Este documento contiene el resumen de una investigación penal sobre un homicidio intencional. Incluye la descripción de los cuerpos encontrados en la escena, evidencias recolectadas como casquillos y una sustancia, y conclusiones de expertos sobre causas de muerte y heridas. El documento documenta todas las etapas de la investigación policial y pruebas médicas para identificar al culpable e indiciarlo por el delito de homicidio.
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL
EXPERIMENTAL ROMULO
GALLEGOS
SAN JUAN ESTADO GUARICO
EQUIPO Nº 1
ITEM DATOS CI ITEM DATOS CI
1 ACUÑA GEIMERSON 24.446.936 18 OLIVO AURELIS 25.887.891
2 BARRIOS WILMER 14.971.147 19 PEREZ RADIMIRJH 17.319.152
3 BLANCO ANABEL 9.680.222 20 PINTO WANDA 15.392.776
4 CABRERA YULEXYS 21.269.093 21 RAMIREZ MARIA 11.685.061
5 CAMPOS YINETH 21.335.941 22 RAMIREZ MARISELA 8.998.539
6 CARVALLO TOMAS 16.268.807 23 RAMIREZ THAIS 10.460.162
7 COLMENARES MANUEL 16.803.254 24 RODRIGUEZ RAFAEL 11.664.766
8 DELGADO KATIUSCA 24.976.506 25 ROJAS IRIS 13.492.869
9 DIAZ ELIZABETH 11.984.475 26 RUBIS AVILA 10.667.784
10 DIAZ MARVELIS 9.695.394 27 RUIZ ETNI 14.056.998
11 GARCIA OSCAR 22.615.006 28 RUIZ JESUS 17.688.870
12 GONZALEZ CARLOS 14.646.018 29 SANCHEZ LISETTE 10.666.028
13 GUZMAN MILAGROS 22.284.502 30 SARMIENTO ANDERSON 14.395.397
14 MENDOZA DANIUSKA 22.610.309 31 SUAREZ YUVAILY 17.353.939
15 MORENO ALEJANDRO 10.666.623 32 VELASCO YUEMILI 21.522.497
16 NIEVES BETZY 14.636.087 33 WAYBESAN DALYMAR 16.732.517
17 NIEVES JHOAN 17.399.677 34
2. FASES DE LA INVESTIGACION
Código Orgánico Procesal Penal
Art. 113, 115, 181, 186, 191,193,200, 223
3. INVESTIGACION DE UN CASO
CODIGO PENAL DELITO CONTRA LAS PERSONAS
HOMICIDIO INTENCIONAL
DELITO: previsto y sancionado en al Art 405 del CODIGO PENAL.
Artículo 405. El que intencionalmente haya dado muerte a alguna
persona será penado con presidio de doce a dieciocho años.
Motivos Innobles: previsto y sancionado en el Art 406 ordinal 1°
1. Quince años a veinte años de prisión a quien cometa el homicidio
por medio de veneno o de incendio, sumersión u otro de los delitos
previstos en el Título VII de este libro, con alevosía o por motivos
fútiles o innobles, o en el curso de la ejecución de los delitos previstos
en los artículos 449, 450, 451, 453, 456 y 458 de este Código.
5. Diligencias
Necesarias y
Urgentes 266 COPP
• La policía comunica al MP en un lapso de 12 horas y solo
realizara las diligencias necesarias y urgentes para identificar y
ubicar a los autores del hecho punible, así como el resguardo
de lo elementos de interés criminalisticos
6. Artículo 114. Corresponde a las autoridades de policía de
investigaciones penales, la práctica de las diligencias conducentes a la
determinación de los hechos punibles y a la identificación de sus autores
o autoras y partícipes, bajo la dirección del Ministerio Público.
Artículo 115. Las informaciones que obtengan los órganos de policía,
acerca de la perpetración de hechos delictivos y de la identidad de sus
autores o autoras, y demás partícipes, deberá constar en acta que
suscribirá el funcionario o funcionaria actuante, para que sirvan al
Ministerio Público a los fines de fundar la acusación, sin menoscabo del
derecho de defensa del imputado o imputada.
Artículo 153. Toda acta debe ser fechada con indicación del lugar, año,
mes, día y hora en que haya sido redactada, las personas que han
intervenido y una relación sucinta de los actos realizados.
El acta será suscrita por los funcionarios o funcionarias y demás
intervinientes. Si alguno o alguna no puede o no quiere firmar, se dejará
constancia de ese hecho.
La falta u omisión de la fecha acarrea nulidad sólo cuando ella no pueda
establecerse con certeza, sobre la base de su contenido o por otro
documento que sea conexo.
9. Cuerpo No 1
Características Físicas
sexo masculino, piel morena de aproximadamente 35 años
de edad, color del cabello: negro, liso, de contextura
gruesa de aproximadamente 1.75 mts de estatura, bigotes
escasos, cicatriz en la mano derecha y un tatuaje en el
hombro izquierdo representado por una llama de
diferentes colores.
