REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO ESTADO LARA
ILICITOS TRIBUTARIOS
Elaborado por:
Almao Mogollón Mary Isabel
C.I 21.726.538
Sección: SaiaD
Prof. Ramírez Emily
BARQUISIMETO, MARZO DEL 2019
1
ILICITOS TRIBUTARIOS
Son todos aquellos actos u omisiones que constituyen una infracción de las
normas tributarias y originan la aplicación de una sanción por parte de los organismos
competentes. Fundamentado en el articulo 81 del Código Orgánico Tributario (COT).
Clasificación Definición Se originan por:
Formales
Son aquellos violatorios
de los deberes formales
contenidos en el código orgánico
tributario. Aunque su
incumplimiento no causa un
prejuicio real, dificultan el
desenvolvimiento de las
funciones de la administración
tributaria y pueden servir de
preámbulo para la comisión de
un ilícito de mayor gravedad.
El incumplimiento de los
deberes que están establecidos
desde el articulo 99 al 108 del
COT.
 Inscribirse en los registros
exigidos por las normas
tributarias respectivas.
 Emitir o exigir
comprobantes.
 Llevar libros o registros
contables o especiales.
 Presentar declaraciones
y comunicaciones.
2
Materiales
Son todos aquellos
incumplimientos de los deberes
que son relativos al pago de la
obligación tributaria como
medio de extinción, especificado
en no efectuar el pago
propiamente dicho, la falta de la
retención o percepción de los
tributos
Los incumplimientos que
tienen que ver con el pago
dinerario tal como lo establece el
C.O.T, en su articulo 109:
 El retraso u omisión en el
pago de tributo o de sus
porciones;
 El retraso u omisión en
el pago de anticipos;
 El incumplimiento de la
obligación de retener
o percibir.
 La obtención de
devoluciones o reintegros
indebidos.
Penales
Son aquellos ilícitos que
toman en cuenta la gravedad del
perjuicio causado y las
características propias de las
conductas, que están
encaminadas a entorpecer la
actividad recaudadora del
estado, por esta razón, estas
 La defraudación tributaria.
 La falta de enteramiento
de anticipos por parte de los
agentes de retención o
percepción.
 La insolvencia
fraudulenta con fines
3
conductas están castigadas con
prisión.
tributarios.
 La instigación pública al
incumplimiento de la
normativa tributaria.
 La divulgación y uso de
información confidencial.
Por otra parte, se presentan:
Sanciones
Aplicables
(Articulo 90
COT)
Son penas o multas que se
impone a una persona por el
quebrantamiento o
incumplimiento de una ley o
norma de las obligaciones
tributarias a las cuales está
sometida.
Se considera un castigo o
pena para aquellos individuos
que obran en contra de la
administración tributaria y de la
recaudación de tributos al
cometer un delito o falta.
 Prisión.
 Multa.
 Comiso y destrucción de
los efectos materiales objeto
del ilícito o utilizados para
cometerlo.
 clausura temporal del
establecimiento o áreas del
mismo.
 Inhabilitación para el
ejercicio de oficios y
profesiones.
 Suspensión o revocación
4
de la autorización de
industrias o expendios.
Atenuantes
(Articulo 95
COT)
Son aquellos
acontecimientos aplicables a
todos los delitos y a la
personalidad anterior y posterior
del hecho que permite disminuir
o suavizar las penas.
 El grado de instrucción del
infractor.
 La conducta que el autor
asuma en el esclarecimiento
de los hechos.
 La presentación de la
declaración y pago de la
deuda para regularizar el
crédito tributario.
 Las demás
circunstancias atenuantes
que resulten de los
procedimientos
administrativos o judiciales
previstas por la ley.
5
Agravantes
(Articulo 96
COT)
Son aquellas
circunstancias accidentales al
delito y concurrentes con la
acción delictiva que producen el
efecto de modificar la
responsabilidad criminal del
sujeto determinando un mayor
quantum de pena por representar
una mayor anti juridicidad de la
acción y/o un plus de
culpabilidad en el agente La
reincidencia.
 La reincidencia.
 La cuantía del perjuicio
fiscal:
 La obstrucción del
ejercicio de las facultades de
fiscalización de la
Administración Tributaria.
Habrá reincidencia cuando el
sujeto pasivo, después de una
sentencia o resolución firme
sancionadora, cometiere uno o
varios ilícitos tributarios durante
los seis (6) años contados a partir
de aquellos.
