Todos los hombres estamos inmersos en un gran ecosistema; el cual es interdependiente y establece una íntima relación entre cada persona y su entorno. El tema medioambiental no debe ser ajeno; ya que forma una parte muy importante del ser humano, proporcionando las condiciones adecuadas para el desarrollo y evolución en todos los aspectos de su vida.
Vinculación entre los Objetivos del Milenio y los Convenios Ambientales
1. Vinculación entre los Objetivos del Milenio y los Convenios Ambientales
Todos los hombres estamos inmersos en un gran ecosistema; el cual es
interdependiente y establece una íntima relación entre cada persona y su entorno. El tema
medioambientalnodebe serajeno; ya que forma una parte muy importante del ser humano,
proporcionando lascondicionesadecuadasparael desarrolloyevoluciónen todoslosaspectos
de su vida.
El tenerunambiente dignoysustentable es fundamental por esta razón está definido
como un derecho humano de tercera generación; lo cual implica que en nuestro país; los
tratados, pactos y convenios internacionales están por encima de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela; aun cuando no hayan sido ratificados por la Asamblea
Nacional,órganodel poderlegislativoencargadode generarlas leyes de manera natural en el
país.
En este sentido, el artículo 23 de nuestra carta magna; lo manifiesta explícitamente:
“Los tratados,pactos y convencionesrelativosa los derechos humanos, suscritos y ratificados
por Venezuela,tienenjerarquíaconstitucional yprevalecen en el orden interno, en la medida
que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta
Constitución y las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los
tribunalesydemásórganosdel PoderPúblico”.De loanterior,se concluye que el Estado tiene
la obligación de garantizarnos el derecho al ambiente; el cual está vigente en nuestro marco
legal.
Según lo expuesto por la profesora María Eugenia Gill Beroes, en su clase sobre
Venezuela y los Convenios Ambientales: “Hasta el presente Venezuela ha ratificado 23
convenios internacionales vinculantes en materia ambiental y algunos no vinculantes como:
losObjetivosdel Milenio”;Asícomotambién,se define a los no vinculantes como: “Pactos de
caballerosdonde los gobiernos se comprometen voluntariamente a cumplir lo acordado”. Es
decir, que en teoría los gobiernos no están en la obligación de ponerlos en práctica; ni se
recibirían sanciones por su incumplimiento, sólo dependen de la voluntad política. Sin
embargo, hay que tener en cuenta que como el ambiente es un derecho humano; hay que
recordar que éste tiene que ser asegurado por el Estado y que deben ser cumplidas por el
gobierno y sus instituciones; privando incluso, sobre las leyes que están en la Constitución.
Asimismo,losObjetivosdel Milenio,sonconceptualizadosporWikipedia como: “Ocho
propósitos de desarrollo humano fijados en el año 2000, que los 189 países miembros de las
Naciones Unidas acordaron conseguir para 2015… Aquí, se tratan problemas de la vida
cotidianaque songravesy radicales”. Igualmente,de acuerdoalapáginaWeb de las Naciones
Unidas: “Cuando los jefes de Estado y/o Gobierno de los Estados Miembros de las Naciones
Unidas convergieron en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York para participar en la
Cumbre del Milenio del 6 al 8 de septiembre del 2000, probablemente fue la reunión más
grande de jefes de Estado y/o gobierno llevada a cabo en el mundo. La Cumbre fue una
oportunidadhistóricade convenirenunprocesopara la revisiónfundamental del papel de las
Naciones Unidas y de los desafíos que enfrenta en el nuevo siglo”.
2. Por una parte, el 8 Objetivo del Milenio: Fomentar una Asociación Global para el
Desarrollo; puede relacionarse con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, suscrito por
Venezuela, firmadoel 05 de Junio de 1992 y ratificado el 12 de septiembre de 1994 en Gaceta
Oficial Nº4.780 Extraordinaria. Este último,tiene comoobjetivolosiguiente: “La conservación
de la diversidadbiológica,lautilizaciónsosteniblede sus componentes y la participación justa
y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos,
mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia
apropiadade las tecnologíaspertinentes,teniendoencuentalosderechossobre esosrecursos
y esas tecnologías, así como mediante una financiación apropiada”.