En el bolsillo posterior derecho del hoy occiso se encontró
una cartera de cuero para caballero el cual contenía
documentos personales y una cedula el cual lo identificaba
con el nombre de XXXXXX, titular de la cedula de
identidad No V.- XXXXXXX y fecha de nacimiento
XXXXXX, además de un contentivo de presunta droga y
en la mano derecha un yesquero color rojo
CARACTERISTICAS FISIONOMICAS DE
LOS CADAVERES
10. Cuerpo No 2
Características Físicas:
Piel morena clara, corte al rape, contextura fuerte de
1.75 mts de estatura y de aproximadamente 43 años
de edad, portando una prótesis de miembro inferior.
En la vestimenta del hoy occiso exactamente en el
bolsillo inferior izquierdo se encontró una cartera de
caballero de cuero el cual contenía documentos
personales así como la cedula de identidad laminada
a nombre de XXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de
edad, titular de la cedula de identidad No
XXXXXXXXX y de fecha de nacimiento XXXXXXX.
11. Inspección Técnica del Sitio del
Suceso
En el sitio del suceso se encontraron
los siguientes elementos de interés
criminalistico:
• Un yesquero de color Rojo.
• Un envoltorio con un contentivo
de un polvo blanco.
• Dos (02) Conchas percutadas del
calibre 9mm.
12.
13. Todo informe debe ir
firmado y sellado, sino
el mismo carece de
validez.
16. EXPERTICIAS
La experticia es: el medio de
prueba[consistente en el dictamen,
informe, juicio u opinión de personas con
conocimientos especiales en una materia
determinada (científicos, artísticos, técnicos
o prácticos), sobre personas, cosas o
situaciones, relacionadas con los hechos del
proceso, y que se someten a su
consideración, bien por iniciativa de las
partes o por disposición oficiosa de los
órgano jurisdiccionales, con el fin de
cooperar en la apreciación técnica de las
mismas, sobre las cuales debe decidir el juez
según su propia convicción
17.
18. BOLETA DE CITACION PARA LOS TESTIGOS TANTO
PRESENCIALES COMO REFERENCIALES
21. CONCLUSIONES
Testimoniales :
De los expertos. (en el sitio del suceso)
Pertinentes y Necesarias: ya que dejan constancia de las características
presentes en los cadáveres y la causa de muerte así como las heridas
presentes en los cuerpos.
De los expertos: (en la morgue)
Pertinentes y Necesarias: ya que suscriben el levantamiento de los
cadáveres de los ciudadanos occisos, determinando las heridas externas
De los Expertos en balística:
Pertinentes y Necesarias Experticia de reconocimiento técnico al blindaje
metálico que formo parte del cuerpo de una bala que le dio muerte a las
victimas
De la Experticia Hematológica:
Pertinentes y necesarias: Ya que determino los rastros de sustancias
hemáticas.
De los funcionarios que levantaron el procedimiento:
Pertinentes y Necesarias: Ya que ratifican la existencias de dos conchas
percutadas contra la humanidad de las victimas
De los médicos Forenses:
Pertinentes y Necesarias: Ya que nos concluye las lesiones sufridas por
las víctimas.
22. Pertinentes y Necesarias: Ya que ratifican la existencias de dos conchas percutadas contra la humanidad de
las victimas
De los médicos Forenses:
Pertinentes y Necesarias: Ya que nos concluye las lesiones sufridas por las víctimas.
De los funcionarios Policiales de la Delegación del Cuerpo de Investigaciones Penales y
Criminalísticas
Pertinentes y necesarias: Testimonio que nos reafirma el inicio del procedimiento, así como la fijación del sitio
del suceso y la inspección de las heridas por armas de fuego que presentaban los cadáveres de las victimas
presentes en el caso.
Testigos Presenciales y Referenciales de los Hechos.
Pertinentes y Necesarias: Ya que señalan al hoy imputado como la persona responsable de los disparos contra
la humanidad de XXXXXX y XXXXXXX.
Documentales:
Transcripción de a novedad de los Inspectores XXXX y XXXX Funcionarios de guardia de la División
Nacional contra Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas.
Pertinentes y Necesarias: en virtud de que dicha transcripción da inicio a las presentes actuaciones.
Acta de Investigación Penal:
Pertinentes y Necesarias: Donde se realizaron las primeras pesquisas en el lugar del suceso, la fijación del
sitio del suceso, el levantamiento de los cadáveres y el traslado de los mismos hacia la morgue.
Del Experto Médico Forense: Protocolo de autopsia
Pertinente y Necesario: ya que nos determina la causa real de la muerte.
De la Experticia de Planimetria:
Pertinente y Necesaria: Nos determina la ubicación del Sitio del Suceso, las posiciones de las víctimas en el
lugar del suceso.
De la Experticia de Balística
Pertinente y Necesaria: determina el recorrido del Proyectil, la posición de los tiradores y las heridas de las
víctimas.
Experticia de Reconocimiento Técnico:
Ya que determina las características de los proyectiles disparados por las armas de fuego.
Reconocimiento Medico Legal:
Pertinente y Necesario: Ya que nos ratifica el lugar del suceso y la posición de las victimas