalidades:
Presentar o modificar las preguntas relacionadas con las convocatorias de concursos;
Suscribir las notificaciones relacionadas con los cambios en las convocatorias de concursos;
y
Organizar los mensajes relacionadas con las convocatorias de concursos elegidas en las
que se está interesado.
El inconveniente es que todas las licitaciones que se tramitan mediante eTendering como son de
las instituciones europeas están sólo disponibles en inglés o francés. La mecánica del
procedimiento de licitación se basa en la Directiva de contratación pública y, por tanto, las fases
que se seguirán se corresponden con las indicadas en el apartado 2.3 de esta Guía.
En cuanto al funcionamiento del eTendering, como Anexo 3 se incorpora una guía de la propia
herramienta que detalla el paso a paso desde cómo registrarse hasta cómo presentar una oferta.
Para poder licitar mediante eTendering es necesario registrar previamente la entidad que va a
licitar en el registro en línea para organizaciones que participan en licitaciones o convocatorias
de propuestas de la UE a fin de aplicar el principio de «solo una vez», esto es, solo hay que
presentar una vez los datos de la organización de un participante. Al inscribirse, cada
organización recibe un código único de identificación de participante (CIP).
35. Baker Mckenzie 33
3. Compras públicas en España
El sector de la contratación pública en España se caracteriza por una alta fragmentariedad debido
a la gran cantidad de organismos que lo integran. En este sentido, el Estado español se configura
territorialmente como un estado de las autonomías dividido en 17 Comunidades Autónomas
("CCAA") y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla) que a su vez se dividen en municipios
(administraciones locales). Las CCAA, ciudades autónomas y municipios cuentan con sus
propias competencias en una gran variedad de materias y se encuentran estructuradas en base
a los principios de independencia, coordinación y competencia.
De esta forma, España cuenta con tres niveles de administración que, ordenados de mayor a
menor alcance territorial, son:
La Administración General o Central del Estado;
Las Administraciones de las CCAA y las ciudades autónomas; y
Las Administraciones Locales, entre las que se incluyen los ayuntamientos, cabildos,
consejos insulares y diputaciones provinciales.
Para situarnos, debe señalarse que actualmente existen 17 ministerios, 17 CCAA con sus
correspondientes consejerías y 2 ciudades autónomas, 41 diputaciones provinciales, 10 cabildos
y consejos insulares, más de 8.100 municipios y casi 1.900 entes dependientes de las CCAA.
Todos estos entes sumados constituyen más de 10.000 potenciales compradores del sector
público, lo que hace que sea un sector especialmente grande.
Marco normativo
La contratación del sector público está regulada principalmente por la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre de Contratos del Sector Público ("LCSP"), que incorpora al ordenamiento jurídico
español la Directiva concesiones y la Directiva de contratación pública.
La LCSP supone el marco de referencia en la contratación pública y sienta los principios que
deben regir el procedimiento. En primer lugar, la ley fija unos objetivos generales que deben guiar
todo proceso de contratación, que son lograr una mayor transparencia en la contratación pública
y conseguir una mejor relación calidad-precio. En este sentido, la LCSP establece la obligación
de los órganos de contratación de velar para que en los criterios de adjudicación se incluyan
aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del
contrato.
Ya entrando de lleno en los principios que aplican a la contratación, la ley prevé los siguientes
principios:
• libertad de acceso a las licitaciones;
• publicidad y transparencia de los procedimientos; y
• no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores.
Además, para la fase de adjudicación de los contratos, la LCSP destaca también los principios
de proporcionalidad, libre concurrencia y confidencialidad.
En el ordenamiento jurídico actual encontramos dos reglamentos, que desarrollaban las leyes de
contratos del sector público anteriores, pero que todavía siguen vigentes y resultan de aplicación
en todo aquello que no sean contrarios a la LCSP. Estos reglamentos son:
36. Baker Mckenzie 34
• Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007,
de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público;
• Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de
la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Por otra parte, existen normas específicas para determinados sectores:
• Sectores del agua, energía, transportes y servicios postales: la regulación de la contratación
pública está recogida en el Real Decreto Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes
por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión
Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros
privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, que
establece normas relativas a la contratación por entidades que operan en los sectores del
agua, la energía, los transportes y los servicios postales; y
• Sector de defensa y seguridad: donde la regulación de la contratación pública está recogida
en la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la
defensa y de la seguridad.
Contratación con la Administración Autonómica. Dado que la LCSP tiene carácter de norma
básica, algunas CCAA han dictado normativa específica en esta materia. Por tanto, una vez
identificado el órgano de contratación, deberá comprobarse que no exista normativa adicional a
tener en cuenta.
Ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público
La LCSP delimita su ámbito de aplicación de forma subjetiva (en función del ente contratante) y
de forma objetiva (en base al tipo de contrato).
Con carácter preliminar, conviene destacar que las normas en materia de contratación se aplican
a los contratos del sector público, entendiendo por tales los contratos onerosos (es decir, en
los que se obtiene algún tipo de beneficio económico directa o indirectamente), cualquiera que
sea su naturaleza jurídica, que celebren las entidades que a continuación se relacionan, así como
los contratos subvencionados por estas entidades. En consecuencia, quedan excluidas las
donaciones, salvo que el contratista obtenga un beneficio económico indirecto de ellas.
a) Ámbito subjetivo
A la hora de definir el ámbito subjetivo de la ley, la LCSP distingue tres niveles. Dependiendo del
nivel en el que se encuentre un ente, los contratos celebrados por el mismo tendrán un nivel de
sujeción a la LCSP mayor o menor.