Una de las metas del 8º Objetivo del Milenio es: “Desarrollar aún más un sistema
comercial yfinancieroabierto,basadoennormas,previsibleynodiscriminatorio (Seincluye el
compromisode lograruna buenagestiónde losasuntospúblicosy la reducción de la pobreza,
en cada país y en el plano internacional)”.
En este sentido, la misma puede vincularse con el Convenio sobre la Diversidad
Biológica en su artículo 20; el cual reglamenta los recursos financieros y expone el siguiente
planteamiento: “La medida en que las Partes que sean países en desarrollo cumplan
efectivamente las obligaciones contraídas en virtud de este Convenio dependerá del
cumplimiento efectivo por las Partes que sean países desarrollados de sus obligaciones en
virtudde este Conveniorelativas alosrecursosfinancierosya latransferenciade tecnología, y
se tendrá plenamente en cuenta a este respecto que el desarrollo económico y social y la
erradicaciónde la pobreza son las prioridades primordiales y supremas de las Partes que son
países en desarrollo”.
La relación entre esta meta del 8 Objetivo del Milenio y el artículo 20 anteriormente
citado,estáen que:se busca desarrollarel sectoreconómico para poder bajar los porcentajes
pobreza;dándole unaimportanciaesencial,frente aotrosproblemasque se presentan a nivel
nacional e internacional.
El artículo 20 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, continúa planteando que:
“Las Partestendránplenamente encuentalasnecesidadesconcretasylasituaciónespecial de
los países menos adelantados en sus medidas relacionadas con la financiación y la
transferencia de tecnología… Las Partes Contratantes también tendrán en cuenta las
condiciones especiales que son resultado de la dependencia respecto de la diversidad
biológica,sudistribuciónysuubicación,enlasPartesque sonpaísesen desarrollo,enespecial
los Estados insulares pequeños”. De igual manera, éste se enlaza con otras metas del 8
Objetivodel Milenio:“Atenderlasnecesidades especiales de los países menos adelantados…
Atenderlasnecesidadesespecialesde lospaísessinlitoral yde lospequeñosEstadosinsulares
en desarrollo”. Es decir, ambos coinciden en el compromiso que tienen los países
desarrollados para ayudar y apoyar a los países más desfavorecidos.
3. Así como también, una meta más del 8 Objetivo del Milenio: “En colaboración con el
sectorprivado,velarporque se puedanaprovecharlosbeneficiosde lasnuevastecnologías…”;
tiene analogía con el artículo 16 del Convenio sobre la Diversidad Biológica: “Cada Parte
Contratante tomará medidas legislativas, administrativas o de política, según proceda, con
objeto de que el sector privado facilite el acceso a la tecnología… su desarrollo conjunto y su
transferencia en beneficio de las instituciones gubernamentales y el sector privado de los
paísesen desarrollo…”.Aquíse muestralaalianza que debería haber entre el sector público y
el privado.
Además,el 8 Objetivodel Milenio de igual forma se puede comparar con el Protocolo
de Cartagena sobre Seguridadde laBiotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
que fue firmado el 22 de Mayo de 2000; y el cual tiene comoobjetivo: “Contribuir a garantizar
un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización
seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que
puedantenerefectosadversosparalaconservaciónyla utilizaciónsostenible de la diversidad
biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose
concretamente en los movimientos transfronterizos”. Es importante destacar que éste
instrumento legal no ha sido ratificado por Venezuela; pero como se trata de un derecho
humano como lo es el ambiente, el Estado está en la obligación de cumplirlo debido a que
estos protocolos y convenios internacionales se encuentran en una jerarquía mayor que la
Constitución de la nación.