Bibliografía
https://consultoresdlca.wordpress.com/2017/03/10/los-ilicitos-tributarios-y-sus-sanciones/
http://blog.homelawyer.com.ve/nota.aspx?id=55
Código Orgánico Tributario

Ilícitos Tributarios

  • 1.
    REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO ESTADO LARA ILICITOS TRIBUTARIOS Elaborado por: Almao Mogollón Mary Isabel C.I 21.726.538 Sección: SaiaD Prof. Ramírez Emily BARQUISIMETO, MARZO DEL 2019
  • 2.
    1 ILICITOS TRIBUTARIOS Son todosaquellos actos u omisiones que constituyen una infracción de las normas tributarias y originan la aplicación de una sanción por parte de los organismos competentes. Fundamentado en el articulo 81 del Código Orgánico Tributario (COT). Clasificación Definición Se originan por: Formales Son aquellos violatorios de los deberes formales contenidos en el código orgánico tributario. Aunque su incumplimiento no causa un prejuicio real, dificultan el desenvolvimiento de las funciones de la administración tributaria y pueden servir de preámbulo para la comisión de un ilícito de mayor gravedad. El incumplimiento de los deberes que están establecidos desde el articulo 99 al 108 del COT.  Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas.  Emitir o exigir comprobantes.  Llevar libros o registros contables o especiales.  Presentar declaraciones y comunicaciones.
  • 3.
    2 Materiales Son todos aquellos incumplimientosde los deberes que son relativos al pago de la obligación tributaria como medio de extinción, especificado en no efectuar el pago propiamente dicho, la falta de la retención o percepción de los tributos Los incumplimientos que tienen que ver con el pago dinerario tal como lo establece el C.O.T, en su articulo 109:  El retraso u omisión en el pago de tributo o de sus porciones;  El retraso u omisión en el pago de anticipos;  El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.  La obtención de devoluciones o reintegros indebidos. Penales Son aquellos ilícitos que toman en cuenta la gravedad del perjuicio causado y las características propias de las conductas, que están encaminadas a entorpecer la actividad recaudadora del estado, por esta razón, estas  La defraudación tributaria.  La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción.  La insolvencia fraudulenta con fines
  • 4.
    3 conductas están castigadascon prisión. tributarios.  La instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria.  La divulgación y uso de información confidencial. Por otra parte, se presentan: Sanciones Aplicables (Articulo 90 COT) Son penas o multas que se impone a una persona por el quebrantamiento o incumplimiento de una ley o norma de las obligaciones tributarias a las cuales está sometida. Se considera un castigo o pena para aquellos individuos que obran en contra de la administración tributaria y de la recaudación de tributos al cometer un delito o falta.  Prisión.  Multa.  Comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo.  clausura temporal del establecimiento o áreas del mismo.  Inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.  Suspensión o revocación
  • 5.
    4 de la autorizaciónde industrias o expendios. Atenuantes (Articulo 95 COT) Son aquellos acontecimientos aplicables a todos los delitos y a la personalidad anterior y posterior del hecho que permite disminuir o suavizar las penas.  El grado de instrucción del infractor.  La conducta que el autor asuma en el esclarecimiento de los hechos.  La presentación de la declaración y pago de la deuda para regularizar el crédito tributario.  Las demás circunstancias atenuantes que resulten de los procedimientos administrativos o judiciales previstas por la ley.
  • 6.
    5 Agravantes (Articulo 96 COT) Son aquellas circunstanciasaccidentales al delito y concurrentes con la acción delictiva que producen el efecto de modificar la responsabilidad criminal del sujeto determinando un mayor quantum de pena por representar una mayor anti juridicidad de la acción y/o un plus de culpabilidad en el agente La reincidencia.  La reincidencia.  La cuantía del perjuicio fiscal:  La obstrucción del ejercicio de las facultades de fiscalización de la Administración Tributaria. Habrá reincidencia cuando el sujeto pasivo, después de una sentencia o resolución firme sancionadora, cometiere uno o varios ilícitos tributarios durante los seis (6) años contados a partir de aquellos. Bibliografía https://consultoresdlca.wordpress.com/2017/03/10/los-ilicitos-tributarios-y-sus-sanciones/ http://blog.homelawyer.com.ve/nota.aspx?id=55 Código Orgánico Tributario