En el siguiente cuadro se presentan los tres niveles, todos los entes sujetos a la LCSP se
consideran Sector Público, pero sólo algunos de estos entrarán dentro de la consideración de
Poder Adjudicador y de éstos sólo unos pocos son considerados Administración Pública. Así, los
contratos celebrados por la Administración Pública están íntegramente sujetos a la LCSP, los
celebrados por los Poderes Adjudicadores que no son Administración Pública (PANAPS) tienen
una sujeción parcial, y los del Sector Público que no son Poder Adjudicador una sujeción residual.
El nivel de sujeción condicionará principalmente: (i) la naturaleza jurídica del contrato
(administrativo o privado); (ii) el régimen jurídico del contrato (la ley aplicable); y (iii) el régimen
de recursos aplicable y la jurisdicción competente, en los siguientes términos
37. Baker Mckenzie 35
Administración Pública, en términos generales, engloba:
a) La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y las Entidades que
integran la Administración Local;
b) Las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes de la Seguridad Social;
c) Los Organismos Autónomos, las Universidades Públicas y las autoridades
administrativas independientes;
d) Diputaciones Forales y las Juntas Generales de los Territorios Históricos del País
Vasco; y
e) Los consorcios y otras entidades de derecho público en las que se dan
determinadas circunstancias12.
Poderes Adjudicadores que no son Administración Pública (PANAPS), que engloba:
a) Fundaciones públicas;
b) Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social;
c) Aquellas entidades del sector público con personalidad jurídica propia, creadas
específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan
carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban
considerarse poder adjudicador, bien financien mayoritariamente su actividad; bien
controlen su gestión; o bien nombren a más de la mitad de los miembros de su
órgano de administración, dirección o vigilancia; y
12
La LCSP los considera Administración Pública cuando tengan personalidad jurídica propia que hayan sido creadas
específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil,
siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador bien financien mayoritariamente su
actividad; bien controlen su gestión; o bien nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de
administración, dirección o vigilancia.
Sector Público
Poderes
Adjudicadores
Administración
Pública
38. Baker Mckenzie 36
d) Asociaciones constituidas por las entidades anteriores.
Sector Público que no es Poder Adjudicador, engloba los siguientes entes:
a) Los consorcios, entidades públicas empresariales y cualesquiera entidades de
Derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas a un sujeto que
pertenezca al sector público o dependientes del mismo que no cumplan con los
criterios para ser considerados Poder Adjudicador o Administración Pública;
b) Sociedades mercantiles con capital social público superior al 50%;
c) Fondos sin personalidad jurídica.
Nota: Recordemos que el Acuerdo de Libre Comercio resulta de aplicación en función de los
umbrales que, a su vez, se establecen en función de los distintos niveles territoriales de las
entidades del sector público (ver apartado 1.2.1 de esta Guía). En consecuencia, es importante
tener clara la distinción entre la aplicabilidad del Acuerdo de Libre Comercio y la LCSP. Puede
ocurrir, por ejemplo, que en un determinado contrato de un órgano de la administración pública
le aplique la LCSP, pero no le aplique el Acuerdo de Libre Comercio por no sobrepasar los
umbrales. En este caso, si se quiera participar igualmente, debe tenerse en cuenta que es posible
que no puedan participar o, para hacerlo, deban cumplir requisitos adicionales (ver apartado 3.3.2
c) de esta Guía).
A efectos de determinar la aplicabilidad o no del Acuerdo de Libre Comercio debe tenerse en
cuenta que cuando en el apartado 1.2.1 de esta Guía nos referimos a "entidades a nivel central",
en España ello significa la Administración General del Estado considerada Administración
Publica de acuerdo con lo expuesto en el punto anterior. A su vez, por "entidades a nivel sub-
central" tendríamos el resto de entidades consideradas Administración Pública. Finalmente, las
"entidades del sector público" no pueden identificarse, per se, con ninguna de las categorías
previstas en la clasificación anterior efectuada por la LCSP porque depende de las actividades
que ejerzan dichas entidades por lo que deberá estarse caso por caso.
En el siguiente cuadro se resume el ámbito de aplicación de la LCSP a los contratos -incluidos
objetivamente en el ámbito de la Ley- en función del organismo que los suscriba:
Ente contratante Objeto del
contrato13
Contrato
administrativo
o privado
Nivel de sujeción a la LCSP
Administración
Pública
Típicos +
Especiales14
Administrativo Total (tanto adjudicación como
ejecución)
No típicos Privado Preparación y adjudicación: LCSP
Modificación, efectos y extinción:
Derecho Privado
Poder
Adjudicador que
no es
Administración
Pública
(PANAPS)
Todos los
incluidos en la
LCSP
Privado Preparación y adjudicación: LCSP
Efectos y extinción: Derecho Privado
+ art. 319 LCSP que establece la
13
Ver apartados 3.1.1 b) y 3.2.1 de esta Guía
14
Por contratos especiales se entiende los contratos administrativos declarados por ley y los que tengan naturaleza
administrativa especial por estar vinculados al giro o tráfico específico de la Administración contratante o por
satisfacer de forma directa o inmediata una finalidad pública de ésta.