Hay una meta del 8 Objetivo del Milenio que aún no se ha mencionado y se refiere a
la: “Cooperación con las empresas farmacéuticas, proporcionar acceso a los medicamentos
esencialesenlospaíses en desarrollo”. Con respecto a este punto, el Protocolo de Cartagena
sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica; precisa lo
siguiente: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 y sin menoscabar cualesquiera
derechos de una Parte de someter todos los organismos vivos modificados a una evaluación
del riesgo antes de adoptar una decisión sobre su importación, el presente Protocolo no se
aplicará al movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados que son productos
farmacéuticosdestinadosalossereshumanosque yaestáncontempladosenotrosacuerdosu
organizaciones internacionales pertinentes”. Es decir, que este instrumento legal no
reglamenta los aspectos que tengan que ver con el área farmacéutica.
4. Igualmente, el artículo 22 del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la
Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica y que determina lo siguiente: “Las
Partes cooperarán en el desarrollo y/o el fortalecimiento de los recursos humanos y la
capacidadinstitucional enmateriade seguridad de la biotecnología, incluida la biotecnología
en la medida en que es necesaria para la seguridad de la biotecnología, con miras a la
aplicación eficaz del presente Protocolo en las Partes que son países en desarrollo, en
particularlospaíses menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, y las
Partes que son países con economías en transición, a través de las instituciones y
organizaciones mundiales, regionales, subregionales y nacionales existentes y, cuando
proceda, mediante la facilitación de la participación del sector privado”; puede relacionarse
con varias metas del 8 Objetivo del Milenio, entre las que están: “Atender las necesidades
especialesde lospaísesmenosadelantados, sinlitoral y de los pequeños Estados insulares en
desarrollo”;asícomo también,aquellaque dice: “En colaboración con el sector privado, velar
por que se puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías”.
Finalmente, como podemos ver, con los ejemplos anteriormente mostrados en este
ensayo hay una estrecha vinculación entre los Objetivos del Milenio y los Convenios
Internacionales;yaque ambosse enfocan en la resolución de los problemas prioritarios (más
graves y de mayor impacto); pero desde diferentes perspectivas; los Objetivos del Milenio
tienenunenfoque general,mientras que los Convenios Internacionales abarcan esas mismas
problemáticas de manera más específica.
Ensayo realizado por: Jhuliana Uzcátegui Camacho
Fuentesreferenciales:
Presentaciónyvideode laProf. María EugeniaGill Beroes:“VenezuelaylosConvenios
Ambientales.(Material del Diplomadodel tratamientode lafuente ambiental:bases
legales,científicasy responsabilidaddelcomunicador)
Presentaciónyvideode laProf.MercedesCorro:“Marco Legal Ambiental1y 2”.
(Material del Diplomadodel tratamientode lafuenteambiental:baseslegales,
científicasyresponsabilidaddelcomunicador)
PNUD,¿Qué se necesitaparaalcanzar losObjetivosde DesarrollodelMilenio?
EvaluaciónInternacionalResumen;Programade lasNacionesUnidasparael
Desarrollo,NuevaYork.Direcciónde Internet: www.undp.org/spanish
Documentotitulado:Objetivosdel Milenio.Consultadodel: Material del Diplomado
del tratamientode lafuente ambiental:baseslegales,científicasyresponsabilidaddel
comunicador.
AcuerdosMultilateralesde VenezuelaenMateriaAmbiental,Institutode Altos
EstudiosDiplomáticosPedroGual;Ministeriode RelacionesExterioresde laRepública
Bolivarianade Venezuela.
Wikipedia,Objetivosde DesarrollodelMilenio,el textoestádisponible bajolaLicencia
Creative CommonsAtribuciónCompartirIgual 3.0, modificado porúltimavezel 9
agostodel 2012, a las 19:04.
Asambleadel Milenio, portal de las NacionesUnidas,direcciónde lapáginaWeb:
http://www.un.org/spanish/milenio/